1. Intendencia
Región
Metropolitana
Ministerio del
Interior y Seguridad
Pública
Departamento Jurídico
ID DOC : 7370689
CIRCULAR N° 2
ANT: D E C R E T O N ° 3 8 D E 2 0 1 1 ;
RESOLUCIÓN EXENTA N° 1545 DE
2014 DE ESTA INTENDENCIA
METROPOLITANA
MAT: ESTABLECE COE SECTORIAL DE
TRANSPORTES Y DETERMINA SU
P R O C E D I M I E N T O D E
CONVOCATORIA
SANTIAGO, 16 de Enero de 2015
DE : CLAUDIO ORREGO LARRAIN
INTENDENTE REGION METROPOLITANA
A : SEGUN DISTRIBUCION
1. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 38 de 2011 que modifica el Decreto N° 156 de 2002,
se aprueba el Plan Nacional de Protección Civil, y se determina la constitución de los Comités de Operaciones
de Emergencia (COE), como órganos coordinadores y ejecutores de acciones de respuesta y rehabilitación
frente a desastres o catástrofes.
2. La normativa referida precedentemente, dispone que ante la ocurrencia de un desastre o catástrofe de
carácter regional, se constituirá un Comité de Operaciones de Emergencia Regional, presidido por el Intendente
Regional.
3. Que mediante Resolución Exenta N° 1545 de 2014, de esta Intendencia Metropolitana, se ha constituido
un plan multisectorial en materia de respuesta a emergencias o desastres en la Región, destinado a la
coordinación del Sistema Regional de Protección Civil.
4. Que atendido la importancia del normal funcionamiento de los sistemas y medios de transporte en la
Región Metropolitana, resulta necesario establecer un procedimiento de convocatoria de un COE Regional
Sectorial de Transporte, basado en la normativa actual que regula su implementación y considerando la
planificación existente, definiendo su ámbito de aplicación, los organismos que lo integran y los enlaces
señalados por cada institución, estableciendo los medios de comunicación a emplear en la convocatoria y
definiendo el centro de operaciones de emergencia, del siguiente tenor:
I.OBJETIVO: En aquellos casos en que se produzca la afectación del sistema de transporte regional, basado en
ámbitos de movilidad asociada al transporte y que tenga incidencia directa en aspectos de seguridad pública y
emergencias, así como también en las actividades propias de la región, se convocará un COE Regional
Sectorial de Transporte, en la forma establecida en el siguiente acto administrativo, cuya composición y
funciones se detallan a continuación.
II.INTEGRANTES: El COE Regional de Transporte, estará integrado por el Intendente Metropolitano, quien será
su presidente; el Director Regional de la ONEMI; SEREMI de Obras Públicas; SEREMI de Transportes y
Telecomunicaciones; SEREMI de Educación; Director Regional de Transporte Público Metropolitano; SEREMI
del Trabajo; Carabineros de Chile; SERVIU; la Unidad Operativa de Control de Tránsito (OUCT) y Metro S.A.
Para estos efectos, el Centro de Alerta Temprana de la ONEMI, Región Metropolitana deberá mantener
actualizado un listado con los enlaces de cada una de las instituciones que forman parte del COE Regional de
Transporte, que corresponderá a sus respectivos Jefes de Servicio. Asimismo, mantendrá un listado actualizado
con los enlaces correspondientes a asesores técnicos y operativos de estas instituciones, a quienes también se
informará respecto de la convocatoria al COE Regional de Transportes.
III.EMERGENCIA:
Para estos efectos, se entenderá por emergencia de transporte, cualquier evento capaz de alterar gravemente el
funcionamiento habitual de transporte en la Región Metropolitana, o en una o más comunas de ella.
Ante la ocurrencia de un hecho que revista las características antes señaladas, él o los integrantes del COE
Sectorial de Transportes señalados en el numeral II precedente, informarán oportunamente a la Autoridad
Regional conjuntamente con la Dirección Regional de la ONEMI Metropolitana, a través de su Centro de Alerta
Temprana, respecto cualquier incidente que se registre, y que pudieran ocasionar una alteración grave al normal
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2. funcionamiento de transporte, con la potencialidad de constituir una emergencia. En este caso, deberán también
informar oportunamente respecto del análisis técnico de la situación y la aplicación de procedimientos internos, a
través del Centro de Alerta Temprana de la Región Metropolitana.
