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    ANEJO I
ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                             


ANEJO I. GUÍA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y
SALUD




ÍNDICE

    1.  OBJETO ........................................................................................................................... 1 

    2.  ALCANCE ........................................................................................................................ 2 

    3.  REFERENCIAS NORMATIVAS ................................................................................... 3 

    4.  DEFINICIONES .............................................................................................................. 4 

    5.  QUIEN PUEDE REDACTAR UN ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ............. 5 

    6.  CARACTERISTICAS DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ........................ 6 

    7.  PARTES INTEGRANTES DE UN ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ........... 7 

    I.     MEMORIA DESCRIPTIVA ........................................................................................... 7 

    II.  PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES ........................ 16 

    III.  PLANOS ........................................................................................................................ 23 

    IV.  MEDICIONES Y PRESUPUESTO ............................................................................ 23 




                                                                                                                                             
                   GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD
 
ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                          




       1. OBJETO


El presente documento busca servir como guía de mínimos en el proceso de
elaboración de los Estudios de Seguridad y Salud en Proyectos de Obra Civil,
proporcionando recomendaciones y criterios que puedan facilitar su redacción.
De esta manera se conseguirán unos Estudios de Seguridad y Salud con la
finalidad que le dicta el R.D. 1627/97, la de establecer las previsiones
preventivas de carácter mínimo que deberán ser observadas y desarrolladas
posteriormente por el empresario principal en su plan de seguridad y salud,
dando así cumplimiento de la legalidad vigente. Igualmente cumpliremos con lo
dispuesto en la Disposición adicional primera del R.D. 171/2004.
Será de aplicación tanto a proyectos constructivos, proyectos modificados
como proyectos complementarios.




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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                          




       2. ALCANCE


Será de aplicación para todos los proyectos que cumplan con alguno de los
criterios siguientes establecidos en el art4 del R.D. 1627/97:
       • El presupuesto de ejecución por contrata sea igual o superior a
         450.759,08 euros (que incluye el IVA según la Guía del Instituto
         Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo).
       • Que la duración estimada   sea superior a 30 días laborales,
         empleándose en algún     momento a más de 20    trabajadores
         simultáneamente.
       • Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma
         de los días de trabajo del total de los trabajadores en obra, sea superior
         a 500.
       • Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.
Aunque no se esté obligado, se recomienda en todos los casos la redacción de
un Estudio de Seguridad y Salud en vez de un Estudio Básico de Seguridad y
Salud. En el caso de redacción de un Estudio Básico de Seguridad y Salud le
serán de aplicación aquellos criterios expuestos en este documento que le
afecten.




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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                          




       3. REFERENCIAS NORMATIVAS


       • Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales.
       • Ley 54/2003 de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos
         laborales.
       • Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el sector de la
         construcción.
       • R.D. 1627/1997 disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las
         obras de construcción.
       • R.D. 39/1997 reglamento de los servicios de prevención.
       • R.D.171/2004 se desarrolla el art. 24 Ley 31/1995 de prevención de
         riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades
         empresariales.
       • R.D. 604/2006 modifica el R.D. 39/1997 reglamento de los servicios de
         prevención, y el R.D. 1627/1997 disposiciones mínimas de Seguridad y
         salud en las obras de construcción.
       • R.D.1109/2007 desarrollo de la Ley 32/2006 reguladora de la
         subcontratación en el Sector de la Construcción.
       • R.D.337/2010 modifica el R.D.39/1997, R.D.1109/2007, R.D.32/2006 y
         R.D.1627/1997.




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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                          




       4. DEFINICIONES


       • Autor del Estudio de Seguridad y Salud: Técnico Competente autor que
         redacta el Estudio de Seguridad y Salud.
       • Autor del Proyecto: El autor o autores, por encargo del promotor, de
         redactar la totalidad o parte del proyecto.
       • Contratista o empresa principal: La persona física o jurídica que asume
         contractualmente ante el promotor, con medios materiales propios o
         ajenos el compromiso de ejecutar la totalidad o parte de las obras con
         sujeción al proyecto y al contrato.
       • Coordinador de Seguridad y Salud en Fase de Proyecto: El técnico
         competente designado por el promotor para coordinar, durante la fase
         del proyecto de obra, la aplicación de los principios recogidos en el R.D.
         1627/97
       • Director de Proyecto: El técnico o técnicos competentes asignados por el
         promotor, encargados de dirigirla redacción del proyecto.
       • Procedimiento: Secuencia de las operaciones a desarrollar para realizar
         un determinado trabajo, con inclusión de los medios materiales (de
         trabajo o de protección) y humanos (cualificación o formación del
         personal) necesarios para ejecutar de una forma segura y organizada
         las sucesivas fases y tareas de la obra. En esencia, estos
         procedimientos tienen que referirse a los aspectos que determinen las
         condiciones de seguridad y salud de la obra. Su grado de detalle
         dependerá del que tenga el proyecto de la obra correspondiente.
       • Promotor: Cualquier persona física o jurídica por cuenta de la cual se
         realice una obra.



 

 

 

 

 

 

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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                          


 

       5. QUIEN PUEDE REDACTAR UN ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD


La reglamentación exige que la persona que redacte el Estudio de Seguridad y
Salud sea un Técnico Competente.
El técnico competente será aquella persona que posea titulaciones académicas
y profesionales habilitantes así como conocimientos en actividades de
construcción y prevención de riesgos laborales acordes con las funciones a
desempeñar según el R.D. 1627/97.
Dichas titulaciones serán las de ingeniero o ingeniero técnico, arquitecto o
arquitecto técnico, de acuerdo con sus competencias y especialidades.
En cuanto los conocimientos en PRL, éstos debe adecuarse a los cometidos
que se determinan en este R.D. 1627/97 para el citado técnico competente,
siendo suficiente con la formación que debe realizar un profesional titulado para
ejercer las funciones de Coordinador de Seguridad y Salud o bien la
experiencia suficiente al haber redactado varios Estudios de Seguridad y Salud
de similares características. Estos aspectos habrá que mencionarlos en el
Estudio de Seguridad y Salud con el objeto de justificar la competencia del
autor del mismo.




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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                          




       6. CARACTERISTICAS DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD


       • Debe ser un documento adaptado a las obras a realizar.
       • Se detallarán en la memoria, planos y pliego de prescripciones TODOS
         los sistemas, equipos, protecciones y procedimientos de carácter
         preventivo sean o no de abono con cargo al Estudio de Seguridad y
         Salud.
       • Se incluirán las medidas preventivas para los posteriores trabajos de
         conservación y mantenimiento.
       • El proyecto y el Estudio de Seguridad y Salud son los elementos
         esenciales y punto de partida para la planificación preventiva de la obra.
       • La redacción del Proyecto y del Estudio de Seguridad y Salud debe
         realizarse de manera simultánea para conseguir así coherencia de los
         aspectos preventivos.
         En este sentido se debe exigir que el Estudio de Seguridad y Salud sea
         un documento:
                     − REAL (acomodado exactamente al proyecto)
                     − COMPLETO (que esté estructurado de acuerdo con las
                       actividades que se incluyen en el Proyecto Constructivo,
                       siguiendo su mismo orden e INCLUYENDO TODAS esas
                       actividades)
                     − NO GENERICO (que contenga los riesgos que se prevean en
                       cada uno de los tajos que tenga, cada actividad, y que describa
                       las medidas técnico — preventivas más adecuadas para
                       combatirlos)




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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                          




       7. PARTES INTEGRANTES DE UN ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD


Los documentos, que como mínimo, tiene que tener el Estudio de Seguridad y
Salud son:
              I. Memoria Descriptiva
              Il. Pliego de Condiciones Particulares
              III. Planos
              IV. Mediciones y Presupuesto
A continuación se van a tratar los aspectos a considerar en cada una de las
partes integrantes del Estudio de Seguridad y Salud.


I.         MEMORIA DESCRIPTIVA
La Memoria del Estudio de Seguridad y Salud seguirá un procedimiento para
su redacción consistente en una descripción de la obra y un análisis detallado
de los métodos de ejecución y de los materiales y equipos a utilizar. Todo ello
encaminado a identificar los riesgos y a la adopción de las medidas preventivas
necesarias para dicha eliminación o reducción.
1) Establecimiento de las previsiones preventivas de los trabajos proyectados.
       • Se hará una relación de TODAS las actividades y subactividades a
         ejecutar en la obra que estén incluidas en el proyecto, así como sus
         sistemas de ejecución y método de trabajo que vayan a utilizarse o cuya
         utilización pueda preverse.
         Es fundamental que la Memoria contenga los diferentes procedimientos
         de trabajo de todas las actividades y subactividades descritas en
         proyecto, priorizando aquellos procedimientos de trabajo más seguros.


       • Se realizará un análisis detallado de cada una de ellas recogiendo
         equipos de trabajo, máquinas, materiales, medios auxiliares,
         particularidades constructivas, personal que vaya a intervenir en cada
         una y posibles interferencias del entorno.
              Estas actividades y subactividades se analizarán de forma detallada de
              manera que, como mínimo, recojan los equipos de trabajo, las
              máquinas, los materiales y los medios auxiliares que se prevé emplear,

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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                          


              así como las particularidades constructivas teniendo en cuenta el
              personal que vaya a intervenir en la ejecución de las mismas y las
              posibles interferencias con otros trabajos y con el propio entorno.
              En este estudio detallado de cada actividad y subactividades, no
              deberán obviarse actividades complementarias a las principales
              consideradas a menudo, como de carácter "no constructivo" como son
              las labores de replanteo, vallado de obra, acopios,...
              Esta información preventiva se complementará incluyendo en la
              Memoria la información de carácter preventivo en lo que respecta a la
              localización e identificación de los servicios afectados por la obra, el tipo
              de terreno en el que se lleva a cabo la actividad, los accesos existentes
              o la situación de los centros sanitarios.
       • Riesgos y enfermedades profesionales previsibles de acuerdo con los
         métodos previstos:
              Los citados riesgos deberán ser diferenciados entre:
                     o Riesgos identificados
                     o Riesgos especiales según la ley 54/03 y el R.D. 604/06


       •      Para cada riesgo asociar medidas adoptadas para garantizar su
              eliminación o para controlarlos. Priorizando las medidas colectivas y
              organizativas sobre el uso de equipos de protección individual.


