1. Acta conciliación fijación cuota
alimentaria para hijo menor práctica
en consultorio
Derecho de Familia
Universidad La Gran Colombia
6 pag.
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2. ACTA DE CONCILIACIÓN
CENTRO DE CONCILIACIÓN JOSE IGNACIO TALERO LOSADA.
Aprobado por la Resolución No. 2124 del 30 de junio de 1.992
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Código: CO-PRC-01-F-10
Fecha: 2014-09-20
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No 0xxx- 2019 (Folios )
Expediente 0259- 2019
CONVOCANTE: Liliana Molano González
C.C No 1.108.830.073 de Ataco - Tolima
CONVOCADO: Néstor Javier González Rendón
C.C 5.854.483 de Ataco - Tolima
En la ciudad de Bogotá, siendo las diez de la mañana (10.) del día treinta (30) del
mes de agosto de dos mil diecinueve (2019), después de haberse notificado
legalmente a las partes, se dio inicio en las instalaciones del Centro de
Conciliación, José Ignacio Talero Losada de LA UNIVERSIDAD LA GRAN
COLOMBIA, ubicado en la Calle 12 Nº 8 –37 / 51 de esta ciudad. A la Audiencia
de Conciliación solicitada el día 16 de agosto de 2019, por parte de la señora
Liliana Molano González, identificado con la C.C No 1.108.830.073 de Ataco
Tolima, como parte Convocante, para que fuera citada el señor Néstor Javier
González Rendón, identificada con la C.C 5.854.483 de Ataco Tolima, como
parte Convocado, con el fin de llegar a un acuerdo conciliatorio respecto de los
hechos y pretensiones plasmados en la presente acta.
Estuvieron presentes:
La señora Liliana Molano González, identificado con la C.C No 1.108.830.073 de
Ataco Tolima. domiciliado en carrera 1 este # 27ª sur – 45 apartamento 203,
Barrio Córdoba de la localidad San Cristóbal, teléfono 3202878737 como parte
CONVOCANTE.
El Señor Néstor Javier González Rendón identificada con la C.C 5.854.483, de
Ataco Tolima. domiciliado en la calle 21 sur 21 # 91 – 84 Sur, Conjunto 6 barreal
barrio Canaima, del Municipio de Neiva – Tolima, teléfono 3103480307como parte
CONVOCADO.
Bajo la presencia del Dr. Iván Miranda Tamayo identificado con cedula de
ciudadanía número C.C. No. 17.076.475 de Bogotá con LT No. 19841 del C. S.
de la J. quien actúa como Conciliador, se procedió a instalar esta audiencia de
conciliación explicando a las partes los alcances y consecuencias de la misma y
las interroga, si se encuentran en su entero y cabal juicio, a la cual éstas
responden afirmativamente y que asisten a esta diligencia libre de todo apremio.
Igualmente las ilustra, que, en caso de llegar a un acuerdo, el Acta que se
suscribe hace tránsito a cosa juzgada y las obligaciones que se acuerden,
prestarán mérito ejecutivo.
VIGILADO: Ministerio de Justicia y del Derecho
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3. ACTA DE CONCILIACIÓN
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A continuación, se dan a conocer los hechos y pretensiones de la solicitud.
HECHOS
Manifestados por la parte Convocante:
PRIMERO: La señora Liliana Molano González, identificada con Cedula de
Ciudadanía No. 110883073 de ataco-Tolima, y el señor Néstor Javier Rendón
Pérez, identificado con Cedula de Ciudadanía No. 5.854.483 de ataco Tolima,
convivieron en Unión Marital de Hecho (UMH), desde el año 2005 hasta abril del
2017, fecha en que termino la convivencia.
SEGUNDO: Fruto de esta relación nació el niño Cristian Javier Rendón Molano,
identificado con tarjeta de identidad No. 1.106.772.060, el cual a la fecha cuenta
con 14 años de edad.
TERCERO: El señor Néstor Javier Rendo López, identificada con Cedula de
Ciudadanía No. 5854483 de ataco-Tolima, ha venido incumpliendo, con las cuotas
que se pactaron, de trecientos mil pesos m/cte. (300.000), a partir del año 2017,
según acta No 150 de Disolución y Liquidación de la Sociedad Patrimonial De
echo De La Comisaria de Familia de Ataco- Tolima.
