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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD “FERMIN TORO”
BARQUISIMETO EDO. LARA
Estudiante:
CleyserParadas
20008163
SAIA
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el Título III de los
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIA, Y DE LOS DEBERES, nos señala en su
Artículos 19-31 la garantía que da el Estado a toda persona dando así el goce y
respetando los derechos humanos sin discriminación alguna, facilitando así las
garantías ya que todos los Órganos del Poder Publico deben cumplir con los
Derechos Humanos y Garantías reflejadas en la Constitución, a demás, respetando
el libre albedrio la cual define el desenvolvimiento de la personalidad de cada quien,
sin limitaciones o derecho. Asimismo, dentro de estos artículos se busca garantizar
la igualdad entre todos los ciudadanos evitando la discriminación bien sea racial o
de condición social o sexual, incluyendo la defensa de la igualdad tomando en
cuenta medidas que se toman a favor de las personas, sancionado así los abusos y
maltratados tomados contra cualquier individuo.
Al mismo tiempo, prosiguiendo con los derechos constitucionales, es importante
mencionar que los Derechos Humanos reconocidos en la Constitución Nacional son
el producto de un largo proceso de luchas Políticas que parte a mediados del siglo
XVIII hasta nuestros días. Con referencia de los Derechos Individuales, en nuestra
Constitución a partir del año 1999 se recogen los derechos Individuales reconocidos
por el constituyente venezolano hasta hoy día que encontramos en el Artículo 43
(CBV) EL Derecho a la Vida siendo esta inviolable restringiendo que cualquier ley
aplique la pena de muerte y al mismo tiempo resguardando la vida de aquellos
privados en libertado o de servicio militar o civil, derecho a la libertad articulo 44
CBV, manteniendo el orden y la ley de arresto para algún individuo solo con una
orden judicial o ya sea encontrada in fragante. aun así, toda persona detenida tiene
sus derechos y en esos derechos esta la comunicación con sus familiares, un
abogado o abogada que los represente y obtener la información correspondiente del
porque d la detención y del sitio al cual se encuentra entre otras cosas importantes,
a la integridad personal articulo 46 CBV, esto con respecto a maltratos físicos,
mental o moral, no se puede violar su estado físico, manteniendo el respeto sin
torturas, tratos crueles o inhumanos, toda persona privada de libertad deberá ser
tratada con el debido respeto, a la Inviolabilidad del Hogar domestico Articulo 47
CBV, con respecto a no ser allanados si no es con una orden judicial, respetando
así la privacidad de cada quien, a la Inviolabilidad de las Comunicaciones Privadas
Articulo 48 CBV este articulo nos habla de poder comunicarnos en cualquier ámbito
sin que se violen ningún derecho, la comunicación parte desde el ámbito social, es
por ello que nuestra Constitución consagra que es inviolable dicho derecho, a
menos que sea emitido por un tribunal y dicho procedimiento sea para
procedimientos de Orden Legal, es bien importante aclarar dicha disposición, a la
Asociación Articulo 52 CBV, La asociación licita que plantea dicho artículo nos habla
del poder superior que concede dicho estado para la comunicación directa con los
compatriotas, por otra parte, la asociación licita está sumamente respaldada por el
estado es por ello, que se garantiza en todos los ámbitos antes mente mencionado,
a Reunión Articulo 53 CBV, conforme a la ley las reuniones en lugares públicos se
regirán por la ley pero cada persona puede reunirse pública o privadamente sin
pedir permiso alguno ya que no se viola ninguna ley, con fines lícitos y sin armas, al
Libre Tránsito Articulo 50 CBV, cada persona puede trasladarse libremente en el
territorio nacional como fuera de él, trasladado sus bienes personales sin limitación
alguna, al Nombre y a la identidad Articulo 56 CBV, con respecto a esta ley
podemos confirmar el derecho que tiene toda persona en conocer su providencia y
el estado garantizar buscar o dar información con respecto a sus padres, así mismo,
ser inscrito en el registro civil después de su nacimiento obteniendo así todo
documento que pueda identificarlo conforme a la ley, a la libertad de expresión en el
articulo 57 CBV, incluye toda forma de expresarse sea escrita, hablada u otras,
manteniendo el orden constitucional, sea en público o en privado, en medios de
comunicación o defunción, pero haciéndose responsable de toda palabra, a la
información articulo 58 CBV, se puede garantizar por este articulo toda relación
informativa dada a través de medios de comunicación, o dada a los niños niñas y
adolecentes por parte de Madres Padres o Responsables, una información eficaz,
veraz e imparcial siempre y cuando se oponga a la moral, al Honor, a la Privacidad
y a la Intimidad Personal Articulo 60 CBV, la ley garantiza la privacidad de cada
persona, su intimidad y su honor teniendo así el pleno ejercicios de su derecho.
