Este documento es un contrato de trabajo a tiempo determinado entre un empleador y un empleado. El contrato establece que el empleado prestará sus servicios en un puesto específico por un período determinado a cambio de un salario mensual. El contrato también especifica los deberes y responsabilidades del empleado, así como las condiciones de terminación del contrato una vez finalizado el período acordado.
CONTRATO PARA TRABAJADOR DE CONFIANZA: Se indican los principales aspectos que se deben de tener en cuenta en la contratación de un trabajador de confianza (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
CONTRATO TEMPORAL POR INICIO DE NUEVA ACTIVIDAD
Consta por el presente documento de Contrato de trabajo SUJETO A MODALIDAD, que bajo la denominación de CONTRATO TEMPORAL POR INICIO DE NUEVA ACTIVIDAD, celebramos por una parte, la Empresa TRANSPORTES “STAR” con Registro Unico de contribuyente N°010400390 con domicilio en JIRON CALLE LIMA-CENTRO, a la que en adelante se denominara LA EMPRESA, debidamente representada por su gerente general Don (a) MARCOS SALINAS CABELLO identificado con D.N.I. N° 04082108 , con poder escrito en el Registro Publico de Pasco en l ficha N°1834 y por otra parte Don CARLOS MAYTA CONDOR indentificado con D.N.I N° 04018988 de estado Civil SOLTERO, Con domicilio real en JR. SAN MARTIN-SAN JUAN a quien en adelante se le denominara EL TRABAJADOR, contrato que observando las formalidades legales, suscribimos en el ejercicio de nuestra libertad contractual, según las clausulas y condiciones siguientes:
PRIMERA: La actividad económica principal de la EMPRESA, es el TRANSPORTE “STAR” LA EMPRESA, por acuerdo de su directorio, debidamente inscrito en el Registro Público de la NACION Ficha N°1834 acordó iniciar temporalmente y en forma experimental una nueva actividad empresarial consistente en prestar servicio de reparación de vehículos.
SEGUNDO: La empresa necesita cubrir el puesto de conductor para el establecimiento dela empresa TRANSPORTE “STAR”
TERCERO: La EMPRESA, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 57 de la ley de Productividad y competitividad laboral, contra los servicios del Sr CARLOS MAYTA CONDOR, para que ocupe el puesto de CONDUCTOR en el TRANSPORTE “STAR”, ubicado en JR SAN MARTIN- SAN MATIN De la ciudad de CERRO DE PASCO.
CUARTO: El plazo de contrato es de 3 MESES Se inicia el 10 DE OCTUBRE y vence el 10 DE ENERO Vencido el plazo, el contrato queda resuelto automáticamente, sin requerirse de aviso previo
QUINTO: La jornada Ordinaria de trabajo es de ocho horas de lunes a SABADO siendo horario de trabajo de 8.00 AM a 6.00 PM horas
SEXTA: EL TRABAJADOR, percibirá una remuneración mensual de S/ 750.00 La misma que será abonada puntualmente. En casos justificados se podrá adelantar hasta el 30% de la remuneración, son más trámite que la suscripción de un vale.
SEPTIMA: Este contrato esta normado por la ley de productividad y competitividad laboral, aprobado por D.S.N°003-97-TR
OCTAVA: El presente contrato se suscribe por triplicado, obligándose el empleador a remitir una copia a la autoridad administrativa de trabajo para su conocimiento y registro.
