Esta resolución establece las normas para la ejecución de obras públicas por administración directa, requiriendo que las entidades cuenten con los recursos presupuestales, personal y equipos necesarios, así como con el expediente técnico aprobado de la obra. Asimismo, designa a un ingeniero residente o inspector responsable de supervisar la ejecución de la obra y presentar informes mensuales, y establece el proceso de recepción, liquidación y entrega de la obra una vez concluida.
Una obra pública se define como el resultado derivado de un conjunto de actividades materiales que comprendenla construcción, reconstrucción, remodelación, mejoramiento, demolición, renovación, ampliación y habilitaciónde bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes,entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos;destinadas a satisfacer necesidades públicas.
Liquidación de obras públicas que formó parte del CONGRESO NACIONAL DE GESTIÓN PÚBLICA 2020 organizado por el Centro de Altos Estudios Cietsi Perú
Campus virtual: https://institutocietsi.com/p/cngp/
Contacto: (074) 637020, Celular/WhatsApp: 956272261, 968059963
Una obra pública se define como el resultado derivado de un conjunto de actividades materiales que comprendenla construcción, reconstrucción, remodelación, mejoramiento, demolición, renovación, ampliación y habilitaciónde bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes,entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos;destinadas a satisfacer necesidades públicas.
Liquidación de obras públicas que formó parte del CONGRESO NACIONAL DE GESTIÓN PÚBLICA 2020 organizado por el Centro de Altos Estudios Cietsi Perú
Campus virtual: https://institutocietsi.com/p/cngp/
Contacto: (074) 637020, Celular/WhatsApp: 956272261, 968059963
Introducción
Libro de obra
Control del avance físico
Control de calidad
Control financiero de la obra
Incidencia de la lluvia
Medición de la obra ejecutada
Prorrogas de plazo
onsiste en el mantenimiento, control y operación de construcciones. De igual manera, de realizar proyectos o dirigirlos en las obras de construcción o calcular y diseñar las estructuras para obtener una resistencia y durabilidad del establecimiento.
000012 mc 98-2005-gob-reg__hvca_gsrt-basesHomar Vilabaña
TERMINO DE REFERENCIA PARA LIQUIDACION DE OBRAS
I.- OBJETIVOS:
Contratar a la Persona Natural o Jurídica, para la formulación de la liquidación físico
Financiero de los proyectos de inversión, estudios y obras ejecutadas por la modalidad de administración directa, para determinar el costo final de la obra que luego de ser transferida al sector o beneficiario, correspondiente este regularice la inscripción en los registros públicos previa declaratoria de fabrica y/o memoria descriptiva según el caso y se le permita su uso, mantenimiento y conservación adecuada.
IMÁGENES SUBLIMINALES EN LAS PUBLICACIONES DE LOS TESTIGOS DE JEHOVÁClaude LaCombe
Recuerdo perfectamente la primera vez que oí hablar de las imágenes subliminales de los Testigos de Jehová. Fue en los primeros años del foro de religión “Yahoo respuestas” (que, por cierto, desapareció definitivamente el 30 de junio de 2021). El tema del debate era el “arte religioso”. Todos compartíamos nuestros puntos de vista sobre cuadros como “La Mona Lisa” o el arte apocalíptico de los adventistas, cuando repentinamente uno de los participantes dijo que en las publicaciones de los Testigos de Jehová se ocultaban imágenes subliminales demoniacas.
Lo que pasó después se halla plasmado en la presente obra.
Ponencia en I SEMINARIO SOBRE LA APLICABILIDAD DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA. 3 de junio de 2024. Facultad de Estudios Sociales y Trabajo, Universidad de Málaga.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
1. Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG del 18 de julio de 1988.
Esta resolución posee sólo dos artículos, siendo el segundo únicamente para derogar normas
anteriores.
El artículo 1º de la Resolución señalada indica:
"Artículo 1º.- APROBAR las siguientes normas que regulan la ejecución de Obras Públicas por
Administración Directa.
1. Las Entidades que programen la ejecución de obras bajo esta modalidad, deben contar con la
asignación presupuestal correspondiente, el personal técnico administrativo y los equipos
necesarios.
2. Los Convenios que celebren las Entidades para encargar la ejecución de Obras por
Administración Directa, deben precisar la capacidad operativa que dispone la Entidad Ejecutora a
fin de asegurar el cumplimiento de las metas previstas.
3. Es requisito indispensable para la ejecución de estas obras, contar con el Expediente Técnico
aprobado por el nivel competente, el mismo que comprenderá básicamente lo siguiente: memoria
descriptiva, especificaciones técnicas, planos, metrados, presupuesto base con su análisis de
costos y cronograma de adquisición de materiales y de ejecución de obra.
En los casos que existan normas especificas referidas a la obra, se recabará el pronunciamiento
del sector y/o Entidad que corresponda.
4. La Entidad debe demostrar que el costo total de la obra a ejecutarse por administración directa
resulte igual o menos al presupuesto base deducida la utilidad, situación que deberá reflejarse en
la liquidación de la obra.
5. En la etapa de construcción, la Entidad dispondrá de un "Cuaderno de Obra" debidamente
foliado y legalizado en el que se anotará la fecha de inicio y término de los trabajos, las
modificaciones autorizadas los avances mensuales, los controles diarios de ingreso y salida de
materiales y personal, las horas de trabajo de los equipos, así como los problemas que viene
afectando el cumplimiento de los cronogramas establecidos y las constancias de la supervisión de
la obra.
6. La Entidad contará con una "Unidad Orgánica" responsable de cautelar la Supervisión de las
Obras Programadas.
7. La Entidad designará al Ingeniero Residente responsable de la ejecución de la obra, en aquellos
casos cuyo costo total de la misma sea igual o mayor al monto previsto en la Ley Anual de
Presupuesto para la contratación mediante Concurso Público de Precios; o al Ingeniero Inspector,
cuando se trate de obras cuyo costo total sea inferior a lo señalado precedentemente.
8. El Ingeniero Residente y/o Inspector presentará mensualmente un informe detallado al nivel
correspondiente sobre el avance físico valorizado de la obra, precisando los aspectos limitantes y
las recomendaciones para superarlos, debiendo la Entidad disponer las medidas respectivas.
9. Durante la ejecución de las obras se realizarán las pruebas de control de calidad de los trabajos,
materiales, así como el funcionamiento de las instalaciones, conforme a las Especificaciones
Técnicas correspondientes.
10. Los egresos que se efectúen en estas obras deben ser concordantes con el Presupuesto
Analítico aprobado por la Entidad de acuerdo a la normatividad vigente, anotándose los gastos de
jornales, materiales, equipos y otros, en Registros Auxiliares por cada obra que comprenda el
proyecto.
2. 11. Concluida la obra, la Entidad designará una comisión para que formule el Acta de Recepción
de los trabajos y se encargue de la liquidación técnica y financiera, en un plazo de 30 días de
suscrita le referida acta. La misma Comisión revisará la Memoria Descriptiva elaborada por el
Ingeniero Residente y/o Inspector de la Obra, que servirá de Bases para la tramitación de la
Declaratoria de Fábrica por parte de la Entidad, de ser el caso.
12. Posteriormente a la liquidación se procederá a la entrega de la obra a la Entidad respectiva o
Unidad Orgánica especializada la cual se encargará de su operación y mantenimiento, asegurando
el adecuado funcionamiento de las instalaciones.