Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Establece lineamientos sobre ceremonial y protocolo para actos como el Día Nacional del Policía, graduaciones, ascensos y honores fúnebres. Además, provee pautas para desfiles, ofrendas florales y operativos especiales. El objetivo es consolidar el Sistema Integrado de Policía y adecuar a los cuerpos policiales al nuevo modelo policial basado en principios de derechos humanos.
Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Establece normas sobre dotación y equipamiento policial, credenciales policiales, adquisición y control de armas. Su objetivo es consolidar el Sistema Integrado de Policía y estandarizar a los cuerpos policiales para adecuarlos al nuevo modelo policial basado en principios de derechos humanos y participación ciudadana.
Este documento presenta las recomendaciones para la adecuación de la base jurídica y estructura organizativa de los cuerpos de policía a las normas del nuevo modelo policial bolivariano. En menos de 3 oraciones, resume lo siguiente:
El documento ofrece recomendaciones prácticas para que los cuerpos policiales realicen reformas institucionales a corto, mediano y largo plazo de acuerdo con las normas aprobadas por el Consejo General de Policía para estandarizar los cuerpos y adecuarlos al nuevo
Este documento presenta la unidad curricular "Policía Comunal III" que forma parte del programa de formación policial de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad de Venezuela. La unidad consta de cuatro temas relacionados con la sistematización, monitoreo y evaluación de la acción policial comunitaria, así como con la rendición de cuentas a la comunidad. El objetivo es fortalecer los conocimientos de los estudiantes aplicándolos a la práctica profesional que realizan simultáneamente en la Policía Nacional Bolivariana.
Este documento presenta la unidad curricular "Servicio de Policía Comunal II" de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. La unidad tiene una duración de 74 horas y busca formar a los oficiales de policía en los principios del nuevo modelo policial comunitario y participativo de acuerdo con la Constitución venezolana. La unidad incluye cuatro temas: etapas para implantar el servicio de policía comunal, patrullaje en la comunidad, planificación de la acción policial comunitaria, y diseño de proyectos comunit
Este documento presenta la unidad curricular "Servicio de Policía Comunal" de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. La unidad busca proporcionar información sobre el nuevo modelo policial comunitario en Venezuela y generar debates. Consta de cinco temas relacionados con el diagnóstico de problemas de seguridad en las comunidades y el desarrollo de proyectos para abordarlos. El objetivo es formar a los estudiantes policiales en un enfoque de proximidad, prevención y participación comunitaria.
Este documento presenta la unidad curricular "Vigilancia y patrullaje policial I" de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. La unidad busca formar a los estudiantes policiales en nuevas técnicas de vigilancia y patrullaje basadas en valores como los derechos humanos y un enfoque preventivo y de proximidad con la ciudadanía. La unidad consta de tres temas: el rol del policía en el nuevo modelo policial, la vigilancia y patrullaje como factores para prevenir delitos, y técnicas básicas
Ley orgánica del servicio policial y del cuerpo de policía nacionalJulio Jose Marin
1) El documento presenta un decreto con rango, valor y fuerza de ley orgánica que regula el servicio de policía en Venezuela y crea el Cuerpo de Policía Nacional. 2) El decreto establece los principios, funciones y naturaleza del servicio de policía, así como los principios generales como respeto a los derechos humanos, imparcialidad y proporcionalidad. 3) El objetivo del decreto es adecuar el servicio de policía a las necesidades de seguridad de la nación.
Aspectos legales de la actuaciòn policial_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Establece normas sobre dotación y equipamiento policial, credenciales policiales, adquisición y control de armas. Su objetivo es consolidar el Sistema Integrado de Policía y estandarizar a los cuerpos policiales para adecuarlos al nuevo modelo policial basado en principios de derechos humanos y participación ciudadana.
Este documento presenta las recomendaciones para la adecuación de la base jurídica y estructura organizativa de los cuerpos de policía a las normas del nuevo modelo policial bolivariano. En menos de 3 oraciones, resume lo siguiente:
El documento ofrece recomendaciones prácticas para que los cuerpos policiales realicen reformas institucionales a corto, mediano y largo plazo de acuerdo con las normas aprobadas por el Consejo General de Policía para estandarizar los cuerpos y adecuarlos al nuevo
Este documento presenta la unidad curricular "Policía Comunal III" que forma parte del programa de formación policial de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad de Venezuela. La unidad consta de cuatro temas relacionados con la sistematización, monitoreo y evaluación de la acción policial comunitaria, así como con la rendición de cuentas a la comunidad. El objetivo es fortalecer los conocimientos de los estudiantes aplicándolos a la práctica profesional que realizan simultáneamente en la Policía Nacional Bolivariana.
Este documento presenta la unidad curricular "Servicio de Policía Comunal II" de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. La unidad tiene una duración de 74 horas y busca formar a los oficiales de policía en los principios del nuevo modelo policial comunitario y participativo de acuerdo con la Constitución venezolana. La unidad incluye cuatro temas: etapas para implantar el servicio de policía comunal, patrullaje en la comunidad, planificación de la acción policial comunitaria, y diseño de proyectos comunit
Este documento presenta la unidad curricular "Servicio de Policía Comunal" de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. La unidad busca proporcionar información sobre el nuevo modelo policial comunitario en Venezuela y generar debates. Consta de cinco temas relacionados con el diagnóstico de problemas de seguridad en las comunidades y el desarrollo de proyectos para abordarlos. El objetivo es formar a los estudiantes policiales en un enfoque de proximidad, prevención y participación comunitaria.
Este documento presenta la unidad curricular "Vigilancia y patrullaje policial I" de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. La unidad busca formar a los estudiantes policiales en nuevas técnicas de vigilancia y patrullaje basadas en valores como los derechos humanos y un enfoque preventivo y de proximidad con la ciudadanía. La unidad consta de tres temas: el rol del policía en el nuevo modelo policial, la vigilancia y patrullaje como factores para prevenir delitos, y técnicas básicas
Ley orgánica del servicio policial y del cuerpo de policía nacionalJulio Jose Marin
1) El documento presenta un decreto con rango, valor y fuerza de ley orgánica que regula el servicio de policía en Venezuela y crea el Cuerpo de Policía Nacional. 2) El decreto establece los principios, funciones y naturaleza del servicio de policía, así como los principios generales como respeto a los derechos humanos, imparcialidad y proporcionalidad. 3) El objetivo del decreto es adecuar el servicio de policía a las necesidades de seguridad de la nación.
Aspectos legales de la actuaciòn policial_IAFJSRMauri Rojas
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Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
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Este documento presenta los resultados de un diagnóstico realizado por la Comisión Nacional para la Reforma Policial sobre las características de la policía venezolana. El diagnóstico analizó la estructura, organización, funciones, actividades, recursos y carrera policial de 123 cuerpos policiales a nivel nacional. El objetivo fue generar información confiable que sirva de base para el diseño de una reforma policial que mejore la capacidad operativa y responsabilidad democrática de la policía en Venezuela.
Aspectos generales del acta policial2_IAFJSRMauri Rojas
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Este documento presenta las características fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. En 3 oraciones o menos:
El nuevo modelo policial busca que la policía sea una institución civil encargada de velar por la seguridad del pueblo respetando los derechos humanos. Promueve la participación ciudadana y la resolución pacífica de conflictos. También lucha contra el delito dentro del estado de derecho y haciendo uso progresivo de la fuerza solo cuando sea estrictamente necesario.
Valoracion juridica del acta de inv penal_IAFJSRMauri Rojas
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Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
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Este documento presenta los conceptos y métodos del Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial (UPDFP). Explica que el UPDFP implica aplicar el menor nivel de fuerza necesario para lograr el objetivo, respetando los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. Describe los diferentes niveles de fuerza que puede usar un oficial de policía en respuesta a los niveles de resistencia de un ciudadano, así como los bloques de control asociados a cada nivel de fuerza. También presenta las técnicas
El documento describe diferentes sistemas y tecnologías utilizados por los cuerpos policiales en Venezuela y Latinoamérica entre los años 2005 y 2019. Algunas de las tecnologías mencionadas incluyen GPS, SIIPOL, 171/0800 YARACUY, Plataforma México, patrullaje con drones, sistemas biométricos de cámaras y centros de monitoreo urbano. Estas tecnologías han ayudado a reducir la incidencia de delitos al permitir un mejor monitoreo, seguimiento de vehículos robados
Este documento presenta definiciones y conceptos clave relacionados con la policía y la seguridad ciudadana. Explica que la policía tiene como función principal la prevención y el auxilio a la población, y que la seguridad ciudadana requiere la cooperación del Estado, la sociedad y la policía. También describe los métodos básicos de patrullaje policial, como la prevención de factores de riesgo, la identificación de delincuentes y la interacción con la comunidad.
Este documento presenta las características fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. En primer lugar, la policía es una institución encargada de velar por la seguridad de todos los ciudadanos sin discriminación. En segundo lugar, la policía es obediente pero se abstiene de órdenes ilegales o que violen derechos humanos. En tercer lugar, la policía promueve la participación ciudadana y mecanismos de autorregulación comunitaria para prevenir la violencia.
Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Incluye una introducción sobre la necesidad de medir el desempeño policial y proporciona indicadores para medir el desempeño policial individual y agregado. El objetivo es ayudar a los cuerpos policiales a avanzar hacia un nuevo modelo policial basado en principios como el respeto a los derechos humanos.
Este documento presenta las características fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. En el nuevo modelo, la policía es una institución civil encargada de velar por la seguridad y los derechos humanos del pueblo. La policía no criminaliza a los pobres ni usa la fuerza en contra del pueblo, sino que promueve la participación ciudadana y resuelve conflictos de manera no violenta a través del diálogo y la mediación. El nuevo modelo busca establecer una policía que proteja los derechos humanos de todos los venezolanos.
Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Describe el nuevo modelo policial integrado, incluyendo la sala de situación, el centro de operaciones policiales y los puestos de comunicaciones. También explica el servicio de vigilancia y patrullaje, su estructura, funciones y principios para alinearse con el nuevo modelo policial basado en los derechos humanos y la participación ciudadana.
Este documento presenta un proyecto de investigación para realizar jornadas de sensibilización en materia de seguridad ciudadana en la comunidad del barrio El Caribe II en Venezuela. El proyecto busca diagnosticar las necesidades de la comunidad en términos de seguridad, desarrollar un modelo de seguridad ciudadana y fortalecer la comprensión de este modelo a través de charlas y actividades. El documento describe el problema de la falta de información sobre seguridad, los objetivos del proyecto, la metodología, las actividades planeadas como
El documento presenta información sobre la correspondencia policial y los diferentes tipos de documentos que se utilizan en este ámbito, como oficios, circulares, memorandums, actas policiales, informes, entre otros. Se describe la estructura, contenido básico, naturaleza jurídica y fundamentos legales de los actas policiales, que son documentos oficiales donde se certifican sucesos vinculados al servicio policial.
