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DGAC - BOLIVIA
Luis B. Rojas Santa Cruz
DGAC BOLIVIA
Documentación:
Operación de Aeronaves PANS/OPS Doc. 8168
Manual de Cartas Aeronáuticas Doc. 8697 (2da Ed. 1987)
Anexo 4
Circular OACI 336 AN/195
ANEXO 4 – Carta de Aproximación por Instrumentos
Función: Proporcionar a las tripulaciones información que les permita
efectuar un procedimiento aprobado de aproximación por instrumentos
a la pista prevista de aterrizaje, incluso el procedimiento de
aproximación frustrada y, cuando proceda, los circuitos
correspondientes de espera.
Disponibilidad:
instrumentos —
Se proporcionarán cartas de aproximación por
OACI:
• para los aeródromos utilizados por la aviación civil
internacional, en que se hayan establecido procedimientos
de aproximación.
• para cada procedimiento de aproximación de precisión.
• para cada procedimiento de aproximación que no sea de
precisión.
Disponibilidad:
• Se proporcionará más de una carta, cuando en los tramos
diferentes al de aproximación final de un procedimiento por
instrumentos, los valores de la derrota, el tiempo o la altitud,
sean distintos para diferentes categorías de aeronaves.
• Las cartas de aproximación se revisarán
anticuada la información esencial para
vuelos.
siempre que se haga
la seguridad de los
Coberturay
Escala:
La cobertura de la carta será suficiente para incluir todos los tramos del
procedimiento de aproximación por instrumentos y las áreas adicionales
que sean necesarias para el tipo de aproximación que se trate de
efectuar.
Cobertura y Escala:
Se indicará la escala.
Salvo cuando no sea factible se indicará un círculo de distancia de
20 km (10 NM) de radio con centro en un DME situado en el
aeródromo o sus cercanías.
Formato:
El tamaño de la hoja debería ser de 210 × 148 mm
Proyección:
Se usará una proyección conforme en la que una línea recta
represente
aproximadamente un círculo máximo.
Identificación
SUCRE
JUANA AZURDUY DE
PADILLA
IAC - SLSU
RNAV (GNSS) RWY 23
Construcciones y topografía
Se proporcionará la información topográfica y de construcciones pertinente a
la ejecución de los procedimientos
Declinación magnética
El valor de la declinación, redondeado
usado para determinar las marcaciones,
al grado más próximo coincidirá con
derrotas y radiales magnéticos.
el
SUCRE
JUANA AZURDUY DE
PADILLA
IAC - SLSU
RNAV (GNSS) RWY 23
Marcaciones, derrotas y radiales
Las marcaciones, derrotas y radiales serán magnéticos. Cuando se
proporcionen adicionalmente como valores verdaderos para los
tramos RNAV, las marcaciones y las derrotas se mostrarán en
paréntesis redondeadas a la décima de grado más próxima.
Datos aeronáuticos
Aeródromos
Se indicarán con el símbolo apropiado todos los aeródromos que
muestren desde el aire una configuración sobresaliente.
Se indicará el trazado de las
pistas a una escala lo
suficientemente grande.
Obstáculos
Se indicarán los obstáculos en la vista de planta de la carta.
La elevación de la cima de los obstáculos se indicará redondeada
o pie superior más próximo.
al metro
(806’)
Zonas prohibidas, restringidas o peligrosas
Instalaciones de radiocomunicaciones y radioayudas para la navegación
RNAV
Se indicarán e identificarán el IAF, IF, FAF o FAP para procedimientos de precisión, el (MAPt)
cuando se establezca, y otros puntos de referencia o puntos esenciales incluidos en el
procedimiento.
Altitud mínima de sector (MSA) o altitud de llegada a terminal
(TAA)
Se indicará la altitud mínima de sector o la altitud de llegada a terminal establecidas por
la autoridad competente, de forma que se vea claramente a qué sector se aplican.