              Seguidamente y sobre la base de los riesgos identificados se deberán
              definir de manera particular en cada actividad y subactividad las medidas
              preventivas que se prevé utilizar para controlarlos. Dicha previsión de
              medidas deberá priorizar la disposición de medidas colectivas sobre el
              uso de equipos de protección individual y además complementar éstas
              con medidas organizativas y otras medidas de carácter técnico.
              Lógicamente, en cada medida o grupo de medidas se deberá recoger las
              exigencias correspondientes encaminadas a garantizar su fiabilidad (p.e.
              los cálculos justificativos, el proyecto de montaje o desmontaje o el
              programa de mantenimiento a utilizar).
              Así mismo, los riesgos especiales, además de estudiar de manera
              particular en cada actividad, las medidas preventivas que se prevé
              utilizar para controlarlos, deberá hacer mención a la obligatoriedad de la
              presencia de Recursos Preventivos.

                      GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                    
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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                          


2) Localizar e identificar, entre otros, los siguientes aspectos para
complementar la información dada en la previsión preventiva de los trabajos
proyectados,
       • Las medidas de evacuación y emergencia, normas de comportamiento,
         utilización y mantenimiento de máquinas y equipos, etc.
       • Previsiones en relación con las instalaciones de higiene y bienestar, así
         como los servicios sanitarios y comunes a disponer en la obra.
       • Situación de centros sanitarios próximos a la obra.
       • Afecciones del entorno de la obra, que pueden ser entre otras:
            o Interferencias con otros contratistas
            o Afecciones a terceros
            o Servicios afectados
       •      Previsiones a considerar en los trabajos posteriores de conservación y
              explotación de la infraestructura.


Una posible estructura de la Memoria del Estudio de Seguridad y Salud puede
ser:


1. INDICE
El índice tiene que ser completo y paginado (paginación continua)


2. INTRODUCCION / OBJETO DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD
Indicar el motivo de redactar el Estudio de Seguridad y Salud, así como la
función y finalidad que éste tiene.


3. DATOS DEL PROYECTO
Se reflejarán como mínimo los siguientes datos:
       • Nombre del Promotor
       • Denominación completa de la obra (Título del Proyecto)
       • Tipo de actuación
       • Director de proyecto
       • Autor del Proyecto (Nombre y Titulación)
       • Ubicación y Localidad
       • Presupuesto de ejecución material del Proyecto
       • Presupuesto del Estudio de Seguridad y Salud

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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                         


       • Plazo, Nº de Trabajadores máximo y Nº de Trabajadores simultáneos
       • Autor del Estudio de Seguridad y Salud (Nombre, Titulación académica y
         formación especializada en materia de PRL o experiencia en años
         redactando Estudios de Seguridad y Salud y Nº de Estudios de
         Seguridad y Salud similares que haya redactado)



4. CARACTERISTICAS GENERALES DE LA OBRA
Se incluirá una descripción general de la obra proyectada donde se incluya:
       • Localización geográfica
       • Accesos a los principales emplazamientos de la construcción.
       • Plazo de ejecución y personal previsto
       • Descripción de los trabajos a realizar diferenciando unidades
         constructivas importantes (movimientos de tierra, estructuras,
         instalaciones…)



5. PLAN DE OBRA, PRESUPUESTO
En el plan de obra deben identificarse las actividades que se simultanearán,
para posteriormente analizar la coordinación de actividades, o coordinación
empresarial. En el caso de obras lineales un diagrama de espacios tiempos.
Se reflejará el Presupuesto total de la obra desglosado por capítulos.


6. CONDICIONES POR EL EMPLAZAMIENTO
Se recogerán las condiciones del entorno, condicionantes del lugar donde se
va a realizar la obra y que van a influir en la seguridad y salud de los
trabajadores. Entre otros pueden ser:
a) Afecciones a Terceros y Servidumbres
b) Servicios afectados
c) Accesos a la Obra
d) Climatología
e) Interferencias con otras Obras
             a) Afecciones a terceros y servidumbres




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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                         


Se describirán las diferentes interferencias que vamos a provocar así como en
identificar y evaluar los riesgos, daños y medidas preventivas respecto a las
servidumbres y terceros, como pueden ser: desvíos, tráfico, peatonal,
ferroviario, autobuses, subsidencias (edificaciones), etc.
             b) Servicios afectados
Se deberá realizar una inspección visual de la zona, se valorarán los planos y
su vinculación con el proyecto para indicar los servicios que se puedan ver
afectados para la realización de las obras, así como las posibles interferencias
que puedan ocasionar riesgos tanto a trabajadores como a terceros.
La redacción de este punto debe de estar acorde con el anejo de servicios
afectados del proyecto.
Una relación no exhaustiva puede ser:
                           Líneas Eléctricas Subterráneas
                           Líneas Eléctricas Aéreas
                           Gaseoductos
                           Conducciones de agua
                           Línea Telefónica aérea
                           Línea Telefónica subterránea
                           Línea de Telégrafos
                           Caminos de servicio
                           Carreteras
                           Fincas
                           Otros
             c) Zonas de obra y accesos
Descripción de las diferentes zonas de la obra y accesos previstos.
             d) Condiciones climáticas y ambientales
Se considerarán las previsiones de temperatura, viento, nieve, lluvias, heladas,
etc. en las zonas donde se va a llevar a cabo la actuación, que posible
influencia en la seguridad de los trabajadores.
             e) Interferencias con otras obras o proyectos
Se recogerán las posibles interferencias con otras obras que se estén
ejecutando o bien con proyectos de actuaciones que vayan a interferir con la
obra.




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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                         


7. ORGANIZACIÓN GENERAL DURANTE EL INICIO DE LA OBRA. RIESGOS
GENERALES Y SU PREVENCIÓN.
Se recogerán como mínimo los siguientes aspectos:
• Se relacionarán una serie de normas de obligado cumplimiento por parte de
todas las personas y vehículos que circulen por las obras.
• Control de accesos por parte del contratista que incluya el modo de organizar
el mismo, asociado al cumplimiento de la normativa vigente en materia de
prevención de riesgos laborales, para todas las empresas, autónomos, equipos
de trabajo (maquinaria) y personal.
• Plan de circulación por la obra donde se incluya la ordenación del tráfico
rodado y de personas por el interior de la obra.
• Iluminación de los tajos.
• Señalización de los riesgos del trabajo donde se regulan los criterios mínimos
para la colocación de señales que deberán tenerse en cuenta en el Plan de
Seguridad y Salud de la Contrata, respecto de la circulación de vehículos y
personas por la obra, desde los propios accesos, hasta la circulación por el
exterior de las obras.
• Control del ruido y las vibraciones.
• Requisitos preventivos para trabajos realizados en horarios extraordinarios, es
decir, aquellos que se contemplan fuera de la jornada ordinaria de trabajo
efectivo, como son los trabajos nocturnos, en fines de semana o en días
festivos.
• Riesgos generales donde se describan los riesgos evitados por la manera de
ejecutar la actividad, y por la organización de las diferentes tareas evitando la
simultaneidad de labores, o por el uso de equipos, maquinaria o materiales
especiales.
• Actividades que comportan riesgos especiales en las cuales se presentan una
serie de riesgos, catalogados como especiales en el Anexo II del Real Decreto
1.627/97.


8. PREVISIONES RELATIVAS A LA ORGANIZACIÓN PREVENTIVA DE LA
OBRA.
Para lograr la eficacia de las medidas previstas en la Memoria se articularán
una serie de protocolos y procedimientos preventivos que a su vez deberán ser
desarrollados y puestos en práctica por parte de los responsables de las

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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                          


empresas participantes en la obra. Dicho conjunto de procedimientos así como
los integrantes, funciones y responsabilidades de la organización preventiva de
la obra, deberán ser analizados de manera específica en un apartado de la
Memoria. Para ello, se deberán tener en cuenta dos aspectos: por un lado las
medidas preventivas previstas y por otro las obligaciones legales de las
empresas intervinientes en la obra.
Así, en este apartado de la Memoria, se deberán analizar y definir las
previsiones relativas de los siguientes aspectos con carácter mínimo:
• Integrantes, estructura, funciones y responsabilidades del organigrama
preventivo.
En este punto se indicarán los integrantes y organización mínima que se va a
exigir al Contratista y Subcontratistas, describiendo para cada integrante sus
funciones y responsabilidades.
Se complementará esta estructura con un Organigrama Preventivo de lo
mínimo exigido.


En base a la definición de actividades con riesgos especiales incluidos en el
Estudio de Seguridad y Salud se deberá prever la obligación del contratista de
incluir en su organización preventiva una estructura de recursos preventivos
suficientes para vigilar el cumplimiento de las medidas de seguridad.
También deberá hacerse constar en el Estudio de Seguridad y Salud que el
contratista deberá concretar en el Plan de Seguridad y Salud la forma de
realizar en la obra la coordinación de Actividades Empresariales entre los
empresarios concurrentes y las personas encargadas de las funciones de
coordinación empresarial que está obligado a efectuar en base a lo dispuesto
en el R.D.171/2004.
• Previsiones relativas a las obligaciones preventivas de los empresarios
Se incluirán las exigencias mínimas en la obra proyectada para cumplir con                                                                                          lo
prescrito en el pliego de condiciones sobre obligaciones tales como                                                                                                 la
formación e información de los trabajadores, la vigilancia de su Salud,                                                                                             la
coordinación de actividades empresariales, la vigilancia preventiva                                                                                                  y
comprobación de la eficacia de las medidas preventivas o control de                                                                                                 la
subcontratación.




