¿Actividades de la Administración?
¿ Qué es el derecho público?
El derecho público es una rama de derecho que se encarga de estudiar, normar y regular las
actividades estatales y su interacción con los individuos de una sociedad.
Derecho Financiero Derecho Penal
Derecho Administrativo
Derecho Constitucional
La Función del Estado
Inglaterra : Juzgamiento de los actos del ejecutivo al Poder Judicial
Francia: Juzgamiento de los actos del ejecutivo le correspondía a la Administración y Luego a
tribunales Administrativos.
Poder Ejecutivo
(Gobierno Nacional)
Poder Legislativo
(Actividad normativa)
Poder Judicial
(Exclusividad función
jurisdiccional)
Función Administrativa
Permanentes, concreta,
practica e inmediata
Legislativa
Dictado de normas generales
obligatorias
Jurisdiccional
Decisión de
controversias
Las actividades de la administración
pública (Función administrativa)
Nos encontramos ante una autoridad de la administración pública cuando tenga alguna de estas
funciones:
1. Actividad de limitación de derechos.
2. Actividad prestacional.
3. Actividad de fomento.
4. Actividad normativa.
5. Actividad sancionadora.
6. Actividad cuasijurisdiccional.
7. Actividad arbitral.
Potestades de la Administración Pública
Potestad
reglamentaria
Potestad
organizativa
Potestad
revocatoria
Potestad
resolutiva
Potestad
adjudicativa y
autotutela.
¿Qué es la COVID-19?
Según la OMS, la COVID es la enfermedad infecciosa causada por el coronavirus que se ha
descubierto más recientemente. Tanto el nuevo virus como la enfermedad eran desconocidos
antes de que estalla el brote en Wuhan (China) en diciembre de 2019.
La Emergencia Sanitaria
Mediante DS 008-2020-SA “Se declara la
emergencia sanitaria por 90 días”
(11.03.2020)
Art. 79 Ley General de Salud
Ley N° 26842
La Autoridad de Salud queda
facultada a dictar medidas de
prevención y control para evitar
la aparición y propagación de
enfermedades transmisibles
Toda persona natural o jurídica
dentro de territorio quedan
obligadas al cumplimiento de
dichas medidas, bajo sanción.
¿Qué acciones se adoptaron?
Con DS 008-2020-MTC
suspenden vuelos provenientes
de Europa y Asia hacia esos
continentes por 30 días
calendarios prorrogables
Con Resolución Ministerial 297-
2020-IN suspenden
otorgamiento garantías para
efectuar realización de
concentración publica de más
de 30 personas
Del Decreto de Urgencia 025-2020
El día 11 de Marzo de 2020 se dicta la citada norma destinada a reforzar el sistema de vigilancia
y respuesta sanitaria frente al grave peligro de la propagación de la enfermedad causada por un
nuevo coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, a efectos de establecer mecanismos
inmediatos para la protección de la salud de la población y minimizar el impacto sanitario de
situaciones de afectación a ésta.
¿Quién juega un papel clave?
El Ministerio de Salud, en cumplimiento de su función rectora, es el encargado de planificar,
dictar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar todas las acciones orientadas a la prevención,
protección y control de la enfermedad producida por el COVID-19, con todas las instituciones
públicas y privadas, personas jurídicas y naturales que se encuentren en el territorio nacional,
conforme a las disposiciones de la Autoridad Sanitaria Nacional.
A través de la citada norma se efectúan transferencias de partidas para cumplir dicha acción.
Del DS 44-2020-PCM
Sustento Constitucional.- El numeral 1 del articulo 137 de la Constitución Política del Perú
establece que el Presidente de la República con acuerdo de Consejo de Ministros, puede
decretar por plazo determinado, en territorio nacional dando cuenta al Congreso o
Comisión Permanente, el Estado de Emergencia, en caso de graves circunstancias que
afecten la vida de la nación, pudiendo restringirse o suspenderse el ejercicio de los
derechos constitucionales relacionados a libertad y seguridad persona, inviolabilidad
domicilio, libertad de reunión y transito
Medidas adoptadas DS 044-2020-PCM
1. Declaratoria del Estado de Emergencia
2. Objetivo esencial.- GARANTIZAR ABASTECIMIENTO ALIMENTOS, MEDICINAS, y además,
servicios de agua, saneamiento energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones,
limpieza, recojo de residuos solidos, servicios funerarios, servicios complementarios y conexos.
