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Bases convocatoria plaza informadora animadora cim 2012
1. LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA REALIZA LA
SIGUIENTE CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA ESTRUCTURA BÁSICA DEL
CENTRO DE INFORMACIÓN A LA MUJER
CONVOCATORIA:
PLAZAS: 1 Plaza de Informador/a – Animador/a del
Centro de Información a la Mujer de la Mancomunidad de Municipios
de la Comarca de Écija siendo éste un programa público sin
consignación presupuestaria estable y financiado conjuntamente por
esta entidad supramunicipal y el Instituto Andaluz de la Mujer de
la Junta de Andalucía.
DURACIÓN: La contratación laboral será por tiempo
indefinido desde el día de la firma del contrato. A este contrato
le será de aplicación el artículo 52.e) del Texto Refundido de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores, introducido por la Ley
12/2001, de 9 de julio y modificado por la Ley 3/2012, de 6 de
julio, de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral
TITULACIÓN EXIGIDA: Título de Diplomado/a en Trabajo Social,
Educación Social o Título de Licenciado/a en Psicología, Pedagogía
o Psicopedagogía (o Títulos de Grado equivalentes a las precitadas
Titulaciones de Diplomatura y/o Licenciatura).
REQUISITOS: Los exigidos en la Bases de la
Convocatoria
PROCESO SELECTIVO: Concurso – Oposición conforme a las Bases
de la Convocatoria.
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Se entregará instancia en modelo normalizado, adjuntando
necesariamente Currículum Vitae, informe de vida laboral,
fotocopia del D.N.I. o , en su caso, del documento oficial de
renovación del mismo, fotocopia del permiso de conducir B1,
fotocopia del título académico exigido, contratos de trabajo y
cualquier otra documentación acreditativa de los méritos alegados
(fotocopia compulsada en todo caso).
Las solicitudes se dirigirán al Sr. Presidente de la
Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija y se presentarán
en el Registro General de esta entidad supramunicipal desde el 27
de diciembre de 2012 al 15 de enero de 2013 (ambos inclusive).
PUBLICACIÓN DE BASES DE LA CONVOCATORIA
Las Bases se encontrarán publicadas en el Tablón de Anuncios
de la sede central de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca
de Écija, sita en C/ Camino del Físico s/n de Écija (Sevilla) así
como en los Tablones de Anuncios de los Ayuntamientos que integran
esta entidad supramunicipal: Cañada Rosal, La Luisiana, Fuentes de
Andalucía, La Campana y Écija.
2. BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE PUESTO DE TRABAJO
DE INFORMADOR/A – ANIMADOR/A PARA EL CENTRO DE
INFORMACIÓN A LA MUJER DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS
DE LA COMARCA DE ÉCIJA
La Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija
necesita cubrir un puesto de trabajo para el programa “Centro de
Información a la Mujer” de INFORMADOR/A – ANIMADOR/A.
PRIMERA.- FUNCIONES Y TAREAS A DESEMPEÑAR POR EL/LA INFORMADOR/A
– ANIMADOR/A DEL PROGRAMA “CENTRO DE INFORMACIÓN A LA MUJER”
FUNCIONES:
• Informar sobre los recursos, derechos e infraestructuras que
están a disposición del colectivo de mujeres, en el ámbito
local, provincial, regional y nacional.
• Atención personalizada: intervención, asesoramiento,
seguimiento y derivación.
• Planificar la intervención en programas, proyectos y
actividades.
• Dinamización de grupos y/o asociaciones de mujeres.
• Informar y tramitar las diferentes ayudas económicas
existentes para la protección a las mujeres víctimas de
violencia de género.
• Informar, asesorar y colaborar con las asociaciones de
mujeres para la puesta en marcha de acciones que contribuyan
a favorecer la igualdad, la prevención y la erradicación de
la violencia de género.
• Concienciar y prevenir en el ámbito educativo sobre la
violencia de género mediante campañas de sensibilización,
para alertar sobre las causas y efectos.
• Llevar a cabo campañas de información y sensibilización
contra la violencia de género, la coeducación, el lenguaje
sexista, el reparto de tareas domésticas.
• Realizar y poner en marcha distintos programas anuales del
Instituto Andaluz de la Mujer.
TAREAS:
• Informar: saber detectar el tipo de información que demanda
la persona y canalizar una respuesta de la manera más eficaz.
• Orientar: Profundizar en el conocimiento de la persona de
manera que pueda obtener la información necesaria para
planificar un plan de acción o de intervención.
• Asesorar: Proporcionar información específica y especializada
a demandas concretas.
• Dinamizar: Crear y/o mantener en la persona una actitud
positiva a través de la planificación de acciones que tengan
por objetivo las mejoras de las circunstancias personales
respecto al entorno social y laboral.
