Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 2 DE JUNIO DE 2016 No. 85
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Secretaría de Gobierno
 Acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus
graduaciones, en los establecimientos mercantiles ubicados en todo el territorio que comprende la Ciudad de
México, durante el día que se indica 4
Secretaría de Finanzas
 Aviso mediante el cual se dan a conocer los horarios de recepción de documentación en la Oficina del Secretario de
Finanzas de la Ciudad de México 6
Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades
 Acuerdo de modificación de los Sistemas de Datos Personales que administra la Secretaría de Desarrollo Rural y
Equidad para las Comunidades (SEDEREC) 7
Consejería Jurídica y de Servicios Legales
 Aviso por el que se da a conocer la designación de servidores públicos de la Administración Pública de la Ciudad
de México, como apoderados generales para la defensa jurídica de la misma 19
Delegación Iztapalapa
 Nota aclaratoria a las Reglas de Operación del Programa “La Cultura Vial es Poder”, publicadas en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México 23
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2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
Índice
Viene de la Pág. 1
Delegación La Magdalena Contreras
 Acuerdo por el que se modifican los Sistemas de Datos Personales a cargo de la Delegación La Magdalena
Contreras 28
 Acuerdo por el que se modifican los Sistemas de Datos Personales a cargo de la Delegación La Magdalena
Contreras 38
 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
 Oficialía Mayor.- Licitación Pública Nacional Número LPN/OM/DGA/003/2016.- Convocatoria 003/2016.-
Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, incluyendo refacciones para el parque vehicular 51
 Oficialía Mayor.- Licitación Pública Nacional Número LPN/OM/DGA/004/2016.- Convocatoria 004/2016.-
Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado (unidades de ventana y
minisplit), ubicados en los diferentes inmuebles de las áreas que ocupan las Unidades Administrativas 53
 Oficialía Mayor.- Licitación Pública Nacional Número LPN/OM/DGA/005/2016.- Convocatoria 005/2016.-
Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a 17 elevadores, con suministro de refacciones, los cuales se
encuentran instalados en los inmuebles que ocupan las Unidades Administrativas 55
 Secretaría de Seguridad Pública.- Aviso de Fallo de Licitación Pública Número LPN-01-2016 57
 Delegación Tlalpan.- Nota aclaratoria a la Convocatoria DTL/005-2016 publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el día 31 de mayo de 2016 58
 SECCIÓN DE AVISOS
 Construcción y Diseño Gripsu, S.A. de C.V. 59
 Diseños y Construcción Mikado, S.A. de C.V. 59
 Serconprof, S.C. 59
 J3E, S.A. de C.V. 60
 Control y Mantenimiento de Subestaciones, S.A. de C.V. 61
 AFG Logística, S.A. de C.V. 62
 Edictos 63
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3
4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DE GOBIERNO
Licenciada Dora Patricia Mercado Castro, Secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, en ejercicio de la facultad
que me confiere el artículo 5°, fracción II, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, con fundamento
en lo dispuesto por los artículos 8°, 12, 87 y 104 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2°, 7°, 9º 10°, fracciones I,
II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV y XVI, 15, fracción I, 16, fracción IV, 23, fracciones IX, XXII y
XXXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y; 26, fracciones X y XVII, del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y
CONSIDERANDO
Que con fecha 29 de enero de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México, el Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México, estableciendo en el artículo 44 de
nuestra carta magna, que la Ciudad de México, es la entidad federativa sede de los Poderes de la Unión y Capital de los
Estados Unidos Mexicanos, se compondrá del territorio que actualmente tiene y en caso de que los poderes se trasladen a
otro lugar, se erigirá en un Estado de la Unión con la denominación de Ciudad de México.
Que de conformidad con el ARTÍCULO SÉPTIMO, fracciones VII y VIII letra F, segundo párrafo, de la reforma
constitucional antes señalada, se faculta al Consejo General del Instituto Nacional Electoral, a emitir la Convocatoria para la
elección de los diputados constituyentes a más tardar dentro de los siguientes 15 días a partir de la publicación del Decreto
antes señalado, mediante Acuerdo de aprobación de la Convocatoria a la elección, que establecerá las fechas y los plazos
para el desarrollo de las etapas del proceso electoral, en atención a lo previsto en el párrafo segundo del presente
Transitorio, asimismo, que La Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, ejercerá en forma exclusiva todas las
funciones de Poder Constituyente para la Ciudad de México y la elección para su conformación se realizará el primer
domingo de junio de 2016 para instalarse el 15 de septiembre de ese año, debiendo aprobar la Constitución Política de la
Ciudad de México, a más tardar el 31 de enero de 2017, por las dos terceras partes de sus integrantes presentes.
Que mediante acuerdo INE/CG5372016, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 5 de febrero de 2016, el
Consejo General del Instituto Nacional Electoral, se aprueba el plan y calendario integral del proceso electoral relativo a la
elección de sesenta diputados por el principio de representación proporcional para integrar la Asamblea Constituyente de la
Ciudad de México, se determinan acciones conducentes para atenderlos y se emiten lineamiento correspondientes.
Que en sesión extraordinaria del 4 de febrero de 2016, el Instituto Nacional Electoral, aprobó la Convocatoria para la
Elección de Sesenta Diputadas y Diputados para integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, estableciendo
en la BASE PRIMERA, que el domingo 5 de junio de 2016, se llevará a cabo la elección de sesenta diputados y diputadas
para integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México.
Que mediante oficio oficio INE/JLE-CM/02440/2016 de fecha 19 de mayo de 2016, el Instituto Nacional Electoral requiere
a la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, informar sobre las medidas adoptadas por el gobierno de la Ciudad, en
cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 300, párrafo segundo de la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales, a efecto de garantizar la armonía, la paz y la seguridad en torno a las elecciones que se llevarán a cabo el
domingo 5 de junio del año en curso, donde se elegirán a los diputados que integrarán la Asamblea Constituyente de la
Ciudad de México.
Que en coordinación con el Instituto Nacional Electoral y en cumplimiento a los artículos 300, párrafo 2 de la Ley General
de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 23, fracción IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal, corresponde a la Secretaría de Gobierno apoyar e intervenir en los procesos electorales, conforme a las
disposiciones jurídicas aplicables, por lo que es procedente tomar las medidas conducentes para limitar el horario de
servicio de los establecimientos en los que se sirvan bebidas alcohólicas el día de los comicios, en ese tenor ésta Secretaría,
tiene la facultad para ordenar mediante Acuerdo General la suspensión de actividades en los establecimientos mercantiles
que operen algunos giros que requieran aviso y/o permiso de funcionamiento o declaración de apertura, en fechas u horas
determinadas, con el objeto de que no se altere el orden y la seguridad pública, por lo que he tenido a bien expedir el
siguiente:
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ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS
ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES, EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES
UBICADOS EN TODO EL TERRITORIO QUE COMPRENDE LA CIUDAD DE MÉXICO, DURANTE EL DÍA
QUE SE INDICA.
PRIMERO.- Se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las
00:00 hasta la 24:00 horas del 5 de junio de 2016, en los establecimientos mercantiles en todo el territorio que comprende a
la Ciudad de México, que operen como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y
licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar, en el que se
expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de las ferias,
festividades y tradiciones populares en la vía pública.
SEGUNDO.- Queda prohibida en todo el territorio que comprende la Ciudad de México, en la fecha y horas señaladas, la
venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías, kermeses, festejos populares y otros
lugares donde se presenten eventos similares.
TERCERO.- Las violaciones al presente Acuerdo serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de
Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.
CUARTO.- La Secretaría de Gobierno en coordinación con las dependencias competentes de la Administración Pública de
la Ciudad de México, llevará a cabo acciones para garantizar la seguridad, la paz, orden público y el desarrollo normal
durante las elecciones, que garantice el libre ejercicio de la ciudadanía para ejercer su voto.
QUINTO.- Se exceptúa de la prohibición anterior, única y exclusivamente el consumo con alimentos de bebidas
alcohólicas en copeo al interior de los establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal previstos en el artículo 19,
fracciones I, II y III de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, siendo salones de fiesta, restaurantes y
establecimientos de hospedaje. La venta en envase cerrado para consumir fuera de los establecimientos mercantiles deberá
entenderse como suspendida.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación.
SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y, a través de ésta Secretaría en dos diarios de
circulación nacional, con venta en la Ciudad de México.
El presente Acuerdo se suscribe en la oficina de la Secretaria en Gobierno, en la Ciudad de México, el día primero de junio
del año dos mil dieciséis.
LA SECRETARIA DE GOBIERNO
(Firma)
LICENCIADA DORA PATRICIA MERCADO CASTRO
 
6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS HORARIOS DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN EN LA
OFICINA DEL SECRETARIO DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Secretario de Finanzas de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 2°, 3° fracción VIII, 15 fracción VIII, 16 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, el
numeral Quinto del Acuerdo mediante el cual se da a conocer la Implementación de la Nueva Cultura Laboral en la Ciudad por el que se
establece la Organización del Otorgamiento de Licencias Especiales y Periodos Vacacionales, para las y los Trabajadores de Base,
Confianza, Estabilidad Laboral, Enlaces, Líderes Coordinadores, Mandos Medios y Superiores de la Administración Pública del la
Ciudad de México, para la Efectividad de la Prestación del Servicio a la Ciudadanía y la Conciliación de la Vida Laboral y Familiar; y el
numeral 8.8.2. de la Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal.
CONSIDERANDO
I.-Que el 14 de agosto de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Acuerdo expedido por el Jefe de Gobierno mediante
el cual se da a conocer la Implementación de la Nueva Cultura Laboral en la Ciudad por el que se establece la Organización del
Otorgamiento de Licencias Especiales y Periodos Vacacionales, para las y los Trabajadores de Base, Confianza, Estabilidad Laboral,
Enlaces, Líderes Coordinares, Mandos Medios y Superiores de la Administración Pública del Distrito Federal, para la Efectividad de la
Prestación del Servicio a la Ciudadanía y la Conciliación de la Vida Laboral y Familiar, cuyo numeral Quinto establecía que el horario de
atención para los trámites y servicios que se prestan a la ciudadanía en la Administración Pública del Distrito Federal finalizara a las
15:00 horas el segundo y último viernes de cada mes.
II.- Que el numeral 8.2.2. de la Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal, publicada el 18 de septiembre de 2015, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, establece el
horario de recepción de correspondencia en la unidad de correspondencia, oficinas de control de gestión u oficialía de partes de las
Dependencias será de 09:00 a 18:00 horas en días hábiles.
III.- Que el 10 de mayo de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Acuerdo por el que se modifica el diverso por
el que se da a conocer la Implementación de la Nueva Cultura Laboral en la Ciudad de México por el que se establece la Organización del
Tiempo de Trabajo, Otorgamiento de Licencias Especiales y Periodos Vacacionales, para las y los Trabajadores de Base, Confianza,
Estabilidad Laboral, Enlaces, Líderes Coordinadores, Mandos Medios y Superiores de la Administración Pública del Distrito Federal,
para la Efectividad de la Prestación del Servicio a la Ciudadanía y la Conciliación de la Vida Laboral y Familiar, que entre otros puntos
dispone la modificación del numeral Quinto a efecto de que los trámites y servicios que se prestan a la ciudadanía en la Administración
Pública de la Ciudad de México finalice a las 15:00 horas todos los días viernes.
En tal virtud, he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS HORARIOS DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN EN LA
OFICINA DEL SECRETARIO DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Se comunica al público en general que el horario de atención para la recepción de documentos de la ciudadanía dirigidos al Secretario de
Finanzas, es de 9:00 a 18:00 horas de lunes a jueves y de 9:00 a 15:00 horas los viernes, en días hábiles.
La Oficialía de Partes de la Oficina del Secretario está ubicada en Doctor Lavista número 144, Acceso 1, Primer Piso, colonia Doctores,
delegación Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.
TRANSITORIO
Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Dado en la Ciudad de México, el día veinte del mes de mayo del año dos mil dieciséis.
SECRETARIO DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
(Firma)
EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7
SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
LICDA. ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ, Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades
(SEDEREC) con fundamento en lo dispuesto en los artículos: 15 fracción XX, 16 fracción IV, 17 Primer Párrafo y 23
Quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal; 26 fracción X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal; el Acuerdo por el que se delega a la “SEDEREC” la facultad que se indica en la publicación de la Gaceta Oficial
del 30 de marzo de 2007; 6°, fracciones XII y XXII, 7, 24, fracción XIII, 186, 193 y 202 de la Ley de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9, 13, 14, 21, y 32, de la
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; así como los numerales 3, fracciones VIII, XV, XVI, XVIII,
6, 8, 18, 35 y 38, de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
C O N S I D E R A N D O
Que en los artículos 1°, 6°, apartado A, fracción II y 16, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, se establecen como un derecho humano, el acceso a la información y la protección de los datos personales.
Que a efecto de preservar el pleno ejercicio de estos derechos, los Entes Públicos deberán publicar en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México, la creación, modificación o supresión de sus Sistemas de Datos Personales, en cumplimiento a lo
ordenado en los artículos 6°, 7°, fracciones I, y II y 13 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito
Federal, correspondiendo a cada Ente Público la modificación de sus Sistemas de Datos Personales, conforme a su
respectivo ámbito de competencia.
Que los Sistemas de Datos Personales que se modifican mediante el presente acuerdo fueron inscritos en el Registro
Electrónico de Sistemas de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales del Distrito Federal en los términos siguientes: DESARROLLO RURAL, Folio Núm.
01035089608641001513, inscrito el 10/05/2013; ATENCIÓN A HUÉSPEDES, MIGRANTES Y SUS FAMILIAS, Folio
Núm. 0103511520863100513 inscrito el 13/05/2010; PUEBLOS INDÍGENAS, ORIGINARIOS Y COMUNIDADES DE
DISTINTO ORIGEN NACIONAL, Folio Núm. 01035057608651000512; inscrito el 12/05/2010 PROYECTOS
ESPECIALES Y VINCULACIÓN COMERCIAL; Folio Núm. 0103515581023100707 inscrito el 07/07/2010 en
cumplimiento al artículo Transitorio Tercero de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales del Distrito
Federal con relación al Acuerdo 0182/SO/10-03/2010, aprobado por el pleno del Instituto de Información Pública y
Protección de Datos Personales del Distrito Federal el diez de marzo de dos mil diez y publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil diez.
Que el 21/07/2009, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la creación del SISTEMA DE DATOS
PERSONALES DE LA SEDEREC (SDP-SEDEREC), el cual fue modificado el 30/07/2012 mediante AVISO POR EL
QUE SE HACEN DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL LOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES
QUE ADMINISTRA LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES,
siendo este aviso modificado mediante Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 08/11/2013.
Que por todo lo anterior, resulta necesaria la modificación de los Sistemas de Datos Personales que administra la Secretaria
de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, para cumplir cabalmente con lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley
de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, mismo que señala que los Sistemas de Datos Personales se
regirán por los principios de seguridad, licitud, confidencialidad, consentimiento, calidad de los datos, disponibilidad y
temporalidad. Por lo que tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES QUE ADMINISTRA LA
SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES (SEDEREC)
Primero: El sistema de Protección de Datos Personales de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las
Comunidades, denominado “DESARROLLO RURAL”, se modifica en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de
Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, para quedar como sigue:
8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
I Identificación del Sistema de Datos Personales
Denominación: Sistema de Datos Personales de Ayudas para el Fomento y Promoción del Desarrollo Agropecuario y
Rural.
Normatividad Aplicable:
I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
III. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
IV. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de
México.
V. Ley de Archivos del Distrito Federal.
VI. Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
VII. Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
VIII. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
IX. Políticas específicas para el manejo de la información, para el acceso y operación del sistema, del uso
de Internet.
X. Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
XI. Ley de Desarrollo Agropecuario, Rural y Sustentable del Distrito Federal.
XII. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
XIII. Acuerdo por el que se delega a la “SEDEREC” la facultad que se indica en la publicación de la
Gaceta Oficial del 30 de marzo de 2007.
XIV. Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas Sociales de la
SEDEREC 2016.
XV. Aviso por el que se dan a conocer las Convocatorias de los Programas Sociales de la SEDEREC
2016.
XVI. Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos Específicos para acceder a los Programas
Sociales de la SEDEREC 2016.
Finalidad y Usos Previstos: Otorgar apoyos en económico y en especie para el fomento y promoción del desarrollo
agropecuario y rural de los habitantes de la Ciudad de México.
II Origen de los Datos
Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos:
Beneficiarios (as) de los programas Fomento a las Actividades Rurales, Agropecuarias y de Comercialización y Promoción
de la Equidad y el Desarrollo de las Mujeres Rurales en la Ciudad de México; usuarios de los programas, objetivos
específicos, componentes y acciones de la Dirección General de Desarrollo Rural.
Procedencia: Interesados (as), Beneficiarios (as) y/o usuarios (as) de los programas, objetivos específicos, componentes y
acciones de la Dirección General de Desarrollo Rural.
Procedimiento de Obtención: Formato Evaluación Socioeconómica y Formato Solicitud de acceso a Programas
SEDEREC Ventanilla 1-2-3-4.
III Estructura Básica del Sistema de Datos Personales
Datos identificativos: Nombre, fecha de nacimiento, sexo, domicilio, teléfono particular, teléfono celular, firma, clave del
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y Clave Única de Registro de Población (CURP).
Datos electrónicos: Correo electrónico no oficial
Datos académicos: Escolaridad
Datos biométricos: Huella dactilar
Datos sobre la vida afectiva y familiar: Estado civil
Datos de carácter obligatorio: Nombre, domicilio, correo electrónico no oficial
Datos de carácter facultativo: Teléfono particular, teléfono celular
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9
Modo de tratamiento utilizado: Procedimientos mixtos
IV Cesión de Datos
Los datos personales recabados podrán ser trasmitidos a los siguientes:
Destinatarios Finalidad Genérica Fundamento Legal
Comisión de Derechos Humanos
del Distrito Federal.
Para la investigación de quejas y
denuncias así como de presuntas
violaciones por parte de
servidores públicos a los
derechos humanos.
Ley de la Comisión de los Derechos
Humanos del Distrito Federal, artículos 3,
17, fracción II y 36.
Contraloría General de la Ciudad
de México.
Con la finalidad de la realización
de auditorías o desarrollo de
investigaciones por presuntas
faltas administrativas.
Artículo 34 fracción XII, de la Ley
Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad
de México.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de funciones de
fiscalización.
Artículos, 2°, 3°, 6° y 8° de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de
México.
Instituto de Acceso a la
Información Pública y Protección
de Datos Personales del Distrito
Federal.
Con la finalidad de la
sustentación de recursos de
revisión, denuncias y
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley
de Protección de Datos
Personales para el distrito
Federal.
Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México.
Secretaría de Desarrollo Social de
la Ciudad de México.
Para la publicación de los
padrones de Beneficiarios (as) de
los programas sociales además de
otras transmisiones previstas en
la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito
Federal.
Ley de Desarrollo Social del Distrito
Federal, artículo 34 fracción II y el
Reglamento de la Ley de Desarrollo
Social del Distrito Federal
Órganos Jurisdiccionales Locales
y Federales.
Para la sustanciación de los
procesos jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
Artículos 323 del Código Civil para el
Distrito Federal; 278, 288, 326 y 331 del
Código de Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal; 180 del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito
Federal; 149 de la Ley de Amparo,
Reglamentaria de los artículos 103 y 107
de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 191 fracción XIX
Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación; 783 y 784 Ley Federal del
Trabajo; 2°, fracción II Código Federal
de Procedimientos Penales.
V Unidad Administrativa y Responsable del Sistema de Datos Personales
Unidad Administrativa Responsable: Dirección General de Desarrollo Rural
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Titular de la Dirección General de Desarrollo Rural
10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
VI Unidad Administrativa ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación,
cancelación, oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento.
Unidad administrativa: Unidad de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades.
Domicilio: Fray Servando No. 198, P.B., Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06090, Ciudad de México
Correo electrónico: oip_sederec@cdmx.gob.mx
VII Nivel de Seguridad: Alto
Segundo: El sistema de Protección de Datos Personales de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las
Comunidades, denominado “PUEBLOS INDÍGENAS, ORIGINARIOS Y COMUNIDADES DE DISTINTO ORIGEN
NACIONAL”, se modifica en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito
Federal, para quedar como sigue:
I Identificación del Sistema de Datos Personales
Denominación: Sistema de Datos Personales de Apoyo a los Habitantes de Pueblos Indígenas, Originarios y Comunidades
de Distinto Origen Nacional.
Normatividad Aplicable:
I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
III. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
IV. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de
México.
V. Ley de Archivos del Distrito Federal.
VI. Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
VII. Código Civil para el Distrito Federal.
VIII. Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
IX. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
X. Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
XI. Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana del Distrito Federal.
XII. Reglamento de la Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana del Distrito
Federal.
XIII. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
XIV. Acuerdo por el que se delega a la “SEDEREC” la facultad que se indica en la publicación de la
Gaceta Oficial del 30 de marzo de 2007.
XV. Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas Sociales de la
SEDEREC 2016.
XVI. Aviso por el que se dan a conocer las Convocatorias de los Programas Sociales de la SEDEREC
2016.
XVII. Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos Específicos para acceder a los Programas
Sociales de la SEDEREC 2016.
Finalidad y Usos Previstos: Otorgar a los habitantes de pueblos indígenas, originarios y comunidades de distinto origen
nacional apoyos económicos para el fortalecimiento y mejoramiento de la identidad cultural, patrimonial, histórica, de
género así como de la medicina tradicional y herbolaria, con equidad y enfoque intercultural.
II Origen de los Datos
Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos:
Interesados (as), Beneficiarios (as) y/o usuarios (as) de los programas, objetivos específicos, componentes y acciones de la
Dirección General de Equidad para Pueblos y Comunidades.
Procedencia: Interesados (as), Beneficiarios (as) y/o usuarios (as) de los programas, objetivos específicos, componentes y
acciones de la Dirección General de Equidad para Pueblos y Comunidades.
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11
Procedimiento de Obtención: Solicitudes de acceso a los diversos programas con las que cuenta la Dirección General de
Equidad para los Pueblos y Comunidades; talleres, eventos, conferencias, foros y demás actividades en las que se
desenvuelvan las funciones de la Dirección y formatos generales de la Dirección.
III Estructura Básica del Sistema de Datos Personales
Datos identificativos: Nombre, lugar y fecha de nacimiento, sexo, firma, nacionalidad, edad, domicilio, teléfono particular,
teléfono celular, clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP),
número de licencia de conducir, fotografía, idioma o lengua, clave de elector (alfa-numérico anverso credencial INE), folio
nacional (anverso credencial del INE), número identificador (OCR) (reverso de la credencial INE).
Datos electrónicos: Correo electrónico no oficial.
Datos académicos: Escolaridad
Datos biométricos: Huella dactilar
Datos sobre la vida afectiva y familiar: Estado civil
Datos especialmente protegidos (sensibles): Origen Étnico o Racial
Datos de carácter obligatorio: Nombre, lugar y fecha de nacimiento, sexo, firma, nacionalidad, edad, domicilio, teléfono
particular, teléfono celular, clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población
(CURP), número de licencia de conducir, fotografía, Idioma o lengua, clave de elector (alfa-numérico anverso credencial
INE), folio nacional (anverso credencial del INE), número identificador (OCR)(reverso de la credencial INE).
Datos de carácter facultativo: Datos patrimoniales, Datos académicos, Datos sobre la salud, Matrícula del servicio militar
nacional (si aplica), Número de pasaporte (si aplica) y Número de seguro social.
Modo de tratamiento utilizado: Procedimientos mixtos
IV Cesión de Datos
Los datos personales recabados podrán ser trasmitidos a los siguientes:
Destinatarios Finalidad Genérica Fundamento Legal
Comisión de Derechos Humanos
del Distrito Federal.
Para la investigación de quejas y
denuncias así como de presuntas
violaciones por parte de
servidores públicos a los
derechos humanos.
Ley de la Comisión de los
Derechos Humanos del Distrito
Federal, artículos 3, 17, fracción
II y 36.
Contraloría General de la Ciudad
de México.
Con la finalidad de la realización
de auditorías o desarrollo de
investigaciones por presuntas
faltas administrativas
Artículo 34 fracción XII, de la
Ley Orgánica de la
Administración Pública del
Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad
de México.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de funciones de
fiscalización
Artículos, 2°, 3°, 6° y 8° de la
Ley de Fiscalización Superior de
la Ciudad de México.
Instituto de Acceso a la
Información Pública y Protección
de Datos Personales del Distrito
Federal.
Con la finalidad de la
sustentación de recursos de
revisión, denuncias y
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley
de Protección de Datos
Personales para el distrito
Federal.
Ley de Transparencia, Acceso a
la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la
Ciudad de México.
12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
Secretaría de Desarrollo Social de
la Ciudad de México.
Para la publicación de los
padrones de Beneficiarios (as) de
los programas sociales además de
otras transmisiones previstas en
la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito
Federal.
Ley de Desarrollo Social del
Distrito Federal, artículo 34
fracción II y el Reglamento de la
Ley de Desarrollo Social del
Distrito Federal.
Órganos Jurisdiccionales locales
y Federales.
Para la sustanciación de los
procesos jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
Artículos 323 del Código Civil
para el Distrito Federal; 278, 288,
326 y 331 del Código de
Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal; 180 del Código
de Procedimientos Penales para
el Distrito Federal; 149 de la Ley
de Amparo, Reglamentaria de los
artículos 103 y 107 de la
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 191
fracción XIX Ley Orgánica del
Poder Judicial de la Federación;
783 y 784 Ley Federal del
Trabajo; 2°, fracción II Código
Federal de Procedimientos
Penales.
V Unidad Administrativa y Responsable del Sistema de Datos Personales
Unidad Administrativa responsable: Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Titular de la Dirección General de Equidad para los Pueblos y
Comunidades
VI Unidad Administrativa ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación,
cancelación, oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento
Unidad administrativa: Unidad de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades
Domicilio: Fray Servando No. 198, P.B., Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06090, Ciudad de México
Correo electrónico: oip_sederec@cdmx.gob.mx
VII Nivel de Seguridad: Alto
Tercero: El sistema de Protección de Datos Personales de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las
Comunidades, denominado “ATENCIÓN A HUÉSPEDES, MIGRANTES Y SUS FAMILIAS”, se modifica en
cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, para quedar como sigue:
I Identificación del Sistema de Datos Personales
Denominación: Sistema de Datos Personales de Huéspedes, Migrantes y sus Familias
Normatividad Aplicable:
I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13
III. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
IV. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de
México.
V. Ley de Archivos del Distrito Federal.
VI. Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
VII. Código Civil para el Distrito Federal.
VIII. Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
IX. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
X. Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana del Distrito Federal.
XI. Reglamento de la Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana del Distrito
Federal.
XII. Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
XIII. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
XIV. Acuerdo por el que se delega a la “SEDEREC” la facultad que se indica en la publicación de la
Gaceta Oficial del 30 de marzo de 2007.
XV. Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas Sociales de la
SEDEREC 2016.
XVI. Aviso por el que se dan a conocer las Convocatorias de los Programas Sociales de la SEDEREC
2016.
XVII. Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos Específicos para acceder a los Programas
Sociales de la SEDEREC 2016.
Finalidad y Usos Previstos: Informar, orientar y gestionar ante instituciones locales y federales en materia de salud,
empleo, documentos de identidad, regularización migratoria; canalización a un albergue temporal con Organizaciones de la
Sociedad Civil, así como otorgar apoyos económicos a Huéspedes, Migrantes y sus Familias.
II Origen de los Datos
Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos:
Beneficiarios (as) y solicitantes de información y asesoría de los programas, componentes y acciones de Ciudad
Hospitalaria, Intercultural y de Atención a Migrantes de la Ciudad de México y Programa Atención a las Mujeres
Huéspedes y Migrantes de la Ciudad de México.
Procedencia: Beneficiarios (as) y solicitantes de información y asesoría de los programas Ciudad Hospitalaria, Intercultural
y de Atención a Migrantes de la Ciudad de México y Programa Atención a las Mujeres Huéspedes y Migrantes de la Ciudad
de México.
Procedimiento de Obtención: Formato Evaluación Socioeconómica y Formato de Solicitud de acceso a Programas
SEDEREC Ventanilla 6 y vía telefónica.
III Estructura Básica del Sistema de Datos Personales
Datos identificativos: Nombre, lugar y fecha de nacimiento, sexo, firma, nacionalidad, edad, domicilio, teléfono particular,
teléfono celular.
Datos electrónicos: Correo electrónico no oficial.
Datos académicos: Escolaridad
Datos laborales: Ocupación
Datos biométricos: Huella dactilar
Datos sobre la vida afectiva y familiar: Estado Civil, nombre de familiares dependientes económicos así como su estado
de salud física y mental.
Datos especialmente protegidos (sensibles): Origen Étnico o Racial, Estado de salud físico y mental
Datos de carácter obligatorio: Nombre, sexo, lugar de nacimiento, escolaridad, ocupación, estado civil, cuenta con
servicios médicos, padece de alguna enfermedad o discapacidad, pertenece a algún grupo indígena o etnia, dependientes
económicos.
14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
Datos de carácter facultativo: Domicilio, último grado de estudios, correo electrónico, teléfono particular, teléfono
celular.
Modo de tratamiento utilizado: Procedimientos mixtos.
IV Cesión de Datos
Los datos personales recabados podrán ser trasmitidos a los siguientes:
Destinatarios Finalidad Genérica Fundamento Legal
Comisión de Derechos Humanos
del Distrito Federal.
Para la investigación de quejas y
denuncias así como de presuntas
violaciones por parte de servidores
públicos a los derechos humanos.
Ley de la Comisión de los Derechos
Humanos del Distrito Federal, artículos
3, 17, fracción II y 36.
Contraloría General de la Ciudad
de México.
Con la finalidad de la realización de
auditorías o desarrollo de
investigaciones por presuntas faltas
administrativas
Artículo 34 fracción XII, de la Ley
Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad
de México.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de funciones de
fiscalización
Artículos, 2°, 3°, 6° y 8° de la Ley de
Fiscalización Superior de la Ciudad de
México.
Instituto de Acceso a la
Información Pública y Protección
de Datos Personales del Distrito
Federal.
Con la finalidad de la sustentación
de recursos de revisión, denuncias y
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley
de Protección de Datos Personales
para el distrito Federal.
Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México.
Secretaría de Desarrollo Social de
la Ciudad de México.
Para la publicación de los padrones
de Beneficiarios (as) de los
programas sociales además de otras
transmisiones previstas en la Ley de
Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Social del Distrito
Federal, artículo 34 fracción II y el
Reglamento de la Ley de Desarrollo
Social del Distrito Federal.
Órganos Jurisdiccionales locales
y Federales.
Para la sustanciación de los
procesos jurisdiccionales tramitados
ante ellos.
Artículos 323 del Código Civil para el
Distrito Federal; 278, 288, 326 y 331
del Código de Procedimientos Civiles
para el Distrito Federal; 180 del
Código de Procedimientos Penales para
el Distrito Federal; 149 de la Ley de
Amparo, Reglamentaria de los artículos
103 y 107 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 191
fracción XIX Ley Orgánica del Poder
Judicial de la Federación; 783 y 784
Ley Federal del Trabajo; 2°, fracción II
Código Federal de Procedimientos
Penales.
Organizaciones de la Sociedad
Civil.
Canalización a un albergue
temporal de personas migrantes.
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15
Secretaría de Salud de la Ciudad
de México.
Canalización para la atención
médica de Huéspedes y Migrantes.
Convenio Marco de colaboración
celebrado entre la Secretaría de
Desarrollo Rural y Equidad para las
Comunidades y la Secretaría de Salud
y Servicios de Salud Pública No. de
Registro: SALUD DF-28-2013.
Secretaría del Trabajo y Previsión
Social.
Trámite del Seguro de Desempleo
de personas migrantes y de retorno.
Reglas de Operación del Programa
Social “Seguro de desempleo” para el
ejercicio fiscal 2016.
Consejería Jurídica a través del
Registro Civil de la Ciudad de
México.
Apostillamiento de documentos y
su inscripción al Registro Civil de
las personas huéspedes y migrantes.
Bases de colaboración
interinstitucional publicadas en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal No.
1783
Instituto Nacional de Migración. Trámites para la regularización
migratoria
Ley y Reglamento de Interculturalidad,
Atención a Migrantes y Movilidad
Humana del Distrito Federal
V Unidad Administrativa y Responsable del Sistema de Datos Personales
Unidad Administrativa responsable: Dirección de Atención a Huéspedes, Migrantes y sus Familias
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Titular de la Dirección de Atención a Huéspedes, Migrantes y
sus Familias
VI Unidad Administrativa ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación,
cancelación, oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento
Unidad administrativa: Unidad de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades
Domicilio: Fray Servando No. 198, P.B., Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06090, Ciudad de México
Correo electrónico: oip_sederec@cdmx.gob.mx
VII Nivel de Seguridad: Alto
Cuarto: El sistema de Protección de Datos Personales de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las
Comunidades, denominado “PROYECTOS ESPECIALES Y VINCULACIÓN COMERCIAL”, se modifica en
cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, para quedar como sigue:
I Identificación del Sistema de Datos Personales
Denominación: Sistema de Datos Personales de Apoyo a la Agricultura Sustentable a Pequeña Escala de la Ciudad de
México.
Normatividad Aplicable:
I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
III. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
IV. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de
México.
V. Ley de Archivos del Distrito Federal.
VI. Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
VII. Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
VIII. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
IX. Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
X. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
XI. Acuerdo por el que se delega a la “SEDEREC” la facultad que se indica en la publicación de la Gaceta
Oficial del 30 de marzo de 2007.
XII. Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas Sociales de la
SEDEREC 2016.
Finalidad y Usos Previstos: Otorgar apoyos económicos para la Agricultura Sustentable a Pequeña Escala a los habitantes
de la Ciudad de México.
II Origen de los Datos
Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos:
Beneficiarios (as) y/o usuarios (as) de los programas, objetivos específicos, componentes y acciones de la Subdirección de
Proyectos Especiales y Vinculación Comercial.
Procedencia: Beneficiarios (as) y/o usuarios (as) de los programas, objetivos específicos, componentes y acciones de la
Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial.
Procedimiento de Obtención: Formato Evaluación Socioeconómica y Formato de Solicitud de acceso a Programas
SEDEREC Ventanillas 1-2-3-4 y 5.