Este documento presenta las normas y procedimientos para el uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial en Venezuela de acuerdo con los derechos humanos. Explica los marcos legales internacionales y nacionales, conceptos como violencia y fuerza, y los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. También describe la preparación psicológica de los policías, la pirámide de resistencia-control, y técnicas como la presencia y distancia. El objetivo es regular el uso de la fuerza policial bajo los principios
La Policía Nacional Bolivariana tiene una estructura jerárquica con el Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz a la cabeza. Debajo del Ministro se encuentra el Director General, quien supervisa a los Directores Estadales y al Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
Este documento presenta la unidad curricular "Servicio de Policía Comunal II" de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. La unidad tiene una duración de 74 horas y busca formar a los funcionarios policiales en los valores del socialismo de inclusión y la democracia participativa. La unidad incluye 4 temas: 1) Etapas para implantar el servicio de Policía Comunal, 2) Patrullaje en la comunidad, 3) Planificación de la acción policial comunitaria y 4) Diseño y gestión de proyectos comunitarios
El Nuevo Modelo Policial: Accesibilidad, funcionalidad, transparencia, y segu...STDGAT
El documento describe el Nuevo Modelo Policial de México, el cual se basa en la reestructuración organizacional y en el Sistema Integral de Desarrollo Policial. La reestructuración incluye un esquema de jerarquías policiales, roles y responsabilidades definidos, así como incentivos para el personal. El Sistema de Desarrollo comprende la capacitación, evaluación y movilidad del personal policial entre los diferentes niveles de gobierno, bajo estándares y procedimientos homologados. El objetivo general es mejorar la coordinación,
Aspectos generales del acta policial_IAFJSRMauri Rojas
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Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
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Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Establece la obligación de dignificar la función policial y propone recomendaciones para mejorar situaciones en los cuerpos policiales relacionadas con el ingreso, la formación, el equipamiento, y el respeto a los derechos humanos, con el objetivo de implementar un nuevo modelo policial acorde con los principios de la Revolución Bolivariana.
Este documento describe las características fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. En tres oraciones o menos, el nuevo modelo policial busca que la policía sea una institución que vela por la seguridad del pueblo respetando los derechos humanos, promueve la participación ciudadana, y es auxiliar del sistema de justicia penal para prevenir la impunidad.
Este documento presenta los resultados de un diagnóstico realizado por la Comisión Nacional para la Reforma Policial sobre las características de la policía venezolana. El diagnóstico analizó la estructura, organización, funciones, actividades, recursos y carrera policial de 123 cuerpos policiales a nivel nacional. El objetivo fue generar información confiable que sirva de base para el diseño de una reforma policial que mejore la capacidad operativa y responsabilidad democrática de la policía en Venezuela.
Aspectos generales del acta policial2_IAFJSRMauri Rojas
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Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
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Este documento presenta las características fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. En 3 oraciones o menos:
El nuevo modelo policial busca que la policía sea una institución civil encargada de velar por la seguridad del pueblo respetando los derechos humanos. Promueve la participación ciudadana y la resolución pacífica de conflictos. También lucha contra el delito dentro del estado de derecho y haciendo uso progresivo de la fuerza solo cuando sea estrictamente necesario.
Valoracion juridica del acta de inv penal_IAFJSRMauri Rojas
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“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
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Este documento presenta los conceptos y métodos del Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial (UPDFP). Explica que el UPDFP implica aplicar el menor nivel de fuerza necesario para lograr el objetivo, respetando los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. Describe los diferentes niveles de fuerza que puede usar un oficial de policía en respuesta a los niveles de resistencia de un ciudadano, así como los bloques de control asociados a cada nivel de fuerza. También presenta las técnicas
El documento describe diferentes sistemas y tecnologías utilizados por los cuerpos policiales en Venezuela y Latinoamérica entre los años 2005 y 2019. Algunas de las tecnologías mencionadas incluyen GPS, SIIPOL, 171/0800 YARACUY, Plataforma México, patrullaje con drones, sistemas biométricos de cámaras y centros de monitoreo urbano. Estas tecnologías han ayudado a reducir la incidencia de delitos al permitir un mejor monitoreo, seguimiento de vehículos robados
Este documento presenta definiciones y conceptos clave relacionados con la policía y la seguridad ciudadana. Explica que la policía tiene como función principal la prevención y el auxilio a la población, y que la seguridad ciudadana requiere la cooperación del Estado, la sociedad y la policía. También describe los métodos básicos de patrullaje policial, como la prevención de factores de riesgo, la identificación de delincuentes y la interacción con la comunidad.
Este documento presenta las características fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. En primer lugar, la policía es una institución encargada de velar por la seguridad de todos los ciudadanos sin discriminación. En segundo lugar, la policía es obediente pero se abstiene de órdenes ilegales o que violen derechos humanos. En tercer lugar, la policía promueve la participación ciudadana y mecanismos de autorregulación comunitaria para prevenir la violencia.
Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Incluye una introducción sobre la necesidad de medir el desempeño policial y proporciona indicadores para medir el desempeño policial individual y agregado. El objetivo es ayudar a los cuerpos policiales a avanzar hacia un nuevo modelo policial basado en principios como el respeto a los derechos humanos.
Este documento presenta las características fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. En el nuevo modelo, la policía es una institución civil encargada de velar por la seguridad y los derechos humanos del pueblo. La policía no criminaliza a los pobres ni usa la fuerza en contra del pueblo, sino que promueve la participación ciudadana y resuelve conflictos de manera no violenta a través del diálogo y la mediación. El nuevo modelo busca establecer una policía que proteja los derechos humanos de todos los venezolanos.
Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Describe el nuevo modelo policial integrado, incluyendo la sala de situación, el centro de operaciones policiales y los puestos de comunicaciones. También explica el servicio de vigilancia y patrullaje, su estructura, funciones y principios para alinearse con el nuevo modelo policial basado en los derechos humanos y la participación ciudadana.
Este documento presenta un proyecto de investigación para realizar jornadas de sensibilización en materia de seguridad ciudadana en la comunidad del barrio El Caribe II en Venezuela. El proyecto busca diagnosticar las necesidades de la comunidad en términos de seguridad, desarrollar un modelo de seguridad ciudadana y fortalecer la comprensión de este modelo a través de charlas y actividades. El documento describe el problema de la falta de información sobre seguridad, los objetivos del proyecto, la metodología, las actividades planeadas como
El documento presenta información sobre la correspondencia policial y los diferentes tipos de documentos que se utilizan en este ámbito, como oficios, circulares, memorandums, actas policiales, informes, entre otros. Se describe la estructura, contenido básico, naturaleza jurídica y fundamentos legales de los actas policiales, que son documentos oficiales donde se certifican sucesos vinculados al servicio policial.
Este documento presenta las normas y procedimientos para el uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial en Venezuela de acuerdo con los derechos humanos. Explica los marcos legales internacionales y nacionales, conceptos como violencia y fuerza, y los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. También describe la preparación psicológica de los policías, la pirámide de resistencia-control, y técnicas como la presencia y distancia. El objetivo es regular el uso de la fuerza policial bajo los principios
La Policía Nacional Bolivariana tiene una estructura jerárquica con el Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz a la cabeza. Debajo del Ministro se encuentra el Director General, quien supervisa a los Directores Estadales y al Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
Este documento presenta la unidad curricular "Servicio de Policía Comunal II" de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. La unidad tiene una duración de 74 horas y busca formar a los funcionarios policiales en los valores del socialismo de inclusión y la democracia participativa. La unidad incluye 4 temas: 1) Etapas para implantar el servicio de Policía Comunal, 2) Patrullaje en la comunidad, 3) Planificación de la acción policial comunitaria y 4) Diseño y gestión de proyectos comunitarios
El Nuevo Modelo Policial: Accesibilidad, funcionalidad, transparencia, y segu...STDGAT
El documento describe el Nuevo Modelo Policial de México, el cual se basa en la reestructuración organizacional y en el Sistema Integral de Desarrollo Policial. La reestructuración incluye un esquema de jerarquías policiales, roles y responsabilidades definidos, así como incentivos para el personal. El Sistema de Desarrollo comprende la capacitación, evaluación y movilidad del personal policial entre los diferentes niveles de gobierno, bajo estándares y procedimientos homologados. El objetivo general es mejorar la coordinación,
Aspectos generales del acta policial_IAFJSRMauri Rojas
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“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
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Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Establece la obligación de dignificar la función policial y propone recomendaciones para mejorar situaciones en los cuerpos policiales relacionadas con el ingreso, la formación, el equipamiento, y el respeto a los derechos humanos, con el objetivo de implementar un nuevo modelo policial acorde con los principios de la Revolución Bolivariana.
Este documento describe las características fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. En tres oraciones o menos, el nuevo modelo policial busca que la policía sea una institución que vela por la seguridad del pueblo respetando los derechos humanos, promueve la participación ciudadana, y es auxiliar del sistema de justicia penal para prevenir la impunidad.
Este documento presenta las características fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. El nuevo modelo concibe a la policía como una institución civil encargada de velar por la seguridad del pueblo respetando los derechos humanos. La policía utilizará la fuerza de forma progresiva y diferenciada, y promoverá la participación ciudadana y mecanismos de resolución de conflictos no violentos. El nuevo modelo busca que la policía sea una institución profesional al servicio del estado de derecho.
Este documento presenta las recomendaciones iniciales del Consejo General de Policía para la implementación de un nuevo modelo policial en Venezuela. El nuevo modelo busca establecer una policía que proteja los derechos humanos, promueva la participación ciudadana, resuelva conflictos de manera no violenta y lucha contra el delito dentro del estado de derecho. El documento contiene lineamientos sobre legislación policial, cobertura policial, equipamiento, formación, organización, control interno, atención a víctimas y servicio de policía comunal.
El documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Incluye una guía práctica para lograr la equidad de género en los cuerpos policiales. Describe el nuevo modelo policial basado en principios como el respeto a los derechos humanos, la participación ciudadana y el uso progresivo de la fuerza.
Este documento describe los principios fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. En tres oraciones o menos, el resumen es:
El nuevo modelo policial busca que la policía sea una institución que proteja los derechos humanos del pueblo de manera no discriminatoria y no criminalice a los pobres, que resuelva conflictos de forma no violenta pero use la fuerza de manera gradual cuando sea necesario, y que promueva la participación ciudadana y la autorregulación comunitaria para prevenir la violencia.
La resolución establece normas para la adquisición, registro y control de armas, municiones y equipos de los cuerpos de policía. Requiere que estas adquisiciones estén avaladas por la Dirección General de Armas y Explosivos del Ministerio de Defensa, clasificando el tipo de armamento autorizado según el nivel político-territorial de cada cuerpo policial. Además, establece condiciones sobre el resguardo y almacenamiento de esta dotación.
Este documento presenta las bases para el nuevo modelo policial en Venezuela. En primer lugar, señala que la policía debe velar por la seguridad del pueblo sin discriminación y que sus armas se usan para proteger al pueblo, no en su contra. Además, la policía debe ser obediente pero rechazar órdenes ilegales y respetar los derechos humanos. También debe ser disciplinada de forma voluntaria. El nuevo modelo requiere que la policía no criminalice a los pobres, resuelva conflictos de forma no violenta y promueva la
Este documento presenta lineamientos para la organización y despliegue del servicio de transporte terrestre dentro de los cuerpos policiales. Describe la estructura organizativa propuesta para este servicio, incluyendo objetivos y funciones de las diferentes unidades involucradas. Además, ofrece recomendaciones sobre el despliegue, equipamiento, supervisión y control del servicio de transporte terrestre policial de acuerdo al nuevo modelo policial venezolano.
Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Describe 10 obligaciones clave para los cuerpos policiales relacionadas con temas como derechos humanos, ética, transparencia y participación ciudadana. Incluye una introducción y secciones sobre la situación actual y recomendaciones para cada obligación. El objetivo es ayudar a los cuerpos policiales a adaptarse a un nuevo modelo policial basado en principios de humanismo, solidaridad y respeto a los derechos humanos.
