EL TRIFE CRITERIOS DE ANULACIÓN El principal criterio que usó el TRIFE para anular casillas (o no), fue considerar que cada casilla era una elección independiente y aislada. De esta forma olvidaron que es una votación nacional es la que define al presidente. Por ejemplo si sobraban 60 votos, pero la diferencia entre primero y segundo en la casilla era mayor a los 60 votos, la casilla no era tocada. Pero si faltaban dos votos y la diferencia entre el primero y el segundo era de dos votos, entonces la casilla…¡se anulaba! Lo peor fue que dicho criterio se aplicó selectivamente: era aplicado estrictamente cuando el beneficiado en el acta era Obrador anulando de inmediato la casilla y todos los votos. Pero cuando Calderón era el que ganaba en el acta, el criterio se olvidaba, los votos eran recontados y el resultado se añadía al total nacional.
En  la casilla  66 3  contigua 2 de Chiapas , fueron a votar  355  ciudadanos, pero  sólo aparecieron 353 votos (dos votos se esfumaron o no fueron contados). Como la diferencia entre primero y segundo en la casilla era de dos votos la casilla fue anulada por el TRIFE, como puede verse en la pantalla de abajo. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 Casilla Total de ciudadanos que votaron conforme a  L .N.  Boletas depositadas en la urna  Votación emitida  Votación obtenida por primer lugar Votación obtenida por segundo lugar Diferencia entre primer y segundo lugar Votos computados irregularmente (diferencia mayor entre 2ª, 3ª y 4ª columnas) Determinante 663 c2 355 355 353 158 156 2 2 Si
En cambio el TRIFE concluyó que  a pesar de que en el acta de la casilla 2191 contigua 1 de Guanajuato aparecieron 60 votos de más (que fueron a parar a la cuenta de… el PAN), la diferencia no era determinante dado que el primer lugar le sacaba una ventaja de 220 votos al segundo. Por lo tanto, la casilla no fue anulada, es más, ni siquiera fue corregida y el PAN logró, además de que la casilla no se anulara, quedarse con 60 votos espurios. Vean abajo las cuentas del TRIFE: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 Casilla Boletas recibidas Ciudadanos que votaron conforme a la lista nominal Boletas depositadas  en  la urna Votación total Boletas sobrantes Diferencia entre la 2 y la 6 Votación 1er. Lugar Votación 2° lugar Diferencia entre 1° y 2° lugar Votos computados irregularmente (diferencia mayor entre 3, 4 y 5) 2191 c1 611 394 394 454 217 394 288 68 220 60
No se anuló  a pesar de que sobraban 88 votos Se anuló : faltaban 52 votos
EL TRIFE VARAS DISTINTAS Ahora veamos como el mencionado criterio de anulación por diferencias determinantes era aplicado selectivamente:  En el juicio SUP-JIN-235 / 2006  d el distrito 5 de Tab .  a cargo de Berta Navarro, fueron anuladas las  6  casillas favorables a la CBT, en las que los funcionarios no llenaron los rubros de votantes y de boletas extraídas , la CBT perdió 1,357 votos y el PAN sólo 36 votos. Pero en el juicio de SUP-JIN-195/2006, a cargo de Jesús Orozco, respecto al distrito 6 de Jalisco, fueron corregidas las 4 casillas con mismo problema mencionado anteriormente, de esta forma el PAN pudo sumar 995 votos (y la CBT 246).
Casillas anuladas  por falta de datos
Casillas no anuladas, aún con falta de datos
EL TRIFE VARAS DISTINTAS Ya mencionamos que en muchas casillas se produjeron errores tremendos, se triplicaba la votación, se intercambiaban datos, se beneficiaba a ciertos partidos. ¿Pero  que hacía el TRIFE cuando  le tocaba analizar casillas de ese tipo en donde  el PAN era el ganador ? Pues que  ordena ba  un recuento  y hacía todo lo posible por no anular la casilla ¿Y que hacía el TRIFE  cuando el beneficiado era otro partido  (en especial la CBT)?   pues ahí  anula ba  la casilla  de inmediato.
En la casilla 1284 de Sinaloa, los funcionarios de casilla sumaron los votos de las tres elecciones y tranquilamente las pusieron en las tres actas (algo que debió ser corregido en el distrito, pero no se hizo), el TRIFE la recontó y restó votos a todos los partidos.