III Estructura Básica del Sistema de Datos Personales
Datos identificativos: Nombre, lugar y fecha de nacimiento, sexo, firma, edad, domicilio, teléfono, clave del Registro
Federal de Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP), clave de elector (alfa-numérico anverso
credencial INE), folio nacional (anverso credencial del INE), número identificador (OCR) (reverso de la credencial INE)
Datos electrónicos: Correo electrónico no oficial
Datos académicos: Escolaridad
Datos laborales: Ocupación
Datos de tránsito y movimientos migratorios: Tiempo de residencia en la Ciudad de México
Datos biométricos: Huella dactilar
Datos sobre la vida afectiva y familiar: Dependientes económicos
Datos especialmente protegidos (sensibles): Origen Étnico o Racial, Grupo vulnerable al que pertenece
Datos de carácter obligatorio: Nombre, domicilio, lugar y fecha de nacimiento, edad, correo electrónico no oficial, clave
del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP), escolaridad, tiempo de
residencia en la ciudad, Tiempo de residencia en la Ciudad de México y ocupación.
Datos de carácter facultativo: Teléfono.
Modo de tratamiento utilizado: Procedimientos mixtos
IV Cesión de Datos
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17
Los datos personales recabados podrán ser trasmitidos a los siguientes:
Destinatarios Finalidad Genérica Fundamento Legal
Comisión de Derechos Humanos
del Distrito Federal.
Para la investigación de quejas y
denuncias así como de presuntas
violaciones por parte de
servidores públicos a los
derechos humanos.
Ley de la Comisión de los
Derechos Humanos del Distrito
Federal, artículos 3, 17, fracción
II y 36.
Contraloría General de la Ciudad
de México.
Con la finalidad de la realización
de auditorías o desarrollo de
investigaciones por presuntas
faltas administrativas.
Artículo 34 fracción XII, de la
Ley Orgánica de la
Administración Pública del
Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad
de México.
Para la realización de auditorías o
desarrollo de funciones de
fiscalización.
Artículos, 2°, 3°, 6° y 8° de la
Ley de Fiscalización Superior de
la Ciudad de México.
Instituto de Acceso a la
Información Pública y Protección
de Datos Personales del Distrito
Federal.
Con la finalidad de la
sustentación de recursos de
revisión, denuncias y
procedimiento para determinar el
probable incumplimiento a la Ley
de Protección de Datos
Personales para el distrito
Federal.
Ley de Transparencia, Acceso a
la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la
Ciudad de México.
Secretaría de Desarrollo Social de
la Ciudad de México.
Para la publicación de los
padrones de Beneficiarios (as) de
los programas sociales además de
otras transmisiones previstas en
la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito
Federal.
Ley de Desarrollo Social del
Distrito Federal, artículo 34
fracción II y el Reglamento de la
Ley de Desarrollo Social del
Distrito Federal.
Órganos Jurisdiccionales locales
y Federales.
Para la sustanciación de los
procesos jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
Artículos 323 del Código Civil
para el Distrito Federal; 278, 288,
326 y 331 del Código de
Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal; 180 del Código
de Procedimientos Penales para
el Distrito Federal; 149 de la Ley
de Amparo, Reglamentaria de los
artículos 103 y 107 de la
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 191
fracción XIX Ley Orgánica del
Poder Judicial de la Federación;
783 y 784 Ley Federal del
Trabajo; 2°, fracción II Código
Federal de Procedimientos
Penales.
V Unidad Administrativa y Responsable del Sistema de Datos Personales
Unidad Administrativa Responsable: Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Titular de la Subdirección de Proyectos Especiales y
Vinculación Comercial
18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
VI. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación,
cancelación, oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento
Unidad administrativa: Unidad de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades
Domicilio: Fray Servando No. 198, P.B., Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06090, Ciudad de México
Correo electrónico: oip_sederec@cdmx.gob.mx
VII Nivel de Seguridad: Alto
TRANSITORIOS
PRIMERO: Publíquese el “Acuerdo de Modificación de los Sistemas de Datos Personales que Administra la Secretaría de
Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC)” en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO: Se instruye al enlace en materia de datos personales y a los responsables de los Sistemas de Datos Personales
para que den cumplimiento a lo establecido en los artículos 7 y 8 de la Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal y los numerales 8 y 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
TERCERO: El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
En la Ciudad de México, a veintiséis de mayo de dos mil dieciséis.
(Firma)
Licda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez
Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19
CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES.
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DESIGNACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, COMO APODERADOS GENERALES PARA LA
DEFENSA JURÍDICA DE LA MISMA.
VICENTE LOPANTZI GARCÍA, Director General de Servicios Legales, adscrito a la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales del Gobierno de la Ciudad de México, cargo que me fue conferido el 16 de septiembre de 2015, por el C. Jefe de
Gobierno de la Ciudad de México, conforme a las atribuciones que al efecto establecía el artículo 122 apartado C, Base
Segunda, fracción II, inciso d); TRANSITORIOS PRIMERO y SEGUNDO del Decreto por el que se declaran reformadas y
derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma
Política de la Ciudad de México; 67, fracción V del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5, 15, fracción XVI, 17 y 35
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7, fracción XV, numeral 2 y 116 del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y con fundamento en el artículo PRIMERO DEL “ACUERDO
POR EL QUE SE DELEGA AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DEL
DISTRITO FEDERAL, LA FACULTAD DE DESIGNAR Y REVOCAR APODERADOS PARA LA DEFENSA
JURÍDICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL”, emitido por el C. Jefe de Gobierno del
“Distrito Federal”, el 21 de febrero de 2002, publicado en la Gaceta Oficial del “Distrito Federal” número 39, de fecha 19
de marzo de 2002, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DESIGNACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, COMO APODERADOS GENERALES PARA LA
DEFENSA JURÍDICA DE LA MISMA, RESPECTO DE LA DEPENDENCIA, UNIDAD ADMINISTRATIVA U
ÓRGANO DESCONCENTRADO AL QUE SE ENCUENTRE ADSCRITO.
Primero.- Se designan como apoderados generales para la defensa jurídica de la Administración Pública de la Ciudad de
México, respecto de la dependencia, unidad administrativa u órgano desconcentrado al que se encuentran adscritos, a los
siguientes servidores públicos:
DELEGACIÓN XOCHIMILCO
Lic. Karla Leonor Martínez Quintero, con Cédula Profesional número 6082023.
Lic. Osbert Alan Guadalajara López, con Cédula Profesional número 7565201.
Lic. Carlos Preza Aguilar, con Cédula Profesional número 1189260.
Lic. Alejandro Manzanares Ramírez, con Cédula Profesional número 1749855.
Lic. Julio César Mendoza Sánchez, con Cédula Profesional 7182493.
Lic. Tania Ordóñez Palacios, con Cédula Profesional número 6415824.
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
Mtro. Emmanuel Chávez Pérez, con Cédula Profesional número 7673573.
Lic. Leonel Velarde Macías, con Cédula Profesional número 1723833.
Lic. Daniel Araujo Escobar, con Cédula Profesional número 4828660.
Lic. Erik del Ángel Montalvo Alvarado, con Cédula Profesional número 5570128.
Lic. Fernando Castro Bustamante, con Cédula Profesional número 6671742.
Lic. Aarón Leyva García, con Cédula Profesional número 2342955.
Lic. Alyn Fernando Reyes Palma, con Cédula Profesional número 7736516.
Lic. Gandhi Salvador Siles Castillo, con Cédula Profesional número 8069265.
Lic. Rafael Eddie Solís Corbalá, con Cédula Profesional número 6589603.
Lic. Ivy Cigarroa Nicoletti, con Cédula Profesional número 4463330.
Lic. Gabriela Navarrete Álvarez, con Cédula Profesional 6770921.
Lic. Eduardo Viveros Pastrana, con Cédula Profesional número 2679431.
Lic. Luis Pedro Bañuelos Flores, con Cédula Profesional número 3220536.
Lic. Antonio Eugenio Cueva Cerpa, con Cédula Profesional número 0662569.
20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
Lic. Erik Iván Delgadillo Lima, con Cédula Profesional número 09126392.
Lic. Alejandro Ortíz Hernández, con Cédula Profesional número 09123968.
Lic. Bernabé Vázquez Peña, con Cédula Profesional número 6755379.
Lic. Myrella Vela Garrido, con Cédula Profesional número 4900115.
Lic. Elizabeth Villagrán Olvera, con Cédula Profesional número 3159619.
Lic. Mario Isaías Romero Soto, con Cédula Profesional número 3505656.
Lic. Alfonso Rivas Jiménez, con Cédula Profesional número 7875684.
Lic. José Arturo Abarca Gutiérrez, con Cédula Profesional número 7174526.
Lic. Daniel Mandujano Uribe, con Cédula Profesional 3461592.
Lic. Moisés Azcona Medina, con Cédula Profesional número 8198803.
Lic. Omar Castelán Salazar, con Cédula Profesional número 8026151.
Lic. Neil Iván Trujillo Escobedo, con Cédula Profesional número 7387254.
Lic. Marco Antonio Flores Poblano, con Cédula Profesional número 6916954.
Lic. Miguel Ángel Serna Rodríguez, con Cédula Profesional número 7882081.
Lic. Miguel Ángel Mendoza Rodríguez, con Cédula Profesional número 8301352.
Lic. José Francisco Vázquez Céspedes, con Cédula Profesional número 4317933.
Lic. Mónica Luis Sóstenes, con Cédula Profesional número 09061020.
Lic. Jorge Armando Gómez Bello, con Cédula Profesional número 08743427.
Lic. Bruno Manuel Morales Lozano, con Cédula Profesional número 6713914.
Lic. Edgar Alberto Velázquez Torres, con Cédula Profesional 7031585.
Mtro. Ildebrando Cruz Niño, con Cédula Profesional número 09137095.
Lic. Adrián Ignacio Martínez Cortés, con Cédula Profesional número 7617932.
Lic. Arcadio Gómez Arriaga, con Cédula Profesional número 3049137.
Lic. Gonzalo Aguilar Alameda, con Cédula Profesional número 6655545.
Lic. Juan Carlos Huerta Báez, con Cédula Profesional número 09266246.
Lic. Edgar Vázquez Huerta, con Cédula Profesional número 5983031.
Lic. María Eugenia Jiménez Otilio, con Cédula Profesional número 8350252.
Lic. Norel Gutiérrez Navarrete, con Cédula Profesional número 7565472.
Lic. Kristian Osvaldo Hernández Gómez, con Cédula Profesional número 4535677.
Lic. Juan Alberto López Ibarra, con Cédula Profesional número 09141187.
Lic. Manuel Uriel Epitacio Pérez, con Cédula Profesional número 08796650.
Lic. Pamela Montserrat Delgado Hernández, con Cédula Profesional número 7523770.
Lic. Leobardo Díaz Sánchez, con Cédula Profesional número 7172226.
Lic. Estrella Bucio Camacho, con Cédula Profesional número 09647004.
Lic. Rocío Flores Chapa, con Cédula Profesional 8234409.
Lic. Oscar Jonathan Mosco de la Rosa, con Cédula Profesional número 08803432.
Lic. Susana Gallardo Tapia, con Cédula Profesional número 3526738.
Lic. Wendy Martínez Rodríguez, con Cédula Profesional número 09061317.
Lic. Daniel Octavio Rizo Fragoso, con Cédula Profesional número 4800139.
Lic. Guadalupe Ceballos Ruíz, con Cédula Profesional número 4246653.
Lic. Sandra Neria Muñoz, con Cédula Profesional número 09671649.
Lic. María Elena Juárez de Jesús, con Cédula Profesional número 6638940.
Lic. Florencio Alexis D Santiago Monroy, con Cédula Profesional número 3630042.
Lic. Jazmín Soriano Bravo, con Cédula Profesional número 7931729.
Lic. Irma Ruth Rojo Cabrera, con Cédula Profesional número 8154592.
Lic. María Isabel Atenco Vidal, con Cédula Profesional número 3155511.
Lic. Tania Georgina Muñoz Pérez, con Cédula Profesional número 6712679.
Lic. Perla de los Ángeles Ramírez Moreno, con Cédula Profesional número 7626428.
Lic. Marco Antonio Chavarría Mariano, con Cédula Profesional número 6822515.
Lic. Ivonne Román Jiménez, con Cédula Profesional 5531347.
Lic. Mario Alberto Núñez Saldaña, con Cédula Profesional número 7232914.
Lic. Rosalinda Margarito Monroy, con Cédula Profesional número 5143326.
Lic. Erik Iggy Reyes Juárez, con Cédula Profesional número 8080915.
Lic. Juan Carlos Vargas Pérez, con Cédula Profesional número 7081677.
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21
Lic. César Augusto Ortíz Pérez, con Cédula Profesional número 7234633.
Lic. Ricardo Flores Peralta, con Cédula Profesional número 3490396.
Lic. Martha Jasmín Reyes Castillo, con Cédula Profesional número 7452548.
Lic. Miriam Aurora Álvarez Ortega, con Cédula Profesional número 4662306.
Lic. Edgar Israel Ramírez Álvarez, con Cédula Profesional número 4917590.
Lic. Juan Gerardo Rodríguez Mancera, con Cédula Profesional número 2374669.
Lic. Wendy Flores Basurto, con Cédula Profesional número 5586863.
Lic. Rogelio del Campo Barrios, con Cédula Profesional número 7721773.
Lic. Andrés Gelacio Osorio García, con Cédula Profesional número 3345998.
Lic. Jesús Sánchez Mundo, con Cédula Profesional número 7544841.
Lic. Laura Patricia Calderón Ramos, con Cédula Profesional número 4594942.
Lic. Gonzalo Aguilar Alameda, con Cédula Profesional número 6655545.
Para una mejor distribución, ejercicio y desarrollo de las facultades que me fueron delegadas, inherentes al puesto para el
cual fui designado, que desempeño como representante en juicio de la Administración Pública de la Ciudad de México, se
confiere PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, con todas las facultades generales y con las especiales
que requieran mención o cláusula especial conforme a la ley. De una manera enunciativa y no limitativa, se otorgan las
siguientes facultades:
a).- Presentar y contestar demandas, reconvenciones y tercerías, oponer excepciones y defensas y comparecer como
tercero interesado;
b).- Ofrecer toda clase de pruebas, objetar las de la contraria, rendir toda clase de informes; presentar testigos y
redargüir los que ofrezca la parte contraria; designar y revocar peritos;
c) Absolver y articular posiciones;
d) Embargar bienes y presentarse en almonedas;
e) Promover incompetencias y recusar jueces;
f) Oír resoluciones interlocutorias y definitivas; interponer toda clase de incidentes y recursos ordinarios y
extraordinarios; pedir aclaración de sentencias y laudos, así como ejecutarlos;
g) Elaborar demandas de amparo e interponer los recursos que procedan inherentes al juicio;
h) Transigir y conciliar mediante autorización expresa del titular de la dependencia, órgano desconcentrado u
órgano político-administrativo; comprometer y resolver en arbitraje;
i) En materia penal, además de las anteriores, cuando proceda, presentar y ratificar denuncias, acusaciones o
querellas; constituirse en coadyuvantes de los Agentes del Ministerio Público del Fuero Común o Federal, en todo
lo relacionado con las averiguaciones previas o procesos penales, que se inicien o que se instruyan en todos sus
trámites e instancias, así como otorgar perdón mediante autorización del titular de la Dirección General de
Servicios Legales;
j) Desistirse total o parcialmente en juicios y procedimientos cuando convenga, mediante autorización del titular de
la Dirección General de Servicios Legales, y
k) Las demás facultades necesarias para que en representación de la Administración Pública de la Ciudad de
México, haga la defensa jurídica de la misma.
Las facultades de representación para la defensa jurídica que se otorgan, se ejercerán ante toda clase de autoridades
jurisdiccionales, administrativas o laborales.
El presente poder surtirá sus efectos a partir del día siguiente al en que se haga su publicación en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México, en términos del artículo QUINTO del “ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA AL TITULAR DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DEL DISTRITO FEDERAL, LA FACULTAD DE DESIGNAR Y
REVOCAR APODERADOS PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO
FEDERAL”, emitido por el C. Jefe de Gobierno del “Distrito Federal”, el 21 de febrero de 2002, publicado en la Gaceta
Oficial del “Distrito Federal” número 39, de fecha 19 de marzo de 2002.
22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
Segundo.- Se revocan como apoderados generales para la defensa jurídica de la Administración Pública de la Ciudad de
México a los siguientes ex servidores públicos:
CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES
Lic. Egdar Israel Ramírez Álvarez, con Cédula Profesional número 4917590.
DELEGACIÓN XOCHIMILCO
Lic. Sergio Fontes Granados, con Cédula Profesional número 6637959.
Lic. Tito Arístides Cruz Alvarado, con Cédula Profesional número 4710297.
Lic. Valeria Parada Sánchez, con Cédula Profesional número 7333757.
Lic. Karina Hernández Hernández, con Cédula Profesional número 7321048.
Lic. Tania Yanira Tapia Frausto, con Cédula Profesional 4825158.
Lic. Jesús López Juárez, con Cédula Profesional número 3219305.
Lic. María Soledad Jiménez Vargas, con Cédula Profesional número 5258165.
PRIMERO.- El presente aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil dieciséis, el Director General de Servicios
Legales, Mtro. Vicente Lopantzi García. (Firma)
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23
DELEGACIÓN IZTAPALAPA
LIC. DIONE ANGUIANO FLORES, titular del órgano político en Iztapalapa, con fundamento en los artículos 112
segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 39 fracciones XLI, XLV y LVI de la Ley Orgánica de
la Administración Pública del Distrito Federal; 128 fracciones IV y VIII del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal; 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 50 y 51 del
Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 102 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal; y con base en los lineamientos para la elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales y en los
lineamientos para la formulación de nuevos programas sociales específicos que otorguen subsidios, apoyos y ayudas para la
modificación de los existentes, se expide la siguiente:
NOTA ACLARATORIA A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA “LA CULTURA VIAL ES
PODER”, PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
PUBLICACIÓN DEL DÍA 29 DE ENERO DE 2016.
En la página 204, apartado C) DIAGNÓSTICO
Dice:
…
De acuerdo al INEGI, para 2010 la población de la Delegación Iztapalapa era de 1´827,868 habitantes, de los cuales
124,265 son mujeres de 40 a 49 años de edad, existiendo 131,599 hogares con jefatura femenina, esto es el 17.6%.
La población potencial son 124,265 mujeres de 39 a 49 años de edad.
La población objetiva son 131,599 mujeres jefas de familia, de 39 a 49 años de edad.
La población beneficiaria, son 250 mujeres, de 39 a 49 años de edad que participarán en el Programa.
Debe decir:
…
De acuerdo a la Encuesta Intercensal para la Ciudad de México 2015, emitida por el INEGI, la población estimada de la
Delegación Iztapalapa era de 1´827,868 habitantes, de los cuales se estima que 470,976 son mujeres de 25 a 59 años de
edad, existiendo aproximadamente 175,468 mujeres jefas de familia.
La población potencial estimada son 470,976 mujeres de 25 a 59 años de edad.
La población objetiva estimada son 175,468 mujeres jefas de familia, de 25 a 59 años de edad.
La población beneficiaria, son 250 mujeres, de 25 a 59 años de edad que participarán en el Programa.
En la página 204 y 205, apartado LÍNEAS DE ACCIÓN
Dice:
1.- Apoyar económicamente a las mujeres jefas de familia de 39 a 49 años, de la Delegación Iztapalapa que no cuenten con
ingresos.
…
II.2 Objetivos Específicos.
1.- Coadyuvar a mejorar la economía de las mujeres jefas de familia de 39 a 49 años de edad residentes de la Delegación
Iztapalapa, mediante un apoyo económico.
2.- Promover una cultura de seguridad vial.
24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
II.3 Alcances.
Contribuir en la disminución del nivel de pobreza de las mujeres jefas de familia de 39 a 49 años de edad.
III. METAS FÍSICAS.
III.1 Otorgar 3,000 apoyos económicos en el año, por un monto de $3,000.00 cada uno, siendo aproximadamente 250
beneficiarias, mujeres jefas de familia residentes en la Delegación Iztapalapa de 39 a 49 años de edad, con un máximo de 12
apoyos al año y de acuerdo a la suficiencia presupuestal.
Debe decir:
1.- Apoyar económicamente a las mujeres jefas de familia de 25 a 59 años, de la Delegación Iztapalapa que no cuenten con
ingresos.
…
II.2 Objetivos Específicos.
1.- Coadyuvar a mejorar la economía de las mujeres jefas de familia de 25 a 59 años de edad residentes de la Delegación
Iztapalapa, mediante un apoyo económico.
2.- Promover una cultura de seguridad vial.
II.3 Alcances.
Contribuir en la disminución del nivel de pobreza de las mujeres jefas de familia de 25 a 59 años de edad.
III. METAS FÍSICAS.
III.1 Otorgar 3,000 apoyos económicos en el año, por un monto de $3,000.00 cada uno, siendo aproximadamente 250
beneficiarias, mujeres jefas de familia residentes en la Delegación Iztapalapa de 25 a 59 años de edad, con un máximo de 12
apoyos al año y de acuerdo a la suficiencia presupuestal.
En la página 209, numeral IX.3 Metodología e Indicadores de Evaluación.
Dice:
Para la construcción de los indicadores se seguirá la metodología del Marco Lógico, donde se incorporan, para efecto de la
evaluación del Programa, los indicadores de evaluación cuantitativa y cualitativa.
NIVELDE
OBJETIVO
OBJETIVO
INDICADOR
FÓRMULA DE CÁLCULO
TIPODE
INDICADOR
UNIDADDE
MEDIDA
MEDIOSDE
VERIFICACIÓN
UNIDAD
RESPONSABLE
DELA
MEDICIÓN
Componentes
Apoyos entregados a mujeres
de 39 a 49 años de edad jefas
de familia
Tasade
oportunidad
(TAE / TAP) * 100
Donde TAE es el Total de Apoyos
Entregados de manera oportuna y
TAP es el Total de Apoyos
Programados
Eficiencia
Apoyos
Estimación
JUDdeCombate
ala
Delincuencia
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25
Debe decir:
Para la construcción de los indicadores se seguirá la metodología del Marco Lógico, donde se incorporan, para efecto de la
evaluación del Programa, los indicadores de evaluación cuantitativa y cualitativa.
NIVELDE
OBJETIVO
OBJETIVO
INDICADOR
FÓRMULA DE CÁLCULO
TIPODE
INDICADOR
UNIDADDE
MEDIDA
MEDIOSDE
VERIFICACIÓN
UNIDAD
RESPONSABLE
DELA
MEDICIÓN
Componentes
Apoyos entregados a mujeres
de 25 a 59 años de edad jefas
de familia
Tasade
oportunidad (TAE / TAP) * 100
Donde TAE es el Total de Apoyos
Entregados de manera oportuna y
TAP es el Total de Apoyos
Programados
Eficiencia
Apoyos
Estimación
JUDdeCombatea
laDelincuencia
PUBLICACIÓN DEL DÍA 30 DE MARZO DE 2016.
En la página 216, numeral V.2 Requisitos de Acceso
Dice:
El apoyo se proporcionará a toda mujer jefa de familia de 39 a 49 años de edad, que no cuente con un trabajo remunerado,
habitante de la Delegación Iztapalapa, que se presente de manera voluntaria…
Debe decir:
El apoyo se proporcionará a toda mujer jefa de familia de 25 a 59 años de edad, que no cuente con un trabajo remunerado,
habitante de la Delegación Iztapalapa, que se presente de manera voluntaria…
En la página 217, numeral V.4 Requisitos de permanencia, causales de baja o suspensión temporal:
Dice:
• Permanecerá como beneficiaria del Programa, toda aquella mujer jefa de familia de 39 a 49 años de edad que se
acredite en tiempo y forma como residente en la Demarcación y cumpla con los requisitos establecidos en las presentes
Reglas de Operación. Además de realizar un informe de manera quincenal en la Jefatura de Unidad Departamental de
Combate a la Delincuencia.
• Será causal de baja, los siguientes motivos:
a) Cuando cumpla 50 años de edad
…
Cualquier persona puede solicitar información sobre los requisitos para ser beneficiarias del presente Programa en la
Jefatura de Unidad Departamental de Combate a la Delincuencia y en la Coordinación General de Seguridad Pública, que se
ubican en Aldama número 63, Esquina Ayuntamiento, Barrio San Lucas, ó al teléfono 54 45 10 80 y 54 85 35 87, en un
horario de 9:00 a 18:00 horas; y en el portal de internet de la Delegación www.iztapalapa.gob.mx.
26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
Debe decir:
• Permanecerá como beneficiaria del Programa, toda aquella mujer jefa de familia de 25 a 59 años de edad que se
acredite en tiempo y forma como residente en la Demarcación y cumpla con los requisitos establecidos en las presentes
Reglas de Operación. Además de realizar un informe de manera quincenal en la Jefatura de Unidad Departamental de
Combate a la Delincuencia.
• Será causal de baja, los siguientes motivos:
a) Cuando cumpla 60 años de edad
…
Cualquier persona puede solicitar información sobre los requisitos para ser beneficiarias del presente Programa en la
Jefatura de Unidad Departamental de Combate a la Delincuencia y en la Coordinación General de Seguridad Pública, que se
ubican en Aldama número 63, Esquina Ayuntamiento, Barrio San Lucas, ó al teléfono 54 45 10 80 y 56 85 35 87, en un
horario de 9:00 a 18:00 horas; y en el portal de internet de la Delegación www.iztapalapa.gob.mx.
En la página 218, numeral VI.1 Operación
Dice:
VI.1.2 Las Unidades Encargadas de la Ejecución del Programa son:
Delegación: Iztapalapa
Unidad Administrativa: Coordinación General de Seguridad Pública
Unidad Operativa: Dirección de Promoción y Atención Ciudadana
Área Operativa: Jefatura de Unidad Departamental de Combate a la Delincuencia
Debe decir:
VI.1.2 Las Unidades Encargadas de la Ejecución del Programa son:
Delegación: Iztapalapa
Unidad Administrativa: Coordinación General de Seguridad Pública
Unidad Operativa: Jefatura de Unidad Departamental de Combate a la Delincuencia
En la página 219 numeral VIII. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD
Dice:
…
La Dirección General de Seguridad Pública y la Jefatura de Unidad Departamental de Combate a la Delincuencia así como
en la página Web: www.iztapalapa.gob.mx.
Debe decir:
…
La Coordinación General de Seguridad Pública y la Jefatura de Unidad Departamental de Combate a la Delincuencia así
como en la página Web: www.iztapalapa.gob.mx.
En la página 220, TRANSITORIOS
Dice:
…
SEGUNDO.- Los casos no previstos, así como la interpretación de las presentes Reglas de Operación serán resueltos por la
Dirección de Desarrollo Delegacional.
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27
Debe decir:
…
SEGUNDO. Los casos no previstos, así como la interpretación de las presentes Reglas de Operación serán resueltos por la
Coordinación General de Seguridad Pública.
TRANSITORIO
ÚNICO.- Publíquese la presente Nota Aclaratoria a las Reglas de Operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 16 de mayo de 2016
(Firma)
LIC. DIONE ANGUIANO FLORES
JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA
28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS
JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA, JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS, con
fundamento en los artículos 122 Apartado C, Base Tercera, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 87 tercer párrafo, 104, 105 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 3 fracción III, 7, 10 fracción X,
37, 38, 39 fracciones VIII, XLV, LIV y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 120,
121 y 122 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito Federal; así como en los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos
Personales en el Distrito Federal; y
CONSIDERANDO
1. Que conforme al artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, corresponde a cada ente
público determinar, a través de su titular o en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de
sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia.
2. Que de conformidad con el artículo 7, fracción I de Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, y los
numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, se establece que la
creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México.
3. Que los sistemas de datos personales que se modifican mediante el presente acuerdo fueron inscritos en el Registro
Electrónico de Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Transparencia, Acceso a la
Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en cumplimiento al
artículo tercero transitorio de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales del Distrito Federal con relación al
acuerdo 0182/SO/10-03/2010 emitido por el pleno dicho Instituto y publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México
el veintidós de marzo de dos mil diez.
4. Que por lo anterior, resulta necesaria la actualización de los siguientes sistemas de datos personales: “APOYO PARA
NIÑOS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA”, “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL”, “ACTIVIDADES
VINCULADAS A LA PROMOCIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL Y APOYO ECONÓMICO PARA FOMENTAR LA
MÚSICA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL”, “APOYO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD”, “APOYO
INVERNAL Y SEGURIDAD ALIMENTARIA”, “APOYO PARA ADULTOS MAYORES”, “SOLICITANTES DEL
CENTRO DE SERVICIO Y ATENCIÓN CIUDADANA”, “ALARMAS VECINALES”, “SOLICITANTES DEL
SERVICIO DE SALUD”, “CONTROL Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA”, “SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA
PÚBLICA”, “SOLICITANTES DE AUTORIZACIÓN DE JUEGOS PIROTÉCNICOS”, “EXPEDIENTES LABORALES
DE LOS TRABAJADORES DE LA MAGDALENA CONTRERAS”, “REGISTRO DE FAMILIAS QUE HABITAN EN
ZONAS DE ALTO RIESGO”, “PROGRAMA DE AYUDA A LA VIVIENDA EN MAL ESTADO”,
“REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA”, “SOLICITANTES DE TRÁMITES DE
MANIFESTACIONES Y LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN”, “SOLICITANTES DE TRÁMITES ANTE LA
VENTANILLA ÚNICA DE LA DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS”, “PROGRAMA DE NUTRICIÓN Y
SALUD VISUAL”, “PADRÓN DE LOCATARIOS DE MERCADOS PÚBLICOS”, “SOLICITANTES DE TRÁMITES
EN PANTEONES”, “ELABORACIÓN DE CERTIFICADOS DE RESIDENCÍA”, “CONSTANCIA DE IDENTIDAD”,
“APOYO DE SERVICIO FUNERARIO BÁSICO”, “PROGRAMAS INTERNOS DE PROTECCIÓN CIVIL”,
“ATENCIÓN PRE-HOSPITALARIA”, “PROGRAMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN CIVIL”, “FERIAS,
EXPOSICIONES Y CONGRESOS VINCULADOS A LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES,
COMERCIALES Y ECONÓMICAS”, “PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE MICROEMPRESAS”,
“ADMINISTRACIÓN DE MÓDULOS Y MÓDULOS DEPORTIVOS”, “PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN DE
VERIFICACIONES ADMINISTRATIVAS” y “CÉDULA DE POBLACIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS EN
SUELO DE CONSERVACIÓN”, para cumplir cabalmente con lo que señala la Ley de Protección de Datos Personales para
el Distrito Federal, por lo que tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES A CARGO DE LA
DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29
PRIMERO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO PARA NIÑOS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA” que se
inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio
0410030981967150828, se modifica en los siguientes apartados:
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
Se modifica para quedar como sigue:
“APOYO A LA INFANCIA”
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa Apoyo a la Infancia que se
implementa para impulsar y fortalecer el derecho a la educación y aprovechamiento escolar de las niñas y los niños que
habitan en zonas de marginación de la demarcación, así como garantizar el derecho a una nutrición adecuada en sus
primeros años de vida, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el
establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes.
III. Normatividad aplicable
Se elimina la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Reglas de Operación del Programa Apoyo para Niños de Primaria.
Reglas de Operación del Programa Apoyo para Niños de Secundaria.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Reglas de Operación del Programa Apoyo a la Infancia.
IV. Origen de los Datos.
Se modifica para quedar como sigue:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios
del Programa Apoyo a la Infancia.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Se adiciona el siguiente dato:
Datos patrimoniales: Servicios contratados.
Modo de tratamiento, se modifica para quedar como sigue:
Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado.
SEGUNDO. Que el Sistema de Datos Personales “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL” que se inscribió en el
Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 12 de enero de 2012, con folio 0410024001418120112, se modifica
en los siguientes apartados:
30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
…
III. Normatividad aplicable
Se elimina la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
…
VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Se modifica para quedar como sigue:
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Subdirector (a) de Servicios Educativos y Sociales.
TERCERO. Que el Sistema de Datos Personales “ACTIVIDADES VINCULADAS A LA PROMOCIÓN ARTÍSTICA Y
CULTURAL Y APOYO ECONÓMICO PARA FOMENTAR LA MÚSICA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL” que se
inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 12 de enero de 2012, con folio
0410024031414120112, se modifica en los siguientes apartados:
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
Se modifica para quedar como sigue:
“APOYO PARA LA FORMACIÓN ARTÍSTICA DE NIÑOS Y JÓVENES”
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa de Apoyo para la Formación
Artística de Niños y Jóvenes, que busca impulsar y fortalecer el derecho a la cultura de las y los niños y los jóvenes de la
demarcación, que forman parte de la Orquesta Sinfónica Juvenil, del Ballet Folklórico y de la Orquesta de Percusiones, a
través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento de
mecanismos de control para la integración de los expedientes de los beneficiarios del citado programa y la integración del
padrón respectivo.
III. Normatividad aplicable.
Se elimina la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglas de Operación del Programa Apoyo Económico para Fomento a la Música Orquesta Sinfónica Juvenil.
Reglas de Operación del Programa Apoyo para Jóvenes.
Se adiciona la siguiente normatividad:
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Reglas de Operación del Programa de Apoyo para la Formación Artística de Niños y Jóvenes.
IV. Origen de los Datos.
Se modifica para quedar como sigue:
a) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suminístralos:
Beneficiarios del Programa de Apoyo para la Formación Artística de Niños y Jóvenes, madre, padre o tutor.
b) Procedencia: Interesado.
c) Procedimiento de obtención de datos: Los interesados deberán presentar su solicitud y documentación completa a la
Dirección General de Desarrollo Social en los lugares y fechas que la convocatoria señale.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Se adiciona el siguiente dato:
Datos patrimoniales: Servicios contratados.
Modo de tratamiento se modifica para quedar como sigue:
Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado.
CUARTO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” que se inscribió en
el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 20 de noviembre de 2015, con folio 0410031812036151120, se
modifica en los siguientes apartados:
…
III. Normatividad aplicable
Se elimina la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
…
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Se adiciona el siguiente dato:
Datos patrimoniales: Servicios contratados.
Modo de tratamiento se modifica para quedar como sigue:
32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado.
…
VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Se modifica para quedar como sigue:
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Coordinador (a) de Justicia Social.
QUINTO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO INVERNAL Y SEGURIDAD ALIMENTARIA” que se inscribió
en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 19 de noviembre de 2015, con folio 0410031802037151119,
se modifica en los siguientes apartados:
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
Se modifica para quedar como sigue:
“APOYO ALIMENTRIO PARA GRUPOS VULNERABLES”
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa de Apoyo Alimentario para Grupos
Vulnerables que se implementa para contribuir a la nutrición de las familias conformadas por personas en situación de
vulnerabilidad, niñas y niños, adultos mayores, personas con discapacidad y madres solteras, en colonias de alta y muy alta
marginación en la demarcación, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así
como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes.
