Este documento define el delito como una acción u omisión penada por la ley. Explica que un delito tiene cuatro elementos constitutivos: la acción, la antijuricidad, la culpabilidad y la tipicidad. También cubre conceptos como la imputabilidad, la punibilidad y ubica el derecho penal dentro del derecho venezolano, señalando que es de carácter público debido a que el estado establece las normas directamente.
1. República Bolivariana de Venezuela
Vicerrectorado Académico
Universidad Bicentenaria de Aragua
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
San Joaquín de Turmero, Edo. Aragua
EL El DELITO
delito
Integrante:
Freddy Molinares C.I: 23.790.641
2. El delito
• El Delito es una acción u omisión penada por la
ley.
• Toda conducta que el legislador sanciona con
una pena.
• Acción u omisión típica antijurídica, culpable y
punible.
• Art. 1 C.P
• Art 49 Ord. 6 C.R.B.V
3. Elementos constitutivos del delito
• La Acción: El comportamiento humano es
la base de la Teoría del delito. Si no hay
acción humana no hay delito.
• La Antijuricidad: es la desaprobación del
acto voluntario típico al ordenamiento
jurídico. El homicidio se castiga solo si es
antijurídico, si se justifica por un estado de
necesidad (legitima defensa), no es delito.
5. En este caso el la persona que
conducía se le exime de
responsabilidad ya que hay una
pasarela y el peatón debió pasar
por ella para así evitarse un daño
hacia su persona
6.
7.
8. Elementos constitutivos del delito
• La Culpabilidad: Irreprochabilidad de la
conducta de una persona imputable y
responsable. Para que haya culpabilidad
tiene que presentarse el dolo y la culpa.
• La Tipicidad: La tipicidad es la
adecuación, o encaje del acto humano
voluntario ejecutado por el sujeto a la
figura descrita por la ley como delito.
9. Elementos constitutivos del delito
• La Imputabilidad: Capacidad del sujeto para
conocer el carácter ilícito del hecho o
determinarse espontáneamente conforme a esa
comprensión
• Punibilidad: La punibilidad se traduce en una
sanción que es la pena
10. Ubicación del derecho penal en el
campo del derecho venezolano
En esta clases de normas jurídicas
penales, el estado no deja a la voluntad de
los individuos la creación de derechos,
obligaciones y responsabilidades, sino que
fija las normas directamente destinadas a
la generalidad y procede como poder
soberanamente regulador de la conducta,
es por esta razón que el DERECHO
PENAL ES PUBLICO.
11. Bibliografía
• Codigo Penal Venezolano.
• Teoria del Delito. Raul Plasencia Villanueva.
Universidad nacional autónoma de México
2004.