En la casilla 7 del estado de Jalisco los funcionarios también sumaron las tres votaciones. Los funcionarios del IFE pasaron por alto las violaciones al COFIPE y el TRIFE... recont ó  los votos.
En  la casilla 260 de Yucatán, los funcionarios de casilla “se equivocaron” y le aumentaron 200 votos al PAN en la cuenta escrita. El TRIFE recontó la casilla y todos contentos (sobretodo los jueces y el PAN).
En el caso de la casilla 872 contigua 1 de Coahuila, los funcionarios se confundieron y pusieron en vez de los votos extraídos de las urnas, el número total de boletas que habían llegado  (lapsus cálami, le llamaron los Magistrados a estos “errores”). Como el ganador en esa casilla fue el PAN, la casilla no fue  anulada, sino que fue contada sin mayor problema y el PAN no perdió ahí, los 203 votos que los funcionarios de casilla le anotaron .
P ero p ara los casos en los que la CBT  ganaba la casilla,  el TRIFE no actuó igual: en casos  idénticos   a los anteriores  no contaba de nuevo los votos, simplemente anulaba las casillas por “irregularidades   determinante s” . Como la casilla 312 de Guerrero, donde la votación triplicada favorable a la Coalición  fue anulada sin miramientos .
También  la casilla 3376 de Veracruz  (cuya  acta   en el distrito no se podía leer), en el TRIFE se las arreglaron para obtener todos y cada uno de los datos necesarios para anular la votación triplicada que también favorecía a la CBT (¡o... fatal coincidencia!)
O la casilla 141 de Guerrero,  en  donde los funcionarios colocaron equivocadamente las boletas sobrantes en el rubro de las boletas extraídas . El TRIFE anuló la casilla  ¿por qué no se aplicó el lapsus cálami que se aplico en  los  casos  donde ganaba el PAN ?
EL TRIFE DOS VARAS DISTINTAS Mención aparte merece la FEPADE, que hasta la fecha sigue integrando averiguaciones acerca de las denuncias presentadas, desde hace más de  dos  año s . Pero las actitudes facciosas no se limitaron a distintos lugares o a diferentes Magistrados, pues  en el dto. 5 de Veracruz  en el juicio  SUP-JIN-011 / 2006 se anularon tres casillas donde la CBT había ganado, pero  en ese mismo distrito en el juicio  SUP-JIN-012 / 2006  y con el mismo Juez (Miguel Reyes),   cinco  casillas donde ganó el PAN,  que tenían diferencias determinantes aún más graves,  fueron recontadas y validadas . Ahora veamos otras actas en las que la injusticia y la parcialidad son evidentes: una fue anulada a pesar de que funcionarios explicaban el error y otras donde se aplicó facciosamente el criterio de anulación por falta de funcionarios.
Se anularon casillas donde los funcionarios claramente les indicaban que los votos faltantes debían ser buscados en la casilla contigua. los votos de ambas casillas, al sumarse dan el total de votantes de las dos, desafortunadamente era  otra  casilla que favorecía a la CBT
No se anuló Sí se anuló Solo dos funcionarios en la casilla
EL TRIFE CERTEZA Una de las cualidades que la Constitución ordena para las elecciones ,   es que  el IFE y el TRIFE  les aporten  CERTEZA, por eso ,  se le  ofrecieron  al TRIFE pruebas de los graves errores que se  habían cometido, de los que hemos ofrecido algunas muestras en esta presentación . Pero el TRIFE ignoró el mandato constitucional y las peticiones de partidos y ciudadanos que también le solicitaban darle CERTEZA a la elección con un recuento total y no accedió a hacerlo. Q uizás la verdadera razón para la actitud de  l as instituciones electorales es que ahora la CERTEZA que  tiene todo el electorado   del Páis  es que el PAN ¡NO GANÓ LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES! Ya mencionamos lo que hizo el TRIFE en  el caso de  analizar  casillas  en las que ganaba el  PAN  y en los casos en los que ganaba la CBT, veamos otros ejemplos de este tremendo contraste:
Casillas  no anuladas , con falta evidente de datos o con tremendos sobrantes de votos Ojo
Casillas  anuladas ,  por que faltaban  11  votos
Casillas  no anuladas , con errores evidentes y con faltantes de más de 60 votos en cada una Ojo