• Mediar: Establecer los mecanismos necesarios para garantizar
la coherencia de las diferentes medidas en relación a
procesos de motivación y de acciones de integración social y
laboral.
SEGUNDA.- REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS CANDIDATOS/AS:
3. Para ser admitido/a a la realización de estas pruebas
selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
• Carné de conducir B y vehículo propio.
• Estar en posesión de Título de Diplomado/a en Trabajo Social,
Educación Social o Título de Licenciado/a en Psicología,
Pedagogía o Psicopedagogía (o Títulos de Grado equivalentes a
las precitadas Titulaciones de Diplomatura y/o Licenciatura)
o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el
plazo de presentación de instancias. Se entenderá que se está
en condiciones de obtener los títulos cuando se aporte
documento acreditativo de haber abonado los derechos
correspondientes a la expedición de los mismos. Las
titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse
con la documentación que acredite su homologación y
convalidación correspondiente.
• Ser español o nacional de uno de los Estados Miembros de la
Unión Europea.
• No exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
• Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
• No hallarse incurso en causas de incapacidad o
incompatibilidad específica previstas en la legislación
vigente.
• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de
los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta
o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haberse
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
TERCERA.- INSTANCIAS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR:
3.1.- Los/as aspirantes presentarán instancia ajustada al
modelo que figura en el ANEXO I, dirigida al Sr. Presidente y
presentada en el Registro General de la Mancomunidad de Municipios
de la Comarca de Écija, debiendo adjuntar la siguiente
documentación (originales o fotocopias debidamente compulsadas):
• Fotocopia del DNI o en su caso, del documento oficial de
renovación del mismo.
• Fotocopia de título académico exigido.
• Fotocopia de Permiso de Conducir B.
• Certificaciones de realización de cursos, organizados por la
Administración Pública u Organismos Públicos Oficiales,
relacionados con las funciones a desempeñar en el puesto a
cubrir.
• Currículum Vitae.
• Contratos de trabajo acreditativos de la experiencia
profesional.
• Informe de vida laboral.
4. 3.2.- No serán tenidos en cuenta los méritos que no estén
justificados por el documento correspondiente o fotocopia
compulsada aportados en el plazo de presentación de instancias
desde el 27 de diciembre de 2012 al 15 de enero de 2013 (ambos
inclusive) en horario de 9:00 a 14:00 horas.
3.3.- La lista provisional de admitidos y excluidos se hará
pública mediante edicto en el tablón de anuncios de la
Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija y en el tablón
de anuncios de cada uno de los Ayuntamientos que integran la
Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija con carácter
previo al inicio del proceso selectivo a efectos de posible
subsanación de documentación en el plazo máximo de diez días
hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la lista
provisional.
3.4.- Expirado el plazo de presentación de instancias y, en
su caso, plazo de subsanación de deficiencias, se publicará edicto
en los tablones de anuncios precitados concretando la lista
definitiva de admitidos/as al proceso selectivo y en la misma
publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de
realizarse de realizarse el primer ejercicio de la fase de
oposición en llamamiento único para todos los aspirantes admitidos
definitivamente. Los anuncios de la celebración de la siguiente
prueba de la fase de oposición se harán públicos por el órgano de
selección en los locales donde se haya celebrado la prueba
anterior, con veinticuatro horas, al menos, de antelación al
comienzo de esta segunda prueba así como en el tablón de edictos
de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija.
CUARTA.- ÓRGANO DE SELECCIÓN:
El Órgano que efectúe la selección estará integrado por
cinco miembros, con un Presidente y cuatro Vocales, asistidos por
un Secretario, actuando este último con voz y sin voto.
La composición será la siguiente:
PRESIDENTA: Dª María Luisa Barragán García, Secretaria General del
Ayuntamiento de Écija (Sevilla).
VOCALES:
• D. Manuel Martín Trujillo, Secretario Interventor del
Ayuntamiento de Cañada Rosal (Sevilla).
• D. Daniel Luis Toledano Rodríguez, Secretario Interventor
del Ayuntamiento de La Luisiana (Sevilla).
• Dª María Dolores Doblas Alcalá, Técnica de Administración
General del Ayuntamiento de Écija (Sevilla).
• Dª Mercedes González Fernández, Técnica de Administración
General del Ayuntamiento de Écija (Sevilla).
SECRETARIO: D. Francisco Javier Fernández Berrocal, Secretario
Interventor de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de
Écija.
El Órgano de Selección no podrá constituirse ni actuar sin
la asistencia del Presidente, del Secretario y de la mitad al
menos de los Vocales.
5. Los miembros del Órgano de Selección deberán abstenerse de
formar parte del mismo cuando concurra alguna de las
circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o hubieran
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas de acceso
a la función pública en los cinco años anteriores a la publicación
de la convocatoria.
Cualquier interesado/a podrá promover recusación en
cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las
anteriores circunstancias.