3. Limitación al ejercicio a la libertad de tránsito de las personas y de vehículos.
4. Se dispone la suspensión del acceso al público a los locales y establecimientos a excepción de
los relacionados que han sido señalados precedentemente.
5. Cierre de fronteras, aunque las autoridades pueden dictar disposiciones con finalidad de
garantizar atención prioritaria para ingreso productos primera necesidad, para la salud, entre
otros.
6. Intervención de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas (Reglamento del DL 1195) D.S003-2020-
DE
Primera polémica: El DU 26-2020-PCM
1. El Trabajo remoto.- La característica es la prestación de servicios subordinada con la
presencia física del trabajador en su domicilio o lugar de aislamiento domicilio, utilizando
cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo,
siempre que la naturaleza de las labores lo permita. Se establecen obligaciones del empleador y
del trabajador
Grupo de riesgo
Personas mayores
60 años
Enfermedades
crónicas
RM 84-2020-MINSA
DU 029-2020
“Financiamiento
MYPES y
disposiciones
trabajo remoto
DS 010-2020-TR
SECTOR PRIVADO
TRABAJO REMOTOD
Decreto Legislativo
1456 “Establece
medidas
excepcionales
cooperación laboral
entre entidades
públicas”
(10.04.2020)
Del DU 026 al DU 029 en los
procedimientos administrativos
A través de la segunda disposición complementaria final del D.U 026-2020, de manera excepcional ,
se declara la suspensión por 30 días hábiles (contados a partir del día 16.03.2020) del computo de los
plazos de tramitación de los procedimientos administrativos sujetos a silencio positivo y negativo,
teniendo en cuenta lo siguiente:
1. Se encuentren en trámite a la entrada en vigencia de la norma.
2. Salvo que cuente con pronunciamiento de la entidad pendiente de notificación. (La validez y
eficacia del acto administrativo)
A través del D.U 029-2020 se declara en el artículo 28 que se suspenden por treinta días hábiles
(contados desde el día 21.03.2020), el computo de plazo de inicio y tramitación de los procedimientos
administrativo de cualquier índole, incluso los regulados por leyes y disposiciones especiales, que se
encuentren sujeto a plazo, incluyendo los que se encuentran en tramite.
¿Y la notificación de los actos emitidos antes del 16.03.2020 y para procedimientos especiales antes
del 21.03.2020?
Otras Disposiciones en materia de
Derecho Administrativo
1. INTERIOR
2. SUNAT
DS 004-2020-IN “Registro de personas que incumplen normas” Registro Administrativo – Base de datos (27.03.2020)
Resolución Ministerial N° 304-2020-IN “Protocolo implementación establece reglas transito” (17.3.2020) formulario
virtual 15 días.
RM 309-2020-IN “Protocolo implementación transito pase 48 horas” (31.03.2020)
1. Res 55-2020 y 64-2020 “Ampliación plazos operaciones mensuales) 16.03 y 30.03.2020
2. Res 008-2020 Facultad discrecional de no sancionar infracciones (18.03.2020)
3. Res 006-2020 Facultad discrecional de no sancionar actividad aduanera (20.03.2020)
4. Res 61-2020 Modificación plazo DJ IR hasta 5000 UITs
5. 5. 62-2020-SUNAT “Procedimiento excepcional inscripción RUC personal clave (25.03.2020)
Otras Disposiciones en materia de
Derecho Administrativo
RENIEC
MEF-OSCE
RJ 43-2020-INAC/RENIEC “Prorroga del DNI vencido” (17.03.2020)
RJ 44-2020-INAC/RENIEC “Gratuidad certificado para duplicado DNi personas
favorecidas cobro subsidio” (24.03.2020)
RD 001-2020-EF.54.01 “Suspensión plazos procedimientos selección por 15
días”. (17.03.2020)
RD 02-2020-EF.54.01 “Prroroga plazo al 13.04 (30.03.2020)
Otras Disposiciones en materia de
Derecho Administrativo
5. MINEM
RV 001-2020-MINEM/VME “Asegurar continuidad en la generación, transacción, distribución energía
eléctrica”. (19.03.2020)
6. INACAL
RD 002-2020-INACAL-DN “Norma Técnica Peruana sobre materiales médicos” (20.03.2020).
