MUDHA es una organización no gubernamental fundada en 1983 en República Dominicana para promover los derechos de las mujeres dominico-haitianas. Su fundadora y presidenta, Solange Pierre, recibió varios premios internacionales por su defensa de los derechos humanos. MUDHA trabaja para mejorar las condiciones de vida de las comunidades marginadas en bateyes y otras áreas, brindando educación, servicios de salud y apoyo legal.
2. MUDHA es una Organización No Gubernamental fundada en
1983, por tanto cuenta con 30 años de trabajo institucional. Fue
fundada con varios propósitos siendo el fundamental “la
promoción y el fortalecimiento de la organización de las mujeres
dominicanas de ascendencia haitiana, a través de la ejecución de
planes y programas de educación, salud comunitaria y Derechos
humanos que permitan mejorar su calidad de vida y la de sus
comunidades”. Esta acción integral procura además desarrollar la
capacidad autogestionaria de la institución y de la población meta
incorporando una estrategia educativa que permita a los/as
beneficiarios / as acceder a nuevas e innovadoras opciones
laborales que mejore su nivel de ingresos y con ello acercarse a
un vida más justa.
3. Solange Pierre, también conocida como Sonia Pierre Fue la
presidenta y fundadora del Movimiento de Mujeres Dominico-
Haitianas (MUDHA)
En reconocimiento por el trabajo que realizaba desde la
organización fue merecedora de varios premios en lo que se
incluyen el Robert F. Kennedy Human Rights Award 2006
dictado por ex senador de EE.UU. Edward "Ted" Kennedy, pero
no en nombre del Congreso de los EE.UU.2 (El senador Edward
Kennedy dijo de ella que "Con certeza, puedo afirmar que
Sonia es uno de los seres humanos más abnegados, valientes y
compasivos de mi generación. Sonia está muy cerca del top ten
de mi lista de heroínas".3
Pierre también ganó el galardón para los Derechos Humanos
2003 Ginetta Sagan Fund Award de Amnistía Internacional;6
además ella y MUDHA fueron nominados para el Premio
UNESCO de Educación para los Derechos Humanos en 2002.7
Ella fue honrada por el
Departamento de Estado de Estados Unidos con el
International Women of Courage Award 2010.
4. En República Dominicana existen alrededor de 400 bateyes, en los cuales sus habitantes viven en las peores condiciones de
vida del país [1]. De acuerdo con un estudio realizado por Áyax Mercedes Contreras, los inmigrantes Haitianos son los más
excluidos en la estratificación social seguidos muy de cerca por los Dominico-Haitianos [2]. De hecho, los inmigrantes Haitianos
que viven en los bateyes y en otras comunidades pobres y marginadas de la República Dominicana no cuentan con acceso a
los servicios públicos más básicos, como por ejemplo, agua corriente, atención médica, educación, y tratamiento de aguas
residuales[3].
El tema de los bateyes es un punto crítico para el país en materia de Derechos Humanos y sobre todo un punto de álgido
debate a nivel nacional. Los bateyes de República Dominicana aún siguen siendo comunidades excluidas, en condiciones
infrahumanas y por debajo de la pobreza extrema, y que en su gran mayoría están compuestos por población afro
descendiente, Dominicanos y Dominicanas de ascendencia Haitiana y migrantes Haitianos, que pertenecen al estatus
socioeconómico más empobrecido y que además, sufren las mayores privaciones y carencias ante la indiferencia del Estado
Dominicano
Los haitiano/a o su descendiente en República Dominicana, en más de un 90% de los casos, viven en pobreza o pobreza
extrema, no tienen acceso a las mínimas condiciones de salud, higiene, educación, habitabilidad, están obligados a trabajar en
total informalidad, muchas veces en condiciones infrahumanas etc., junto a estos componentes de exclusión sigue existiendo
una fuertísima presencia del Racismo y de la Xenofobia en el país y un marco legal que impide en muchas ocasiones el acceso
efectivo a las mínimas garantías sociales y a los Derechos Humanos fundamentales.
5.
6. En la actualidad, la gran carga de prejuicios y discriminación se refleja en el impedimento que tienen los hijos e hijas de los y
las migrantes a acceder a la educación. Aunque la legislación no permite este tipo de discriminación, en la práctica es
conocido que funcionarios estatales que impidan el acceso a la educación de niños y niñas de ascendencia Haitiana al
sistema educativo.
