2. LOS DERECHOS HUMANOS
Son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de
residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua o cualquier otra condición; es
decir, es el conjunto de características, atributos o facultades que corresponden a todos los seres
humanos como consecuencia de su dignidad, por tanto no pueden ser afectados o vulnerados, como
su vida, su integridad física y psíquica, su libertad personal y su libertad de conciencia, entre otros.
CARACTERISTICAS
Universalidad: todos los hombres los tienen, sin depender de su naturaleza.
Imprescriptibles: son anteriores y fundamentan su extensión por el lado del poder político; es
decir, no se pueden perder a lo largo del tiempo.
Irrenunciables e inalienables: nadie puede pasar desapercibido ante ellos ni ignorarlos.
Absolutos: son los primogénitos y los más importantes de nuestra historia y a ellos les debemos
el nacimiento de los demás derechos.
Innegociables: no se puede discutir sobre ellos, ya que constituyen la dignidad de todas las
personas.
3. PROCLAMACIÓN
Después de la Segunda Guerra Mundial, en 1945, la Organización de las Naciones Unidas
(ONU) sintieron la necesidad de que en todo el mundo, sin ninguna distinción, toda persona
debería de gozar de los derechos y libertades fundamentales.
Teniendo en consideración que la dignidad es la base de todos los derechos y libertades
fundamentales de todo ser humano, los Derechos Humanos se proclaman el 10 de diciembre de
1948, en París, mediante la Declaración Universal de los Derechos Humanos Nº 217 -III-A.
Esta Declaración es una resolución adoptada por unanimidad por la Asamblea General de la
Organización de las Naciones Unidas (ONU). El objetivo de la misma, es promover y potenciar el
respeto por los Derechos Humanos y las libertades fundamentales. Dicha declaración proclama
los derechos personales, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales del hombre, los
cuales sólo se ven limitados por el reconocimiento de los derechos y libertades de los demás, así
como por los requisitos de moralidad, orden público y bienestar.
4. DEFINICIÓN SEGÚN LA DECLARACIÓN
UNIVERSAL Y PARA QUÉ SIRVEN
DEFINICIÓN SEGÚN LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS
HUMANOS.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece una definición clara en su Art. 1
que consagra lo siguiente:” Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y
derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los
unos con los otros."; y continúa en el Art. 2 " Toda persona tiene todos los derechos y libertades
... sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquiera
índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición".
¿PARA QUÉ SIRVEN LOS DERECHOS HUMANOS?
De manera amplia se puede afirmar que los Derechos Humanos crean un campo de acción
dentro del cual la persona se puede desenvolver libremente y en donde queda protegida contra
actos ilícitos del estado y los particulares.
5. DERECHOS HUMANOS EN LA
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
La Constitución de 1999 establece, a lo largo de su Título III, un amplio marco de protección de los
derechos humanos, tanto de aquellos contemplados en su propio texto como los que se encuentran
desarrollados en tratados, pactos o convenios internacionales que Venezuela ha suscrito y ratificado.
Asimismo, nuestra Carta Magna establece que estos tratados, pactos y convenciones relativos a
derechos humanos, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en
que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por la
Constitución y las leyes de la República Bolivariana de Venezuela.
La Constitución nacional es innovadora en materia de derechos humanos, pues además de proteger
los intereses individuales, extiende esa protección a los intereses legítimos, colectivos y difusos. La
clasificación que establece la Constitución Nacional define el lenguaje común de los derechos
humanos en Venezuela: Derechos de Nacionalidad y la Ciudadanía, Derechos Civiles, Derechos
Políticos, Derechos Sociales y de las Familias, Derechos Culturales y Educativos, Derechos
Económicos, Derechos de los Pueblos Indígenas y Derechos Ambientales.