RD 003-2020-INACAL.DN “Guía para Limpieza y desinfección de manos y superficies” (06.04.2020)
7. MINSA
RM 139-2020-MINSA “Protección y atención personas con COVID 19” (30.03.2020)
RM 141-2020-MINSA “Implementación de equipos prueba rápida” (31.03.2020)
RM 144-2020-MINSA “Protocolo casos y traslado pacientes COVID” (31.03.2020)
RM 145-2020-MINSA “Directiva vigilancia pacientes COVID 19” (31.03.2020)
Otras Disposiciones en materia de
Derecho Administrativo
08. OSIPTEL
RCD 45-2020-CD-OSIPTEL “Medidas prestación servicios telecomunicaciones” (31.03.2020)
09. MINEDU
RV 84-2020-MINEDU “Medidas excepcionales educación” (01.04.2020)
RV 85-2020 “medidas universidades” (02.04.2020)
10.AFP
Circular 172-2020 “Retiro Extraordinario Fondo Pensiones” (02.04.2020)
Del Sector Productivo: Caso Pesca
PRODUCE
RM 123-2020-PRODUCE “Cuota jurel pesca artesanal 140 mil toneladas (25.03.2020)
RM 124-2020-PRODUCE “Ordenamiento Sechura” (25.03.2020)
RM 126-2020-PRODUCE “Modifican cuota captura bonito” 76000 TM
SANIPES
Res 27-2020-SANIPES-PE.- Guía para el establecimiento, implementación y reforzamiento de medidas
preventivas en infraestructuras pesquera y acuícola. (07.04.2020)
Autoridad Portuaria
Resolución de Presidencia de Directorio 007-2020-APN-PD “Lineamientos obligatorios para
desarrollar procedimientos y protocolos para prevenir el contagio del COVID 19 en las instalaciones
portuarias. (09.04.2020)
MINAM y MINAGRI
RM 82-2020-MINAM “Aprueban modulo ZF Loreto” (29.03.2020)
“Se sustenta en el Oficio 618-2019-MINAGRI-SERFOR-DE (03.12.2019) mediante el que se remite
Informe Técnico 518-2019-MINAGRI SERFOR-DGIOFFS/DCZO, complementado con Oficio 080-
2020-MINAGRI-SERFOR-DE e Informe Técnico 059-2020-MINAGRI-SERFOR-DGIOFFS/DCZO:
OPINION FAVORABLE.
“ Artículo 1.- Aprobar el Primer Modulo de la ZF del departamento de Loreto, que comprende la
Zona de Protección y Conservación Ecológica (ZPCE9 con una superficie total de 15 998,472.88 ha
compuesta por:
8,890,265.23 ha de ANP
7 098,207.65 HA de Ecosistema Priorizados para la Conservación de la Biodiversidad (EPCB)
Del Congreso de la República
Resoluciones Legislativas
001-2020-2021 “Modifica reglamento congreso 03 periodos ordinarios. (18.03.2020)
002-2020-2021-CR” Junta de portavoces y funcionamiento virtual” (28.03.2020)
Leyes
Ley 31010 “Modifican Ley Orgánica Elecciones” (27.03.2020)
Ley 31011 “Delegación facultades legislativas por 45 días calendario (27.03.2020)
Ley 31012 “Ley protección policial” (28.03.2020)
Ley 31013 “ Ley modifica productos farmacéuticos” (28.03.2020)
Ley 31014 “Ley uso de sustancias modelantes fines estéticos” (28.03.2020)
Ley 31015 “Ejecución de intervención en infraestructura núcleos ejecutores” (28.03.2020)
Ley 31016 Ley del Control Simultaneo por la Contraloría General de la República (08.04.2020)
De la Ley N° 31011
1. Se delega facultad legislativa por 45 días calendarios en las siguientes materias
SALUD
SEGURIDAD
CIUDADANA
PREVENCION Y
PROTECCION PERSONAS
VULNERABILIDAD
PROTECCION SECTORES
PRODUCTIVOS: Agricultura, pesca
artesanal, acuicultura, minería,
