Este documento notifica que varios contribuyentes no ejercieron su derecho a desvirtuar los hechos dados a conocer por la autoridad fiscal sobre la emisión de comprobantes sin contar con la capacidad para prestar los servicios o producir los bienes amparados. Dado que no presentaron pruebas dentro del plazo otorgado, se actualiza definitivamente la situación por la cual se considera que emitieron comprobantes fiscales sin contar con dicha capacidad, en términos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.