Por Otra parte el Estado ha continuado aplicando la norma limitativa de forma retroactiva hasta la fecha, creando un grave
conflicto de ley, sin tomar decisión alguna ante las demandas de la población. El tema fue postergado hasta la emisión de la
sentencia 168-13, sobre Juliana Deguis, caso presentado en Amparo ante el Tribunal Constitucional, cuya interpretación de
las leyes de nacionalidad ha tenido como consecuencia la desnacionalización de la mayoría de los hijos de inmigrantes
haitianos registrados y nacidos en el territorio dominicano a partir del año 1929. Consecuentemente la sentencia 168-13
emitida el pasado 23 de septiembre de 2013 consolida esta política de limitar el acceso a la nacionalidad a los hijos de
inmigrantes haitianos e invalida los documentos civiles de personas de origen haitiano.
. Es más, el no tener claridad sobre la aplicación efectiva de la normativa haitiana sobre nacionalidad en la mayoría de los
casos, pone en condición de apátridas a cientos de miles de personas nacidas en el país. Para las personas que nunca han
tenido un registro civil, que según el conocimiento de las comunidades, se trataría de al menos una cantidad tan numerosa
como el caso anterior, la situación es aún más compleja, ya que la decisión del TC les impide de hecho tener alguna vez
acceso al registro civil dominicano. Desde fines de los años 90 la comunidad internacional ha mostrado preocupación por
este tema acentuándose cada vez más las menciones de denuncia y preocupación a partir de 2005 después de una Sentencia
emitida por la Corte Interamericana de Derechos humanos condenando el hecho y conminando al Estado a restituir los
derechos de dos niñas domínico haitianas, Dilcia Yean y Violeta Bosico, a quienes se les había negado el acceso al registro
civil.
7. El Estado, como se ha visto, lejos de tomar medidas de restitución y prevención de futuras violaciones, ha provocado
que la situación haya ido empeorando para esta población, culminando en la Sentencia 168/13 del TC que ha
desencadenado un escándalo al nivel internacional, afectando las relaciones bilaterales con Haití y deteriorando
gravemente las relacionas de RD en la región. Recientemente el Presidente Danilo Medina prometió una ley (de
validación de actas o de naturalización, aún no se tiene claridad sobre su contenido) que enmiende la situación
provocada por la Sentencia del TC y las resoluciones de la JCE en relación a los descendientes de inmigrantes
haitianos. Al momento se espera que el documento sea trasmitido al congreso en cualquier momento. No obstante
se espera que un gran número de población en riesgo o en situación de apatridia quedará excluida de esta medida,
por lo que hemos de tener identificado al mayor número de población para brindar apoyo legal y acompañamiento en
el reclamo de sus derechos por un lado y por el otro facilitar el acceso a las soluciones que se brinden para los que
puedan acogerse a ellas.
9. son comunidades empobrecidas con un bajo nivel académico y acceso a los servicios básicos, sus moradores no cuenta con
oportunidades para la adquisición de capacidades por lo que no se reconoce como sujetos de Derechos, viven expuesto
permanentemente a la marginalización, exclusión social, discriminación y a sus consecuencias más aterradoras.
Resulta difícil para los moradores comunitarios, líderes sectoriales y organizaciones sociales que trabajan en estas
comunidades establecer un diálogo abierto con autoridades y personalidades que incide en la política pública debido a la
falta de sensibilización hacia el tema y la actitud discriminatoria de estos funcionarios hacia esta población
La población no tiene conciencia sobre la importancia de la reorganización comunitaria y la creación de estructuras de
base para el desarrollo y crecimiento comunitario por lo que en la mayoría de casos desconocen las obligaciones de los
organismos municipales del estado (ayuntamiento, gobernación) en la protección y reconocimiento de sus derechos
esenciales
Un segmento significativo de esta población se encuentra indocumentado y el otro se ha visto afectado por la medida
burocrática implementada desde el estado con el fin de desnacionalizar administrativamente a un grupo específico. La
actual situación ha desencadenado una serie de negación de derechos que mantiene a esta población y sus habitante bajo
las condiciones más grande de pobreza y marginalización
10. COMPONENTE
DE TRABAJO
Desarrollar y fortalecer
conocimientos, destreza
habilidades de las
comunidades:
Fortalecimiento de las
estructuras
comunitarias (junta
vecinos, iglesias,
asociaciones, otros)
Acompañar a las comunidades a
los procesos de reivindicación
de sus derechos