Las partes debidamente enteradas del tenor del presente documento, en usos de sus facultades y derechos los suscriben en la ciudad de CERRO DE PASCO a los CINCO Días de mes de OCTUBRE de 2013
………………………………. ……………………………
LA EMPRESA EL TRABAJADOR
CONTRATO PARA TRABAJADOR DE CONFIANZA: Se indican los principales aspectos que se deben de tener en cuenta en la contratación de un trabajador de confianza (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
CONTRATO TEMPORAL POR INICIO DE NUEVA ACTIVIDAD
Consta por el presente documento de Contrato de trabajo SUJETO A MODALIDAD, que bajo la denominación de CONTRATO TEMPORAL POR INICIO DE NUEVA ACTIVIDAD, celebramos por una parte, la Empresa TRANSPORTES “STAR” con Registro Unico de contribuyente N°010400390 con domicilio en JIRON CALLE LIMA-CENTRO, a la que en adelante se denominara LA EMPRESA, debidamente representada por su gerente general Don (a) MARCOS SALINAS CABELLO identificado con D.N.I. N° 04082108 , con poder escrito en el Registro Publico de Pasco en l ficha N°1834 y por otra parte Don CARLOS MAYTA CONDOR indentificado con D.N.I N° 04018988 de estado Civil SOLTERO, Con domicilio real en JR. SAN MARTIN-SAN JUAN a quien en adelante se le denominara EL TRABAJADOR, contrato que observando las formalidades legales, suscribimos en el ejercicio de nuestra libertad contractual, según las clausulas y condiciones siguientes:
PRIMERA: La actividad económica principal de la EMPRESA, es el TRANSPORTE “STAR” LA EMPRESA, por acuerdo de su directorio, debidamente inscrito en el Registro Público de la NACION Ficha N°1834 acordó iniciar temporalmente y en forma experimental una nueva actividad empresarial consistente en prestar servicio de reparación de vehículos.
SEGUNDO: La empresa necesita cubrir el puesto de conductor para el establecimiento dela empresa TRANSPORTE “STAR”
TERCERO: La EMPRESA, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 57 de la ley de Productividad y competitividad laboral, contra los servicios del Sr CARLOS MAYTA CONDOR, para que ocupe el puesto de CONDUCTOR en el TRANSPORTE “STAR”, ubicado en JR SAN MARTIN- SAN MATIN De la ciudad de CERRO DE PASCO.
CUARTO: El plazo de contrato es de 3 MESES Se inicia el 10 DE OCTUBRE y vence el 10 DE ENERO Vencido el plazo, el contrato queda resuelto automáticamente, sin requerirse de aviso previo
QUINTO: La jornada Ordinaria de trabajo es de ocho horas de lunes a SABADO siendo horario de trabajo de 8.00 AM a 6.00 PM horas
SEXTA: EL TRABAJADOR, percibirá una remuneración mensual de S/ 750.00 La misma que será abonada puntualmente. En casos justificados se podrá adelantar hasta el 30% de la remuneración, son más trámite que la suscripción de un vale.
SEPTIMA: Este contrato esta normado por la ley de productividad y competitividad laboral, aprobado por D.S.N°003-97-TR
OCTAVA: El presente contrato se suscribe por triplicado, obligándose el empleador a remitir una copia a la autoridad administrativa de trabajo para su conocimiento y registro.
Las partes debidamente enteradas del tenor del presente documento, en usos de sus facultades y derechos los suscriben en la ciudad de CERRO DE PASCO a los CINCO Días de mes de OCTUBRE de 2013
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LA EMPRESA EL TRABAJADOR
El D.S Nro. 003-97-TR, TUO del Decreto Legislativo Nro. 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, no define qué es un periodo de prueba, limitándose a señalar que el periodo de prueba es de tres meses, a cuyo término el trabajador alcanza derecho a la protección contra el despido arbitrario, estableciendo la posibilidad a que se puedan pactar periodos mayores.
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Los clientes tienen que:
a) Firmar y poner nombre completo sin abreviaturas en las tres hojas de firmas anexas (es muy importante que la firma sea original y autógrafa del propietario, en ocasiones si existe alguna diferencia con su credencial presentada en la Notaría, la autoridad nos pide acuda a ratificar su firma),
b) Firmar y poner nombre completo en el Contrato de Prestación de Servicios anexo,
c) Proporcionar copia del recibo original de la Notaria, copia de escritura y copia de credencial de elector (en caso de no tener alguna de ellas, de todos modos favor de hacerme llegar la información con que se cuente).
La Ley establece un término de 15 días después de que Usted tenga conocimiento, sugerimos hacer el tramite dentro de los siguientes 10 días después de firmar la escritura, pues todavía existe la necesidad de preparar las demandas. Los gasto del trámite corren por nuestra cuenta. En promedio el tramite tarda entre siete a nueve meses, puede ser un poco más o menos.
Los honorarios propuestos son del 40% de lo recuperado, pagaderos al momento de entregarles su dinero, ejemplo en una operación de $1 millón de pesos (valor del inmueble), se estaría recuperando $40 mil pesos, y los honorarios $16,000.00 m.n.
