El documento define el contrato de trabajo como un acuerdo voluntario en el que una persona se compromete a prestar un servicio a otra a cambio de un salario, requiriendo la concurrencia de subordinación, salario y prestación personal del servicio. Además, señala que siempre que existan estos tres elementos del artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, se considerará un contrato laboral, independientemente de cómo se haya pactado.