Este documento contiene dos escritos presentados ante un juez de familia en Moquegua, Perú. El primer escrito solicita que se declare consentida una sentencia de sucesión intestada a favor de Virgilia Reyna Ramos Chahuares. El segundo escrito adjunta el pago de aranceles requerido para la inscripción de un reconocimiento de unión de hecho a favor de Karen Yomelin Vizcarra Maquera. Ambos escritos cumplen con los requerimientos de las respectivas resoluciones judiciales.
Por motivos de fuerza mayor o caso fortuito no se puede ir a una diligencia de declaración programada por el Fiscal, en estos casos puede solicitar una reprogramación (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
El Comité Organizador de PERUMIN – 32 Convención Minera pone en conocimiento a la opinión pública que, por razones ajenas a nuestro control, hemos visto la necesidad de postergar la fecha de realización del concierto Festival de la Juventud a realizarse este viernes 25 de setiembre en el Jardín de la Cerveza de Arequipa.
Por motivos de fuerza mayor o caso fortuito no se puede ir a una diligencia de declaración programada por el Fiscal, en estos casos puede solicitar una reprogramación (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
El Comité Organizador de PERUMIN – 32 Convención Minera pone en conocimiento a la opinión pública que, por razones ajenas a nuestro control, hemos visto la necesidad de postergar la fecha de realización del concierto Festival de la Juventud a realizarse este viernes 25 de setiembre en el Jardín de la Cerveza de Arequipa.
CÓMO SOLICITAR AL JUEZ QUE EMITA UNA RESOLUCIÓN: Se sugiere que antes de presentar este escrito se realice el trabajo de campo y se hable directamente con el personal encargado de emitir la resolución, de no obtener resultados se aconseja presentar este escrito que servirá de prueba de la demora injustificada del proceso (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
CÓMO SOLICITAR AL JUEZ QUE EMITA UNA RESOLUCIÓN: Se sugiere que antes de presentar este escrito se realice el trabajo de campo y se hable directamente con el personal encargado de emitir la resolución, de no obtener resultados se aconseja presentar este escrito que servirá de prueba de la demora injustificada del proceso (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES – SEDE CENTRAL
4° SALA PENAL DE APELACIONES - SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE : 04905-2021-0-1826-JR-PE-13
JUECES SUPERIORES : EGOAVIL ABAD/ VILLANUEVA ALCÁNTARA/ AHOMED CHÁVEZ
ESPECIALISTA : QUISPE CÁRDENAS SAUL HEBER
QUERELLADO : CHÁVEZ DURAN, ENRIQUE
DELITO : DIFAMACIÓN
CABANILLAS LEÓN, CARLOS ENRIQUE
DELITO : DIFAMACIÓN
QUERELLANTE : BRESCIA ÁLVAREZ, MARÍA DEL PILAR YRAIDA JUANA
MATERIA : APELACIÓN DE SENTENCIA
RESOLUCIÓN No VEINTIUNO.
Lima veintidós de marzo del año dos mil veintitrés.
AUTOS Y VISTOS: Por recibidos los autos. Y CONSIDERANDO:
PRIMERO: Viene en grado el recurso de apelación de sentencia interpuesto por la defensa
técnica de los sentenciados ENRIQUE CHÁVEZ DURAN y CARLOS ENRIQUE CABANILLAS LEÓN,
contra la Sentencia contenida en la resolución número diecinueve de fecha treinta de enero de
dos mil veintitrés que declaró responsables a ENRIQUE CHÁVEZ DURAN y CARLOS ENRIQUE
CABANILLAS LEÓN autor del delito contra el honor, en su modalidad de difamación agravada, en
agravio de MARÍA DEL PILAR YRAIDA JUANA BRESCIA ÁLVAREZ..
SEGUNDO: Encontrándonos ante una apelación de sentencia1, cuyo trámite procesal
corresponde conforme está establecido en el artículo 421°.1 del Código Procesal Penal que
prescribe lo siguiente: Artículo 421˚.- Trámite inicial 1. Recibidos los autos, la Sala conferirá traslado
del escrito de fundamentación del recurso de apelación por el plazo de cinco días.