Representación de las derrotas reglamentarias
La vista de planta dará la siguiente información, de la manera indicada:
a) la derrota del procedimiento por medio de una línea continua con flecha que indique el
sentido de vuelo;
la derrota del procedimiento de aproximación frustrada, por una línea de trazos con
flecha;
toda otra derrota reglamentaria salvo las especificadas en a) y b), por una línea de
puntos con flechas;
las marcaciones, derrotas, radiales redondeados al grado más próximo, y distancias
redondeadas a las dos décimas de kilómetro o décima de milla marina más próximas,
o tiempos requeridos para el procedimiento;
cuando no se disponga de ayuda definidora de derrota, la marcación magnética,
redondeada al grado más próximo desde las radioayudas para la navegación que se
usen en la aproximación final, hasta el aeródromo;
los límites de cualquier sector en el que estén prohibidas las maniobras de
aproximación visual (en circuito);
si se especifican, el circuito de espera y la altitud/altura mínimas de espera relativos a
la aproximación y a la aproximación frustrada;
notas de advertencia cuando sean necesarias que destaquen claramente en el anverso
de la carta; e
una indicación de los puntos significativos de “sobrevuelo”.
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
40'
LAS l'v'l>RO C i ct-ES SCN WIGl'ÉT!CA.S,
ALTITl.DES, 8.EVACict-ES Y AL1URAS B'4
PIES, DISTI-NCTAS EN MllAS NÍ,¡JrrCA.S,
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10'
10' 50'
Se proporcionará un perfil, normalmente debajo de la vista de planta.
Mínimos de utilización de
aeródromo
Se indicarán los mínimos de utilización de aeródromo, cuando el Estado los haya
establecido.
Las alturas requeridas por los procedimientos deberían indicarse entre
paréntesis,
utilizando la referencia de una altura seleccionada.
Información
suplementaria
PUBLICACIÓN
PUBLICACIÓN
1
1
"JUANA AZURDUY DIE PADILLA" - SLSU
CODlflCACION Y TIPOS DIE TERMINACION DE TRAYECTORIIA i(PATHI TERMINATOR)
PROCEDIMIENT1Q1 RNAV (GNSS) Z RWY 23
Recorrido RNP
Oe.sle F:8/FO EntreWP
en Altitud VPA
(sec) (miíl) TemiinatQ
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(IAF) (225.68)
(IAF) (315.68)
(IAF) (135.68)
(IF) (225.68)
(FAF) (225.68)
(MAPT) (225.68)
(MATF) (166.68)
(MAHF)
Punto de Lat.Sur Long_Oeste Lat Sur Long Pa
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1
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5
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9' 00: 1
' 065.17.D' FO TF 1
5 175 10600"
1.0
VUDSO 1
1
� 14' 43.60" 066D13' 05",W' 1
9' 14.7' 065"13.3' FO 14000'
Definiciones Básicas
Especificación RNAV: Especificación de navegación
de vigilancia
de a bordo.
que NO
incluye requisitos
de la performance
y alerta
Especificación RNP: Especificación de navegación que SI
incluye requisitos de vigilancia
de la performance de a bordo.
y alerta
Hasta ahora los Estados han venido definiendo el nombre de la
Carta de Aproximación por Instrumentos (IAC) en base al tipo
de especificación PBN que se requiere para efectuar la
aproximación:
RNAV GNSS Z RWY23
RNP X RWY 05 *
RNAV (GPS) RWY 04
RNAV (RNP) RWY 22 *
*El término RNP indica la necesidad de una Autorización Requerida (AR).
Al examinar las especificaciones PBN, es evidente que un IAP
basado en GNSS es una aproximación RNP dado el requisito de
Control y Alerta a bordo, por lo tanto todos los procedimientos de
aproximación RNAV GNSS son procedimientos RNP.
El Grupo de Expertos Sobre Procedimientos de Vuelo por
Instrumentos (IFPP) recomendó que se enmendaran los PANS-OPS
y que todas las aproximaciones basadas en GNSS se denominen
RNP y que los procedimientos vigentes necesarios para la
autorización RNP se designaran por el término RNP (AR).
Extracto de Cir. 336 - OACI
Vigilancia y alerta de la performance de abordo.
SIS: (Señal en el Espacio)
Durante las operaciones en el espacio aéreo o en rutas
designadas como RNAV 1, si se usa GNSS, el equipo de
navegación de la aeronave dará la alerta si la probabilidad de
que los errores de SIS que causan un error de posición lateral
…..