Esta resolución conjunta entre el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y el Ministerio del Poder Popular para la Defensa establece normas para la adquisición, registro y control de armamento, municiones, equipos y accesorios para los cuerpos de policía y órganos de seguridad ciudadana. Señala que dichas adquisiciones deben estar avaladas por normas técnicas de la Dirección General de Armas y Explosivos del Ministerio de la Defensa, y clasifica el tipo de armamento y municiones autorizados para cada
Este documento presenta las líneas generales del nuevo modelo policial en Venezuela. Describe al nuevo modelo policial como una institución civil encargada de velar por la seguridad y los derechos humanos de la población sin discriminación. Indica que la policía usará la fuerza de forma gradual y proporcionada, y promoverá la participación ciudadana y mecanismos de resolución de conflictos no violentos. El objetivo es establecer una policía acorde con los principios de legalidad, derechos humanos y justicia penal.
Este documento trata sobre la reducción de la jornada laboral en los cuerpos de policía. Presenta los mitos y resistencias en torno al nuevo esquema de 8 horas de trabajo, explica el basamento legal y los beneficios de la nueva jornada laboral como la dignificación de los funcionarios policiales y mayor eficiencia del servicio. Finalmente, ofrece recomendaciones para la operacionalización e implementación de las jornadas de 8 horas.
Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Describe la creación del nuevo modelo policial basado en principios como el respeto a los derechos humanos, la participación ciudadana y la solidaridad. También presenta la estructura y funciones del Servicio de Policía Comunal, el cual busca promover la seguridad ciudadana a través de la autorregulación comunitaria y la resolución no violenta de conflictos.
El documento presenta lineamientos para la implementación del Servicio de Policía Comunal en Venezuela. Describe los objetivos, áreas de intervención y estructura organizativa del servicio, incluyendo las funciones clave. También cubre las características deseables en los funcionarios, las etapas de implantación y formas de evaluación del servicio. El objetivo final es establecer un nuevo modelo policial acorde con los principios del socialismo bolivariano.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Este documento presenta las normas sobre el sistema policial venezolano y resoluciones ministeriales del año 2012. Incluye 8 resoluciones publicadas en la Gaceta Oficial sobre temas como ascensos en la carrera policial, creación de instancias de control interno, implementación de servicios de vigilancia y patrullaje policial, y evaluación del desempeño de funcionarios policiales. También presenta 3 resoluciones aprobadas por el Consejo General de Policía sobre actuación policial con niños, procesos de habilitación de cuerpos
Esta resolución corrige un error material en la Resolución No 086 publicada anteriormente sobre ascensos en la carrera policial. Específicamente, corrige la palabra "fallecido" por "activo" en el artículo 37, referido a los ascensos de honor por mérito extraordinario en acto de servicio, para referirse al funcionario policial que realizó la acción meritoria en lugar de uno fallecido. Además, se reimprimirá el texto completo de la resolución anterior con la corrección.
Esta resolución corrige un error material en la Resolución No 086 publicada anteriormente sobre ascensos en la carrera policial. Específicamente, corrige la palabra "fallecido" por "activo" en el artículo 37, que trata sobre los ascensos de honor por mérito extraordinario en acto de servicio, a fin de que se aplique a funcionarios policiales activos y no fallecidos. Adicionalmente, se reimprimirá el texto completo de la resolución anterior con la corrección.
Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales de Venezuela con el objetivo de homologar y reclasificar los rangos policiales. Explica el proceso de homologación y reclasificación, los órganos involucrados y las diferentes fases del proceso. El objetivo final es consolidar el Sistema Integrado de Policía y establecer un nuevo modelo policial humanista de acuerdo con los principios de la Revolución Bolivariana.
Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Incluye definiciones de términos policiales, una lista de delitos y faltas comunes, procedimientos para accidentes de tránsito e infracciones, y un glosario de términos. El objetivo es consolidar el sistema policial integrado y estandarizar los procedimientos policiales para adecuarlos al nuevo modelo policial basado en principios de derechos humanos y justicia social.
Este documento presenta las características del nuevo modelo policial en Venezuela. En el nuevo modelo, la policía es una institución civil encargada de velar por la seguridad y los derechos humanos del pueblo de manera no discriminatoria. La policía usa la fuerza de manera gradual y proporcionada, y promueve la participación ciudadana y la resolución pacífica de conflictos. El objetivo del nuevo modelo es establecer una policía al servicio de la comunidad que lucha contra el delito dentro del estado de derecho.
Este documento presenta las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales en Venezuela. Incluye lineamientos para la actuación policial en emergencias y desastres, como accidentes en vías expresas, incendios, terremotos e inundaciones. El objetivo es establecer consideraciones para que los policías puedan actuar como primeros respondedores en situaciones de riesgo y brindar apoyo a la comunidad.
El documento presenta las características fundamentales del nuevo modelo policial en Venezuela. En primer lugar, la policía es una institución civil encargada de velar por la seguridad de todos los ciudadanos sin discriminación. En segundo lugar, la policía es una institución armada cuyas armas se usan para proteger al pueblo, no en su contra. Finalmente, la policía no criminaliza a los pobres ni los revictimiza, sino que favorece a los sectores populares.
Este documento describe los diferentes niveles de fuerza que pueden utilizarse en situaciones policiales y militares, desde la presencia hasta el uso de armas de fuego. También explica tácticas, procedimientos y consideraciones legales para cada nivel de fuerza.
El documento define la violencia y sus diferentes tipos como psicológica, física, sexual, económica, entre otros. Explica la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y los derechos que protege como a la vida, integridad y igualdad. También describe los pasos para realizar una denuncia y las medidas de protección que pueden solicitarse como la salida del agresor del hogar, restricciones de acercamiento y sustento económico. Finalmente, lista las instituciones donde se pued
1. BAQUÍA
REGLAS MÍNIMAS DE ESTANDARIZACIÓN
PARA LOS CUERPOS POLICIALES
4. UN ARTE EN COMÚN
Manual de
Ceremonial y Protocolo
Consolidando el Sistema
Integrado de Policía
2.
3. Baquía
Reglas mínimas de estandaRización
paRa los cueRpos policiales
4. Un arte en común
manual de
ceremonial y Protocolo
4. colección Baquía
Reglas mínimas de estandaRización
paRa los cueRpos policiales
BaQuía: Nombre de la colección. Significa
conocimiento práctico para no perderse
en caminos, trochas, ríos y parajes
desconocidos.
4. un aRte en común
manual de ceremonial y protocolo
Responsables:
Caracas, abril de 2010 Liderly Montero
Primera Edición Ana Caldera
Producción: Víctor Díaz
Consejo General de Policía Heylimar Zambrano
Fran Méndez
miembros del consejo Revisión y validación:
general de policía Marta Capdevila
tareck el aissami,
ministro del Poder Popular para Diseño gráfico:
Relaciones Interiores y Justicia Helena Maso
edgar Barrientos, Foto portada:
viceministro del Sistema Raúl Corredor
Integrado de Policía
rafael Isea, Edición y correcciones:
gobernador del estado Aragua Helena González
José Luis rodríguez, Impresión:
alcalde del municipio Carrizal
mercedes Prieto,
100.000 ejemplares
representante del Ministerio Público
Larry Devoe, Hecho depósito de ley
representante de la Defensoría del Pueblo Depósito Legal: lf58220103701162
Pedro tang,
en representación de los cuerpos
de policía municipales y estadales consejo general de policía
José enrique González, Av. Urdaneta, esquina Platanal, sede
en representación de los cuerpos del Ministerio del Poder Popular para
de policía municipales y estadales Relaciones Interiores y Justicia, piso 8.
Soraya el achkar, Caracas, Venezuela
en representación de la Red de Apoyo Teléfono: 0212.506.11.11
por la Justicia y la Paz, Secretaria Ejecutiva info@consejopolicia.gob.ve
del Consejo General de Policía www.consejopolicia.gob.ve
5. contenido
prólogo 7
presentación 9
el nuevo modelo policial: un reto de país 11
introducción 15
consideraciones de carácter general 15
objetivos y alcances 17
Base legal 17
disposiciones generales 21
ceremonial y protocolo 21
Día nacional del Policía 21
Graduaciones 21
ascensos 22
Honores fúnebres a funcionarias y funcionarios caídos 23
en el cumplimiento del deber
actos aniversarios 23
Desfiles Policiales 24
ofrendas Florales 24
operativos especiales 24
normas generales 25
programa y guión 27
Programa 29
Guión 30
glosario 35
Referencias bibliográficas 41
6.
7. prólogo
La aprobación, en el año 2008, por parte del Comandante Presidente Hugo Chávez,
del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía y del
Cuerpo de Policía Nacional es la muestra más fehaciente de la voluntad política
del Gobierno Bolivariano de avanzar en el sentido de saldar la deuda con toda la
comunidad policial y con el pueblo que demanda cambios radicales en las institu-
ciones policiales. Con la aprobación de este Decreto nace el Sistema Integrado de
Policía, la Universidad Experimental de la Seguridad, el Fondo Intergubernamental
para el Servicio de Policía y así también, el Consejo General de Policía adscrito al
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, el cual instalamos
en el año 2009 con el propósito de adelantar una serie de políticas públicas que
estandarizaran los cuerpos policiales para su adecuación al nuevo modelo policial,
un modelo que se caracterice por el humanismo, la solidaridad, la participación
ciudadana, el respeto a los derechos humanos, en síntesis principios todos ellos
acordes a la construcción del Socialismo Bolivariano.
Es voluntad del Gobierno del Comandante Presidente Hugo Chávez acabar con
el viejo modelo policial burgués que ha atentado contra la dignidad humana, cri-
minalizando la pobreza, violando los derechos humanos y muestra de ello, es el
empeño que, desde el inicio de la Revolución Bolivariana viene haciendo para que
se implante un nuevo modelo policial. La creación de la Comisión Nacional para la
Reforma Policial, la realización del primer diagnóstico nacional sobre los cuerpos
policiales y la gran consulta popular sin precedentes en el país fue el comienzo de
un camino que se ha transitado para lograr el propósito de crear un sistema policial
acorde con las necesidades del pueblo venezolano.
Nuestro Gobierno Bolivariano a través del Ministerio del Poder Popular para Re-
laciones Interiores y Justicia, a partir de la instalación del Consejo General de Policía
ha aprobado una serie de Resoluciones con normas mínimas comunes a los cuer-
pos policiales que son de obligatorio cumplimiento. Nos sentimos con la respon-
sabilidad histórica de mostrar el camino para la exigida adecuación y, por ello, nos
hemos empeñado en elaborar estas Guías auto-instruccionales que le permitan a
los cuerpos policiales avanzar hacia la instauración de un nuevo modelo policial. El
Gobierno del Comandante Presidente Chávez está saldando la deuda que durante
décadas se acumuló con los funcionarios y funcionarias policiales de buena volun-
tad. Estamos comprometidos a dignificar la función policial y no descansaremos
hasta que ganemos esta batalla en función de una mayor seguridad y paz social
para nuestro pueblo.
¡Venceremos!
Tareck El aissami
Consejo General de PoliCía 5
8.
9. presentación
dignificar la función policial: un compromiso ético
El Consejo General de Policía fue instituido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza
de Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivaria-
na, como una instancia de participación y asesoría para coadyuvar a la definición,
planificación y coordinación de las políticas públicas en materia del servicio de po-
licía, así como del desempeño profesional del policía. Fue instalado formalmente
en Junio del año 2009 por el Ministro del Poder Popular para Relaciones de Interior
y Justicia, Tareck El Aissami.
