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REFORMA
HABILITACION DE PRESTADORES DE
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RESOLUCION 1441 DE 2013
GOBERNACIÓN DEL VALLE
SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE SALUD
Grupo de Inspección, Vigilancia y Control
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• Generalidades Reforma del Sistema Único de
Habilitación – Resolución 1441 de 2013
• Reporte de NOVEDADES
• Solicitud de VISITAS PREVIAS
• Servicios de Medicina ESTETICA
• Transporte Especial de Pacientes -
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Busca controlar el riesgo asociado a
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EN SALUD
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Atención en
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– Decreto 1011 de 2006
• Resolución 1043 de 2006
• Modificatorias:
– Resolución 2680 de 2007
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de habilitación
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Resolución
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2013
• PRESTADORES QUE YA VIENEN
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– PLAZO: hasta 31 mayo 2014 para cumplir
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CAMPO DE APLICACIÓN
a) Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud,
b) Los Profesionales Independientes de Salud,
c) Los Servicios de Transporte Especial de Pacientes, y
d) Las entidades con objeto social diferente a la prestación de servicios de
salud, que por requerimientos propios de su actividad, brinden de
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que no incluyan servicios de hospitalización ni quirúrgicos.
Metodología para la revisión de los estándares
De estándares A servicios
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• Se pasó de Nueve (9) estándares a Siete (7):
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– Medicamentos dispositivos médicos e insumos
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Programa para el mejoramiento de la Calidad en
Salud ( PAMEC), se vuelve congruente en cuanto a su
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El documento PAMEC no será requisito para la inscripción de
habilitación.
El componente de auditoría se fortalece en su proceso de
implementación , la cual se evaluará en la visita de verificación en
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• Grupo.
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• Infraestructura: orienta a la IPS sobre la obligatoriedad del cumplimiento de
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• Historia Clínica y registros:
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• Interdependencia de servicios: Se fortalece la integralidad de la atención
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• Deroga:
– Resolución 1043 de 2006.
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de Servicios de Salud (REPS), el reporte de novedades y
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  • 1. REFORMA HABILITACION DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD RESOLUCION 1441 DE 2013 GOBERNACIÓN DEL VALLE SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE SALUD Grupo de Inspección, Vigilancia y Control
  • 2. AGENDA • Generalidades Reforma del Sistema Único de Habilitación – Resolución 1441 de 2013 • Reporte de NOVEDADES • Solicitud de VISITAS PREVIAS • Servicios de Medicina ESTETICA • Transporte Especial de Pacientes - AMBULANCIAS
  • 3.
  • 4. Busca controlar el riesgo asociado a la prestación de los servicios de salud y a las condiciones en que éstos se ofrecen
  • 5. • Busca el cumplimiento de requisitos y condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativa • Para dar seguridad a los usuarios • Las exigencias de habilitación están referidas a condiciones mínimas de estructura y procesos CONTRIBUIR A MEJORAR EL RESULTADO DE LA ATENCION EN SALUD
  • 6. Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud – Decreto 1011 de 2006 • Resolución 1043 de 2006 • Modificatorias: – Resolución 2680 de 2007 – Resolución 3763 de 2007 • Adiciones: – Resolución 1315 de 2006 – Resolución 1448 de 2007 – Resolución 4796 de 2008 – Resoluciones que definen lineamientos para la renovación de habilitación
  • 8. • PRESTADORES QUE YA VIENEN FUNCIONANDO EN EL SISTEMA PREVIO A LA RESOLUCION 1441/2013 – MAYO 11 DE 2013 – PLAZO: hasta 31 mayo 2014 para cumplir las condiciones de esta norma. – VISITAS DE VERIFICACIÓN: en este plazo con condiciones de Resolución 1043 de 2006. – AUTOEVALUACIÓN anual para renovación automática por períodos de un año.
  • 9. NUEVOS PRESTADORES Y SERVICIOS: – PLAZO: Rige la Resolución 1441/2013 a partir de Mayo 11 de 2013. – VISITA PREVIA A INSCRIPCIÓN: – IPS nuevas e inactivadas en el REPS. – Servicios de urgencias, obstetricia, transporte especial de pacientes y medicina estética, de cualquier complejidad. – Servicios de alta complejidad. – Servicios de oncología (visita previa por Ministerio de Salud)
  • 10. RESOLUCION 1441 DE 2013 Por la cual se definen los procedimientos y condiciones que deben cumplir los Prestadores de Servicios de Salud para habilitar los servicios y se dictan otras disposiciones Adopta el MANUAL DE HABILITACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD
  • 11. RESOLUCION 1441 DE 2013 CAMPO DE APLICACIÓN a) Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, b) Los Profesionales Independientes de Salud, c) Los Servicios de Transporte Especial de Pacientes, y d) Las entidades con objeto social diferente a la prestación de servicios de salud, que por requerimientos propios de su actividad, brinden de manera exclusiva servicios de baja complejidad y consulta especializada, que no incluyan servicios de hospitalización ni quirúrgicos.