Doc. 9613 II-B-3
Las operaciones RNAV 1 y RNAV 2 se basan en el uso de equipo
RNAV que determina automáticamente la posición de la aeronave
en el plano horizontal empleando información de los sensores de
posición (sin prioridad especifica) de los siguientes tipos:
a) GNSS
b) RNAV DME/DME
c) RNAV DME/DME/IRU
La especificación RNAV 1 y 2 es aplicable a todas las rutas ATS,
incluso cuando se trata de operaciones en ruta, SID y STAR y
también se aplica en un procedimiento de aproximación hasta el
FAF.
Doc. 9613 II-B-3-1, 3.1.2.2
En base a estos antecedentes la OACI ha determinado que la etapa de
transición y de aplicación contemplará las siguientes fechas:
Hasta el 30 de noviembre de 2022, las cartas de aproximación en las que
se representen procedimientos que se ajusten a los criterios de
especificación de navegación RNP AR APCH debe contener bien el término
RNP (AR) o RNAV (RNP) en la identificación.
Sin embargo, a partir del 01 de diciembre de 2022, solamente estará
permitido el término RNP (AR).
Hasta el 30 de noviembre de 2022, las cartas de aproximación en las que
se representen procedimientos que se ajusten a los criterios de
especificación de navegación RNP APCH debe contener bien el término RNP
o RNAV (GNSS) en la identificación.
Sin embargo, a partir del 01 de diciembre de 2022, solamente estará
permitido el término RNP.
Los procedimientos denominados actualmente RNAV y que se ajustan a la
especificación PBN RNP APCH o RNP AR APCH se denominarán RNP:
Ejemplos de Cambios
RNP Z RWY 2323
RNAV (GNSS) Z RWY
Denominación
Actual
Denominación
Provisional
Denominación
Definitiva
RNAV (GPS) RWY 23 RNAV (GPS) RWY 23 RNP RWY 23
RNAV (GNSS) RWY 23 RNAV (GNSS) RWY 23 RNP RWY 23
RNAV (RNP) RWY 23 RNAV (RNP) RWY 23 RNP RWY 23 (AR)
Hasta el 30/NOV/2022 A partir del 01/DIC/2022
Aproximaciones PBN – Sufijos entre paréntesis
LNAV/VNAV)
LNAV/VNAV)
LNAV/VNAV)
Condición Sufijo Ejemplos
El procedimiento solo
tiene una línea de
mínimos LPV.
Solo LPV
RNP RWY 23 (solo LPV)
RNP (GNSS) RWY 23 (solo LPV)
El procedimiento solo
tiene una línea de
mínimos LNAV/VNAV.
Solo LNAV/VNAV
RNP RWY 23 (solo LNAV/VNAV)
RNP (GNSS) RWY 23 (solo
El procedimiento tiene
líneas de mínimos LPV y
LNAV/VNAV, pero no
mínimos LNAV.
Solo LPV,
LNAV/VNAV
RNP RWY 23 (solo LPV,
RNP (GNSS) RWY 23 (solo LPV,
El procedimiento solo
tiene una línea de
mínimos LP.
Solo LP
RNP RWY 23 (solo LP)
RNP (GNSS) RWY 23 (solo LP)
RNP Z RWY 23
(Solo LNAV)
PUBLICACIÓN
Los requisitos opcionales para los procedimientos deben figurar
en forma de notas en las cartas, dentro de un recuadro de
requisitos PBN.
Especificación para la
navegación
Requisitos Opcionales
RNP APCH Se requiere RF
RNP APCH
Se requiere RF
RNP < 0,3
Aproximación frustrada RNP < 1
RNP avanzada RNP < 1 en los tramos inicial e intermedio
RNP 0,3 Se requiere RF
or.
Se requiere llevar a cabo un Plan Estatal de Transición y Gestión de los Cambios.
parte del mantenimiento
(GNSS)
parte del mantenimiento
puede requerir cambios en el
pilotos, sesiones de
Núm. Elemento Requisito Observaciones
1 Identificación de
las cartas
Las cartas de aproximación
RNAV actuales pasarán a
denominarse RNAV RWY
XX o bien directamente RNP
RWY XX
Los Estados deben determinar
plazos y prioridades de los
cambios. Se podrían
introducir enmiendas como
periódico de las cartas. Se
puede requerir cambios en el
soporte lógico de
automatización.
2 Tabla – Recuadro
de requisitos PBN
Añadir recuadros de
requisitos PBN a cada IAC
PBN si corresponde.