PRETENSIONES
Manifestados por la parte Convocante
1. Fijar cuota de alimentos y demás derechos legales y constitucionales del
niño Cristian Javier Rendón Molano, identificado con tarjeta de identidad
No. 1.106.772.060, el cual a la fecha cuenta con 14 años de edad.
2. Que pague las cuotas trazadas y los respectivos ajustes a la cuota
alimentaria de acuerdo al IPC.
CONSIDERANDO
Que el centro de conciliación en ejercicio de las funciones que le otorga el artículo
11 de la Ley 640 del 2001, amablemente ha ofrecido sus buenos oficios,
celebrando una audiencia de conciliación que solucione las diferencias esbozadas
llegando al siguiente:
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A C U E R D O
Siendo las 10:00 AM del día (30) de agosto de 2019, la compareciente La Señora,
Liliana Molano González, identificado con la C.C No 1.108.830.073 de Ataco-
Tolima, como parte Convocante Y el Señor Néstor Javier Rendón Pérez,
identificado con Cedula de Ciudadanía No. 5.854.483 de Ataco Tolima como
parte Convocada, declaran que están de conformidad con el contenido de las
siguientes cláusulas, así:
PRIMERA: ACUERDO DE CUSTODIA: la señora LILIANA MOLANO
GONZÁLEZ identificada con CC 1.108.830.073 de Ataco Tolima., tendrá la
custodia del niño, Cristian Javier Rendón Molano identificado con el Tarjeta de
Identidad No. 1.106.772.060.
SEGUNDO: ACUERDO DE CUIDADO PERSONAL: La Señora LILIANA
MOLANO GONZÁLEZ identificada con CC 1.108.830.073 de Ataco Tolima
tendrá el cuidado personal del niño, Cristian Javier Rendón Molano identificado
con el Tarjeta de Identidad No. 1.106.772.060.
TERCERO: CUOTA ALIMENTARIA MENSUAL. JAVIER ALEXANDER DIAZ
LOPEZ identificado con la C.C. 5.854.483 de Ataco Tolima., se compromete y
obliga a partir del mes de _________ de 2019, a pagar dentro de los primeros
cinco (5) días de cada mes, en favor de la señora LILIANA MOLANO GONZÁLEZ
identificada con CC 1.108.830.073 de Ataco Tolima., por concepto de cuota
alimentaria mensual para el niño, Cristian Javier Rendón Molano identificado
con el Tarjeta de Identidad No. 1.106.772.060,Quien cuenta actualmente con 14
años de edad, la suma de xx mil pesos ($xx) mensuales, los cuales serán
consignados mediante xx de xx.
Parágrafo 1º. Dicha cuota de alimentos, se incrementará anualmente a partir
del primero (01) de enero de 2020 y sucesivamente a partir del primero de
enero de cada año, con base el S.M.M.L.V.
CUARTO: GASTOS DE EDUCACIÓN MENSUAL. El niño, Cristian Javier
Rendón Molano identificado con el Tarjeta de Identidad No. 1.106.772.060,
tendrá la viabilidad de iniciar estudios en xxx. Los gastos adicionales que se
generen por concepto de libros, lonchera, transporte, entre otros, se cubrirán por
partes iguales, de su valor por parte de la señora LILIANA MOLANO GONZÁLEZ
identificada con CC 1.108.830.073 de Ataco Tolima., y el señor Néstor Javier
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Rendón Pérez, identificado con Cedula de Ciudadanía No. 5.854.483 de Ataco
Tolima
QUINTO: GASTOS DE VESTUARIO: la señora LILIANA MOLANO GONZÁLEZ
identificada con CC 1.108.830.073 de Ataco Tolima, y el señor Néstor Javier
Rendón Pérez, identificado con Cedula de Ciudadanía No. 5.854.483 de Ataco
Tolima, se comprometen y obligan a suministrar tres (3) mudas de ropa a favor
del niño, Cristian Javier Rendón Molano identificado con el Tarjeta de Identidad
No. 1.106.772.060, por un valor de xxxxx mil pesos ($), el día ____ (15) de
febrero , y el quince (15) de julio y el quince (15) diciembre todas por el valor de
---mil pesos ($---).