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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                         


9. ANÁLISIS PREVENTIVO DE LAS ACTIVIDADES Y UNIDADES
CONSTRUCTIVAS PREVISTAS. REQUISITOS PREVENTIVOS A EXIGIR A
MÁQUINAS, EQUIPOS E INSTALACIONES.
• Análisis de las UNIDADES CONSTRUCTIVAS
Se incluirá un listado de actividades y subactividades a contemplar en la
Memoria del Estudio de Seguridad y Salud adaptándolo a las particularidades
de cada proyecto.
De cada actividad y subactividad se incluirán al menos los siguientes
apartados:
             Descripción detallada de cada actividad. ¿Qué se va a hacer?
             Procedimiento de ejecución. ¿Cómo se va a hacer?
             Maquinaria y medios auxiliares ¿Con qué se va a hacer?
             Riesgos identificados
             Riesgos especiales en la actividad
             Previsión de medidas preventivas
             Previsión de protecciones colectivas e individuales
             Previsión de medidas complementarias (señalización, balizamiento,...)
             Previsión de asignación de recursos preventivos


• Condiciones de MAQUINARIA, MEDIOS AUXILIARES y EQUIPOS DE
TRABAJO
             Para cada maquinaria se deberán analizar al menos las previsiones
             relacionadas con:
             Riesgos identificados
             Riesgos especiales en la actividad
             Previsión de asignación de recursos preventivos
             Los requisitos de Seguridad a cumplir por las máquinas
             Las normas de Seguridad de utilización en la obra.
             Las condiciones de utilización
             La previsión de equipos de protección individual



10. ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS PARA LA REALIZACIÓN
DE LOS PREVISIBLES TRABAJOS POSTERIORES.
Se analizarán y evaluarán los riesgos para dichos trabajos adaptándolos al
proyecto redactado teniendo en cuenta:

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•      Disposiciones constructivas de instalaciones y equipos de mantenimiento y
       conservación en la explotación.
•      Diseño y construcción de soportes, anclajes, protecciones y equipos
       auxiliares para trabajos posteriores a la obra.
•      Definición de los planos e informaciones que han de ser entregados a la
       Administración una vez acabada la obra, a través, por ejemplo, del proyecto
       de liquidación: instalaciones y conducciones incidentes sobre la seguridad
       en trabajos posteriores, elementos ocultos, datos técnicos de
       mantenimiento.


11. PREVISIÓN EN RELACIÓN CON LAS INSTALACIONES DE HIGIENE Y
BIENESTAR Y SERVICIOS SANITARIOS COMUNES A DISPONER EN LA
OBRA.
Se detallará la dotación mínima y las condiciones básicas exigibles a las
mismas teniendo en cuenta:
•      Relación y características, debidamente justificadas, de los servicios
       generales previstos para la obra: instalación eléctrica, suministro de agua y
       eléctrico, saneamiento.
•      Relación y características, debidamente justificadas, de los servicios
       sanitarios y de higiene y bienestar previstos para la obra: botiquín,
       asistencia sanitaria, primeros auxilios, vestuarios, comedores, aseos,
       duchas, zonas de descanso.
•      Dimensionamiento y características constructivas y técnicas de los servicios
       proyectados para la obra.
•      Condiciones de mantenimiento y limpieza de los servicios durante la obra.


12. PREVISIÓN DE ACTUACIONES EN CASO DE EMERGENCIA Y
EVACUACIÓN.
El contratista elaborará un Plan de Emergencias y estará obligado a
coordinarse con los servicios de asistencia externos (112, bomberos, policía,
etc.) y realizar la implantación de dicho plan.
 Se deberán concretar las exigencias preventivas relativas a los protocolos de
asistencia a accidentados, primeros auxilios, detección y seguimiento.
Se deben incluir la lista de personas con responsabilidades en el Plan de
emergencia, sus nombramientos con la aceptación y firma del trabajador junto
con sus responsabilidades.

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Deben figurar también los medios materiales necesarios, para desarrollar la
implantación del Plan de emergencia incluida la forma de garantizar las
comunicaciones con todos los tajos, para que desde ellos se pueda dar la
correspondiente señal de alarma.


13. CONCLUSIONES.
El Estudio de Seguridad y Salud se realizará con los contenidos indicados en el
artículo 5 del del R.D. 1627/97, actualizando, ampliando y mejorando los
aspectos en él reflejados con el objeto de obtener un documento adecuado que
salvaguarde las obligaciones del Promotor como responsable de la ejecución
del Estudio y así sirva como base para la posterior redacción del Plan de
Seguridad y Salud por parte del contratista.
Si se realizase alguna modificación del proyecto, o se modificara algún sistema
constructivo de los previstos, es obligado constatar las interacciones de ambas
circunstancias en las medidas de prevención contenidas en el estudio de
seguridad y salud, debiéndose redactar, en su caso, las modificaciones
necesarias.


II.        PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Sobre la base de las actividades, métodos, equipos de trabajo y personal
previstos en la memoria del estudio de seguridad, el pliego deberá, además de
recoger la normativa a cumplir en el desarrollo de la futura obra, concretar las
exigencias preventivas a cumplir por parte de los empresarios participantes en
la misma. Así, se deberá analizar el conjunto de obligaciones legales de los
citados empresarios delimitando aquellos aspectos que se consideren más
relevantes en el cumplimiento de cada una de las citadas obligaciones.
El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares desarrollará como mínimo:
1) Recopilación de la normativa legal de aplicación en riesgos laborales.
Se recogerán las normas legales y especificaciones técnicas de seguridad
laboral
2) Obligaciones legales del empresario.
Se recogerán las obligaciones legales del empresario ya que es quien está
obligado a desarrollar la acción preventiva en la obra como máximo
responsable. Su responsabilidad abarca a todo el personal que trabaja en la
obra (propio o subcontratado) sin perjuicio de las obligaciones propias del resto
de los trabajadores.

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Las obligaciones que se deberán desarrollar en el Pliego como mínimo son las
siguientes:
o De carácter laboral: De la contrata hacia su personal. De la contrata hacia
  las subcontratas o trabajadores autónomos.
o Obligaciones Preventivas:
       • Para la contrata: Organización preventiva del empresario principal, donde
       se recojan las obligaciones mínimas: recursos, procedimientos, sistemas.
       Estas prescripciones serán mínimas y             el empresario principal
       complementará, adaptará y desarrollara en su Plan de Seguridad y Salud.
       • Para las subcontratas y trabajadores autónomos: obligaciones mínimas
       que el empresario principal hará cumplir.
o El Estudio de Seguridad y Salud deberá incluir textualmente los siguientes
  compromisos que deberá asumir formalmente en el Plan de Seguridad y
  Salud el Contratista Principal:
       • Compromiso de adecuar permanentemente el Plan en función del proceso
       de ejecución de la obra, de la evolución de los trabajos, de las posibles
       incidencias o modificaciones que puedan, surgir en la obra o cuando una de
       las empresas subcontratistas lo soliciten por considerar que algunos o todos
       los riesgos que entraña su forma de realizar las actividades subcontratadas
       no están contempladas en el Plan.
       • Compromiso de garantizar que solo los trabajadores que hayan recibido
       información suficiente y adecuada puedan acceder a las zonas de riesgo
       grave y específico. Así mismo, solo podrán utilizar los equipos de trabajo
       aquellos trabajadores que cuenten con la debida habilitación para ello.
       • Compromiso de garantizar que, antes del inicio de un tajo, tanto sus
       trabajadores, como los de las empresas subcontratistas, dispongan de los
       equipos de protección individual y colectiva previstos en el Plan de
       Seguridad y Salud para el desempeño de sus funciones, y de vigilar de
       manera especial, a través de su organización preventiva en obra, que se
       hace uso efectivo de los mismos.
       • Compromiso del contratista, en caso de utilizar en la obra trabajadores
       provenientes de empresas de trabajo temporal, siempre en actividades sin
       riesgos especiales, de no permitir el inicio de su actividad sin tener
       constancia documental de que han recibido las informaciones
       correspondientes a los riesgos laborales inherentes a su trabajo y de las
       medidas preventivas previstas para combatirlos, así como que poseen la

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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                         


       formación especifica necesaria y cuentan con un estado de salud
       compatible con el puesto de trabajo a desempeñar, y de vigilar mediante su
       organización preventiva estos aspectos en caso de que la utilización la
       vayan a hacer las empresas subcontratistas.
       • Información e investigación de accidentes.
       • Compromiso del contratista de vigilar, mediante su organización preventiva
       en obra, que tanto sus trabajadores, como los de las empresas
       subcontratistas, cumplen las prescripciones contenidas en el Plan de
       Seguridad y Salud de la obra.
       • Compromiso de elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral
       la documentación establecida acreditativa del cumplimiento de los
       compromisos en el Plan de Seguridad y Salud.
3) Obligaciones complementarias. Que recogerán                                                                         y desarrollarán como
mínimo:
o Procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales.
o Obligación de informar de accidentes/incidentes al promotor.
o Procedimiento para Prevención de Incendios Forestales por Obras.
4) Aspectos técnicos
Los aspectos Técnicos que afectan directa o indirectamente a la Seguridad y
protección de los trabajadores.
o Previsión y lucha contra incendios, complementado con el plan de previsión
  y extinción de incendios del proyecto
o Taludes, entibaciones, etc.
o Normas Técnicas de Prevención (NTP's) del Instituto Nacional de Seguridad
  e Higiene en el Trabajo.
5) Prescripciones técnicas exigibles a equipos, máquinas y medios auxiliares
empleados en la obra, equipos de protección e instalaciones de higiene y
bienestar.
o      Conformidad y garantía técnica
o      Condiciones de utilización, montaje y desmontaje, etc.
o      Revisiones y mantenimiento
o      Cálculos, prescripciones, pruebas
o      Requisitos de materiales y productos
o      Requisitos de EPI's
o      Requisitos de cualificación, formación, información
o      Procedimientos para riesgos especiales