Los Estados deben determinar
plazos y prioridades de los
cambios. Se podrían
introducir enmiendas como
periódico de las cartas. Se
soporte lógico de
automatización.
3 Instrucción a los
pilotos.
Información didáctica a los
pilotos.
Mediante boletines para
entrenamiento en simulad
la aplicación de los cambios
de procedimientos de vuelo
según seas necesario.
los cartógrafos de cada
aeronaves actuaran según sea
tenga que publicar
Núm
.
Elemento Requisito Observaciones
4
Instrucción a los
ATCOs
Información didáctica a los
ATCOs.
Mediante boletines para
ATCOs. Instrucción antes de
en las cartas.
5 Bases de Datos
Posibles enmiendas a las bases
de datos actuales para reflejar
los cambios.
Los proveedores de bases de
datos actuarán según sea
necesario.
6
Soporte lógico de
diseño de
procedimientos.
Posible modificación del
soporte lógico de diseño para
reflejar los cambios.
Las organizaciones de diseño
por instrumentos actuaran
7 Cartógrafos
Las cartas deberán modificarse
según los números 1 y 2.
Cambios en la AIP, actuación de
los cartógrafos.
Coordinación entre el AIS y
Estado.
8 Manual de vuelo
del avión (AFM)
Tal vez tenga que enmendarse
el AFM para reflejar la
aprobación RNP.
Los explotadores de
necesario.
9
Aprobación de
las operaciones
(OPS)
Tal vez tenga que enmendarse
la aprobación OPS actual para
reflejar la autorización de la
aproximación RNP.
La entidad reguladora tal vez
aclaraciones.
IAC – SLAL
RNP Z RWY 23
(Solo LNAV)
ALCANTARI SLAL
RNP Z RWY 36 (Solo LNAV)
GRACIAS

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  • 1. DGAC - BOLIVIA Luis B. Rojas Santa Cruz DGAC BOLIVIA
  • 2. Documentación: Operación de Aeronaves PANS/OPS Doc. 8168 Manual de Cartas Aeronáuticas Doc. 8697 (2da Ed. 1987) Anexo 4 Circular OACI 336 AN/195
  • 3. ANEXO 4 – Carta de Aproximación por Instrumentos Función: Proporcionar a las tripulaciones información que les permita efectuar un procedimiento aprobado de aproximación por instrumentos a la pista prevista de aterrizaje, incluso el procedimiento de aproximación frustrada y, cuando proceda, los circuitos correspondientes de espera. Disponibilidad: instrumentos — Se proporcionarán cartas de aproximación por OACI: • para los aeródromos utilizados por la aviación civil internacional, en que se hayan establecido procedimientos de aproximación. • para cada procedimiento de aproximación de precisión. • para cada procedimiento de aproximación que no sea de precisión.
  • 4. Disponibilidad: • Se proporcionará más de una carta, cuando en los tramos diferentes al de aproximación final de un procedimiento por instrumentos, los valores de la derrota, el tiempo o la altitud, sean distintos para diferentes categorías de aeronaves. • Las cartas de aproximación se revisarán anticuada la información esencial para vuelos. siempre que se haga la seguridad de los Coberturay Escala: La cobertura de la carta será suficiente para incluir todos los tramos del procedimiento de aproximación por instrumentos y las áreas adicionales que sean necesarias para el tipo de aproximación que se trate de efectuar.
  • 5. Cobertura y Escala: Se indicará la escala. Salvo cuando no sea factible se indicará un círculo de distancia de 20 km (10 NM) de radio con centro en un DME situado en el aeródromo o sus cercanías.
  • 6. Formato: El tamaño de la hoja debería ser de 210 × 148 mm Proyección: Se usará una proyección conforme en la que una línea recta represente aproximadamente un círculo máximo.
  • 8. Construcciones y topografía Se proporcionará la información topográfica y de construcciones pertinente a la ejecución de los procedimientos
  • 9. Declinación magnética El valor de la declinación, redondeado usado para determinar las marcaciones, al grado más próximo coincidirá con derrotas y radiales magnéticos. el SUCRE JUANA AZURDUY DE PADILLA IAC - SLSU RNAV (GNSS) RWY 23
  • 10. Marcaciones, derrotas y radiales Las marcaciones, derrotas y radiales serán magnéticos. Cuando se proporcionen adicionalmente como valores verdaderos para los tramos RNAV, las marcaciones y las derrotas se mostrarán en paréntesis redondeadas a la décima de grado más próxima.
