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PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DIRECCION DE PROTECCION AMBIENTAL PROYECTO  DE  ORDENANZA  Tomo 6 – REGIMEN PARA LA PROTECCION DEL AMBIENTE NORMAS PARA EMBARCACIONES MERCANTES,  DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON LOS CERTIFICADOS NACIONALES DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION – DISPOSICIONES PARA  INSTALACIONES PORTUARIAS, CLUBES NAUTICOS,  GUARDERIAS, MARINAS   Y ASTILLEROS JUNIO – 2011
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental FUNDAMENTOS LEGALES Y TECNICOS: -  Constitución Nacional  –   Art. 41. -  Ley Nº 18.398  – Ley General de la Prefectura Naval Argentina - Art. 5º, inc. a)  subinc. 23 - Entender sobre normas para prohibir la contaminación de las aguas  fluviales, lacustres y marítimas, y verificar su cumplimiento.  -  Ley Nº 22.190  – Régimen de Prevención y Vigilancia de la Contaminación de las Aguas u Otros Elementos del Medio Ambiente por Agentes Contaminantes  Provenientes de Buques y Artefactos Navales. -  Ley Nº 24.089  – Convenio Internacional MARPOL - Respecto a los buques no  sujetos al régimen establecido, se dictarán medidas apropiadas para garantizar  el cumplimiento de las disposiciones aplicables.  -  Dec. Nº 4.516/73  – REGINAVE-Título 4, Cap. 2 - Régimen de las Actividades  Náutico Deportivas. -  Dec. Nº 1.886/83  – REGINAVE-Título 8 - De la Prevención de la Contaminación  Provenientes de Buques. -  Dec. Nº 2.532/93  – Declara de ‘INTERES NACIONAL’ la prevención de la  contaminación de las aguas y todas las acciones tendientes a preservar el  ambiente acuático. -  Normas ISO/DIS 8099.3  –  Embarcaciones de Recreo - Sistemas de retención de  desperdicios de instalaciones sanitarias.   -  Federación Internacional de Vela (ISAF)  – Recomendaciones para implementar  medidas de protección al ámbito acuático y costero.
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental PROYECTO DE TEXTO DISPOSITIVO
Agregado Nº 1 :  Contaminación por Hidrocarburos o Líquidos Oleosos, producida por Embarcaciones Mercantes y Artefactos Navales eximidos de contar con el Certificado Nacional de Prevención de la Contaminación por Hidrocarburos. Agregado Nº 2 :  Contaminación por Hidrocarburos o Líquidos Oleosos, producida por Embarcaciones Deportivas y Recreativas eximidas de contar con el Certificado Nacional de Prevención de la Contaminación por Hidrocarburos.  Agregado Nº 3 :  Contaminación por Aguas Sucias, producida por Embarcaciones Mercantes, Deportivas y Recreativas eximidas de contar con el Certificado Nacional de Prevención de la Contaminación por Aguas Sucias.  Agregado Nº 4 :  Contaminación por Residuos Sólidos, producida por Embarcaciones Mercantes, Deportivas y Recreativas eximidas de contar con el Certificado Nacional de Prevención de la Contaminación por Basuras.  Agregado N° 5 :  Normas a Cumplir por Instalaciones Portuarias, Clubes Náuticos, Guarderías, Marinas y Astilleros de Embarcaciones Mercantes, Deportivas y Recreativas eximidas de contar con los Certificados Nacionales de Prevención de la Contaminación. Plan de Gestión de Desechos. Agregado N° 6 :  Código de Conducta Ambiental para los Responsables de Embarcaciones Mercantes, Deportivas y Recreativas eximidas de contar con los Certificados Nacionales de Prevención de la Contaminación.   PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental PROYECTO DE TEXTO DISPOSITIVO (cont.)
ANALISIS DETALLADO DEL PROYECTO DE TEXTO DISPOSITIVO PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO   (I) Artículo 3º:  Aplicación. 3.1. Embarcaciones mercantes, deportivas y recreativas inscriptas en la  Matrícula Mercante Nacional, o en el R.E.Y., que por su tonelaje se  encuentren eximidas de contar con los Certificados Nacionales de  Prevención de la Contaminación. 3.2. Embarcaciones mercantes, deportivas y recreativas de bandera  extranjera, u otros registros con derecho a ser considerados de  Bandera Nacional, que por su tonelaje se encuentren eximidas de  contar con los Cert. Nac. de Prev. de la Contaminación, cuando  naveguen en aguas de Jurisdicción Nacional . 3.3. Instalaciones portuarias, clubes náuticos, guarderías náuticas,  marinas y astilleros de las embarcaciones mencionadas, así como  donde operen embarcaciones de los Registros Jurisdiccionales.
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO   (II) Artículo 4º: Exceptúanse… las embarcaciones mercantes, deportivas y  recreativas que se indican: 4.1. Propulsadas a remo o equivalentes. 4.2. Las que no posean cubierta rígida. 4.3. A vela, sin fuerza motriz interna o externa. 4.4. A vela o motor destinadas sólo a competir en regatas. 4.5. Eslora igual o menor a 8 m. 4.6. Madera o ferrocemento (20 años ó +) u otros materiales (30 años ó +)  a partir fecha de la Ordenanza, eslora hasta 15 m. 4.7. Declaradas de ‘valor histórico’ o reproducciones construídas con  materiales originales y denominadas así por el constructor. 4.8. Prototipos experimentales, que no se comercialicen en ningún plazo. 4.9. Que deban contar con los Cert. Nac. o Internac. de Prev. de Contam. Las no exceptuadas, están obligadas por el Art. 3º.