Las dudas o reclamaciones que puedan originarse sobre la
interpretación de las Bases de la presente convocatoria, así como
la que deba hacerse en los casos previstos, serán resueltas por el
Órgano de Selección precitado sin apelación alguna.
QUINTA.- ORDEN DE SELECCIÓN.
Para establecer el orden en que habrá de efectuarse la
selección se estará al resultado del sorteo que se realizará al
azar antes del comienzo del proceso selectivo.
El Órgano de Selección establecerá el calendario para la
realización de la selección.
Los candidatos serán convocados en llamamiento único, salvo
causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada
libremente por el Órgano de Selección.
SEXTA.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:
La selección se realizará en dos fases obligatorias, siendo
eliminatorio el primer ejercicio de la fase de oposición:
- Primera Fase: Concurso (puntuación máxima de 3,5 puntos).
- Segunda Fase: Oposición (puntuación máxima de 6,5 puntos)
1) FASE DE CONCURSO
La puntuación máxima en la fase de Concurso será de 3,5
puntos, siendo valorados solo y exclusivamente los méritos
alegados y acreditados por los interesados en el plazo de
presentación de instancias y susceptibles de cuantificación de la
puntuación, conforme a lo siguiente:
A) CURSOS DE FORMACIÓN:
Se valorará hasta un máximo de 2,00 puntos la participación
y/o asistencia a cursos y seminarios impartidos u homologados por
Entidades, Instituciones o Centros Públicos Oficiales cuyo
contenido guarde relación directa con el puesto a cubrir, a razón
de 0,01 puntos por hora de formación. No serán objeto de
baremación aquellos cursos y/o seminarios en los que no se
concrete expresamente el número de horas de formación relacionadas
directamente con el puesto de trabajo.
6. B) EXPERIENCIA PROFESIONAL:
La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de
1,50 puntos según lo siguiente:
• Por cada mes continuo de servicios prestados en igual
plaza o puesto al que se opta en cualquier
Administración Pública, 0,10 puntos.
• Por cada mes continuo de servicios prestados en igual
plaza o puesto al que se opta en el ámbito privado,
0,05 puntos.
Los periodos de prestación de servicios referidos por tiempo
inferior a un mes continuo no serán objeto de baremación de
conformidad con lo dispuesto en la presente Base. Los periodos de
prestación de servicios sólo podrán ser objeto de valoración
conforme a una de las estipulaciones anteriores, sin que en ningún
caso puedan ser objeto de doble valoración por concurrir en ellos
dos o más circunstancias de las anteriormente reseñadas.
Asimismo, sólo será objeto de valoración aquella experiencia
profesional acreditada simultáneamente mediante contrato de
trabajo e informe de vida laboral. En defecto de contrato de
trabajo o informe de vida laboral, la experiencia profesional no
será objeto de consideración a efectos de la valoración.
2) FASE DE OPOSICIÓN
La fase de oposición consistirá en la realización de un
primer ejercicio que se concretará en un cuestionario de 50
preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas de las
cuales sólo una será la correcta, sobre las funciones propias del
puesto de trabajo de Informador/a Animador/a de un Centro de
Información a la Mujer; normativa estatal y autonómica vigente en
materia de medidas de prevención y protección integral contra la
violencia de género así como en materia de igualdad efectiva de
mujeres y hombres; y normativa estatal sobre régimen jurídico de
las Administraciones Públicas y procedimiento administrativo común
(puntuación máxima de 5 puntos), y, como segundo ejercicio, una
fase de entrevista personal y curricular relacionada igualmente
con el puesto a cubrir en la que se valorará la aptitud, la
capacidad y el grado de conocimiento del aspirante (puntuación
máxima de 1,5 puntos).
En cualquier caso, y antes de dar comienzo a la realización
de las pruebas de la fase de oposición, se procederá a la
valoración de méritos alegados por cada uno de los Candidatos/as
que cumplen los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases
de Contratación, valoración de méritos que se hará pública junto a
los resultados del primer ejercicio de la fase de oposición y sin
que se establezca periodo de alegación alguno hasta publicación
del edicto con las calificaciones globales de todo el proceso
selectivo. Los edictos de calificaciones parciales y/o globales
del presente proceso selectivo se efectuará en el tablón de
edictos de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija.
La puntuación máxima a obtener en la Fase de Oposición será
de 6,5 puntos, teniendo la primera prueba carácter eliminatorio.
Para superar la primera prueba de la fase de oposición deberá
obtenerse por los/as aspirantes una puntuación mínima de 3,50
7. puntos, quedando excluidos/as del proceso selectivo todos
aquellos/as aspirantes que no hayan obtenido en el precitado
ejercicio la reseñada puntuación mínima, y sin que en ningún caso
la puntuación obtenida en la fase de concurso consistente en la
valoración de méritos pueda determinar la exclusión o no del
proceso selectivo.
