La expropiación se realiza para ejecutar proyectos públicos que beneficien a la ciudadanía, como proyectos viales, parques, servicios de paso, tanques de agua y terminales terrestres. La Ordenanza 181 regula los procesos expropiatorios estableciendo los requisitos que la administración municipal debe cumplir, incluyendo que el proyecto haya sido solicitado por la comunidad, que exista el presupuesto para indemnizaciones, y que el proyecto haya sido aprobado por el concejo metropolitano