SEXTO: GASTOS DE SALUD: el niño Cristian Javier Rendón Molano
identificado con el Tarjeta de Identidad No. 1.106.772.060, continuara afiliado a la
E.P.S. xxxxx, como beneficiarios del convocante. Respecto de los gastos de salud
no cubiertos por el POS, los mismos se cubrirán por partes iguales. El padre que
realice el gasto presentará al otro, la factura debidamente cancelada con el objeto
de que se le reembolse el 50% del valor pagado.
SEPTIMO: CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR. La señora LILIANA
MOLANO GONZÁLEZ identificada con CC 1.108.830.073 de Ataco - Tolima, y
el señor Néstor Javier Rendón Pérez, identificado con Cedula de Ciudadanía No.
5.854.483 de Ataco Tolima, se comprometen y obligan a mantener vinculados a
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, identificada con xxxxxxxxx, a las cajas de
compensación xxxxxxxxxxxxx y xxxxxxxxxxxx respectivamente. Los subsidios
recibidos se destinarán única y exclusivamente en beneficio de la niña.
OCTAVO: REGULACIÓN DE VISITAS Y FECHAS ESPECIALES. el señor
Néstor Javier Rendón Pérez, identificado con Cedula de Ciudadanía No.
5.854.483 de Ataco Tolima. de común acuerdo con la señora LILIANA MOLANO
GONZÁLEZ, identificada con CC 1.108.830.073 de Ataco – Tolima ., Se
compromete a recoger al niño CRISTIAN JAVIER RENDÓN MOLANO
identificado con el Tarjeta de Identidad No. 1.106.772.060, en el hogar de la
madre, ubicado en la carrera 1 este # 27ª sur – 45 apartamento 203, Barrio
Córdoba de la localidad San Cristóbal, los viernes a las 6:00 pm y los entregará
el día domingo a las 6:00 pm, cada quince (15) días, a partir del fin de semana del
catorce (01) de septiembre de 2019.
La señora, LILIANA MOLANO GONZÁLEZ identificada con CC 1.108.830.073
de Ataco – Tolima, y el señor Néstor Javier Rendón Pérez, identificado con
Cedula de Ciudadanía No. 5.854.483 de Ataco Tolima, se comprometen y
obligan a acordar de manera respetuosa y siempre pensando en el bienestar del
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niño CRISTIAN JAVIER RENDÓN MOLANO identificado con el Tarjeta de
Identidad No. 1.106.772.060, el disfrute de vacaciones y fechas especiales.
..A P R O B A C I Ó N
Conforme lo anterior las partes han logrado un ACUERDO TOTAL, entre ellas.
En consideración a que los interesados conciliantes han aceptado el acuerdo que
contiene la presente acta, el conciliador imparte su aprobación y advierte a los
interesados que de conformidad con la Ley 446 de 1998 y la Ley 640 de 2001, EL
PRESENTE ACUERDO CONCILIATORIO HACE TRÁNSITO A COSA JUZGADA
FORMAL Y PRESTA MÉRITO EJECUTIVO.
Leído el texto anterior las partes manifiestan su conformidad con el mismo, siendo
la 11:00 a.m., del día treinta (30) del mes de agosto de 2019, dándose por
terminada la presente, siendo aprobada y firmada por quienes en ella intervinieron.
________________________________ _______________________________
Liliana Molano González Néstor Javier González Rendón
C.C 1.108.830.073 de Ataco - Tolima C.C 5.854.483 de Ataco - Tolima
Convocante Convocado
EL CONCILIADOR
_______________________________________________
Dr. IVÁN MIRANDA TAMAYO
CC No. 17.076.475 de Bogotá D.C
L.T. No. 19.841 del C. S. de la J.
Conciliador
_____________________________
xxx
C.C. xxx de xxx
ESTUDIANTE CONCILIADOR.
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