etc
EDUCACIÓN
BIENES Y SERVICIOS PARA LA
POBLACION
PROMOCION CULTURAL Y TURISMO
TRABAJO Y PRMOCION
DEL EMPLEO
Garantizar Derechos
POLITICA FISCAL
TRIBUTARIA
PROMOCIÓN DE LA INVERSIOB
Sucesión normativa DU
D.U 025-2020 “Enfrentar COVID 2019” (11.03.2020)
D.U 026-2020 “Adulto mayor, ATU desinfección, bono extraordinario trabajadores salud, tomas de muestra a domicilio, llamadas malintencionadas y
trabajo remoto, suspensión procedimientos 30 días hábiles” (15.03.2020)
D.U 027-2020 “Subsidio 380 soles y transferencia a Ministerio del Interior” (16.03.2020)
D.U 028-2020 “Compras por PERU COMPRAS a requerimiento INS adquisición pruebas 100.026.487 soles” (19.03.2020)
DU 029-2020 “Financiamiento MYPES crean fondo pymes, 30 días hábiles suspensión computo todo procedimiento. Trabajo remoto (20.03.2020)
DU 031-2020 “Ampliar capacidad línea emergencia, contratación personal salud, devolución impuestos pagados, alejamiento temporal 14 días
extranjeros” (23.03.2020)
DU 032-2020 “Desplazamiento médicos y unidad ejecutora Ate” (25.03.2020)
DU 033-2020 “Compras canastas básicas para repartir municipalidades 213, 650 millones soles, disponen 2400 soles CTS, 10% de cuota
capitalizable, subsidio de 1500 soles empresas (27.03.2020)
DU 34-2020 “Retiro fondo 2000 soles a AFP a no aportantes 6 meses” (01.04.2020)
DU 35-2020 “Continuidad servicios públicos básicos población vulnerable y equipamiento (03.04.2020)
DU 36-2020 “Establece medidas para reducir impacto transferencia fondos al MINTRA, trabajadores independientes, pescadores artesanales,
fraccionamiento recibos servicios saneamiento, camiones cisternas, prorroga ejecución cartas fianzas (10.04.2020)
Normas relacionadas al Estado de
Emergencia
DS 044-2020-PCM “Estado de Emergencia 15 días calendario y aislamiento social obligatorio a excepción de abastecimiento, entre otros”
(15.03.2020)
DS 45-2020-PCM “Precisiones personas que retornan al país” (17.03.2020)
DS 46-2020-PCM “Precisiones estado de emergencia circulación inmovilización 08 pm a 5.am” (18.03.2020)
DS 51-2020-PCM “Prorroga Estado de Emergencia hasta el 12 de abril e inmovilización social obligatoria de 8 a 5 am”. (27.03.2020)
DS 053-2020-PCM “Inmovilización social Lima de 6 pm a 5 am a excepción Loreto y norte (4pm a 5am) (30.03.2020) VIGENCIA DS 44,45,46 y 51
DS 057-2020-PCM “Desplazamiento hombres (L,MyV) mujeres (M,J,S) DOMINGO NADIE. Lima” (02.04.2020)
DS 058-2020-PCM “Inclusión actividades productivas” (02.04.2020)
DS 59-2020-PCM “Indeci canaliza donaciones” (04.04.2020)
DS 061-2020-PCM “Inmovilización social obligatoria jueves y viernes santo” (08.04.2020)
DS 063-2020-PCM “Modificación del DS 44-2020 relacionado al tránsito excepcional a los funcionarios a la CGR y personal de los OCI (09.04.2020)
DS 064-2020-PCM “prórroga estado de emergencia HASTA EL 26 DE ABRIL DE 2020. La inmovilización social obligatoria, en todos los domicilios
desde las 18.00 horas hasta las 04 pm, a excepción del norte y loreto desde las 16.00 hasta las 04 pm” salida una persona por familia, con
mascarilla, domingo nadie sale.