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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                         


o Requisitos para señalización
o Procedimientos para control de accesos y/o control de personal
o Requisitos servicios higiénicos y comunes


Además en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares se deberá hacer
mención expresa a los siguientes apartados con el desarrollo que sea
necesario:
       □ FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES

                     Todos los trabajadores de obra deben tener formación teórico —
                     práctica suficiente y adecuada de los riesgos inherentes al puesto de
                     trabajo o función que vaya a desarrollar cada uno.
                     Exigirá asimismo esta formación a subcontratistas y Trabajadores
                     Autónomos (antes de su incorporación)

       □ INFORMACION DE LOS TRABAJADORES

                     Los trabajadores de obra deben ser informados por el contratista de
                     todos los riesgos que les puedan afectar, bien por ser propios de su
                     trabajo o función, o bien por ser inherentes al medio en que se van a
                     ejecutar o por las materias primas que se van a utilizar, así como de
                     las medidas y actividades de emergencia previstas en el Plan
                     correspondiente.
                     Facilitar a los trabajadores el derecho a formular propuestas que
                     mejoren la seguridad del tajo.

       □ VIGILANCIA DE LA SALUD

                     Debe incluirse en el Pliego del Estudio de Seguridad y Salud para
                     que el Contratista Principal las integre y particularice en el Plan de
                     Seguridad y Salud asumiendo el compromiso de su cumplimiento, la
                     obligación que tiene de vigilar la salud de los trabajadores que tenga
                     en la obra tanto propios como de subcontratas.
                     Es necesario que todos los trabajadores pasen un reconocimiento
                     médico inicial así como los periódicos anualmente para los trabajos
                     que vayan a realizar.



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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                         


       □ COORDINACIÓN  DE   ACTIVIDADES  EMPRESARIALES  E
         INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN E INSTRUCCIONES ENTRE
         EMPRESARIOS

                     Obligación dela empresa contratista de cumplir con las obligaciones
                     de cooperación y coordinación entre las diferentes empresas
                     concurrentes a fin de cumplir la normativa de PRL y de lograr así la
                     Seguridad de sus actuaciones. Todo ello teniendo en cuenta los
                     principios establecidos en el R.D. 171/04.
                     En consonancia con ello deben incluirse en el Pliego para que se
                     desarrollen y asuman por el contratista en el Plan de Seguridad y
                     Salud, así como para garantizar su cumplimiento las siguientes
                     obligaciones:

                           La de informar el contratista principal al resto de empresarios y
                           trabajadores autónomos que concurran con él en la obra, antes
                           de que éstos se incorporen a la actividad, sobre los riesgos que
                           existan en el centro de trabajo que pueda afectar a sus
                           trabajadores y sobre las medidas de prevención, protección y
                           emergencia previstas al efecto.
                           Facilitar el contratista al resto de empresarios y trabajadores
                           autónomos concurrentes en la obra, también antes del inicio de la
                           actividad de éstos, las instrucciones que se estimen suficientes y
                           adecuadas para prevenir los riesgos existentes en el centro de
                           trabajo que puedan afectar a los trabajadores de éstos y las
                           medidas que deberán aplicarse cuando se produzcan situaciones
                           de emergencia. Tanto la información como las instrucciones se
                           deberán facilitar por escrito cuando los riesgos de que se trate
                           pudieran ser considerados como graves o muy graves.
                           La de vigilar que las empresas concurrentes en el mismo centro
                           de trabajo faciliten la información y las instrucciones recibidas
                           sobre riesgos y medidas de protección, prevención y emergencia
                           a sus, trabajadores y controlar su cumplimiento por éstas y por los
                           trabajadores autónomos.


       □ VIGILANCIA PREVENTIVA Y COMPROBACIÓN DE LA EFICACIA DE
         LAS MEDIDAS PREVENTIVAS

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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                         



                     Deben incluirse en Pliego para que el contratista principal las integre
                     y particularice en el Plan de Seguridad y Salud y asuma el
                     compromiso de su cumplimiento, las obligaciones que tiene de
                     vigilancia, respecto a las empresas subcontratistas y trabajadores
                     autónomos, mientras dure la participación de éstos en la ejecución
                     dela obra.
                     De esta manera deberán citarse y desarrollarse las siguientes
                     cuestiones:

                           El contratista principal deberá vigilar el cumplimiento, no sólo por
                           las empresas subcontratistas, sino también por sus trabajadores,
                           y trabajadores autónomos, de la parte del Plan de Seguridad y
                           Salud que afecte al trabajo que van a ejecutar en la obra. Para
                           ello, requerirá de dichas empresas la organización preventiva que
                           van a aportar a su actividad en la obra, con la finalidad de
                           controlar el cumplimiento de dicha obligación, y la incluirá en el
                           propio Plan de Seguridad y Salud como un anexo al mismo. Dicha
                           organización actuará de manera conjunta, pero subordinada a la
                           del contratista principal, para vigilar que los trabajadores de la
                           subcontrata cumplan con meticulosidad las obligaciones
                           preventivas incluidas en el Plan de Seguridad y Salud que afecten
                           a su trabajo.
                           El contratista principal exigirá por escrito a las empresas
                           subcontratistas la acreditación del cumplimiento de sus
                           obligaciones de información y de formación con los trabajadores
                           que vayan a realizar actividades en la obra. ,
                           Controlará que entre las mismas empresas subcontratistas y entre
                           éstas y los trabajadores autónomos           se ha establecido la
                           coordinación oportuna que garantice el cumplimiento de los
                           principios de acción preventiva.

                     En aplicación de los establecido en la Ley 54/2003 y en el R.D.
                     604/2006, se deberán incluir las prescripciones relativas a la
                     presencia de recursos preventivos del contratista durante la
                     ejecución de las actividades o procesos que sean considerados
                     reglamentariamente como peligrosos o con riesgos especiales, con la


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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                         


                     función de vigilar el cumplimiento de las medidas incluidas en el Plan
                     de Seguridad y Salud y comprobar la eficacia de éstas. Además, en
                     base a la disposición adicional única del R.D.1627/97, el Estudio de
                     Seguridad y Salud deberá incluir la obligación del contratista de
                     definir en el Plan de Seguridad y Salud tanto, la forma de llevar a
                     cabo la presencia de recursos preventivos, como los interlocutores
                     de la empresa contratista en la obra para que los mismos recursos
                     lleven a cabo sus obligaciones.



       □ CONTROL DE LA SUBCONTRATACION

                     Se recogerá la Ley 32/2006 y su desarrollo reglamentario R.D.
                     1109/2007. Estas obligaciones se dirigen a:

                           Impedir las subcontrataciones más allá del tercer nivel,
                           imponiendo una serie de requisitos objetivos para poderlas
                           llevar a cabo.
                           Exigir requisitos de calidad o solvencia a las empresas
                           subcontratistas (disponer de una organización preventiva,
                           formación en prevención de sus trabajadores y calidad en el
                           empleo)
                           Exigir transparencia en la subcontratación (exigiendo su
                           documentación) y reforzando la participación dela
                           representación legal de los trabajadores.
                           Que todas las empresas participantes en la obra (contratistas
                           y subcontratistas) estén inscritas en el Registro de Empresas
                           Acreditadas al que se refiere dicha Ley.
                     En cumplimiento de dichas obligaciones, el Pliego deberá trasladar al
                     empresario contratista su obligación de desarrollar en el Plan de
                     Seguridad y Salud los procedimientos a implantar para garantizar el
                     cumplimiento y control del régimen, registro y documentación de la
                     subcontratación que se realice en la obra, así como los protocolos de
                     comunicación a la Dirección facultativa, Coordinador de Seguridad y
                     Salud y a los representantes de los trabajadores de las empresas
                     presentes en la obra.



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III.        PLANOS
Los planos que se incluyan el Estudio de Seguridad y Salud, deben de facilitar
la comprensión de la naturaleza, entidad y disposición de las medidas
preventivas propuestas, definiendo gráficamente los requisitos exigibles a estas
medidas. Como regla general no es necesario incluir croquis de los equipos de
protección individual.
Como mínimo, se deberán incluir los siguientes:


•      Plano de situación y emplazamiento de la obra proyectada.
•      Vallado, accesos y rutas de evacuación.
•      Zona de instalaciones de obra.
•      Planos de descripción constructiva.
•      Actividades de la obra en las que se prevé el desarrollo de trabajos de
       especial riesgo.
•      Delimitación y caracterización de los servicios afectados, interferencias con
       tráfico rodado y peatonal, incluso tráfico interno de la obra.
•      Medidas preventivas y protecciones que se prevén utilizar.
•      Señalización prevista.
•      Situaciones de emergencia previstas.
•      Instalaciones de higiene y bienestar y primeros auxilios.



IV.         MEDICIONES Y PRESUPUESTO
El presupuesto se adaptará a las particularidades de la obra descrita en la
Memoria. Las unidades valoradas en el         proyecto no deben valorarse
nuevamente en el presupuesto del Estudio de Seguridad y Salud.
Las normas presupuestarias a observar a la hora de redactar el presupuesto
del Estudio de Seguridad y Salud deberán compaginar lo establecido en la
legislación vigente para la contratación de las obras descritas en el proyecto así
como en la normativa preventiva (LPRL 31/95) y R.D. 1627/97. Por ello se
deduce que:
o Las obligaciones legales del empresario se deberán considerar incluidas en
  la partida consignada dentro del presupuesto, para cubrir con los gastos
  generales de dicho empresario.