Por lo expuesto, los jueces superiores integrantes de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones, de la
Corte Superior de Justicia de Lima:
DISPONEN:
1. CORRER TRASLADO A LOS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO DE CINCO DÍAS, del
escrito de fundamentación del recurso de apelación de sentencia, contra la sentencia
contenida en la Resolución N° 19 de fecha 30 de enero de 2023; y para los efectos de la
presentación de cualquier escrito deberá realizarse a través de la Mesa de Partes
Electrónica vía SINOE;
2. Notifíquese. -
SS.
EGOAVIL ABAD. - VILLANUEVA ALCÁNTARA. – AHOMED CHÁVEZ. -
1 Sentencia recaída en la resolución N° 19 de fecha 30 de enero del 2023, –véase folios 368 a 394-.
Esta sentencia corríge de la Audiciencia Provincial de La Rioja corrige la emitida por el juzgado de lo penal y deja la Nuestros compañeros no van a entrar en prisión, ya que la Audiencia Provincial de La Rioja ha absuelto a Jorge y ha rebajado la condena de Pablo a un año.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
1. Especialista. Marina Ramos Mollocondo
Exp. N°01980-2019-2801-JR-FC-02
Escrito No.
Sumilla: PAGO CORRESPONDIENTE
SEÑORJUEZ DEL SEGUNDOJUZGADO DEFAMILIADELA
PROVINCIA DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. –
RAMOS CHAHUARES VIRGILIA REYNA en el proceso
sobre SUCESIÓN INTESTADA, que se sigue con MINISTERIO PUBLICO, a usted
respetuosamente me presento y digo:
Conforme a la Resolución N°23-2021(sentencia) de
fecha 29 de octubre del 2021, que resuelve DECLARAR FUNDADA LA DEMANDA
la solicitud de SUCESION INTESTADA PRESENTADA POR VIRGILIA REYNA RAMOS
CHAHUARES, POR ANTE SU DESPACHO SOLICITO QUE SE DECLARE CONSENTIDA
LA SENTENCIA EMITIDA POR SU DESPACHO.
POR LO EXPUESTO:
A Usted señor juez, ruego acceder a mi pedido.
OTROSSI DIGO:Enméritode losarancelesjudicialespor
partes judiciales, que acompaño en la presente, POR ANTE SU DESPACHO
PROCEDOA SOLICITAR SECURSEOFICIOA REGISTROSPÚBLICOSDEMOQUEGUA
PARA QUESEINSCRIBADEFORMADEFINITIVALA SENTENCIA, RUEGOACCEDERA
MI PEDIDO.
OTROSI DIGO: como anexo acompaño:
- 04 cedulas de notificación.
- Arancel por partes judiciales.
Moquegua, 17 Noviembre del 2021.
2. Especialista. Marina Ramos Mollocondo
Exp. N°01980-2019-2801-JR-FC-02
Escrito No.
Sumilla: CUMPLO CON ADJUNTAR
SEÑORJUEZ DEL SEGUNDOJUZGADODEFAMILIADELA
PROVINCIA DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. –
KAREN YOMELIN VIZCARRA MAQUERA en el proceso
sobre RECONOCIMIENTODEUNION DE HECHO, quesesigueconEDER ABELCRUZ
TORRES, a usted respetuosamente me presento y digo:
Conforme a la resolución 15 de fecha 16 de noviembre
en la cual indica, Remítase Partes Judiciales, a Registros Públicos para la
inscripción en el Registro Correspondiente, previo pago de aranceles
correspondiente, en atencióna ellocumploconadjuntaren la presenteelarancel
por derecho de Partes Registrales para se dé cumplimiento a lo dispuesto por su
despacho.
POR LO EXPUESTO:
A Usted señor juez, se tenga porcumplido el mandato
OTROSI DIGO: como anexo acompaño:
- 02 Cedulas de notificación.
- 01 Arancel por partes judiciales.
Moquegua, 17 noviembre del 2021.