III. Normatividad aplicable
Se elimina la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Reglas de Operación del Programa Apoyo Invernal.
Reglas de Operación del Programa Seguridad Alimentaria.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Reglas de Operación del Programa Apoyo Alimentario para Grupos Vulnerables.
IV. Origen de los Datos.
Se modifica para quedar como sigue:
Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios
del Programa Apoyo Alimentario para Grupos Vulnerables.
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Se adiciona el siguiente dato:
Datos patrimoniales: Servicios contratados.
Modo de tratamiento se modifica para quedar como sigue:
Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado.
…
VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Se modifica para quedar como sigue:
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Coordinador (a) de Justicia Social.
SEXTO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO PARA ADULTOS MAYORES” que se inscribió en el Registro
Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 17 de enero de 2012, con folio 0410024151412120117, se modifica en los
siguientes apartados:
…
III. Normatividad aplicable
Se elimina la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Reglas de Operación del Programa Apoyo para Adultos Mayores.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Reglas de Operación del Programa Apoyo para las y los Adultos Mayores.
…
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Se adiciona el siguiente dato:
Datos patrimoniales: Servicios contratados.
Modo de tratamiento se modifica para quedar como sigue:
Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado.
SÉPTIMO. Que el Sistema de Datos Personales “SOLICITANTES DEL CENTRO DE SERVICIO Y ATENCIÓN
CIUDADANA” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 24 de septiembre de 2013,
con folio 0410028741669130924, se modifica en los siguientes apartados:
34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
…
III. Normatividad aplicable
Se elimina la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
…
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Se modifica para quedar como sigue:
Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento automatizado.
OCTAVO. Que el Sistema de Datos Personales “ALARMAS VECINALES” que se inscribió en el Registro Electrónico de
Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410030971965150828, se modifica en los siguientes
apartados:
…
II. Finalidad o uso previsto.
Se modifica para quedar como sigue:
Crear un padrón de los habitantes de La Magdalena Contreras que contarán con una alarma vecinal, con la cual se crea una
red de prevención del delito, que fomente la cultura de la legalidad, la denuncia, la seguridad y prevención del delito, mismo
que servirá para atender los llamados de emergencia ante situaciones de riesgo y ataques delictivos.
III. Normatividad aplicable.
Se elimina la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
…
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
Se modifica para quedar como sigue:
Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado.
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35
VI. Cesión de los Datos.
Se agrega el siguiente destinatario:
Destinatario Finalidad genérica Fundamento legal
Secretaría de Seguridad Pública Organizar, dirigir y administrar la
recepción y transferencia de los reportes
sobre emergencias, infracciones y
delitos.
Artículo 3 fracciones XII y XXIII de la
Ley Orgánica de la Secretaría de
Seguridad Pública del Distrito Federal
NOVENO. Que los Sistemas de Datos Personales “SOLICITANTES DEL SERVICIO DE SALUD” y “CONTROL Y
VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA”, que se inscribieron en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales los
días 24 de septiembre de 2013 y 12 de enero de 2012, con folios 0410028721667130924 y 0410024011417120112,
respectivamente, se modifican en los siguientes apartados:
…
III. Normatividad aplicable
Se elimina la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
…
VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Se modifica para quedar como sigue:
Unidad Administrativa Responsable: Subdirección de Servicios Médicos.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Subdirector (a) de Servicios Médicos.
DÉCIMO. Que el Sistema de Datos Personales “SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA” que se inscribió en el
Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 08 de julio de 2010, con folio 0410015621025100708, se modifica
en los siguientes apartados:
…
III. Normatividad aplicable
Se elimina la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Se adiciona la siguiente normatividad:
36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Acuerdo número 11/98, mediante el cual se emite el Programa de Reordenamiento del Comercio en Vía Pública y los
Criterios de Aprovechamientos por el Uso o Explotación de Vías y Áreas Públicas para Realizar Actividades Mercantiles.
UNDÉCIMO. Que el Sistema de Datos Personales “SOLICITANTES DE AUTORIZACIÓN DE JUEGOS
PIROTÉCNICOS” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con
folio 0410031021972150828, se modifica en los siguientes apartados:
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
Se modifica para quedar como sigue:
“PROGRAMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN CIVIL PARA USO DE PIROTECNIA”
…
III. Normatividad aplicable.
Se elimina la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
DUODÉCIMO. Que el Sistema de Datos Personales “EXPEDIENTES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE LA
MAGDALENA CONTRERAS” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto
de 2015, con folio 04100310019701500828, se modifica en los siguientes apartados:
…
III. Normatividad aplicable
Se elimina la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
…
VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales:
Se modifica para quedar como sigue:
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director (a) General de Administración.
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 37
DECIMOTERCERO. Que los Sistemas de Datos Personales “REGISTRO DE FAMILIAS QUE HABITAN EN ZONAS
DE ALTO RIESGO”, “PROGRAMA DE AYUDA A LA VIVIENDA EN MAL ESTADO”, “REGULARIZACIÓN DE
LA TENENCIA DE LA TIERRA”, “SOLICITANTES DE TRÁMITES DE MANIFESTACIONES Y LICENCIAS DE
CONSTRUCCIÓN”, “SOLICITANTES DE TRÁMITES ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE LA DELEGACIÓN LA
MAGDALENA CONTRERAS”, “PROGRAMA DE NUTRICIÓN Y SALUD VISUAL”, “PADRÓN DE LOCATARIOS
DE MERCADOS PÚBLICOS”, “SOLICITANTES DE TRÁMITES EN PANTEONES”, “ELABORACIÓN DE
CERTIFICADOS DE RESIDENCÍA”, “CONSTANCIA DE IDENTIDAD”, “APOYO DE SERVICIO FUNERARIO
BÁSICO”, “PROGRAMAS INTERNOS DE PROTECCIÓN CIVIL”, “ATENCIÓN PRE-HOSPITALARIA”,
“PROGRAMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN CIVIL”, “FERIAS, EXPOSICIONES Y CONGRESOS
VINCULADOS A LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES, COMERCIALES Y ECONÓMICAS”,
“PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE MICROEMPRESAS”, “ADMINISTRACIÓN DE MÓDULOS Y MÓDULOS
DEPORTIVOS”, “PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN DE VERIFICACIONES ADMINISTRATIVAS” y
“CÉDULA DE POBLACIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS EN SUELO DE CONSERVACIÓN”, que se
inscribieron en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales los días 17 de enero de 2012, 07 de marzo de 2012,
12 de enero de 2012, 20 de febrero de 2012, 28 de agosto de 2015, 17 de enero de 2012, 08 de julio de 2010, 8 de julio de
2010, 22 de diciembre de 2011, 28 de agosto de 2015, 24 de septiembre de 2013, 17 de enero de 2012, 28 de agosto de
2015, 28 de agosto de 2015, 07 de marzo de 2012, 28 de agosto de 2015, 28 de agosto de 2015, 8 de febrero de 2016 y 4 de
febrero de 2016, con folios 0410024211416120117, 0410024451433120307, 0410024021415120112,
0410024321409120220, 0410031011973150828, 0410024131413120117, 0410015591026100708, 0410015601027100708,
0410023951403111222, 0410031051969150828, 0410028711666130924, 0410024221406120117, 0410030991968150828,
0410031031971150828, 0410024411430120307, 0410031041432150828, 0410030961966150828, 0410032262077160208
y 0410032252076160204, respectivamente, se modifican en los siguientes apartados:
…
III. Normatividad aplicable
Se elimina la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal.
Se adiciona la siguiente normatividad:
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo por el que se modifican diversos Sistemas de Datos Personales a cargo de la
Delegación La Magdalena Contreras en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, surtiendo efectos el mismo día de su
publicación.
SEGUNDO.- Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que indique a los responsables de los Sistemas de
Datos Personales sobre las modificaciones en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales, en un plazo no
mayor a diez días hábiles siguientes a la publicación.
TERCERO.- Se instruye al Enlace en Materia de Datos Personales de la Delegación La Magdalena Contreras, a efecto de
una vez publicado el presente acuerdo, lo notifique a la Dirección de Datos Personales del Instituto de Transparencia,
Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en un
plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes.
Ciudad de México, a los treinta días del mes de mayo de dos mil dieciséis.- JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA.-
JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS.- FIRMA.
38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS
JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA, JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS, con
fundamento en los artículos 122 Apartado C, Base Tercera, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 87 tercer párrafo, 104, 105 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 3 fracción III, 7, 10 fracción X,
37, 38, 39 fracciones VIII, XLV, LIV y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 120,
121 y 122 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito Federal; así como en los numerales 6 y 7 de los Lineamientos para la Protección de Datos
Personales en el Distrito Federal; y
CONSIDERANDO
1. Que la demarcación territorial La Magdalena Contreras es un Órgano Político-Administrativo de la Administración
Pública de la Ciudad de México, con autonomía funcional en acciones de gobierno, cuya actuación se regirá por los
principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los Derechos Humanos reconocidos
por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Que conforme al artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, corresponde a cada ente
público determinar, a través de su titular o, en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de
sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia.
3. Que el artículo 7, fracción I de Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, y los numerales 6, 7 y 8 de
los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, establecen que la creación, modificación o
supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
4. Que con la finalidad de cumplir con los principios que rigen a los sistemas de datos personales en posesión de los entes
públicos, tales como licitud, consentimiento, calidad de los datos, confidencialidad y seguridad, así como disponibilidad y
temporalidad a que se refiere el artículo 5° de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, es
imperativo pare este Órgano Político Administrativo la creación de seis sistemas de datos personales, por lo que se emite el
siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE CREAN SEIS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES A CARGO DE LA
DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS
PRIMERO. Se crea el Sistema de Datos Personales identificado “Padrón Único de Transporte Público Individual”.
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
“PADRÓN ÚNICO DE TRANSPORTE PÚBLICO E INDIVIDUAL”
II. Finalidad o uso previsto
Registrar, identificar y contar con un Padrón del Transporte Público colectivo e individual de la Delegación La Magdalena
Contreras, con la finalidad de determinar el registro de concesionarios y operadores, así como el número de unidades con las
que cuenta cada ruta y base.
III. Normatividad aplicable:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Ley de Movilidad del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 39
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras.
IV. Origen de los Datos.
a). Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos:
Concesionarios y Operadores
b) Procedencia: Interesado.
c). Procedimiento de obtención de datos: A través de la solicitud presentada al órgano político administrativo por
asociaciones que requieren el visto bueno de sitios y bases de taxis, así como a petición de la Delegación para el registro de
rutas de transporte público.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
a) Datos Identificativos: Nombre, firma, Clave de elector (alfa-numérico anverso credencial IFE), Clave Única de Registro
de Población (CURP), Edad, Fecha de Nacimiento, Folio Nacional (anverso credencial IFE), Fotografía, Género,
Nacionalidad, Número identificador (OCR) (Reverso de la Credencial del IFE), Teléfono Particular y Teléfono Celular.
b) Datos de Relaciones de Negocios: Actividades comerciales y nombre de socios, accionistas o similares.
c) Datos patrimoniales: Bienes muebles.
d) Datos Biométricos: Huella digital.
Todos los datos requeridos son obligatorios para acceder al registro correspondiente.
Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado.
VI. Cesión de datos. Los datos personales podrán ser transmitidos a los siguientes:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento Legal
Comisión de Derechos Humanos
del Distrito Federal.
Para la investigación de quejas y
denuncias por presuntas violaciones a
los derechos humanos.
En los artículos 3, 17, fracción II y 36 de
la Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
En los artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y
56 de la Ley de Fiscalización Superior
de la Ciudad de México.
Instituto de Transparencia, Acceso
a la Información Pública,
Protección de Datos Personales y
Rendición de Cuentas de la Ciudad
de México.
Para la sustanciación de recursos de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
presunto incumplimiento de la Ley de
Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México y de
la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito Federal.
En los artículos 233, 240, 241 y 243 de
la Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México y 38,
39, 40 y 42 de la Ley de Protección de
Datos Personales para el Distrito
Federal.
Órganos de Control Interno. Para la realización de auditorías o
realización de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
En los artículos 34 fracciones VIII y
XII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito
Federal; 113 fracciones II, IV, VIII, XX
y XXX del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito
Federal.
40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los
procedimientos jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
En los artículos 75, 121 y 143 de la Ley
de Amparo, Reglamentaria de los
artículos 103 y 107 de la Constitución
Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 96, 109, 278, 288 y 331 del
Código de Procedimientos Civiles para
el Distrito Federal; 191 fracción XIX de
la Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación; 3 del Código de
Procedimientos Penales del Distrito
Federal; 55 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal; 85
fracción XI, 86, 108, 112 de la Ley
Orgánica del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo del Distrito Federal.
Secretaría de Movilidad del
Distrito Federal.
Para la identificación de operadores
que comentan faltas administrativas e
ilícitos.
En el artículo 12, fracción XXXV de la
Ley de Movilidad del Distrito Federal.
Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal.
Para la identificación de operadores
que comentan algún ilícito.
En el artículo 13, fracción VI de la Ley
de Movilidad del Distrito Federal.
VII Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Unidad Administrativa responsable: Dirección de Movilidad.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director (a) de Movilidad.
VIII Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso,
Rectificación, cancelación y Oposición (ARCO) de los datos personales; así como, la renovación del consentimiento.
Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia de la Delegación La Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco número 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras,
C. P. 10580, oip@mcontreras.gob.mx.
IX Nivel de seguridad: Alto.
SEGUNDO. Se crea el Sistema de Datos Personales identificado “Padrón de Movilizadores de Vialidad”.
I. Identificación del sistema de Datos Personales
“PADRÓN DE MOVILIZADORES DE VIALIDAD”
II. Finalidad o uso previsto.
Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración a la Acción Institucional denominada Apoyo
Comunitario que se implementa para promover la participación de las personas que habitan en la demarcación para la
realización de actividades en beneficio de la comunidad a través de acciones enfocadas al mejoramiento de movilidad,
mediante la entrega de los apoyos señalados en los Lineamientos vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de
control para la integración de los expedientes.
III. Normatividad aplicable:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 41
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras.
Lineamientos de la Acción Institucional a cargo de la Delegación La Magdalena Contreras denominada Apoyo
Comunitario.
IV. Origen de los Datos.
a). Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligada a suministrarlos:
Beneficiarios de la Acción Institucional denominada Apoyo Comunitario.
b) Procedencia: Interesado.
c). Procedimiento de obtención de datos: Los interesados presentan su solicitud a la Dirección de Movilidad en los plazos
y fechas que se establezcan.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
a) Datos Identificativos: Nombre, firma, Clave de elector (alfa-numérico anverso credencial IFE), Clave Única de Registro
de Población (CURP), Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Edad, Fecha de Nacimiento, Folio Nacional
(anverso credencial IFE), Fotografía, Género, Nacionalidad, Número identificador (OCR) (Reverso de la Credencial del
IFE), Domicilio, Teléfono Particular y Teléfono Celular, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento.
b) Datos Biométricos: Huella digital.
c) Datos Patrimoniales: Servicios contratados.
Todos los datos requeridos son obligatorios para ser beneficiario de la Acción Institucional denominada Apoyo
Comunitario.
Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado.
VI. Cesión de datos. Los datos personales recabados, podrán ser transmitidos a los siguientes:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento Legal
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
Para la investigación de quejas y
denuncias por presuntas violaciones a los
derechos humanos.
En los artículos 3, 17, fracción II y 36 de la
Ley de la Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
En los artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de
México.
Instituto de Transparencia, Acceso a
la Información Pública, Protección de
Datos Personales y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México.
Para la sustanciación de recursos de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el presunto
incumplimiento de la Ley de
Transparencia, Acceso a la Información
Pública y Rendición de Cuentas de la
Ciudad de México y de la Ley de
Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal.
En los artículos 233, 240, 241 y 243 de la Ley
de Transparencia, Acceso a la Información
Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad
de México y 38, 39, 40 y 42 de la Ley de
Protección de Datos Personales para el Distrito
Federal.
Órganos de Control Interno. Para la realización de auditorías o
realización de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
En los artículos 34 fracciones VIII y XII, de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal; 113 fracciones II, IV, VIII,
XX y XXX del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal.
42 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los
procedimientos jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
En los artículos 75, 121 y 143 de la Ley de
Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y
107 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 96, 109, 278, 288 y 331
del Código de Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal; 191 fracción XIX de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
3 del Código de Procedimientos Penales del
Distrito Federal; 55 de la Ley de
Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal; 85 fracción XI, 86, 108, 112 de la Ley
Orgánica del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo del Distrito Federal.
VII Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Unidad Administrativa responsable: Dirección de Movilidad.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director (a) de Movilidad.
VIII Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso,
Rectificación, cancelación y Oposición (ARCO) de los datos personales; así como, la renovación del consentimiento.
Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia de la Delegación La Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco número 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras,
C. P. 10580, oip@mcontreras.gob.mx.
IX Nivel de seguridad: Alto.
TERCERO. Se crea el Sistema de Datos Personales identificado “Apoyo para Jóvenes”.
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
“APOYO PARA JOVÉNES”
II. Finalidad o uso previsto.
Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa de Apoyo para Jóvenes, que se
implementa para promover la inclusión de las y los jóvenes de la demarcación a través del ejercicio pleno de sus derechos y
el fomento de sus capacidades artísticas y culturales, mediante la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de
Operación vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes de los
beneficiarios del citado programa y la integración del padrón respectivo.
III. Normatividad aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras.
Reglas de Operación del Programa Apoyo para Jóvenes.
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 43
IV. Origen de los Datos.
a) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suminístralos:
Beneficiarios del Programa de Apoyo para Jóvenes, madre, padre o tutor.
b) Procedencia: Interesado.
c) Procedimiento de obtención de datos: Los interesados deberán presentar su solicitud y documentación completa a la
Dirección General de Desarrollo Social en los lugares y fechas que la convocatoria señale.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
a) Datos Identificativos: Nombre, firma, Clave de elector (alfa-numérico anverso credencial IFE), Clave Única de Registro
de Población (CURP), Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Edad, Fecha de Nacimiento, Folio Nacional
(anverso credencial IFE), Fotografía, Género, Nacionalidad, Número identificador (OCR) (Reverso de la Credencial del
IFE), Domicilio, Teléfono Particular y Teléfono Celular, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, tiempo de residencia.
b) Datos Laborales: Ocupación.
c) Datos patrimoniales: Servicios contratados.
d) Datos Biométricos: Huella digital.
e) Datos especialmente protegidos: Origen étnico.
Todos los datos requeridos son obligatorios para ser beneficiario del Programa Apoyo para Jóvenes.
Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado.
VI. Cesión de datos. Los datos personales recabados, podrán ser transmitidos a los siguientes:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento Legal
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
Para la investigación de quejas y denuncias
por presuntas violaciones a los derechos
humanos.
En los artículos 3, 17, fracción II y 36 de la Ley
de la Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
En los artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de
México.
Instituto de Transparencia, Acceso a
la Información Pública, Protección de
Datos Personales y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México.
Para la sustanciación de recursos de revisión
y revocación, denuncias y el procedimiento
para determinar el presunto incumplimiento
de la Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de Cuentas
de la Ciudad de México y de la Ley de
Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal.
En los artículos 233, 240, 241 y 243 de la Ley
de Transparencia, Acceso a la Información
Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad
de México y 38, 39, 40 y 42 de la Ley de
Protección de Datos Personales para el Distrito
Federal.
Órganos de Control Interno. Para la realización de auditorías o realización
de investigaciones por presuntas faltas
administrativas.
En los artículos 34 fracciones VIII y XII, de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal; 113 fracciones II, IV, VIII,
XX y XXX del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procedimientos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
En los artículos 75, 121 y 143 de la Ley de
Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y
107 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 96, 109, 278, 288 y 331 del
Código de Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal; 191 fracción XIX de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 3
del Código de Procedimientos Penales del
Distrito Federal; 55 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal; 85 fracción
XI, 86, 108, 112 de la Ley Orgánica del
Tribunal de lo Contencioso Administrativo del
Distrito Federal.
Consejo de Evaluación del Desarrollo
Social
Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I de la Ley
Desarrollo Social para el Distrito Federal
44 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
VII: Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Unidad Administrativa Responsable: Coordinación de Cultura, Patrimonio e Impulso a la Juventud.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Coordinador (a) de Cultura, Patrimonio e Impulso a la
Juventud.
VIII. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso,
Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de los datos personales, así como la renovación del consentimiento.
Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia de la Delegación La Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco N° 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P.
10580, oip@mcontreras.gob.mx.
IX. Nivel de seguridad: Alto.
CUARTO. Se crea el Sistema de Datos Personales identificado “Apoyo a Mujeres Víctimas de Violencia”.
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
“APOYO A MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA”
II. Finalidad o uso previsto.
Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa de Apoyo a Mujeres Víctimas de
Violencia, que se implementa en beneficio de las mujeres víctimas de violencia habitantes de la Delegación La Magdalena
Contreras, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento
de mecanismos de control para la integración de los expedientes de las beneficiarias del citado programa y la integración del
padrón respectivo.
III. Normatividad aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras.
Reglas de Operación del Programa Apoyo a Mujeres Víctimas de Violencia.
IV. Origen de los Datos.
a) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suminístralos:
Beneficiarias del Programa de Apoyo a Mujeres Víctimas de Violencia.
b) Procedencia: Interesado.
c) Procedimiento de obtención de datos: Las interesadas deberán presentar su solicitud y documentación completa a la
Dirección General de Desarrollo Social en los lugares y fechas que la convocatoria señale.
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 45
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
a) Datos Identificativos: Nombre, firma, Clave de elector (alfa-numérico anverso credencial IFE), Clave Única de Registro
de Población (CURP), Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Edad, Fecha de Nacimiento, Folio Nacional
(anverso credencial IFE), Fotografía, Género, Nacionalidad, Número identificador (OCR) (Reverso de la Credencial del
IFE), Domicilio, Teléfono Particular y Teléfono Celular, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, tiempo de residencia.
b) Datos Laborales: Ocupación.
c) Datos Biométricos: Huella digital.
d) Datos especialmente protegidos: Origen étnico.
e) Datos sobre la salud: Certificado general de salud y diagnóstico sicológico.
f) Datos patrimoniales: Servicios contratados.
Todos los datos requeridos son obligatorios para ser beneficiaria del Programa Apoyo a Mujeres Víctimas de Violencia.
Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado.
VI. Cesión de datos. Los datos personales recabados, podrán ser transmitidos a los siguientes:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento Legal
Comisión de Derechos Humanos
del Distrito Federal.
Para la investigación de quejas y
denuncias por presuntas violaciones a
los derechos humanos.
En los artículos 3, 17, fracción II y 36 de
la Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad
de México.
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
En los artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y
56 de la Ley de Fiscalización Superior
de la Ciudad de México.
Instituto de Transparencia,
Acceso a la Información Pública,
Protección de Datos Personales y
Rendición de Cuentas de la
Ciudad de México.
Para la sustanciación de recursos de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
presunto incumplimiento de la Ley de
Transparencia, Acceso a la Información
Pública y Rendición de Cuentas de la
Ciudad de México y de la Ley de
Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal.
En los artículos 233, 240, 241 y 243 de
la Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México y 38,
39, 40 y 42 de la Ley de Protección de
Datos Personales para el Distrito
Federal.
Órganos de Control Interno. Para la realización de auditorías o
realización de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
En los artículos 34 fracciones VIII y
XII, de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito
Federal; 113 fracciones II, IV, VIII, XX
y XXX del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito
Federal.
Órganos Jurisdiccionales Locales
y Federales.
Para la sustanciación de los
procedimientos jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
En los artículos 75, 121 y 143 de la Ley
de Amparo, Reglamentaria de los
artículos 103 y 107 de la Constitución
Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 96, 109, 278, 288 y 331 del
Código de Procedimientos Civiles para
el Distrito Federal; 191 fracción XIX de
la Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación; 3 del Código de
Procedimientos Penales del Distrito
Federal; 55 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal; 85
fracción XI, 86, 108, 112 de la Ley
Orgánica del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo del Distrito Federal.
46 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
Consejo de Evaluación del
Desarrollo Social
Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I de
la Ley Desarrollo Social para el Distrito
Federal
VII: Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Unidad Administrativa Responsable: Subdirección de Servicios Educativos y Sociales.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Subdirector (a) de Servicios Educativos y Sociales.
VIII. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso,
Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de los datos personales, así como la renovación del consentimiento.
Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia de la Delegación La Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco N° 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P.
10580, oip@mcontreras.gob.mx.
IX. Nivel de seguridad: Alto.
QUINTO. Se crea el Sistema de Datos Personales identificado “Apoyo para Mujeres”.
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
“APOYO PARA MUJERES”
II. Finalidad o uso previsto.
Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa de Apoyo para Mujeres, que se
implementa en beneficio de las mujeres jefas de familia y de mujeres estudiantes en condiciones de marginación de la
Delegación La Magdalena Contreras, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así
como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes de las beneficiarias del citado
programa y la integración del padrón respectivo.
III. Normatividad aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras.
Reglas de Operación del Programa Apoyo a Mujeres.
IV. Origen de los Datos.
a) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suminístralos:
Beneficiarias del Programa de Apoyo para Mujeres.
b) Procedencia: Interesado.
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 47
c) Procedimiento de obtención de datos: Las interesadas deberán presentar su solicitud y documentación completa a la
Dirección General de Desarrollo Social en los lugares y fechas que la convocatoria señale.
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
a) Datos Identificativos: Nombre, firma, Clave de elector (alfa-numérico anverso credencial IFE), Clave Única de Registro
de Población (CURP), Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Edad, Fecha de Nacimiento, Folio Nacional
(anverso credencial IFE), Fotografía, Género, Nacionalidad, Número identificador (OCR) (Reverso de la Credencial del
IFE), Domicilio, Teléfono Particular y Teléfono Celular, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, tiempo de residencia.
b) Datos Laborales: Ocupación.
c) Datos Biométricos: Huella digital.
d) Datos especialmente protegidos: Origen étnico.
e) Datos patrimoniales: Servicios contratados.
Todos los datos requeridos son obligatorios para ser beneficiaria del Programa Apoyo para Mujeres.
Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado.
VI. Cesión de datos. Los datos personales recabados, podrán ser transmitidos a los siguientes:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento Legal
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
Para la investigación de quejas y denuncias
por presuntas violaciones a los derechos
humanos.
En los artículos 3, 17, fracción II y 36 de la
Ley de la Comisión de Derechos Humanos
del Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad de
México.
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
En los artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de
la Ley de Fiscalización Superior de la
Ciudad de México.
Instituto de Transparencia, Acceso a
la Información Pública, Protección de
Datos Personales y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México.
Para la sustanciación de recursos de revisión
y revocación, denuncias y el procedimiento
para determinar el presunto incumplimiento
de la Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de Cuentas
de la Ciudad de México y de la Ley de
Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal.
En los artículos 233, 240, 241 y 243 de la
Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México y 38, 39,
40 y 42 de la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito Federal.
Órganos de Control Interno. Para la realización de auditorías o realización
de investigaciones por presuntas faltas
administrativas.
En los artículos 34 fracciones VIII y XII, de
la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; 113 fracciones
II, IV, VIII, XX y XXX del Reglamento
Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los procedimientos
jurisdiccionales tramitados ante ellos.
En los artículos 75, 121 y 143 de la Ley de
Amparo, Reglamentaria de los artículos 103
y 107 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 96, 109, 278,
288 y 331 del Código de Procedimientos
Civiles para el Distrito Federal; 191
fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder
Judicial de la Federación; 3 del Código de
Procedimientos Penales del Distrito Federal;
55 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal; 85
fracción XI, 86, 108, 112 de la Ley
Orgánica del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo del Distrito Federal.
Consejo de Evaluación del Desarrollo
Social
Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I de la
Ley Desarrollo Social para el Distrito
Federal
48 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
VII: Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Unidad Administrativa Responsable: Coordinación de Justicia Social.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Coordinador (a) de Justicia Social.
VIII. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso,
Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de los datos personales, así como la renovación del consentimiento.
Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia de la Delegación La Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco N° 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P.
10580, oip@mcontreras.gob.mx.
IX. Nivel de seguridad: Alto.
SEXTO. Se crea el Sistema de Datos Personales identificado “Registro de Proveedores de Bienes y Servicios”.
I. Identificación del Sistema de Datos Personales.
“REGISTRO DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS”
II. Finalidad o uso previsto.
La integración de los expedientes de las personas físicas y morales que fungen como proveedores y/o prestadores de bienes
y servicios de la Delegación La Magdalena Contreras.
III. Normatividad aplicable.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
Ley de Archivos del Distrito Federal.
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal.
Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la
Administración Pública del Distrito Federal.
Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras.
IV. Origen de los Datos.
a) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suminístralos:
Los participantes en los procedimientos de licitaciones públicas y adjudicaciones directas, autorizado y/o representante
legal.
b) Procedencia: Interesado.
c) Procedimiento de obtención de datos: Los proveedores tendrán que presentar la documentación solicitada ante el Jefe
de la Unidad Departamental de Adquisiciones para su revisión y su posterior registro en el padrón de proveedores.
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 49
V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales.
a) Datos Identificativos: Nombre, firma, Clave de elector (alfa-numérico anverso credencial IFE), Clave Única de Registro
de Población (CURP), Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Edad, Fecha de Nacimiento, Folio Nacional
(anverso credencial IFE), Fotografía, Género, Nacionalidad, Número identificador (OCR) (Reverso de la Credencial del
IFE), Teléfono Particular y Teléfono Celular.
b) Datos Laborales: Ocupación.
c) Datos patrimoniales: Cuentas Bancarias, Fianzas, Información fiscal e Ingresos y egresos.
d) Datos sobre procedimientos administrativos y/o jurisdiccionales: Juicios en materia laboral, civil, penal, fiscal y
administrativa o cualquier otra rama de derecho y procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio.
e) Datos Biométricos: Huella digital.
Todos los datos requeridos son obligatorios para acceder al registro de proveedores de bienes y servicios.
Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado.
VI. Cesión de datos. Los datos personales recabados, podrán ser transmitidos a los siguientes:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento Legal
Comisión de Derechos Humanos
del Distrito Federal.
Para la investigación de quejas y
denuncias por presuntas violaciones a
los derechos humanos.
En los artículos 3, 17, fracción II y 36 de
la Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad
de México.
Para el ejercicio de sus funciones de
fiscalización.
En los artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56
de la Ley de Fiscalización Superior de la
Ciudad de México.
Instituto de Transparencia,
Acceso a la Información Pública,
Protección de Datos Personales y
Rendición de Cuentas de la
Ciudad de México.
Para la sustanciación de recursos de
revisión y revocación, denuncias y el
procedimiento para determinar el
presunto incumplimiento de la Ley de
Transparencia, Acceso a la Información
Pública y Rendición de Cuentas de la
Ciudad de México y de la Ley de
Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal.
En los artículos 233, 240, 241 y 243 de
la Ley de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México y 38,
39, 40 y 42 de la Ley de Protección de
Datos Personales para el Distrito
Federal.
Órganos de Control Interno. Para la realización de auditorías o
realización de investigaciones por
presuntas faltas administrativas.
En los artículos 34 fracciones VIII y XII,
de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; 113
fracciones II, IV, VIII, XX y XXX del
Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito
Federal.
Órganos Jurisdiccionales Locales
y Federales.
Para la sustanciación de los
procedimientos jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
En los artículos 75, 121 y 143 de la Ley
de Amparo, Reglamentaria de los
artículos 103 y 107 de la Constitución
Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 96, 109, 278, 288 y 331 del
Código de Procedimientos Civiles para
el Distrito Federal; 191 fracción XIX de
la Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación; 3 del Código de
Procedimientos Penales del Distrito
Federal; 55 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal; 85
fracción XI, 86, 108, 112 de la Ley
Orgánica del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo del Distrito Federal.
50 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
Secretaría de Finanzas Del
Distrito Federal
Registro de alta para trámite de pago a
través de depósito interbancario en
cuenta de cheques.
Reglas de Carácter General del Sistema
de Planeación de Recursos
Gubernamentales "GRP", Código Fiscal
del Distrito Federal
VII: Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales:
Unidad Administrativa Responsable: Dirección General de Administración.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director (a) General de Administración.
VIII. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso,
Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de los datos personales, así como la renovación del consentimiento.
Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia de la Delegación La Magdalena Contreras.
Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco N° 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P.
10580, oip@mcontreras.gob.mx.
IX. Nivel de seguridad: Alto.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el presente Acuerdo en cumplimiento a lo previsto en
el artículo 7, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, surtiendo efectos el mismo día
de su publicación.
SEGUNDO.- Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que indique a los responsables de los Sistemas de
Datos Personales sobre la inscripción de los Sistemas en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales, en un
plazo no mayor a diez días hábiles siguientes a la publicación.
TERCERO.- Se instruye al Enlace en Materia de Datos Personales de la Delegación La Magdalena Contreras, a efecto de
una vez publicado el presente acuerdo, lo notifique a la Dirección de Datos Personales del Instituto de Transparencia,
Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en un
plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes.
Ciudad de México, a los treinta días del mes de mayo de dos mil dieciséis.
(FIRMA)
JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA
JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, OFICIALÍA MAYOR, DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN,
CONVOCATORIA 003/2016
Lic. Dervylia Yazmin Murad González, Directora General de Administración de la Oficialía Mayor, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 26, 27 inciso a), 28, 30 fracción I, 32, 33, 34, 41 y 43 de la Ley de Adquisiciones para la Ciudad de México y 41 de
su Reglamento, convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/003/2016 relativa al servicio de mantenimiento
preventivo y correctivo, incluyendo refacciones para el parque vehicular de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, de conformidad con lo
siguiente:
No. de Licitación Costo de las bases
Fecha límite
para
adquirir
Bases
Junta de Aclaración
de Bases
Presentación y Apertura de sobre
con la documentación Legal y
Administrativa, Propuesta
Técnica y Económica
Fallo
LPN/OM/DGA/003/2016 $ 500.00
6/Jun/2016
7/Jun/2016
12:00 horas
8/Jun/2016
18:00 horas
13/Jun/2016
12:00 horas
Partida Partida
Presupuestal
Descripción de los Servicios Unidad de Medida
1 3553 Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, incluyendo refacciones para el
parque vehicular de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México
Servicio
 Las bases de esta licitación pública se encuentran disponibles los días 2, 3 y 6 de junio de 2016, para consulta y venta, en la oficina de la Dirección de
Recursos Materiales y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México,
ubicada en Plaza de la Constitución No. 1, primer piso, Centro de la Ciudad de México Área 1, C.P. 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México,
en un horario de 09:00 a 14:00 horas, Asimismo las bases estarán disponibles para consulta en la dirección de internet http://www.om.cdmx.gob.mx.