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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I
                                                                                                                                                                         


o Se debería establecer como exigencia de carácter mínimo el uso de
  aquellos equipos y sistemas de trabajo "exigibles para la correcta ejecución
  de los trabajos"
o Los costes relacionados con la utilización de los medios auxiliares
  adecuados que sean necesarios para ejecutar una unidad, deberían
  repercutirse en dicha unidad (con el precio de dicha unidad)
Para elaborar los presupuestos se seguirán los siguientes criterios:
o Como no existe en la actualidad una definición de las medidas necesarias
  para "Ia correcta ejecución de la obra", se deben considerar como tales con
  carácter mínimo los Equipos de Protección Individual necesarios para la
  ejecución de cada unidad de obra. Por lo tanto los Equipos de Protección
  Individual no se deberán incluir en el presupuesto del Estudio de Seguridad
  y Salud ya que se consideran estos incluidos en las unidades de obra.
o No deberían abonarse con cargo al Estudio de Seguridad y Salud, costes
  relacionados con el cumplimiento de las obligaciones legales del
  empresario: reconocimientos médicos ordinarios, el servicio de prevención
  de la empresa, recursos preventivos, reuniones de Seguridad y Salud, etc.
o Tampoco deben imputarse con cargo al Estudio de Seguridad y Salud los
  medios y dispositivos legalmente exigidos por normas de carácter técnico.
o Tampoco es justificable cargar al presupuesto del Estudio de Seguridad y
  Salud los medios auxiliares necesarios para la correcta ejecución de los
  trabajos (p.e. andamios, entibaciones, cimbras,...)




                      GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                   
                                                                                                                                                                 pág.24
 

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Anejo i. guía de elaboración de ess