Proyecto de Agregado Nº 1:  CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS O LIQUIDOS OLEOSOS, PRODUCIDA POR EMBARCACIONES MERCANTES Y ARTEFACTOS NAVALES EXIMIDOS DE CONTAR CON EL CERTIFICADO NACIONAL DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 1 (III)
CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS O LIQUIDOS OLEOSOS, PRODUCIDA POR EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON EL CERTIFICADO NACIONAL DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS 2.1.  Objeto:  Contaminación por mezclas oleosas concentr. > 15 p.p.m. de hidrocarburo  en agua. Equipamiento idóneo y medios retención a bordo p/entregar a tierra. 2.2.  Derrames:  Minimización peligro de derrame en dispositivos de llenado, almacena-  miento, ventilación y suministro de combustible. Motores a nafta: Tanques afuera  del sector habitable. Motores internos: Tanques fijos. Bocas llenado c/colector re-  balses ac/croquis Anexo 1. Tanques y conductos protegidos de calor; ventilación.  2.3.  Recolección de goteos:  Sentina estanca; bomba achique específica. 2.4.  Residuos oleosos:  Tanque fijo; capacidad cárter mot. ppales. y aux. + 25 %,  alimentado desde bomba achique sentina motores.  2.5.  Bomba descarga a tierra:  Embarc. T.A.T. > 12 c/Bomba fija descarga.  Emb. T.A.T. < 12, bomba no obligatoria, pero apto para aspirar desde muelle. 2.6.  Brida Conexión Universal  descarga a tierra ac/croquis Anexo 2; sobre cubierta c/  colector rebalses ac/croquis Anexo 1.  2.7.  Material sorbente descartable:  Obligación p/limpiar goteos, derrames menores.  2.8.  Aplicación:  Obligación retener a bordo p/descarga a tierra. 15 p.p.m. a + 12 Mn de  la costa. NUEVAS, obligación equipamiento partir 2 años desde aprobación Ord..  EXISTENTES, obligación equipamiento partir 10 años desde aprobación Ord.. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 2 (IV)
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental ESQUEMA DISPOSITIVO COLECTOR DE REBALSES Y GOTEOS PARA LAS BOCAS DE LLENADO DE TANQUES DE COMBUSTIBLE FIJOS Agregado Nº 2 – Anexo 1 Agregado Nº 2 – Anexo 2 ESQUEMA Y DIMENSIONES DE LA BOCA DE CONEXIÓN UNIVERSAL DE DESCARGA A TIERRA DE RESIDUOS OLEOSOS
ENFERMEDADES DERIVADAS DE LAS DESCARGAS  DE RESIDUOS ORGANICOS DESDE LAS EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental INTRODUCCION al Agregado Nº 3 Etapa de infección Etapa de diagnóstico Colonización no invasiva Enfermedades intestinales Enferm. extra-intestinales (V)
CONTAMINACION POR AGUAS SUCIAS PRODUCIDA POR EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON EL CERTIFICADO NACIONAL DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR AGUAS SUCIAS 3.1.  Objeto:  Contaminación por microorganismos fecales o patógenos de instalaciones  sanitarias fijas o portátiles, en embarc. mercantes, deport. y recreat., y entidades  relacionadas con sus actividades. Equipamiento idóneo y medios de retención a  bordo p/entregar a tierra. 3.2.  Inodoros químicos:  Sólo para embarc. except. por el Art. 4º, para poder cumplir  con el Art. 5º. Sólo descarga a tierra.  3.3.  Desmenuzador y válvulas:  Cada inodoro con desmenuzador (manual o motriz), in-  tegrado o separado; conexiones con válvulas “1/4 giro” indic. ‘abierto-cerrado’. Se  podrán precintar válvulas descarga directa al exterior. 3.4.  Bomba de aguas sucias:  Cada inodoro con bomba (manual o motriz), integrada o  separada; conectada a tanque de retención.  3.5.  Tanque retención ag. sucias:  Ac/Norma ISO 8099:2003 (forma enmendada), capac.  p/nº máx. pers. a bordo durante 2 días (5 l./pers./día) + 25 %. Para naveg. más larga  complementará capac. hasta volumen proporcional + 25 %.  Accesibles p/inspecc.;  conex. cortas y directas; aptos p/escora 20º, asiento 10º, temp. 1-60º C.  Embarcac.  T.A.T. > 12, 1 tanque retenc. por c/inodoro; T.A.T. < 12, 1 tanque ret. p/todos. Todos  los tanques de ag. sucias c/indicador de alto nivel al 75 % de su capacidad. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 3 (VI)
CONTAMINACION POR AGUAS SUCIAS PRODUCIDA POR EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON EL CERTIFICADO NACIONAL DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR AGUAS SUCIAS 3.6.  Sistema de tratam. y desinfección (digestor):  Reemplaza al tanque de retención, p/  efectuar descargas autorizadas; aprobado por PNA ac/Disp. DPAM,RE4-Nº 02/08, u  homolog. por OMI ac/Res. MEPC.159(55) (forma enmendada), o aceptado ac/certif.  de otra Aut. Marít. previa presentac. ac/Art. 8º de la Ord..  3.7.  Bomba descarga a tierra:  Embarc. T.A.T. > 12 c/bomba fija descarga, manual o  motriz. Emb. T.A.T. < 12, bomba no obligatoria, pero apto para aspirar de muelle. 3.8.  Brida Conexión Universal:  P/descarga a tierra ac/croquis Anexo 1; sobre cubierta  c/colector rebalses y goteos.  3.9.  Aplicación:  Obligación retener a bordo en ríos, lagos y puertos, p/descarga a  tierra. Permitido en ríos c/instalación desmenuzado y desinfección que cumpla  Res. OMI MEPC.157(55) adoptada por Disp. DPAM,RE4-Nº 02/08.  Permitido en  lagos y puertos si posee sist. tratam. y desinfecc. (digestor). Libre descarga al mar  a + 12 Mn de tierra. Previo desmenuzado y desinfecc. a + 4 Mn de tierra.  A – 4 Mn  sólo tratam. y desinfecc. con digestor.  NUEVAS, obligación equipamiento partir 2 años desde aprobación Ord.  EXISTENTES, obligación equipamiento partir 10 años desde aprobación Ord. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 3 (VII) (Especific. técnicas ac/Norma Internacional EN ISO 8099:2000 – Sistemas de Retención de Vertidos de Desechos de Instalaciones Sanitarias).
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Agregado Nº 3 – Anexo 2 ESQUEMA Y DIMENSIONES DE LA BOCA DE CONEXIÓN UNIVERSAL DE DESCARGA A TIERRA DE AGUAS SUCIAS Agregado Nº 3 – Anexo 1 ESQUEMA SIMPLIFICADO DE UNA INSTALACION TIPICA DE AGUAS SUCIAS
MARPOL 73/78 ANEXO IV – Aguas Sucias Norma ISO/DIS 8099.3: Embarcaciones de Recreo - Sistemas de retención de desperdicios de instalaciones sanitarias.  OMI-1996: Foro 96–Conferencia Regional s/Prev. de contaminac.  producida por buques pequeños en marinas y fondeaderos.  Trinidad y Tobago Resolución: Código de conducta para prevenir la  contaminación por buques pequeños en marinas y fondeaderos en la Región del Caribe. OMI-2006: Res. MEPC.159(55) OMI-2006: Res. MEPC.157(55) Recomendación s/Normas relativas al régimen de descarga de aguas sucias sin tratar por los buques. Directrices s/Implantación de normas relativas a efluentes y pruebas de rendimiento de las instalaciones de tratamiento de aguas sucias. OMI-1976: Res. MEPC.2(VI) Recomendación p/una norma internac. s/Efluentes y directrices para las pruebas de rendimiento en plantas de tratamiento de aguas sucias. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Comentarios sobre el análisis del Agregado Nº 3 Ord. Nº 4/98 (Tomo 6) Normas para la Prevención de la Contaminación de las Aguas Proveniente de Embarcaciones  Deportivas y de Placer.
NORMA ISO/DIS 8099.3 Comentarios sobre instalación de sistemas de tratamiento y control de aguas sucias en embarcaciones deportivas PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Embarcaciones de Recreo - Sistemas de Retención de Desechos  de las instalaciones sanitarias. Ambito de aplicación:   Esta norma ISO especifica los detalles de diseño, construcción e instalación, de los sistemas de retención temporal de residuos, para su posterior descarga  a tierra, en embarcaciones de hasta 24 metros de eslora.  Requisitos Generales:   El sistema será capaz de operar en una franja de temperatura de +1º C a +60º C y resistirá cuando esté vacío, una temperatura ambiente desde -40º C a +60º C.
