1. CODIGO: SRE.101
VERSIÓN:01
FORMATO REVISIÓN DE ESTRATO VIGENCIA:12/07/2012
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Popayán, octubre 22 de 2012.
SEÑORES
ALCALDIA DE POPAYAN
Oficina Asesora de Planeación Municipal
___ Folios
Referencia. Solicitud de revisión de estrato socioeconómica artículo 6 de la ley 732 de 2002.
Dirección ________________Barrio_______________ Código Predial__________________.
Cordial saludo.
El suscrito usuario(a) en ejercicio de los derechos legales referenciados me permito solicitar
revisión del estrato socioeconómica asignado a mi vivienda. El estrato actual de mi vivienda es el
estrato numero ___, y solicito que se asigne el estrato numero___.
ARGUMENTOS
1. Mi vivienda es prefabrica, en bareque o tabla.
2. La vía principal es vehicular sin pavimentar.
3. La fachada de mi casa esta en obra negra.
4. Las viviendas aledañas están clasificadas con estrato menor.
5. Existen focos de contaminación.
6. Es una vivienda atípica.
7. Esta en zona de riesgo.
8. La vía de acceso es peatonal.
9. Otro. ______________________________________________
Agradezco que la presente petición se resuelva antes de dos meses que establece la ley 142 de
1994 y la ley 732 de 2002, y que en la respuesta a la misma se me informe de los recurso que
proceden contra la misma y en especial el recurso de apelación ante el Comité Permanente de
Estratificación.
SUSTENTO LEGAL DE LA PETICION
-Artículo 17 de la ley 689 de 2001, el cual a letra señala: Artículo 17. Modificase el artículo 104 de
la Ley 142 de 1994 el cualquedará así:….“Artículo 104. Recursos de los usuarios. Toda persona o
grupo de personas podrá solicitar por escrito la revisión del estrato urbano o rural que se le asigne.
Los reclamos serán atendidos y resueltos en primera instancia por la alcaldía municipal, en un
término no superior a dos (2) meses, y las apelaciones se surtirán ante el Comité Permanente de
Estratificación de su municipio o distrito quien deberá resolverlo en un término no superior a dos
(2) meses. En ambos casos, si la autoridad competente no se pronuncia en el término de dos (2)
meses, operará el silencio administrativo positivo”.
-Artículo 6 de la Ley 732 de 2012, que reza: Artículo 6°. Reclamaciones individuales. Toda persona
o grupo de personas podrá solicitar a la Alcaldía, en cualquier momento, por escrito, revisión del
estrato urbano o rural que le asigne. Los reclamos serán atendidos y resueltos en primera
instancia por la respectiva Alcaldía y las apelaciones se surtirán ante el Comité Permanente de
Estratificación de su municipio o distrito. (…)
Atentamente,
______________________
NOMBRE
DIRECCION
TELEFONO
Anexo. Copia del recibo de predial