  • 2. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   ANEJO I. GUÍA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD ÍNDICE 1.  OBJETO ........................................................................................................................... 1  2.  ALCANCE ........................................................................................................................ 2  3.  REFERENCIAS NORMATIVAS ................................................................................... 3  4.  DEFINICIONES .............................................................................................................. 4  5.  QUIEN PUEDE REDACTAR UN ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ............. 5  6.  CARACTERISTICAS DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ........................ 6  7.  PARTES INTEGRANTES DE UN ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ........... 7  I.  MEMORIA DESCRIPTIVA ........................................................................................... 7  II.  PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES ........................ 16  III.  PLANOS ........................................................................................................................ 23  IV.  MEDICIONES Y PRESUPUESTO ............................................................................ 23             GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD  
  • 3. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   1. OBJETO El presente documento busca servir como guía de mínimos en el proceso de elaboración de los Estudios de Seguridad y Salud en Proyectos de Obra Civil, proporcionando recomendaciones y criterios que puedan facilitar su redacción. De esta manera se conseguirán unos Estudios de Seguridad y Salud con la finalidad que le dicta el R.D. 1627/97, la de establecer las previsiones preventivas de carácter mínimo que deberán ser observadas y desarrolladas posteriormente por el empresario principal en su plan de seguridad y salud, dando así cumplimiento de la legalidad vigente. Igualmente cumpliremos con lo dispuesto en la Disposición adicional primera del R.D. 171/2004. Será de aplicación tanto a proyectos constructivos, proyectos modificados como proyectos complementarios.                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.1  
  • 4. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   2. ALCANCE Será de aplicación para todos los proyectos que cumplan con alguno de los criterios siguientes establecidos en el art4 del R.D. 1627/97: • El presupuesto de ejecución por contrata sea igual o superior a 450.759,08 euros (que incluye el IVA según la Guía del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo). • Que la duración estimada sea superior a 30 días laborales, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente. • Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en obra, sea superior a 500. • Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas. Aunque no se esté obligado, se recomienda en todos los casos la redacción de un Estudio de Seguridad y Salud en vez de un Estudio Básico de Seguridad y Salud. En el caso de redacción de un Estudio Básico de Seguridad y Salud le serán de aplicación aquellos criterios expuestos en este documento que le afecten.                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.2  
  • 5. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   3. REFERENCIAS NORMATIVAS • Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales. • Ley 54/2003 de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. • Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción. • R.D. 1627/1997 disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción. • R.D. 39/1997 reglamento de los servicios de prevención. • R.D.171/2004 se desarrolla el art. 24 Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. • R.D. 604/2006 modifica el R.D. 39/1997 reglamento de los servicios de prevención, y el R.D. 1627/1997 disposiciones mínimas de Seguridad y salud en las obras de construcción. • R.D.1109/2007 desarrollo de la Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. • R.D.337/2010 modifica el R.D.39/1997, R.D.1109/2007, R.D.32/2006 y R.D.1627/1997.                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.3  
  • 6. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   4. DEFINICIONES • Autor del Estudio de Seguridad y Salud: Técnico Competente autor que redacta el Estudio de Seguridad y Salud. • Autor del Proyecto: El autor o autores, por encargo del promotor, de redactar la totalidad o parte del proyecto. • Contratista o empresa principal: La persona física o jurídica que asume contractualmente ante el promotor, con medios materiales propios o ajenos el compromiso de ejecutar la totalidad o parte de las obras con sujeción al proyecto y al contrato. • Coordinador de Seguridad y Salud en Fase de Proyecto: El técnico competente designado por el promotor para coordinar, durante la fase del proyecto de obra, la aplicación de los principios recogidos en el R.D. 1627/97 • Director de Proyecto: El técnico o técnicos competentes asignados por el promotor, encargados de dirigirla redacción del proyecto. • Procedimiento: Secuencia de las operaciones a desarrollar para realizar un determinado trabajo, con inclusión de los medios materiales (de trabajo o de protección) y humanos (cualificación o formación del personal) necesarios para ejecutar de una forma segura y organizada las sucesivas fases y tareas de la obra. En esencia, estos procedimientos tienen que referirse a los aspectos que determinen las condiciones de seguridad y salud de la obra. Su grado de detalle dependerá del que tenga el proyecto de la obra correspondiente. • Promotor: Cualquier persona física o jurídica por cuenta de la cual se realice una obra.                                   GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.4  
  • 7. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I     5. QUIEN PUEDE REDACTAR UN ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD La reglamentación exige que la persona que redacte el Estudio de Seguridad y Salud sea un Técnico Competente. El técnico competente será aquella persona que posea titulaciones académicas y profesionales habilitantes así como conocimientos en actividades de construcción y prevención de riesgos laborales acordes con las funciones a desempeñar según el R.D. 1627/97. Dichas titulaciones serán las de ingeniero o ingeniero técnico, arquitecto o arquitecto técnico, de acuerdo con sus competencias y especialidades. En cuanto los conocimientos en PRL, éstos debe adecuarse a los cometidos que se determinan en este R.D. 1627/97 para el citado técnico competente, siendo suficiente con la formación que debe realizar un profesional titulado para ejercer las funciones de Coordinador de Seguridad y Salud o bien la experiencia suficiente al haber redactado varios Estudios de Seguridad y Salud de similares características. Estos aspectos habrá que mencionarlos en el Estudio de Seguridad y Salud con el objeto de justificar la competencia del autor del mismo.                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.5  
  • 8. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   6. CARACTERISTICAS DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD • Debe ser un documento adaptado a las obras a realizar. • Se detallarán en la memoria, planos y pliego de prescripciones TODOS los sistemas, equipos, protecciones y procedimientos de carácter preventivo sean o no de abono con cargo al Estudio de Seguridad y Salud. • Se incluirán las medidas preventivas para los posteriores trabajos de conservación y mantenimiento. • El proyecto y el Estudio de Seguridad y Salud son los elementos esenciales y punto de partida para la planificación preventiva de la obra. • La redacción del Proyecto y del Estudio de Seguridad y Salud debe realizarse de manera simultánea para conseguir así coherencia de los aspectos preventivos. En este sentido se debe exigir que el Estudio de Seguridad y Salud sea un documento: − REAL (acomodado exactamente al proyecto) − COMPLETO (que esté estructurado de acuerdo con las actividades que se incluyen en el Proyecto Constructivo, siguiendo su mismo orden e INCLUYENDO TODAS esas actividades) − NO GENERICO (que contenga los riesgos que se prevean en cada uno de los tajos que tenga, cada actividad, y que describa las medidas técnico — preventivas más adecuadas para combatirlos)                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.6  
  • 9. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   7. PARTES INTEGRANTES DE UN ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD Los documentos, que como mínimo, tiene que tener el Estudio de Seguridad y Salud son: I. Memoria Descriptiva Il. Pliego de Condiciones Particulares III. Planos IV. Mediciones y Presupuesto A continuación se van a tratar los aspectos a considerar en cada una de las partes integrantes del Estudio de Seguridad y Salud. I. MEMORIA DESCRIPTIVA La Memoria del Estudio de Seguridad y Salud seguirá un procedimiento para su redacción consistente en una descripción de la obra y un análisis detallado de los métodos de ejecución y de los materiales y equipos a utilizar. Todo ello encaminado a identificar los riesgos y a la adopción de las medidas preventivas necesarias para dicha eliminación o reducción. 1) Establecimiento de las previsiones preventivas de los trabajos proyectados. • Se hará una relación de TODAS las actividades y subactividades a ejecutar en la obra que estén incluidas en el proyecto, así como sus sistemas de ejecución y método de trabajo que vayan a utilizarse o cuya utilización pueda preverse. Es fundamental que la Memoria contenga los diferentes procedimientos de trabajo de todas las actividades y subactividades descritas en proyecto, priorizando aquellos procedimientos de trabajo más seguros. • Se realizará un análisis detallado de cada una de ellas recogiendo equipos de trabajo, máquinas, materiales, medios auxiliares, particularidades constructivas, personal que vaya a intervenir en cada una y posibles interferencias del entorno. Estas actividades y subactividades se analizarán de forma detallada de manera que, como mínimo, recojan los equipos de trabajo, las máquinas, los materiales y los medios auxiliares que se prevé emplear,                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.7  
  • 10. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   así como las particularidades constructivas teniendo en cuenta el personal que vaya a intervenir en la ejecución de las mismas y las posibles interferencias con otros trabajos y con el propio entorno. En este estudio detallado de cada actividad y subactividades, no deberán obviarse actividades complementarias a las principales consideradas a menudo, como de carácter "no constructivo" como son las labores de replanteo, vallado de obra, acopios,... Esta información preventiva se complementará incluyendo en la Memoria la información de carácter preventivo en lo que respecta a la localización e identificación de los servicios afectados por la obra, el tipo de terreno en el que se lleva a cabo la actividad, los accesos existentes o la situación de los centros sanitarios. • Riesgos y enfermedades profesionales previsibles de acuerdo con los métodos previstos: Los citados riesgos deberán ser diferenciados entre: o Riesgos identificados o Riesgos especiales según la ley 54/03 y el R.D. 604/06 • Para cada riesgo asociar medidas adoptadas para garantizar su eliminación o para controlarlos. Priorizando las medidas colectivas y organizativas sobre el uso de equipos de protección individual. Seguidamente y sobre la base de los riesgos identificados se deberán definir de manera particular en cada actividad y subactividad las medidas preventivas que se prevé utilizar para controlarlos. Dicha previsión de medidas deberá priorizar la disposición de medidas colectivas sobre el uso de equipos de protección individual y además complementar éstas con medidas organizativas y otras medidas de carácter técnico. Lógicamente, en cada medida o grupo de medidas se deberá recoger las exigencias correspondientes encaminadas a garantizar su fiabilidad (p.e. los cálculos justificativos, el proyecto de montaje o desmontaje o el programa de mantenimiento a utilizar). Así mismo, los riesgos especiales, además de estudiar de manera particular en cada actividad, las medidas preventivas que se prevé utilizar para controlarlos, deberá hacer mención a la obligatoriedad de la presencia de Recursos Preventivos.                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.8  
  • 11. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   2) Localizar e identificar, entre otros, los siguientes aspectos para complementar la información dada en la previsión preventiva de los trabajos proyectados, • Las medidas de evacuación y emergencia, normas de comportamiento, utilización y mantenimiento de máquinas y equipos, etc. • Previsiones en relación con las instalaciones de higiene y bienestar, así como los servicios sanitarios y comunes a disponer en la obra. • Situación de centros sanitarios próximos a la obra. • Afecciones del entorno de la obra, que pueden ser entre otras: o Interferencias con otros contratistas o Afecciones a terceros o Servicios afectados • Previsiones a considerar en los trabajos posteriores de conservación y explotación de la infraestructura. Una posible estructura de la Memoria del Estudio de Seguridad y Salud puede ser: 1. INDICE El índice tiene que ser completo y paginado (paginación continua) 2. INTRODUCCION / OBJETO DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD Indicar el motivo de redactar el Estudio de Seguridad y Salud, así como la función y finalidad que éste tiene. 3. DATOS DEL PROYECTO Se reflejarán como mínimo los siguientes datos: • Nombre del Promotor • Denominación completa de la obra (Título del Proyecto) • Tipo de actuación • Director de proyecto • Autor del Proyecto (Nombre y Titulación) • Ubicación y Localidad • Presupuesto de ejecución material del Proyecto • Presupuesto del Estudio de Seguridad y Salud                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.9  