Muchas Gracias
cesarluiscorrea24@gmail.com
https://cronicasdederechoadministrativo.blogspot.com/
Cesar Luis Correa Zúñiga

Sesion webinar

  • 2.
    ¿Actividades de laAdministración?
  • 3.
    ¿ Qué esel derecho público? El derecho público es una rama de derecho que se encarga de estudiar, normar y regular las actividades estatales y su interacción con los individuos de una sociedad. Derecho Financiero Derecho Penal Derecho Administrativo Derecho Constitucional
  • 4.
    La Función delEstado Inglaterra : Juzgamiento de los actos del ejecutivo al Poder Judicial Francia: Juzgamiento de los actos del ejecutivo le correspondía a la Administración y Luego a tribunales Administrativos. Poder Ejecutivo (Gobierno Nacional) Poder Legislativo (Actividad normativa) Poder Judicial (Exclusividad función jurisdiccional) Función Administrativa Permanentes, concreta, practica e inmediata Legislativa Dictado de normas generales obligatorias Jurisdiccional Decisión de controversias
  • 5.
    Las actividades dela administración pública (Función administrativa) Nos encontramos ante una autoridad de la administración pública cuando tenga alguna de estas funciones: 1. Actividad de limitación de derechos. 2. Actividad prestacional. 3. Actividad de fomento. 4. Actividad normativa. 5. Actividad sancionadora. 6. Actividad cuasijurisdiccional. 7. Actividad arbitral.
  • 6.
    Potestades de laAdministración Pública Potestad reglamentaria Potestad organizativa Potestad revocatoria Potestad resolutiva Potestad adjudicativa y autotutela.
  • 7.
    ¿Qué es laCOVID-19? Según la OMS, la COVID es la enfermedad infecciosa causada por el coronavirus que se ha descubierto más recientemente. Tanto el nuevo virus como la enfermedad eran desconocidos antes de que estalla el brote en Wuhan (China) en diciembre de 2019.
  • 8.
    La Emergencia Sanitaria MedianteDS 008-2020-SA “Se declara la emergencia sanitaria por 90 días” (11.03.2020) Art. 79 Ley General de Salud Ley N° 26842 La Autoridad de Salud queda facultada a dictar medidas de prevención y control para evitar la aparición y propagación de enfermedades transmisibles Toda persona natural o jurídica dentro de territorio quedan obligadas al cumplimiento de dichas medidas, bajo sanción.
  • 9.
    ¿Qué acciones seadoptaron? Con DS 008-2020-MTC suspenden vuelos provenientes de Europa y Asia hacia esos continentes por 30 días calendarios prorrogables Con Resolución Ministerial 297- 2020-IN suspenden otorgamiento garantías para efectuar realización de concentración publica de más de 30 personas
  • 10.
    Del Decreto deUrgencia 025-2020 El día 11 de Marzo de 2020 se dicta la citada norma destinada a reforzar el sistema de vigilancia y respuesta sanitaria frente al grave peligro de la propagación de la enfermedad causada por un nuevo coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, a efectos de establecer mecanismos inmediatos para la protección de la salud de la población y minimizar el impacto sanitario de situaciones de afectación a ésta. ¿Quién juega un papel clave? El Ministerio de Salud, en cumplimiento de su función rectora, es el encargado de planificar, dictar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar todas las acciones orientadas a la prevención, protección y control de la enfermedad producida por el COVID-19, con todas las instituciones públicas y privadas, personas jurídicas y naturales que se encuentren en el territorio nacional, conforme a las disposiciones de la Autoridad Sanitaria Nacional. A través de la citada norma se efectúan transferencias de partidas para cumplir dicha acción.
  • 11.
    Del DS 44-2020-PCM SustentoConstitucional.- El numeral 1 del articulo 137 de la Constitución Política del Perú establece que el Presidente de la República con acuerdo de Consejo de Ministros, puede decretar por plazo determinado, en territorio nacional dando cuenta al Congreso o Comisión Permanente, el Estado de Emergencia, en caso de graves circunstancias que afecten la vida de la nación, pudiendo restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relacionados a libertad y seguridad persona, inviolabilidad domicilio, libertad de reunión y transito
  • 12.
