Este documento clasifica las obligaciones según su vínculo en el derecho romano y venezolano. Primero, las divide en civiles, honorarias o pretorianas, y de derecho de gentes, dependiendo de su autoridad. Luego, las distingue en de derecho estricto y de buena fe, según su formalismo. Finalmente, las categoriza en perfectamente sancionadas o civiles, imperfectamente sancionadas o naturales, y naturales impropias, de acuerdo al alcance de su sanción. Además, menciona