  • 12. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   • Plazo, Nº de Trabajadores máximo y Nº de Trabajadores simultáneos • Autor del Estudio de Seguridad y Salud (Nombre, Titulación académica y formación especializada en materia de PRL o experiencia en años redactando Estudios de Seguridad y Salud y Nº de Estudios de Seguridad y Salud similares que haya redactado) 4. CARACTERISTICAS GENERALES DE LA OBRA Se incluirá una descripción general de la obra proyectada donde se incluya: • Localización geográfica • Accesos a los principales emplazamientos de la construcción. • Plazo de ejecución y personal previsto • Descripción de los trabajos a realizar diferenciando unidades constructivas importantes (movimientos de tierra, estructuras, instalaciones…) 5. PLAN DE OBRA, PRESUPUESTO En el plan de obra deben identificarse las actividades que se simultanearán, para posteriormente analizar la coordinación de actividades, o coordinación empresarial. En el caso de obras lineales un diagrama de espacios tiempos. Se reflejará el Presupuesto total de la obra desglosado por capítulos. 6. CONDICIONES POR EL EMPLAZAMIENTO Se recogerán las condiciones del entorno, condicionantes del lugar donde se va a realizar la obra y que van a influir en la seguridad y salud de los trabajadores. Entre otros pueden ser: a) Afecciones a Terceros y Servidumbres b) Servicios afectados c) Accesos a la Obra d) Climatología e) Interferencias con otras Obras a) Afecciones a terceros y servidumbres                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.10  
  • 13. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   Se describirán las diferentes interferencias que vamos a provocar así como en identificar y evaluar los riesgos, daños y medidas preventivas respecto a las servidumbres y terceros, como pueden ser: desvíos, tráfico, peatonal, ferroviario, autobuses, subsidencias (edificaciones), etc. b) Servicios afectados Se deberá realizar una inspección visual de la zona, se valorarán los planos y su vinculación con el proyecto para indicar los servicios que se puedan ver afectados para la realización de las obras, así como las posibles interferencias que puedan ocasionar riesgos tanto a trabajadores como a terceros. La redacción de este punto debe de estar acorde con el anejo de servicios afectados del proyecto. Una relación no exhaustiva puede ser: Líneas Eléctricas Subterráneas Líneas Eléctricas Aéreas Gaseoductos Conducciones de agua Línea Telefónica aérea Línea Telefónica subterránea Línea de Telégrafos Caminos de servicio Carreteras Fincas Otros c) Zonas de obra y accesos Descripción de las diferentes zonas de la obra y accesos previstos. d) Condiciones climáticas y ambientales Se considerarán las previsiones de temperatura, viento, nieve, lluvias, heladas, etc. en las zonas donde se va a llevar a cabo la actuación, que posible influencia en la seguridad de los trabajadores. e) Interferencias con otras obras o proyectos Se recogerán las posibles interferencias con otras obras que se estén ejecutando o bien con proyectos de actuaciones que vayan a interferir con la obra.                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.11  
  • 14. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   7. ORGANIZACIÓN GENERAL DURANTE EL INICIO DE LA OBRA. RIESGOS GENERALES Y SU PREVENCIÓN. Se recogerán como mínimo los siguientes aspectos: • Se relacionarán una serie de normas de obligado cumplimiento por parte de todas las personas y vehículos que circulen por las obras. • Control de accesos por parte del contratista que incluya el modo de organizar el mismo, asociado al cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, para todas las empresas, autónomos, equipos de trabajo (maquinaria) y personal. • Plan de circulación por la obra donde se incluya la ordenación del tráfico rodado y de personas por el interior de la obra. • Iluminación de los tajos. • Señalización de los riesgos del trabajo donde se regulan los criterios mínimos para la colocación de señales que deberán tenerse en cuenta en el Plan de Seguridad y Salud de la Contrata, respecto de la circulación de vehículos y personas por la obra, desde los propios accesos, hasta la circulación por el exterior de las obras. • Control del ruido y las vibraciones. • Requisitos preventivos para trabajos realizados en horarios extraordinarios, es decir, aquellos que se contemplan fuera de la jornada ordinaria de trabajo efectivo, como son los trabajos nocturnos, en fines de semana o en días festivos. • Riesgos generales donde se describan los riesgos evitados por la manera de ejecutar la actividad, y por la organización de las diferentes tareas evitando la simultaneidad de labores, o por el uso de equipos, maquinaria o materiales especiales. • Actividades que comportan riesgos especiales en las cuales se presentan una serie de riesgos, catalogados como especiales en el Anexo II del Real Decreto 1.627/97. 8. PREVISIONES RELATIVAS A LA ORGANIZACIÓN PREVENTIVA DE LA OBRA. Para lograr la eficacia de las medidas previstas en la Memoria se articularán una serie de protocolos y procedimientos preventivos que a su vez deberán ser desarrollados y puestos en práctica por parte de los responsables de las                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.12  
  • 15. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   empresas participantes en la obra. Dicho conjunto de procedimientos así como los integrantes, funciones y responsabilidades de la organización preventiva de la obra, deberán ser analizados de manera específica en un apartado de la Memoria. Para ello, se deberán tener en cuenta dos aspectos: por un lado las medidas preventivas previstas y por otro las obligaciones legales de las empresas intervinientes en la obra. Así, en este apartado de la Memoria, se deberán analizar y definir las previsiones relativas de los siguientes aspectos con carácter mínimo: • Integrantes, estructura, funciones y responsabilidades del organigrama preventivo. En este punto se indicarán los integrantes y organización mínima que se va a exigir al Contratista y Subcontratistas, describiendo para cada integrante sus funciones y responsabilidades. Se complementará esta estructura con un Organigrama Preventivo de lo mínimo exigido. En base a la definición de actividades con riesgos especiales incluidos en el Estudio de Seguridad y Salud se deberá prever la obligación del contratista de incluir en su organización preventiva una estructura de recursos preventivos suficientes para vigilar el cumplimiento de las medidas de seguridad. También deberá hacerse constar en el Estudio de Seguridad y Salud que el contratista deberá concretar en el Plan de Seguridad y Salud la forma de realizar en la obra la coordinación de Actividades Empresariales entre los empresarios concurrentes y las personas encargadas de las funciones de coordinación empresarial que está obligado a efectuar en base a lo dispuesto en el R.D.171/2004. • Previsiones relativas a las obligaciones preventivas de los empresarios Se incluirán las exigencias mínimas en la obra proyectada para cumplir con lo prescrito en el pliego de condiciones sobre obligaciones tales como la formación e información de los trabajadores, la vigilancia de su Salud, la coordinación de actividades empresariales, la vigilancia preventiva y comprobación de la eficacia de las medidas preventivas o control de la subcontratación.                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.13  
  • 16. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   9. ANÁLISIS PREVENTIVO DE LAS ACTIVIDADES Y UNIDADES CONSTRUCTIVAS PREVISTAS. REQUISITOS PREVENTIVOS A EXIGIR A MÁQUINAS, EQUIPOS E INSTALACIONES. • Análisis de las UNIDADES CONSTRUCTIVAS Se incluirá un listado de actividades y subactividades a contemplar en la Memoria del Estudio de Seguridad y Salud adaptándolo a las particularidades de cada proyecto. De cada actividad y subactividad se incluirán al menos los siguientes apartados: Descripción detallada de cada actividad. ¿Qué se va a hacer? Procedimiento de ejecución. ¿Cómo se va a hacer? Maquinaria y medios auxiliares ¿Con qué se va a hacer? Riesgos identificados Riesgos especiales en la actividad Previsión de medidas preventivas Previsión de protecciones colectivas e individuales Previsión de medidas complementarias (señalización, balizamiento,...) Previsión de asignación de recursos preventivos • Condiciones de MAQUINARIA, MEDIOS AUXILIARES y EQUIPOS DE TRABAJO Para cada maquinaria se deberán analizar al menos las previsiones relacionadas con: Riesgos identificados Riesgos especiales en la actividad Previsión de asignación de recursos preventivos Los requisitos de Seguridad a cumplir por las máquinas Las normas de Seguridad de utilización en la obra. Las condiciones de utilización La previsión de equipos de protección individual 10. ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS PREVISIBLES TRABAJOS POSTERIORES. Se analizarán y evaluarán los riesgos para dichos trabajos adaptándolos al proyecto redactado teniendo en cuenta:                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.14  
  • 17. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   • Disposiciones constructivas de instalaciones y equipos de mantenimiento y conservación en la explotación. • Diseño y construcción de soportes, anclajes, protecciones y equipos auxiliares para trabajos posteriores a la obra. • Definición de los planos e informaciones que han de ser entregados a la Administración una vez acabada la obra, a través, por ejemplo, del proyecto de liquidación: instalaciones y conducciones incidentes sobre la seguridad en trabajos posteriores, elementos ocultos, datos técnicos de mantenimiento. 11. PREVISIÓN EN RELACIÓN CON LAS INSTALACIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR Y SERVICIOS SANITARIOS COMUNES A DISPONER EN LA OBRA. Se detallará la dotación mínima y las condiciones básicas exigibles a las mismas teniendo en cuenta: • Relación y características, debidamente justificadas, de los servicios generales previstos para la obra: instalación eléctrica, suministro de agua y eléctrico, saneamiento. • Relación y características, debidamente justificadas, de los servicios sanitarios y de higiene y bienestar previstos para la obra: botiquín, asistencia sanitaria, primeros auxilios, vestuarios, comedores, aseos, duchas, zonas de descanso. • Dimensionamiento y características constructivas y técnicas de los servicios proyectados para la obra. • Condiciones de mantenimiento y limpieza de los servicios durante la obra. 12. PREVISIÓN DE ACTUACIONES EN CASO DE EMERGENCIA Y EVACUACIÓN. El contratista elaborará un Plan de Emergencias y estará obligado a coordinarse con los servicios de asistencia externos (112, bomberos, policía, etc.) y realizar la implantación de dicho plan. Se deberán concretar las exigencias preventivas relativas a los protocolos de asistencia a accidentados, primeros auxilios, detección y seguimiento. Se deben incluir la lista de personas con responsabilidades en el Plan de emergencia, sus nombramientos con la aceptación y firma del trabajador junto con sus responsabilidades.                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.15  
  • 18. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   Deben figurar también los medios materiales necesarios, para desarrollar la implantación del Plan de emergencia incluida la forma de garantizar las comunicaciones con todos los tajos, para que desde ellos se pueda dar la correspondiente señal de alarma. 13. CONCLUSIONES. El Estudio de Seguridad y Salud se realizará con los contenidos indicados en el artículo 5 del del R.D. 1627/97, actualizando, ampliando y mejorando los aspectos en él reflejados con el objeto de obtener un documento adecuado que salvaguarde las obligaciones del Promotor como responsable de la ejecución del Estudio y así sirva como base para la posterior redacción del Plan de Seguridad y Salud por parte del contratista. Si se realizase alguna modificación del proyecto, o se modificara algún sistema constructivo de los previstos, es obligado constatar las interacciones de ambas circunstancias en las medidas de prevención contenidas en el estudio de seguridad y salud, debiéndose redactar, en su caso, las modificaciones necesarias. II. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES Sobre la base de las actividades, métodos, equipos de trabajo y personal previstos en la memoria del estudio de seguridad, el pliego deberá, además de recoger la normativa a cumplir en el desarrollo de la futura obra, concretar las exigencias preventivas a cumplir por parte de los empresarios participantes en la misma. Así, se deberá analizar el conjunto de obligaciones legales de los citados empresarios delimitando aquellos aspectos que se consideren más relevantes en el cumplimiento de cada una de las citadas obligaciones. El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares desarrollará como mínimo: 1) Recopilación de la normativa legal de aplicación en riesgos laborales. Se recogerán las normas legales y especificaciones técnicas de seguridad laboral 2) Obligaciones legales del empresario. Se recogerán las obligaciones legales del empresario ya que es quien está obligado a desarrollar la acción preventiva en la obra como máximo responsable. Su responsabilidad abarca a todo el personal que trabaja en la obra (propio o subcontratado) sin perjuicio de las obligaciones propias del resto de los trabajadores.                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.16  
  • 19. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   Las obligaciones que se deberán desarrollar en el Pliego como mínimo son las siguientes: o De carácter laboral: De la contrata hacia su personal. De la contrata hacia las subcontratas o trabajadores autónomos. o Obligaciones Preventivas: • Para la contrata: Organización preventiva del empresario principal, donde se recojan las obligaciones mínimas: recursos, procedimientos, sistemas. Estas prescripciones serán mínimas y el empresario principal complementará, adaptará y desarrollara en su Plan de Seguridad y Salud. • Para las subcontratas y trabajadores autónomos: obligaciones mínimas que el empresario principal hará cumplir. o El Estudio de Seguridad y Salud deberá incluir textualmente los siguientes compromisos que deberá asumir formalmente en el Plan de Seguridad y Salud el Contratista Principal: • Compromiso de adecuar permanentemente el Plan en función del proceso de ejecución de la obra, de la evolución de los trabajos, de las posibles incidencias o modificaciones que puedan, surgir en la obra o cuando una de las empresas subcontratistas lo soliciten por considerar que algunos o todos los riesgos que entraña su forma de realizar las actividades subcontratadas no están contempladas en el Plan. • Compromiso de garantizar que solo los trabajadores que hayan recibido información suficiente y adecuada puedan acceder a las zonas de riesgo grave y específico. Así mismo, solo podrán utilizar los equipos de trabajo aquellos trabajadores que cuenten con la debida habilitación para ello. • Compromiso de garantizar que, antes del inicio de un tajo, tanto sus trabajadores, como los de las empresas subcontratistas, dispongan de los equipos de protección individual y colectiva previstos en el Plan de Seguridad y Salud para el desempeño de sus funciones, y de vigilar de manera especial, a través de su organización preventiva en obra, que se hace uso efectivo de los mismos. • Compromiso del contratista, en caso de utilizar en la obra trabajadores provenientes de empresas de trabajo temporal, siempre en actividades sin riesgos especiales, de no permitir el inicio de su actividad sin tener constancia documental de que han recibido las informaciones correspondientes a los riesgos laborales inherentes a su trabajo y de las medidas preventivas previstas para combatirlos, así como que poseen la                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.17  
