Resuelve el papeleo de autónomo en 5 pasosLuis Rivera
Este documento describe la manera más sencilla para cumplir con las obligaciones fiscales
resultantes de ser autónomo en la Comunidad de Madrid. Este procedimiento asume que tienes tu
firma digital como autónomo y tienes dado de alta:
• Declaración censal. Antes de iniciar las actividades. Modelo 036. Datos a presentar
o NIF
o Información actividades económicas (Alta IAE)
o IVA por el que opta: General o Especial
o IRPF por el que opta: Directa (normal o simplificada) o Objetiva
• Alta en IAE (en el modelo 036 anterior si está exento de pago y modelos 840/848 si tributa)
SERVICIOS PROFESIONALES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO MGMCCONTADORES
RESUMEN INFOGRÁFICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO PARA LOS SERVICIOS PROFESIONALES, CONOCE LOS DETALLES, Y COMPÁRTELO SI ES DE TU AGRADO.
Resuelve el papeleo de autónomo en 5 pasosLuis Rivera
Este documento describe la manera más sencilla para cumplir con las obligaciones fiscales
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• Declaración censal. Antes de iniciar las actividades. Modelo 036. Datos a presentar
o NIF
o Información actividades económicas (Alta IAE)
o IVA por el que opta: General o Especial
o IRPF por el que opta: Directa (normal o simplificada) o Objetiva
• Alta en IAE (en el modelo 036 anterior si está exento de pago y modelos 840/848 si tributa)
SERVICIOS PROFESIONALES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO MGMCCONTADORES
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DICTAMEN FINAL DE LAS LEYES FEDERAL
CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA, Y DE SEGURIDAD NACIONAL, ASÍ COMO DE LOS CÓDIGOS NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, FISCAL DE LA FEDERACIÓN, Y PENAL FEDERAL
Breve análisis del reporte 32-D que para efectos fiscales ha estado representado un verdadero dolor de cabeza para los contribuyentes en México, URGE QUE EL SAT TENGA UNA PLATAFORMA DIGNA, CONFIABLE Y VELOZ.
EL MERCADO LABORAL EN EL SEMESTRE EUROPEO. COMPARATIVA.ManfredNolte
Hoy repasaremos a uña de caballo otro reciente documento de la Comisión (SWD-2024) que lleva por título ‘Análisis de países sobre la convergencia social en línea con las características del Marco de Convergencia Social (SCF)’.
Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
“La teoría de la producción sostiene que en un proceso productivo que se caracteriza por tener factores fijos (corto plazo), al aumentar el uso del factor variable, a partir de cierta tasa de producción
1. C.P.C. DANIELLA SÀNCHEZ HERNÀNDEZ
C.P.C. MARCO ANTONIO MARTÌNEZ
GÒMEZ
MATRIZ DE ERRORES DE COMPLEMENTO
PARA RECEPCIÒN DE PAGOS 2018
2. MATRIZ DE RECEPCIÒN DE PAGOS A PARTIR DE SEPTIEMBRE
2018
ELEMENTOS ATRIBUTOS
REGLAS DE
VALIDACIÒN
CODIGOS
DE ERROR
VALIDACIONES CFDI 3.3 22 19 22 22
VALIDACIONES DE RECEPCIÒN
DE PAGOS 40 39 40 40