Este decreto establece medidas de seguridad para las elecciones del 25 de octubre de 2015 en el municipio de Remedios, Antioquia. Prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas, el transporte de pasajeros en motocicletas, y actividades como cargue y descargue de dos días antes hasta un día después de las elecciones, con el fin de garantizar la seguridad durante la jornada electoral.
COMO ANALIZAR LA COYUNTURA 2024 ANALISIS ECONOMICO Y POLITICO.pdf
Decreto 065 ley seca elecciones (4)
1. /Or4
UNIDAD MU
PE
NICIPAL
REMEDIOS
.1/Cunicipi(9 de aemaáls
Nit: 890.984.312 - 4
ALCALDÍA REMEDIOS
DECRETO NÚMERO 065
(Octubre 20 de 2015)
"POR MEDIO DEL CUAL SE TOMAN MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA LOS COMICIOS
ELECTORALES QUE SE LLEVARAN A CABO EL DIA 25 DE OCTUBRE DE 2015 Y SE
DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"
EL ALCALDE MUNICIPAL de Remedios, Antioquia, en ejercicio de sus facultades
constitucionales y legales, en especial las conferidas en la Ley 136 de 1994, en
su Artículo 91 literal B Ley 1551 y el Decreto 2241 De 1986 Código Nacional
Electoral y demás normas vigentes, la Ley 130 de 1994, la Ley 1475 de 2001, la
Ley 163 de 1994, la Ley 105 de 1993, La Ley 336 de 1996 y el Decreto 2033 de
2015 y
CONSIDERANDO:
Que el próximo 25 de Octubre de 2015, se llevara a cabo las elecciones para
Gobernación, Alcaldía, Concejos Municipales, Asambleas y Juntas
Administradoras Locales, y siendo deber legal y constitucional del ente territorial
contrarrestar y adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar el
orden público interno y la seguridad de la comunidad durante la jornada
electoral.
Que el Decreto 2241 De 1986 Código Nacional Electoral, dicta normas para la
conservación del orden público durante el periodo de elecciones
específicamente en su Artículo 206 que estipula: "Queda prohibida la venta y
consumo de bebidas embriagantes desde las seis (6) de la tarde del día anterior
a aquel en que deban verificarse las votaciones hasta las seis (6) de la mañana
del día siguiente a la elección. Los Alcaldes Municipales impondrán las
sanciones correspondientes por violación de esta norma, de acuerdo con lo
previsto en los respectivos Códigos de Policía.
Que en Comité de Seguimiento Electoral, llevado a cabo el día 19 de Octubre
de 2015, se decidió tomar algunas medidas tendientes a garantizar la seguridad
de los comicios electorales del día 25 de Octubre de 2015, en el cual se
determinó:
1. Queda prohibido en todo el territorio municipal la venta y el consumo de
bebidas embriagantes desde las seis (6) de la tarde del día sábado 24 de
Octubre hasta las seis (6) de la mañana del día lunes 26 de Octubre de
UNIDAD MUNICIPAL
"SENTIDO DE PERTENENCIA, MEJOR QUE PROMESAS"
Centro Administrativo Municipal — Remedios — Antioquia
Calle 10 Nro. 9-62 Tercer Piso, Oficina 308
E-mail: gobierno@remedios-antioquia.gov.co — Tel.: 57 (4) 8303061 Fax: 8303159
www.remedios-antioquia.gov.co
2. UNIDAD MUNICIPAL
REMEDIOS
.I/Cunicipio de aemeakos
Nit: 890.984.312 - 4
ALCALDÍA REMEDIOS
2015. Las infracciones a lo dispuesto en este artículo serán sancionadas
por los alcaldes, inspectores de policía, y comandantes de estación de
acuerdo con lo previsto en los respectivos Códigos de Policía.
2. Se prohíbe, transportar acompañante "parrillero hombre" en los vehículos
tipo motocicleta de cualquier cilindraje que circulen en el Municipio de
Remedios las seis (6) de la tarde del día sábado 24 de Octubre hasta las
seis (6) de la mañana del día lunes 26 de Octubre de 2015. Las
infracciones a lo dispuesto en este artículo serán sancionadas por los
alcaldes, inspectores de policía, y comandantes de estación de acuerdo
con lo previsto en los respectivos Códigos de Policía.
3. Se prohíbe el cargue y descargue en la Jurisdicción del Municipio de
Remedios desde las seis (6) de la tarde del día sábado 24 de Octubre
hasta las seis (6) de la mañana del día lunes 26 de Octubre de 2015,
igualmente se prohíbe en el mismo lapso de tiempo el cargue y
descargue de escombros. Las infracciones a lo dispuesto en este artículo
serán sancionadas por los alcaldes, inspectores de policía, y
comandantes de estación de acuerdo con lo previsto en los respectivos
Códigos de Policía.
4. Se prohíbe el transporte de pipetas de gas en cualquier tipo de vehículo o
transportadas por personas, en la Jurisdicción del Municipio de Remedios
desde las seis (6) de la tarde del día sábado 24 de Octubre hasta las seis
(6) de la mañana del día lunes 26 de Octubre de 2015. Las infracciones a
lo dispuesto en este artículo serán sancionadas por los alcaldes,
inspectores de policía, y comandantes de estación de acuerdo con lo
previsto en los respectivos Códigos de Policía.
5. Se prohíbe la manipulación durante la jornada electoral dentro del
puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video
entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., salvo los medios de comunicación
debidamente identificados.