Casillas  anuladas por que faltaban 25 y 16  votos  respectivamente Ojo
Casillas  no anuladas , con faltantes de más de 40 votos en cada una Ojo
EL TRIFE INCONFORMIDAD La redacción de las leyes electorales, solo pone como partes interesadas a los partidos y a aquellos que esos mismos partidos designen mediante los respectivos oficios como sus representantes. De esa forma un ciudadano común, ¡¡no puede denunciar irregularidades!! Pues el TRIFE lo considera... ILEGÍTIMO y sus denuncias son deshechadas.. Eso significó que a pesar de que muchos ciudadanos fueron testigos del fraude electoral e iniciaron juicios de inconformidad con los resultados, en todos los casos el TRIFE, los consideró ilegítimos pues   “ la ley solo reconoce a los partidos políticos la legitimación para impugnar ese tipo de actos ” (juicios SUP-JIN-365-2006, SUP-JIN-376-2006). Por si fuera poco, el TRIFE no solo desechó los estudios que se le entregaron con pruebas irrefutables del fraude, sino que peor aún, a la hora de contar algunas casillas, ¡no se le ocurrió corregir primero los errores de captura que dañaban a la CBT!
En cómputos sólo capturaron 9 votos En cómputos sólo capturaron 17 votos Descuento adicional a la CBT en el recuento del juicio SUP-JIN-350/2006. Al no corregir primero la captura errónea, la CBT en esas dos casillas ¡obtuvo votos de menos! CASILLA PAN APM CBT NA Alt No. Reg. Nulos Cambió 22 675 C3 122 91 91 0 10 3 6 si 122 93 61 0 10 2 6 0 2 -30 0 0 -1 0   28 676 ESP 132 93 117 3 6 1 3 si 132 93 116 3 6 1 3 0 0 -1 0 0 0 0

Fraude en el TRIFE

  • 1.
    EL TRIFE CRITERIOSDE ANULACIÓN El principal criterio que usó el TRIFE para anular casillas (o no), fue considerar que cada casilla era una elección independiente y aislada. De esta forma olvidaron que es una votación nacional es la que define al presidente. Por ejemplo si sobraban 60 votos, pero la diferencia entre primero y segundo en la casilla era mayor a los 60 votos, la casilla no era tocada. Pero si faltaban dos votos y la diferencia entre el primero y el segundo era de dos votos, entonces la casilla…¡se anulaba! Lo peor fue que dicho criterio se aplicó selectivamente: era aplicado estrictamente cuando el beneficiado en el acta era Obrador anulando de inmediato la casilla y todos los votos. Pero cuando Calderón era el que ganaba en el acta, el criterio se olvidaba, los votos eran recontados y el resultado se añadía al total nacional.
  • 2.
    En lacasilla 66 3 contigua 2 de Chiapas , fueron a votar 355 ciudadanos, pero sólo aparecieron 353 votos (dos votos se esfumaron o no fueron contados). Como la diferencia entre primero y segundo en la casilla era de dos votos la casilla fue anulada por el TRIFE, como puede verse en la pantalla de abajo. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 Casilla Total de ciudadanos que votaron conforme a L .N. Boletas depositadas en la urna Votación emitida Votación obtenida por primer lugar Votación obtenida por segundo lugar Diferencia entre primer y segundo lugar Votos computados irregularmente (diferencia mayor entre 2ª, 3ª y 4ª columnas) Determinante 663 c2 355 355 353 158 156 2 2 Si
  • 3.
    En cambio elTRIFE concluyó que a pesar de que en el acta de la casilla 2191 contigua 1 de Guanajuato aparecieron 60 votos de más (que fueron a parar a la cuenta de… el PAN), la diferencia no era determinante dado que el primer lugar le sacaba una ventaja de 220 votos al segundo. Por lo tanto, la casilla no fue anulada, es más, ni siquiera fue corregida y el PAN logró, además de que la casilla no se anulara, quedarse con 60 votos espurios. Vean abajo las cuentas del TRIFE: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 Casilla Boletas recibidas Ciudadanos que votaron conforme a la lista nominal Boletas depositadas en la urna Votación total Boletas sobrantes Diferencia entre la 2 y la 6 Votación 1er. Lugar Votación 2° lugar Diferencia entre 1° y 2° lugar Votos computados irregularmente (diferencia mayor entre 3, 4 y 5) 2191 c1 611 394 394 454 217 394 288 68 220 60
  • 4.