 Forma de pago: Depósito en la cuenta No. 105899699, Referencia 12010518, del Banco Scotiabank Inverlat, por concepto de “Venta de Bases para
Licitaciones Públicas”, Número de Sociedad: 1201.
 Una vez realizado el pago correspondiente por concepto de bases de esta Licitación Pública Nacional, deberá acudir a la oficina de la Dirección de
Recursos Materiales y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México,
ubicada en Plaza de la Constitución No. 1, primer piso, Centro de la Ciudad de México Área 1, C.P. 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México,
para la entrega de bases y registro de participación.
 La Junta de Aclaración de Bases; Presentación y Apertura del sobre con la Documentación Legal y Administrativa, Propuesta Técnica y Económica, así
como el Acto de Fallo, se efectuarán en el Salón Independencia, ubicado en Plaza de la Constitución No. 1, Primer Piso, Col. Centro, Código Postal
06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.
 El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.
 La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Peso Mexicano.
 Lugar de prestación de los servicios: los servicios serán prestados en el domicilio que se precisa en las bases de la Licitación Pública Nacional No.
LPN/OM/DGA/003/2016, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, incluyendo refacciones para el parque vehicular de
la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.
 Plazo para la prestación del servicio: Será en los días que se establecen en las bases de Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/003/2016, para la
contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, incluyendo refacciones para el parque vehicular de la Oficialía Mayor del Gobierno
de la Ciudad de México, y será a través de la modalidad de contrato abierto a partir de la firma del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2016 o hasta
agotar el monto mínimo o máximo contratado, lo que ocurra primero.
 Las condiciones de pago serán las siguientes: El pago de los servicios se efectuará de conformidad a los plazos que establezca la Secretaría de Fianzas de
la Ciudad de México y a la recepción de las facturas debidamente requisitadas. No se otorgarán anticipos.
 Los Servidores Públicos responsables de esta Licitación Pública Nacional son: los titulares de las áreas de la Dirección General de Administración de la
Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México; Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales; la Subdirección de Recursos Materiales
y la Jefatura de Unidad Departamental de Adquisiciones, todos ellos de la Dirección General de Administración en la Oficialía Mayor del Gobierno de la
Ciudad de México.
 Los plazos señalados en esta convocatoria se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
CIUDAD DE MÉXICO, A 26 DE MAYO DE 2016
DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
(Firma)
DERVYLIA YAZMIN MURAD GONZALEZ
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, OFICIALÍA MAYOR, DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN,
CONVOCATORIA 004/2016
Lic. Dervylia Yazmin Murad González, Directora General de Administración de la Oficialía Mayor, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 26, 27 inciso a), 28, 30 fracción I, 32, 33, 34, 41 y 43 de la Ley de Adquisiciones para la Ciudad de México y 41 de
su Reglamento, convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/004/2016 relativa al servicio de mantenimiento
preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado (unidades de ventana y minisplit), ubicados en los diferentes inmuebles de las áreas que ocupan las
Unidades Administrativas que integran la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, de conformidad con lo siguiente:
No. de Licitación Costo de las bases
Fecha límite
para
adquirir
Bases
Junta de Aclaración
de Bases
Presentación y Apertura de sobre
con la documentación Legal y
Administrativa, Propuesta
Técnica y Económica
Fallo
LPN/OM/DGA/004/2016 $ 500.00
6/Jun/2016
7/Jun/2016
18:00 horas
9/Jun/2016
12:00 horas
14/Jun/2016
12:00 horas
Partida Partida
Presupuestal
Descripción de los Servicios Unidad de Medida
1 3511 Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire
acondicionado (unidades de ventana y minisplit), ubicados en los diferentes
inmuebles de las áreas que ocupan las Unidades Administrativas que integran la
Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México
Servicio
 Las bases de esta licitación pública se encuentran disponibles los días 2, 3 y 6 de junio de 2016, para consulta y venta, en la oficina de la Dirección de
Recursos Materiales y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México,
ubicada en Plaza de la Constitución No. 1, primer piso, Centro de la Ciudad de México Área 1, C.P. 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México,
en un horario de 09:00 a 14:00 horas, Asimismo las bases estarán disponibles para consulta en la dirección de internet http://www.om.cdmx.gob.mx.
 Forma de pago: Depósito en la cuenta No. 105899699, Referencia 12010518, del Banco Scotiabank Inverlat, por concepto de “Venta de Bases para
Licitaciones Públicas”, Número de Sociedad: 1201.
 Una vez realizado el pago correspondiente por concepto de bases de esta Licitación Pública Nacional, deberá acudir a la oficina de la Dirección de
Recursos Materiales y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México,
ubicada en Plaza de la Constitución No. 1, primer piso, Centro de la Ciudad de México Área 1, C.P. 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México,
para la entrega de bases y registro de participación.
 La Junta de Aclaración de Bases; Presentación y Apertura del sobre con la Documentación Legal y Administrativa, Propuesta Técnica y Económica, así
como el Acto de Fallo, se efectuarán en el Salón Independencia, ubicado en Plaza de la Constitución No. 1, Primer Piso, Col. Centro, Código Postal
06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.
 El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.
 La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Peso Mexicano.
 Lugar de prestación de los servicios: los servicios serán prestados en el domicilio que se precisa en las bases de la Licitación Pública Nacional No.
LPN/OM/DGA/004/2016, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado (unidades de
ventana y minisplit), ubicados en los diferentes inmuebles de las áreas que ocupan las Unidades Administrativas que integran la Oficialía Mayor del
Gobierno de la Ciudad de México.
 Plazo para la prestación del servicio: Será en los días que se establecen en las bases de Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/004/2016, para la
contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado (unidades de ventana y minisplit), ubicados en los
diferentes inmuebles de las áreas que ocupan las Unidades Administrativas que integran la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, y será
a través de la modalidad de contrato abierto a partir de la firma del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2016 o hasta agotar el monto mínimo o
máximo contratado, lo que ocurra primero.
 Las condiciones de pago serán las siguientes: El pago de los servicios se efectuará de conformidad a los plazos que establezca la Secretaría de Fianzas de
la Ciudad de México y a la recepción de las facturas debidamente requisitadas. No se otorgarán anticipos.
 Los Servidores Públicos responsables de esta Licitación Pública Nacional son: los titulares de las áreas de la Dirección General de Administración de la
Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México; Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales; la Subdirección de Recursos Materiales
y la Jefatura de Unidad Departamental de Adquisiciones, todos ellos de la Dirección General de Administración en la Oficialía Mayor del Gobierno de la
Ciudad de México.
 Los plazos señalados en esta convocatoria se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
CIUDAD DE MÉXICO, A 26 DE MAYO DE 2016
DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
(Firma)
DERVYLIA YAZMIN MURAD GONZALEZ
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, OFICIALÍA MAYOR, DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN,
CONVOCATORIA 005/2016
Lic. Dervylia Yazmin Murad González, Directora General de Administración de la Oficialía Mayor, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 26, 27 inciso a), 28, 30 fracción I, 32, 33, 34, 41 y 43 de la Ley de Adquisiciones para la Ciudad de México y 41 de
su Reglamento, convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/005/2016 relativa al servicio de mantenimiento
preventivo y correctivo a 17 elevadores, con suministro de refacciones, los cuales se encuentran instalados en los inmuebles que ocupan las Unidades
Administrativas de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, de conformidad con lo siguiente:
No. de Licitación Costo de las bases
Fecha límite
para
adquirir
Bases
Junta de Aclaración
de Bases
Presentación y Apertura de sobre
con la documentación Legal y
Administrativa, Propuesta
Técnica y Económica
Fallo
LPN/OM/DGA/005/2016 $ 500.00
6/Jun/2016
8/Jun/2016
12:00 horas
10/Jun/2016
12:00 horas
15/Jun/2016
12:00 horas
Partida Partida
Presupuestal
Descripción de los Servicios Unidad de Medida
1 3511 Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a 17 elevadores, con
suministro de refacciones, los cuales se encuentran instalados en los inmuebles
que ocupan las Unidades Administrativas de la Oficialía Mayor del Gobierno de
la Ciudad de México
Servicio
 Las bases de esta licitación pública se encuentran disponibles los días 2, 3 y 6 de junio de 2016, para consulta y venta, en la oficina de la Dirección de
Recursos Materiales y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México,
ubicada en Plaza de la Constitución No. 1, primer piso, Centro de la Ciudad de México Área 1, C.P. 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México,
en un horario de 09:00 a 14:00 horas, Asimismo las bases estarán disponibles para consulta en la dirección de internet http://www.om.cdmx.gob.mx.
 Forma de pago: Depósito en la cuenta No. 105899699, Referencia 12010518, del Banco Scotiabank Inverlat, por concepto de “Venta de Bases para
Licitaciones Públicas”, Número de Sociedad: 1201.
 Una vez realizado el pago correspondiente por concepto de bases de esta Licitación Pública Nacional, deberá acudir a la oficina de la Dirección de
Recursos Materiales y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México,
ubicada en Plaza de la Constitución No. 1, primer piso, Centro de la Ciudad de México Área 1, C.P. 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México,
para la entrega de bases y registro de participación.
 La Junta de Aclaración de Bases; Presentación y Apertura del sobre con la Documentación Legal y Administrativa, Propuesta Técnica y Económica, así
como el Acto de Fallo, se efectuarán en el Salón Independencia, ubicado en Plaza de la Constitución No. 1, Primer Piso, Col. Centro, Código Postal
06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.
 El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.
 La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Peso Mexicano.
 Lugar de prestación de los servicios: los servicios serán prestados en el domicilio que se precisa en las bases de la Licitación Pública Nacional No.
LPN/OM/DGA/005/2016, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a 17 elevadores, con suministro de refacciones, los
cuales se encuentran instalados en los inmuebles que ocupan las Unidades Administrativas de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.
 Plazo para la prestación del servicio: Será en los días que se establecen en las bases de Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/005/2016, para la
contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a 17 elevadores, con suministro de refacciones, los cuales se encuentran instalados en
los inmuebles que ocupan las Unidades Administrativas de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, y será a través de la modalidad de
contrato abierto a partir de la firma del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2016 o hasta agotar el monto mínimo o máximo contratado, lo que ocurra
primero.
 Las condiciones de pago serán las siguientes: El pago de los servicios se efectuará de conformidad a los plazos que establezca la Secretaría de Fianzas de
la Ciudad de México y a la recepción de las facturas debidamente requisitadas. No se otorgarán anticipos.
 Los Servidores Públicos responsables de esta Licitación Pública Nacional son: los titulares de las áreas de la Dirección General de Administración de la
Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México; Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales; la Subdirección de Recursos Materiales
y la Jefatura de Unidad Departamental de Adquisiciones, todos ellos de la Dirección General de Administración en la Oficialía Mayor del Gobierno de la
Ciudad de México.
 Los plazos señalados en esta convocatoria se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
CIUDAD DE MÉXICO, A 26 DE MAYO DE 2016
DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
(Firma)
DERVYLIA YAZMIN MURAD GONZALEZ
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 57
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Secretaria de Seguridad Pública
Aviso de Fallo de la Licitación
Arq. Manuel Castellanos de la Vega, Director de Construcción y Mantenimiento de la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal, en observancia a lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 12 fracciones IX, XII ,XVI y 21 fracción III de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal; 17 fracción XV; 44 fracción VIII y 58 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal; 44 del Manual de Organización de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y de
conformidad con el artículo 34 de la Ley de Obras Públicas para el Distrito Federal; hace del conocimiento general la
identidad del licitante ganador, en la Licitación Pública Nacional, de conformidad con lo siguiente:
Razón social del ganador Proyecto y Diseño Tangerina, S.A. de C.V.
Número y concepto de la licitación. Licitación Pública Nacional LPN-01-2016.
Objeto del contrato a suscribirse “Complemento a la Estructura del Nuevo Centro de Control
de Confianza de la Secretaría de Seguridad Pública de la
Ciudad de México”.
Monto del Contrato $21’988,591.47 I.V.A. incluido.
Fecha de inicio y conclusión de la obra; 03/05/2016 al 30/08/ 2016
Lugar donde podrán consultarse las razones de asignación
y rechazo.
Dirección de Construcción y Mantenimiento
Izazaga 89, 3er. Piso Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc,
C.P. 06080.
Atentamente
Secretaría de Seguridad Pública
México, D.F. a 27 de mayo de 2016.
(Firma)
El Director de Construcción y Mantenimiento
Arq. Manuel Castellanos de la Vega
ADMINISTRACION PUBLICA DE LA CIUDAD DE MEXICO
DELEGACION TLALPAN
DIRECCION GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
LICITACION PÚBLICA NACIONAL
CONVOCATORIA DTL/005-2016
NOTA ACLARATORIA A LA CONVOCATORIA DTL/005-2016 PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL No. 83, DÉCIMA
NOVENA ÉPOCA, EL DÍA 31 DE MAYO DE 2016.
Arq. Manuel Santiago Quijano, Director General de Obras y Desarrollo Urbano del Órgano Político Administrativo en Tlalpan, de conformidad con lo
establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, 117 fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 38 de
la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Artículos 126 y 132 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal
y de conformidad con los artículos 24 apartado A, 25 apartado A fracción I, 26 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, he tenido a bien expedir la
siguiente:
NOTA ACLARATORIA A LA CONVOCATORIA DTL/005-2016 PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL No. 83, DÉCIMA
NOVENA ÉPOCA, EL DÍA 31 DE MAYO DE 2016.
PAGINA 24, PRIMER PARRAFO.
DICE:
El Ing. German Arturo Martínez Santoyo, Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en observancia a lo dispuesto en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, 117 fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal, Artículos 126 y 132 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con los artículos 24 apartado
A, 25 apartado A fracción I, 26 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la
licitación de carácter nacional para la contratación en la modalidad de Licitación Pública Nacional, conforme a lo siguiente:
DEBE DECIR:
El Arq. Manuel Santiago Quijano, Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en observancia a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos en su artículo 134, 117 fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal, Artículos 126 y 132 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con los artículos 24 apartado A,
25 apartado A fracción I, 26 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la
licitación de carácter nacional para la contratación en la modalidad de Licitación Pública Nacional, conforme a lo siguiente:
Transitorio
Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
CIUDAD DE MÉXICO A 1 DE JUNIO DE 2016
DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
(Firma)
ARQ. MANUEL SANTIAGO QUIJANO
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 59
SECCIÓN DE AVISOS
CONSTRUCCION Y DISEÑO GRIPSU, S.A. DE C.V.
BALANCE DE LIQUIDACION AL 10 DE MAYO DE 2016.
Activo
Efectivo en caja $0
Pasivo
Capital $0
Ciudad De México a 20 de Mayo de 2016.
José Luis Rosales Martínez
Liquidador
(Firma)
DISEÑOS Y CONSTRUCCION MIKADO, S.A. DE C.V.
BALANCE DE LIQUIDACION AL 09 DE MAYO DE 2016.
Activo
Efectivo en caja $0
Pasivo
Capital $0
Ciudad De México a 18 de Mayo de 2016.
José Luis Rosales Martínez
Liquidador
(Firma)
SERCONPROF, S.C.
BALANCE DE LIQUIDACION AL 18 DE ABRIL DE 2016.
Activo
Efectivo en caja $0
Pasivo
Capital $0
Ciudad De México a 13 de Mayo de 2016.
José Marcos Alvarado Villa
Liquidador
(Firma)
60 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
J3E, S.A. DE C.V.
AVISO DE LIQUIDACIÓN
En cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 240-242 fracción V primer párrafo y 247 de la Ley General de
sociedades Mercantiles, y la legislación fiscal aplicable en lo conducente se informa que J3E, S.A. DE C.V., se encuentra en
proceso de liquidación, de conformidad en el Estado de Resultados que contiene el presente aviso, en razón al Balance
General, formulados bajo las siguientes bases:
Con fecha 13 de febrero de 2015, se realizó Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, mediante la cual,
entre otras se acordó disolver la sociedad, destacándose el inicio, el procedimiento de liquidación anticipada de la
sociedad, designación de liquidador y sus facultades nombrándose como tal al ciudadano JESÚS ANTONIO
MULIA VELÁZQUEZ.
La liquidación se realiza con base en el Balance General elaborado con fecha 30 de abril del año 2015.
Transcurrido el plazo de 15 quince días hábiles posteriores la tercera publicación que se hiciera de éste, con
intervalos de la misma de 10 diez días entre cada una, se efectuara una Asamblea General Extraordinaria de
Accionistas de J3E, S.A. DE C.V., para concluir y finalizar la liquidación que no ocupa y surta todos los efectos
legales, administrativos y fiscales a que haya lugar.
J3E, S.A. DE C.V.
BALANCE GENERAL AL 20 DE ABRIL DE 2015
ACTIVOS
ACTIVO A CORTO PLAZO
EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO $2,269
INVERSIONES EN ACCIONES 46,000
CUENTAS POR COBRAR OTROS DEUDORES (NOTA A) 136,500
IMPUESTOS POR RECUPERAR (NOTA B) 291,732
TOTAL DE CAPITAL A CORTO PLAZO 476,500
ACTIVO A LARGO PLAZO
PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO, NETO (NOTA C) 2,920,849
TOTAL DE ACIVO A LARGO PLAZO 2,920,849
TOTAL DE ACTIVO 3,397,349
PASIVO
PASIVO A CORTO PLAZO
CUENTAS POR PAGAR OTROS ACREEDORES (NOTA D) $2,735,585
APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTO DE CAPTILA (NOTA E) 1,697.432
TOTAL DE PASIVO A CORTO PLAZO 4,433,017
TOTAL DE PASIVO 4,433,017
CAPITAL CONTABLE
CAPITAL SOCIAL 50,000
UTILIDADES O (PERDIDAS) ACUMULADAS (1,075,131)
UTILIDAD O (PERDIDA) DEL EJERCICIO (10,537)
TOTAL DE CAPITAL CONTABLE (1,035,668)
TOTAL DE PASIVO Y CAPITAL CONTABLE $3,397,349
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 61
J3E, S.A. DE C.V.
ESTADO DE RESULTADOS AL 30 DE ABRIL DE 2015
INGRESOS
INGRESOS NETOS $0
COSTO DE VENTAS 0
UTILIDAD BRUTA 0
GASTOS DE OPERACIÓN 10,537
UTILIDAD DE LA OPERACIÓN -10,537
COSTO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO
INTERESES A FAVOR 0
INTERESES A CARGO 0
OTROS GASTOS Y OTROS PRODUCTOS
OTROS PRODUCTOS 0
OTROS GASTOS 0
UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS -10,537
IMPUESTO SOBRE LA RENTA 0
UTILIDAD O (PERDIDA) NETA $(10.537)
(Firma)
C. JESÚS ANTONIO MULIA VELÁZQUEZ
COMISARIO
CONTROL Y MANTENIMIENTO DE SUBESTACIONES S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 4 DE MAYO DEL 2016
EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 247 FRACCIÓN II DE LA LEY GENERAL DE
SOCIEDADES MERCANTILES SE PUBLICA EL BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN
ACTIVO PASIVO
EFECTIVO EN CAJA Y BANCOS $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR PAGAR $0.00
CUENTAS Y DOCUM POR COBRAR $0.00 CONTRIBUCIONES POR PAGAR $0.00
CONTRIBUCIONES A FAVOR $0.00
SUMA ACTIVO $0.00 SUMA PASIVO $0.00
CAPITAL SOCIAL $0.00
APORT. PARA FUT. AUMENTOS DE CAPITAL $0.00
PERDIDAS ACUMULADAS $0.00
TOTAL DE CAPITAL CONTABLE $0.00
TOTAL ACTIVO $0.00 TOTAL PASIVO $0.00
(Firma)
LEOPOLDO NERI ROMERO
LIQUIDADOR
62 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
AFG LOGISTICA S.A. DE C.V.
BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 4 DE MAYO DEL 2016
EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 247 FRACCIÓN II DE LA LEY GENERAL DE
SOCIEDADES MERCANTILES SE PUBLICA EL BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN
ACTIVO PASIVO
EFECTIVO EN CAJA Y BANCOS $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR PAGAR $0.00
CUENTAS Y DOCUM POR COBRAR $0.00 CONTRIBUCIONES POR PAGAR $0.00
CONTRIBUCIONES A FAVOR $0.00
SUMA ACTIVO $0.00 SUMA PASIVO $0.00
CAPITAL SOCIAL $0.00
APORT. PARA FUT. AUMENTOS DE CAPITAL $0.00
PERDIDAS ACUMULADAS $0.00
TOTAL DE CAPITAL CONTABLE $0.00
TOTAL ACTIVO $0.00 TOTAL PASIVO $0.00
(Firma)
LEOPOLDO NERI ROMERO
LIQUIDADOR
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 63
E D I C T O S
“INDEPENDENCIA JUDICIAL, VALOR INSTITUCIONAL Y RESPETO A LA AUTONOMÍA”
E D I C T O
PARA LLAMAR A JUICIO A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADAS, TERCEROS,
VICTIMAS U OFENDIDOS EN EL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO
EXPEDIENTE 350/2016
SECRETARIA “A”
En cumplimiento a lo ordenado por auto de veinte de abril del dos mil dieciséis, dictado en los autos del juicio
ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, promovido por el GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL hoy
CIUDAD DE MÉXICO, en contra de VÍCTOR MANUEL CRUZ ESTEVEZ y GLORIA VILLEGAS
HERNÁNDEZ, expediente numero 350/2016, respecto del inmueble ubicado en CALLE XOCHIMILCO
TULYEHUALCO, NÚMERO 39, UNIDAD HABITACIONAL NATIVITAS, MANZANA 2, ENTRADA “A”,
DEPARTAMENTO 301, COLONIA NATIVITAS, DELEGACIÓN XOCHIMILCO, C.P. 16090, DISTRITO
FEDERAL hoy CIUDAD DE MÉXICO; IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL NÚMERO
636942, COMO CONJUNTO HABITACIONAL NATIVITAS REGIMEN 2, UBICACIÓN No. 39, CALLE
XOCHIMILCO, TULYEHUALCO MZ 2, EDIFICIO TIPO 1 A=5 ENTRADA A, DEPARTAMENTO 301,
COLONIA NATIVITAS, DELEGACIÓN XOCHIMILCO, DISTRITO FEDERAL hoy CIUDAD DE MÉXICO,
SUPERFICIE 62,76 M2, la C.Juez Cuarto de lo Civil de la Ciudad de México, la C. Juez Cuarto de lo Civil de la
Ciudad de México Licenciada Flor de María Hernández Mijangos, con fundamento con lo dispuesto por el artículo
35 en relación con la fracción IV del artículo 40 ambos de la ley de Extinción de Dominio, ordeno LLAMAR A
JUICIO A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADAS, TERCEROS, VICTIMAS U OFENDIDOS EN
EL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, por medio de edictos otorgándoles un término de DIEZ DIAS
HABILES, a partir de la última publicación a fin de que comparezcan a deducir sus posibles derechos en el juicio
citado.
PARA SU DEBIDA PUBLICACIÓN EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL HOY CIUDAD DE
MÉXICO POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN
DOS DÍAS HÁBILES.
CIUDAD DE MÉXICO, A 20 DE ABRIL DEL 2016
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS
(Firma)
LIC. EDUARDO HERRERA ROSAS
64 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
EDICTO
Que en los autos del Juicio DE EXTINCION DE DOMINIO promovido por GOBIERNO DEL DISTRITO
FEDERAL, en contra de ANTONIO PAVIS DURAN, expediente número 349/2016, el C. Juez dictó un auto que en su
parte conducente dice: ------------------------------------------------------------------------------------
LA SECRETARÍA DE ACUERDOS da cuenta, al C. Juez con la demanda suscrita por la Licenciada MARIA
GUADALUPE CERVANTES DÍAZ, en su carácter de Agente del Ministerio Público Especializado en Procedimiento de
Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y en representación del GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL, siendo un tomo de copias certificadas de la Averiguación Previa número FCIN/ACD/T3/0053/15-
02 y su acumulada FCIN/AOP/T3/00011/15-02, un juego de copias certificadas del Expediente administrativo
FEED/T1/97/15-09, veintiséis copias certificadas dentro de las cuales se encuentran el acuerdo A/02/2011 del C. Procurador
General de Justicia del Distrito Federal, y constancias de los nombramientos de los diversos Ministerios Públicos
especializados en Extinción de Dominio, así como los registros de cédulas profesionales ante la Primera Secretaria de
Acuerdos de Presidencia y del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, remitidos por la Oficialía de
Partes Común de este Tribunal, certificando el Secretario de Acuerdos “A”, Licenciado Serafín Guzmán Mendoza, que son
DOS juego de Copias de traslado, mismos que se reciben el día veinte de Abril del dos mil dieciséis a las Nueve Horas con
Treinta Minutos horas, Conste.---------------------- - - México, Distrito Federal, a veinte de abril del dos mil dieciséis.---------
------------- - - - Con el escrito de cuenta, anexos y copias simples que se acompañan, se forma expediente y se registra como
corresponde en el Libro de Gobierno de este Juzgado, bajo el número de expediente 349/2016. Se ordena guardar los
documentos exhibidos como base de la acción. Se tiene por presentado a la Licenciada MARIA GUADALUPE
CERVANTES DÍAZ, en su calidad de Agente del Ministerio Público Especializado en el Procedimiento de Extinción de
Dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y en representación del Gobierno del Distrito Federal,
personalidad que se reconoce en términos del acuerdo A/02/2011 emitido por el C. Procurador General de Justicia del
Distrito Federal, así como la copia certificada del oficio en el que se le designa con el carácter antes señalado, expedido por
el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, y con la constancia de acreditación de especialización en materia de
extinción de dominio que exhibe, mismos que en copia certificada se acompañan, y se ordenan agregar a los autos para que
obren como corresponda; se le tiene señalando domicilio para oír y recibir notificaciones, teniéndose por autorizados con la
misma calidad de Agentes del Ministerio Público Especializados en extinción de dominio a los Profesionistas que menciona
y que igualmente acreditan su personalidad en términos de las copias certificadas que se acompañan al presente; se le tiene
autorizando para oír y recibir notificaciones y documentos e incluso de carácter personal, a las demás personas que se
mencionan. Con fundamento en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los
artículos 1, 2, 3 fracción II, 4, 5, 22, 24, 25, 29, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 39, 40 y demás relativos y aplicables de la Ley de
Extinción de Dominio para el Distrito Federal; 1, 2, 20, 24 25, 30, 35, 38 del Reglamento de la Ley de Extinción de
Dominio para el Distrito Federal; 114, 116, 117, 255 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles, de aplicación
supletoria a la Ley Especial citada, y conforme al artículo 3 Fracción II del mismo ordenamiento, se admite a trámite la
demanda planteada en la VÍA ESPECIAL y en ejercicio de la ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO interpuesta en
contra de ANTONIO PAVIS DURAN, en su carácter de PARTE AFECTADA, como propietario del bien mueble ubicado
en Calle la Piedad, Manzana 42, Lote 9, Colonia Loma de la Palma, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal
07160, Ciudad de México, Identificado con el Folio Real 00036872, en el cual consta inscrito el Inmueble
Denominado Lote Nueve, Manzana Cuarenta y Dos, de la Zona Tres, Colonia Ejido de Cuautepec, Delegación
Gustavo A. Madero, Ciudad de México, con Una Superficie de 441.00 m2 Metros Cuadrados, acción que se ejercita
con base al evento típico derivado de las actuaciones ministeriales que se contienen en las copias certificadas que se
acompañan de la Averiguación Previa número FCIN/ACD/T3/0053/15-02 y su acumulada FCIN/AOP/T3/00011/15-02 y
que se funda en los razonamientos, hechos y pruebas que se expresan en la demanda; en consecuencia, con las copias
simples de traslado que se acompañan, y de los anexos exhibidos, por medio de NOTIFICACIÓN PERSONAL, se ordena
EMPLAZAR A ANTONIO PAVIS DURAN, para que dentro del término de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del
día hábil siguiente a su emplazamiento, comparezca por escrito, por sí o por su representante legal, a manifestar lo que a su
derecho convenga, así como para que oponga excepciones y defensas, y en su caso ofrezca las pruebas conducentes que
acrediten su dicho, conforme a lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley de Extinción de Dominio apercibida que, de no
comparecer a este juicio y de no ofrecer pruebas en el término concedido, precluirá su derecho con fundamento en el
artículo 40 Fracción V de la Ley de Extinción de Dominio.-----------Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 35 en relación con la Fracción IV del artículo 40, ambos de la Ley de Extinción de Dominio, publíquese el presente
proveído por tres veces de tres días hábiles, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal, en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, así como en el periódico de
circulación Nacional “EL SOL DE MEXICO”, llamando a las personas que se consideren afectadas, terceros, víctimas u
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 65
ofendidos para que comparezcan a este procedimiento en el término de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día
siguiente de la última publicación a manifestar lo que a su interés convenga, quedando los edictos respectivos a partir de
esta fecha, a disposición del Agente del Ministerio Público ocursante para su debida tramitación, dentro del término de
TRES DÍAS, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 137 Fracción IV del Código de Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal, de aplicación supletoria al Procedimiento de Extinción de Dominio, atento a lo dispuesto por la Fracción II
del artículo 3 de la Ley de Extinción de Dominio. ---------Por lo que respecta a las pruebas ofrecidas en el escrito de cuenta,
de conformidad con el artículo 40, de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, así como de los artículos
289, 290, 291 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la
materia, se procede a la admisión de las probanzas ofrecidas por la ocursante, se admiten en los siguientes términos: LAS
DOCUMENTALES PÚBLICAS marcadas con el numeral I consistente en las copias certificadas de la Averiguación Previa
número FCIN/ACD/T1/0385/13-09 y su acumulada FCIN/AOP/T1/055/13-09, así como en las copias certificadas del
Expediente administrativo FEED/T1/97/15-09 marcada con el numeral II; se admite la CONFESIONAL a cargo de
ANTONIO PAVIS DURAN, marcada con el numeral III, en su calidad de parte afectada respecto al Inmueble ubicado en
Calle la Piedad, Manzana 42, Lote 9, Colonia Loma de la Palma, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07160,
Ciudad de México, Identificado con el Folio Real 00036872, en el cual consta inscrito el Inmueble Denominado Lote
Nueve, Manzana Cuarenta y Dos, de la Zona Tres, Colonia Ejido de Cuautepec, Delegación Gustavo A. Madero, Ciudad de
México, con Una Superficie de 441.00 m2 Metros Cuadrados; LA RATIFICACION A CARGO DE LOS PERITOS, QFB.
Noemí Reyes Jiménez y QFB Selene Sinencio Tenorio, ambos Especialistas en Materia de Química Forense, Adscritos a la
Dirección General de Coordinación de Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal hoy
Ciudad de México, marcada con el numeral V; LA RATIFICACIÓN a cargo del Licenciado Alvaro Ortiz Fernández en su
Carácter de Agente del Ministerio Público y Licenciado Ricardo Bautista Hernández Oficial Secretario del Ministerio
Público, ambos adscritos a la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Narcomenudeo, marcada con
el numeral VI; asimismo se admite la INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, marcada con el número VII, y la
PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA marcada con el número VIII. --------------------------------------------------------------
-----------------------Por cuanto a la solicitud de MEDIDAS CAUTELARES, y respecto a la que solicita en primer término,
consistente en que declare la prohibición para enajenar y gravar el bien inmueble ubicado en Calle la Piedad, Manzana 42,
Lote 9, Colonia Loma de la Palma, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07160, Ciudad de México, Identificado
con el Folio Real 00036872, en el cual consta inscrito el Inmueble Denominado Lote Nueve, Manzana Cuarenta y Dos, de
la Zona Tres, Colonia Ejido de Cuautepec, Delegación Gustavo A. Madero, Ciudad de México, con Una Superficie de
441.00 m2 Metros Cuadrados; se concede dicha medida a efecto de evitar que se realice cualquier acto traslativo de dominio
o inscripción de gravamen judicial o real respecto del inmueble referido, con fundamento en lo dispuesto por los artículos
11 y 15 segundo Párrafo de la Ley de Extinción de Dominio, surtiendo sus efectos, desde luego, y en consecuencia, gírese
oficio al C. Director del REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL,
para que proceda a inscribir la medida cautelar decretada en el antecedente registral en el Folio Real 00036872, Calle la
Piedad, Manzana 42, Lote 9, Colonia Loma de la Palma, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07160, Ciudad de
México, Identificado con el Folio Real 00036872, en el cual consta inscrito el Inmueble Denominado Lote Nueve, Manzana
Cuarenta y Dos, de la Zona Tres, Colonia Ejido de Cuautepec, Delegación Gustavo A. Madero, Ciudad de México, con Una
Superficie de 441.00 m2 Metros Cuadrados, en el cual se tiene como propietario a ANTONIO PAVIS DURAN; por otra
parte, y como segunda medida cautelar peticionada, de igual manera se decreta el aseguramiento DEL BIEN INMUEBLE
UBICADO EN CALLE LA PIEDAD, MANZANA 42, LOTE 9, COLONIA LOMA DE LA PALMA, DELEGACIÓN
GUSTAVO A. MADERO, CÓDIGO POSTAL 07160, CIUDAD DE MÉXICO, IDENTIFICADO CON EL FOLIO REAL
00036872, EN EL CUAL CONSTA INSCRITO EL INMUEBLE DENOMINADO LOTE NUEVE, MANZANA
CUARENTA Y DOS, DE LA ZONA TRES, COLONIA EJIDO DE CUAUTEPEC, DELEGACIÓN GUSTAVO A.