SÈPTIMA.- CALIFICACIÓN DEFINITIVA Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR.
El orden de clasificación definitiva vendrá determinado por
la suma de las clasificaciones obtenidas en las fases de Concurso
y Oposición. En caso de empate, se resolverá el mismo a favor del
aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación en la primera
prueba de la fase de Oposición, y en caso de persistir el empate,
a favor del aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación en la
entrevista personal y curricular. Se considerará aprobado el/la
aspirante con mayor puntuación final, sin perjuicio de que el
Órgano de Selección pueda proponer, asimismo, a la Presidencia de
la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija la
designación de suplentes siempre que se hubiere superado el
proceso selectivo a efectos de posibles sustituciones. Se
considerará que han superado el proceso selectivo aquellos/as
candidatos/as que en hayan obtenido una puntuación mínima glotal
de cinco puntos, y sin perjuicio del carácter eliminatorio del
primer ejercicio de la fase de oposición.
Las calificaciones de cada ejercicio, así como la
calificación global de la fase de Oposición y calificación final
del proceso selectivo, se harán públicas en el tablón de edictos
de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija.
El Órgano de Selección no podrá aprobar ni declarar que han
superado la selección un número superior de aspirantes al de la
plaza convocada.
El/la aspirante propuesto/a presentará en la Mancomunidad de
Municipios de la Comarca de Écija dentro del plazo máximo de cinco
días naturales a partir de la publicación de la lista de
seleccionados/as en el tablón de edictos de la Mancomunidad de
Municipios de la Comarca de Écija, documentación adicional a la ya
aportada que fuere requerida por esta última.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor,
el/la candidato/a propuesto/a no presentara su documentación o no
reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a y
quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad.
OCTAVA.- NOMBRAMIENTO Y CONTRATACIÓN.
Finalizado el proceso selectivo, el Órgano de Selección hará
pública la relación definitiva de candidatos/as con especificación
de la puntuación total obtenida por cada aspirante, por orden de
puntuación. Dicha relación será elevada al Sr. Presidente de la
Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija con propuesta de
aceptación.
Seguidamente, se elevará dicha relación, junto con el acta
de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al/la
aspirante seleccionado/a, a la Presidencia de la referida entidad
supramunicipal a efecto del correspondiente nombramiento.
8. Cumplidos los trámites señalados en las presentes Bases, se
procederá al nombramiento a favor del/la aspirante seleccionado/a,
quien deberá tomar posesión en el plazo máximo de 5 días
naturales, a contar desde el siguiente a la notificación de la
resolución de la Presidencia , quedando sometido al régimen de
incompatibilidades previsto legalmente para los empleados
públicos.
De no tomarse posesión en el plazo requerido, sin causa
justificada, se entenderá, en todo caso, como renuncia a la plaza
obtenida.
NOVENA.- INCIDENCIAS.
El Órgano de Selección quedará autorizado para resolver las
dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el
buen orden de la selección. A estos efectos, los acuerdos se
adoptarán por mayoría de los miembros presentes.
EL PRESIDENTE,
Fdo.: José Losada Fernández
9. ANEXO I
SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA PUESTO DE
TRABAJO DE INFORMADOR/A - ANIMADOR/A DEL CENTRO DE INFORMACIÓN A
LA MUJER DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA
1.- DATOS PERSONALES:
APELLIDOS: ________________________________________________
NOMBRE: ________________________________________________
DNI: ________________________________________________
TELÉFONO/S: ________________________________________________
DIRECCIÓN: ________________________________________________
C.P. Y PROVINCIA: __________________________________________
2.- PLAZA SOLICITADA:
INFORMADOR/A – ANIMADOR/A CENTRO DE INFORMACIÓN A LA MUJER DE
MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA.
NOTA: Los títulos y otros documentos acreditativos se adjuntarán
a la presente solicitud en el siguiente orden:
• Fotocopia compulsada del D.N.I. o en su caso, del documento
oficial de renovación del mismo.
• Fotocopia compulsada del Permiso de Circulación B.
• Informe de Vida Laboral actualizada.
• Currículum Vitae.
• Fotocopias compulsadas de las titulaciones universitarias
exigidas en la convocatoria.
• Fotocopias compulsadas de títulos y/o certificados
acreditativos de participación y/o asistencia a cursos y
seminarios impartidos u homologados por Entidades,
Instituciones o Centros Públicos Oficiales cuyo contenido
guarde relación directa con el puesto a cubrir.
• Contratos de trabajo acreditativos de la experiencia laboral
exigida en las presentes Bases o fotocopias debidamente
compulsadas de los mismos.
En Écija, a _____ de de 20___
Fdo, __________________________________
A/A Sr. PRESIDENTE DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA