1. Derechos y Deberes de
las personas.
Profesora: Pamela Uribe Opazo - pamela.uribe@etchegoyen.cl
Departamento de Historia y Filosofía
2. Objetivos
Reconocer que todas las personas son sujetos de derecho,
que deben ser respetados por los pares, la comunidad y el
Estado, y que esos derechos no dependen de características
individuales, como etnia, sexo, lugar de nacimiento u otras.
Reconocer que los derechos generan deberes y
responsabilidades en las personas y en el Estado.
3. ¿Qué son los Derechos?
«Son las facultades y obligaciones que derivan del estado
de una persona, o de sus relaciones con respecto a otras.»
Es decir…
Toda persona posee derechos que deben ser
respetados íntegramente desde su nacimiento,
independiente de cual sea su etnia, sexo, lugar de
nacimiento u otra condición individual.
4. ¿Qué son los Deberes?
«Es estar obligado a algo por ley natural o positiva»
Es decir…
Todas las personas tienen a su vez deberes que
cumplir para posibilitar la construcción de
sociedades más armónicas, justas y respetuosas.
5. ¿Quién debe velar por el cumplimiento de
los derechos y deberes de las personas?
Para que los derechos puedan ser ejercidos,
respetados y garantizados, las personas e
instituciones, como la familia y el Estado deben cumplir
una serie de deberes.
El Estado La Comunidad
6. ¿Siempre han existido los Derechos para
todas las personas?
https://www.youtube.com/watch?v=4lVt7_AmP4o
7. ¿Qué documento garantiza los Derechos
y Deberes de las personas?
Declaración Universal
de Derechos Humanos
El objetivo del documento, es asegurar
los avances que la humanidad había
realizado en el reconocimiento de los
derechos de las personas y evitar que
se volvieran a cometer atrocidades
como las ocurridas durante la Segunda
Guerra Mundial.
8. Algunos artículos de la declaración…
Declaración Universal de Derechos Humanos
“Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el
reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables (que no
se puede quitar, pasar o transmitir) de todos los miembros de la familia humana. La
Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos.
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como
están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye
el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y
opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de
expresión”.
Fuente: adaptado de Asamblea General de las Naciones Unidas (1948).
Declaración Universal de Derechos Humanos.
9. LA CONSTITUCIÓN
Junto con la Declaración Universal de
Derechos Humanos, un documento
fundamental con relación a los derechos de
las personas en Chile es la Constitución
Política de la República.
Este texto es la ley fundamental del país,
pues allí se define el ordenamiento jurídico
de la sociedad, estableciéndose entre otras
normas, los principales derechos de las
personas y los deberes de las instituciones.
10. La Declaración y la Constitución
Declaración Universal de Derechos
Humanos
“Art. 3 Todo individuo tiene derecho a la vida, a la
libertad y a la seguridad de su persona.
Art. 4 Nadie estará sometido a esclavitud ni a
servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos
están prohibidas en todas sus formas.
Art. 5 Nadie será sometido a torturas ni a penas o
tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Art. 7 Todos son iguales ante la ley y tienen, sin
distinción, derecho a igual protección de la ley.
Art. 9 Nadie podrá ser arbitrariamente detenido,
preso ni desterrado.
Art. 13 Toda persona tiene derecho a circular
libremente y a elegir su residencia en el territorio de
un Estado”.
Fuente: adaptado de Asamblea General de las Naciones
Unidas (1948). Declaración Universal de Derechos
Humanos.
Constitución Política de la República de Chile
“Artículo 19.- La Constitución asegura a todas las
personas:
1º.- El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de
la persona.
2º.- La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni
grupo privilegiados.
8º.- El derecho a vivir en un medio ambiente libre de
contaminación. Es deber del Estado velar para que este
derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la
naturaleza. […]
9º.- El derecho a la protección de la salud. El Estado protege
el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción,
protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del
individuo. […]
16º.- La libertad de trabajo y su protección. Toda persona
tiene derecho a la libre contratación y a la libre elección del
trabajo con una justa retribución”.
Fuente: adaptado de Constitución Política de la República de
Chile.
23. Reflexiones
● ¿Por qué es importante que el Estado garantice
ciertos derechos a las personas?
● ¿Por qué es importante que los derechos de las
personas no dependan de características
individuales?
● ¿Por qué es necesario que los derechos de las
personas sean respetados por las comunidades, los
pares y el Estado?