El documento habla sobre el derecho penal especial, que estudia los diferentes tipos de delitos establecidos en la ley penal. Explica brevemente su historia y cómo surgió la parte general del derecho penal. Luego define los elementos de un delito singular como el acto, la tipicidad, la atipicidad, la antijuricidad, la imputabilidad, la inimputabilidad, la culpabilidad, la inculpabilidad y la punibilidad. Finalmente, resume la clasificación de los delitos en la ley venezolana y la estructura del có
AUTOR: HERNÁN PABLO NADAL
Presentación realizada en el webinario sobre voluntariado online para la protección del ambiente, en el marco de Ciberactivista2010, organizada por Sinergianet.
en las diapositivas podrán encontrar desde la introducción al derecho penal, identificando que es un delito, hasta poder identificar los elementos del mismo: positivos o negativos, esenciales para su acreditación
La Pena como la consecuencia del delito. Condiciones objetivas de punibilidad. Ausencia. La penalidad. Ausencia de penalidad. Las excusas absolutarias.
Causas generales de atenuación de la pena (Art. 74 del Código Penal Venezolano). Clasificación. Atenuantes Específicas: La enfermedad mental insuficiente. Clasificación. La perturbación mental. Por embriaguez. Exceso en la defensa. El arrebato e intenso dolor. La Vejez,
Causas generales de agravación de la pena. Art. 77 del Código Penal venezolano. Clasificación, Concurso de delitos: concurso real y concurso ideal de delitos. La reincidencia.
Qué Es La Teoría Del Delito?“La Teoría Del Delito es un sistema categorial clasificatorio y secuencial, en el que, peldaño a peldaño, se va elaborando a partir del concepto básico de la acción, los diferentes elementos esenciales comunes a todas las formas de aparición del delito.”
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfsandradianelly
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Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
Tema 1
1. Tema 1<br />Derecho penal especial:<br />Objeto:<br />Estudiar las singulares especies o géneros criminales, y las contravenciones en particular. Estudia los diversos tipos legales establecidos en la ley penal.<br />Breve reseña histórica:<br />Solo existía lo que conocemos como parte especial del derecho penal. las leyes en ese entonces eran simples catálogos, más o menos ordenados de figuras delictivas.<br />Pero debido a diversas características de algunos delitos, se comenzó a tomar en cuenta y estudiar a fondo algunas instituciones específicas de lo que llamamos parte general del derecho penal.<br />como ejemplo tenemos:<br />Legítima defensaRelación de causalidadEstado de necesidadHomicidioxxLesiones personalesxxHurto famélicoxAborto terapéuticox<br />Surge la parte general que consagra los principios y reglas aplicables a todos los delitos.<br />En la actualidad se considera que ambas partes (general y especial) son de igual importancia y de hecho interdependientes.<br />Esquema del delito singular<br />Según Jiménez de asúa, (gran estudioso del derecho penal), sostiene:<br />Acto:<br />Es una conducta exterior, positiva o negativa (causas de ausencia de acto o de acción: el sueño natural o artificial); los movimientos reflejos, la ebriedad onírica (alucinada, soñadora); el acto violentado y la omisión por causa insuperable.), humana y voluntaria, que determina un cambio en el mundo exterior (resultado).<br />Tipicidad:<br />Es uno de los elementos de delito que implica una relación de perfecta adecuación, de total conformidad entre un acto de la vida real y un tipo penal (artículo de la ley penal).la adaptabilidad de un acto a un tipo penal.