6. Durante el día de elecciones se prohíbe toda clase de propaganda,
manifestaciones y comunicados con fines político-electorales a través de
radio, prensa y televisión, así como la propaganda móvil, estática o
sonora. Se exceptúa de la anterior prohibición el elemento de ayuda que
porta el elector en lugar no visible para identificar el partido, movimiento,
grupo o candidato por quién votará.
7. Durante el día de elecciones no podrán colocarse nuevos carteles,
pasacalles, vallas y afiches destinados a difundir propaganda electoral,
así como su difusión a través de cualquier tipo de vehículo terrestre, nave
o aeronave.
UNIDAD MUNICIPAL
"SENTIDO DE PERTENENCIA, MEJOR QUE PROMESAS"
Centro Administrativo Municipal — Remedios — Antioquia
Calle 10 Nro. 9-62 Tercer Piso, Oficina 308
E-mail: gobierno@remedios-antioquia.gov.co —Tel.: 57 (4) 8303061 Fax: 8303159
www.remedios-antioquia.eov.co
3. 2/411~11101
8. Queda prohibida toda clase de propaganda política y electoral el día de
las elecciones. Por lo tanto, no se podrán portar camisetas o cualquier
prenda de vestir alusiva a propaganda política, afiches, volantes,
gacetas o documentos similares que inviten a votar por determinado
candidato o simplemente, la hagan propaganda.
.1/Cunicipio de aemeakys
Nit: 890.984.312 - 4
ALCALDÍA REMEDIOS
UNIDAD MUNICIPAL
Mcmi Dios
2,1112
Que en mérito de lo expuesto el Alcalde Municipal,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Queda prohibido en todo el territorio municipal la venta y el
consumo de bebidas embriagantes desde las seis (6) de la tarde del día
sábado 24 de Octubre hasta las seis (6) de la mañana del día lunes 26 de
Octubre de 2015. Las infracciones a lo dispuesto en este artículo serán
sancionadas por los alcaldes, inspectores de policía, y comandantes de
estación de acuerdo con lo previsto en los respectivos Códigos de Policía.
ARTÍCULO SEGUNDO: Se prohíbe, transportar acompañante "parrillero hombre"
en los vehículos tipo motocicleta de cualquier cilindraje que circulen en el
Municipio de Remedios desde las seis (6) de la tarde del día sábado 24 de
Octubre hasta las seis (6) de la mañana del día lunes 26 de Octubre de 2015.
Las infracciones a lo dispuesto en este artículo serán sancionadas por los
alcaldes, inspectores de policía, y comandantes de estación de acuerdo con lo
previsto en los respectivos Códigos de Policía.
ARTÍCULO TERCERO: Se prohíbe el cargue y descargue en la Jurisdicción del
Municipio de Remedios desde las seis (6) de la tarde del día sábado 24 de
Octubre hasta las seis (6) de la mañana del día lunes 26 de Octubre de 2015,
igualmente se prohíbe en el mismo lapso de tiempo el cargue y descargue de
escombros.
ARTÍCULO CUARTO: Se prohíbe el transporte de pipetas de gas en cualquier tipo
de vehículo o transportadas por personas, en la Jurisdicción del Municipio de
Remedios desde las seis (6) de la tarde del día sábado 24 de Octubre hasta las
seis (6) de la mañana del día lunes 26 de Octubre de 2015.
ARTÍCULO QUINTO: Se prohíbe la manipulación durante la jornada electoral
dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de
video entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., salvo los medios de comunicación
debidamente identificados.
UNIDAD MUNICIPAL
"SENTIDO DE PERTENENCIA, MEJOR QUE PROMESAS"
Centro Administrativo Municipal — Remedios — Antioquia
Calle 10 Nro. 9-62 Tercer Piso, Oficina 308
E-mail: gobierno@remedios-antioquia.gov.co —Tel.: 57 (4) 8303061 Fax: 8303159
www.remedios-antioquia.gov.co
4. 4,4 UNIDADMUNICIPAL .0.
414.1.
SPISt
.1/Cunieipier de aemeabs
Nit: 890.984.312 - 4
ALCALDÍA REMEDIOS
ARTÍCULO SEXTO: Durante el día de elecciones se prohíbe toda clase de
propaganda, manifestaciones y comunicados con fines político-electorales a
través de radio, prensa y televisión, así como la propaganda móvil, estática o
sonora. Se exceptúa de la anterior prohibición el elemento de ayuda que porta
el elector en lugar no visible para identificar el partido, movimiento, grupo o
candidato por quién votará.
ARTÍCULO SEPTIMO: Durante el día de elecciones no podrán colocarse nuevos
carteles, pasacalles, vallas y afiches destinados a difundir propaganda
electoral, así como su difusión a través de cualquier tipo de vehículo terrestre,
nave o aeronave.
ARTÍCULO OCTAVO: Queda prohibida toda clase de propaganda política y
electoral el día de las elecciones. Por lo tanto, no se podrán portar camisetas o
cualquier prenda de vestir alusiva a propaganda política, afiches, volantes,
gacetas o documentos similares que inviten a votar por determinado candidato
o simplemente, la hagan propaganda.
ARTÍCULO NOVENO: Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
expedición.
Dado en el municipio de Remedios, Antioquia a los Veinte (20) días del mes de
Octubre de dos mil Quince (2015)
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
UNIDAD MUNICIPAL
"SENTIDO DE PERTENENCIA, MEJOR QUE PROMESAS"
Centro Administrativo Municipal — Remedios — Antioquia
Calle 10 Nro. 9-62 Tercer Piso, Oficina 308
E-mail: gobierno@remedios-antioquia.gov.co —Tel.: 57 (4) 8303061 Fax: 8303159
www.remedios-antioquia.gov.co