    Medidas adoptadas DS044-2020-PCM 1. Declaratoria del Estado de Emergencia 2. Objetivo esencial.- GARANTIZAR ABASTECIMIENTO ALIMENTOS, MEDICINAS, y además, servicios de agua, saneamiento energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza, recojo de residuos solidos, servicios funerarios, servicios complementarios y conexos. 3. Limitación al ejercicio a la libertad de tránsito de las personas y de vehículos. 4. Se dispone la suspensión del acceso al público a los locales y establecimientos a excepción de los relacionados que han sido señalados precedentemente. 5. Cierre de fronteras, aunque las autoridades pueden dictar disposiciones con finalidad de garantizar atención prioritaria para ingreso productos primera necesidad, para la salud, entre otros. 6. Intervención de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas (Reglamento del DL 1195) D.S003-2020- DE
  • 13.
    Primera polémica: ElDU 26-2020-PCM 1. El Trabajo remoto.- La característica es la prestación de servicios subordinada con la presencia física del trabajador en su domicilio o lugar de aislamiento domicilio, utilizando cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita. Se establecen obligaciones del empleador y del trabajador Grupo de riesgo Personas mayores 60 años Enfermedades crónicas RM 84-2020-MINSA DU 029-2020 “Financiamiento MYPES y disposiciones trabajo remoto DS 010-2020-TR SECTOR PRIVADO TRABAJO REMOTOD Decreto Legislativo 1456 “Establece medidas excepcionales cooperación laboral entre entidades públicas” (10.04.2020)
  • 14.
    Del DU 026al DU 029 en los procedimientos administrativos A través de la segunda disposición complementaria final del D.U 026-2020, de manera excepcional , se declara la suspensión por 30 días hábiles (contados a partir del día 16.03.2020) del computo de los plazos de tramitación de los procedimientos administrativos sujetos a silencio positivo y negativo, teniendo en cuenta lo siguiente: 1. Se encuentren en trámite a la entrada en vigencia de la norma. 2. Salvo que cuente con pronunciamiento de la entidad pendiente de notificación. (La validez y eficacia del acto administrativo) A través del D.U 029-2020 se declara en el artículo 28 que se suspenden por treinta días hábiles (contados desde el día 21.03.2020), el computo de plazo de inicio y tramitación de los procedimientos administrativo de cualquier índole, incluso los regulados por leyes y disposiciones especiales, que se encuentren sujeto a plazo, incluyendo los que se encuentran en tramite. ¿Y la notificación de los actos emitidos antes del 16.03.2020 y para procedimientos especiales antes del 21.03.2020?
  • 15.
    Otras Disposiciones enmateria de Derecho Administrativo 1. INTERIOR 2. SUNAT DS 004-2020-IN “Registro de personas que incumplen normas” Registro Administrativo – Base de datos (27.03.2020) Resolución Ministerial N° 304-2020-IN “Protocolo implementación establece reglas transito” (17.3.2020) formulario virtual 15 días. RM 309-2020-IN “Protocolo implementación transito pase 48 horas” (31.03.2020) 1. Res 55-2020 y 64-2020 “Ampliación plazos operaciones mensuales) 16.03 y 30.03.2020 2. Res 008-2020 Facultad discrecional de no sancionar infracciones (18.03.2020) 3. Res 006-2020 Facultad discrecional de no sancionar actividad aduanera (20.03.2020) 4. Res 61-2020 Modificación plazo DJ IR hasta 5000 UITs 5. 5. 62-2020-SUNAT “Procedimiento excepcional inscripción RUC personal clave (25.03.2020)
  • 16.
    Otras Disposiciones enmateria de Derecho Administrativo RENIEC MEF-OSCE RJ 43-2020-INAC/RENIEC “Prorroga del DNI vencido” (17.03.2020) RJ 44-2020-INAC/RENIEC “Gratuidad certificado para duplicado DNi personas favorecidas cobro subsidio” (24.03.2020) RD 001-2020-EF.54.01 “Suspensión plazos procedimientos selección por 15 días”. (17.03.2020) RD 02-2020-EF.54.01 “Prroroga plazo al 13.04 (30.03.2020)
  • 17.