    No se anuló a pesar de que sobraban 88 votos Se anuló : faltaban 52 votos
  • 5.
    EL TRIFE VARASDISTINTAS Ahora veamos como el mencionado criterio de anulación por diferencias determinantes era aplicado selectivamente: En el juicio SUP-JIN-235 / 2006 d el distrito 5 de Tab . a cargo de Berta Navarro, fueron anuladas las 6 casillas favorables a la CBT, en las que los funcionarios no llenaron los rubros de votantes y de boletas extraídas , la CBT perdió 1,357 votos y el PAN sólo 36 votos. Pero en el juicio de SUP-JIN-195/2006, a cargo de Jesús Orozco, respecto al distrito 6 de Jalisco, fueron corregidas las 4 casillas con mismo problema mencionado anteriormente, de esta forma el PAN pudo sumar 995 votos (y la CBT 246).
  • 6.
    Casillas anuladas por falta de datos
  • 7.
    Casillas no anuladas,aún con falta de datos
  • 8.
    EL TRIFE VARASDISTINTAS Ya mencionamos que en muchas casillas se produjeron errores tremendos, se triplicaba la votación, se intercambiaban datos, se beneficiaba a ciertos partidos. ¿Pero que hacía el TRIFE cuando le tocaba analizar casillas de ese tipo en donde el PAN era el ganador ? Pues que ordena ba un recuento y hacía todo lo posible por no anular la casilla ¿Y que hacía el TRIFE cuando el beneficiado era otro partido (en especial la CBT)? pues ahí anula ba la casilla de inmediato.
  • 9.
    En la casilla1284 de Sinaloa, los funcionarios de casilla sumaron los votos de las tres elecciones y tranquilamente las pusieron en las tres actas (algo que debió ser corregido en el distrito, pero no se hizo), el TRIFE la recontó y restó votos a todos los partidos.
  • 10.
    En la casilla7 del estado de Jalisco los funcionarios también sumaron las tres votaciones. Los funcionarios del IFE pasaron por alto las violaciones al COFIPE y el TRIFE... recont ó los votos.
  • 11.
    En lacasilla 260 de Yucatán, los funcionarios de casilla “se equivocaron” y le aumentaron 200 votos al PAN en la cuenta escrita. El TRIFE recontó la casilla y todos contentos (sobretodo los jueces y el PAN).
  • 12.
    En el casode la casilla 872 contigua 1 de Coahuila, los funcionarios se confundieron y pusieron en vez de los votos extraídos de las urnas, el número total de boletas que habían llegado (lapsus cálami, le llamaron los Magistrados a estos “errores”). Como el ganador en esa casilla fue el PAN, la casilla no fue anulada, sino que fue contada sin mayor problema y el PAN no perdió ahí, los 203 votos que los funcionarios de casilla le anotaron .
  • 13.
    P ero para los casos en los que la CBT ganaba la casilla, el TRIFE no actuó igual: en casos idénticos a los anteriores no contaba de nuevo los votos, simplemente anulaba las casillas por “irregularidades determinante s” . Como la casilla 312 de Guerrero, donde la votación triplicada favorable a la Coalición fue anulada sin miramientos .
  • 14.
    También lacasilla 3376 de Veracruz (cuya acta en el distrito no se podía leer), en el TRIFE se las arreglaron para obtener todos y cada uno de los datos necesarios para anular la votación triplicada que también favorecía a la CBT (¡o... fatal coincidencia!)
  • 15.
    O la casilla141 de Guerrero, en donde los funcionarios colocaron equivocadamente las boletas sobrantes en el rubro de las boletas extraídas . El TRIFE anuló la casilla ¿por qué no se aplicó el lapsus cálami que se aplico en los casos donde ganaba el PAN ?
  • 16.