  • 12. Metodología para la revisión de los estándares De estándares A servicios Visita Previa: • Nuevas IPS • Servicios de urgencias • Servicios oncológicos • Servicios obstétricos • Transporte especial de pacientes (ambulancias) • Medicina estética • Servicios de alta complejidad
  • 13. • Se pasó de Nueve (9) estándares a Siete (7): – Talento humano. – Infraestructura – Dotación – Medicamentos dispositivos médicos e insumos – Procesos Prioritarios Asistenciales – Historia Clínica y registros – Interdependencia de servicios
  • 14. Programa para el mejoramiento de la Calidad en Salud ( PAMEC), se vuelve congruente en cuanto a su obligatoriedad no documental sino de gestión El documento PAMEC no será requisito para la inscripción de habilitación. El componente de auditoría se fortalece en su proceso de implementación , la cual se evaluará en la visita de verificación en términos de la existencia del programa y su concordancia con los lineamientos para la auditoria para el Mejoramiento de la Atención en Salud
  • 15. ESTRUCTURA DE LOS SERVICIOS DE SALUD • Grupo. – Más amplio nivel de clasificación de los servicios de salud. – Conformado por servicios que comparten características genéricas comunes por efectos de la atención brindada al paciente o al momento de la etapa en que sea atendido y que por consiguiente tienen similitudes en el nivel de los estándares y criterios que deben cumplir. • Servicio. – Es la unidad básica habilitable. – Es a la cual apuntan los criterios de los estándares de habilitación. – A partir del servicio se establece la autorización para el funcionamiento de cualquier prestador de servicios de salud. • Modalidad. – Puede ser: intramural, extramural y telemedicina. – Para el caso del transporte asistencial de pacientes las modalidades de prestación son: terrestre, aérea y marítima o fluvial.
  • 16. en los Estándares • Talento humano: – acorde con la ley de talento humano. – Incluye suficiencia de este recurso en los servicios. • Infraestructura: orienta a la IPS sobre la obligatoriedad del cumplimiento de estudios de vulnerabilidad estructural, reforzamiento sísmico, entre otras. • Dotación: enfatiza en las condiciones técnicas de calidad y soporte técnico- científico. • Medicamentos dispositivos médicos e insumos: Se precisa el alcance tanto en la evaluación de toda la gestión; evaluando condiciones de riesgo.
  • 17. • Procesos Prioritarios Asistenciales: – Se exige a todos los prestadores abordar el tema de SEGURIDAD DEL PACIENTE. Se cuenta con paquetes instruccionales en el link, http://201.234.78.38/ocs/paquetes/paquetes.html Incorpora criterios de referencia y contrarreferencia. • Historia Clínica y registros: – Consentimiento informado – Precisiones acerca de la gestión documental del evento adverso – Precisiones sobre protección de la confidencialidad de la historia clínica del paciente • Interdependencia de servicios: Se fortalece la integralidad de la atención definiendo para cada servicio con enfoque de riesgo, las necesidades de interdependencia. en los Estándares
  • 18. • Autoevaluarse con los nuevos estándares desde ahora para ajustarse a ellos antes del 31 de mayo de 2014.
  • 19. Vigencia y Derogatorias • La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación: Mayo 11 de 2013. • Deroga: – Resolución 1043 de 2006. – Resolución 1315 de 2006, – Resolución 2680 de 2007, – Resolución 3763 de 2007, – Resolución 4796 de 2008, – Resolución 1448 de 2008, – Resolución 715 de 2010 y – las demás disposiciones que le sean contrarias.
  • 20. Gratuidad La inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS), el reporte de novedades y las visitas de verificación son procedimientos GRATUITOS Y NO REQUIERE TRAMITADORES
  • 21. RECUERDE CONSULTAR PERIODICAMENTE www.minsalud.gov.co www.valledelcauca.gov.co/salud Links: - REGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD - SISTEMA OBLIGATORIO DE GARANTIA DE LA CALIDAD
  • 22. Email para prestadores de servicios de salud Valle del Cauca: habilitacion.valle@gmail.com PBX: 620 00 00 Ext. 1628 – 1643- 1689