Ética – Proyecto de vida – Grado 8vo. INECICU
 DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL: “Nadie será sometido a
torturas, ni penas ni tratos crueles”. (Declaración Universal, art. 5).
Los maltratos pueden ser físicos, psicológicos o morales. Nadiedebe hacer
sufrir injustamenteal otro. Yo tengo deber derespetar la integridad delas
personasy decrear un ambiente social dondetal respeto sea unarealidad.
 DERECHO A LA LIBERTAD: “Nadie será sometido a esclavitud y
servidumbre; laesclavitud y la trata deesclavos están prohibidasen todas
sus formas” (Declaración Universal, art. 14).
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y
de religión... libertad de manifestar su religión o creencia, individual o
colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la
práctica y la observancia del culto”. (Declaración universal, art. 18).
Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este
derecho incluye el no ser molestado por sus opiniones, el de investigar y
recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas sin limitación de
fronteras por cualquier medio de expresión” (Declaración Universal, art.
19).
Tenemos la obligación de respetar y defender la libertad de los demás.
Nadiedebe ser perseguidoo discriminadoa causade susideas. Losmedios
de comunicación deben estar al alcance de todos los ciudadanos.
 DERECHO A LA LIBERTAD DE REUNIÓN Y DE ASOCIACIÓN
PACIFICAS: “Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de
asociación pacíficas. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una
asociación”. (Declaración Universal, art. 20).
“Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la
defensa de sus intereses” (Declaración Universal, art. 23).
 DERECHO A PARTICIPAR EN EL GOBIERNO DEL PROPIO PAÍS:
“Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país,
directamente o por medio de representantes libremente escogidos. Toda
persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las
funciones públicas del país”. (Declaración Universal, art. 21).
El derecho a participar en política, implica el deber de no ser apolítico, de
elegir a los representantes, de presentarse a cargos de elección o cargos
públicos cuando lo requiera el bien común, aún con el sacrificio de los
intereses particulares.

Derechos fundamentales

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    Ética – Proyectode vida – Grado 8vo. INECICU  DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL: “Nadie será sometido a torturas, ni penas ni tratos crueles”. (Declaración Universal, art. 5). Los maltratos pueden ser físicos, psicológicos o morales. Nadiedebe hacer sufrir injustamenteal otro. Yo tengo deber derespetar la integridad delas personasy decrear un ambiente social dondetal respeto sea unarealidad.  DERECHO A LA LIBERTAD: “Nadie será sometido a esclavitud y servidumbre; laesclavitud y la trata deesclavos están prohibidasen todas sus formas” (Declaración Universal, art. 14). Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión... libertad de manifestar su religión o creencia, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica y la observancia del culto”. (Declaración universal, art. 18). Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el no ser molestado por sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas sin limitación de fronteras por cualquier medio de expresión” (Declaración Universal, art. 19). Tenemos la obligación de respetar y defender la libertad de los demás. Nadiedebe ser perseguidoo discriminadoa causade susideas. Losmedios de comunicación deben estar al alcance de todos los ciudadanos.  DERECHO A LA LIBERTAD DE REUNIÓN Y DE ASOCIACIÓN PACIFICAS: “Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación”. (Declaración Universal, art. 20). “Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses” (Declaración Universal, art. 23).  DERECHO A PARTICIPAR EN EL GOBIERNO DEL PROPIO PAÍS: “Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas del país”. (Declaración Universal, art. 21). El derecho a participar en política, implica el deber de no ser apolítico, de elegir a los representantes, de presentarse a cargos de elección o cargos públicos cuando lo requiera el bien común, aún con el sacrificio de los intereses particulares.