4. La neutralidad: Que el Estado habrá de asegurar para todos los ciudadanos igualdad de oportunidades para promover cualquier concepción del bie que profese libremente. Que el Estado no habrá nada que tenga como propósito favorecer o promover ninguna doctrina comprensiva particular ni dar mayor asistencia a quienes la profesan. Solo concepciones permisibles: las que respetan los principios de la justicia puedan promoverse.