  • 20. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   formación especifica necesaria y cuentan con un estado de salud compatible con el puesto de trabajo a desempeñar, y de vigilar mediante su organización preventiva estos aspectos en caso de que la utilización la vayan a hacer las empresas subcontratistas. • Información e investigación de accidentes. • Compromiso del contratista de vigilar, mediante su organización preventiva en obra, que tanto sus trabajadores, como los de las empresas subcontratistas, cumplen las prescripciones contenidas en el Plan de Seguridad y Salud de la obra. • Compromiso de elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral la documentación establecida acreditativa del cumplimiento de los compromisos en el Plan de Seguridad y Salud. 3) Obligaciones complementarias. Que recogerán y desarrollarán como mínimo: o Procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales. o Obligación de informar de accidentes/incidentes al promotor. o Procedimiento para Prevención de Incendios Forestales por Obras. 4) Aspectos técnicos Los aspectos Técnicos que afectan directa o indirectamente a la Seguridad y protección de los trabajadores. o Previsión y lucha contra incendios, complementado con el plan de previsión y extinción de incendios del proyecto o Taludes, entibaciones, etc. o Normas Técnicas de Prevención (NTP's) del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. 5) Prescripciones técnicas exigibles a equipos, máquinas y medios auxiliares empleados en la obra, equipos de protección e instalaciones de higiene y bienestar. o Conformidad y garantía técnica o Condiciones de utilización, montaje y desmontaje, etc. o Revisiones y mantenimiento o Cálculos, prescripciones, pruebas o Requisitos de materiales y productos o Requisitos de EPI's o Requisitos de cualificación, formación, información o Procedimientos para riesgos especiales                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.18  
  • 21. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   o Requisitos para señalización o Procedimientos para control de accesos y/o control de personal o Requisitos servicios higiénicos y comunes Además en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares se deberá hacer mención expresa a los siguientes apartados con el desarrollo que sea necesario: □ FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES Todos los trabajadores de obra deben tener formación teórico — práctica suficiente y adecuada de los riesgos inherentes al puesto de trabajo o función que vaya a desarrollar cada uno. Exigirá asimismo esta formación a subcontratistas y Trabajadores Autónomos (antes de su incorporación) □ INFORMACION DE LOS TRABAJADORES Los trabajadores de obra deben ser informados por el contratista de todos los riesgos que les puedan afectar, bien por ser propios de su trabajo o función, o bien por ser inherentes al medio en que se van a ejecutar o por las materias primas que se van a utilizar, así como de las medidas y actividades de emergencia previstas en el Plan correspondiente. Facilitar a los trabajadores el derecho a formular propuestas que mejoren la seguridad del tajo. □ VIGILANCIA DE LA SALUD Debe incluirse en el Pliego del Estudio de Seguridad y Salud para que el Contratista Principal las integre y particularice en el Plan de Seguridad y Salud asumiendo el compromiso de su cumplimiento, la obligación que tiene de vigilar la salud de los trabajadores que tenga en la obra tanto propios como de subcontratas. Es necesario que todos los trabajadores pasen un reconocimiento médico inicial así como los periódicos anualmente para los trabajos que vayan a realizar.                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.19  
  • 22. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   □ COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN E INSTRUCCIONES ENTRE EMPRESARIOS Obligación dela empresa contratista de cumplir con las obligaciones de cooperación y coordinación entre las diferentes empresas concurrentes a fin de cumplir la normativa de PRL y de lograr así la Seguridad de sus actuaciones. Todo ello teniendo en cuenta los principios establecidos en el R.D. 171/04. En consonancia con ello deben incluirse en el Pliego para que se desarrollen y asuman por el contratista en el Plan de Seguridad y Salud, así como para garantizar su cumplimiento las siguientes obligaciones: La de informar el contratista principal al resto de empresarios y trabajadores autónomos que concurran con él en la obra, antes de que éstos se incorporen a la actividad, sobre los riesgos que existan en el centro de trabajo que pueda afectar a sus trabajadores y sobre las medidas de prevención, protección y emergencia previstas al efecto. Facilitar el contratista al resto de empresarios y trabajadores autónomos concurrentes en la obra, también antes del inicio de la actividad de éstos, las instrucciones que se estimen suficientes y adecuadas para prevenir los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de éstos y las medidas que deberán aplicarse cuando se produzcan situaciones de emergencia. Tanto la información como las instrucciones se deberán facilitar por escrito cuando los riesgos de que se trate pudieran ser considerados como graves o muy graves. La de vigilar que las empresas concurrentes en el mismo centro de trabajo faciliten la información y las instrucciones recibidas sobre riesgos y medidas de protección, prevención y emergencia a sus, trabajadores y controlar su cumplimiento por éstas y por los trabajadores autónomos. □ VIGILANCIA PREVENTIVA Y COMPROBACIÓN DE LA EFICACIA DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.20  
  • 23. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   Deben incluirse en Pliego para que el contratista principal las integre y particularice en el Plan de Seguridad y Salud y asuma el compromiso de su cumplimiento, las obligaciones que tiene de vigilancia, respecto a las empresas subcontratistas y trabajadores autónomos, mientras dure la participación de éstos en la ejecución dela obra. De esta manera deberán citarse y desarrollarse las siguientes cuestiones: El contratista principal deberá vigilar el cumplimiento, no sólo por las empresas subcontratistas, sino también por sus trabajadores, y trabajadores autónomos, de la parte del Plan de Seguridad y Salud que afecte al trabajo que van a ejecutar en la obra. Para ello, requerirá de dichas empresas la organización preventiva que van a aportar a su actividad en la obra, con la finalidad de controlar el cumplimiento de dicha obligación, y la incluirá en el propio Plan de Seguridad y Salud como un anexo al mismo. Dicha organización actuará de manera conjunta, pero subordinada a la del contratista principal, para vigilar que los trabajadores de la subcontrata cumplan con meticulosidad las obligaciones preventivas incluidas en el Plan de Seguridad y Salud que afecten a su trabajo. El contratista principal exigirá por escrito a las empresas subcontratistas la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones de información y de formación con los trabajadores que vayan a realizar actividades en la obra. , Controlará que entre las mismas empresas subcontratistas y entre éstas y los trabajadores autónomos se ha establecido la coordinación oportuna que garantice el cumplimiento de los principios de acción preventiva. En aplicación de los establecido en la Ley 54/2003 y en el R.D. 604/2006, se deberán incluir las prescripciones relativas a la presencia de recursos preventivos del contratista durante la ejecución de las actividades o procesos que sean considerados reglamentariamente como peligrosos o con riesgos especiales, con la                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.21  
  • 24. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   función de vigilar el cumplimiento de las medidas incluidas en el Plan de Seguridad y Salud y comprobar la eficacia de éstas. Además, en base a la disposición adicional única del R.D.1627/97, el Estudio de Seguridad y Salud deberá incluir la obligación del contratista de definir en el Plan de Seguridad y Salud tanto, la forma de llevar a cabo la presencia de recursos preventivos, como los interlocutores de la empresa contratista en la obra para que los mismos recursos lleven a cabo sus obligaciones. □ CONTROL DE LA SUBCONTRATACION Se recogerá la Ley 32/2006 y su desarrollo reglamentario R.D. 1109/2007. Estas obligaciones se dirigen a: Impedir las subcontrataciones más allá del tercer nivel, imponiendo una serie de requisitos objetivos para poderlas llevar a cabo. Exigir requisitos de calidad o solvencia a las empresas subcontratistas (disponer de una organización preventiva, formación en prevención de sus trabajadores y calidad en el empleo) Exigir transparencia en la subcontratación (exigiendo su documentación) y reforzando la participación dela representación legal de los trabajadores. Que todas las empresas participantes en la obra (contratistas y subcontratistas) estén inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas al que se refiere dicha Ley. En cumplimiento de dichas obligaciones, el Pliego deberá trasladar al empresario contratista su obligación de desarrollar en el Plan de Seguridad y Salud los procedimientos a implantar para garantizar el cumplimiento y control del régimen, registro y documentación de la subcontratación que se realice en la obra, así como los protocolos de comunicación a la Dirección facultativa, Coordinador de Seguridad y Salud y a los representantes de los trabajadores de las empresas presentes en la obra.                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.22  
  • 25. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   III. PLANOS Los planos que se incluyan el Estudio de Seguridad y Salud, deben de facilitar la comprensión de la naturaleza, entidad y disposición de las medidas preventivas propuestas, definiendo gráficamente los requisitos exigibles a estas medidas. Como regla general no es necesario incluir croquis de los equipos de protección individual. Como mínimo, se deberán incluir los siguientes: • Plano de situación y emplazamiento de la obra proyectada. • Vallado, accesos y rutas de evacuación. • Zona de instalaciones de obra. • Planos de descripción constructiva. • Actividades de la obra en las que se prevé el desarrollo de trabajos de especial riesgo. • Delimitación y caracterización de los servicios afectados, interferencias con tráfico rodado y peatonal, incluso tráfico interno de la obra. • Medidas preventivas y protecciones que se prevén utilizar. • Señalización prevista. • Situaciones de emergencia previstas. • Instalaciones de higiene y bienestar y primeros auxilios. IV. MEDICIONES Y PRESUPUESTO El presupuesto se adaptará a las particularidades de la obra descrita en la Memoria. Las unidades valoradas en el proyecto no deben valorarse nuevamente en el presupuesto del Estudio de Seguridad y Salud. Las normas presupuestarias a observar a la hora de redactar el presupuesto del Estudio de Seguridad y Salud deberán compaginar lo establecido en la legislación vigente para la contratación de las obras descritas en el proyecto así como en la normativa preventiva (LPRL 31/95) y R.D. 1627/97. Por ello se deduce que: o Las obligaciones legales del empresario se deberán considerar incluidas en la partida consignada dentro del presupuesto, para cubrir con los gastos generales de dicho empresario.                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.23  
  • 26. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Memoria. ANEJO I   o Se debería establecer como exigencia de carácter mínimo el uso de aquellos equipos y sistemas de trabajo "exigibles para la correcta ejecución de los trabajos" o Los costes relacionados con la utilización de los medios auxiliares adecuados que sean necesarios para ejecutar una unidad, deberían repercutirse en dicha unidad (con el precio de dicha unidad) Para elaborar los presupuestos se seguirán los siguientes criterios: o Como no existe en la actualidad una definición de las medidas necesarias para "Ia correcta ejecución de la obra", se deben considerar como tales con carácter mínimo los Equipos de Protección Individual necesarios para la ejecución de cada unidad de obra. Por lo tanto los Equipos de Protección Individual no se deberán incluir en el presupuesto del Estudio de Seguridad y Salud ya que se consideran estos incluidos en las unidades de obra. o No deberían abonarse con cargo al Estudio de Seguridad y Salud, costes relacionados con el cumplimiento de las obligaciones legales del empresario: reconocimientos médicos ordinarios, el servicio de prevención de la empresa, recursos preventivos, reuniones de Seguridad y Salud, etc. o Tampoco deben imputarse con cargo al Estudio de Seguridad y Salud los medios y dispositivos legalmente exigidos por normas de carácter técnico. o Tampoco es justificable cargar al presupuesto del Estudio de Seguridad y Salud los medios auxiliares necesarios para la correcta ejecución de los trabajos (p.e. andamios, entibaciones, cimbras,...)                       GUIA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y SALUD                                                                                                                                                                    pág.24