La sentencia condena a una empresa de press clipping a cesar su actividad al no contar con la autorización de los editores de los diarios cuyos contenidos recopilaba. El fallo establece que los titulares de los derechos de propiedad intelectual sobre los contenidos de los diarios son los editores, no las asociaciones de periodistas, y que las empresas de press clipping deben contar con la autorización de los editores para realizar resúmenes y recortes de prensa.