  • 11. Datos aeronáuticos Aeródromos Se indicarán con el símbolo apropiado todos los aeródromos que muestren desde el aire una configuración sobresaliente. Se indicará el trazado de las pistas a una escala lo suficientemente grande.
  • 12. Obstáculos Se indicarán los obstáculos en la vista de planta de la carta. La elevación de la cima de los obstáculos se indicará redondeada o pie superior más próximo. al metro (806’)
  • 13. Zonas prohibidas, restringidas o peligrosas Instalaciones de radiocomunicaciones y radioayudas para la navegación RNAV
  • 14. Se indicarán e identificarán el IAF, IF, FAF o FAP para procedimientos de precisión, el (MAPt) cuando se establezca, y otros puntos de referencia o puntos esenciales incluidos en el procedimiento.
  • 15. Altitud mínima de sector (MSA) o altitud de llegada a terminal (TAA) Se indicará la altitud mínima de sector o la altitud de llegada a terminal establecidas por la autoridad competente, de forma que se vea claramente a qué sector se aplican.
  • 16. Representación de las derrotas reglamentarias La vista de planta dará la siguiente información, de la manera indicada: a) la derrota del procedimiento por medio de una línea continua con flecha que indique el sentido de vuelo; la derrota del procedimiento de aproximación frustrada, por una línea de trazos con flecha; toda otra derrota reglamentaria salvo las especificadas en a) y b), por una línea de puntos con flechas; las marcaciones, derrotas, radiales redondeados al grado más próximo, y distancias redondeadas a las dos décimas de kilómetro o décima de milla marina más próximas, o tiempos requeridos para el procedimiento; cuando no se disponga de ayuda definidora de derrota, la marcación magnética, redondeada al grado más próximo desde las radioayudas para la navegación que se usen en la aproximación final, hasta el aeródromo; los límites de cualquier sector en el que estén prohibidas las maniobras de aproximación visual (en circuito); si se especifican, el circuito de espera y la altitud/altura mínimas de espera relativos a la aproximación y a la aproximación frustrada; notas de advertencia cuando sean necesarias que destaquen claramente en el anverso de la carta; e una indicación de los puntos significativos de “sobrevuelo”. b) c) d) e) f) g) h) i)
  • 17. 40' LAS l'v'l>RO C i ct-ES SCN WIGl'ÉT!CA.S, ALTITl.DES, 8.EVACict-ES Y AL1URAS B'4 PIES, DISTI-NCTAS EN MllAS NÍ,¡JrrCA.S, o 50' KIKEP (MAPT) 11•00' S APP FRUSTRADA '(. Q a> ...----.. ,' � VUDSO (MAHF) i , , _ . '(. � 'dt � � � 15300' .;srv - - "'1..q,11...11 10' 10' 50'
  • 18. Se proporcionará un perfil, normalmente debajo de la vista de planta.
  • 19. Mínimos de utilización de aeródromo Se indicarán los mínimos de utilización de aeródromo, cuando el Estado los haya establecido. Las alturas requeridas por los procedimientos deberían indicarse entre paréntesis, utilizando la referencia de una altura seleccionada.
