El tutor del menor acepta la herencia que le correspondió al menor bajo beneficio de inventario. La herencia consiste en bienes que producen una renta mensual sin pasivos. El tutor considera que la herencia es beneficiosa para el menor debido a la renta que producen los bienes sin deudas asociadas. El tutor acepta la herencia bajo beneficio de inventario de acuerdo con los artículos 367 y 998 del Código Civil.