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],NORMA ISO/DIS 8099.3 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Comentarios sobre instalación de sistemas de tratamiento y control de aguas sucias en embarcaciones deportivas
DISEÑO E INSTALACIÓN Características:  El sistema de sanitarios de retención de residuos orgánicos, una vez instalado en la embarcación, tendrá las siguientes características: El sistema será capaz de operar una descarga de residuos del WC ó  del sistema de retención estando la embarcación con una escora de 20º a cada banda y con un ángulo de trimado de 10º a proa o a popa. Las embarcaciones se construirán de forma que se eviten los  vertidos accidentales de aguas sucias y contaminantes en el agua. Toda embarcación de recreo dotada de aseos, deberá estar provista como mínimo, de: a)  Depósitos de retención, o instalaciones que puedan contener  depósitos de forma temporal, destinados a retener las aguas sucias generadas durante la permanencia de la embarcación en zonas  donde existan limitaciones al vertido de este tipo de aguas. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Comentarios sobre instalación de sistemas de tratamiento y control de aguas sucias en embarcaciones deportivas
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Comentarios sobre instalación de sistemas de tratamiento y control de aguas sucias en embarcaciones deportivas
b)  Un conducto que corra al exterior de forma adecuada, y en  todo caso a través de la cubierta, para descargar las aguas  sucias contenidas en el depósito de retención a las instalaciones de recepción, provisto de una conexión a tierra.  PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Comentarios sobre instalación de sistemas de tratamiento y control de aguas sucias en embarcaciones deportivas
Esquemas y ejemplos de s istemas sanitarios instalables a bordo para la retención de residuos orgánicos líquidos PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental
Tubo de lavado durante extracción Dispositivo de bombeo en cubierta Toma de mar Sistema de descarga por extracción desde la instalación de recepción Tanque de retención Venteo de servicio Trampa de olores Válvula de salida Flujo de agua limpia Flujo de aguas sucias Sistemas Sanitarios de Retención de Líquidos Orgánicos  (I) Válvula de entrada PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Tanque retención Bomba
Toma de mar (aspiración)  a través del casco Descarga al mar a través del casco Conexión para instalación de recepción, con opción de descarga al mar posterior al tanque de retención Trampa de olores  Válvula ‘Y’ Flujo de agua limpia Flujo de aguas sucias Venteo de servicio Sistemas Sanitarios de Retención de Líquidos Orgánicos  (II) Tubo de venteo Salida a cubierta para  descarga a instalación  receptora PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Tanque retención Sifón Bomba
Conexión para instalación de recepción por aspiración, con opción de descarga directa al mar previa al tanque de retención Descarga al mar a través del casco Válvula ‘Y’ Aspiración  a través del casco Venteo de servicio Tubo de lavado durante extracción Trampa de olores Sistemas Sanitarios de Retención de Líquidos Orgánicos  (III) Flujo de agua limpia Flujo de aguas sucias Trampa de olores   Salida a cubierta para descarga a instalación receptora Tanque retención PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Sifón   Bomba
Aspiración  a través del casco Sistemas Sanitarios de Retención de Líquidos Orgánicos  (IV) Tanque de retención Conexión para instalación de recepción por aspiración, con opción de descarga al mar posterior al tanque de retención a través de un macerador Trampa  de olores Válvula ‘Y’ Tubo de ventilación y sifón Dispositivo de bombeo en cubierta Descarga al mar a través del casco Flujo de agua limpia Flujo de aguas sucias Venteo de servicio Bomba maceradora PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Bomba
Sistemas Sanitarios de Retención de Líquidos Orgánicos  (V) Conexión para instalación de recepción por aspiración desde el tanque de retención, con opciones de descarga directa al mar, o desde el tanque Aspiración  a través del casco Descarga al mar a través del casco Venteo de servicio Flujo de agua limpia Flujo de aguas sucias Tubo de ventilación Válvula ‘Y’ Válvula ‘Y’ Válvula ‘Y’ Salida a cubierta para descarga a instalación receptora PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Sifón Trampa de olores Descarga directa al exterior Tanque de retención Bomba
Sistema sanitario con acumulador de agua a presión para WC múltiples ‘ Pulmón’ acumulador de presión Presurizador de agua dulce o salada Regulador de presión Central de control Venteo Conexión para descarga a tierra Venteo Sifón Sifón Bomba de descarga Descarga al mar a través del casco Descarga directa al exterior Tanque de retención PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Válvula ‘Y’ de 3 vías Flujo de agua limpia Flujo de aguas sucias
Sistema de vacío interno (‘Vacuflush’) con  bajo caudal de agua Bomba de vacío Tanque depresor Al levantar el pedal ingresa una reducida cantidad de agua Al bajar el pedal se abre el cierre y el vacío arrastra aire, agua y desechos vacío vacío vacío Cuando la bomba deasalojó los desechos sigue bombeando hasta alcanzar el nivel de vacío en el tanque depresor Al soltar el pedal cierra y vuelve a producirse vacío en el sistema de drenaje Válvulas de retención PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Agua Vacío Aire
Tanque de retención de residuos modular con bombas de descarga incorporadas en un sistema sanitario con acumulador de agua a presión para WC múltiples Bomba de descarga al mar Bomba de descarga a tierra Salida para tubería de descarga a tierra Salida para tubería de descarga al mar Central de control PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental
Tanques para Retención de Líquidos Residuales y Panel de Control PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental
Bomba de vacío y tanque depresor del sistema ‘ Vacuflush’ con bajo caudal de agua PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Bomba generadora  de vacío Tanque depresor
Panel de comando del sistema de vacío ‘Vacuflush’ con bajo caudal de agua PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Luz roja:   No accionar el sistema  (no hay vacío suficiente) Luz verde:   Accionar presionando el pedal durante  3 segundos
Pasacascos sanitarios  (recto y en ángulo) PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Cabezal “hongo”  recto o angulado  utilizado en las conexiones de  paso de líquidos  a través del casco o cubierta Cabezal hidrodinámico extrachato utilizado en conexiones pasa casco de embarcaciones que requieren muy reducido arrastre de agua o  cubierta totalmente lisa
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Proyecto de Agregado Nº 4:  CONTAMINACION POR RESIDUOS SOLIDOS, PRODUCIDA POR EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON EL CERTIFICADO NACIONAL DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR BASURAS
CONTAMINACION POR RESIDUOS SOLIDOS, PRODUCIDA POR EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON EL CERTIFICADO NACIONAL DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR BASURAS 4.1.  Objeto:  Contaminación por residuos domésticos sólidos (restos de víveres, envases  descartables, papeles, cartones, trapos, estopa, materiales sintéticos, loza, metales,  cabullería, maderas, etc.. Constructores e importadores proveerán a las embarcacio-  nes mercantes, deportivas y recreativas que comercialicen, el equipo necesario para  cumplir el régimen operativo de descarga autorizado para basuras.  4.2.  Recipientes primarios:  Segregados, identificados, en lugares accesibles. ROJO   –   Inorgánicos Reciclables (PVC, acrílico, goma, sellador, espuma poliuretano,  polietileno, telgopor, cabos, tejido sintético, tanza, masilla, resina, vidrio, hojalata,  madera,   metales, etc.) .  VERDE – Orgánicos Degradables (víveres, pescado, estopa, verduras, frutas, papel,  trapos de algodón, lino, etc.) ,  Volumen adecuado para residuos de cada clase generados en un día por la totalidad  de personas autorizadas a transportar.  4.3.  Recipientes secundarios:  T.A.T. > 12 - Bolsas resistentes, cantidad y capacidad ade-  cuada p/basuras segregadas generadas durante varias singladuras, para entrega a  tierra a término del viaje.  PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 4 (VIII)
CONTAMINACION POR RESIDUOS SOLIDOS, PRODUCIDA POR EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON EL CERTIFICADO NACIONAL DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR BASURAS 4.4.  Triturador de basuras:  Destinado sólo a residuos orgánicos degradables (malla 20 x  20 mm.). NUEVAS – T.A.T. > 12 ó autoriz. a transp. 10 ó más pers., tendrán triturador  motriz en sumidero bacha cocina, a partir 1 año de aprobación Ord.. EXISTENTES –  T.A.T. > 12 ó autoriz. a transp. 10 ó más pers., obligación triturador a partir 10 años  de aprobación Ord.. 4.5.  Compactador:  Destinado a reducir volumen de residuos inorgánicos reciclables (la-  tas de conserva, envases de cartón, latas de bebida, recipientes descartables, etc.).  Manual o motriz. Instalado fijo en forma y lugar fácilmente accionable. Ver Anexo 1.  NUEVAS – tendrán compactador a partir 1 año de aprobación Ord..  EXISTENTES –  obligación compactador a partir 5 años de aprobación Ord.. 4.6.  Aplicación:  Prohibición total de descargar basuras en ríos, lagos y puertos, salvo… - Naveg. fluvial longitudinal > 2 días sin tocar puerto, si tiene triturador acorde a 4.4.  - Naveg. marítima > 3 Mn de tierra, si tiene triturador acorde a 4.4.  - Naveg. marítima > 12 Mn de tierra, en cualquier condición. Nunca plásticos. - Naveg. Zonas Protecc. Especial fluviales o marítimas – Total prohib. de descargar  basuras a las aguas, debiendo retener a bordo para entregar a tierra. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 4 (IX)