  • 22. PUBLICACIÓN 1 1 "JUANA AZURDUY DIE PADILLA" - SLSU CODlflCACION Y TIPOS DIE TERMINACION DE TRAYECTORIIA i(PATHI TERMINATOR) PROCEDIMIENT1Q1 RNAV (GNSS) Z RWY 23 Recorrido RNP Oe.sle F:8/FO EntreWP en Altitud VPA (sec) (miíl) TemiinatQ r (�e) (IAF) (225.68) (IAF) (315.68) (IAF) (135.68) (IF) (225.68) (FAF) (225.68) (MAPT) (225.68) (MATF) (166.68) (MAHF) Punto de Lat.Sur Long_Oeste Lat Sur Long Pa 1 1 '1 Distancia Derrota 'M (WP) (mlnl (NMI ROGAM 1 se 4� · 34_ 35· 065° 05' 39.12"' 1 S"4S 6' 065"05.7' FB TF 5 235 15000' 1 C I TILTI 1 �56'40.24" 06!5º05' 44_ 44· 18,"56.7' 065�5.7' FB TF !5 325 15000'' 1.IJGELNI 1�49129.1 4" 065° 1 3' 06.J.6"' 1 8, 0 49.5' 065°13.1 ' FB TF 5 145 15000'' 1.() SIOUV 1 1 8º 53' O < l .12· 065º 09"25.'1!8" 1 8°53.1' 065º09.4' FB TF 5 235 13000' 1.0 PONKU 1 8' 56"l 5.10� 055• 13· 1 1. ro.· ,a ·s e .s· 065º13.2' FB TF 2.7 235 1 1240' 3.3" 0.3 KIKEP 1 1 &· 59" 1 9_1 7· ce s- 1e · c aer 1 8°59.3' 065°16.1' FO TF 2.3. 235 1 0300' 0.3 RW23 19 • D O' O S..44N 061 5 . 1 6' 58.'1 1 6'' 1 9' 00: 1 ' 065.17.D' FO TF 1 5 175 10600" 1.0 VUDSO 1 1 � 14' 43.60" 066D13' 05",W' 1 9' 14.7' 065"13.3' FO 14000'
  • 23. Definiciones Básicas Especificación RNAV: Especificación de navegación de vigilancia de a bordo. que NO incluye requisitos de la performance y alerta Especificación RNP: Especificación de navegación que SI incluye requisitos de vigilancia de la performance de a bordo. y alerta
  • 24. Hasta ahora los Estados han venido definiendo el nombre de la Carta de Aproximación por Instrumentos (IAC) en base al tipo de especificación PBN que se requiere para efectuar la aproximación: RNAV GNSS Z RWY23 RNP X RWY 05 * RNAV (GPS) RWY 04 RNAV (RNP) RWY 22 * *El término RNP indica la necesidad de una Autorización Requerida (AR).
  • 25. Al examinar las especificaciones PBN, es evidente que un IAP basado en GNSS es una aproximación RNP dado el requisito de Control y Alerta a bordo, por lo tanto todos los procedimientos de aproximación RNAV GNSS son procedimientos RNP. El Grupo de Expertos Sobre Procedimientos de Vuelo por Instrumentos (IFPP) recomendó que se enmendaran los PANS-OPS y que todas las aproximaciones basadas en GNSS se denominen RNP y que los procedimientos vigentes necesarios para la autorización RNP se designaran por el término RNP (AR). Extracto de Cir. 336 - OACI
  • 26. Vigilancia y alerta de la performance de abordo. SIS: (Señal en el Espacio) Durante las operaciones en el espacio aéreo o en rutas designadas como RNAV 1, si se usa GNSS, el equipo de navegación de la aeronave dará la alerta si la probabilidad de que los errores de SIS que causan un error de posición lateral ….. Doc. 9613 II-B-3
  • 27. Las operaciones RNAV 1 y RNAV 2 se basan en el uso de equipo RNAV que determina automáticamente la posición de la aeronave en el plano horizontal empleando información de los sensores de posición (sin prioridad especifica) de los siguientes tipos: a) GNSS b) RNAV DME/DME c) RNAV DME/DME/IRU La especificación RNAV 1 y 2 es aplicable a todas las rutas ATS, incluso cuando se trata de operaciones en ruta, SID y STAR y también se aplica en un procedimiento de aproximación hasta el FAF. Doc. 9613 II-B-3-1, 3.1.2.2
  • 28. En base a estos antecedentes la OACI ha determinado que la etapa de transición y de aplicación contemplará las siguientes fechas: Hasta el 30 de noviembre de 2022, las cartas de aproximación en las que se representen procedimientos que se ajusten a los criterios de especificación de navegación RNP AR APCH debe contener bien el término RNP (AR) o RNAV (RNP) en la identificación. Sin embargo, a partir del 01 de diciembre de 2022, solamente estará permitido el término RNP (AR). Hasta el 30 de noviembre de 2022, las cartas de aproximación en las que se representen procedimientos que se ajusten a los criterios de especificación de navegación RNP APCH debe contener bien el término RNP o RNAV (GNSS) en la identificación. Sin embargo, a partir del 01 de diciembre de 2022, solamente estará permitido el término RNP. Los procedimientos denominados actualmente RNAV y que se ajustan a la especificación PBN RNP APCH o RNP AR APCH se denominarán RNP:
