Este documento presenta las normas básicas de acotación. Establece que solo se incluirán las cotas necesarias para definir la pieza, expresadas en la misma unidad y leídas de abajo y derecha. Para diámetros, se acotará con el símbolo Ø cuando sea un arco mayor a 180° o dos circunferencias concéntricas, colocando las líneas de cota en diferentes ángulos y no coincidiendo con ejes de simetría. Para radios, se añadirá la letra R.