Ésta no es una metodología aceptable para cumplir la premisa de la “triple R” (REUTILIZAR–REDUCIR–RECICLAR)   PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Agregado Nº 4 – Anexo 1 ESQUEMA SIMPLIFICADO DE UN DISPOSITIVO COMPACTADOR DE BASURAS CON  ACCIONAMIENTO MANUAL PARA COMPACTAR RESIDUOS INORGANICOS RECICLABLES
NORMAS A CUMPLIR POR INSTALACIONES PORTUARIAS, CLUBES NAUTICOS, GUARDERIAS, MARINAS Y ASTILLEROS DE EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON LOS CERTIFICADOS NACIONALES DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION  - PLAN DE GESTION DE DESECHOS - 5.1.  Objeto:  Infraestructuras donde se dan servicios de cualquier tipo a esas embarcaci o   nes, con/sin fines de lucro. Responsables implementarán medidas p/recibir en tierra   los residuos de hidrocarburos, aguas sucias y basuras, generados a bordo de las  embarcaciones mercantes o deportivas que operen en, o desde las mismas. 5.2.  Plan de Gestión de Desechos:  Breve, práctico y realista. Incluirá al recolector local  habilitado por autoridades nac./prov./munic. corresp., debidamente encarpetado y  firmado. Indicará servicios disponibles p/usuarios, recepc. de desechos, provisión  de combust., lavad. de cascos, varaderos, zona de pintura, etc.. Describirá tipo y  cant. estimada de residuos, consecuencias ambientales y med. de mitigación. Prev.  de incremento. Presentar por duplic. con nota ante Depend. PNA jurisdic.. Plazo de  90 días dde. aprob. Ord..  5.3.  Directrices de implantación:  No presentación Plan de Gestión de Desechos implica-   rá intimación formal y llegado el caso suspens. prev. s/Art. 402.9918. - REGINAVE.  Rechazo del Plan extenderá plazo 90 días p/nueva presentación.  Incumplim. Plan  aprobado implicará intimación/suspens./formac. Expte. y comunic. Autorid. Admin..  PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 5 (X)
NORMAS A CUMPLIR POR INSTALACIONES PORTUARIAS, CLUBES NAUTICOS, GUARDERIAS, MARINAS Y ASTILLEROS DE EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON LOS CERTIFICADOS NACIONALES DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION  - PLAN DE GESTION DE DESECHOS - (Continuación).  Obligaciones de los Responsables de las Instalaciones: - Proporcionar instalaciones receptoras adecuadas.  - Utilizar recipientes identificados, con capacidad adecuada p/basuras segregadas.  - Contar con recipientes adecuados para aceite usado, líquidos oleosos, pinturas, etc.  - Facilitar medios p/recepción de aguas sucias, incluyendo inodoros químicos. - Ofrecer servicios sanitarios cerca de zona de amarras, para desalentar uso a bordo. - Mantener adecuada señalización e instrucciones.  - Colocar contenedores p/residuos en zonas de reparación y mantenimiento.  - Prever depósitos en zonas de hidrolavado, que no permitan drenaje a las aguas.  - Verificar zonas de provisión/recepción de hidrocarburos c/contención de derrames.  - Fomentar uso materiales sorbentes de hidrocarburos. - Adecuar recepción basuras y aguas sucias a normas sanitarias vigentes.  - Normalizar elementos recepción residuos p/facilitar tarea de naveg. y operadores.  PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 5 (XI)
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Bombas  autocebantes rotativas con  diámetro de aspiración de  1,5”, 2” y 3”,  y hasta 6 m. de aspiración de columna… Bombas de vacío externas (portátiles) para descarga a tierra del tanque de  retención de aguas sucias con motor  a nafta o diésel desde  3,5 a 16 HP Bomba eléctrica, con instrucciones  de comando y secuencia de uso
Sistemas de vacío externos (fijos sobre muelle) para descargar el tanque de retención de aguas sucias  (I) PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental
Sistema de vacío externo (fijo sobre muelle) para descargar el tanque de retención de aguas sucias  (II) PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental
Sistema de vacío externo (fijo sobre muelle) para descargar el tanque de retención de aguas sucias  (III) PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental
Cámara séptica para pequeños usuarios Este dispositivo separa el líquido de los sólidos, para que éstos puedan ser tratados biológicamente y saneados antes del vuelco al subsuelo. El proceso se basa en la depuración por oxidación, gracias a procesos biológicos que mediante oxigenación (aireación) transforman los compuestos orgánicos en material inerte apto para sedimentar.   PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental
Aguas Sucias: Tecnología de depuración secuencial ‘SBR’ para pequeños usuarios 1. Fase de decantación   El agua residual entra en la cámara de  decantación y los sólidos se van depositando  en el fondo. El agua más clara de la superficie  pasa por rebalse a la cámara de reacción SBR,  en el lado derecho.                                                 2. Fase de activación de lodos por aire La limpieza biológica por medio de microorganismos y fangos reactivos ocurre en  esta fase. El proceso se realiza mediante la combinación de períodos alternos de  aporte de aire y reposo. Los fangos activados desarrollan millones de microorganismos que limpian el agua en forma totalmente natural.                                                 3. Fase de reposo Seguidamente, se pasa a una fase de reposo en la cual los fangos se acumulan en el fondo del tanque. El agua  limpia se acumula en la parte superior de la cámara.                                                 4. Sedimentación y extracción del agua limpia   El agua depurada sale del depósito y puede ser reutilizada. Los fangos  acumulados en el fondo de la cámara son devueltos a la primera cámara  de decantación para el inicio de otro ciclo. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental
CODIGO DE CONDUCTA AMBIENTAL PARA LOS RESPONSABLES DE EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON LOS CERTIFICADOS NACIONALES DE PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACION  6.1. Introducción. 6.2. Verificaciones durante la carga de combustible. 6.3. Implantación. Código Civil de la Nación:   Art. 1.109 - Todo el que ejecuta un hecho, que por su culpa o negligencia ocasiona un daño a otro, está obligado a la reparación del perjuicio. Esta obligación es regida por las mismas disposiciones relativas a los delitos del derecho civil.  Art. 1.110 - Puede pedir esta reparación, no sólo el que es dueño o poseedor de la cosa que ha sufrido el daño o sus herederos, sino también el usufructuario, o el usuario, si el daño irrogase perjuicio a su derecho.  PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental Análisis detallado – Agregado Nº 6 (XII)
FIN DE LA PRESENTACION http://www.prefecturanaval.gov.ar PP(RS) F. J. Martín PREFECTURA NAVAL ARGENTINA  Dirección de Protección Ambiental PROYECTO  DE  ORDENANZA  Tomo 6 – REGIMEN PARA LA PROTECCION DEL AMBIENTE “ NORMAS PARA EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON LOS CERTIFICADOS NACIONALES DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION DISPOSICIONES PARA INSTALACIONES PORTUARIAS, CLUBES NAUTICOS, GUARDERIAS, MARINAS   Y ASTILLEROS

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Embarcaciones deportivas

  • 1. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DIRECCION DE PROTECCION AMBIENTAL PROYECTO DE ORDENANZA Tomo 6 – REGIMEN PARA LA PROTECCION DEL AMBIENTE NORMAS PARA EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON LOS CERTIFICADOS NACIONALES DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION – DISPOSICIONES PARA INSTALACIONES PORTUARIAS, CLUBES NAUTICOS, GUARDERIAS, MARINAS Y ASTILLEROS JUNIO – 2011
  • 2. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental FUNDAMENTOS LEGALES Y TECNICOS: - Constitución Nacional – Art. 41. - Ley Nº 18.398 – Ley General de la Prefectura Naval Argentina - Art. 5º, inc. a) subinc. 23 - Entender sobre normas para prohibir la contaminación de las aguas fluviales, lacustres y marítimas, y verificar su cumplimiento. - Ley Nº 22.190 – Régimen de Prevención y Vigilancia de la Contaminación de las Aguas u Otros Elementos del Medio Ambiente por Agentes Contaminantes Provenientes de Buques y Artefactos Navales. - Ley Nº 24.089 – Convenio Internacional MARPOL - Respecto a los buques no sujetos al régimen establecido, se dictarán medidas apropiadas para garantizar el cumplimiento de las disposiciones aplicables. - Dec. Nº 4.516/73 – REGINAVE-Título 4, Cap. 2 - Régimen de las Actividades Náutico Deportivas. - Dec. Nº 1.886/83 – REGINAVE-Título 8 - De la Prevención de la Contaminación Provenientes de Buques. - Dec. Nº 2.532/93 – Declara de ‘INTERES NACIONAL’ la prevención de la contaminación de las aguas y todas las acciones tendientes a preservar el ambiente acuático. - Normas ISO/DIS 8099.3 – Embarcaciones de Recreo - Sistemas de retención de desperdicios de instalaciones sanitarias. - Federación Internacional de Vela (ISAF) – Recomendaciones para implementar medidas de protección al ámbito acuático y costero.
