2. MINISTERIO DE CULTURA LEY 29565 PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN GESTIÓN CULTURAL E INDUSTRIAS CULTURALES CREACIÓN CULTURAL CONTEMPORANEA Y ARTES VIVAS PLURALIDAD ÉTNICA Y CULTURAL DE LA NACIÓN BNP ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN INSTITUTO DE RADIO TELEVISIÓN DEL PERÚ (IRTP) ACADEMIA MAYOR DE LA LENGUA QUECHUA MATERIAL E INMATERIAL
3. ENTIDADES FUSIONADAS Adicionalmente, mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, se aprobó la fusión de las siguientes entidades y órganos: Consejo Nacional de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura – PROMOLIBRO Consejo Nacional de Cinematografía – CONACINE . Proyecto Especial Complejo Arqueológico de Chan Chan . Proyecto Especial Naylamp – Lambayeque. Unidad Ejecutora Marcahuamachuco.
4. Patrimonio Cultural del Perú: La Ley Nº 28296, General del Patrimonio Cultural de la Nación, define al Patrimonio Cultural de la siguiente manera: Se entiende por bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano –material o inmaterial- que por su importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo. Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones que establece la presente Ley.