<br />Atipicidad (elementos negativos del delito):<br />Cuando se habla del autor de un hecho, debemos configurar el “verbo rector” que no es otra cosa que el “núcleo” de la figura delictiva, indica referencias del sujeto activo (ejemplo: para que se lleve a cabo un delito de peculado, el autor debe ser un funcionario público que este encargado de la recaudación, custodia o administración de objetos muebles o dineros públicos), es decir, debe estar su conducta y condición enmarcada dentro de esta descripción del artículo. Y el sujeto pasivo (ejemplo, la seducción con promesa matrimonial solo puede perpetrarse en perjuicio de una mujer conocidamente honesta, mayor de dieciséis y menor de veintiún años), a que se produce una discriminación, amén de las características que deben ser estudiadas o al objeto material, ejemplo: el hurto se comete sobre cosas muebles). Igualmente existen otros tipos que contienen referencias temporales, espaciales u ocasionales, que luego estudiaremos a profundidad.<br />Antijuricidad<br />Este elemento del delito se relaciona con una contradicción o contraste entre un acto de la vida real (acción) y el resto de las normas objetivas (leyes) del derecho positivo vigente. Está conformado por las causas de justificación, que son: legítima defensa, estado de necesidad, ejercicio legítimo de un derecho subjetivo (sujeto), cumplimiento de un deber jurídico, ejercicio legítimo de una profesión, entre otras.<br />Imputabilidad<br />Conjunto de condiciones físicas y psíquicas, de salud y madurez mental, necesarias legalmente para que un sujeto (persona) le sea tribuido el acto típicamente antijurídico que ha ejecutado, es decir, la capacidad de obrar en materia penal.<br />Inimputabilidad<br />son las causas que excluyen la imputabilidad, tales como, la minoridad o minoría penal 8el sujeto activo no ha alcanzado para la fecha de llevarse a cabo el acto u hecho, la edad de dieciocho años) y la enfermedad mental (temporal o permanente) que privan al agente de la conciencia o de la libertad de sus actos.<br />Culpabilidad<br />Es el cúmulo de supuestos que fundamentan la reprochabilidad personal del acto típicamente antijurídico. es el supuesto necesario de la culpabilidad, tanto es así, que la imputabilidad se denomina también la capacidad de culpabilidad.<br />Dentro del aspecto negativo de la culpabilidad es llamado la inculpabilidad. Por excelencia el error de hecho esencial (donde encuentran su base otras causas de inculpabilidad que se estudian separadamente, como son, la obediencia jerárquica o obediencia legitima o debida y las eximentes putativa.), cuando es invencible o refutable, excluye tanto el dolo como la culpa, si el delito en cuestión está previsto en su hipótesis culposa.<br />Punibilidad<br />Un acto necesita ser sancionado por la ley penal para que sea tratado como tal. (nullum crimen nulla poena sine lege). el aspecto negativo de la punibilidad está conformado por las llamadas excusas absolutorias o causas de impunidad. Estas son las que impiden que se aplique al individuo imputable que ha realizado un acto típicamente antijurídico y culpable, la pena contemplada en la ley por razones de política criminal. (Debatir sobre el artículo 483 del código penal).<br />Causas de agravación y de atenuación de la responsabilidad penal, las cuales determinan, respectivamente, un aumento o una disminución de la penal normalmente aplicable a quien perpetre un delito determinado. Cabe destacar, que se debe considerar si el delito es enjuiciable de oficio o a instancia de la parte agraviada.<br />Clasificación de los delitos por la ley venezolana<br />El código penal vigente clasifica los delitos atendiendo al bien jurídico tutelado lo cual se encentra consagrado en los diez títulos que forman el libro segundo del código penal, a saber:<br />1.- delitos contra la independencia y la seguridad de la nación<br />2.- delitos contra<br />la libertad<br />3.- delitos contra la cosa pública<br />4.- delitos contra la administración de justicia<br />5.- delitos contra el orden público<br />6.- delitos contra la fe pública<br />Delitos contra la conservación de los intereses públicos y privados<br />8.- delitos contra las buenas costumbres y el buen orden de las familias<br />9.-delitos contra las personas<br />10.- delitos contra la propiedad<br />Estructura del código penal <br />Se divide en tres libros:<br />libro primero: <br />disposiciones generales sobre los delitos y las faltas, las personas responsables y las penas.<br />libro segundo: <br />de las diversas especies de delito.<br />libro tercero: <br />de las faltas en general<br />