  • 3.
  • 4. Agregado Nº 1 : Contaminación por Hidrocarburos o Líquidos Oleosos, producida por Embarcaciones Mercantes y Artefactos Navales eximidos de contar con el Certificado Nacional de Prevención de la Contaminación por Hidrocarburos. Agregado Nº 2 : Contaminación por Hidrocarburos o Líquidos Oleosos, producida por Embarcaciones Deportivas y Recreativas eximidas de contar con el Certificado Nacional de Prevención de la Contaminación por Hidrocarburos. Agregado Nº 3 : Contaminación por Aguas Sucias, producida por Embarcaciones Mercantes, Deportivas y Recreativas eximidas de contar con el Certificado Nacional de Prevención de la Contaminación por Aguas Sucias. Agregado Nº 4 : Contaminación por Residuos Sólidos, producida por Embarcaciones Mercantes, Deportivas y Recreativas eximidas de contar con el Certificado Nacional de Prevención de la Contaminación por Basuras. Agregado N° 5 : Normas a Cumplir por Instalaciones Portuarias, Clubes Náuticos, Guarderías, Marinas y Astilleros de Embarcaciones Mercantes, Deportivas y Recreativas eximidas de contar con los Certificados Nacionales de Prevención de la Contaminación. Plan de Gestión de Desechos. Agregado N° 6 : Código de Conducta Ambiental para los Responsables de Embarcaciones Mercantes, Deportivas y Recreativas eximidas de contar con los Certificados Nacionales de Prevención de la Contaminación. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental PROYECTO DE TEXTO DISPOSITIVO (cont.)
  • 5. ANALISIS DETALLADO DEL PROYECTO DE TEXTO DISPOSITIVO PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental
  • 6. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO (I) Artículo 3º: Aplicación. 3.1. Embarcaciones mercantes, deportivas y recreativas inscriptas en la Matrícula Mercante Nacional, o en el R.E.Y., que por su tonelaje se encuentren eximidas de contar con los Certificados Nacionales de Prevención de la Contaminación. 3.2. Embarcaciones mercantes, deportivas y recreativas de bandera extranjera, u otros registros con derecho a ser considerados de Bandera Nacional, que por su tonelaje se encuentren eximidas de contar con los Cert. Nac. de Prev. de la Contaminación, cuando naveguen en aguas de Jurisdicción Nacional . 3.3. Instalaciones portuarias, clubes náuticos, guarderías náuticas, marinas y astilleros de las embarcaciones mencionadas, así como donde operen embarcaciones de los Registros Jurisdiccionales.
  • 7. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO (II) Artículo 4º: Exceptúanse… las embarcaciones mercantes, deportivas y recreativas que se indican: 4.1. Propulsadas a remo o equivalentes. 4.2. Las que no posean cubierta rígida. 4.3. A vela, sin fuerza motriz interna o externa. 4.4. A vela o motor destinadas sólo a competir en regatas. 4.5. Eslora igual o menor a 8 m. 4.6. Madera o ferrocemento (20 años ó +) u otros materiales (30 años ó +) a partir fecha de la Ordenanza, eslora hasta 15 m. 4.7. Declaradas de ‘valor histórico’ o reproducciones construídas con materiales originales y denominadas así por el constructor. 4.8. Prototipos experimentales, que no se comercialicen en ningún plazo. 4.9. Que deban contar con los Cert. Nac. o Internac. de Prev. de Contam. Las no exceptuadas, están obligadas por el Art. 3º.
  • 8. Proyecto de Agregado Nº 1: CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS O LIQUIDOS OLEOSOS, PRODUCIDA POR EMBARCACIONES MERCANTES Y ARTEFACTOS NAVALES EXIMIDOS DE CONTAR CON EL CERTIFICADO NACIONAL DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental
  • 9.
