1) Los títulos de crédito nominativos y a la orden se transmiten mediante el endoso y la entrega del documento, mientras que los títulos nominativos también requieren la inscripción de la transmisión en el registro del emisor. 2) El endoso debe incluir la firma del endosante, el nombre del endosatario y la fecha, aunque la falta de los otros requisitos se suple mediante presunciones legales. 3) Existen tres tipos de endoso: en propiedad, en procuración y en garantía, cada uno con efectos diferentes