MADERO, CIUDAD DE MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE DE 441.00 M2 METROS CUADRADOS; con el menaje
que en el mismo se encuentre, mismo que se aseguró mediante diligencia de cateo de fecha veintisiete de junio del dos mil
catorce, debiéndose girar oficio a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, informándosele que se le tiene como
depositario judicial del Inmueble antes precisado, así como del menaje que se encuentre dentro del mismo, previo el
inventario que del mismo se realice, ello con fundamento en el artículo 11 penúltimo párrafo de la Ley de Extinción de
Dominio, haciéndole saber que deberá presentarse en el local de este juzgado dentro de los TRES DÍAS siguientes a que
reciba el Oficio ordenado, a efecto de que por conducto de personal autorizado proceda ante la presencia judicial a aceptar y
protestar el cargo conferido, asimismo el Actuario de la adscripción proceda a la brevedad a ponerle en posesión material
del bien inmueble asegurado, para que realice las acciones necesarias para su mantenimiento y conservación, teniendo
también la obligación de rendir cuentas ante este juzgado y al Agente del Ministerio Público Especializado en Extinción de
Dominio respecto de la administración del bien inmueble, en forma mensual con fundamento en el artículo 557 del Código
de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, así como también deberá rendir un informe anual
66 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal respecto del bien inmueble.------------------------------------------------------------
--- Tomando en consideración que del escrito de cuenta hay imprecisiones respecto al carácter con el cual debe ser llamado
MINIBUSES ALFA S.A. de C.V., por conducto de su representante Legal, ya que en el apartado de Pruebas lo manifiestan
como Tercero Llamado a Juicio y en los puntos petitorios lo señalan como parte Afectada, por lo que en este acto se
previene a la parte actora para que aclare el carácter de MINIBUSES ALFA S.A. de C.V., tomando en cuenta lo disopuesto
por el artículo 2 fracciones II y XVII de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, hoy Ciudad de México.----
---------------------------------------------Por último, y con fundamento en el último párrafo del artículo 4 de la Ley de
Extinción de Dominio para el Distrito Federal, se hace saber a todos los interesados, que toda la información que se genere
u obtenga con relación a esta Ley y a los juicios que conforme a ella se tramiten, se considerará como restringida en los
términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; y asimismo que se deberá
guardar la más estricta confidencialidad sobre toda la información y documentos que se obtenga y generen durante la
substanciación del presente procedimiento, ello con fundamento en los artículos 4 último párrafo y 22 in fine de la Ley de
Extinción de Dominio para el Distrito Federal. - Asimismo se hace del conocimiento de las partes que con fundamento en
los artículos 26, 28 y demás relativos del Reglamento del Sistema Institucional de Archivos del Tribunal Superior de
Justicia del Distrito Federal y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal se hace del conocimiento de las partes que
una vez concluido el presente juicio, ya sea por sentencia definitiva cumplimentada, caducidad de la instancia, cosa juzgada,
desistimiento, incompetencia, prescripción se procederá a la destrucción del expediente, así como las pruebas, muestras y
documentos venidos en el juicio concluido, por lo que las partes quedarán obligadas a solicitar la devolución de sus
documentos, pruebas y muestras dentro de los seis meses contados a partir de la respectiva notificación, lo que se hace del
conocimiento de las partes para los efectos legales a que haya lugar, dictando el presente a las doce horas con treinta
minutos del día en que se actúa.- NOTIFÍQUESE.- ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA EL C. JUEZ TERCERO DE LO CIVIL,
LICENCIADO VICTOR HOYOS GANDARA, quien actúa ante el C. Secretario de Acuerdos Licenciado SERAFIN
GUZMAN MENDOZA, que autoriza y da fe. - DOY FE.-
PARA SU PUBLICACION, POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS DEBIENDO MEDIAR DOS DIAS ENTRE
CADA PUBLICACION.
C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”
(Firma)
LIC. SERAFIN GUZMAN MENDOZA
2 de Junio de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 67
“INDEPENDENCIA JUDICIAL, VALOR INSTITUCIONAL Y RESPETO A LA AUTONOMÍA”
Juzgado Segundo Civil
Exp. 334/2016.
E D I C T O
PERSONAS AFECTADAS, TERCEROS, VICTIMAS Y OFENDIDOS
En cumplimiento a lo ordenado en proveído de fecha quince de abril del año dos mil dieciséis,
dictado en los autos del JUICIO ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, promovido por el GOBIERNO DE LA
CIUDAD DE MÉXICO en contra de ALICIA OLIVARES RAMIREZ, en su carácter de parte afectada, LA C. JUEZ
SEGUNDO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, en cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 22 de la
Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos 4, 5, 22, 31, 32 FRACCIÓN VII Y VIII, 35, 40 FRACCIONES
IV Y V DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL, ORDENO HACER DEL
CONOCIMIENTO DE TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHOS RESPECTO DEL
INMUEBLE UBICADO en CALLE FLAMINGOS, NÚMERO SEIS, COLONIA COCOYOTES, CÓDIGO POSTAL
07180, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CIUDAD DE MÉXICO, IDENTIFICADO CON EL FOLIO REAL
816233 EN EL CUAL CONSTA INSCRITO EL INMUEBLE DENOMINADO ZONA 8, MANZANA 16, LOTE 3-A,
COLONIA CUAUTEPEC II, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CIUDAD DE MÉXICO, CON UNA
SUPERFICIE DE 55.00 M2. METROS CUADRADOS, ACLARANDO QUE LOS DATOS ASENTADOS EN EL FOLIO
DE REGISTRO Y DOMICILIO DEL BIEN INMUEBLE POR LO QUE HACE DECIR, CALLE FLAMINGOS
NÚMERO SEIS, COLONIA COCOYOTES, CODIGO POSTAL 07180 DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO,
CIUDAD DE MÉXICO, Y LO QUE SEÑALA EL FOLIO REAL 816233 DESCRITO QUE DICE: ZONA 8,
MANZANA 16, LOTE 3-A, COLONIA CUAUTEPEC II, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CIUDAD DE
MÉXICO CON UNA SUPERFICIE DE 55 M2., CUYO TITULAR REGISTRAL ES LA C. ALICIA OLIVARES
RAMIREZ FOLIO REAL NÚMERO 816233 CUYA PROPETARIA LO ES LA C. ALICIA OLIVARES RAMIREZ,
PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMA
PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, COMPAREZCAN POR ESCRITO, POR SI O POR CONDUCTO DE SU
REPRESENTANTE LEGAL A MANIFESTAR LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y PARA QUE OFREZCAN
LAS PRUEBAS CON LAS QUE CONSIDEREN SE ACREDITARA SU DICHO, APERCIBIDOS QUE, EN CASO DE
NO COMPARECER Y DE NO OFRECER PRUEBAS DENTRO DEL TERMINO ANTES CONCEDIDO, PRECLUIRÁ
SU DERECHO PARA HACERLO CON POSTERIORIDAD EN ESTE JUICIO, CON FUNDAMENTO EN LA
FRACCIÓN V DEL ARTICULO 40 DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINO.-
México, D.F. a 15 de abril del 2016.
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”
(Firma)
LIC. JESUS JAVIER PAREDES VARELA.
Para su publicación por tres veces de tres en tres días hábiles, debiendo mediar entre cada publicación dos días
hábiles. GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. BOLETÍN JUDICIAL, SOL DE MÉXICO.
68 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016
 
DIRECTORIO
Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ
INSERCIONES
Plana entera...................................................................................... $ 1,753.70
Media plana............................................................................................ 943.30
Un cuarto de plana ................................................................................. 587.30
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,
C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
http://www.consejeria.cdmx.gob.mx
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA Núm. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860.
TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80
(Costo por ejemplar $42.00)

F7c951c0bb1fe6e002081c33b4da91c6

  • 1.
    Órgano de Difusióndel Gobierno de la Ciudad de México DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 2 DE JUNIO DE 2016 No. 85 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Secretaría de Gobierno  Acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, en los establecimientos mercantiles ubicados en todo el territorio que comprende la Ciudad de México, durante el día que se indica 4 Secretaría de Finanzas  Aviso mediante el cual se dan a conocer los horarios de recepción de documentación en la Oficina del Secretario de Finanzas de la Ciudad de México 6 Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades  Acuerdo de modificación de los Sistemas de Datos Personales que administra la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC) 7 Consejería Jurídica y de Servicios Legales  Aviso por el que se da a conocer la designación de servidores públicos de la Administración Pública de la Ciudad de México, como apoderados generales para la defensa jurídica de la misma 19 Delegación Iztapalapa  Nota aclaratoria a las Reglas de Operación del Programa “La Cultura Vial es Poder”, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México 23 Continúa en la Pág. 2
  • 2.
    2 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 Índice Viene de la Pág. 1 Delegación La Magdalena Contreras  Acuerdo por el que se modifican los Sistemas de Datos Personales a cargo de la Delegación La Magdalena Contreras 28  Acuerdo por el que se modifican los Sistemas de Datos Personales a cargo de la Delegación La Magdalena Contreras 38  CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS  Oficialía Mayor.- Licitación Pública Nacional Número LPN/OM/DGA/003/2016.- Convocatoria 003/2016.- Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, incluyendo refacciones para el parque vehicular 51  Oficialía Mayor.- Licitación Pública Nacional Número LPN/OM/DGA/004/2016.- Convocatoria 004/2016.- Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado (unidades de ventana y minisplit), ubicados en los diferentes inmuebles de las áreas que ocupan las Unidades Administrativas 53  Oficialía Mayor.- Licitación Pública Nacional Número LPN/OM/DGA/005/2016.- Convocatoria 005/2016.- Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a 17 elevadores, con suministro de refacciones, los cuales se encuentran instalados en los inmuebles que ocupan las Unidades Administrativas 55  Secretaría de Seguridad Pública.- Aviso de Fallo de Licitación Pública Número LPN-01-2016 57  Delegación Tlalpan.- Nota aclaratoria a la Convocatoria DTL/005-2016 publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 31 de mayo de 2016 58  SECCIÓN DE AVISOS  Construcción y Diseño Gripsu, S.A. de C.V. 59  Diseños y Construcción Mikado, S.A. de C.V. 59  Serconprof, S.C. 59  J3E, S.A. de C.V. 60  Control y Mantenimiento de Subestaciones, S.A. de C.V. 61  AFG Logística, S.A. de C.V. 62  Edictos 63
  • 3.
    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3
  • 4.
    4 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE GOBIERNO Licenciada Dora Patricia Mercado Castro, Secretaria de Gobierno de la Ciudad de México, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 5°, fracción II, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8°, 12, 87 y 104 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2°, 7°, 9º 10°, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV y XVI, 15, fracción I, 16, fracción IV, 23, fracciones IX, XXII y XXXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y; 26, fracciones X y XVII, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y CONSIDERANDO Que con fecha 29 de enero de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México, estableciendo en el artículo 44 de nuestra carta magna, que la Ciudad de México, es la entidad federativa sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos, se compondrá del territorio que actualmente tiene y en caso de que los poderes se trasladen a otro lugar, se erigirá en un Estado de la Unión con la denominación de Ciudad de México. Que de conformidad con el ARTÍCULO SÉPTIMO, fracciones VII y VIII letra F, segundo párrafo, de la reforma constitucional antes señalada, se faculta al Consejo General del Instituto Nacional Electoral, a emitir la Convocatoria para la elección de los diputados constituyentes a más tardar dentro de los siguientes 15 días a partir de la publicación del Decreto antes señalado, mediante Acuerdo de aprobación de la Convocatoria a la elección, que establecerá las fechas y los plazos para el desarrollo de las etapas del proceso electoral, en atención a lo previsto en el párrafo segundo del presente Transitorio, asimismo, que La Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, ejercerá en forma exclusiva todas las funciones de Poder Constituyente para la Ciudad de México y la elección para su conformación se realizará el primer domingo de junio de 2016 para instalarse el 15 de septiembre de ese año, debiendo aprobar la Constitución Política de la Ciudad de México, a más tardar el 31 de enero de 2017, por las dos terceras partes de sus integrantes presentes. Que mediante acuerdo INE/CG5372016, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 5 de febrero de 2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, se aprueba el plan y calendario integral del proceso electoral relativo a la elección de sesenta diputados por el principio de representación proporcional para integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, se determinan acciones conducentes para atenderlos y se emiten lineamiento correspondientes. Que en sesión extraordinaria del 4 de febrero de 2016, el Instituto Nacional Electoral, aprobó la Convocatoria para la Elección de Sesenta Diputadas y Diputados para integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, estableciendo en la BASE PRIMERA, que el domingo 5 de junio de 2016, se llevará a cabo la elección de sesenta diputados y diputadas para integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México. Que mediante oficio oficio INE/JLE-CM/02440/2016 de fecha 19 de mayo de 2016, el Instituto Nacional Electoral requiere a la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México, informar sobre las medidas adoptadas por el gobierno de la Ciudad, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 300, párrafo segundo de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a efecto de garantizar la armonía, la paz y la seguridad en torno a las elecciones que se llevarán a cabo el domingo 5 de junio del año en curso, donde se elegirán a los diputados que integrarán la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México. Que en coordinación con el Instituto Nacional Electoral y en cumplimiento a los artículos 300, párrafo 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 23, fracción IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, corresponde a la Secretaría de Gobierno apoyar e intervenir en los procesos electorales, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, por lo que es procedente tomar las medidas conducentes para limitar el horario de servicio de los establecimientos en los que se sirvan bebidas alcohólicas el día de los comicios, en ese tenor ésta Secretaría, tiene la facultad para ordenar mediante Acuerdo General la suspensión de actividades en los establecimientos mercantiles que operen algunos giros que requieran aviso y/o permiso de funcionamiento o declaración de apertura, en fechas u horas determinadas, con el objeto de que no se altere el orden y la seguridad pública, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
  • 5.
    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5   ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES, EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES UBICADOS EN TODO EL TERRITORIO QUE COMPRENDE LA CIUDAD DE MÉXICO, DURANTE EL DÍA QUE SE INDICA. PRIMERO.- Se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00 hasta la 24:00 horas del 5 de junio de 2016, en los establecimientos mercantiles en todo el territorio que comprende a la Ciudad de México, que operen como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar, en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de las ferias, festividades y tradiciones populares en la vía pública. SEGUNDO.- Queda prohibida en todo el territorio que comprende la Ciudad de México, en la fecha y horas señaladas, la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías, kermeses, festejos populares y otros lugares donde se presenten eventos similares. TERCERO.- Las violaciones al presente Acuerdo serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables. CUARTO.- La Secretaría de Gobierno en coordinación con las dependencias competentes de la Administración Pública de la Ciudad de México, llevará a cabo acciones para garantizar la seguridad, la paz, orden público y el desarrollo normal durante las elecciones, que garantice el libre ejercicio de la ciudadanía para ejercer su voto. QUINTO.- Se exceptúa de la prohibición anterior, única y exclusivamente el consumo con alimentos de bebidas alcohólicas en copeo al interior de los establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal previstos en el artículo 19, fracciones I, II y III de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, siendo salones de fiesta, restaurantes y establecimientos de hospedaje. La venta en envase cerrado para consumir fuera de los establecimientos mercantiles deberá entenderse como suspendida. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación. SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y, a través de ésta Secretaría en dos diarios de circulación nacional, con venta en la Ciudad de México. El presente Acuerdo se suscribe en la oficina de la Secretaria en Gobierno, en la Ciudad de México, el día primero de junio del año dos mil dieciséis. LA SECRETARIA DE GOBIERNO (Firma) LICENCIADA DORA PATRICIA MERCADO CASTRO  
  • 6.
    6 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS HORARIOS DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN EN LA OFICINA DEL SECRETARIO DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO. EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Secretario de Finanzas de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2°, 3° fracción VIII, 15 fracción VIII, 16 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, el numeral Quinto del Acuerdo mediante el cual se da a conocer la Implementación de la Nueva Cultura Laboral en la Ciudad por el que se establece la Organización del Otorgamiento de Licencias Especiales y Periodos Vacacionales, para las y los Trabajadores de Base, Confianza, Estabilidad Laboral, Enlaces, Líderes Coordinadores, Mandos Medios y Superiores de la Administración Pública del la Ciudad de México, para la Efectividad de la Prestación del Servicio a la Ciudadanía y la Conciliación de la Vida Laboral y Familiar; y el numeral 8.8.2. de la Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal. CONSIDERANDO I.-Que el 14 de agosto de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Acuerdo expedido por el Jefe de Gobierno mediante el cual se da a conocer la Implementación de la Nueva Cultura Laboral en la Ciudad por el que se establece la Organización del Otorgamiento de Licencias Especiales y Periodos Vacacionales, para las y los Trabajadores de Base, Confianza, Estabilidad Laboral, Enlaces, Líderes Coordinares, Mandos Medios y Superiores de la Administración Pública del Distrito Federal, para la Efectividad de la Prestación del Servicio a la Ciudadanía y la Conciliación de la Vida Laboral y Familiar, cuyo numeral Quinto establecía que el horario de atención para los trámites y servicios que se prestan a la ciudadanía en la Administración Pública del Distrito Federal finalizara a las 15:00 horas el segundo y último viernes de cada mes. II.- Que el numeral 8.2.2. de la Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada el 18 de septiembre de 2015, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, establece el horario de recepción de correspondencia en la unidad de correspondencia, oficinas de control de gestión u oficialía de partes de las Dependencias será de 09:00 a 18:00 horas en días hábiles. III.- Que el 10 de mayo de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se da a conocer la Implementación de la Nueva Cultura Laboral en la Ciudad de México por el que se establece la Organización del Tiempo de Trabajo, Otorgamiento de Licencias Especiales y Periodos Vacacionales, para las y los Trabajadores de Base, Confianza, Estabilidad Laboral, Enlaces, Líderes Coordinadores, Mandos Medios y Superiores de la Administración Pública del Distrito Federal, para la Efectividad de la Prestación del Servicio a la Ciudadanía y la Conciliación de la Vida Laboral y Familiar, que entre otros puntos dispone la modificación del numeral Quinto a efecto de que los trámites y servicios que se prestan a la ciudadanía en la Administración Pública de la Ciudad de México finalice a las 15:00 horas todos los días viernes. En tal virtud, he tenido a bien emitir el siguiente: AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS HORARIOS DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN EN LA OFICINA DEL SECRETARIO DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO. Se comunica al público en general que el horario de atención para la recepción de documentos de la ciudadanía dirigidos al Secretario de Finanzas, es de 9:00 a 18:00 horas de lunes a jueves y de 9:00 a 15:00 horas los viernes, en días hábiles. La Oficialía de Partes de la Oficina del Secretario está ubicada en Doctor Lavista número 144, Acceso 1, Primer Piso, colonia Doctores, delegación Cuauhtémoc, en la Ciudad de México. TRANSITORIO Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Dado en la Ciudad de México, el día veinte del mes de mayo del año dos mil dieciséis. SECRETARIO DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (Firma) EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA
  • 7.
    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7 SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES LICDA. ROSA ICELA RODRÍGUEZ VELÁZQUEZ, Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC) con fundamento en lo dispuesto en los artículos: 15 fracción XX, 16 fracción IV, 17 Primer Párrafo y 23 Quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 26 fracción X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; el Acuerdo por el que se delega a la “SEDEREC” la facultad que se indica en la publicación de la Gaceta Oficial del 30 de marzo de 2007; 6°, fracciones XII y XXII, 7, 24, fracción XIII, 186, 193 y 202 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9, 13, 14, 21, y 32, de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; así como los numerales 3, fracciones VIII, XV, XVI, XVIII, 6, 8, 18, 35 y 38, de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. C O N S I D E R A N D O Que en los artículos 1°, 6°, apartado A, fracción II y 16, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establecen como un derecho humano, el acceso a la información y la protección de los datos personales. Que a efecto de preservar el pleno ejercicio de estos derechos, los Entes Públicos deberán publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la creación, modificación o supresión de sus Sistemas de Datos Personales, en cumplimiento a lo ordenado en los artículos 6°, 7°, fracciones I, y II y 13 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, correspondiendo a cada Ente Público la modificación de sus Sistemas de Datos Personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia. Que los Sistemas de Datos Personales que se modifican mediante el presente acuerdo fueron inscritos en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal en los términos siguientes: DESARROLLO RURAL, Folio Núm. 01035089608641001513, inscrito el 10/05/2013; ATENCIÓN A HUÉSPEDES, MIGRANTES Y SUS FAMILIAS, Folio Núm. 0103511520863100513 inscrito el 13/05/2010; PUEBLOS INDÍGENAS, ORIGINARIOS Y COMUNIDADES DE DISTINTO ORIGEN NACIONAL, Folio Núm. 01035057608651000512; inscrito el 12/05/2010 PROYECTOS ESPECIALES Y VINCULACIÓN COMERCIAL; Folio Núm. 0103515581023100707 inscrito el 07/07/2010 en cumplimiento al artículo Transitorio Tercero de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales del Distrito Federal con relación al Acuerdo 0182/SO/10-03/2010, aprobado por el pleno del Instituto de Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal el diez de marzo de dos mil diez y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el veintidós de marzo de dos mil diez. Que el 21/07/2009, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la creación del SISTEMA DE DATOS PERSONALES DE LA SEDEREC (SDP-SEDEREC), el cual fue modificado el 30/07/2012 mediante AVISO POR EL QUE SE HACEN DEL CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL LOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES QUE ADMINISTRA LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, siendo este aviso modificado mediante Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 08/11/2013. Que por todo lo anterior, resulta necesaria la modificación de los Sistemas de Datos Personales que administra la Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, para cumplir cabalmente con lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, mismo que señala que los Sistemas de Datos Personales se regirán por los principios de seguridad, licitud, confidencialidad, consentimiento, calidad de los datos, disponibilidad y temporalidad. Por lo que tengo a bien expedir el siguiente: ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES QUE ADMINISTRA LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES (SEDEREC) Primero: El sistema de Protección de Datos Personales de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, denominado “DESARROLLO RURAL”, se modifica en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, para quedar como sigue:
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    8 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 I Identificación del Sistema de Datos Personales Denominación: Sistema de Datos Personales de Ayudas para el Fomento y Promoción del Desarrollo Agropecuario y Rural. Normatividad Aplicable: I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. II. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. III. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. IV. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. V. Ley de Archivos del Distrito Federal. VI. Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. VII. Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. VIII. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. IX. Políticas específicas para el manejo de la información, para el acceso y operación del sistema, del uso de Internet. X. Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. XI. Ley de Desarrollo Agropecuario, Rural y Sustentable del Distrito Federal. XII. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. XIII. Acuerdo por el que se delega a la “SEDEREC” la facultad que se indica en la publicación de la Gaceta Oficial del 30 de marzo de 2007. XIV. Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas Sociales de la SEDEREC 2016. XV. Aviso por el que se dan a conocer las Convocatorias de los Programas Sociales de la SEDEREC 2016. XVI. Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos Específicos para acceder a los Programas Sociales de la SEDEREC 2016. Finalidad y Usos Previstos: Otorgar apoyos en económico y en especie para el fomento y promoción del desarrollo agropecuario y rural de los habitantes de la Ciudad de México. II Origen de los Datos Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos: Beneficiarios (as) de los programas Fomento a las Actividades Rurales, Agropecuarias y de Comercialización y Promoción de la Equidad y el Desarrollo de las Mujeres Rurales en la Ciudad de México; usuarios de los programas, objetivos específicos, componentes y acciones de la Dirección General de Desarrollo Rural. Procedencia: Interesados (as), Beneficiarios (as) y/o usuarios (as) de los programas, objetivos específicos, componentes y acciones de la Dirección General de Desarrollo Rural. Procedimiento de Obtención: Formato Evaluación Socioeconómica y Formato Solicitud de acceso a Programas SEDEREC Ventanilla 1-2-3-4. III Estructura Básica del Sistema de Datos Personales Datos identificativos: Nombre, fecha de nacimiento, sexo, domicilio, teléfono particular, teléfono celular, firma, clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y Clave Única de Registro de Población (CURP). Datos electrónicos: Correo electrónico no oficial Datos académicos: Escolaridad Datos biométricos: Huella dactilar Datos sobre la vida afectiva y familiar: Estado civil Datos de carácter obligatorio: Nombre, domicilio, correo electrónico no oficial Datos de carácter facultativo: Teléfono particular, teléfono celular
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 Modo de tratamiento utilizado: Procedimientos mixtos IV Cesión de Datos Los datos personales recabados podrán ser trasmitidos a los siguientes: Destinatarios Finalidad Genérica Fundamento Legal Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Para la investigación de quejas y denuncias así como de presuntas violaciones por parte de servidores públicos a los derechos humanos. Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Distrito Federal, artículos 3, 17, fracción II y 36. Contraloría General de la Ciudad de México. Con la finalidad de la realización de auditorías o desarrollo de investigaciones por presuntas faltas administrativas. Artículo 34 fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Auditoría Superior de la Ciudad de México. Para la realización de auditorías o desarrollo de funciones de fiscalización. Artículos, 2°, 3°, 6° y 8° de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México. Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal. Con la finalidad de la sustentación de recursos de revisión, denuncias y procedimiento para determinar el probable incumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales para el distrito Federal. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México. Para la publicación de los padrones de Beneficiarios (as) de los programas sociales además de otras transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, artículo 34 fracción II y el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales. Para la sustanciación de los procesos jurisdiccionales tramitados ante ellos. Artículos 323 del Código Civil para el Distrito Federal; 278, 288, 326 y 331 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; 180 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal; 149 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 191 fracción XIX Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 783 y 784 Ley Federal del Trabajo; 2°, fracción II Código Federal de Procedimientos Penales. V Unidad Administrativa y Responsable del Sistema de Datos Personales Unidad Administrativa Responsable: Dirección General de Desarrollo Rural Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Titular de la Dirección General de Desarrollo Rural
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    10 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 VI Unidad Administrativa ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento. Unidad administrativa: Unidad de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades. Domicilio: Fray Servando No. 198, P.B., Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06090, Ciudad de México Correo electrónico: oip_sederec@cdmx.gob.mx VII Nivel de Seguridad: Alto Segundo: El sistema de Protección de Datos Personales de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, denominado “PUEBLOS INDÍGENAS, ORIGINARIOS Y COMUNIDADES DE DISTINTO ORIGEN NACIONAL”, se modifica en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, para quedar como sigue: I Identificación del Sistema de Datos Personales Denominación: Sistema de Datos Personales de Apoyo a los Habitantes de Pueblos Indígenas, Originarios y Comunidades de Distinto Origen Nacional. Normatividad Aplicable: I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. II. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. III. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. IV. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. V. Ley de Archivos del Distrito Federal. VI. Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. VII. Código Civil para el Distrito Federal. VIII. Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. IX. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. X. Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. XI. Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana del Distrito Federal. XII. Reglamento de la Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana del Distrito Federal. XIII. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. XIV. Acuerdo por el que se delega a la “SEDEREC” la facultad que se indica en la publicación de la Gaceta Oficial del 30 de marzo de 2007. XV. Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas Sociales de la SEDEREC 2016. XVI. Aviso por el que se dan a conocer las Convocatorias de los Programas Sociales de la SEDEREC 2016. XVII. Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos Específicos para acceder a los Programas Sociales de la SEDEREC 2016. Finalidad y Usos Previstos: Otorgar a los habitantes de pueblos indígenas, originarios y comunidades de distinto origen nacional apoyos económicos para el fortalecimiento y mejoramiento de la identidad cultural, patrimonial, histórica, de género así como de la medicina tradicional y herbolaria, con equidad y enfoque intercultural. II Origen de los Datos Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos: Interesados (as), Beneficiarios (as) y/o usuarios (as) de los programas, objetivos específicos, componentes y acciones de la Dirección General de Equidad para Pueblos y Comunidades. Procedencia: Interesados (as), Beneficiarios (as) y/o usuarios (as) de los programas, objetivos específicos, componentes y acciones de la Dirección General de Equidad para Pueblos y Comunidades.
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 Procedimiento de Obtención: Solicitudes de acceso a los diversos programas con las que cuenta la Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades; talleres, eventos, conferencias, foros y demás actividades en las que se desenvuelvan las funciones de la Dirección y formatos generales de la Dirección. III Estructura Básica del Sistema de Datos Personales Datos identificativos: Nombre, lugar y fecha de nacimiento, sexo, firma, nacionalidad, edad, domicilio, teléfono particular, teléfono celular, clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP), número de licencia de conducir, fotografía, idioma o lengua, clave de elector (alfa-numérico anverso credencial INE), folio nacional (anverso credencial del INE), número identificador (OCR) (reverso de la credencial INE). Datos electrónicos: Correo electrónico no oficial. Datos académicos: Escolaridad Datos biométricos: Huella dactilar Datos sobre la vida afectiva y familiar: Estado civil Datos especialmente protegidos (sensibles): Origen Étnico o Racial Datos de carácter obligatorio: Nombre, lugar y fecha de nacimiento, sexo, firma, nacionalidad, edad, domicilio, teléfono particular, teléfono celular, clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP), número de licencia de conducir, fotografía, Idioma o lengua, clave de elector (alfa-numérico anverso credencial INE), folio nacional (anverso credencial del INE), número identificador (OCR)(reverso de la credencial INE). Datos de carácter facultativo: Datos patrimoniales, Datos académicos, Datos sobre la salud, Matrícula del servicio militar nacional (si aplica), Número de pasaporte (si aplica) y Número de seguro social. Modo de tratamiento utilizado: Procedimientos mixtos IV Cesión de Datos Los datos personales recabados podrán ser trasmitidos a los siguientes: Destinatarios Finalidad Genérica Fundamento Legal Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Para la investigación de quejas y denuncias así como de presuntas violaciones por parte de servidores públicos a los derechos humanos. Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Distrito Federal, artículos 3, 17, fracción II y 36. Contraloría General de la Ciudad de México. Con la finalidad de la realización de auditorías o desarrollo de investigaciones por presuntas faltas administrativas Artículo 34 fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Auditoría Superior de la Ciudad de México. Para la realización de auditorías o desarrollo de funciones de fiscalización Artículos, 2°, 3°, 6° y 8° de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México. Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal. Con la finalidad de la sustentación de recursos de revisión, denuncias y procedimiento para determinar el probable incumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales para el distrito Federal. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
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    12 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México. Para la publicación de los padrones de Beneficiarios (as) de los programas sociales además de otras transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, artículo 34 fracción II y el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal. Órganos Jurisdiccionales locales y Federales. Para la sustanciación de los procesos jurisdiccionales tramitados ante ellos. Artículos 323 del Código Civil para el Distrito Federal; 278, 288, 326 y 331 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; 180 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal; 149 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 191 fracción XIX Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 783 y 784 Ley Federal del Trabajo; 2°, fracción II Código Federal de Procedimientos Penales. V Unidad Administrativa y Responsable del Sistema de Datos Personales Unidad Administrativa responsable: Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Titular de la Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades VI Unidad Administrativa ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento Unidad administrativa: Unidad de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades Domicilio: Fray Servando No. 198, P.B., Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06090, Ciudad de México Correo electrónico: oip_sederec@cdmx.gob.mx VII Nivel de Seguridad: Alto Tercero: El sistema de Protección de Datos Personales de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, denominado “ATENCIÓN A HUÉSPEDES, MIGRANTES Y SUS FAMILIAS”, se modifica en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, para quedar como sigue: I Identificación del Sistema de Datos Personales Denominación: Sistema de Datos Personales de Huéspedes, Migrantes y sus Familias Normatividad Aplicable: I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. II. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13 III. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. IV. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. V. Ley de Archivos del Distrito Federal. VI. Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. VII. Código Civil para el Distrito Federal. VIII. Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. IX. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. X. Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana del Distrito Federal. XI. Reglamento de la Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana del Distrito Federal. XII. Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. XIII. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. XIV. Acuerdo por el que se delega a la “SEDEREC” la facultad que se indica en la publicación de la Gaceta Oficial del 30 de marzo de 2007. XV. Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas Sociales de la SEDEREC 2016. XVI. Aviso por el que se dan a conocer las Convocatorias de los Programas Sociales de la SEDEREC 2016. XVII. Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos Específicos para acceder a los Programas Sociales de la SEDEREC 2016. Finalidad y Usos Previstos: Informar, orientar y gestionar ante instituciones locales y federales en materia de salud, empleo, documentos de identidad, regularización migratoria; canalización a un albergue temporal con Organizaciones de la Sociedad Civil, así como otorgar apoyos económicos a Huéspedes, Migrantes y sus Familias. II Origen de los Datos Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos: Beneficiarios (as) y solicitantes de información y asesoría de los programas, componentes y acciones de Ciudad Hospitalaria, Intercultural y de Atención a Migrantes de la Ciudad de México y Programa Atención a las Mujeres Huéspedes y Migrantes de la Ciudad de México. Procedencia: Beneficiarios (as) y solicitantes de información y asesoría de los programas Ciudad Hospitalaria, Intercultural y de Atención a Migrantes de la Ciudad de México y Programa Atención a las Mujeres Huéspedes y Migrantes de la Ciudad de México. Procedimiento de Obtención: Formato Evaluación Socioeconómica y Formato de Solicitud de acceso a Programas SEDEREC Ventanilla 6 y vía telefónica. III Estructura Básica del Sistema de Datos Personales Datos identificativos: Nombre, lugar y fecha de nacimiento, sexo, firma, nacionalidad, edad, domicilio, teléfono particular, teléfono celular. Datos electrónicos: Correo electrónico no oficial. Datos académicos: Escolaridad Datos laborales: Ocupación Datos biométricos: Huella dactilar Datos sobre la vida afectiva y familiar: Estado Civil, nombre de familiares dependientes económicos así como su estado de salud física y mental. Datos especialmente protegidos (sensibles): Origen Étnico o Racial, Estado de salud físico y mental Datos de carácter obligatorio: Nombre, sexo, lugar de nacimiento, escolaridad, ocupación, estado civil, cuenta con servicios médicos, padece de alguna enfermedad o discapacidad, pertenece a algún grupo indígena o etnia, dependientes económicos.
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    14 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 Datos de carácter facultativo: Domicilio, último grado de estudios, correo electrónico, teléfono particular, teléfono celular. Modo de tratamiento utilizado: Procedimientos mixtos. IV Cesión de Datos Los datos personales recabados podrán ser trasmitidos a los siguientes: Destinatarios Finalidad Genérica Fundamento Legal Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Para la investigación de quejas y denuncias así como de presuntas violaciones por parte de servidores públicos a los derechos humanos. Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Distrito Federal, artículos 3, 17, fracción II y 36. Contraloría General de la Ciudad de México. Con la finalidad de la realización de auditorías o desarrollo de investigaciones por presuntas faltas administrativas Artículo 34 fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Auditoría Superior de la Ciudad de México. Para la realización de auditorías o desarrollo de funciones de fiscalización Artículos, 2°, 3°, 6° y 8° de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México. Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal. Con la finalidad de la sustentación de recursos de revisión, denuncias y procedimiento para determinar el probable incumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales para el distrito Federal. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México. Para la publicación de los padrones de Beneficiarios (as) de los programas sociales además de otras transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, artículo 34 fracción II y el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal. Órganos Jurisdiccionales locales y Federales. Para la sustanciación de los procesos jurisdiccionales tramitados ante ellos. Artículos 323 del Código Civil para el Distrito Federal; 278, 288, 326 y 331 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; 180 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal; 149 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 191 fracción XIX Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 783 y 784 Ley Federal del Trabajo; 2°, fracción II Código Federal de Procedimientos Penales. Organizaciones de la Sociedad Civil. Canalización a un albergue temporal de personas migrantes.