Por otro lado recuerde que cuando se realiza el tramite por una persona moral requerimos poder notarial del representante legal.
La devolución es en cheque de Gobierno a nombre del Cliente (propietario del inmueble), quien lo tiene que recoger personalmente.
Nuestras oficinas en el DF, reciben nuestra correspondencia de lunes a viernes las 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas; y solo en caso de tratarse de un asunto importante podemos hacer una cita previa los días jueves y viernes en el DF, pero pueden recibirle la documentación que le pedimos y nos la envían.En el Estado de Morelos abrimos de lunes a viernes de 8 a 15 horas.
Teléfonos
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Cuernavaca. 01 (777) 2461089
D.F. 01 (55) 84217704
Puebla. 01 (222) 690 3190
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1. CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO DETERMINADO
Entre __________________ C.A., inscrita en el Registro Mercantil ____ de la
Circunscripción Judicial del________ y Estado ________ En fecha ________
de_______de ______ bajo el No. ___ , tomo _____, representada en este acto por su
_____ el ciudadano(a) _______, de nacionalidad ______ mayor de edad, domiciliado en
la ciudad de _______ y titular de la Cédula de Identidad No. _______, quien a los efectos
de este documento se denominará “EL PATRONO”, por una parte, y el ciudadano(a)
__________, de nacionalidad __________, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de
__________ y titular de la Cédula de Identidad No. _________ ,quien en lo sucesivo se
denominará “EL CONTRATADO”, por la otra, parte se ha convenido en celebrar un (01)
contrato de trabajo a tiempo determinado que se regirá por las siguientes cláusulas.
PRIMERA: “EL CONTRATADO” se compromete a prestar sus servicios en forma
personal a “EL PATRONO” desempeñando el cargo de ______________, teniendo entre
sus principales funciones ________________, y en general todas aquellas funciones
relacionadas directa y/o indirectamente con su cargo.
SEGUNDA: “EL CONTRATADO” prestará sus servicios a “EL PATRONO” por el
período comprendido entre el ______ de _______ de ________ y el presente contrato
antes del vencimiento por voluntad unilateral, podrá hacerlo sujetándose a lo dispuesto en
el articulo ______ de la Ley Orgánica del Trabajo.
TERCERA: “EL CONTRATADO” se compromete a cumplir y respetar fielmente las
normas y procedimientos de la empresa para la cual presta el servicio, al buen cuido y
manejo de los equipos que le sean asignados y a tratar con absoluta discreción la
información que manejará en el desempeño de sus funciones.
CUARTA: Como contraprestación a los servicios prestados por “EL CONTRATADO”,
“EL PATRONO” se compromete a pagar la cantidad de _______________________(Bs.
____________) mensuales.
El pago de la remuneración, y demás derechos beneficios o indemnizaciones
2. Aplicables al Contrato de Trabajo a tiempo Determinado, se hará conforme a la
Modalidad más conveniente y establecida por “EL PATRONO”, que “EL
CONTRATADO” conoce y acepta expresamente.
QUINTA: Queda convenido, que en caso de fijación y/o aumento de Salarios decretados
por el Ejecutivo Nacional, “EL PATRONO” lo homologará solamente hasta la
concurrencia que resulte establecida por la diferencia, siempre y cuando sea aplicable a la
naturaleza de los Contratos de Trabajo a Tiempo
Determinado.
SEXTA: EL presente contrato de trabajo concluirá por la expiración del término
convenido.
SÉPTIMA: La terminación del presente Contrato de Trabajo por incumplimiento de
cualquiera de las partes en forma injustificada, obliga únicamente a lo establecido en la
Ley vigente aplicable sobre la materia.
OCTAVA: Es convenio expreso entre las partes, someter y agotar cualquier situación de
conflictos de intereses, a los trámites y procedimientos administrativos aplicables a la
materia.
NOVENA: Todo lo no previsto en el presente contrato se regirá de acuerdo con lo
estipulado en la Ley Orgánica del Trabajo vigente. Para los efectos de este contrato se
elige como domicilio a la ciudad de_________________, a la jurisdicción de cuyos
tribunales las partes declaran expresamente someterse.
En ________, a los _______ (_____) días del mes de _______ de ______.
“EL PATRONO” “EL CONTRATADO”
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