El documento resume las normas específicas sobre el presupuesto y el manejo de fondos y valores de varios organismos del artículo 220 de la Constitución de Uruguay, como el Poder Judicial, Tribunal de Cuentas, Corte Electoral, ANEP y Universidad de la República. Detalla cómo se formulan y aprueban sus presupuestos, cómo pueden trasponer y transferir créditos, y los fondos propios que pueden manejar, como donaciones con beneficios tributarios.