    Otras Disposiciones enmateria de Derecho Administrativo 5. MINEM RV 001-2020-MINEM/VME “Asegurar continuidad en la generación, transacción, distribución energía eléctrica”. (19.03.2020) 6. INACAL RD 002-2020-INACAL-DN “Norma Técnica Peruana sobre materiales médicos” (20.03.2020). RD 003-2020-INACAL.DN “Guía para Limpieza y desinfección de manos y superficies” (06.04.2020) 7. MINSA RM 139-2020-MINSA “Protección y atención personas con COVID 19” (30.03.2020) RM 141-2020-MINSA “Implementación de equipos prueba rápida” (31.03.2020) RM 144-2020-MINSA “Protocolo casos y traslado pacientes COVID” (31.03.2020) RM 145-2020-MINSA “Directiva vigilancia pacientes COVID 19” (31.03.2020)
  • 18.
    Otras Disposiciones enmateria de Derecho Administrativo 08. OSIPTEL RCD 45-2020-CD-OSIPTEL “Medidas prestación servicios telecomunicaciones” (31.03.2020) 09. MINEDU RV 84-2020-MINEDU “Medidas excepcionales educación” (01.04.2020) RV 85-2020 “medidas universidades” (02.04.2020) 10.AFP Circular 172-2020 “Retiro Extraordinario Fondo Pensiones” (02.04.2020)
  • 19.
    Del Sector Productivo:Caso Pesca PRODUCE RM 123-2020-PRODUCE “Cuota jurel pesca artesanal 140 mil toneladas (25.03.2020) RM 124-2020-PRODUCE “Ordenamiento Sechura” (25.03.2020) RM 126-2020-PRODUCE “Modifican cuota captura bonito” 76000 TM SANIPES Res 27-2020-SANIPES-PE.- Guía para el establecimiento, implementación y reforzamiento de medidas preventivas en infraestructuras pesquera y acuícola. (07.04.2020) Autoridad Portuaria Resolución de Presidencia de Directorio 007-2020-APN-PD “Lineamientos obligatorios para desarrollar procedimientos y protocolos para prevenir el contagio del COVID 19 en las instalaciones portuarias. (09.04.2020)
  • 20.
    MINAM y MINAGRI RM82-2020-MINAM “Aprueban modulo ZF Loreto” (29.03.2020) “Se sustenta en el Oficio 618-2019-MINAGRI-SERFOR-DE (03.12.2019) mediante el que se remite Informe Técnico 518-2019-MINAGRI SERFOR-DGIOFFS/DCZO, complementado con Oficio 080- 2020-MINAGRI-SERFOR-DE e Informe Técnico 059-2020-MINAGRI-SERFOR-DGIOFFS/DCZO: OPINION FAVORABLE. “ Artículo 1.- Aprobar el Primer Modulo de la ZF del departamento de Loreto, que comprende la Zona de Protección y Conservación Ecológica (ZPCE9 con una superficie total de 15 998,472.88 ha compuesta por: 8,890,265.23 ha de ANP 7 098,207.65 HA de Ecosistema Priorizados para la Conservación de la Biodiversidad (EPCB)
  • 21.
    Del Congreso dela República Resoluciones Legislativas 001-2020-2021 “Modifica reglamento congreso 03 periodos ordinarios. (18.03.2020) 002-2020-2021-CR” Junta de portavoces y funcionamiento virtual” (28.03.2020) Leyes Ley 31010 “Modifican Ley Orgánica Elecciones” (27.03.2020) Ley 31011 “Delegación facultades legislativas por 45 días calendario (27.03.2020) Ley 31012 “Ley protección policial” (28.03.2020) Ley 31013 “ Ley modifica productos farmacéuticos” (28.03.2020) Ley 31014 “Ley uso de sustancias modelantes fines estéticos” (28.03.2020) Ley 31015 “Ejecución de intervención en infraestructura núcleos ejecutores” (28.03.2020) Ley 31016 Ley del Control Simultaneo por la Contraloría General de la República (08.04.2020)
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    De la LeyN° 31011 1. Se delega facultad legislativa por 45 días calendarios en las siguientes materias SALUD SEGURIDAD CIUDADANA PREVENCION Y PROTECCION PERSONAS VULNERABILIDAD PROTECCION SECTORES PRODUCTIVOS: Agricultura, pesca artesanal, acuicultura, minería, etc EDUCACIÓN BIENES Y SERVICIOS PARA LA POBLACION PROMOCION CULTURAL Y TURISMO TRABAJO Y PRMOCION DEL EMPLEO Garantizar Derechos POLITICA FISCAL TRIBUTARIA PROMOCIÓN DE LA INVERSIOB
  • 23.