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 Secretaría de Salud de la Ciudad de México. Canalización para la atención médica de Huéspedes y Migrantes. Convenio Marco de colaboración celebrado entre la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades y la Secretaría de Salud y Servicios de Salud Pública No. de Registro: SALUD DF-28-2013. Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Trámite del Seguro de Desempleo de personas migrantes y de retorno. Reglas de Operación del Programa Social “Seguro de desempleo” para el ejercicio fiscal 2016. Consejería Jurídica a través del Registro Civil de la Ciudad de México. Apostillamiento de documentos y su inscripción al Registro Civil de las personas huéspedes y migrantes. Bases de colaboración interinstitucional publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 1783 Instituto Nacional de Migración. Trámites para la regularización migratoria Ley y Reglamento de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana del Distrito Federal V Unidad Administrativa y Responsable del Sistema de Datos Personales Unidad Administrativa responsable: Dirección de Atención a Huéspedes, Migrantes y sus Familias Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Titular de la Dirección de Atención a Huéspedes, Migrantes y sus Familias VI Unidad Administrativa ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento Unidad administrativa: Unidad de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades Domicilio: Fray Servando No. 198, P.B., Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06090, Ciudad de México Correo electrónico: oip_sederec@cdmx.gob.mx VII Nivel de Seguridad: Alto Cuarto: El sistema de Protección de Datos Personales de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, denominado “PROYECTOS ESPECIALES Y VINCULACIÓN COMERCIAL”, se modifica en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, para quedar como sigue: I Identificación del Sistema de Datos Personales Denominación: Sistema de Datos Personales de Apoyo a la Agricultura Sustentable a Pequeña Escala de la Ciudad de México. Normatividad Aplicable: I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. II. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
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    16 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 III. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. IV. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. V. Ley de Archivos del Distrito Federal. VI. Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. VII. Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. VIII. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. IX. Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. X. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. XI. Acuerdo por el que se delega a la “SEDEREC” la facultad que se indica en la publicación de la Gaceta Oficial del 30 de marzo de 2007. XII. Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas Sociales de la SEDEREC 2016. Finalidad y Usos Previstos: Otorgar apoyos económicos para la Agricultura Sustentable a Pequeña Escala a los habitantes de la Ciudad de México. II Origen de los Datos Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos: Beneficiarios (as) y/o usuarios (as) de los programas, objetivos específicos, componentes y acciones de la Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial. Procedencia: Beneficiarios (as) y/o usuarios (as) de los programas, objetivos específicos, componentes y acciones de la Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial. Procedimiento de Obtención: Formato Evaluación Socioeconómica y Formato de Solicitud de acceso a Programas SEDEREC Ventanillas 1-2-3-4 y 5. III Estructura Básica del Sistema de Datos Personales Datos identificativos: Nombre, lugar y fecha de nacimiento, sexo, firma, edad, domicilio, teléfono, clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP), clave de elector (alfa-numérico anverso credencial INE), folio nacional (anverso credencial del INE), número identificador (OCR) (reverso de la credencial INE) Datos electrónicos: Correo electrónico no oficial Datos académicos: Escolaridad Datos laborales: Ocupación Datos de tránsito y movimientos migratorios: Tiempo de residencia en la Ciudad de México Datos biométricos: Huella dactilar Datos sobre la vida afectiva y familiar: Dependientes económicos Datos especialmente protegidos (sensibles): Origen Étnico o Racial, Grupo vulnerable al que pertenece Datos de carácter obligatorio: Nombre, domicilio, lugar y fecha de nacimiento, edad, correo electrónico no oficial, clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP), escolaridad, tiempo de residencia en la ciudad, Tiempo de residencia en la Ciudad de México y ocupación. Datos de carácter facultativo: Teléfono. Modo de tratamiento utilizado: Procedimientos mixtos IV Cesión de Datos
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 Los datos personales recabados podrán ser trasmitidos a los siguientes: Destinatarios Finalidad Genérica Fundamento Legal Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Para la investigación de quejas y denuncias así como de presuntas violaciones por parte de servidores públicos a los derechos humanos. Ley de la Comisión de los Derechos Humanos del Distrito Federal, artículos 3, 17, fracción II y 36. Contraloría General de la Ciudad de México. Con la finalidad de la realización de auditorías o desarrollo de investigaciones por presuntas faltas administrativas. Artículo 34 fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Auditoría Superior de la Ciudad de México. Para la realización de auditorías o desarrollo de funciones de fiscalización. Artículos, 2°, 3°, 6° y 8° de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México. Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal. Con la finalidad de la sustentación de recursos de revisión, denuncias y procedimiento para determinar el probable incumplimiento a la Ley de Protección de Datos Personales para el distrito Federal. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México. Para la publicación de los padrones de Beneficiarios (as) de los programas sociales además de otras transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, artículo 34 fracción II y el Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal. Órganos Jurisdiccionales locales y Federales. Para la sustanciación de los procesos jurisdiccionales tramitados ante ellos. Artículos 323 del Código Civil para el Distrito Federal; 278, 288, 326 y 331 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; 180 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal; 149 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 191 fracción XIX Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 783 y 784 Ley Federal del Trabajo; 2°, fracción II Código Federal de Procedimientos Penales. V Unidad Administrativa y Responsable del Sistema de Datos Personales Unidad Administrativa Responsable: Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Titular de la Subdirección de Proyectos Especiales y Vinculación Comercial
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    18 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 VI. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán las solicitudes para ejercer derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición de datos personales, así como la revocación del consentimiento Unidad administrativa: Unidad de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades Domicilio: Fray Servando No. 198, P.B., Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06090, Ciudad de México Correo electrónico: oip_sederec@cdmx.gob.mx VII Nivel de Seguridad: Alto TRANSITORIOS PRIMERO: Publíquese el “Acuerdo de Modificación de los Sistemas de Datos Personales que Administra la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC)” en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO: Se instruye al enlace en materia de datos personales y a los responsables de los Sistemas de Datos Personales para que den cumplimiento a lo establecido en los artículos 7 y 8 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y los numerales 8 y 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. TERCERO: El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. En la Ciudad de México, a veintiséis de mayo de dos mil dieciséis. (Firma) Licda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES. AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DESIGNACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, COMO APODERADOS GENERALES PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA MISMA. VICENTE LOPANTZI GARCÍA, Director General de Servicios Legales, adscrito a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México, cargo que me fue conferido el 16 de septiembre de 2015, por el C. Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, conforme a las atribuciones que al efecto establecía el artículo 122 apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso d); TRANSITORIOS PRIMERO y SEGUNDO del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; 67, fracción V del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5, 15, fracción XVI, 17 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7, fracción XV, numeral 2 y 116 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y con fundamento en el artículo PRIMERO DEL “ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DEL DISTRITO FEDERAL, LA FACULTAD DE DESIGNAR Y REVOCAR APODERADOS PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL”, emitido por el C. Jefe de Gobierno del “Distrito Federal”, el 21 de febrero de 2002, publicado en la Gaceta Oficial del “Distrito Federal” número 39, de fecha 19 de marzo de 2002, he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DESIGNACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, COMO APODERADOS GENERALES PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA MISMA, RESPECTO DE LA DEPENDENCIA, UNIDAD ADMINISTRATIVA U ÓRGANO DESCONCENTRADO AL QUE SE ENCUENTRE ADSCRITO. Primero.- Se designan como apoderados generales para la defensa jurídica de la Administración Pública de la Ciudad de México, respecto de la dependencia, unidad administrativa u órgano desconcentrado al que se encuentran adscritos, a los siguientes servidores públicos: DELEGACIÓN XOCHIMILCO Lic. Karla Leonor Martínez Quintero, con Cédula Profesional número 6082023. Lic. Osbert Alan Guadalajara López, con Cédula Profesional número 7565201. Lic. Carlos Preza Aguilar, con Cédula Profesional número 1189260. Lic. Alejandro Manzanares Ramírez, con Cédula Profesional número 1749855. Lic. Julio César Mendoza Sánchez, con Cédula Profesional 7182493. Lic. Tania Ordóñez Palacios, con Cédula Profesional número 6415824. SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Mtro. Emmanuel Chávez Pérez, con Cédula Profesional número 7673573. Lic. Leonel Velarde Macías, con Cédula Profesional número 1723833. Lic. Daniel Araujo Escobar, con Cédula Profesional número 4828660. Lic. Erik del Ángel Montalvo Alvarado, con Cédula Profesional número 5570128. Lic. Fernando Castro Bustamante, con Cédula Profesional número 6671742. Lic. Aarón Leyva García, con Cédula Profesional número 2342955. Lic. Alyn Fernando Reyes Palma, con Cédula Profesional número 7736516. Lic. Gandhi Salvador Siles Castillo, con Cédula Profesional número 8069265. Lic. Rafael Eddie Solís Corbalá, con Cédula Profesional número 6589603. Lic. Ivy Cigarroa Nicoletti, con Cédula Profesional número 4463330. Lic. Gabriela Navarrete Álvarez, con Cédula Profesional 6770921. Lic. Eduardo Viveros Pastrana, con Cédula Profesional número 2679431. Lic. Luis Pedro Bañuelos Flores, con Cédula Profesional número 3220536. Lic. Antonio Eugenio Cueva Cerpa, con Cédula Profesional número 0662569.
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    20 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 Lic. Erik Iván Delgadillo Lima, con Cédula Profesional número 09126392. Lic. Alejandro Ortíz Hernández, con Cédula Profesional número 09123968. Lic. Bernabé Vázquez Peña, con Cédula Profesional número 6755379. Lic. Myrella Vela Garrido, con Cédula Profesional número 4900115. Lic. Elizabeth Villagrán Olvera, con Cédula Profesional número 3159619. Lic. Mario Isaías Romero Soto, con Cédula Profesional número 3505656. Lic. Alfonso Rivas Jiménez, con Cédula Profesional número 7875684. Lic. José Arturo Abarca Gutiérrez, con Cédula Profesional número 7174526. Lic. Daniel Mandujano Uribe, con Cédula Profesional 3461592. Lic. Moisés Azcona Medina, con Cédula Profesional número 8198803. Lic. Omar Castelán Salazar, con Cédula Profesional número 8026151. Lic. Neil Iván Trujillo Escobedo, con Cédula Profesional número 7387254. Lic. Marco Antonio Flores Poblano, con Cédula Profesional número 6916954. Lic. Miguel Ángel Serna Rodríguez, con Cédula Profesional número 7882081. Lic. Miguel Ángel Mendoza Rodríguez, con Cédula Profesional número 8301352. Lic. José Francisco Vázquez Céspedes, con Cédula Profesional número 4317933. Lic. Mónica Luis Sóstenes, con Cédula Profesional número 09061020. Lic. Jorge Armando Gómez Bello, con Cédula Profesional número 08743427. Lic. Bruno Manuel Morales Lozano, con Cédula Profesional número 6713914. Lic. Edgar Alberto Velázquez Torres, con Cédula Profesional 7031585. Mtro. Ildebrando Cruz Niño, con Cédula Profesional número 09137095. Lic. Adrián Ignacio Martínez Cortés, con Cédula Profesional número 7617932. Lic. Arcadio Gómez Arriaga, con Cédula Profesional número 3049137. Lic. Gonzalo Aguilar Alameda, con Cédula Profesional número 6655545. Lic. Juan Carlos Huerta Báez, con Cédula Profesional número 09266246. Lic. Edgar Vázquez Huerta, con Cédula Profesional número 5983031. Lic. María Eugenia Jiménez Otilio, con Cédula Profesional número 8350252. Lic. Norel Gutiérrez Navarrete, con Cédula Profesional número 7565472. Lic. Kristian Osvaldo Hernández Gómez, con Cédula Profesional número 4535677. Lic. Juan Alberto López Ibarra, con Cédula Profesional número 09141187. Lic. Manuel Uriel Epitacio Pérez, con Cédula Profesional número 08796650. Lic. Pamela Montserrat Delgado Hernández, con Cédula Profesional número 7523770. Lic. Leobardo Díaz Sánchez, con Cédula Profesional número 7172226. Lic. Estrella Bucio Camacho, con Cédula Profesional número 09647004. Lic. Rocío Flores Chapa, con Cédula Profesional 8234409. Lic. Oscar Jonathan Mosco de la Rosa, con Cédula Profesional número 08803432. Lic. Susana Gallardo Tapia, con Cédula Profesional número 3526738. Lic. Wendy Martínez Rodríguez, con Cédula Profesional número 09061317. Lic. Daniel Octavio Rizo Fragoso, con Cédula Profesional número 4800139. Lic. Guadalupe Ceballos Ruíz, con Cédula Profesional número 4246653. Lic. Sandra Neria Muñoz, con Cédula Profesional número 09671649. Lic. María Elena Juárez de Jesús, con Cédula Profesional número 6638940. Lic. Florencio Alexis D Santiago Monroy, con Cédula Profesional número 3630042. Lic. Jazmín Soriano Bravo, con Cédula Profesional número 7931729. Lic. Irma Ruth Rojo Cabrera, con Cédula Profesional número 8154592. Lic. María Isabel Atenco Vidal, con Cédula Profesional número 3155511. Lic. Tania Georgina Muñoz Pérez, con Cédula Profesional número 6712679. Lic. Perla de los Ángeles Ramírez Moreno, con Cédula Profesional número 7626428. Lic. Marco Antonio Chavarría Mariano, con Cédula Profesional número 6822515. Lic. Ivonne Román Jiménez, con Cédula Profesional 5531347. Lic. Mario Alberto Núñez Saldaña, con Cédula Profesional número 7232914. Lic. Rosalinda Margarito Monroy, con Cédula Profesional número 5143326. Lic. Erik Iggy Reyes Juárez, con Cédula Profesional número 8080915. Lic. Juan Carlos Vargas Pérez, con Cédula Profesional número 7081677.
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21 Lic. César Augusto Ortíz Pérez, con Cédula Profesional número 7234633. Lic. Ricardo Flores Peralta, con Cédula Profesional número 3490396. Lic. Martha Jasmín Reyes Castillo, con Cédula Profesional número 7452548. Lic. Miriam Aurora Álvarez Ortega, con Cédula Profesional número 4662306. Lic. Edgar Israel Ramírez Álvarez, con Cédula Profesional número 4917590. Lic. Juan Gerardo Rodríguez Mancera, con Cédula Profesional número 2374669. Lic. Wendy Flores Basurto, con Cédula Profesional número 5586863. Lic. Rogelio del Campo Barrios, con Cédula Profesional número 7721773. Lic. Andrés Gelacio Osorio García, con Cédula Profesional número 3345998. Lic. Jesús Sánchez Mundo, con Cédula Profesional número 7544841. Lic. Laura Patricia Calderón Ramos, con Cédula Profesional número 4594942. Lic. Gonzalo Aguilar Alameda, con Cédula Profesional número 6655545. Para una mejor distribución, ejercicio y desarrollo de las facultades que me fueron delegadas, inherentes al puesto para el cual fui designado, que desempeño como representante en juicio de la Administración Pública de la Ciudad de México, se confiere PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, con todas las facultades generales y con las especiales que requieran mención o cláusula especial conforme a la ley. De una manera enunciativa y no limitativa, se otorgan las siguientes facultades: a).- Presentar y contestar demandas, reconvenciones y tercerías, oponer excepciones y defensas y comparecer como tercero interesado; b).- Ofrecer toda clase de pruebas, objetar las de la contraria, rendir toda clase de informes; presentar testigos y redargüir los que ofrezca la parte contraria; designar y revocar peritos; c) Absolver y articular posiciones; d) Embargar bienes y presentarse en almonedas; e) Promover incompetencias y recusar jueces; f) Oír resoluciones interlocutorias y definitivas; interponer toda clase de incidentes y recursos ordinarios y extraordinarios; pedir aclaración de sentencias y laudos, así como ejecutarlos; g) Elaborar demandas de amparo e interponer los recursos que procedan inherentes al juicio; h) Transigir y conciliar mediante autorización expresa del titular de la dependencia, órgano desconcentrado u órgano político-administrativo; comprometer y resolver en arbitraje; i) En materia penal, además de las anteriores, cuando proceda, presentar y ratificar denuncias, acusaciones o querellas; constituirse en coadyuvantes de los Agentes del Ministerio Público del Fuero Común o Federal, en todo lo relacionado con las averiguaciones previas o procesos penales, que se inicien o que se instruyan en todos sus trámites e instancias, así como otorgar perdón mediante autorización del titular de la Dirección General de Servicios Legales; j) Desistirse total o parcialmente en juicios y procedimientos cuando convenga, mediante autorización del titular de la Dirección General de Servicios Legales, y k) Las demás facultades necesarias para que en representación de la Administración Pública de la Ciudad de México, haga la defensa jurídica de la misma. Las facultades de representación para la defensa jurídica que se otorgan, se ejercerán ante toda clase de autoridades jurisdiccionales, administrativas o laborales. El presente poder surtirá sus efectos a partir del día siguiente al en que se haga su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en términos del artículo QUINTO del “ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DEL DISTRITO FEDERAL, LA FACULTAD DE DESIGNAR Y REVOCAR APODERADOS PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL”, emitido por el C. Jefe de Gobierno del “Distrito Federal”, el 21 de febrero de 2002, publicado en la Gaceta Oficial del “Distrito Federal” número 39, de fecha 19 de marzo de 2002.
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    22 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 Segundo.- Se revocan como apoderados generales para la defensa jurídica de la Administración Pública de la Ciudad de México a los siguientes ex servidores públicos: CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES Lic. Egdar Israel Ramírez Álvarez, con Cédula Profesional número 4917590. DELEGACIÓN XOCHIMILCO Lic. Sergio Fontes Granados, con Cédula Profesional número 6637959. Lic. Tito Arístides Cruz Alvarado, con Cédula Profesional número 4710297. Lic. Valeria Parada Sánchez, con Cédula Profesional número 7333757. Lic. Karina Hernández Hernández, con Cédula Profesional número 7321048. Lic. Tania Yanira Tapia Frausto, con Cédula Profesional 4825158. Lic. Jesús López Juárez, con Cédula Profesional número 3219305. Lic. María Soledad Jiménez Vargas, con Cédula Profesional número 5258165. PRIMERO.- El presente aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ciudad de México, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil dieciséis, el Director General de Servicios Legales, Mtro. Vicente Lopantzi García. (Firma)
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23 DELEGACIÓN IZTAPALAPA LIC. DIONE ANGUIANO FLORES, titular del órgano político en Iztapalapa, con fundamento en los artículos 112 segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 39 fracciones XLI, XLV y LVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 128 fracciones IV y VIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 102 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; y con base en los lineamientos para la elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales y en los lineamientos para la formulación de nuevos programas sociales específicos que otorguen subsidios, apoyos y ayudas para la modificación de los existentes, se expide la siguiente: NOTA ACLARATORIA A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA “LA CULTURA VIAL ES PODER”, PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. PUBLICACIÓN DEL DÍA 29 DE ENERO DE 2016. En la página 204, apartado C) DIAGNÓSTICO Dice: … De acuerdo al INEGI, para 2010 la población de la Delegación Iztapalapa era de 1´827,868 habitantes, de los cuales 124,265 son mujeres de 40 a 49 años de edad, existiendo 131,599 hogares con jefatura femenina, esto es el 17.6%. La población potencial son 124,265 mujeres de 39 a 49 años de edad. La población objetiva son 131,599 mujeres jefas de familia, de 39 a 49 años de edad. La población beneficiaria, son 250 mujeres, de 39 a 49 años de edad que participarán en el Programa. Debe decir: … De acuerdo a la Encuesta Intercensal para la Ciudad de México 2015, emitida por el INEGI, la población estimada de la Delegación Iztapalapa era de 1´827,868 habitantes, de los cuales se estima que 470,976 son mujeres de 25 a 59 años de edad, existiendo aproximadamente 175,468 mujeres jefas de familia. La población potencial estimada son 470,976 mujeres de 25 a 59 años de edad. La población objetiva estimada son 175,468 mujeres jefas de familia, de 25 a 59 años de edad. La población beneficiaria, son 250 mujeres, de 25 a 59 años de edad que participarán en el Programa. En la página 204 y 205, apartado LÍNEAS DE ACCIÓN Dice: 1.- Apoyar económicamente a las mujeres jefas de familia de 39 a 49 años, de la Delegación Iztapalapa que no cuenten con ingresos. … II.2 Objetivos Específicos. 1.- Coadyuvar a mejorar la economía de las mujeres jefas de familia de 39 a 49 años de edad residentes de la Delegación Iztapalapa, mediante un apoyo económico. 2.- Promover una cultura de seguridad vial.
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    24 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 II.3 Alcances. Contribuir en la disminución del nivel de pobreza de las mujeres jefas de familia de 39 a 49 años de edad. III. METAS FÍSICAS. III.1 Otorgar 3,000 apoyos económicos en el año, por un monto de $3,000.00 cada uno, siendo aproximadamente 250 beneficiarias, mujeres jefas de familia residentes en la Delegación Iztapalapa de 39 a 49 años de edad, con un máximo de 12 apoyos al año y de acuerdo a la suficiencia presupuestal. Debe decir: 1.- Apoyar económicamente a las mujeres jefas de familia de 25 a 59 años, de la Delegación Iztapalapa que no cuenten con ingresos. … II.2 Objetivos Específicos. 1.- Coadyuvar a mejorar la economía de las mujeres jefas de familia de 25 a 59 años de edad residentes de la Delegación Iztapalapa, mediante un apoyo económico. 2.- Promover una cultura de seguridad vial. II.3 Alcances. Contribuir en la disminución del nivel de pobreza de las mujeres jefas de familia de 25 a 59 años de edad. III. METAS FÍSICAS. III.1 Otorgar 3,000 apoyos económicos en el año, por un monto de $3,000.00 cada uno, siendo aproximadamente 250 beneficiarias, mujeres jefas de familia residentes en la Delegación Iztapalapa de 25 a 59 años de edad, con un máximo de 12 apoyos al año y de acuerdo a la suficiencia presupuestal. En la página 209, numeral IX.3 Metodología e Indicadores de Evaluación. Dice: Para la construcción de los indicadores se seguirá la metodología del Marco Lógico, donde se incorporan, para efecto de la evaluación del Programa, los indicadores de evaluación cuantitativa y cualitativa. NIVELDE OBJETIVO OBJETIVO INDICADOR FÓRMULA DE CÁLCULO TIPODE INDICADOR UNIDADDE MEDIDA MEDIOSDE VERIFICACIÓN UNIDAD RESPONSABLE DELA MEDICIÓN Componentes Apoyos entregados a mujeres de 39 a 49 años de edad jefas de familia Tasade oportunidad (TAE / TAP) * 100 Donde TAE es el Total de Apoyos Entregados de manera oportuna y TAP es el Total de Apoyos Programados Eficiencia Apoyos Estimación JUDdeCombate ala Delincuencia
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25 Debe decir: Para la construcción de los indicadores se seguirá la metodología del Marco Lógico, donde se incorporan, para efecto de la evaluación del Programa, los indicadores de evaluación cuantitativa y cualitativa. NIVELDE OBJETIVO OBJETIVO INDICADOR FÓRMULA DE CÁLCULO TIPODE INDICADOR UNIDADDE MEDIDA MEDIOSDE VERIFICACIÓN UNIDAD RESPONSABLE DELA MEDICIÓN Componentes Apoyos entregados a mujeres de 25 a 59 años de edad jefas de familia Tasade oportunidad (TAE / TAP) * 100 Donde TAE es el Total de Apoyos Entregados de manera oportuna y TAP es el Total de Apoyos Programados Eficiencia Apoyos Estimación JUDdeCombatea laDelincuencia PUBLICACIÓN DEL DÍA 30 DE MARZO DE 2016. En la página 216, numeral V.2 Requisitos de Acceso Dice: El apoyo se proporcionará a toda mujer jefa de familia de 39 a 49 años de edad, que no cuente con un trabajo remunerado, habitante de la Delegación Iztapalapa, que se presente de manera voluntaria… Debe decir: El apoyo se proporcionará a toda mujer jefa de familia de 25 a 59 años de edad, que no cuente con un trabajo remunerado, habitante de la Delegación Iztapalapa, que se presente de manera voluntaria… En la página 217, numeral V.4 Requisitos de permanencia, causales de baja o suspensión temporal: Dice: • Permanecerá como beneficiaria del Programa, toda aquella mujer jefa de familia de 39 a 49 años de edad que se acredite en tiempo y forma como residente en la Demarcación y cumpla con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación. Además de realizar un informe de manera quincenal en la Jefatura de Unidad Departamental de Combate a la Delincuencia. • Será causal de baja, los siguientes motivos: a) Cuando cumpla 50 años de edad … Cualquier persona puede solicitar información sobre los requisitos para ser beneficiarias del presente Programa en la Jefatura de Unidad Departamental de Combate a la Delincuencia y en la Coordinación General de Seguridad Pública, que se ubican en Aldama número 63, Esquina Ayuntamiento, Barrio San Lucas, ó al teléfono 54 45 10 80 y 54 85 35 87, en un horario de 9:00 a 18:00 horas; y en el portal de internet de la Delegación www.iztapalapa.gob.mx.
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    26 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 Debe decir: • Permanecerá como beneficiaria del Programa, toda aquella mujer jefa de familia de 25 a 59 años de edad que se acredite en tiempo y forma como residente en la Demarcación y cumpla con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación. Además de realizar un informe de manera quincenal en la Jefatura de Unidad Departamental de Combate a la Delincuencia. • Será causal de baja, los siguientes motivos: a) Cuando cumpla 60 años de edad … Cualquier persona puede solicitar información sobre los requisitos para ser beneficiarias del presente Programa en la Jefatura de Unidad Departamental de Combate a la Delincuencia y en la Coordinación General de Seguridad Pública, que se ubican en Aldama número 63, Esquina Ayuntamiento, Barrio San Lucas, ó al teléfono 54 45 10 80 y 56 85 35 87, en un horario de 9:00 a 18:00 horas; y en el portal de internet de la Delegación www.iztapalapa.gob.mx. En la página 218, numeral VI.1 Operación Dice: VI.1.2 Las Unidades Encargadas de la Ejecución del Programa son: Delegación: Iztapalapa Unidad Administrativa: Coordinación General de Seguridad Pública Unidad Operativa: Dirección de Promoción y Atención Ciudadana Área Operativa: Jefatura de Unidad Departamental de Combate a la Delincuencia Debe decir: VI.1.2 Las Unidades Encargadas de la Ejecución del Programa son: Delegación: Iztapalapa Unidad Administrativa: Coordinación General de Seguridad Pública Unidad Operativa: Jefatura de Unidad Departamental de Combate a la Delincuencia En la página 219 numeral VIII. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD Dice: … La Dirección General de Seguridad Pública y la Jefatura de Unidad Departamental de Combate a la Delincuencia así como en la página Web: www.iztapalapa.gob.mx. Debe decir: … La Coordinación General de Seguridad Pública y la Jefatura de Unidad Departamental de Combate a la Delincuencia así como en la página Web: www.iztapalapa.gob.mx. En la página 220, TRANSITORIOS Dice: … SEGUNDO.- Los casos no previstos, así como la interpretación de las presentes Reglas de Operación serán resueltos por la Dirección de Desarrollo Delegacional.
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27 Debe decir: … SEGUNDO. Los casos no previstos, así como la interpretación de las presentes Reglas de Operación serán resueltos por la Coordinación General de Seguridad Pública. TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese la presente Nota Aclaratoria a las Reglas de Operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ciudad de México, a 16 de mayo de 2016 (Firma) LIC. DIONE ANGUIANO FLORES JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA
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    28 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA, JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS, con fundamento en los artículos 122 Apartado C, Base Tercera, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 87 tercer párrafo, 104, 105 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 3 fracción III, 7, 10 fracción X, 37, 38, 39 fracciones VIII, XLV, LIV y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 120, 121 y 122 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; así como en los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; y CONSIDERANDO 1. Que conforme al artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, corresponde a cada ente público determinar, a través de su titular o en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia. 2. Que de conformidad con el artículo 7, fracción I de Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, y los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, se establece que la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. 3. Que los sistemas de datos personales que se modifican mediante el presente acuerdo fueron inscritos en el Registro Electrónico de Sistema de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en cumplimiento al artículo tercero transitorio de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales del Distrito Federal con relación al acuerdo 0182/SO/10-03/2010 emitido por el pleno dicho Instituto y publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el veintidós de marzo de dos mil diez. 4. Que por lo anterior, resulta necesaria la actualización de los siguientes sistemas de datos personales: “APOYO PARA NIÑOS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA”, “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL”, “ACTIVIDADES VINCULADAS A LA PROMOCIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL Y APOYO ECONÓMICO PARA FOMENTAR LA MÚSICA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL”, “APOYO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD”, “APOYO INVERNAL Y SEGURIDAD ALIMENTARIA”, “APOYO PARA ADULTOS MAYORES”, “SOLICITANTES DEL CENTRO DE SERVICIO Y ATENCIÓN CIUDADANA”, “ALARMAS VECINALES”, “SOLICITANTES DEL SERVICIO DE SALUD”, “CONTROL Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA”, “SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA”, “SOLICITANTES DE AUTORIZACIÓN DE JUEGOS PIROTÉCNICOS”, “EXPEDIENTES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE LA MAGDALENA CONTRERAS”, “REGISTRO DE FAMILIAS QUE HABITAN EN ZONAS DE ALTO RIESGO”, “PROGRAMA DE AYUDA A LA VIVIENDA EN MAL ESTADO”, “REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA”, “SOLICITANTES DE TRÁMITES DE MANIFESTACIONES Y LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN”, “SOLICITANTES DE TRÁMITES ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE LA DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS”, “PROGRAMA DE NUTRICIÓN Y SALUD VISUAL”, “PADRÓN DE LOCATARIOS DE MERCADOS PÚBLICOS”, “SOLICITANTES DE TRÁMITES EN PANTEONES”, “ELABORACIÓN DE CERTIFICADOS DE RESIDENCÍA”, “CONSTANCIA DE IDENTIDAD”, “APOYO DE SERVICIO FUNERARIO BÁSICO”, “PROGRAMAS INTERNOS DE PROTECCIÓN CIVIL”, “ATENCIÓN PRE-HOSPITALARIA”, “PROGRAMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN CIVIL”, “FERIAS, EXPOSICIONES Y CONGRESOS VINCULADOS A LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES, COMERCIALES Y ECONÓMICAS”, “PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE MICROEMPRESAS”, “ADMINISTRACIÓN DE MÓDULOS Y MÓDULOS DEPORTIVOS”, “PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN DE VERIFICACIONES ADMINISTRATIVAS” y “CÉDULA DE POBLACIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS EN SUELO DE CONSERVACIÓN”, para cumplir cabalmente con lo que señala la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, por lo que tengo a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES A CARGO DE LA DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 PRIMERO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO PARA NIÑOS DE PRIMARIA Y SECUNDARIA” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410030981967150828, se modifica en los siguientes apartados: I. Identificación del Sistema de Datos Personales. Se modifica para quedar como sigue: “APOYO A LA INFANCIA” II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa Apoyo a la Infancia que se implementa para impulsar y fortalecer el derecho a la educación y aprovechamiento escolar de las niñas y los niños que habitan en zonas de marginación de la demarcación, así como garantizar el derecho a una nutrición adecuada en sus primeros años de vida, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes. III. Normatividad aplicable Se elimina la siguiente normatividad: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Reglas de Operación del Programa Apoyo para Niños de Primaria. Reglas de Operación del Programa Apoyo para Niños de Secundaria. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Reglas de Operación del Programa Apoyo a la Infancia. IV. Origen de los Datos. Se modifica para quedar como sigue: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios del Programa Apoyo a la Infancia. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. Se adiciona el siguiente dato: Datos patrimoniales: Servicios contratados. Modo de tratamiento, se modifica para quedar como sigue: Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado. SEGUNDO. Que el Sistema de Datos Personales “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 12 de enero de 2012, con folio 0410024001418120112, se modifica en los siguientes apartados:
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    30 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 … III. Normatividad aplicable Se elimina la siguiente normatividad: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. … VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales: Se modifica para quedar como sigue: Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Subdirector (a) de Servicios Educativos y Sociales. TERCERO. Que el Sistema de Datos Personales “ACTIVIDADES VINCULADAS A LA PROMOCIÓN ARTÍSTICA Y CULTURAL Y APOYO ECONÓMICO PARA FOMENTAR LA MÚSICA ORQUESTA SINFÓNICA JUVENIL” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 12 de enero de 2012, con folio 0410024031414120112, se modifica en los siguientes apartados: I. Identificación del Sistema de Datos Personales. Se modifica para quedar como sigue: “APOYO PARA LA FORMACIÓN ARTÍSTICA DE NIÑOS Y JÓVENES” II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa de Apoyo para la Formación Artística de Niños y Jóvenes, que busca impulsar y fortalecer el derecho a la cultura de las y los niños y los jóvenes de la demarcación, que forman parte de la Orquesta Sinfónica Juvenil, del Ballet Folklórico y de la Orquesta de Percusiones, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes de los beneficiarios del citado programa y la integración del padrón respectivo. III. Normatividad aplicable. Se elimina la siguiente normatividad: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Reglas de Operación del Programa Apoyo Económico para Fomento a la Música Orquesta Sinfónica Juvenil. Reglas de Operación del Programa Apoyo para Jóvenes. Se adiciona la siguiente normatividad:
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Reglas de Operación del Programa de Apoyo para la Formación Artística de Niños y Jóvenes. IV. Origen de los Datos. Se modifica para quedar como sigue: a) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suminístralos: Beneficiarios del Programa de Apoyo para la Formación Artística de Niños y Jóvenes, madre, padre o tutor. b) Procedencia: Interesado. c) Procedimiento de obtención de datos: Los interesados deberán presentar su solicitud y documentación completa a la Dirección General de Desarrollo Social en los lugares y fechas que la convocatoria señale. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. Se adiciona el siguiente dato: Datos patrimoniales: Servicios contratados. Modo de tratamiento se modifica para quedar como sigue: Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado. CUARTO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 20 de noviembre de 2015, con folio 0410031812036151120, se modifica en los siguientes apartados: … III. Normatividad aplicable Se elimina la siguiente normatividad: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. … V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. Se adiciona el siguiente dato: Datos patrimoniales: Servicios contratados. Modo de tratamiento se modifica para quedar como sigue:
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    32 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado. … VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales: Se modifica para quedar como sigue: Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Coordinador (a) de Justicia Social. QUINTO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO INVERNAL Y SEGURIDAD ALIMENTARIA” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 19 de noviembre de 2015, con folio 0410031802037151119, se modifica en los siguientes apartados: I. Identificación del Sistema de Datos Personales. Se modifica para quedar como sigue: “APOYO ALIMENTRIO PARA GRUPOS VULNERABLES” II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa de Apoyo Alimentario para Grupos Vulnerables que se implementa para contribuir a la nutrición de las familias conformadas por personas en situación de vulnerabilidad, niñas y niños, adultos mayores, personas con discapacidad y madres solteras, en colonias de alta y muy alta marginación en la demarcación, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes. III. Normatividad aplicable Se elimina la siguiente normatividad: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Reglas de Operación del Programa Apoyo Invernal. Reglas de Operación del Programa Seguridad Alimentaria. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Reglas de Operación del Programa Apoyo Alimentario para Grupos Vulnerables. IV. Origen de los Datos. Se modifica para quedar como sigue: Personas sobre las que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligadas a suminístralos: Beneficiarios del Programa Apoyo Alimentario para Grupos Vulnerables.