  • 10. CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS O LIQUIDOS OLEOSOS, PRODUCIDA POR EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON EL CERTIFICADO NACIONAL DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS 2.1. Objeto: Contaminación por mezclas oleosas concentr. > 15 p.p.m. de hidrocarburo en agua. Equipamiento idóneo y medios retención a bordo p/entregar a tierra. 2.2. Derrames: Minimización peligro de derrame en dispositivos de llenado, almacena- miento, ventilación y suministro de combustible. Motores a nafta: Tanques afuera del sector habitable. Motores internos: Tanques fijos. Bocas llenado c/colector re- balses ac/croquis Anexo 1. Tanques y conductos protegidos de calor; ventilación. 2.3. Recolección de goteos: Sentina estanca; bomba achique específica. 2.4. Residuos oleosos: Tanque fijo; capacidad cárter mot. ppales. y aux. + 25 %, alimentado desde bomba achique sentina motores. 2.5. Bomba descarga a tierra: Embarc. T.A.T. > 12 c/Bomba fija descarga. Emb. T.A.T. < 12, bomba no obligatoria, pero apto para aspirar desde muelle. 2.6. Brida Conexión Universal descarga a tierra ac/croquis Anexo 2; sobre cubierta c/ colector rebalses ac/croquis Anexo 1. 2.7. Material sorbente descartable: Obligación p/limpiar goteos, derrames menores. 2.8. Aplicación: Obligación retener a bordo p/descarga a tierra. 15 p.p.m. a + 12 Mn de la costa. NUEVAS, obligación equipamiento partir 2 años desde aprobación Ord.. EXISTENTES, obligación equipamiento partir 10 años desde aprobación Ord.. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 2 (IV)
  • 11. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental ESQUEMA DISPOSITIVO COLECTOR DE REBALSES Y GOTEOS PARA LAS BOCAS DE LLENADO DE TANQUES DE COMBUSTIBLE FIJOS Agregado Nº 2 – Anexo 1 Agregado Nº 2 – Anexo 2 ESQUEMA Y DIMENSIONES DE LA BOCA DE CONEXIÓN UNIVERSAL DE DESCARGA A TIERRA DE RESIDUOS OLEOSOS
  • 12. ENFERMEDADES DERIVADAS DE LAS DESCARGAS DE RESIDUOS ORGANICOS DESDE LAS EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental INTRODUCCION al Agregado Nº 3 Etapa de infección Etapa de diagnóstico Colonización no invasiva Enfermedades intestinales Enferm. extra-intestinales (V)
  • 13. CONTAMINACION POR AGUAS SUCIAS PRODUCIDA POR EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON EL CERTIFICADO NACIONAL DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR AGUAS SUCIAS 3.1. Objeto: Contaminación por microorganismos fecales o patógenos de instalaciones sanitarias fijas o portátiles, en embarc. mercantes, deport. y recreat., y entidades relacionadas con sus actividades. Equipamiento idóneo y medios de retención a bordo p/entregar a tierra. 3.2. Inodoros químicos: Sólo para embarc. except. por el Art. 4º, para poder cumplir con el Art. 5º. Sólo descarga a tierra. 3.3. Desmenuzador y válvulas: Cada inodoro con desmenuzador (manual o motriz), in- tegrado o separado; conexiones con válvulas “1/4 giro” indic. ‘abierto-cerrado’. Se podrán precintar válvulas descarga directa al exterior. 3.4. Bomba de aguas sucias: Cada inodoro con bomba (manual o motriz), integrada o separada; conectada a tanque de retención. 3.5. Tanque retención ag. sucias: Ac/Norma ISO 8099:2003 (forma enmendada), capac. p/nº máx. pers. a bordo durante 2 días (5 l./pers./día) + 25 %. Para naveg. más larga complementará capac. hasta volumen proporcional + 25 %. Accesibles p/inspecc.; conex. cortas y directas; aptos p/escora 20º, asiento 10º, temp. 1-60º C. Embarcac. T.A.T. > 12, 1 tanque retenc. por c/inodoro; T.A.T. < 12, 1 tanque ret. p/todos. Todos los tanques de ag. sucias c/indicador de alto nivel al 75 % de su capacidad. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 3 (VI)
  • 14. CONTAMINACION POR AGUAS SUCIAS PRODUCIDA POR EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON EL CERTIFICADO NACIONAL DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR AGUAS SUCIAS 3.6. Sistema de tratam. y desinfección (digestor): Reemplaza al tanque de retención, p/ efectuar descargas autorizadas; aprobado por PNA ac/Disp. DPAM,RE4-Nº 02/08, u homolog. por OMI ac/Res. MEPC.159(55) (forma enmendada), o aceptado ac/certif. de otra Aut. Marít. previa presentac. ac/Art. 8º de la Ord.. 3.7. Bomba descarga a tierra: Embarc. T.A.T. > 12 c/bomba fija descarga, manual o motriz. Emb. T.A.T. < 12, bomba no obligatoria, pero apto para aspirar de muelle. 3.8. Brida Conexión Universal: P/descarga a tierra ac/croquis Anexo 1; sobre cubierta c/colector rebalses y goteos. 3.9. Aplicación: Obligación retener a bordo en ríos, lagos y puertos, p/descarga a tierra. Permitido en ríos c/instalación desmenuzado y desinfección que cumpla Res. OMI MEPC.157(55) adoptada por Disp. DPAM,RE4-Nº 02/08. Permitido en lagos y puertos si posee sist. tratam. y desinfecc. (digestor). Libre descarga al mar a + 12 Mn de tierra. Previo desmenuzado y desinfecc. a + 4 Mn de tierra. A – 4 Mn sólo tratam. y desinfecc. con digestor. NUEVAS, obligación equipamiento partir 2 años desde aprobación Ord. EXISTENTES, obligación equipamiento partir 10 años desde aprobación Ord. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 3 (VII) (Especific. técnicas ac/Norma Internacional EN ISO 8099:2000 – Sistemas de Retención de Vertidos de Desechos de Instalaciones Sanitarias).
  • 15. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Agregado Nº 3 – Anexo 2 ESQUEMA Y DIMENSIONES DE LA BOCA DE CONEXIÓN UNIVERSAL DE DESCARGA A TIERRA DE AGUAS SUCIAS Agregado Nº 3 – Anexo 1 ESQUEMA SIMPLIFICADO DE UNA INSTALACION TIPICA DE AGUAS SUCIAS
  • 16. MARPOL 73/78 ANEXO IV – Aguas Sucias Norma ISO/DIS 8099.3: Embarcaciones de Recreo - Sistemas de retención de desperdicios de instalaciones sanitarias. OMI-1996: Foro 96–Conferencia Regional s/Prev. de contaminac. producida por buques pequeños en marinas y fondeaderos. Trinidad y Tobago Resolución: Código de conducta para prevenir la contaminación por buques pequeños en marinas y fondeaderos en la Región del Caribe. OMI-2006: Res. MEPC.159(55) OMI-2006: Res. MEPC.157(55) Recomendación s/Normas relativas al régimen de descarga de aguas sucias sin tratar por los buques. Directrices s/Implantación de normas relativas a efluentes y pruebas de rendimiento de las instalaciones de tratamiento de aguas sucias. OMI-1976: Res. MEPC.2(VI) Recomendación p/una norma internac. s/Efluentes y directrices para las pruebas de rendimiento en plantas de tratamiento de aguas sucias. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Comentarios sobre el análisis del Agregado Nº 3 Ord. Nº 4/98 (Tomo 6) Normas para la Prevención de la Contaminación de las Aguas Proveniente de Embarcaciones Deportivas y de Placer.
  • 17. NORMA ISO/DIS 8099.3 Comentarios sobre instalación de sistemas de tratamiento y control de aguas sucias en embarcaciones deportivas PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Embarcaciones de Recreo - Sistemas de Retención de Desechos de las instalaciones sanitarias. Ambito de aplicación: Esta norma ISO especifica los detalles de diseño, construcción e instalación, de los sistemas de retención temporal de residuos, para su posterior descarga a tierra, en embarcaciones de hasta 24 metros de eslora. Requisitos Generales: El sistema será capaz de operar en una franja de temperatura de +1º C a +60º C y resistirá cuando esté vacío, una temperatura ambiente desde -40º C a +60º C.
  • 18.
  • 19. DISEÑO E INSTALACIÓN Características: El sistema de sanitarios de retención de residuos orgánicos, una vez instalado en la embarcación, tendrá las siguientes características: El sistema será capaz de operar una descarga de residuos del WC ó del sistema de retención estando la embarcación con una escora de 20º a cada banda y con un ángulo de trimado de 10º a proa o a popa. Las embarcaciones se construirán de forma que se eviten los vertidos accidentales de aguas sucias y contaminantes en el agua. Toda embarcación de recreo dotada de aseos, deberá estar provista como mínimo, de: a) Depósitos de retención, o instalaciones que puedan contener depósitos de forma temporal, destinados a retener las aguas sucias generadas durante la permanencia de la embarcación en zonas donde existan limitaciones al vertido de este tipo de aguas. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Comentarios sobre instalación de sistemas de tratamiento y control de aguas sucias en embarcaciones deportivas
  • 20.