Dentro de los Derechos Constitucionales seguido de los Derechos Individuales
tenemos también los derechos Políticos, según su orden de importancia, los
derechos Políticos están establecidos en nuestra carta magna Capítulo IV del Título
III de la CBV. Dentro de este derecho constitucional se establece la importancia de
hacer vida política, de respetar ideologías políticas y el derecho que tiene toda
persona a la participación Política, en los artículos desde el 62 hasta el 69 nos
indica, todas las personas que viven en el territorio de la nación tienen a su
disposición derechos políticos, esto a su vez consagrados en la carta magna, ahora
bien; tienen la facultad de organizarse políticamente, a través de la participación
directa e indirecta por otra parte, dicha participación tiene a su respaldo que pueden
ser a través de un colectivo, organizaciones políticas o individuo, por otra parte; el
Estado Venezolano a través de sus Órganos específicamente el poder electoral
garantizara el sufragio, esto tiene que ver con la transparencia, universalidad y todo
lo que esto conlleva el sufragio: como en otras partes del mundo esencialmente en
Latinoamérica a tenido un altísimo empuje en cuanto a la participación de la
sociedades que la conforman. a esto se suma lo que estipula el artículo 64 de
nuestra constitución que la participación de dicho sufragio, o voto tendrá como
participantes a toda persona mayor de 18 años, dichos electores inscritos en el
registro electoral tendrán a su disposición la elección de dicho candidato o
candidata a cualquier cargo de elección popular; la constitución de 1999 resalta en
su artículo 65 la importancia que ninguna persona con antecedentes judiciales,
condenados, o de cualquier otro tipo puede ser elegido a cargo público. Es
importante. que cada representante elegido por elección popular como lo consagra
dicho artículo rinda cuenta periódicamente de su gestión, esto tiene que ver con
mostrar lo que plantío en dicha postulación.
Las manifestaciones son un derecho político consagrado en nuestra constitución,
esto nos da la facultad de manifestar de forma libre, pacífica y democráticamente
sin violencia y sin ningún otro fin. El asilo es un derecho internacional de orden
Político, aunado a esto el Estado Venezolano respeta dicho derecho y consagra
como uno de los derechos fundamentales para el bienestar político Social. Al mismo
tiempo, se procede hablar sobre el Estado Social que hoy en día la carta magna
venezolana da cuenta de tal manera: Derechos de las Familias, entran
estrictamente entre los derechos sociales ya que la familia como espacio
fundamental para el desarrollo de todo el núcleo familiar en especial a los niños
niñas y adolecentes donde en los artículos desde el 75 al 81 CBV le garantiza tener
derecho a una familia, a la maternidad y paternidad así como formar una familia con
un matrimonio heterosexual, los niños niñas y adolecentes teniendo prioridad como
sujeto de derecho y aun teniendo prioridad absoluta en salud, educación, servicio,
vestimenta, manutención y vivienda, considerándolos como participes principales en
cualquier opinión. también garantiza a los adolecentes a una vida en desarrollo
plena estando de acuerdo a sus planes de vida en esto incluir sus estudios, a los
ancianos respetando en plenitud su autonomía recibiendo su atención integral y
beneficios de seguridad social, y sin dejar a tras a las personas con discapacidad a
sus derechos de tener una familia y ser aceptados por ellos mismos, ser integrados
a una sociedad dando así el estado junto a familia y comunidad oportunidades para
superarse, beneficios y seguridad social. Expresa por otra parte, como derecho
social muy vinculado los derechos económicos, el Estado protegerá todo el
comercio y garantizara los espacios para asegurar bien sea la actividad económica
de cada persona, también garantizara a través de empresas públicas como PDVSA,
como empresa estatal de la nación y la empresa ferrominera, a través de todas las
empresas estatales del estado y el empuje que brindara las empresas privadas a
través de sus servicios. Dentro de los derechos sociales se encuentra de forma
social. Democrático los derechos culturales educativos donde el estado brindara la
libertad cultural, el desarrollo, crecimiento y movimientos a través de tecnologías,
científica y patrimonios culturales, de la mano va el derecho a la educación como
bien todos conocemos desde el articulo 102 hasta el 111 CBV, en general gratuita y
económica, tanto en el ámbito del preescolar, educación básica, educación media y
universitario, garantizando que el estado sostendrá y creara suficientes datos para
asegurar el acceso. por otra parte, los pueblos indígenas son reconocidos a nivel
constitucional por razones históricas garantizando así en sus artículos del 119 al
126 CBV, Derecho en lo ambiental, formando asi a cada generación a resguardar y
cuidar el ambiente teniendo asi su derecho de disfrutar de una vida segura y un
ambiente seguro. el estado esta obligado a resguardar el ambiente en todos los
ámbitos, ecológicos, resguardando especies en peligro de extinción generar
recursos, resguardando los centros turísticos como parques, bosques, cascadas
entre otros.
Sin embargo defensores de derechos humanos después de 70 años todavía dicen
que esta declaración universal de los derechos humanos aun sigue sido un sueño,
llama la atención que todavía hay violaciones de derechos humanos a nivel mundial
,se evidencias torturas en más de 80 países alrededor del mundo esto a causas de
las constaste guerras que ah tenido como epicentros el medio oriente y parte de
América latica esto por causa de las revoluciones emprendidas como parte de un
resurgir las mayorías interesadas por formas grupos capaces de afrontar las
dificultades, Igualmente en más de 60 países en el mundo se restringe la liberta de
prensa y se cercena la posibilidad de informar de manera clara esto si duda alguna
es el acto más grande de violaciones de derechos humanos que jamás se allá
registrado en todo el mundo.
Los derechos civiles entendemos derechos civil como el arte de vincularse, esto
tiene que ver con las reglas jurídica que articulan las relaciones entres patrimoniales
o personales entre individuos, personas o personas jurídicas, por otra parte esta
rama del derecho acepta a caca persona como sujeto de derecho
Hasta el presente los derechos civiles constitucionales nos llama la atención que
entre ellos: Derecho a la vida, este derecho lo consagra el artículo 43 es inviolable,
ninguna ley ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna establecerla
Mientras que la libertad personal este derecho es inviolable ,ninguna persona puede
ser arrestado si un orden judicial ,al menos que sea sorprendido in fraganti ,no
obstante ninguna persona podrá ser sometida a la esclavitud o servidumbre ,mas
cuando hablamos de mujeres ,niños y adolecentes esta estará sujeto a lo previsto
en la ley
Según el estudio la integridad física el artículo 46 “toda persona tiene derecho a la
integridad física, psíquica y moral, ninguna persona puede ser sometida a torturas o
tratos crueles inhumano o degradante.
Dentro de este orden de ideas tenemos que hablar referéndum proceso mediante el
cual el pueblo elije, decide, aprueba o rechaza una opinión de su representante, es
bien importante hablar de historia en este sentido nos acercamos uno de los
acontecimientos históricos que se dieron en Venezuela en el año 2007 que no tuvo
efecto en la sociedad venezolana para ese entonces sin embargo se siguieron
dando transformaciones a la legislación por causa de dicho referéndum
http://es.slideshare.net/pecasbil/garantas-y-derechos-constitucionales
http://www.ilustrados.com/tema/2779/Derechos-Garantias-Constitucionales.htm
http://www.ventanalegal.com/leyes/constitucion_nacional.html

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Ensayo cleyser saia intensivo (autoguardado)

  • 1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD “FERMIN TORO” BARQUISIMETO EDO. LARA Estudiante: CleyserParadas 20008163 SAIA
  • 2. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el Título III de los DERECHOS HUMANOS Y GARANTIA, Y DE LOS DEBERES, nos señala en su Artículos 19-31 la garantía que da el Estado a toda persona dando así el goce y respetando los derechos humanos sin discriminación alguna, facilitando así las garantías ya que todos los Órganos del Poder Publico deben cumplir con los Derechos Humanos y Garantías reflejadas en la Constitución, a demás, respetando el libre albedrio la cual define el desenvolvimiento de la personalidad de cada quien, sin limitaciones o derecho. Asimismo, dentro de estos artículos se busca garantizar la igualdad entre todos los ciudadanos evitando la discriminación bien sea racial o de condición social o sexual, incluyendo la defensa de la igualdad tomando en cuenta medidas que se toman a favor de las personas, sancionado así los abusos y maltratados tomados contra cualquier individuo. Al mismo tiempo, prosiguiendo con los derechos constitucionales, es importante mencionar que los Derechos Humanos reconocidos en la Constitución Nacional son el producto de un largo proceso de luchas Políticas que parte a mediados del siglo XVIII hasta nuestros días. Con referencia de los Derechos Individuales, en nuestra Constitución a partir del año 1999 se recogen los derechos Individuales reconocidos por el constituyente venezolano hasta hoy día que encontramos en el Artículo 43 (CBV) EL Derecho a la Vida siendo esta inviolable restringiendo que cualquier ley aplique la pena de muerte y al mismo tiempo resguardando la vida de aquellos privados en libertado o de servicio militar o civil, derecho a la libertad articulo 44 CBV, manteniendo el orden y la ley de arresto para algún individuo solo con una orden judicial o ya sea encontrada in fragante. aun así, toda persona detenida tiene sus derechos y en esos derechos esta la comunicación con sus familiares, un abogado o abogada que los represente y obtener la información correspondiente del porque d la detención y del sitio al cual se encuentra entre otras cosas importantes, a la integridad personal articulo 46 CBV, esto con respecto a maltratos físicos, mental o moral, no se puede violar su estado físico, manteniendo el respeto sin torturas, tratos crueles o inhumanos, toda persona privada de libertad deberá ser tratada con el debido respeto, a la Inviolabilidad del Hogar domestico Articulo 47 CBV, con respecto a no ser allanados si no es con una orden judicial, respetando así la privacidad de cada quien, a la Inviolabilidad de las Comunicaciones Privadas Articulo 48 CBV este articulo nos habla de poder comunicarnos en cualquier ámbito sin que se violen ningún derecho, la comunicación parte desde el ámbito social, es por ello que nuestra Constitución consagra que es inviolable dicho derecho, a menos que sea emitido por un tribunal y dicho procedimiento sea para procedimientos de Orden Legal, es bien importante aclarar dicha disposición, a la Asociación Articulo 52 CBV, La asociación licita que plantea dicho artículo nos habla
  • 3. del poder superior que concede dicho estado para la comunicación directa con los compatriotas, por otra parte, la asociación licita está sumamente respaldada por el estado es por ello, que se garantiza en todos los ámbitos antes mente mencionado, a Reunión Articulo 53 CBV, conforme a la ley las reuniones en lugares públicos se regirán por la ley pero cada persona puede reunirse pública o privadamente sin pedir permiso alguno ya que no se viola ninguna ley, con fines lícitos y sin armas, al Libre Tránsito Articulo 50 CBV, cada persona puede trasladarse libremente en el territorio nacional como fuera de él, trasladado sus bienes personales sin limitación alguna, al Nombre y a la identidad Articulo 56 CBV, con respecto a esta ley podemos confirmar el derecho que tiene toda persona en conocer su providencia y el estado garantizar buscar o dar información con respecto a sus padres, así mismo, ser inscrito en el registro civil después de su nacimiento obteniendo así todo documento que pueda identificarlo conforme a la ley, a la libertad de expresión en el articulo 57 CBV, incluye toda forma de expresarse sea escrita, hablada u otras, manteniendo el orden constitucional, sea en público o en privado, en medios de comunicación o defunción, pero haciéndose responsable de toda palabra, a la información articulo 58 CBV, se puede garantizar por este articulo toda relación informativa dada a través de medios de comunicación, o dada a los niños niñas y adolecentes por parte de Madres Padres o Responsables, una información eficaz, veraz e imparcial siempre y cuando se oponga a la moral, al Honor, a la Privacidad y a la Intimidad Personal Articulo 60 CBV, la ley garantiza la privacidad de cada persona, su intimidad y su honor teniendo así el pleno ejercicios de su derecho. Dentro de los Derechos Constitucionales seguido de los Derechos Individuales tenemos también los derechos Políticos, según su orden de importancia, los derechos Políticos están establecidos en nuestra carta magna Capítulo IV del Título III de la CBV. Dentro de este derecho constitucional se establece la importancia de hacer vida política, de respetar ideologías políticas y el derecho que tiene toda persona a la participación Política, en los artículos desde el 62 hasta el 69 nos indica, todas las personas que viven en el territorio de la nación tienen a su disposición derechos políticos, esto a su vez consagrados en la carta magna, ahora bien; tienen la facultad de organizarse políticamente, a través de la participación directa e indirecta por otra parte, dicha participación tiene a su respaldo que pueden ser a través de un colectivo, organizaciones políticas o individuo, por otra parte; el Estado Venezolano a través de sus Órganos específicamente el poder electoral garantizara el sufragio, esto tiene que ver con la transparencia, universalidad y todo lo que esto conlleva el sufragio: como en otras partes del mundo esencialmente en Latinoamérica a tenido un altísimo empuje en cuanto a la participación de la sociedades que la conforman. a esto se suma lo que estipula el artículo 64 de
  • 4. nuestra constitución que la participación de dicho sufragio, o voto tendrá como participantes a toda persona mayor de 18 años, dichos electores inscritos en el registro electoral tendrán a su disposición la elección de dicho candidato o candidata a cualquier cargo de elección popular; la constitución de 1999 resalta en su artículo 65 la importancia que ninguna persona con antecedentes judiciales, condenados, o de cualquier otro tipo puede ser elegido a cargo público. Es importante. que cada representante elegido por elección popular como lo consagra dicho artículo rinda cuenta periódicamente de su gestión, esto tiene que ver con mostrar lo que plantío en dicha postulación. Las manifestaciones son un derecho político consagrado en nuestra constitución, esto nos da la facultad de manifestar de forma libre, pacífica y democráticamente sin violencia y sin ningún otro fin. El asilo es un derecho internacional de orden Político, aunado a esto el Estado Venezolano respeta dicho derecho y consagra como uno de los derechos fundamentales para el bienestar político Social. Al mismo tiempo, se procede hablar sobre el Estado Social que hoy en día la carta magna venezolana da cuenta de tal manera: Derechos de las Familias, entran estrictamente entre los derechos sociales ya que la familia como espacio fundamental para el desarrollo de todo el núcleo familiar en especial a los niños niñas y adolecentes donde en los artículos desde el 75 al 81 CBV le garantiza tener derecho a una familia, a la maternidad y paternidad así como formar una familia con un matrimonio heterosexual, los niños niñas y adolecentes teniendo prioridad como sujeto de derecho y aun teniendo prioridad absoluta en salud, educación, servicio, vestimenta, manutención y vivienda, considerándolos como participes principales en cualquier opinión. también garantiza a los adolecentes a una vida en desarrollo plena estando de acuerdo a sus planes de vida en esto incluir sus estudios, a los ancianos respetando en plenitud su autonomía recibiendo su atención integral y beneficios de seguridad social, y sin dejar a tras a las personas con discapacidad a sus derechos de tener una familia y ser aceptados por ellos mismos, ser integrados a una sociedad dando así el estado junto a familia y comunidad oportunidades para superarse, beneficios y seguridad social. Expresa por otra parte, como derecho social muy vinculado los derechos económicos, el Estado protegerá todo el comercio y garantizara los espacios para asegurar bien sea la actividad económica de cada persona, también garantizara a través de empresas públicas como PDVSA, como empresa estatal de la nación y la empresa ferrominera, a través de todas las empresas estatales del estado y el empuje que brindara las empresas privadas a través de sus servicios. Dentro de los derechos sociales se encuentra de forma social. Democrático los derechos culturales educativos donde el estado brindara la libertad cultural, el desarrollo, crecimiento y movimientos a través de tecnologías, científica y patrimonios culturales, de la mano va el derecho a la educación como bien todos conocemos desde el articulo 102 hasta el 111 CBV, en general gratuita y económica, tanto en el ámbito del preescolar, educación básica, educación media y universitario, garantizando que el estado sostendrá y creara suficientes datos para
  • 5. asegurar el acceso. por otra parte, los pueblos indígenas son reconocidos a nivel constitucional por razones históricas garantizando así en sus artículos del 119 al 126 CBV, Derecho en lo ambiental, formando asi a cada generación a resguardar y cuidar el ambiente teniendo asi su derecho de disfrutar de una vida segura y un ambiente seguro. el estado esta obligado a resguardar el ambiente en todos los ámbitos, ecológicos, resguardando especies en peligro de extinción generar recursos, resguardando los centros turísticos como parques, bosques, cascadas entre otros. Sin embargo defensores de derechos humanos después de 70 años todavía dicen que esta declaración universal de los derechos humanos aun sigue sido un sueño, llama la atención que todavía hay violaciones de derechos humanos a nivel mundial ,se evidencias torturas en más de 80 países alrededor del mundo esto a causas de las constaste guerras que ah tenido como epicentros el medio oriente y parte de América latica esto por causa de las revoluciones emprendidas como parte de un resurgir las mayorías interesadas por formas grupos capaces de afrontar las dificultades, Igualmente en más de 60 países en el mundo se restringe la liberta de prensa y se cercena la posibilidad de informar de manera clara esto si duda alguna es el acto más grande de violaciones de derechos humanos que jamás se allá registrado en todo el mundo. Los derechos civiles entendemos derechos civil como el arte de vincularse, esto tiene que ver con las reglas jurídica que articulan las relaciones entres patrimoniales o personales entre individuos, personas o personas jurídicas, por otra parte esta rama del derecho acepta a caca persona como sujeto de derecho Hasta el presente los derechos civiles constitucionales nos llama la atención que entre ellos: Derecho a la vida, este derecho lo consagra el artículo 43 es inviolable, ninguna ley ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna establecerla Mientras que la libertad personal este derecho es inviolable ,ninguna persona puede ser arrestado si un orden judicial ,al menos que sea sorprendido in fraganti ,no obstante ninguna persona podrá ser sometida a la esclavitud o servidumbre ,mas cuando hablamos de mujeres ,niños y adolecentes esta estará sujeto a lo previsto en la ley Según el estudio la integridad física el artículo 46 “toda persona tiene derecho a la integridad física, psíquica y moral, ninguna persona puede ser sometida a torturas o tratos crueles inhumano o degradante.
  • 6. Dentro de este orden de ideas tenemos que hablar referéndum proceso mediante el cual el pueblo elije, decide, aprueba o rechaza una opinión de su representante, es bien importante hablar de historia en este sentido nos acercamos uno de los acontecimientos históricos que se dieron en Venezuela en el año 2007 que no tuvo efecto en la sociedad venezolana para ese entonces sin embargo se siguieron dando transformaciones a la legislación por causa de dicho referéndum