    Sucesión normativa DU D.U025-2020 “Enfrentar COVID 2019” (11.03.2020) D.U 026-2020 “Adulto mayor, ATU desinfección, bono extraordinario trabajadores salud, tomas de muestra a domicilio, llamadas malintencionadas y trabajo remoto, suspensión procedimientos 30 días hábiles” (15.03.2020) D.U 027-2020 “Subsidio 380 soles y transferencia a Ministerio del Interior” (16.03.2020) D.U 028-2020 “Compras por PERU COMPRAS a requerimiento INS adquisición pruebas 100.026.487 soles” (19.03.2020) DU 029-2020 “Financiamiento MYPES crean fondo pymes, 30 días hábiles suspensión computo todo procedimiento. Trabajo remoto (20.03.2020) DU 031-2020 “Ampliar capacidad línea emergencia, contratación personal salud, devolución impuestos pagados, alejamiento temporal 14 días extranjeros” (23.03.2020) DU 032-2020 “Desplazamiento médicos y unidad ejecutora Ate” (25.03.2020) DU 033-2020 “Compras canastas básicas para repartir municipalidades 213, 650 millones soles, disponen 2400 soles CTS, 10% de cuota capitalizable, subsidio de 1500 soles empresas (27.03.2020) DU 34-2020 “Retiro fondo 2000 soles a AFP a no aportantes 6 meses” (01.04.2020) DU 35-2020 “Continuidad servicios públicos básicos población vulnerable y equipamiento (03.04.2020) DU 36-2020 “Establece medidas para reducir impacto transferencia fondos al MINTRA, trabajadores independientes, pescadores artesanales, fraccionamiento recibos servicios saneamiento, camiones cisternas, prorroga ejecución cartas fianzas (10.04.2020)
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    Normas relacionadas alEstado de Emergencia DS 044-2020-PCM “Estado de Emergencia 15 días calendario y aislamiento social obligatorio a excepción de abastecimiento, entre otros” (15.03.2020) DS 45-2020-PCM “Precisiones personas que retornan al país” (17.03.2020) DS 46-2020-PCM “Precisiones estado de emergencia circulación inmovilización 08 pm a 5.am” (18.03.2020) DS 51-2020-PCM “Prorroga Estado de Emergencia hasta el 12 de abril e inmovilización social obligatoria de 8 a 5 am”. (27.03.2020) DS 053-2020-PCM “Inmovilización social Lima de 6 pm a 5 am a excepción Loreto y norte (4pm a 5am) (30.03.2020) VIGENCIA DS 44,45,46 y 51 DS 057-2020-PCM “Desplazamiento hombres (L,MyV) mujeres (M,J,S) DOMINGO NADIE. Lima” (02.04.2020) DS 058-2020-PCM “Inclusión actividades productivas” (02.04.2020) DS 59-2020-PCM “Indeci canaliza donaciones” (04.04.2020) DS 061-2020-PCM “Inmovilización social obligatoria jueves y viernes santo” (08.04.2020) DS 063-2020-PCM “Modificación del DS 44-2020 relacionado al tránsito excepcional a los funcionarios a la CGR y personal de los OCI (09.04.2020) DS 064-2020-PCM “prórroga estado de emergencia HASTA EL 26 DE ABRIL DE 2020. La inmovilización social obligatoria, en todos los domicilios desde las 18.00 horas hasta las 04 pm, a excepción del norte y loreto desde las 16.00 hasta las 04 pm” salida una persona por familia, con mascarilla, domingo nadie sale.
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