  • 21. b) Un conducto que corra al exterior de forma adecuada, y en todo caso a través de la cubierta, para descargar las aguas sucias contenidas en el depósito de retención a las instalaciones de recepción, provisto de una conexión a tierra. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Comentarios sobre instalación de sistemas de tratamiento y control de aguas sucias en embarcaciones deportivas
  • 22. Esquemas y ejemplos de s istemas sanitarios instalables a bordo para la retención de residuos orgánicos líquidos PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental
  • 23. Tubo de lavado durante extracción Dispositivo de bombeo en cubierta Toma de mar Sistema de descarga por extracción desde la instalación de recepción Tanque de retención Venteo de servicio Trampa de olores Válvula de salida Flujo de agua limpia Flujo de aguas sucias Sistemas Sanitarios de Retención de Líquidos Orgánicos (I) Válvula de entrada PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Tanque retención Bomba
  • 24. Toma de mar (aspiración) a través del casco Descarga al mar a través del casco Conexión para instalación de recepción, con opción de descarga al mar posterior al tanque de retención Trampa de olores Válvula ‘Y’ Flujo de agua limpia Flujo de aguas sucias Venteo de servicio Sistemas Sanitarios de Retención de Líquidos Orgánicos (II) Tubo de venteo Salida a cubierta para descarga a instalación receptora PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Tanque retención Sifón Bomba
  • 25. Conexión para instalación de recepción por aspiración, con opción de descarga directa al mar previa al tanque de retención Descarga al mar a través del casco Válvula ‘Y’ Aspiración a través del casco Venteo de servicio Tubo de lavado durante extracción Trampa de olores Sistemas Sanitarios de Retención de Líquidos Orgánicos (III) Flujo de agua limpia Flujo de aguas sucias Trampa de olores Salida a cubierta para descarga a instalación receptora Tanque retención PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Sifón Bomba
  • 26. Aspiración a través del casco Sistemas Sanitarios de Retención de Líquidos Orgánicos (IV) Tanque de retención Conexión para instalación de recepción por aspiración, con opción de descarga al mar posterior al tanque de retención a través de un macerador Trampa de olores Válvula ‘Y’ Tubo de ventilación y sifón Dispositivo de bombeo en cubierta Descarga al mar a través del casco Flujo de agua limpia Flujo de aguas sucias Venteo de servicio Bomba maceradora PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Bomba
  • 27. Sistemas Sanitarios de Retención de Líquidos Orgánicos (V) Conexión para instalación de recepción por aspiración desde el tanque de retención, con opciones de descarga directa al mar, o desde el tanque Aspiración a través del casco Descarga al mar a través del casco Venteo de servicio Flujo de agua limpia Flujo de aguas sucias Tubo de ventilación Válvula ‘Y’ Válvula ‘Y’ Válvula ‘Y’ Salida a cubierta para descarga a instalación receptora PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Sifón Trampa de olores Descarga directa al exterior Tanque de retención Bomba
  • 28. Sistema sanitario con acumulador de agua a presión para WC múltiples ‘ Pulmón’ acumulador de presión Presurizador de agua dulce o salada Regulador de presión Central de control Venteo Conexión para descarga a tierra Venteo Sifón Sifón Bomba de descarga Descarga al mar a través del casco Descarga directa al exterior Tanque de retención PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Válvula ‘Y’ de 3 vías Flujo de agua limpia Flujo de aguas sucias
  • 29. Sistema de vacío interno (‘Vacuflush’) con bajo caudal de agua Bomba de vacío Tanque depresor Al levantar el pedal ingresa una reducida cantidad de agua Al bajar el pedal se abre el cierre y el vacío arrastra aire, agua y desechos vacío vacío vacío Cuando la bomba deasalojó los desechos sigue bombeando hasta alcanzar el nivel de vacío en el tanque depresor Al soltar el pedal cierra y vuelve a producirse vacío en el sistema de drenaje Válvulas de retención PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Agua Vacío Aire
  • 30. Tanque de retención de residuos modular con bombas de descarga incorporadas en un sistema sanitario con acumulador de agua a presión para WC múltiples Bomba de descarga al mar Bomba de descarga a tierra Salida para tubería de descarga a tierra Salida para tubería de descarga al mar Central de control PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental
  • 31. Tanques para Retención de Líquidos Residuales y Panel de Control PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental
  • 32. Bomba de vacío y tanque depresor del sistema ‘ Vacuflush’ con bajo caudal de agua PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Bomba generadora de vacío Tanque depresor
  • 33. Panel de comando del sistema de vacío ‘Vacuflush’ con bajo caudal de agua PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Luz roja: No accionar el sistema (no hay vacío suficiente) Luz verde: Accionar presionando el pedal durante 3 segundos
  • 34. Pasacascos sanitarios (recto y en ángulo) PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Cabezal “hongo” recto o angulado utilizado en las conexiones de paso de líquidos a través del casco o cubierta Cabezal hidrodinámico extrachato utilizado en conexiones pasa casco de embarcaciones que requieren muy reducido arrastre de agua o cubierta totalmente lisa
  • 35. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Proyecto de Agregado Nº 4: CONTAMINACION POR RESIDUOS SOLIDOS, PRODUCIDA POR EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON EL CERTIFICADO NACIONAL DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR BASURAS
  • 36. CONTAMINACION POR RESIDUOS SOLIDOS, PRODUCIDA POR EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON EL CERTIFICADO NACIONAL DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR BASURAS 4.1. Objeto: Contaminación por residuos domésticos sólidos (restos de víveres, envases descartables, papeles, cartones, trapos, estopa, materiales sintéticos, loza, metales, cabullería, maderas, etc.. Constructores e importadores proveerán a las embarcacio- nes mercantes, deportivas y recreativas que comercialicen, el equipo necesario para cumplir el régimen operativo de descarga autorizado para basuras. 4.2. Recipientes primarios: Segregados, identificados, en lugares accesibles. ROJO – Inorgánicos Reciclables (PVC, acrílico, goma, sellador, espuma poliuretano, polietileno, telgopor, cabos, tejido sintético, tanza, masilla, resina, vidrio, hojalata, madera, metales, etc.) . VERDE – Orgánicos Degradables (víveres, pescado, estopa, verduras, frutas, papel, trapos de algodón, lino, etc.) , Volumen adecuado para residuos de cada clase generados en un día por la totalidad de personas autorizadas a transportar. 4.3. Recipientes secundarios: T.A.T. > 12 - Bolsas resistentes, cantidad y capacidad ade- cuada p/basuras segregadas generadas durante varias singladuras, para entrega a tierra a término del viaje. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 4 (VIII)
  • 37. CONTAMINACION POR RESIDUOS SOLIDOS, PRODUCIDA POR EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON EL CERTIFICADO NACIONAL DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION POR BASURAS 4.4. Triturador de basuras: Destinado sólo a residuos orgánicos degradables (malla 20 x 20 mm.). NUEVAS – T.A.T. > 12 ó autoriz. a transp. 10 ó más pers., tendrán triturador motriz en sumidero bacha cocina, a partir 1 año de aprobación Ord.. EXISTENTES – T.A.T. > 12 ó autoriz. a transp. 10 ó más pers., obligación triturador a partir 10 años de aprobación Ord.. 4.5. Compactador: Destinado a reducir volumen de residuos inorgánicos reciclables (la- tas de conserva, envases de cartón, latas de bebida, recipientes descartables, etc.). Manual o motriz. Instalado fijo en forma y lugar fácilmente accionable. Ver Anexo 1. NUEVAS – tendrán compactador a partir 1 año de aprobación Ord.. EXISTENTES – obligación compactador a partir 5 años de aprobación Ord.. 4.6. Aplicación: Prohibición total de descargar basuras en ríos, lagos y puertos, salvo… - Naveg. fluvial longitudinal > 2 días sin tocar puerto, si tiene triturador acorde a 4.4. - Naveg. marítima > 3 Mn de tierra, si tiene triturador acorde a 4.4. - Naveg. marítima > 12 Mn de tierra, en cualquier condición. Nunca plásticos. - Naveg. Zonas Protecc. Especial fluviales o marítimas – Total prohib. de descargar basuras a las aguas, debiendo retener a bordo para entregar a tierra. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 4 (IX)
