Este documento describe la sociedad colectiva como una forma societaria en la que los socios responden de forma solidaria e ilimitada por las obligaciones sociales. Estipula que la razón social debe incluir el nombre de todos los socios y la expresión "Sociedad Colectiva" o "S.C.", y que la duración es por un plazo fijo. También detalla los requisitos para la modificación del pacto social, la administración, la transferencia de participaciones, y otros aspectos clave de esta forma societaria.