El objetivo principal del Consejo General de Policía en su primer perío-
do de gestión 2009-2010 es recomendar al Ministro con competencia en mate-
ria de seguridad ciudadana lo necesario para desarrollar el nuevo modelo po-
licial y dignificar la función policial, mediante un marco jurídico institucional y de
gestión que permita concebir la policía como una institución pública, de función
indelegable, civil, que opera dentro del marco de la Constitución de la Repúbli-
ca Bolivariana de Venezuela y de los tratados y principios internacionales sobre
protección de los derechos humanos, orientada por los principios de perma-
nencia, eficacia, eficiencia, universalidad, democracia y participación, control
de desempeño y evaluación, de acuerdo con procesos y estándares definidos
y sometida a un proceso de planificación y desarrollo conforme a las necesida-
des dentro de los ámbitos político territoriales nacional, estadal y municipal.
Para ello, la Secretaría Ejecutiva del Consejo General de Policía organizó un plan
de trabajo fundamentado en el diseño de estándares nacionales cuya pretensión
básica fue desarrollar la nueva doctrina policial, las normas mínimas comunes
para los cuerpos policiales y los mecanismos más adecuados para la puesta en
marcha de todas las obligaciones comunes en el ámbito nacional, estadal y mu-
nicipal, con miras a resolver problemas inmediatos relacionados con el desempe-
ño, la rendición de cuentas, el uso de fuerza, la carrera policial, la atención a las
víctimas, la estructura organizativa, las instalaciones y el medio ambiente laboral,
el equipamiento individual e institucional, la homologación y reclasificación de los
niveles jerárquicos, el ingreso a la academia y a los cuerpos de policía, el servicio
de policía comunal y las prácticas de vigilancia y patrullaje.
Funcionarios y funcionarias así como académicos vinculados a los estudios so-
bre la Policía convocados por la Secretaría Ejecutiva del Consejo General de Po-
licía elaboraron un conjunto de normas comunes que luego fueron sometidas a
consulta con los cuerpos policiales de todo el país considerando que toda política
pública en materia policial debe ser resultado de la discusión y participación de la
Consejo General de PoliCía 7
10. población en general y de la comunidad policial en particular. Estas normas fueron
presentadas por la Secretaría Ejecutiva ante el Consejo General de Policía y fueron
aprobadas y refrendadas por el Ministro del Poder Popular para Relaciones Inte-
riores y Justicia.
Sobre estas normas, especialistas en diferentes campos del conocimiento ela-
boraron un conjunto de recomendaciones prácticas que le permiten a cada cuerpo
policial avanzar de manera autoinstruccional en la reforma institucional necesaria
a corto, mediano y largo plazo, en un plan de adecuación según el Decreto con
Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía
Nacional Bolivariana y las Resoluciones que de ella derivan; así como de la Ley del
Estatuto de la Función Policial aprobada por la Asamblea Nacional en el año 2009.
Es nuestro deseo que este conjunto de recomendaciones se conviertan en un
horizonte y un compromiso ético para dignificar la función policial, asumido por
todos los funcionarios y funcionarias de buena voluntad, por sus autoridades y por
la comunidad en general de cara a fundar un nuevo modelo policial que logre,
efectivamente, brindar seguridad, respetando los derechos fundamentales.
Soraya Beatriz El Achkar G.
Consejera y Secretaria Ejecutiva
Consejo General de Policía
Caracas, Abril 2010
8 Consejo General de PoliCía
11. el nuevo modelo policial: un reto de país
en el nuevo modelo, la policía es una institución encargada de velar por la seguri-
dad y la tranquilidad de nuestro pueblo, sin discriminaciones fundadas en el origen
étnico, el color de piel, el sexo, el credo, la orientación sexual o aquellas que tengan
por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, el goce o ejer-
cicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.
en el nuevo modelo, la policía es una institución armada, cuyas armas no se
usan en contra del pueblo sino para su protección. Es obediente y al mismo tiempo
se abstiene de ejecutar órdenes que comporten la práctica de acciones u omisio-
nes ilícitas o que sean lesivas o menoscaben los derechos humanos garantizados
en la Constitución. Es disciplinada bajo la consideración de que la disciplina es vo-
luntaria y sirve para sostener relaciones de respeto, solidaridad y también para dar
cumplimiento a los propósitos operativos, tácticos y estratégicos de la institución.
en el nuevo modelo, la policía no criminaliza a los pobres ni emprende accio-
nes que les re-victimice. Por el contrario, favorece a los sectores populares porque
son los más afectados por el fenómeno de la violencia y genera mecanismos de
convivencia y de investigación para la prevención de modo tal que se puedan al-
canzar todos los derechos en todos los aspectos de la vida de los pobres.
en el nuevo modelo, la policía es capaz de resolver los conflictos por las
vías no violentas, mediante la utilización de mecanismos de mediación y conci-
liación los cuales generan una cultura de paz y una tradición de resolución de
los conflictos por las vías comunitarias e institucionales pero usa la fuerza de
forma gradual y diferenciada cuando sea necesario y para proteger derechos.
en el nuevo modelo, la policía es una institución que promueve la participación
protagónica del pueblo y genera mecanismos que contribuyen con la autorregu-
lación de la comunidad, para controlar y prevenir situaciones que generen inse-
guridad y violencia o que constituyan amenazas, vulnerabilidad y riesgo para la
integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el
cumplimiento de sus deberes.
en el nuevo modelo, la policía lucha contra el delito apegada al estado de de-
recho, el respeto a los derechos humanos y haciendo uso progresivo y diferenciado
de la fuerza policial cuando sea necesario, según los niveles de resistencia de la
ciudadana o ciudadano y ajustados a los principios de legalidad. Sus funcionarias
y funcionarios utilizarán el arma de fuego sólo en circunstancias extremas, como
reacción al ejercicio de una fuerza letal para la defensa de la propia persona o de
los terceros, ante una agresión ilegítima y atendiendo a los principios de necesidad,
oportunidad y proporcionalidad.
Consejo General de PoliCía 9
12. en el nuevo modelo, la policía es un órgano auxiliar del sistema de justicia pe-
nal y, en ese sentido, es una institución que coopera, de forma profesional, con los
otros órganos de la administración de justicia aportando los elementos necesarios
para que no haya impunidad. La honestidad, la probidad y la articulación son prin-
cipios con los que se presta el servicio de auxilio al sistema penal.
en el nuevo modelo, la policía es una institución profesional, estudiosa del de-
lito, que examina el comportamiento delictivo, los factores criminógenos, utilizando
tecnología de punta y aproximándose a las causas que originaron el fenómeno
para promover soluciones integrales.
en el nuevo modelo, la policía es una institución que cree en el proceso de
rendición de cuentas al pueblo en general y a las instituciones en particular, lo cual
supone planificación, supervisión y evaluación de la gestión y el desempeño poli-
cial, conforme a los principios de transparencia, periodicidad, responsabilidad in-
dividual por actos de servicio, considerando la adopción de estándares, el balance
entre la supervisión interna y externa y la participación de la comunidad, en función
de la adecuación del desempeño policial a las normas jurídicas.
en el nuevo modelo, la policía utiliza como base para la asignación de cargos,
ascensos, transferencias y otras situaciones administrativas de los Funcionarios y
las funcionarias de Carrera Policial, la calificación de servicio. La calificación consiste
en la evaluación de las condiciones éticas, profesionales, técnicas, físicas y psico-
lógicas de la funcionaria o funcionario, que lo acrediten para la obtención de una
determinada asignación.
en el nuevo modelo, se plantea el diseño de un sistema homogéneo y estan-
darizado para la formación básica y continua para todos los cuerpos policiales.
Debe ser un conjunto orgánico, integrado, con políticas y servicios que garanticen la
unidad del proceso de formación y el desarrollo profesional permanente, a lo largo
de la Carrera Policial para todos los funcionarios y funcionarias policiales del país.
en el nuevo modelo, la policía tiene normas generales de actuación para todos
los funcionarios y funcionarias policiales:
1. Respetar y proteger la dignidad humana y mantener, defender y promover los
derechos humanos de todas las personas, sin discriminación alguna por motivos
de raza, sexo, religión, idioma, opinión política, origen nacional, posición económi-
ca o de cualquier otra índole.
2. Servir a la comunidad y proteger a todas las personas contra actos ilegales
con absoluto respeto y cumpliendo los deberes que le imponen la Constitución de
la República y demás leyes.
3. Ejercer el servicio policial con absoluta imparcialidad, legalidad, transparen-
cia, necesidad, proporcionalidad y humanidad.
4. Valorar e incentivar la honestidad y, en consecuencia, denunciar cualquier
acto de corrupción que conozca en la prestación del servicio policial.
5. Portar el uniforme, las insignias policiales, las armas y equipos reglamenta-
rios debidamente, de manera que la colectividad pueda reconocer el cuerpo poli-
cial o militar al cual pertenece y mostrar en todo acto de servicio los documentos e
identificaciones que los acrediten como autoridad pública.
10 Consejo General de PoliCía
13. 6. Informar a la colectividad de las actuaciones a realizar en virtud de la ins-
trumentación de acciones o medidas que involucren la seguridad ciudadana.
7. Velar por el disfrute del derecho a la reunión y del derecho a manifestar pú-
blica y pacíficamente, conforme a los principios de respeto a la dignidad, toleran-
cia, cooperación, compresión e intervención oportuna, proporcional y necesaria.
8. Respetar la integridad física de todas las personas y, bajo ninguna circuns-
tancia, infligir, instigar o tolerar ningún acto arbitrario, ilegal, discriminatorio o de
tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, que entrañen
violencia física, psicológica o moral, en cumplimiento del carácter absoluto del de-
recho a la integridad física, psíquica y moral garantizado en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela.
9. Utilizar el arma de fuego sólo en circunstancias extremas, como reacción al
ejercicio de una fuerza letal para la defensa de la propia persona o de los terceros,
ante una agresión ilegítima y atendiendo a los principios de necesidad, oportuni-
dad y proporcionalidad.
10. Cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable, los funcionarios se
comprometen a: a) ejercer moderación y actuar en proporción a la gravedad del
delito y al objetivo legítimo que se persiga; b) reducir al mínimo los daños y lesiones
y respetar y proteger la vida humana; c) proceder de modo que se preste, lo antes
posible, asistencia y servicios médicos a las personas heridas o afectadas; y d) pro-
curar notificar lo sucedido a la mayor brevedad posible, a los parientes o amigos
íntimos de las personas heridas o afectadas.
11. Abstenerse de ejecutar órdenes que comporten la práctica de acciones u
omisiones ilícitas o que sean lesivas o menoscaben los derechos humanos ga-
rantizados en la Constitución o en los tratados internacionales sobre la materia y
oponerse a toda violación de derechos humanos que conozca en la práctica de sus
funciones.
12. Informar a sus superiores y, si fuese necesario, a cualquier autoridad u orga-
nismo que tenga atribuciones de control o correctivas, cuando tengan motivaciones
para creer que se ha producido o va a producirse un acto de tortura, estando en
el deber de tomar e imponer las medidas o acciones a que hubiere lugar para
impedirlas.
13. Respetar la libertad personal y practicar sólo las detenciones autorizadas por
el orden constitucional. En caso de detención, explicar suficientemente las razones,
facilitar la comunicación con familiares, amigos y abogados, así como observar
estrictamente los trámites, lapsos y requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico.