  • 38. Ésta no es una metodología aceptable para cumplir la premisa de la “triple R” (REUTILIZAR–REDUCIR–RECICLAR) PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental
  • 39. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Agregado Nº 4 – Anexo 1 ESQUEMA SIMPLIFICADO DE UN DISPOSITIVO COMPACTADOR DE BASURAS CON ACCIONAMIENTO MANUAL PARA COMPACTAR RESIDUOS INORGANICOS RECICLABLES
  • 40. NORMAS A CUMPLIR POR INSTALACIONES PORTUARIAS, CLUBES NAUTICOS, GUARDERIAS, MARINAS Y ASTILLEROS DE EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON LOS CERTIFICADOS NACIONALES DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION - PLAN DE GESTION DE DESECHOS - 5.1. Objeto: Infraestructuras donde se dan servicios de cualquier tipo a esas embarcaci o nes, con/sin fines de lucro. Responsables implementarán medidas p/recibir en tierra los residuos de hidrocarburos, aguas sucias y basuras, generados a bordo de las embarcaciones mercantes o deportivas que operen en, o desde las mismas. 5.2. Plan de Gestión de Desechos: Breve, práctico y realista. Incluirá al recolector local habilitado por autoridades nac./prov./munic. corresp., debidamente encarpetado y firmado. Indicará servicios disponibles p/usuarios, recepc. de desechos, provisión de combust., lavad. de cascos, varaderos, zona de pintura, etc.. Describirá tipo y cant. estimada de residuos, consecuencias ambientales y med. de mitigación. Prev. de incremento. Presentar por duplic. con nota ante Depend. PNA jurisdic.. Plazo de 90 días dde. aprob. Ord.. 5.3. Directrices de implantación: No presentación Plan de Gestión de Desechos implica- rá intimación formal y llegado el caso suspens. prev. s/Art. 402.9918. - REGINAVE. Rechazo del Plan extenderá plazo 90 días p/nueva presentación. Incumplim. Plan aprobado implicará intimación/suspens./formac. Expte. y comunic. Autorid. Admin.. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 5 (X)
  • 41. NORMAS A CUMPLIR POR INSTALACIONES PORTUARIAS, CLUBES NAUTICOS, GUARDERIAS, MARINAS Y ASTILLEROS DE EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON LOS CERTIFICADOS NACIONALES DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION - PLAN DE GESTION DE DESECHOS - (Continuación). Obligaciones de los Responsables de las Instalaciones: - Proporcionar instalaciones receptoras adecuadas. - Utilizar recipientes identificados, con capacidad adecuada p/basuras segregadas. - Contar con recipientes adecuados para aceite usado, líquidos oleosos, pinturas, etc. - Facilitar medios p/recepción de aguas sucias, incluyendo inodoros químicos. - Ofrecer servicios sanitarios cerca de zona de amarras, para desalentar uso a bordo. - Mantener adecuada señalización e instrucciones. - Colocar contenedores p/residuos en zonas de reparación y mantenimiento. - Prever depósitos en zonas de hidrolavado, que no permitan drenaje a las aguas. - Verificar zonas de provisión/recepción de hidrocarburos c/contención de derrames. - Fomentar uso materiales sorbentes de hidrocarburos. - Adecuar recepción basuras y aguas sucias a normas sanitarias vigentes. - Normalizar elementos recepción residuos p/facilitar tarea de naveg. y operadores. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental ANALISIS DETALLADO – Agregado Nº 5 (XI)
  • 42. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Bombas autocebantes rotativas con diámetro de aspiración de 1,5”, 2” y 3”, y hasta 6 m. de aspiración de columna… Bombas de vacío externas (portátiles) para descarga a tierra del tanque de retención de aguas sucias con motor a nafta o diésel desde 3,5 a 16 HP Bomba eléctrica, con instrucciones de comando y secuencia de uso
  • 43. Sistemas de vacío externos (fijos sobre muelle) para descargar el tanque de retención de aguas sucias (I) PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental
  • 44. Sistema de vacío externo (fijo sobre muelle) para descargar el tanque de retención de aguas sucias (II) PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental
  • 45. Sistema de vacío externo (fijo sobre muelle) para descargar el tanque de retención de aguas sucias (III) PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental
  • 46. Cámara séptica para pequeños usuarios Este dispositivo separa el líquido de los sólidos, para que éstos puedan ser tratados biológicamente y saneados antes del vuelco al subsuelo. El proceso se basa en la depuración por oxidación, gracias a procesos biológicos que mediante oxigenación (aireación) transforman los compuestos orgánicos en material inerte apto para sedimentar. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental
  • 47. Aguas Sucias: Tecnología de depuración secuencial ‘SBR’ para pequeños usuarios 1. Fase de decantación El agua residual entra en la cámara de decantación y los sólidos se van depositando en el fondo. El agua más clara de la superficie pasa por rebalse a la cámara de reacción SBR, en el lado derecho.                                                2. Fase de activación de lodos por aire La limpieza biológica por medio de microorganismos y fangos reactivos ocurre en esta fase. El proceso se realiza mediante la combinación de períodos alternos de aporte de aire y reposo. Los fangos activados desarrollan millones de microorganismos que limpian el agua en forma totalmente natural.                                                3. Fase de reposo Seguidamente, se pasa a una fase de reposo en la cual los fangos se acumulan en el fondo del tanque. El agua limpia se acumula en la parte superior de la cámara.                                                4. Sedimentación y extracción del agua limpia El agua depurada sale del depósito y puede ser reutilizada. Los fangos acumulados en el fondo de la cámara son devueltos a la primera cámara de decantación para el inicio de otro ciclo. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental
  • 48. CODIGO DE CONDUCTA AMBIENTAL PARA LOS RESPONSABLES DE EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON LOS CERTIFICADOS NACIONALES DE PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACION 6.1. Introducción. 6.2. Verificaciones durante la carga de combustible. 6.3. Implantación. Código Civil de la Nación: Art. 1.109 - Todo el que ejecuta un hecho, que por su culpa o negligencia ocasiona un daño a otro, está obligado a la reparación del perjuicio. Esta obligación es regida por las mismas disposiciones relativas a los delitos del derecho civil. Art. 1.110 - Puede pedir esta reparación, no sólo el que es dueño o poseedor de la cosa que ha sufrido el daño o sus herederos, sino también el usufructuario, o el usuario, si el daño irrogase perjuicio a su derecho. PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental Análisis detallado – Agregado Nº 6 (XII)
  • 49. FIN DE LA PRESENTACION http://www.prefecturanaval.gov.ar PP(RS) F. J. Martín PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Dirección de Protección Ambiental PROYECTO DE ORDENANZA Tomo 6 – REGIMEN PARA LA PROTECCION DEL AMBIENTE “ NORMAS PARA EMBARCACIONES MERCANTES, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS EXIMIDAS DE CONTAR CON LOS CERTIFICADOS NACIONALES DE PREVENCION DE LA CONTAMINACION DISPOSICIONES PARA INSTALACIONES PORTUARIAS, CLUBES NAUTICOS, GUARDERIAS, MARINAS Y ASTILLEROS