  • 29. Ejemplos de Cambios RNP Z RWY 2323 RNAV (GNSS) Z RWY Denominación Actual Denominación Provisional Denominación Definitiva RNAV (GPS) RWY 23 RNAV (GPS) RWY 23 RNP RWY 23 RNAV (GNSS) RWY 23 RNAV (GNSS) RWY 23 RNP RWY 23 RNAV (RNP) RWY 23 RNAV (RNP) RWY 23 RNP RWY 23 (AR) Hasta el 30/NOV/2022 A partir del 01/DIC/2022
  • 30. Aproximaciones PBN – Sufijos entre paréntesis LNAV/VNAV) LNAV/VNAV) LNAV/VNAV) Condición Sufijo Ejemplos El procedimiento solo tiene una línea de mínimos LPV. Solo LPV RNP RWY 23 (solo LPV) RNP (GNSS) RWY 23 (solo LPV) El procedimiento solo tiene una línea de mínimos LNAV/VNAV. Solo LNAV/VNAV RNP RWY 23 (solo LNAV/VNAV) RNP (GNSS) RWY 23 (solo El procedimiento tiene líneas de mínimos LPV y LNAV/VNAV, pero no mínimos LNAV. Solo LPV, LNAV/VNAV RNP RWY 23 (solo LPV, RNP (GNSS) RWY 23 (solo LPV, El procedimiento solo tiene una línea de mínimos LP. Solo LP RNP RWY 23 (solo LP) RNP (GNSS) RWY 23 (solo LP)
  • 31. RNP Z RWY 23 (Solo LNAV)
  • 33. Los requisitos opcionales para los procedimientos deben figurar en forma de notas en las cartas, dentro de un recuadro de requisitos PBN. Especificación para la navegación Requisitos Opcionales RNP APCH Se requiere RF RNP APCH Se requiere RF RNP < 0,3 Aproximación frustrada RNP < 1 RNP avanzada RNP < 1 en los tramos inicial e intermedio RNP 0,3 Se requiere RF
  • 34. or. Se requiere llevar a cabo un Plan Estatal de Transición y Gestión de los Cambios. parte del mantenimiento (GNSS) parte del mantenimiento puede requerir cambios en el pilotos, sesiones de Núm. Elemento Requisito Observaciones 1 Identificación de las cartas Las cartas de aproximación RNAV actuales pasarán a denominarse RNAV RWY XX o bien directamente RNP RWY XX Los Estados deben determinar plazos y prioridades de los cambios. Se podrían introducir enmiendas como periódico de las cartas. Se puede requerir cambios en el soporte lógico de automatización. 2 Tabla – Recuadro de requisitos PBN Añadir recuadros de requisitos PBN a cada IAC PBN si corresponde. Los Estados deben determinar plazos y prioridades de los cambios. Se podrían introducir enmiendas como periódico de las cartas. Se soporte lógico de automatización. 3 Instrucción a los pilotos. Información didáctica a los pilotos. Mediante boletines para entrenamiento en simulad
  • 35. la aplicación de los cambios de procedimientos de vuelo según seas necesario. los cartógrafos de cada aeronaves actuaran según sea tenga que publicar Núm . Elemento Requisito Observaciones 4 Instrucción a los ATCOs Información didáctica a los ATCOs. Mediante boletines para ATCOs. Instrucción antes de en las cartas. 5 Bases de Datos Posibles enmiendas a las bases de datos actuales para reflejar los cambios. Los proveedores de bases de datos actuarán según sea necesario. 6 Soporte lógico de diseño de procedimientos. Posible modificación del soporte lógico de diseño para reflejar los cambios. Las organizaciones de diseño por instrumentos actuaran 7 Cartógrafos Las cartas deberán modificarse según los números 1 y 2. Cambios en la AIP, actuación de los cartógrafos. Coordinación entre el AIS y Estado. 8 Manual de vuelo del avión (AFM) Tal vez tenga que enmendarse el AFM para reflejar la aprobación RNP. Los explotadores de necesario. 9 Aprobación de las operaciones (OPS) Tal vez tenga que enmendarse la aprobación OPS actual para reflejar la autorización de la aproximación RNP. La entidad reguladora tal vez aclaraciones.
  • 36. IAC – SLAL RNP Z RWY 23 (Solo LNAV)
  • 37. ALCANTARI SLAL RNP Z RWY 36 (Solo LNAV)