    EL TRIFE DOSVARAS DISTINTAS Mención aparte merece la FEPADE, que hasta la fecha sigue integrando averiguaciones acerca de las denuncias presentadas, desde hace más de dos año s . Pero las actitudes facciosas no se limitaron a distintos lugares o a diferentes Magistrados, pues en el dto. 5 de Veracruz en el juicio SUP-JIN-011 / 2006 se anularon tres casillas donde la CBT había ganado, pero en ese mismo distrito en el juicio SUP-JIN-012 / 2006 y con el mismo Juez (Miguel Reyes), cinco casillas donde ganó el PAN, que tenían diferencias determinantes aún más graves, fueron recontadas y validadas . Ahora veamos otras actas en las que la injusticia y la parcialidad son evidentes: una fue anulada a pesar de que funcionarios explicaban el error y otras donde se aplicó facciosamente el criterio de anulación por falta de funcionarios.
  • 17.
    Se anularon casillasdonde los funcionarios claramente les indicaban que los votos faltantes debían ser buscados en la casilla contigua. los votos de ambas casillas, al sumarse dan el total de votantes de las dos, desafortunadamente era otra casilla que favorecía a la CBT
  • 18.
    No se anulóSí se anuló Solo dos funcionarios en la casilla
  • 19.
    EL TRIFE CERTEZAUna de las cualidades que la Constitución ordena para las elecciones , es que el IFE y el TRIFE les aporten CERTEZA, por eso , se le ofrecieron al TRIFE pruebas de los graves errores que se habían cometido, de los que hemos ofrecido algunas muestras en esta presentación . Pero el TRIFE ignoró el mandato constitucional y las peticiones de partidos y ciudadanos que también le solicitaban darle CERTEZA a la elección con un recuento total y no accedió a hacerlo. Q uizás la verdadera razón para la actitud de l as instituciones electorales es que ahora la CERTEZA que tiene todo el electorado del Páis es que el PAN ¡NO GANÓ LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES! Ya mencionamos lo que hizo el TRIFE en el caso de analizar casillas en las que ganaba el PAN y en los casos en los que ganaba la CBT, veamos otros ejemplos de este tremendo contraste:
  • 20.
    Casillas noanuladas , con falta evidente de datos o con tremendos sobrantes de votos Ojo
  • 21.
    Casillas anuladas, por que faltaban 11 votos
  • 22.
    Casillas noanuladas , con errores evidentes y con faltantes de más de 60 votos en cada una Ojo
  • 23.
    Casillas anuladaspor que faltaban 25 y 16 votos respectivamente Ojo
  • 24.
    Casillas noanuladas , con faltantes de más de 40 votos en cada una Ojo
  • 25.
    EL TRIFE INCONFORMIDADLa redacción de las leyes electorales, solo pone como partes interesadas a los partidos y a aquellos que esos mismos partidos designen mediante los respectivos oficios como sus representantes. De esa forma un ciudadano común, ¡¡no puede denunciar irregularidades!! Pues el TRIFE lo considera... ILEGÍTIMO y sus denuncias son deshechadas.. Eso significó que a pesar de que muchos ciudadanos fueron testigos del fraude electoral e iniciaron juicios de inconformidad con los resultados, en todos los casos el TRIFE, los consideró ilegítimos pues “ la ley solo reconoce a los partidos políticos la legitimación para impugnar ese tipo de actos ” (juicios SUP-JIN-365-2006, SUP-JIN-376-2006). Por si fuera poco, el TRIFE no solo desechó los estudios que se le entregaron con pruebas irrefutables del fraude, sino que peor aún, a la hora de contar algunas casillas, ¡no se le ocurrió corregir primero los errores de captura que dañaban a la CBT!
  • 26.
    En cómputos sólocapturaron 9 votos En cómputos sólo capturaron 17 votos Descuento adicional a la CBT en el recuento del juicio SUP-JIN-350/2006. Al no corregir primero la captura errónea, la CBT en esas dos casillas ¡obtuvo votos de menos! CASILLA PAN APM CBT NA Alt No. Reg. Nulos Cambió 22 675 C3 122 91 91 0 10 3 6 si 122 93 61 0 10 2 6 0 2 -30 0 0 -1 0   28 676 ESP 132 93 117 3 6 1 3 si 132 93 116 3 6 1 3 0 0 -1 0 0 0 0