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33 V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. Se adiciona el siguiente dato: Datos patrimoniales: Servicios contratados. Modo de tratamiento se modifica para quedar como sigue: Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado. … VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales: Se modifica para quedar como sigue: Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Coordinador (a) de Justicia Social. SEXTO. Que el Sistema de Datos Personales “APOYO PARA ADULTOS MAYORES” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 17 de enero de 2012, con folio 0410024151412120117, se modifica en los siguientes apartados: … III. Normatividad aplicable Se elimina la siguiente normatividad: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Reglas de Operación del Programa Apoyo para Adultos Mayores. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Reglas de Operación del Programa Apoyo para las y los Adultos Mayores. … V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. Se adiciona el siguiente dato: Datos patrimoniales: Servicios contratados. Modo de tratamiento se modifica para quedar como sigue: Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado. SÉPTIMO. Que el Sistema de Datos Personales “SOLICITANTES DEL CENTRO DE SERVICIO Y ATENCIÓN CIUDADANA” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 24 de septiembre de 2013, con folio 0410028741669130924, se modifica en los siguientes apartados:
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    34 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 … III. Normatividad aplicable Se elimina la siguiente normatividad: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. … V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. Se modifica para quedar como sigue: Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento automatizado. OCTAVO. Que el Sistema de Datos Personales “ALARMAS VECINALES” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410030971965150828, se modifica en los siguientes apartados: … II. Finalidad o uso previsto. Se modifica para quedar como sigue: Crear un padrón de los habitantes de La Magdalena Contreras que contarán con una alarma vecinal, con la cual se crea una red de prevención del delito, que fomente la cultura de la legalidad, la denuncia, la seguridad y prevención del delito, mismo que servirá para atender los llamados de emergencia ante situaciones de riesgo y ataques delictivos. III. Normatividad aplicable. Se elimina la siguiente normatividad: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. … V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. Se modifica para quedar como sigue: Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado.
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35 VI. Cesión de los Datos. Se agrega el siguiente destinatario: Destinatario Finalidad genérica Fundamento legal Secretaría de Seguridad Pública Organizar, dirigir y administrar la recepción y transferencia de los reportes sobre emergencias, infracciones y delitos. Artículo 3 fracciones XII y XXIII de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal NOVENO. Que los Sistemas de Datos Personales “SOLICITANTES DEL SERVICIO DE SALUD” y “CONTROL Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA”, que se inscribieron en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales los días 24 de septiembre de 2013 y 12 de enero de 2012, con folios 0410028721667130924 y 0410024011417120112, respectivamente, se modifican en los siguientes apartados: … III. Normatividad aplicable Se elimina la siguiente normatividad: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. … VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales: Se modifica para quedar como sigue: Unidad Administrativa Responsable: Subdirección de Servicios Médicos. Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Subdirector (a) de Servicios Médicos. DÉCIMO. Que el Sistema de Datos Personales “SISTEMA DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 08 de julio de 2010, con folio 0410015621025100708, se modifica en los siguientes apartados: … III. Normatividad aplicable Se elimina la siguiente normatividad: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Se adiciona la siguiente normatividad:
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    36 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Acuerdo número 11/98, mediante el cual se emite el Programa de Reordenamiento del Comercio en Vía Pública y los Criterios de Aprovechamientos por el Uso o Explotación de Vías y Áreas Públicas para Realizar Actividades Mercantiles. UNDÉCIMO. Que el Sistema de Datos Personales “SOLICITANTES DE AUTORIZACIÓN DE JUEGOS PIROTÉCNICOS” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 0410031021972150828, se modifica en los siguientes apartados: I. Identificación del Sistema de Datos Personales. Se modifica para quedar como sigue: “PROGRAMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN CIVIL PARA USO DE PIROTECNIA” … III. Normatividad aplicable. Se elimina la siguiente normatividad: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. DUODÉCIMO. Que el Sistema de Datos Personales “EXPEDIENTES LABORALES DE LOS TRABAJADORES DE LA MAGDALENA CONTRERAS” que se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 28 de agosto de 2015, con folio 04100310019701500828, se modifica en los siguientes apartados: … III. Normatividad aplicable Se elimina la siguiente normatividad: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. … VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales: Se modifica para quedar como sigue: Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director (a) General de Administración.
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 37 DECIMOTERCERO. Que los Sistemas de Datos Personales “REGISTRO DE FAMILIAS QUE HABITAN EN ZONAS DE ALTO RIESGO”, “PROGRAMA DE AYUDA A LA VIVIENDA EN MAL ESTADO”, “REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA”, “SOLICITANTES DE TRÁMITES DE MANIFESTACIONES Y LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN”, “SOLICITANTES DE TRÁMITES ANTE LA VENTANILLA ÚNICA DE LA DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS”, “PROGRAMA DE NUTRICIÓN Y SALUD VISUAL”, “PADRÓN DE LOCATARIOS DE MERCADOS PÚBLICOS”, “SOLICITANTES DE TRÁMITES EN PANTEONES”, “ELABORACIÓN DE CERTIFICADOS DE RESIDENCÍA”, “CONSTANCIA DE IDENTIDAD”, “APOYO DE SERVICIO FUNERARIO BÁSICO”, “PROGRAMAS INTERNOS DE PROTECCIÓN CIVIL”, “ATENCIÓN PRE-HOSPITALARIA”, “PROGRAMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN CIVIL”, “FERIAS, EXPOSICIONES Y CONGRESOS VINCULADOS A LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES INDUSTRIALES, COMERCIALES Y ECONÓMICAS”, “PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE MICROEMPRESAS”, “ADMINISTRACIÓN DE MÓDULOS Y MÓDULOS DEPORTIVOS”, “PROCEDIMIENTO DE CALIFICACIÓN DE VERIFICACIONES ADMINISTRATIVAS” y “CÉDULA DE POBLACIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS EN SUELO DE CONSERVACIÓN”, que se inscribieron en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales los días 17 de enero de 2012, 07 de marzo de 2012, 12 de enero de 2012, 20 de febrero de 2012, 28 de agosto de 2015, 17 de enero de 2012, 08 de julio de 2010, 8 de julio de 2010, 22 de diciembre de 2011, 28 de agosto de 2015, 24 de septiembre de 2013, 17 de enero de 2012, 28 de agosto de 2015, 28 de agosto de 2015, 07 de marzo de 2012, 28 de agosto de 2015, 28 de agosto de 2015, 8 de febrero de 2016 y 4 de febrero de 2016, con folios 0410024211416120117, 0410024451433120307, 0410024021415120112, 0410024321409120220, 0410031011973150828, 0410024131413120117, 0410015591026100708, 0410015601027100708, 0410023951403111222, 0410031051969150828, 0410028711666130924, 0410024221406120117, 0410030991968150828, 0410031031971150828, 0410024411430120307, 0410031041432150828, 0410030961966150828, 0410032262077160208 y 0410032252076160204, respectivamente, se modifican en los siguientes apartados: … III. Normatividad aplicable Se elimina la siguiente normatividad: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito Federal. Se adiciona la siguiente normatividad: Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo por el que se modifican diversos Sistemas de Datos Personales a cargo de la Delegación La Magdalena Contreras en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, surtiendo efectos el mismo día de su publicación. SEGUNDO.- Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que indique a los responsables de los Sistemas de Datos Personales sobre las modificaciones en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales, en un plazo no mayor a diez días hábiles siguientes a la publicación. TERCERO.- Se instruye al Enlace en Materia de Datos Personales de la Delegación La Magdalena Contreras, a efecto de una vez publicado el presente acuerdo, lo notifique a la Dirección de Datos Personales del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes. Ciudad de México, a los treinta días del mes de mayo de dos mil dieciséis.- JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA.- JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS.- FIRMA.
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    38 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA, JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS, con fundamento en los artículos 122 Apartado C, Base Tercera, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 87 tercer párrafo, 104, 105 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 3 fracción III, 7, 10 fracción X, 37, 38, 39 fracciones VIII, XLV, LIV y LXXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 120, 121 y 122 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; así como en los numerales 6 y 7 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; y CONSIDERANDO 1. Que la demarcación territorial La Magdalena Contreras es un Órgano Político-Administrativo de la Administración Pública de la Ciudad de México, con autonomía funcional en acciones de gobierno, cuya actuación se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los Derechos Humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 2. Que conforme al artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, corresponde a cada ente público determinar, a través de su titular o, en su caso, del órgano competente, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia. 3. Que el artículo 7, fracción I de Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, y los numerales 6, 7 y 8 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, establecen que la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. 4. Que con la finalidad de cumplir con los principios que rigen a los sistemas de datos personales en posesión de los entes públicos, tales como licitud, consentimiento, calidad de los datos, confidencialidad y seguridad, así como disponibilidad y temporalidad a que se refiere el artículo 5° de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, es imperativo pare este Órgano Político Administrativo la creación de seis sistemas de datos personales, por lo que se emite el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE CREAN SEIS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES A CARGO DE LA DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS PRIMERO. Se crea el Sistema de Datos Personales identificado “Padrón Único de Transporte Público Individual”. I. Identificación del Sistema de Datos Personales. “PADRÓN ÚNICO DE TRANSPORTE PÚBLICO E INDIVIDUAL” II. Finalidad o uso previsto Registrar, identificar y contar con un Padrón del Transporte Público colectivo e individual de la Delegación La Magdalena Contreras, con la finalidad de determinar el registro de concesionarios y operadores, así como el número de unidades con las que cuenta cada ruta y base. III. Normatividad aplicable: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Ley de Movilidad del Distrito Federal. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 39 Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras. IV. Origen de los Datos. a). Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suministrarlos: Concesionarios y Operadores b) Procedencia: Interesado. c). Procedimiento de obtención de datos: A través de la solicitud presentada al órgano político administrativo por asociaciones que requieren el visto bueno de sitios y bases de taxis, así como a petición de la Delegación para el registro de rutas de transporte público. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. a) Datos Identificativos: Nombre, firma, Clave de elector (alfa-numérico anverso credencial IFE), Clave Única de Registro de Población (CURP), Edad, Fecha de Nacimiento, Folio Nacional (anverso credencial IFE), Fotografía, Género, Nacionalidad, Número identificador (OCR) (Reverso de la Credencial del IFE), Teléfono Particular y Teléfono Celular. b) Datos de Relaciones de Negocios: Actividades comerciales y nombre de socios, accionistas o similares. c) Datos patrimoniales: Bienes muebles. d) Datos Biométricos: Huella digital. Todos los datos requeridos son obligatorios para acceder al registro correspondiente. Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado. VI. Cesión de datos. Los datos personales podrán ser transmitidos a los siguientes: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento Legal Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Para la investigación de quejas y denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos. En los artículos 3, 17, fracción II y 36 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Auditoría Superior de la Ciudad de México. Para el ejercicio de sus funciones de fiscalización. En los artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México. Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Para la sustanciación de recursos de revisión y revocación, denuncias y el procedimiento para determinar el presunto incumplimiento de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. En los artículos 233, 240, 241 y 243 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y 38, 39, 40 y 42 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Órganos de Control Interno. Para la realización de auditorías o realización de investigaciones por presuntas faltas administrativas. En los artículos 34 fracciones VIII y XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 113 fracciones II, IV, VIII, XX y XXX del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
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    40 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales. Para la sustanciación de los procedimientos jurisdiccionales tramitados ante ellos. En los artículos 75, 121 y 143 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 96, 109, 278, 288 y 331 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; 191 fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 3 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal; 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 85 fracción XI, 86, 108, 112 de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal. Secretaría de Movilidad del Distrito Federal. Para la identificación de operadores que comentan faltas administrativas e ilícitos. En el artículo 12, fracción XXXV de la Ley de Movilidad del Distrito Federal. Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. Para la identificación de operadores que comentan algún ilícito. En el artículo 13, fracción VI de la Ley de Movilidad del Distrito Federal. VII Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales: Unidad Administrativa responsable: Dirección de Movilidad. Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director (a) de Movilidad. VIII Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, cancelación y Oposición (ARCO) de los datos personales; así como, la renovación del consentimiento. Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia de la Delegación La Magdalena Contreras. Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco número 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C. P. 10580, oip@mcontreras.gob.mx. IX Nivel de seguridad: Alto. SEGUNDO. Se crea el Sistema de Datos Personales identificado “Padrón de Movilizadores de Vialidad”. I. Identificación del sistema de Datos Personales “PADRÓN DE MOVILIZADORES DE VIALIDAD” II. Finalidad o uso previsto. Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración a la Acción Institucional denominada Apoyo Comunitario que se implementa para promover la participación de las personas que habitan en la demarcación para la realización de actividades en beneficio de la comunidad a través de acciones enfocadas al mejoramiento de movilidad, mediante la entrega de los apoyos señalados en los Lineamientos vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes. III. Normatividad aplicable: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 41 Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras. Lineamientos de la Acción Institucional a cargo de la Delegación La Magdalena Contreras denominada Apoyo Comunitario. IV. Origen de los Datos. a). Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligada a suministrarlos: Beneficiarios de la Acción Institucional denominada Apoyo Comunitario. b) Procedencia: Interesado. c). Procedimiento de obtención de datos: Los interesados presentan su solicitud a la Dirección de Movilidad en los plazos y fechas que se establezcan. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. a) Datos Identificativos: Nombre, firma, Clave de elector (alfa-numérico anverso credencial IFE), Clave Única de Registro de Población (CURP), Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Edad, Fecha de Nacimiento, Folio Nacional (anverso credencial IFE), Fotografía, Género, Nacionalidad, Número identificador (OCR) (Reverso de la Credencial del IFE), Domicilio, Teléfono Particular y Teléfono Celular, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento. b) Datos Biométricos: Huella digital. c) Datos Patrimoniales: Servicios contratados. Todos los datos requeridos son obligatorios para ser beneficiario de la Acción Institucional denominada Apoyo Comunitario. Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado. VI. Cesión de datos. Los datos personales recabados, podrán ser transmitidos a los siguientes: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento Legal Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Para la investigación de quejas y denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos. En los artículos 3, 17, fracción II y 36 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Auditoría Superior de la Ciudad de México. Para el ejercicio de sus funciones de fiscalización. En los artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México. Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Para la sustanciación de recursos de revisión y revocación, denuncias y el procedimiento para determinar el presunto incumplimiento de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. En los artículos 233, 240, 241 y 243 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y 38, 39, 40 y 42 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Órganos de Control Interno. Para la realización de auditorías o realización de investigaciones por presuntas faltas administrativas. En los artículos 34 fracciones VIII y XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 113 fracciones II, IV, VIII, XX y XXX del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
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    42 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales. Para la sustanciación de los procedimientos jurisdiccionales tramitados ante ellos. En los artículos 75, 121 y 143 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 96, 109, 278, 288 y 331 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; 191 fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 3 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal; 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 85 fracción XI, 86, 108, 112 de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal. VII Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales: Unidad Administrativa responsable: Dirección de Movilidad. Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director (a) de Movilidad. VIII Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, cancelación y Oposición (ARCO) de los datos personales; así como, la renovación del consentimiento. Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia de la Delegación La Magdalena Contreras. Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco número 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C. P. 10580, oip@mcontreras.gob.mx. IX Nivel de seguridad: Alto. TERCERO. Se crea el Sistema de Datos Personales identificado “Apoyo para Jóvenes”. I. Identificación del Sistema de Datos Personales. “APOYO PARA JOVÉNES” II. Finalidad o uso previsto. Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa de Apoyo para Jóvenes, que se implementa para promover la inclusión de las y los jóvenes de la demarcación a través del ejercicio pleno de sus derechos y el fomento de sus capacidades artísticas y culturales, mediante la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes de los beneficiarios del citado programa y la integración del padrón respectivo. III. Normatividad aplicable. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Ley de Archivos del Distrito Federal. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras. Reglas de Operación del Programa Apoyo para Jóvenes.
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 43 IV. Origen de los Datos. a) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suminístralos: Beneficiarios del Programa de Apoyo para Jóvenes, madre, padre o tutor. b) Procedencia: Interesado. c) Procedimiento de obtención de datos: Los interesados deberán presentar su solicitud y documentación completa a la Dirección General de Desarrollo Social en los lugares y fechas que la convocatoria señale. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. a) Datos Identificativos: Nombre, firma, Clave de elector (alfa-numérico anverso credencial IFE), Clave Única de Registro de Población (CURP), Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Edad, Fecha de Nacimiento, Folio Nacional (anverso credencial IFE), Fotografía, Género, Nacionalidad, Número identificador (OCR) (Reverso de la Credencial del IFE), Domicilio, Teléfono Particular y Teléfono Celular, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, tiempo de residencia. b) Datos Laborales: Ocupación. c) Datos patrimoniales: Servicios contratados. d) Datos Biométricos: Huella digital. e) Datos especialmente protegidos: Origen étnico. Todos los datos requeridos son obligatorios para ser beneficiario del Programa Apoyo para Jóvenes. Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado. VI. Cesión de datos. Los datos personales recabados, podrán ser transmitidos a los siguientes: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento Legal Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Para la investigación de quejas y denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos. En los artículos 3, 17, fracción II y 36 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Auditoría Superior de la Ciudad de México. Para el ejercicio de sus funciones de fiscalización. En los artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México. Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Para la sustanciación de recursos de revisión y revocación, denuncias y el procedimiento para determinar el presunto incumplimiento de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. En los artículos 233, 240, 241 y 243 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y 38, 39, 40 y 42 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Órganos de Control Interno. Para la realización de auditorías o realización de investigaciones por presuntas faltas administrativas. En los artículos 34 fracciones VIII y XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 113 fracciones II, IV, VIII, XX y XXX del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales. Para la sustanciación de los procedimientos jurisdiccionales tramitados ante ellos. En los artículos 75, 121 y 143 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 96, 109, 278, 288 y 331 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; 191 fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 3 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal; 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 85 fracción XI, 86, 108, 112 de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal. Consejo de Evaluación del Desarrollo Social Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I de la Ley Desarrollo Social para el Distrito Federal
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    44 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 VII: Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales: Unidad Administrativa Responsable: Coordinación de Cultura, Patrimonio e Impulso a la Juventud. Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Coordinador (a) de Cultura, Patrimonio e Impulso a la Juventud. VIII. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de los datos personales, así como la renovación del consentimiento. Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia de la Delegación La Magdalena Contreras. Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco N° 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580, oip@mcontreras.gob.mx. IX. Nivel de seguridad: Alto. CUARTO. Se crea el Sistema de Datos Personales identificado “Apoyo a Mujeres Víctimas de Violencia”. I. Identificación del Sistema de Datos Personales. “APOYO A MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA” II. Finalidad o uso previsto. Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa de Apoyo a Mujeres Víctimas de Violencia, que se implementa en beneficio de las mujeres víctimas de violencia habitantes de la Delegación La Magdalena Contreras, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes de las beneficiarias del citado programa y la integración del padrón respectivo. III. Normatividad aplicable. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Ley de Archivos del Distrito Federal. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras. Reglas de Operación del Programa Apoyo a Mujeres Víctimas de Violencia. IV. Origen de los Datos. a) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suminístralos: Beneficiarias del Programa de Apoyo a Mujeres Víctimas de Violencia. b) Procedencia: Interesado. c) Procedimiento de obtención de datos: Las interesadas deberán presentar su solicitud y documentación completa a la Dirección General de Desarrollo Social en los lugares y fechas que la convocatoria señale.
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 45 V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. a) Datos Identificativos: Nombre, firma, Clave de elector (alfa-numérico anverso credencial IFE), Clave Única de Registro de Población (CURP), Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Edad, Fecha de Nacimiento, Folio Nacional (anverso credencial IFE), Fotografía, Género, Nacionalidad, Número identificador (OCR) (Reverso de la Credencial del IFE), Domicilio, Teléfono Particular y Teléfono Celular, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, tiempo de residencia. b) Datos Laborales: Ocupación. c) Datos Biométricos: Huella digital. d) Datos especialmente protegidos: Origen étnico. e) Datos sobre la salud: Certificado general de salud y diagnóstico sicológico. f) Datos patrimoniales: Servicios contratados. Todos los datos requeridos son obligatorios para ser beneficiaria del Programa Apoyo a Mujeres Víctimas de Violencia. Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado. VI. Cesión de datos. Los datos personales recabados, podrán ser transmitidos a los siguientes: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento Legal Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Para la investigación de quejas y denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos. En los artículos 3, 17, fracción II y 36 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Auditoría Superior de la Ciudad de México. Para el ejercicio de sus funciones de fiscalización. En los artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México. Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Para la sustanciación de recursos de revisión y revocación, denuncias y el procedimiento para determinar el presunto incumplimiento de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. En los artículos 233, 240, 241 y 243 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y 38, 39, 40 y 42 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Órganos de Control Interno. Para la realización de auditorías o realización de investigaciones por presuntas faltas administrativas. En los artículos 34 fracciones VIII y XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 113 fracciones II, IV, VIII, XX y XXX del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales. Para la sustanciación de los procedimientos jurisdiccionales tramitados ante ellos. En los artículos 75, 121 y 143 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 96, 109, 278, 288 y 331 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; 191 fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 3 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal; 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 85 fracción XI, 86, 108, 112 de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.
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    46 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 Consejo de Evaluación del Desarrollo Social Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I de la Ley Desarrollo Social para el Distrito Federal VII: Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales: Unidad Administrativa Responsable: Subdirección de Servicios Educativos y Sociales. Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Subdirector (a) de Servicios Educativos y Sociales. VIII. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de los datos personales, así como la renovación del consentimiento. Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia de la Delegación La Magdalena Contreras. Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco N° 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580, oip@mcontreras.gob.mx. IX. Nivel de seguridad: Alto. QUINTO. Se crea el Sistema de Datos Personales identificado “Apoyo para Mujeres”. I. Identificación del Sistema de Datos Personales. “APOYO PARA MUJERES” II. Finalidad o uso previsto. Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al Programa de Apoyo para Mujeres, que se implementa en beneficio de las mujeres jefas de familia y de mujeres estudiantes en condiciones de marginación de la Delegación La Magdalena Contreras, a través de la entrega de los apoyos señalados en las Reglas de Operación vigentes, así como el establecimiento de mecanismos de control para la integración de los expedientes de las beneficiarias del citado programa y la integración del padrón respectivo. III. Normatividad aplicable. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Ley de Archivos del Distrito Federal. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras. Reglas de Operación del Programa Apoyo a Mujeres. IV. Origen de los Datos. a) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suminístralos: Beneficiarias del Programa de Apoyo para Mujeres. b) Procedencia: Interesado.
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 47 c) Procedimiento de obtención de datos: Las interesadas deberán presentar su solicitud y documentación completa a la Dirección General de Desarrollo Social en los lugares y fechas que la convocatoria señale. V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. a) Datos Identificativos: Nombre, firma, Clave de elector (alfa-numérico anverso credencial IFE), Clave Única de Registro de Población (CURP), Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Edad, Fecha de Nacimiento, Folio Nacional (anverso credencial IFE), Fotografía, Género, Nacionalidad, Número identificador (OCR) (Reverso de la Credencial del IFE), Domicilio, Teléfono Particular y Teléfono Celular, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento, tiempo de residencia. b) Datos Laborales: Ocupación. c) Datos Biométricos: Huella digital. d) Datos especialmente protegidos: Origen étnico. e) Datos patrimoniales: Servicios contratados. Todos los datos requeridos son obligatorios para ser beneficiaria del Programa Apoyo para Mujeres. Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado. VI. Cesión de datos. Los datos personales recabados, podrán ser transmitidos a los siguientes: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento Legal Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Para la investigación de quejas y denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos. En los artículos 3, 17, fracción II y 36 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Auditoría Superior de la Ciudad de México. Para el ejercicio de sus funciones de fiscalización. En los artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México. Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Para la sustanciación de recursos de revisión y revocación, denuncias y el procedimiento para determinar el presunto incumplimiento de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. En los artículos 233, 240, 241 y 243 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y 38, 39, 40 y 42 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Órganos de Control Interno. Para la realización de auditorías o realización de investigaciones por presuntas faltas administrativas. En los artículos 34 fracciones VIII y XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 113 fracciones II, IV, VIII, XX y XXX del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales. Para la sustanciación de los procedimientos jurisdiccionales tramitados ante ellos. En los artículos 75, 121 y 143 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 96, 109, 278, 288 y 331 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; 191 fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 3 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal; 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 85 fracción XI, 86, 108, 112 de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal. Consejo de Evaluación del Desarrollo Social Evaluación de Programas Sociales Artículos 42A, 42B y 42C, fracción I de la Ley Desarrollo Social para el Distrito Federal
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    48 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 VII: Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales: Unidad Administrativa Responsable: Coordinación de Justicia Social. Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Coordinador (a) de Justicia Social. VIII. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de los datos personales, así como la renovación del consentimiento. Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia de la Delegación La Magdalena Contreras. Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco N° 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580, oip@mcontreras.gob.mx. IX. Nivel de seguridad: Alto. SEXTO. Se crea el Sistema de Datos Personales identificado “Registro de Proveedores de Bienes y Servicios”. I. Identificación del Sistema de Datos Personales. “REGISTRO DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS” II. Finalidad o uso previsto. La integración de los expedientes de las personas físicas y morales que fungen como proveedores y/o prestadores de bienes y servicios de la Delegación La Magdalena Contreras. III. Normatividad aplicable. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Ley de Archivos del Distrito Federal. Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal. Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal. Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras. IV. Origen de los Datos. a) Personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a suminístralos: Los participantes en los procedimientos de licitaciones públicas y adjudicaciones directas, autorizado y/o representante legal. b) Procedencia: Interesado. c) Procedimiento de obtención de datos: Los proveedores tendrán que presentar la documentación solicitada ante el Jefe de la Unidad Departamental de Adquisiciones para su revisión y su posterior registro en el padrón de proveedores.
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 49 V. Estructura básica del Sistema de Datos Personales. a) Datos Identificativos: Nombre, firma, Clave de elector (alfa-numérico anverso credencial IFE), Clave Única de Registro de Población (CURP), Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Edad, Fecha de Nacimiento, Folio Nacional (anverso credencial IFE), Fotografía, Género, Nacionalidad, Número identificador (OCR) (Reverso de la Credencial del IFE), Teléfono Particular y Teléfono Celular. b) Datos Laborales: Ocupación. c) Datos patrimoniales: Cuentas Bancarias, Fianzas, Información fiscal e Ingresos y egresos. d) Datos sobre procedimientos administrativos y/o jurisdiccionales: Juicios en materia laboral, civil, penal, fiscal y administrativa o cualquier otra rama de derecho y procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio. e) Datos Biométricos: Huella digital. Todos los datos requeridos son obligatorios para acceder al registro de proveedores de bienes y servicios. Modo de tratamiento utilizado: Procedimiento físico y automatizado. VI. Cesión de datos. Los datos personales recabados, podrán ser transmitidos a los siguientes: Destinatarios Finalidad genérica Fundamento Legal Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Para la investigación de quejas y denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos. En los artículos 3, 17, fracción II y 36 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Auditoría Superior de la Ciudad de México. Para el ejercicio de sus funciones de fiscalización. En los artículos 3, 6, 8, 9, 22, 24, 27 y 56 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México. Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Para la sustanciación de recursos de revisión y revocación, denuncias y el procedimiento para determinar el presunto incumplimiento de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. En los artículos 233, 240, 241 y 243 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y 38, 39, 40 y 42 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Órganos de Control Interno. Para la realización de auditorías o realización de investigaciones por presuntas faltas administrativas. En los artículos 34 fracciones VIII y XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 113 fracciones II, IV, VIII, XX y XXX del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales. Para la sustanciación de los procedimientos jurisdiccionales tramitados ante ellos. En los artículos 75, 121 y 143 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 96, 109, 278, 288 y 331 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; 191 fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 3 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal; 55 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 85 fracción XI, 86, 108, 112 de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.
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    50 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 Secretaría de Finanzas Del Distrito Federal Registro de alta para trámite de pago a través de depósito interbancario en cuenta de cheques. Reglas de Carácter General del Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales "GRP", Código Fiscal del Distrito Federal VII: Unidad Administrativa Responsable del Sistema de Datos Personales: Unidad Administrativa Responsable: Dirección General de Administración. Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Director (a) General de Administración. VIII. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO) de los datos personales, así como la renovación del consentimiento. Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia de la Delegación La Magdalena Contreras. Domicilio Oficial y correo electrónico: Río Blanco N° 9, Colonia Barranca Seca, Delegación La Magdalena Contreras, C.P. 10580, oip@mcontreras.gob.mx. IX. Nivel de seguridad: Alto. TRANSITORIOS PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el presente Acuerdo en cumplimiento a lo previsto en el artículo 7, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, surtiendo efectos el mismo día de su publicación. SEGUNDO.- Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que indique a los responsables de los Sistemas de Datos Personales sobre la inscripción de los Sistemas en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales, en un plazo no mayor a diez días hábiles siguientes a la publicación. TERCERO.- Se instruye al Enlace en Materia de Datos Personales de la Delegación La Magdalena Contreras, a efecto de una vez publicado el presente acuerdo, lo notifique a la Dirección de Datos Personales del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes. Ciudad de México, a los treinta días del mes de mayo de dos mil dieciséis. (FIRMA) JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA JEFE DELEGACIONAL EN LA MAGDALENA CONTRERAS
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    CONVOCATORIAS DE LICITACIÓNY FALLOS GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, OFICIALÍA MAYOR, DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, CONVOCATORIA 003/2016 Lic. Dervylia Yazmin Murad González, Directora General de Administración de la Oficialía Mayor, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 26, 27 inciso a), 28, 30 fracción I, 32, 33, 34, 41 y 43 de la Ley de Adquisiciones para la Ciudad de México y 41 de su Reglamento, convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/003/2016 relativa al servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, incluyendo refacciones para el parque vehicular de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, de conformidad con lo siguiente: No. de Licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir Bases Junta de Aclaración de Bases Presentación y Apertura de sobre con la documentación Legal y Administrativa, Propuesta Técnica y Económica Fallo LPN/OM/DGA/003/2016 $ 500.00 6/Jun/2016 7/Jun/2016 12:00 horas 8/Jun/2016 18:00 horas 13/Jun/2016 12:00 horas Partida Partida Presupuestal Descripción de los Servicios Unidad de Medida 1 3553 Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, incluyendo refacciones para el parque vehicular de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México Servicio  Las bases de esta licitación pública se encuentran disponibles los días 2, 3 y 6 de junio de 2016, para consulta y venta, en la oficina de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, ubicada en Plaza de la Constitución No. 1, primer piso, Centro de la Ciudad de México Área 1, C.P. 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de 09:00 a 14:00 horas, Asimismo las bases estarán disponibles para consulta en la dirección de internet http://www.om.cdmx.gob.mx.  Forma de pago: Depósito en la cuenta No. 105899699, Referencia 12010518, del Banco Scotiabank Inverlat, por concepto de “Venta de Bases para Licitaciones Públicas”, Número de Sociedad: 1201.  Una vez realizado el pago correspondiente por concepto de bases de esta Licitación Pública Nacional, deberá acudir a la oficina de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, ubicada en Plaza de la Constitución No. 1, primer piso, Centro de la Ciudad de México Área 1, C.P. 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, para la entrega de bases y registro de participación.  La Junta de Aclaración de Bases; Presentación y Apertura del sobre con la Documentación Legal y Administrativa, Propuesta Técnica y Económica, así como el Acto de Fallo, se efectuarán en el Salón Independencia, ubicado en Plaza de la Constitución No. 1, Primer Piso, Col. Centro, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.  El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.  La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Peso Mexicano.  Lugar de prestación de los servicios: los servicios serán prestados en el domicilio que se precisa en las bases de la Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/003/2016, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, incluyendo refacciones para el parque vehicular de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.
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     Plazo parala prestación del servicio: Será en los días que se establecen en las bases de Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/003/2016, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, incluyendo refacciones para el parque vehicular de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, y será a través de la modalidad de contrato abierto a partir de la firma del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2016 o hasta agotar el monto mínimo o máximo contratado, lo que ocurra primero.  Las condiciones de pago serán las siguientes: El pago de los servicios se efectuará de conformidad a los plazos que establezca la Secretaría de Fianzas de la Ciudad de México y a la recepción de las facturas debidamente requisitadas. No se otorgarán anticipos.  Los Servidores Públicos responsables de esta Licitación Pública Nacional son: los titulares de las áreas de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México; Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales; la Subdirección de Recursos Materiales y la Jefatura de Unidad Departamental de Adquisiciones, todos ellos de la Dirección General de Administración en la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.  Los plazos señalados en esta convocatoria se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. CIUDAD DE MÉXICO, A 26 DE MAYO DE 2016 DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (Firma) DERVYLIA YAZMIN MURAD GONZALEZ
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    GOBIERNO DE LACIUDAD DE MÉXICO, OFICIALÍA MAYOR, DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, CONVOCATORIA 004/2016 Lic. Dervylia Yazmin Murad González, Directora General de Administración de la Oficialía Mayor, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 26, 27 inciso a), 28, 30 fracción I, 32, 33, 34, 41 y 43 de la Ley de Adquisiciones para la Ciudad de México y 41 de su Reglamento, convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/004/2016 relativa al servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado (unidades de ventana y minisplit), ubicados en los diferentes inmuebles de las áreas que ocupan las Unidades Administrativas que integran la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, de conformidad con lo siguiente: No. de Licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir Bases Junta de Aclaración de Bases Presentación y Apertura de sobre con la documentación Legal y Administrativa, Propuesta Técnica y Económica Fallo LPN/OM/DGA/004/2016 $ 500.00 6/Jun/2016 7/Jun/2016 18:00 horas 9/Jun/2016 12:00 horas 14/Jun/2016 12:00 horas Partida Partida Presupuestal Descripción de los Servicios Unidad de Medida 1 3511 Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado (unidades de ventana y minisplit), ubicados en los diferentes inmuebles de las áreas que ocupan las Unidades Administrativas que integran la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México Servicio  Las bases de esta licitación pública se encuentran disponibles los días 2, 3 y 6 de junio de 2016, para consulta y venta, en la oficina de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, ubicada en Plaza de la Constitución No. 1, primer piso, Centro de la Ciudad de México Área 1, C.P. 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de 09:00 a 14:00 horas, Asimismo las bases estarán disponibles para consulta en la dirección de internet http://www.om.cdmx.gob.mx.  Forma de pago: Depósito en la cuenta No. 105899699, Referencia 12010518, del Banco Scotiabank Inverlat, por concepto de “Venta de Bases para Licitaciones Públicas”, Número de Sociedad: 1201.  Una vez realizado el pago correspondiente por concepto de bases de esta Licitación Pública Nacional, deberá acudir a la oficina de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, ubicada en Plaza de la Constitución No. 1, primer piso, Centro de la Ciudad de México Área 1, C.P. 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, para la entrega de bases y registro de participación.  La Junta de Aclaración de Bases; Presentación y Apertura del sobre con la Documentación Legal y Administrativa, Propuesta Técnica y Económica, así como el Acto de Fallo, se efectuarán en el Salón Independencia, ubicado en Plaza de la Constitución No. 1, Primer Piso, Col. Centro, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.  El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.  La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Peso Mexicano.  Lugar de prestación de los servicios: los servicios serán prestados en el domicilio que se precisa en las bases de la Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/004/2016, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado (unidades de ventana y minisplit), ubicados en los diferentes inmuebles de las áreas que ocupan las Unidades Administrativas que integran la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.
