Este documento establece las directrices para cubrir cargos interinos y suplencias de profesores de 7o, 8o y 9o grado. Primero se considerarán maestros efectivos de la escuela con capacitación en el nivel y área correspondientes. Luego se revisarán maestros de otras escuelas cercanas y de la jurisdicción, ordenados por antigüedad y desempeño. Finalmente, se analizará a docentes en formación y que participan en cursos de capacitación.