IV.RESPONSABILIDADES:
a. Intendente Metropolitano: En su calidad de Autoridad Regional, le corresponderá convocar al COE
Sectorial de Transporte, con base en los antecedentes técnicos y evaluación proporcionada por las entidades
involucradas en el o los hechos que provocan o en que se desarrolla la emergencia, y presidir el COE Sectorial
de Transporte.
b. Dirección Regional de ONEMI: A través del Centro de Alerta Temprana de la Región Metropolitana, le
corresponderá las siguientes funciones:
· Informar a los integrantes del COE Sectorial de Transporte, respecto del estado de situación del
incidente.
· Notificar a los integrantes del COE Sectorial de Transporte, respecto de su convocatoria al Centro de
Operaciones de Emergencia.
· Monitorear el incidente hasta su término manteniendo informada a la Autoridad Regional y demás
integrantes del COE Sectorial de Transporte.
c. Integrantes del COE Sectorial de Transporte:
A los integrantes del COE les corresponderá difundir y presentar la planificación existente en relación a la
variable abordada. Esta planificación contempla los planes de emergencia, planes de contingencia,
procedimientos internos e interinstitucionales, protocolos y planes de emergencia desarrollados en conjunto con
otras instituciones.
Convocado el COE Sectorial de Transporte por el Intendente Metropolitano, sus integrantes deben acudir al
Centro de Operaciones de Emergencia.
Asimismo, les corresponde Informar a la Autoridad Regional respecto de los recursos humanos, técnicos y
materiales con que cuenta cada integrante del COE Sectorial de Transporte, para atender la emergencia.
Para los efectos del listado de enlaces señalado en el numeral II, los integrantes del COE, deberán mantener
actualizada la información relativa a los enlaces designados por cada institución, comunicando oportunamente al
Centro de Alerta Temprana de la Región Metropolitana de cualquier modificación que se efectúe, quien a su vez
remitirá el listado actualizado al Intendente Metropolitano, para su registro.
V.CENTRO DE OPERACIONES DE EMERGENCIA: La Autoridad Regional convocará al COE Sectorial de
Transporte, cuyo centro de operaciones se encuentra en dependencias de la Intendencia Regional Metropolitana
ubicada en calle Morandé n° 93, Santiago, a menos que para el caso particular se convoque en un lugar distinto.
Para este proceso el Centro de Alerta Temprana de la Región Metropolitana notifica a cada integrante del COE,
por las siguientes vías en orden prioritario:
· Teléfono Celular
· Teléfono de Red Fija
· Sistema de telecomunicaciones UHF 800 Mhz digital P25 y
· Mensajes de texto.
Para todos los efectos, el Centro de Alerta Temprana de la ONEMI, Región Metropolitana, tiene los siguientes
datos de contacto:
Email: cat-rm@onemi.gov.cl
Teléfono fijo: 22 4018503 – 22 4018505
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3. Claudio Orrego Larrain
9404352-2
Intendente Región Metropolitana
Teléfono Móvil: 7220 0075
Fax: 226719479
Teléfono Satelital: 881 622 420 548
Sin otro particular,
JCd/AOR/FMR/fmr
Distribución:
1. /Intendencia Región Metropolitana/Departamento Jurídico
2. /Intendencia Región Metropolitana/Unidad de Comunicaciones
3. SEREMI DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
4. SEREMI EDUCACIÓN
5. CARABINEROS DE CHILE
6. DIRECTOR REGIONAL ONEMI
7. EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A.
8. UOCT
9. SERVIU
10. SEREMI DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES
11. SEREMI OBRAS PÚBLICAS
12. DIRECTOR DE TRANSPORTE PÚBLICO METROPOLITANO
13. Intendencia Región Metropolitana/Departamento de Administración y Finanzas/Oficina de Partes
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