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     Plazo parala prestación del servicio: Será en los días que se establecen en las bases de Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/004/2016, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a equipos de aire acondicionado (unidades de ventana y minisplit), ubicados en los diferentes inmuebles de las áreas que ocupan las Unidades Administrativas que integran la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, y será a través de la modalidad de contrato abierto a partir de la firma del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2016 o hasta agotar el monto mínimo o máximo contratado, lo que ocurra primero.  Las condiciones de pago serán las siguientes: El pago de los servicios se efectuará de conformidad a los plazos que establezca la Secretaría de Fianzas de la Ciudad de México y a la recepción de las facturas debidamente requisitadas. No se otorgarán anticipos.  Los Servidores Públicos responsables de esta Licitación Pública Nacional son: los titulares de las áreas de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México; Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales; la Subdirección de Recursos Materiales y la Jefatura de Unidad Departamental de Adquisiciones, todos ellos de la Dirección General de Administración en la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.  Los plazos señalados en esta convocatoria se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. CIUDAD DE MÉXICO, A 26 DE MAYO DE 2016 DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (Firma) DERVYLIA YAZMIN MURAD GONZALEZ
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    GOBIERNO DE LACIUDAD DE MÉXICO, OFICIALÍA MAYOR, DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, CONVOCATORIA 005/2016 Lic. Dervylia Yazmin Murad González, Directora General de Administración de la Oficialía Mayor, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 26, 27 inciso a), 28, 30 fracción I, 32, 33, 34, 41 y 43 de la Ley de Adquisiciones para la Ciudad de México y 41 de su Reglamento, convoca a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/005/2016 relativa al servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a 17 elevadores, con suministro de refacciones, los cuales se encuentran instalados en los inmuebles que ocupan las Unidades Administrativas de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, de conformidad con lo siguiente: No. de Licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir Bases Junta de Aclaración de Bases Presentación y Apertura de sobre con la documentación Legal y Administrativa, Propuesta Técnica y Económica Fallo LPN/OM/DGA/005/2016 $ 500.00 6/Jun/2016 8/Jun/2016 12:00 horas 10/Jun/2016 12:00 horas 15/Jun/2016 12:00 horas Partida Partida Presupuestal Descripción de los Servicios Unidad de Medida 1 3511 Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a 17 elevadores, con suministro de refacciones, los cuales se encuentran instalados en los inmuebles que ocupan las Unidades Administrativas de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México Servicio  Las bases de esta licitación pública se encuentran disponibles los días 2, 3 y 6 de junio de 2016, para consulta y venta, en la oficina de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, ubicada en Plaza de la Constitución No. 1, primer piso, Centro de la Ciudad de México Área 1, C.P. 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de 09:00 a 14:00 horas, Asimismo las bases estarán disponibles para consulta en la dirección de internet http://www.om.cdmx.gob.mx.  Forma de pago: Depósito en la cuenta No. 105899699, Referencia 12010518, del Banco Scotiabank Inverlat, por concepto de “Venta de Bases para Licitaciones Públicas”, Número de Sociedad: 1201.  Una vez realizado el pago correspondiente por concepto de bases de esta Licitación Pública Nacional, deberá acudir a la oficina de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, ubicada en Plaza de la Constitución No. 1, primer piso, Centro de la Ciudad de México Área 1, C.P. 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, para la entrega de bases y registro de participación.  La Junta de Aclaración de Bases; Presentación y Apertura del sobre con la Documentación Legal y Administrativa, Propuesta Técnica y Económica, así como el Acto de Fallo, se efectuarán en el Salón Independencia, ubicado en Plaza de la Constitución No. 1, Primer Piso, Col. Centro, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.  El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español.  La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: Peso Mexicano.  Lugar de prestación de los servicios: los servicios serán prestados en el domicilio que se precisa en las bases de la Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/005/2016, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a 17 elevadores, con suministro de refacciones, los cuales se encuentran instalados en los inmuebles que ocupan las Unidades Administrativas de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.
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     Plazo parala prestación del servicio: Será en los días que se establecen en las bases de Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGA/005/2016, para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a 17 elevadores, con suministro de refacciones, los cuales se encuentran instalados en los inmuebles que ocupan las Unidades Administrativas de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, y será a través de la modalidad de contrato abierto a partir de la firma del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2016 o hasta agotar el monto mínimo o máximo contratado, lo que ocurra primero.  Las condiciones de pago serán las siguientes: El pago de los servicios se efectuará de conformidad a los plazos que establezca la Secretaría de Fianzas de la Ciudad de México y a la recepción de las facturas debidamente requisitadas. No se otorgarán anticipos.  Los Servidores Públicos responsables de esta Licitación Pública Nacional son: los titulares de las áreas de la Dirección General de Administración de la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México; Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales; la Subdirección de Recursos Materiales y la Jefatura de Unidad Departamental de Adquisiciones, todos ellos de la Dirección General de Administración en la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México.  Los plazos señalados en esta convocatoria se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. CIUDAD DE MÉXICO, A 26 DE MAYO DE 2016 DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (Firma) DERVYLIA YAZMIN MURAD GONZALEZ
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 57 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Secretaria de Seguridad Pública Aviso de Fallo de la Licitación Arq. Manuel Castellanos de la Vega, Director de Construcción y Mantenimiento de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, en observancia a lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12 fracciones IX, XII ,XVI y 21 fracción III de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; 17 fracción XV; 44 fracción VIII y 58 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; 44 del Manual de Organización de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y de conformidad con el artículo 34 de la Ley de Obras Públicas para el Distrito Federal; hace del conocimiento general la identidad del licitante ganador, en la Licitación Pública Nacional, de conformidad con lo siguiente: Razón social del ganador Proyecto y Diseño Tangerina, S.A. de C.V. Número y concepto de la licitación. Licitación Pública Nacional LPN-01-2016. Objeto del contrato a suscribirse “Complemento a la Estructura del Nuevo Centro de Control de Confianza de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México”. Monto del Contrato $21’988,591.47 I.V.A. incluido. Fecha de inicio y conclusión de la obra; 03/05/2016 al 30/08/ 2016 Lugar donde podrán consultarse las razones de asignación y rechazo. Dirección de Construcción y Mantenimiento Izazaga 89, 3er. Piso Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06080. Atentamente Secretaría de Seguridad Pública México, D.F. a 27 de mayo de 2016. (Firma) El Director de Construcción y Mantenimiento Arq. Manuel Castellanos de la Vega
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    ADMINISTRACION PUBLICA DELA CIUDAD DE MEXICO DELEGACION TLALPAN DIRECCION GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO LICITACION PÚBLICA NACIONAL CONVOCATORIA DTL/005-2016 NOTA ACLARATORIA A LA CONVOCATORIA DTL/005-2016 PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL No. 83, DÉCIMA NOVENA ÉPOCA, EL DÍA 31 DE MAYO DE 2016. Arq. Manuel Santiago Quijano, Director General de Obras y Desarrollo Urbano del Órgano Político Administrativo en Tlalpan, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, 117 fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Artículos 126 y 132 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con los artículos 24 apartado A, 25 apartado A fracción I, 26 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, he tenido a bien expedir la siguiente: NOTA ACLARATORIA A LA CONVOCATORIA DTL/005-2016 PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL No. 83, DÉCIMA NOVENA ÉPOCA, EL DÍA 31 DE MAYO DE 2016. PAGINA 24, PRIMER PARRAFO. DICE: El Ing. German Arturo Martínez Santoyo, Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en observancia a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, 117 fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Artículos 126 y 132 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con los artículos 24 apartado A, 25 apartado A fracción I, 26 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la licitación de carácter nacional para la contratación en la modalidad de Licitación Pública Nacional, conforme a lo siguiente: DEBE DECIR: El Arq. Manuel Santiago Quijano, Director General de Obras y Desarrollo Urbano, en observancia a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, 117 fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Artículos 126 y 132 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con los artículos 24 apartado A, 25 apartado A fracción I, 26 y 28 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la licitación de carácter nacional para la contratación en la modalidad de Licitación Pública Nacional, conforme a lo siguiente: Transitorio Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. CIUDAD DE MÉXICO A 1 DE JUNIO DE 2016 DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO (Firma) ARQ. MANUEL SANTIAGO QUIJANO
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 59 SECCIÓN DE AVISOS CONSTRUCCION Y DISEÑO GRIPSU, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 10 DE MAYO DE 2016. Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0 Ciudad De México a 20 de Mayo de 2016. José Luis Rosales Martínez Liquidador (Firma) DISEÑOS Y CONSTRUCCION MIKADO, S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 09 DE MAYO DE 2016. Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0 Ciudad De México a 18 de Mayo de 2016. José Luis Rosales Martínez Liquidador (Firma) SERCONPROF, S.C. BALANCE DE LIQUIDACION AL 18 DE ABRIL DE 2016. Activo Efectivo en caja $0 Pasivo Capital $0 Ciudad De México a 13 de Mayo de 2016. José Marcos Alvarado Villa Liquidador (Firma)
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    60 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 J3E, S.A. DE C.V. AVISO DE LIQUIDACIÓN En cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 240-242 fracción V primer párrafo y 247 de la Ley General de sociedades Mercantiles, y la legislación fiscal aplicable en lo conducente se informa que J3E, S.A. DE C.V., se encuentra en proceso de liquidación, de conformidad en el Estado de Resultados que contiene el presente aviso, en razón al Balance General, formulados bajo las siguientes bases: Con fecha 13 de febrero de 2015, se realizó Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, mediante la cual, entre otras se acordó disolver la sociedad, destacándose el inicio, el procedimiento de liquidación anticipada de la sociedad, designación de liquidador y sus facultades nombrándose como tal al ciudadano JESÚS ANTONIO MULIA VELÁZQUEZ. La liquidación se realiza con base en el Balance General elaborado con fecha 30 de abril del año 2015. Transcurrido el plazo de 15 quince días hábiles posteriores la tercera publicación que se hiciera de éste, con intervalos de la misma de 10 diez días entre cada una, se efectuara una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de J3E, S.A. DE C.V., para concluir y finalizar la liquidación que no ocupa y surta todos los efectos legales, administrativos y fiscales a que haya lugar. J3E, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 20 DE ABRIL DE 2015 ACTIVOS ACTIVO A CORTO PLAZO EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO $2,269 INVERSIONES EN ACCIONES 46,000 CUENTAS POR COBRAR OTROS DEUDORES (NOTA A) 136,500 IMPUESTOS POR RECUPERAR (NOTA B) 291,732 TOTAL DE CAPITAL A CORTO PLAZO 476,500 ACTIVO A LARGO PLAZO PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO, NETO (NOTA C) 2,920,849 TOTAL DE ACIVO A LARGO PLAZO 2,920,849 TOTAL DE ACTIVO 3,397,349 PASIVO PASIVO A CORTO PLAZO CUENTAS POR PAGAR OTROS ACREEDORES (NOTA D) $2,735,585 APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTO DE CAPTILA (NOTA E) 1,697.432 TOTAL DE PASIVO A CORTO PLAZO 4,433,017 TOTAL DE PASIVO 4,433,017 CAPITAL CONTABLE CAPITAL SOCIAL 50,000 UTILIDADES O (PERDIDAS) ACUMULADAS (1,075,131) UTILIDAD O (PERDIDA) DEL EJERCICIO (10,537) TOTAL DE CAPITAL CONTABLE (1,035,668) TOTAL DE PASIVO Y CAPITAL CONTABLE $3,397,349
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 61 J3E, S.A. DE C.V. ESTADO DE RESULTADOS AL 30 DE ABRIL DE 2015 INGRESOS INGRESOS NETOS $0 COSTO DE VENTAS 0 UTILIDAD BRUTA 0 GASTOS DE OPERACIÓN 10,537 UTILIDAD DE LA OPERACIÓN -10,537 COSTO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO INTERESES A FAVOR 0 INTERESES A CARGO 0 OTROS GASTOS Y OTROS PRODUCTOS OTROS PRODUCTOS 0 OTROS GASTOS 0 UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS -10,537 IMPUESTO SOBRE LA RENTA 0 UTILIDAD O (PERDIDA) NETA $(10.537) (Firma) C. JESÚS ANTONIO MULIA VELÁZQUEZ COMISARIO CONTROL Y MANTENIMIENTO DE SUBESTACIONES S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 4 DE MAYO DEL 2016 EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 247 FRACCIÓN II DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES SE PUBLICA EL BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN ACTIVO PASIVO EFECTIVO EN CAJA Y BANCOS $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR PAGAR $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR COBRAR $0.00 CONTRIBUCIONES POR PAGAR $0.00 CONTRIBUCIONES A FAVOR $0.00 SUMA ACTIVO $0.00 SUMA PASIVO $0.00 CAPITAL SOCIAL $0.00 APORT. PARA FUT. AUMENTOS DE CAPITAL $0.00 PERDIDAS ACUMULADAS $0.00 TOTAL DE CAPITAL CONTABLE $0.00 TOTAL ACTIVO $0.00 TOTAL PASIVO $0.00 (Firma) LEOPOLDO NERI ROMERO LIQUIDADOR
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    62 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 AFG LOGISTICA S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 4 DE MAYO DEL 2016 EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 247 FRACCIÓN II DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES SE PUBLICA EL BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN ACTIVO PASIVO EFECTIVO EN CAJA Y BANCOS $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR PAGAR $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR COBRAR $0.00 CONTRIBUCIONES POR PAGAR $0.00 CONTRIBUCIONES A FAVOR $0.00 SUMA ACTIVO $0.00 SUMA PASIVO $0.00 CAPITAL SOCIAL $0.00 APORT. PARA FUT. AUMENTOS DE CAPITAL $0.00 PERDIDAS ACUMULADAS $0.00 TOTAL DE CAPITAL CONTABLE $0.00 TOTAL ACTIVO $0.00 TOTAL PASIVO $0.00 (Firma) LEOPOLDO NERI ROMERO LIQUIDADOR
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 63 E D I C T O S “INDEPENDENCIA JUDICIAL, VALOR INSTITUCIONAL Y RESPETO A LA AUTONOMÍA” E D I C T O PARA LLAMAR A JUICIO A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADAS, TERCEROS, VICTIMAS U OFENDIDOS EN EL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO EXPEDIENTE 350/2016 SECRETARIA “A” En cumplimiento a lo ordenado por auto de veinte de abril del dos mil dieciséis, dictado en los autos del juicio ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, promovido por el GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL hoy CIUDAD DE MÉXICO, en contra de VÍCTOR MANUEL CRUZ ESTEVEZ y GLORIA VILLEGAS HERNÁNDEZ, expediente numero 350/2016, respecto del inmueble ubicado en CALLE XOCHIMILCO TULYEHUALCO, NÚMERO 39, UNIDAD HABITACIONAL NATIVITAS, MANZANA 2, ENTRADA “A”, DEPARTAMENTO 301, COLONIA NATIVITAS, DELEGACIÓN XOCHIMILCO, C.P. 16090, DISTRITO FEDERAL hoy CIUDAD DE MÉXICO; IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL NÚMERO 636942, COMO CONJUNTO HABITACIONAL NATIVITAS REGIMEN 2, UBICACIÓN No. 39, CALLE XOCHIMILCO, TULYEHUALCO MZ 2, EDIFICIO TIPO 1 A=5 ENTRADA A, DEPARTAMENTO 301, COLONIA NATIVITAS, DELEGACIÓN XOCHIMILCO, DISTRITO FEDERAL hoy CIUDAD DE MÉXICO, SUPERFICIE 62,76 M2, la C.Juez Cuarto de lo Civil de la Ciudad de México, la C. Juez Cuarto de lo Civil de la Ciudad de México Licenciada Flor de María Hernández Mijangos, con fundamento con lo dispuesto por el artículo 35 en relación con la fracción IV del artículo 40 ambos de la ley de Extinción de Dominio, ordeno LLAMAR A JUICIO A LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN AFECTADAS, TERCEROS, VICTIMAS U OFENDIDOS EN EL JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, por medio de edictos otorgándoles un término de DIEZ DIAS HABILES, a partir de la última publicación a fin de que comparezcan a deducir sus posibles derechos en el juicio citado. PARA SU DEBIDA PUBLICACIÓN EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL HOY CIUDAD DE MÉXICO POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS DEBIENDO MEDIAR ENTRE CADA PUBLICACIÓN DOS DÍAS HÁBILES. CIUDAD DE MÉXICO, A 20 DE ABRIL DEL 2016 EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS (Firma) LIC. EDUARDO HERRERA ROSAS
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    64 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 EDICTO Que en los autos del Juicio DE EXTINCION DE DOMINIO promovido por GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, en contra de ANTONIO PAVIS DURAN, expediente número 349/2016, el C. Juez dictó un auto que en su parte conducente dice: ------------------------------------------------------------------------------------ LA SECRETARÍA DE ACUERDOS da cuenta, al C. Juez con la demanda suscrita por la Licenciada MARIA GUADALUPE CERVANTES DÍAZ, en su carácter de Agente del Ministerio Público Especializado en Procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y en representación del GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, siendo un tomo de copias certificadas de la Averiguación Previa número FCIN/ACD/T3/0053/15- 02 y su acumulada FCIN/AOP/T3/00011/15-02, un juego de copias certificadas del Expediente administrativo FEED/T1/97/15-09, veintiséis copias certificadas dentro de las cuales se encuentran el acuerdo A/02/2011 del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, y constancias de los nombramientos de los diversos Ministerios Públicos especializados en Extinción de Dominio, así como los registros de cédulas profesionales ante la Primera Secretaria de Acuerdos de Presidencia y del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, remitidos por la Oficialía de Partes Común de este Tribunal, certificando el Secretario de Acuerdos “A”, Licenciado Serafín Guzmán Mendoza, que son DOS juego de Copias de traslado, mismos que se reciben el día veinte de Abril del dos mil dieciséis a las Nueve Horas con Treinta Minutos horas, Conste.---------------------- - - México, Distrito Federal, a veinte de abril del dos mil dieciséis.--------- ------------- - - - Con el escrito de cuenta, anexos y copias simples que se acompañan, se forma expediente y se registra como corresponde en el Libro de Gobierno de este Juzgado, bajo el número de expediente 349/2016. Se ordena guardar los documentos exhibidos como base de la acción. Se tiene por presentado a la Licenciada MARIA GUADALUPE CERVANTES DÍAZ, en su calidad de Agente del Ministerio Público Especializado en el Procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y en representación del Gobierno del Distrito Federal, personalidad que se reconoce en términos del acuerdo A/02/2011 emitido por el C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, así como la copia certificada del oficio en el que se le designa con el carácter antes señalado, expedido por el Procurador General de Justicia del Distrito Federal, y con la constancia de acreditación de especialización en materia de extinción de dominio que exhibe, mismos que en copia certificada se acompañan, y se ordenan agregar a los autos para que obren como corresponda; se le tiene señalando domicilio para oír y recibir notificaciones, teniéndose por autorizados con la misma calidad de Agentes del Ministerio Público Especializados en extinción de dominio a los Profesionistas que menciona y que igualmente acreditan su personalidad en términos de las copias certificadas que se acompañan al presente; se le tiene autorizando para oír y recibir notificaciones y documentos e incluso de carácter personal, a las demás personas que se mencionan. Con fundamento en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 1, 2, 3 fracción II, 4, 5, 22, 24, 25, 29, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 39, 40 y demás relativos y aplicables de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal; 1, 2, 20, 24 25, 30, 35, 38 del Reglamento de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal; 114, 116, 117, 255 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley Especial citada, y conforme al artículo 3 Fracción II del mismo ordenamiento, se admite a trámite la demanda planteada en la VÍA ESPECIAL y en ejercicio de la ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO interpuesta en contra de ANTONIO PAVIS DURAN, en su carácter de PARTE AFECTADA, como propietario del bien mueble ubicado en Calle la Piedad, Manzana 42, Lote 9, Colonia Loma de la Palma, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07160, Ciudad de México, Identificado con el Folio Real 00036872, en el cual consta inscrito el Inmueble Denominado Lote Nueve, Manzana Cuarenta y Dos, de la Zona Tres, Colonia Ejido de Cuautepec, Delegación Gustavo A. Madero, Ciudad de México, con Una Superficie de 441.00 m2 Metros Cuadrados, acción que se ejercita con base al evento típico derivado de las actuaciones ministeriales que se contienen en las copias certificadas que se acompañan de la Averiguación Previa número FCIN/ACD/T3/0053/15-02 y su acumulada FCIN/AOP/T3/00011/15-02 y que se funda en los razonamientos, hechos y pruebas que se expresan en la demanda; en consecuencia, con las copias simples de traslado que se acompañan, y de los anexos exhibidos, por medio de NOTIFICACIÓN PERSONAL, se ordena EMPLAZAR A ANTONIO PAVIS DURAN, para que dentro del término de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del día hábil siguiente a su emplazamiento, comparezca por escrito, por sí o por su representante legal, a manifestar lo que a su derecho convenga, así como para que oponga excepciones y defensas, y en su caso ofrezca las pruebas conducentes que acrediten su dicho, conforme a lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley de Extinción de Dominio apercibida que, de no comparecer a este juicio y de no ofrecer pruebas en el término concedido, precluirá su derecho con fundamento en el artículo 40 Fracción V de la Ley de Extinción de Dominio.-----------Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 en relación con la Fracción IV del artículo 40, ambos de la Ley de Extinción de Dominio, publíquese el presente proveído por tres veces de tres días hábiles, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, así como en el periódico de circulación Nacional “EL SOL DE MEXICO”, llamando a las personas que se consideren afectadas, terceros, víctimas u
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 65 ofendidos para que comparezcan a este procedimiento en el término de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente de la última publicación a manifestar lo que a su interés convenga, quedando los edictos respectivos a partir de esta fecha, a disposición del Agente del Ministerio Público ocursante para su debida tramitación, dentro del término de TRES DÍAS, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 137 Fracción IV del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, de aplicación supletoria al Procedimiento de Extinción de Dominio, atento a lo dispuesto por la Fracción II del artículo 3 de la Ley de Extinción de Dominio. ---------Por lo que respecta a las pruebas ofrecidas en el escrito de cuenta, de conformidad con el artículo 40, de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, así como de los artículos 289, 290, 291 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, se procede a la admisión de las probanzas ofrecidas por la ocursante, se admiten en los siguientes términos: LAS DOCUMENTALES PÚBLICAS marcadas con el numeral I consistente en las copias certificadas de la Averiguación Previa número FCIN/ACD/T1/0385/13-09 y su acumulada FCIN/AOP/T1/055/13-09, así como en las copias certificadas del Expediente administrativo FEED/T1/97/15-09 marcada con el numeral II; se admite la CONFESIONAL a cargo de ANTONIO PAVIS DURAN, marcada con el numeral III, en su calidad de parte afectada respecto al Inmueble ubicado en Calle la Piedad, Manzana 42, Lote 9, Colonia Loma de la Palma, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07160, Ciudad de México, Identificado con el Folio Real 00036872, en el cual consta inscrito el Inmueble Denominado Lote Nueve, Manzana Cuarenta y Dos, de la Zona Tres, Colonia Ejido de Cuautepec, Delegación Gustavo A. Madero, Ciudad de México, con Una Superficie de 441.00 m2 Metros Cuadrados; LA RATIFICACION A CARGO DE LOS PERITOS, QFB. Noemí Reyes Jiménez y QFB Selene Sinencio Tenorio, ambos Especialistas en Materia de Química Forense, Adscritos a la Dirección General de Coordinación de Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal hoy Ciudad de México, marcada con el numeral V; LA RATIFICACIÓN a cargo del Licenciado Alvaro Ortiz Fernández en su Carácter de Agente del Ministerio Público y Licenciado Ricardo Bautista Hernández Oficial Secretario del Ministerio Público, ambos adscritos a la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Narcomenudeo, marcada con el numeral VI; asimismo se admite la INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, marcada con el número VII, y la PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA marcada con el número VIII. -------------------------------------------------------------- -----------------------Por cuanto a la solicitud de MEDIDAS CAUTELARES, y respecto a la que solicita en primer término, consistente en que declare la prohibición para enajenar y gravar el bien inmueble ubicado en Calle la Piedad, Manzana 42, Lote 9, Colonia Loma de la Palma, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07160, Ciudad de México, Identificado con el Folio Real 00036872, en el cual consta inscrito el Inmueble Denominado Lote Nueve, Manzana Cuarenta y Dos, de la Zona Tres, Colonia Ejido de Cuautepec, Delegación Gustavo A. Madero, Ciudad de México, con Una Superficie de 441.00 m2 Metros Cuadrados; se concede dicha medida a efecto de evitar que se realice cualquier acto traslativo de dominio o inscripción de gravamen judicial o real respecto del inmueble referido, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 y 15 segundo Párrafo de la Ley de Extinción de Dominio, surtiendo sus efectos, desde luego, y en consecuencia, gírese oficio al C. Director del REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, para que proceda a inscribir la medida cautelar decretada en el antecedente registral en el Folio Real 00036872, Calle la Piedad, Manzana 42, Lote 9, Colonia Loma de la Palma, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07160, Ciudad de México, Identificado con el Folio Real 00036872, en el cual consta inscrito el Inmueble Denominado Lote Nueve, Manzana Cuarenta y Dos, de la Zona Tres, Colonia Ejido de Cuautepec, Delegación Gustavo A. Madero, Ciudad de México, con Una Superficie de 441.00 m2 Metros Cuadrados, en el cual se tiene como propietario a ANTONIO PAVIS DURAN; por otra parte, y como segunda medida cautelar peticionada, de igual manera se decreta el aseguramiento DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN CALLE LA PIEDAD, MANZANA 42, LOTE 9, COLONIA LOMA DE LA PALMA, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CÓDIGO POSTAL 07160, CIUDAD DE MÉXICO, IDENTIFICADO CON EL FOLIO REAL 00036872, EN EL CUAL CONSTA INSCRITO EL INMUEBLE DENOMINADO LOTE NUEVE, MANZANA CUARENTA Y DOS, DE LA ZONA TRES, COLONIA EJIDO DE CUAUTEPEC, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CIUDAD DE MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE DE 441.00 M2 METROS CUADRADOS; con el menaje que en el mismo se encuentre, mismo que se aseguró mediante diligencia de cateo de fecha veintisiete de junio del dos mil catorce, debiéndose girar oficio a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, informándosele que se le tiene como depositario judicial del Inmueble antes precisado, así como del menaje que se encuentre dentro del mismo, previo el inventario que del mismo se realice, ello con fundamento en el artículo 11 penúltimo párrafo de la Ley de Extinción de Dominio, haciéndole saber que deberá presentarse en el local de este juzgado dentro de los TRES DÍAS siguientes a que reciba el Oficio ordenado, a efecto de que por conducto de personal autorizado proceda ante la presencia judicial a aceptar y protestar el cargo conferido, asimismo el Actuario de la adscripción proceda a la brevedad a ponerle en posesión material del bien inmueble asegurado, para que realice las acciones necesarias para su mantenimiento y conservación, teniendo también la obligación de rendir cuentas ante este juzgado y al Agente del Ministerio Público Especializado en Extinción de Dominio respecto de la administración del bien inmueble, en forma mensual con fundamento en el artículo 557 del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la materia, así como también deberá rendir un informe anual
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    66 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016 a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal respecto del bien inmueble.------------------------------------------------------------ --- Tomando en consideración que del escrito de cuenta hay imprecisiones respecto al carácter con el cual debe ser llamado MINIBUSES ALFA S.A. de C.V., por conducto de su representante Legal, ya que en el apartado de Pruebas lo manifiestan como Tercero Llamado a Juicio y en los puntos petitorios lo señalan como parte Afectada, por lo que en este acto se previene a la parte actora para que aclare el carácter de MINIBUSES ALFA S.A. de C.V., tomando en cuenta lo disopuesto por el artículo 2 fracciones II y XVII de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, hoy Ciudad de México.---- ---------------------------------------------Por último, y con fundamento en el último párrafo del artículo 4 de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, se hace saber a todos los interesados, que toda la información que se genere u obtenga con relación a esta Ley y a los juicios que conforme a ella se tramiten, se considerará como restringida en los términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; y asimismo que se deberá guardar la más estricta confidencialidad sobre toda la información y documentos que se obtenga y generen durante la substanciación del presente procedimiento, ello con fundamento en los artículos 4 último párrafo y 22 in fine de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal. - Asimismo se hace del conocimiento de las partes que con fundamento en los artículos 26, 28 y demás relativos del Reglamento del Sistema Institucional de Archivos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal se hace del conocimiento de las partes que una vez concluido el presente juicio, ya sea por sentencia definitiva cumplimentada, caducidad de la instancia, cosa juzgada, desistimiento, incompetencia, prescripción se procederá a la destrucción del expediente, así como las pruebas, muestras y documentos venidos en el juicio concluido, por lo que las partes quedarán obligadas a solicitar la devolución de sus documentos, pruebas y muestras dentro de los seis meses contados a partir de la respectiva notificación, lo que se hace del conocimiento de las partes para los efectos legales a que haya lugar, dictando el presente a las doce horas con treinta minutos del día en que se actúa.- NOTIFÍQUESE.- ASÍ LO PROVEYÓ Y FIRMA EL C. JUEZ TERCERO DE LO CIVIL, LICENCIADO VICTOR HOYOS GANDARA, quien actúa ante el C. Secretario de Acuerdos Licenciado SERAFIN GUZMAN MENDOZA, que autoriza y da fe. - DOY FE.- PARA SU PUBLICACION, POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS DEBIENDO MEDIAR DOS DIAS ENTRE CADA PUBLICACION. C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A” (Firma) LIC. SERAFIN GUZMAN MENDOZA
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    2 de Juniode 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 67 “INDEPENDENCIA JUDICIAL, VALOR INSTITUCIONAL Y RESPETO A LA AUTONOMÍA” Juzgado Segundo Civil Exp. 334/2016. E D I C T O PERSONAS AFECTADAS, TERCEROS, VICTIMAS Y OFENDIDOS En cumplimiento a lo ordenado en proveído de fecha quince de abril del año dos mil dieciséis, dictado en los autos del JUICIO ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, promovido por el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO en contra de ALICIA OLIVARES RAMIREZ, en su carácter de parte afectada, LA C. JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, en cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 22 de la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos 4, 5, 22, 31, 32 FRACCIÓN VII Y VIII, 35, 40 FRACCIONES IV Y V DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA EL DISTRITO FEDERAL, ORDENO HACER DEL CONOCIMIENTO DE TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHOS RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO en CALLE FLAMINGOS, NÚMERO SEIS, COLONIA COCOYOTES, CÓDIGO POSTAL 07180, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CIUDAD DE MÉXICO, IDENTIFICADO CON EL FOLIO REAL 816233 EN EL CUAL CONSTA INSCRITO EL INMUEBLE DENOMINADO ZONA 8, MANZANA 16, LOTE 3-A, COLONIA CUAUTEPEC II, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CIUDAD DE MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE DE 55.00 M2. METROS CUADRADOS, ACLARANDO QUE LOS DATOS ASENTADOS EN EL FOLIO DE REGISTRO Y DOMICILIO DEL BIEN INMUEBLE POR LO QUE HACE DECIR, CALLE FLAMINGOS NÚMERO SEIS, COLONIA COCOYOTES, CODIGO POSTAL 07180 DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CIUDAD DE MÉXICO, Y LO QUE SEÑALA EL FOLIO REAL 816233 DESCRITO QUE DICE: ZONA 8, MANZANA 16, LOTE 3-A, COLONIA CUAUTEPEC II, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, CIUDAD DE MÉXICO CON UNA SUPERFICIE DE 55 M2., CUYO TITULAR REGISTRAL ES LA C. ALICIA OLIVARES RAMIREZ FOLIO REAL NÚMERO 816233 CUYA PROPETARIA LO ES LA C. ALICIA OLIVARES RAMIREZ, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE DIEZ DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, COMPAREZCAN POR ESCRITO, POR SI O POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL A MANIFESTAR LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y PARA QUE OFREZCAN LAS PRUEBAS CON LAS QUE CONSIDEREN SE ACREDITARA SU DICHO, APERCIBIDOS QUE, EN CASO DE NO COMPARECER Y DE NO OFRECER PRUEBAS DENTRO DEL TERMINO ANTES CONCEDIDO, PRECLUIRÁ SU DERECHO PARA HACERLO CON POSTERIORIDAD EN ESTE JUICIO, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN V DEL ARTICULO 40 DE LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINO.- México, D.F. a 15 de abril del 2016. EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B” (Firma) LIC. JESUS JAVIER PAREDES VARELA. Para su publicación por tres veces de tres en tres días hábiles, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles. GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. BOLETÍN JUDICIAL, SOL DE MÉXICO.
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    68 GACETA OFICIALDE LA CIUDAD DE MÉXICO 2 de Junio de 2016   DIRECTORIO Jefe de Gobierno de la Ciudad de México MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA Consejero Jurídico y de Servicios Legales MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones EDGAR OSORIO PLAZA Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ INSERCIONES Plana entera...................................................................................... $ 1,753.70 Media plana............................................................................................ 943.30 Un cuarto de plana ................................................................................. 587.30 Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza. Consulta en Internet http://www.consejeria.cdmx.gob.mx GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V., CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA Núm. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80 (Costo por ejemplar $42.00)