Asimismo, comprometerse a velar por la vida e integridad física, psíquica y moral
del ciudadano detenido o que se encuentre bajo su custodia, respetando sus de-
rechos y dignidad humana.
14. Asegurar plena protección de la salud e integridad de las personas bajo su
custodia y, en particular, tomar las medidas inmediatas para proporcionar atención
médica.
15. Extremar las precauciones, cuando la actuación policial esté dirigida hacia
los niños, las niñas o los adolescentes, así como el adulto mayor y las personas
Consejo General de PoliCía 11
14. discapacitadas, para garantizar su seguridad e integridad física, psíquica y moral,
considerando en todo momento el principio de preeminencia de sus derechos.
Este nuevo modelo policial sólo será posible si los funcionarios y funcionarias de
buena voluntad, las autoridades de policía y la sociedad en general se apropian
de esta idea y se empeñan en cambiar el viejo modelo que ha atentado contra la
dignidad humana. Caminemos hacia la dignificación de la función policial que es
una responsabilidad compartida y un compromiso ético de nuestro tiempo.
15. introducción
Los cuerpos de Policía son instituciones al servicio del público, creadas con el
propósito de proteger y garantizar los derechos de las personas frente a situacio-
nes que constituyan amenazas, vulnerabilidad, riesgo o daño para su integridad
física, sus propiedades, el ejercicio de sus derechos, el respeto de sus garantías,
la paz social, la convivencia y el cumplimiento de la Ley. estos cuerpos de Policía,
como instituciones públicas, deben conmemorar las fechas patrias, respetando
los símbolos nacionales tal como lo señala la normativa vigente.
actualmente, en la república Bolivariana de Venezuela, los cuerpos de Policía
carecen de criterios homogéneos que regulen sus actividades ceremoniales y pro-
tocolares, encontrándose en muchos de ellos una marcada influencia de carácter
militar. entre las conclusiones a las que se llegó durante el trabajo desarrollado por
la comisión para la reforma Policial (conarepol, 2006), se constató la inexistencia
de manuales de organización y procedimientos que señalen las dependencias
encargadas de la imagen corporativa, las relaciones públicas y demás activida-
des inherentes.
La influencia militarista obedece al hecho de que los cuerpos de Policía fueron
creados, organizados, dirigidos y su talento humano formado bajo una estricta
y rígida instrucción castrense, cuya doctrina se manifiesta en el manejo del ce-
remonial y Protocolo Policial, el cual no corresponde con el carácter civil de estos
cuerpos.
Los contenidos de este manual apuntan a propiciar y consolidar la identidad
institucional de los cuerpos de Policía, impulsando una imagen, externa e interna,
coherente con su carácter civil y la naturaleza de sus funciones. Para ello se defi-
nen normas, programas y guiones de cumplimiento obligatorio en todas las cere-
monias y actos oficiales del cuerpo de Policía nacional Bolivariana y los cuerpos
de policía estadales y municipales. ceremonias y actos oficiales donde sean im-
prescindibles pautas de conductas regidas por etiqueta, protocolo y precedencias
para la celebración de fechas significativas, honores a símbolos patrios, honores
policiales, desfiles, ceremonial policial, entre otros.
Consejo General de PoliCía 13
19. objetivos y alcances
El propósito del presente manual, es desarrollar pautas únicas de ceremonial y
protocolo para los cuerpos de policía en su ámbito político territorial, de carácter
eminentemente civil, siguiendo los lineamientos dictados por el ministerio del Po-
der Popular para relaciones Interiores y Justicia como Órgano rector.
Las pautas de ceremonial y protocolo permitirán planificar, preparar, desarro-
llar, ejecutar y evaluar las ceremonias y actos oficiales por parte de los cuerpos
policiales, impulsando la identidad institucional de estos cuerpos y dignificando
el talento humano de la institución. establecen normas, programas y guiones de
cumplimiento obligatorio para todas las ceremonias de carácter formal, oficial y
solemne, para la celebración de fechas significativas, tales como: Día nacional del
Policía, actos aniversarios, celebración de fin de año, inicio de operativos espe-
ciales, graduaciones, ascensos, desfiles policiales, ofrendas florales, homenajes
póstumos a funcionarias y funcionarios fallecidos en actos de servicio, entre otros.
el ceremonial y Protocolo Policial fortalece de manera cotidiana y permanente el
respeto de nuestra identidad nacional, regional y municipal.
Base legal
constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
a los efectos de la utilización de los símbolos patrios en las actividades o actos
que realicen los cuerpos de Policía de acuerdo al ceremonial y protocolo estipula-
do, la constitución de la república Bolivariana de Venezuela, establece:
artículo 8: La Bandera nacional con los colores amarillo, azul y rojo; el Himno
nacional Gloria al bravo pueblo y el escudo de armas de la república, son los
símbolos de la patria.
La Ley regulará sus características, significados y usos.
artículo 130: Los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defen-
der a la patria, sus símbolos y, valores culturales; resguardar y proteger la sobe-
ranía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses
de la nación.
ley orgánica del servicio de policía y del cuerpo de policía
nacional Bolivariana (2009)
artículo 1: el presente Decreto con rango, Valor y Fuerza de la Ley orgánica
tiene por objeto regular el servicio de policía en los distintos ámbitos político te-
rritoriales y su rectoría, así como la creación, organización y competencias del
cuerpo de Policía nacional, con fundamento en las normas, principios y valores
establecidos en la constitución de la república Bolivariana de Venezuela.
Consejo General de PoliCía 17
20. artículo 2: Las disposiciones de este Decreto con rango, Valor y Fuerza de la
Ley orgánica son de orden público y de aplicación obligatoria en todo el territorio
de la república Bolivariana de Venezuela.
Las normas y principios contenidos en el presente Decreto con rango, Valor y
Fuerza de Ley orgánica son de obligatorio cumplimiento para todos los particu-
lares, los órganos y entes de la administración Pública en los distintos ámbitos
político territorial.
artículo 6: el servicio de policía es de carácter civil y profesional, lo cual se
manifiesta funcionalmente en su mando, personal, dirección, estructura, cultura,
estrategias, tácticas, equipamiento y dotación.
artículo 18: De las atribuciones del Órgano rector:
6. Fijar, diseñar, implementar, controlar y evaluar las políticas, estándares, pla-
nes, programas y actividades relacionadas con la prestación del servicio de policía.
artículo 25: Son atribuciones del consejo General de Policía:
2. Proponer las políticas públicas y los planes en el ámbito policial a nivel na-
cional.
artículo 67: Las funcionarias y funcionarios policiales deben respeto y consi-
deración a sus superiores jerárquicos y obediencia legítima y subordinación a
sus mandos funcionales. acatarán y cumplirán las políticas, planes, programas,
órdenes, instrucciones, decisiones y directrices que emanen de las autoridades
competentes, salvo lo dispuesto en el presente Decreto con rango, Valor y Fuerza
de la Ley orgánica.
ley de Bandera, escudo e Himno nacional, Reforma (2008),
gaceta oficial n° 38,394
artículo 1: La Bandera nacional, el Himno nacional y el escudo de armas de
la república Bolivariana de Venezuela son los símbolos de la Patria y deben ser
venerados por todos los venezolanos y venezolanas, y respetados por los ciuda-
danos y ciudadanas de los demás países.
artículo 2: Salvo lo dispuesto en leyes y reglamentos especiales, al ser izada
o arriada la Bandera nacional, al paso de ésta, o al ser interpretado el Himno
nacional en actos oficiales o públicos, toda persona debe estar de pie, inmóvil y
descubierta la cabeza.
artículo 3: La Bandera nacional se inspira en la que adoptó el congreso de
la república en 1811. está formada por los colores amarillo, azul y rojo, en franjas
unidas, iguales y horizontales en el orden que queda expresado, de superior a
inferior y, en el medio del azul, ocho estrellas blancas de cinco puntas, colocadas
en arco de círculo con la convexidad hacia arriba. La Bandera nacional que usen
la Presidencia de la república y la Fuerza armada nacional, así como la que se
enarbole en los edificios públicos nacionales, estadales y municipales, deberá lle-
18 Consejo General de PoliCía
21. var el escudo de armas de la república Bolivariana de Venezuela en el extremo
de la franja amarilla cercano al asta. La Bandera nacional usada por la marina
mercante sólo llevará las ocho estrellas.
artículo 4: La Bandera nacional debe enarbolarse:
f en el Palacio Federal Legislativo durante las sesiones de la asamblea nacional
y en los edificios donde se reúnan los consejos Legislativos, mientras estén en
sesión.
f en las oficinas públicas nacionales, estadales y municipales, los días declara-
dos de Fiesta nacional y las demás fechas en que por resoluciones especiales
lo dispongan las autoridades competentes.
f en los edificios de las embajadas, legaciones, consulados y agencias del país
en el exterior, los días de Fiesta nacional o cuando lo prescriba el protocolo de
cada país.
f en el edificio del Despacho del Presidente de la república Bolivariana de Vene-
zuela, diariamente.
f en las instalaciones de la Fuerza armada nacional, las fortalezas y demás edifi-
cios militares, en los casos determinados por las leyes y reglamentos pertinen-
tes.
f en las naves mercantes venezolanas, en la forma y oportunidad que determi-
nen las leyes y reglamentos sobre navegación
artículo 5: Los venezolanos y venezolanas, los extranjeros y extranjeras resi-
dentes en la república Bolivariana de Venezuela deben enarbolar la Bandera na-
cional en sus casas particulares, oficinas y establecimientos, en los días de Fiesta
nacional y en aquellas oportunidades que señalen las autoridades competentes.
en estos casos, así como en los días de sus fiestas patrióticas, los extranjeros y
extranjeras residentes en la república Bolivariana de Venezuela, podrán también
enarbolar la bandera de su nacionalidad, junto con la de la república Bolivariana
de Venezuela, correspondiendo a esta última el puesto de honor, o sea, el de la
derecha extrema del sitio donde se enarbole.
artículo 6: todo venezolano o venezolana, extranjero o extranjera podrá hacer
uso de la Bandera nacional diariamente, siendo obligatorio su uso en aquellos
días y condiciones señalados en esta Ley y su reglamento.
artículo 7: en desfiles y otros actos protocolares donde vaya la Bandera na-
cional en compañía de otras, ésta deberá estar colocada en sitio de honor, en el
centro si son impares, y a la extrema derecha si son pares.
artículo 8: el escudo de armas de la república Bolivariana de Venezuela llevará
en su campo los colores de la Bandera nacional en tres cuarteles:
f el cuartel de la izquierda de quien observa será rojo y contendrá la figura de un
manojo de mieses, con tantas espigas como estados tenga la república Boli-
variana de Venezuela, como símbolo de la unión y de la riqueza de la nación.
Consejo General de PoliCía 19
22. f el cuartel de la derecha de quien observa será amarillo y como emblema del
triunfo figurarán en él una espada, una lanza, un arco y una flecha dentro de
un carcaj, un machete y dos banderas nacionales entrelazadas por una corona
de laurel.
f el tercer cuartel será azul, ocupará toda la parte inferior del escudo de armas
y en él figurará un caballo blanco indómito, galopando hacia la izquierda de
quien observa y mirando hacia delante, emblema de la independencia y de
la libertad; adoptándose para tal efecto la figura del caballo contenido en el
escudo de la Federación, de fecha 29 de julio de 1863.
f el escudo de armas tendrá por timbre, como símbolo de la abundancia, las
figuras de dos cornucopias entrelazadas en la parte media, dispuestas hori-
zontalmente, llenas de frutos y flores tropicales y en sus partes laterales las
figuras de una rama de olivo a la izquierda de quien observa y de una palma a
la derecha de quien observa, atadas por la parte inferior del escudo de armas
con una cinta con el tricolor nacional. en la franja azul de la cinta se pondrán las
siguientes inscripciones en letras de oro: a la izquierda de quien observa “19 de
abril de 1810”, “Independencia”, a la derecha de quien observa, “20 de Febrero
de 1859”, “Federación”, y en el centro “república Bolivariana de Venezuela”.
artículo 9: el escudo de armas deberá colocarse en puesto de honor en todas
las oficinas públicas nacionales, estadales y municipales, y en las instalaciones de
la Fuerza armada nacional.
artículo 10: el escudo de armas de la república Bolivariana de Venezuela se
usará en la correspondencia y publicaciones oficiales de los Poderes Públicos na-
cionales, estadales y municipales y en los demás casos en que lo especifique el
reglamento de esta Ley.
artículo 11: el Himno nacional de la república Bolivariana de Venezuela es el
canto patriótico conocido con el nombre tradicional de “Gloria al Bravo Pueblo”.
artículo 12: el Himno nacional deberá ser interpretado en las siguientes oca-
siones:
f Para tributar honores a la Bandera nacional.
f Para rendir homenaje al Presidente de la república.
f en los actos oficiales de solemnidad.
f en los actos públicos que se lleven a efecto en los estados de la
f república para la conmemoración de las fechas históricas de la Patria.
f en los casos que prevean otras leyes de la república.
f en aquellos actos que determine el reglamento de la presente Ley.
artículo 13: todo venezolano o venezolana, extranjero o extranjera:
f Podrá interpretar el Himno nacional diariamente, siendo obligatoria su entona-
ción en aquellos días y condiciones señalados en esta Ley y su reglamento.
20 Consejo General de PoliCía
23. disposiciones generales
ceremonial y protocolo policial
Se entiende por ceremonial y Protocolo Policial el conjunto de normas, pro-
gramas y guiones únicos, de cumplimiento obligatorio en todas las ceremonias
policiales y actos oficiales de los cuerpos de policía en sus distintos ámbitos polí-
tico territoriales, de carácter eminentemente civil, en los que sean imprescindibles
pautas de conducta donde el funcionario policial demuestre su moral, disciplina y
educación, con determinación de precedencia, tratamiento y equivalencia ante la
comunidad y autoridades.
día nacional del policía
cada 16 de Julio se celebra en todos los cuerpos de Policía en su ámbito po-
lítico territorial el Día nacional del Policía, estableciendo ante la comunidad el re-
cordatorio de la invalorable misión que desarrollan los funcionarios y las funcio-
narias policiales, como un estímulo permanente y único de revalorizar la imagen
y desempeño de quienes integran dichas instituciones, honrando con particular
sentimiento a aquellos que han ofrendado su vida en el cumplimiento del deber,
así como a quienes se hubieren destacado extraordinariamente en el desempeño
de sus funciones.
Si bien las condecoraciones se entregarán de forma individual a cada funcio-
naria y funcionario destacado, es importante en el momento de seleccionar a los
honrados, priorizar las acciones y conductas colectivas que contribuyeron a me-
jorar la seguridad de los ciudadanos y las ciudadanas, respetando sus derechos
humanos.
Para este acto las funcionarias y funcionarios presentes deben utilizar el uni-
forme de gala, el cual debe cumplir con los parámetros establecidos por la reso-
lución aprobada sobre la materia por parte del ministerio con competencia en el
área de seguridad ciudadana.
graduaciones
el acto de graduación es una ceremonia de culminación del periodo de forma-
ción policial, en el cual se entregan las acreditaciones de aprobación del curso
a las y los participantes, se realiza cada año para reconocer el esfuerzo de las
funcionarias y funcionarios policiales que han cumplido los requisitos académi-
cos establecidos por la Universidad nacional experimental de la Seguridad (UneS)
quienes, por lo tanto, se han hecho merecedores de un título académico.
La ceremonia de graduación se llevará a cabo en la sede de la UneS, de con-
formidad con el programa especial elaborado para este fin.
el ceremonial y protocolo policial para la clausura de los cursos de capacitación
y especialización de las funcionarias y funcionarios policiales, serán presididos
por el ciudadano ministro o la ciudadana ministra (para el caso de los cuerpos de
policía con ámbito de competencia nacional), el Gobernador o la Gobernadora (en
el caso de cuerpos de policía con ámbito de competencia estadal) y el alcalde o
la alcaldesa (para los cuerpos de policía con ámbito de competencia municipal).
Consejo General de PoliCía 21
24. el Director o la Directora de la UneS formará parte del presidio, acompañando
a los Directores y las Directoras de los distintos cuerpos de policía, para realizar la
juramentación de los graduandos.
el ceremonial y protocolo policial para la clausura de cursos en las sedes de la
UneS y escuelas de post-grado para las funcionarias y funcionarios policiales, se
llevará a efecto preferentemente en los salones de actos especiales de los institu-
tos y escuelas respectivas.
Para este acto las funcionarias y funcionarios presentes deben utilizar el uni-
forme de gala, el cual debe cumplir con los parámetros establecidos por la re-
solución aprobada por el ministerio con competencia en el área de seguridad
ciudadana sobre la materia.
ascensos
Los ascensos son actos en los cuales las funcionarias y funcionarios policiales
son promovidos al rango inmediato superior, previo cumplimiento de los requisitos
establecidos en la Ley que rige la materia; éstos serán otorgados el 16 de Julio de
cada año, en la celebración del Día nacional del Policía.
también se otorgarán ascensos de honor por muerte en acto de servicio, los
cuales se llevarán a cabo durante las exequias.
Para las funcionarias y funcionarios policiales, el acto estará presidido por la
máxima autoridad civil y administrativa, es decir, el ministro o la ministra en ma-
teria de Seguridad ciudadana para los cuerpos de policía en su ámbito de com-
petencia nacional (Policía nacional Bolivariana), el Gobernador o la Gobernadora
en los cuerpos de policía en su ámbito de competencia estadal y el alcalde o la
alcaldesa para los cuerpos de policía en su ámbito de competencia municipal.
Las ceremonias de los actos de ascenso se realizarán en el lugar que designe
el Director o la Directora General del cuerpo de Policía. Debe ser un acto público,
de carácter académico, solemne, con asistencia de representantes de las comu-
nidades, autoridades civiles, militares, eclesiásticas y policiales de todo el ámbito
político territorial.
el ascenso de los funcionarios y las funcionarias policiales que se encuentren
en otro país se otorgará previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la
ley y se llevará a efecto en la sede de la correspondiente embajada o consulado,
en acto presidido por el embajador o embajadora, cónsul y en presencia de los
funcionarios y las funcionarias policiales adjuntos a la embajada o consulado,
personalidades diplomáticas y civiles e invitados.
Para este acto los funcionarios y las funcionarias presentes deben utilizar el
uniforme de gala, el cual debe cumplir con los parámetros establecidos por la
resolución aprobada por el ministerio con competencia en el área de seguridad
ciudadana sobre la materia.
22 Consejo General de PoliCía
25. Honores fúnebres a funcionarias y funcionarios
caídos en el cumplimiento del deber
Son actos que rigen las ceremonias para honrar por muerte a un funcionario
o una funcionaria policial caído en acto de servicio. Éstos se llevarán a cabo en el
momento de la inhumación del cuerpo del fallecido o fallecida.
en la instalación o dependencia en la cual se realice el acto velatorio se dispon-
drá de un servicio de honor alrededor del féretro, integrado por cuatro (4) funcio-
narios o funcionarias policiales, y durante el tiempo que permanezca en velación
se cubrirá el ataúd con el estandarte de la institución, el cual se recogerá antes de
la entrada del féretro al vehículo fúnebre.
en el momento de la entrada y salida del féretro al vehículo fúnebre, debe reali-
zarse una calle de honor conformada por dos (2) columnas de seis (6) funcionarios
o funcionarias policiales cada una.
Las autoridades civiles, oficiales del estado mayor policial y familiares del fa-
llecido o fallecida, al momento de los honores, deben estar ubicados en un lugar
adyacente al féretro.
Las situaciones y casos no previstos en el presente manual, serán resueltos
por el Director o la Directora General del cuerpo de Policía, en coordinación con la
oficina de ceremonial y Protocolo de la respectiva institución policial.
Para este acto los funcionarios y las funcionarias presentes deben utilizar el
uniforme de gala, el cual debe cumplir con los parámetros establecidos por la
resolución aprobada por el ministerio con competencia en el área de seguridad
ciudadana sobre la materia.
actos aniversarios
aniversario del cuerpo de policía
Son actos que se realizan para conmemorar la creación del cuerpo de policía en
cualquiera de sus ámbitos político territoriales, otorgando condecoraciones y reco-
nocimientos por el aporte brindado a los funcionarios y funcionarias adscritos al
cuerpo, así como a personalidades políticas, sociales, eclesiásticas y comunidad.
Para este acto los funcionarios y las funcionarias presentes deben utilizar el
uniforme de gala, el cual debe cumplir con los parámetros establecidos por la
resolución aprobada sobre la materia, por parte del ministerio con competencia
en el área de seguridad ciudadana.
Juegos deportivos policiales
Son actividades deportivas destinadas a compartir la recreación, el esparci-
miento, la interacción y el acercamiento entre los funcionarios y las funcionarias
policiales, adscritos a las diferentes dependencias que componen el cuerpo de
Policía. Se realizan anualmente en la celebración del aniversario del cuerpo.
Para este acto los funcionarios y las funcionarias presentes deben utilizar el
uniforme deportivo, el cual debe cumplir con los parámetros establecidos por la
resolución aprobada por el ministerio con competencia en el área de seguridad
ciudadana sobre la materia.
Consejo General de PoliCía 23
26. desfiles policiales
Son actos en los cuales una o más agrupaciones policiales marchan con o sin
armas, siguiendo un itinerario previsto, en una formación adecuada al espacio
físico disponible, al compás de música marcial. Se llevarán a cabo el Día nacional
del Policía y en el aniversario del cuerpo de Policía.
La estructura de los desfiles policiales estará dirigida por un comisionado o una
comisionada, quien debe ir escoltado o escoltada por tantas agrupaciones como
unidades operativas tenga el cuerpo policial. cada agrupación debe estar confor-
mada por veinticuatro (24) funcionarias y funcionarios, estructurados en columnas
de cuatro (4) dirigidas por una supervisora o supervisor designado, seguido de
una o un oficial quien portará el estandarte de la unidad a la cual está adscrito.
Para este acto, las funcionarias y funcionarios policiales que presiden el des-
file deben utilizar el uniforme de gala. el resto de las funcionarias y funcionarios
policiales debe utilizar el uniforme de diario. todos los uniformes deben cumplir
con los parámetros establecidos por la resolución aprobada por el ministerio con
competencia en el área de seguridad ciudadana.
ofrendas Florales
Las ofrendas florales son actividades que deben hacerse ante la efigie del Pa-
dre de la Patria, el Libertador Simón Bolívar, en las fechas patrias, el Día nacional
del Policía y en los aniversarios de los cuerpos de policía.
Las ofrendas florales son realizadas por autoridades civiles, policiales, milita-
res, nacionales, estatales o municipales, extranjeras, diplomáticas, residentes en
el país o de visita oficial de acuerdo con el ceremonial y protocolo policial estable-
cido por el ministerio del Poder Popular para relaciones Interiores y Justicia como
Órgano rector.
Para este acto las funcionarias y funcionarios presentes deben utilizar el uni-
forme de gala, el cual debe cumplir con los parámetros establecidos por la reso-
lución aprobada sobre la materia, por parte del ministerio con competencia en el
área de seguridad ciudadana.
operativos especiales
Son actos que ejecutan los cuerpos de policía con la finalidad de darle apertura
a los operativos especiales de seguridad en períodos particulares como carnaval,
Semana Santa y navidad; en estos actos se debe contar con una representación
de las diferentes unidades operativas que participan en los mismos.
antes de ejecutar los operativos especiales de los cuerpos de policía en los
distintos ámbitos político territoriales, se debe realizar una rueda de prensa con la
participación de todos los medios de comunicación que hacen vida en el ámbito
político territorial del cuerpo de policía nacional (prensa escrita, radio y televisión
tanto comerciales como comunitarias), para garantizar que la ciudadanía esté in-
formada en el debido momento del operativo policial a ejecutarse.
Para los operativos especiales, los funcionarios y las funcionarias policiales,
deben utilizar el uniforme de diario correspondiente a la unidad operativa a la
cual pertenecen. este uniforme debe cumplir con los parámetros establecidos por
24 Consejo General de PoliCía
27. la resolución aprobada por el ministerio con competencia en el área de seguridad
ciudadana.
normas generales
f el presente manual regulará la aplicación de las normas, programas y guiones
de ceremonial y protocolo policial en las diferentes actividades y actos oficiales
que realicen los cuerpos de policía en su ámbito político territorial.
f en todas las actividades y actos oficiales de los cuerpos de policía se deben
aplicar los programas y guiones establecidos en el presente manual.
f es deber de los Directores y las Directoras de los cuerpos de policía dar cumpli-
miento a las presentes normas, programas y guiones, a los fines de garantizar
la unificación de criterios en las diferentes actividades y actos oficiales, conser-
vando el carácter civil y disciplina del cuerpo de policía.
f corresponde al ente rector en materia de seguridad, supervisar el cumpli-
miento de las normas contenidas en el presente manual.
Consejo General de PoliCía 25
31. Toda ceremonia o acto oficial desarrollado por el cuerpo de Policía debe contar
con un programa y un guión. el programa precisa de forma organizada y clara las
diferentes actividades que se desarrollarán en el acto oficial del cuerpo de Policía.
Se define como guión el desarrollo de las pautas concretas por cada una de las
acciones y actividades propuestas en el programa.
en el momento de realizar cualquiera de los actos oficiales especificados ante-
riormente, es obligatorio que los cuerpos de policía en su ámbito político territorial
cumplan con las orientaciones que se presentan a continuación.
programa
a continuación se presenta un modelo de programa estándar para ser uti-
lizado en los distintos actos oficiales adelantados por los cuerpos de policía. es
importante tomar en cuenta que todo acto cumple con el mismo protocolo para
su inicio y su culminación, variando el desarrollo del mismo según el tipo de acon-
tecimiento que se esté celebrando o conmemorando, a saber: Día nacional del
Policía, graduaciones, ascensos, honores fúnebres, actos aniversarios (aniversario
del cuerpo y juegos deportivos policiales), desfile policial, ofrendas florales y ope-
rativos especiales (carnaval, semana santa y navidad).
estructura del programa propuesto
1. Pensamiento del Libertador
2. Himno de la república Bolivariana de Venezuela, del estado o del municipio
3. minuto de silencio
4. Solicitud de permiso para iniciar el acto
5. Lectura de resoluciones
6. Desarrollo de la actividad propia del acto:
6.1. Día nacional del Policía
6.2. Graduaciones
6.3. ascensos
6.4. Honores fúnebres
6.5. actos aniversarios
6.5.1. aniversario del cuerpo
6.5.2. Juegos
6.6. Desfile policial
6.7. ofrendas florales
6.8. operativos especiales
7. Palabras a cargo del ciudadano Director o Directora General
del cuerpo de Policía
8. Palabras a cargo de la autoridad que preside el acto
9. Desfile de honor
10. Participación de haber concluido el acto
11. Himno del cuerpo de Policía nacional Bolivariana,
Policía estadal o Policía municipal
12. culminación del acto
13. agradecimiento
Consejo General de PoliCía 29
32. en la estructra de programa presentada, los puntos del 1 al 5 son los que per-
manencen invariables en los distintos actos policiales a realizar. el punto 6 variará
de acuerdo a la ceremonia específica que vaya a ejecutarse: Día nacional del Po-
licía, graduaciones, entre otros. Posteriormente, las actividades mencionadas en
los puntos del 7 al 13 se proponen también como obligatorias para el adecuado
desarrollo y cierre de la jornada.
guión
a continuación se presenta la pauta para el desarrollo del guión específico
de cada uno de los actos oficiales contemplados en el siguiente manual. al igual
que en el caso del Programa, los puntos del 1 al 5 y del 7 al 13 deben mantenerse
constantes en cada una de las ceremonias a desarrollar. Las variaciones para
cada acto se encuentran descritas en el punto 6.
todas las ceremonias y actos oficiales celebrados en los diferentes cuerpos de
Policía deben cumplir con la siguiente estructura de guión:
acto con motivo de .
hace su entrada el ciudadano (a)
Presidente (a), ministro (a), Gobernador (a), alcalde (a)
de , el y demás autoridades.
Señoras y señores:
muy buenas , el ciudadano (a) ,
Director o Directora General del cuerpo de Policía de ,y
demás miembros directivos, por medio de la presente le damos la más cordial
bienvenida al acto con motivo de , el cual se regirá
bajo el siguiente programa:
1. pensamiento del libertador:
“La VerDaDera IGUaLDaD no eXISte SIno en La FormacIÓn y DeLante
De La Ley QUe LIGa y comPrenDe a toDoS InDIStIntamente; PremIa y
recomPenSa aL VIrtUoSo, aL JUSto, aL SaBIo, aL VaLIente, aL HonraDo,
aL PrUDente, aL InDUStrIoSo, aL actIVo y aL BenÉFIco; y caStIGa y re-
PrIme aL VIcIoSo, aL InJUSto, aL InmoraL, aL coBarDe, aL temerarIo, aL
HoLGaZán y aL PereZoSo.”
SImÓn BoLIVar
15 FeBrero 1819
2. Himno de la República Bolivariana de Venezuela (para el cuerpo
de Policía nacional Bolivariana), del estado (en el caso de los cuerpos de policía
estadales) o del municipio (para los cuerpos de policía municipales).
30 Consejo General de PoliCía
33. f Letra de (autor del Himno correspondiente), inter-
pretado por: , bajo los acordes de la Banda marcial
dirigido por el maestro(a) .
3. minuto de silencio:
f en honor a los funcionarios y las funcionarias caídos en cumplimiento de su
servicio.
4. solicitud de permiso para iniciar el acto, a cargo del ciudadano
(funcionario designado o funcionaria designada).
f en estos momentos el ciudadano (a) (funcionario o
funcionaria policial de mayor rango del grupo involucrado el acto), se dirige
ante el ciudadano (a) , (máxima autoridad presente
en el acto), para solicitar el permiso correspondiente e iniciar el acto. (en el mo-
mento de desplazarse ante la autoridad para la solicitud de permiso, se debe
leer reseña personal).
f el funcionario o la funcionaria policial designado (a) ,
luego de habérsele concedido el permiso para iniciar el acto, se dirige a ocupar
su puesto.
5. lectura de resoluciones:
f el maestro o maestra de ceremonia hace lectura de las resoluciones corres-
pondientes al acto que se esté celebrando.
6. desarrollo de la actividad propia del acto:
6.1. día nacional del policía
ascensos:
a .
a .
a .
imposición de condecoraciones:
a .
a .
a .
Consejo General de PoliCía 31
34. entrega de placas:
al consejo Legislativo de .
al cuerpo de Policía .
al Director o Directora General del cuerpo de Policía .
a .
a .
a .
6.2. graduaciones
f Juramentación de las y los graduandos, a cargo de .
en estos momentos el funcionario (o funcionaria) policial se dirige ante el ciuda-
dano (a) , para hacerle entrega del Pabellón nacional
para tomar el juramento respectivo a las y los integrantes de la promoción
de funcionarias y funcionarios policiales.
f Graduandos:
“JUran USteDeS ante DIoS y La PatrIa en PreSencIa De La BanDera cUm-
PLIr con La conStItUcIÓn nacIonaL, LaS LeyeS De La rePúBLIca BoLIVarIa-
na De VeneZUeLa y LoS DeBereS InHerenteS a La FUncIÓn PoLIcIaL”.
“SI, Lo JUro”.
“SÍ aSÍ Lo HIcIereIS, QUe DIoS y La PatrIa oS Lo PremIen, SI no, QUe oS Lo
DemanDen”.
f toque de oración: (ejecutado por la banda marcial)
“eSte toQUe De oracIÓn QUe acaBaÍS De eScUcHar oS recorDará DIarIa-
mente eL JUramento QUe acaBaÍS De PreStar”.
f retirada de la Bandera nacional:
Luego de haber tomado el juramento de ley, el funcionario o la funcionaria que
porta la Bandera nacional se dirige al ciudadano(a) ,
para retirar de sus manos el Pabellón nacional y volver a su sitio de honor en
la formación de parada.
f entrega de reconocimientos, a las funcionarias y las funcionarios:
a
a
a
f Quienes se graduaron como:
entrega el ciudadano(a)
entrega de condecoraciones y reconocimiento:
a
a
a
32 Consejo General de PoliCía
35. 6.3. ascensos
f Imposición de insignias de rango
a
a
a
f Imposición de condecoraciones y reconocimientos
a
a
a
6.4. Honores fúnebres
f al momento de llegar al campo santo se conforma la calle de honor, para des-
cender el féretro del vehículo fúnebre.
f Se llevan a cabo los oficios religiosos. Dentro de la iglesia debe conformarse el
servicio de honor.
f oración fúnebre.
f traslado del cuerpo del fallecido o la fallecida en hombros de los funcionarios
y las funcionarias policiales integrantes del servicio de honor, hasta el panteón.
6.5. actos aniversarios
6.5.1. aniversario del cuerpo
f entrega de condecoraciones y reconocimientos
a
a
a
6.5.2. Juegos
f representaciones culturales del estado cuerpo de Po-
licía , de .
f Presentación musical y danzas a cargo de
.
f Juramentación de los atletas por parte de la autoridad que preside el acto.
f encendido del Pebetero a cargo de .
6.6. desfile policial
f Desplazamiento y exhibición de las agrupaciones participantes en el desfile.
6.7. ofrendas florales
f La autoridad que preside el acto en compañía de la personalidad designada,
se posicionan al frente de la estatua del Padre de la Patria y colocan la ofrenda
y realizan la reverencia como símbolo de respeto.
Consejo General de PoliCía 33
36. 6.8. operativos especiales
f La máxima autoridad que preside el acto da a conocer el plan operativo.
7. Palabras a cargo del ciudadano (a) Director o Direc-
tora General del cuerpo de Policía de .
8. Palabras a cargo de la autoridad que preside el acto, ciudadano (a)
Presidente (a), ministro (a), Gobernador (a) o alcalde(sa)
de .
9. Desfile de honor (a solicitud de la autoridad del ejecutivo nacional, estadal o
municipal).
10. Participación de haber concluido el acto, a cargo de ,
jefe o jefa del personal que participa en el acto.
10.1. en estos momentos el o la , Jefe o jefa del personal
que participa en el acto se dirige ante el ciudadano (a)
Presidente (a), ministro (a), Gobernador (a), alcalde (sa), quien preside el acto
, para notificarle que el acto ha concluido.
10.2. Luego de haber notificado que el acto ha concluido, el funcionario o la fun-
cionaria designado o designada, se traslada a su sitio de honor en la formación
que participa en el acto.
11. Himno del cuerpo de policía nacional Bolivariana, policía estadal
o policía municipal.
fLetra de (autor del Himno correspondiente), inter-
pretado por: , bajo los acordes de la Banda marcial
dirigido por el maestro(a) .
12. culminación del acto
f Señoras y señores, con eL FortaLecImIento De La ImaGen InStItUcIonaL,
“Un comPromISo De toDoS y toDaS” el acto ha concluido.
13. agradecimiento
el ciudadano (a) , (autoridad que presidió el acto) y
ciudadano(a) Director o Directora General del cuerpo
de Policía de y demás miembros del cuerpo de Policía,
les agradecen su asistencia a este acto, con motivo de .
SeÑoraS y SeÑoreS.
mUy BUenaS tarDeS.
34 Consejo General de PoliCía
39. aniversarios: Son todas aquellas celebraciones para conmemorar determinadas
fechas representativas en la historia del cuerpo de Policía y de la institución aca-
démica, las cuales son organizadas y coordinadas por cada cuerpo de policía,
según su ámbito político territorial.
ceremonias especiales: Son aquellas que se realizan en fechas significativas
como: homenajes póstumos, ofrendas florales, aniversario del cuerpo de Policía,
entre otros, y en cuyo caso la participación de los funcionarios y las funcionarias
policiales debe estar regulada por el cuerpo al cual pertenece.
ceremonias generales: Son aquellas ceremonias en las que se conmemoran efe-
mérides institucionales de gran trascendencia para el cuerpo de Policía, y que se
deben realizar en todo el ámbito político territorial, con la participación conjunta de
las y los representantes de los cuerpos.
ceremonias institucionales: Son las que se realizan en acatamiento a las dispo-
siciones contenidas en el presente manual y las que en particular emita el Director
o la Directora General del cuerpo de Policía, según corresponda.
ceremonias nacionales: Son las ceremonias que se realizan en todo el ámbito
político territorial, celebrando o conmemorando efemérides de gran trascenden-
cia en la vida política o social de la Patria. a ellas asistirán la máxima autoridad
nacional, estadal o municipal y las principales autoridades civiles y militares por lo
que debe asumirse el ceremonial y protocolo específico para cada una de ellas.
ceremonia oficial: acontecimiento que sigue normas protocolares, y tiene como
objetivo dejar precedente de algún hecho, fecha, logro, conmemoración, homena-
je, reconocimiento, entre otros.
ceremonial policial: conjunto de normas destinadas a solemnizar los actos del
servicio, los de significación histórica y aquellos de carácter oficial en los cuales
participe algún cuerpo de Policía, demostrando su moral, disciplina y educación.
condecoraciones: es la entrega de una medalla o banda que hace una institución
a alguna persona en reconocimiento a sus méritos.
curso: conjunto de sesiones pedagógicas destinadas a desarrollar varios temas
sobre una materia específica, durante un período determinado, que se estructura
en torno a objetivos de enseñanza y aprendizaje definidos o implícitos. el curso
tiene como propósito ampliar la formación general, profesional o académica del
público al cual está dirigido por lo tanto, puede tener diversos niveles de profun-
didad o complejidad.
Consejo General de PoliCía 37
40. desfile policial: es un acto en el cual un grupo de funcionarios y funcionarias
policiales marchan, con o sin armas, siguiendo un protocolo previsto, en una for-
mación adecuada al espacio físico disponible, al compás de música marcial y con
banderas desplegadas. Los desfiles se llevan a efecto para rendir honores a la
Bandera nacional, a los Próceres de la Patria, a personalidades de alta investidura
y con motivo de la celebración o conmemoración de fechas históricas nacionales
y aniversarias del cuerpo de Policía así como en ocasiones que las altas autorida-
des policiales y civiles estimen conveniente.
disciplina: La disciplina es la base fundamental en la formación de los funciona-
rios y las funcionarias policiales, ésta pone en relieve la grandeza de la misión
educadora.
estandarte: consiste en un pedazo de tela cuadrada pendiente de un asta en el
que se bordan la insignia que identifica a la unidad operativa.
eventos: acontecimientos programados que están dirigidos a resaltar las activi-
dades académicas, científicas, sociales, culturales, deportivas, entre otras, de un
cuerpo de Policía.
Formalismo: Según el método de la Universidad nacional experimental de la Se-
guridad (UneS), se trata de una rigurosa aplicación y observancia, en la enseñan-
za o en la indagación científica.
invitaciones: es la manera adecuada de informar a una persona u organización el
deseo de que se haga presente en un determinado acto, evento o reunión.
existen dos (2) tipos de Invitaciones entre las cuales están:
f Las que requieren respuesta debido entre otros a la solemnidad del acto o
por la necesidad de conocer el número de asistentes y
f Las que no requieren respuesta.
invitados: Para los actos de los cuerpos de Policía, se considerarán tres (3) tipos
de invitados:
f invitados de honor: Personalidades que deben ubicarse en el presidium o
lugar especialmente destinado para ellos, y que requieran un tratamiento y
consideración protocolar especial, en cuanto a recepción, conducción, insta-
lación, información, entre otros.
f invitados especiales: Personalidades que no debiéndose ubicar en el pre-
sidium, lo estarán en un sitio preferencial, y que requerirán un tratamiento y
consideración protocolar especial en cuanto a conducción e instalación.
f invitados generales: Personalidades que ocuparán cualquier puesto dispo-
nible, sentados según su arribo al lugar del acto.
minuto de silencio: tributo a la memoria y reconocimiento nacional a los héroes o
heroínas que han ofrendado la vida en el sagrado cumplimiento del deber. en to-
dos los actos y ceremonias oficiales de los cuerpos de Policía en su ámbito político
territorial debe guardarse un minuto de silencio.
post mortem: Después de muerto.
precedencia: colocación de las funcionarias y funcionarios policiales de acuerdo
a la importancia de los cargos que desempeñan, lo cual les permite gozar de
ciertas preferencias de ubicación, mención y atención con respecto a los demás.
38 Consejo General de PoliCía
41. protocolo: Determinación del orden de precedencia, tratamiento y equivalencia
según el ceremonial previsto para los cuerpos de Policía en su ámbito político te-
rritorial. establece la forma más idónea para la eficaz ejecución de toda actividad
social, policial y relevante.
en todo evento especial se debe considerar el Protocolo, como el procedimiento
establecido por resolución de las máximas autoridades de la Institución, ajustán-
dose a la solemnidad de cada situación.
puntualidad: Los actos de los cuerpos de Policía deben desarrollarse con total
puntualidad, debiendo llegar los invitados y las invitadas al menos 20 minutos
antes del inicio del acto, para su debida ubicación. Una vez iniciado el acto no se
podrá subir al presidium.
Resoluciones: es un acto administrativo que norma u ordena el cumplimiento de
determinadas medidas.
símbolos de la patria: Son emblemas de la república Bolivariana de Venezuela
con alta significación y están vinculados a la gloria o al duelo de la patria. Deben
ser empleados y tratados con respeto, preferencia, lucimiento y unción cívica, en
las diversas actuaciones oficiales y de otra índole que ordene la Ley, no debiendo
ser usados para propósitos desviados, ni actos reñidos con la noble finalidad para
la que fueron creados.
los símbolos de la patria son:
f La Bandera
f el escudo nacional.
f el Himno nacional.
solemnidad: celebración o hecho extraordinario, acompañado de circunstancias
importantes, formales, de mucha entidad, cumpliendo con un conjunto de re-
quisitos legales para la validez de los otorgamientos testamentarios y de otros
instrumentos que la ley denomina solemnes.
uniforme de gala para actos Formales: Será un flux elegante, de corte clásico,
el cual llevará la identificación policial que representa, nombre y apellido de la
funcionaria o funcionario, placa y grado, una corbata de seda negra y una camisa
color blanco, para el cuerpo de Policía nacional Bolivariana y los cuerpos de poli-
cía estadales y municipales.
uniforme de gala para actos sociales: Será un flux elegante, corte clásico; el
cual llevará la identificación policial que representa, nombre y apellido de la fun-
cionaria o funcionario, placa y grado, una corbata de seda negra y una camisa
color kaki claro para el cuerpo de policía nacional Bolivariana, color azul claro
para los cuerpos de Policía estadales y color verde claro para los cuerpos de Po-
licía municipales.
Consejo General de PoliCía 39
42.
43. Referencias bibliográficas
conarepol-comisión para la reforma Policial (2006-2007) Informes e investigacio-
nes varias. caracas.
Gabaldón, Luis Gerardo y antillano, andrés (editores) (2007) La policía venezolana:
desarrollo institucional y perspectivas de reforma al inicio del tercer milenio,
2 tomos. comisión para la reforma Policial- conarepol, caracas.
Consejo General de PoliCía 41
44.
45.
46. COLECCIÓN BAQUÍA
Reglas mínimas de estandarización
para los cuerpos policiales
PRACTIGUÍAS
1. BAQUIANA DE LUZ
Practiguía de Recomendaciones Iniciales
a Cuerpos de Policía estadales y municipales
2. ORDEN EN LA SALA
Practiguía para la adecuación de la base jurídica
y estructura organizativa de los cuerpos de policía
3. UTOPÍA EN VOCES DIVERSAS
Practiguía para la homologación
y reclasi cación de rangos policiales
4. ESTANCIAS ESENCIALES
Practiguía sobre instalaciones policiales
5. EQUITATIVAMENTE DIFERENTES
Practiguía para la equidad
de género en los cuerpos de policía
6. POR LA CALLE DEL PUEBLO
Practiguía sobre el sistema integrado de información
y dirección de las operaciones policiales
7. ASUNTOS AUTÉNTICOS
Practiguía de rendición de cuentas
8. EL ESPEJO NOS HABLA
Practiguía para la atención a la víctima
9. GENTE PARA SERVIR
Practiguía sobre servicio de policía comunal
10. OPCIÓN POR LA DIGNIDAD
Practiguía para el ingreso a la academia policial
11. SUMANDO VOLUNTADES
Practiguía para el ingreso a cuerpos de policías
12. FIEL EN EL EQUILIBRIO DE MI ACTUACIÓN
Practiguía para la evaluación del desempeño
13. DIGNIFICACIÓN LABORAL
Practiguía de gestión y medio ambiente laboral
14. MIRADA JUSTA PARA UN DEBIDO PROCESO
Practiguía sobre investigaciones y procesamiento policial
15. COMUNIDAD DE DECISIÓN
Practiguía sobre reuniones policiales para la toma de
decisiones
MANUALES DE RESOLUCIONES
1. PERTENENCIA POLICIAL
Manual sobre dotación y equipamiento
2. TU FUERZA ES MI MEDIDA
Manual de uso progresivo y diferenciado de la Fuerza
policial
3. PASOS Y HUELLAS
Manual sobre procedimientos policiales
4. UN ARTE EN COMÚN
Manual de ceremonial y protocolo