PODER JUDICIAL
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE
Primer Juzgado de Paz Letrado de Puente Piedra, Santa Rosa y Ancón
EXPEDIENTE
AGRAVIADO

IMPUTADO
FALTAS
ESPECIALISTA

: 5181-2013-0-0909-JP-PE-01
:CARLOS HUGO LUGO GARAY
: ELISA ROSARIO ALARCON DE PAZ
: PEDRO MARCELINO MEJIA BRAVO
: ELLOS MISMOS
: CONTRA LA PERSONA
: DALILA CORDOVA SANTOS

SENTENCIA
RESOLUCION NUMERO CUATRO
Puente Piedra, veintiuno de octubre
deldos mil trece.PARTE EXPOSITIVA:
Que, a mérito de las atestado policial emitido por la Comisaria de Puente Piedra, que corre de
fojas 2 a 6, el Primer Juzgado de Paz Letrado de Puente Piedra, Santa Rosa y Ancón, mediante
resolución número 1 de fojas 33 inició proceso penal contra CARLOS HUGO LUGO GARAY , por
la presunta comisión de las Faltas contra la Persona, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS,
en agravio de ELISA ROSARIO ALARCON DE PAZ y PEDRO MARCELINO MEJIA BRAVO; contra
ELISA ROSARIO ALARCON DE PAZ , FLAVIO ARTURO ALARCON DE PAZ y PEDRO MARCELINO
MEJIA BRAVO, por la presunta comisión de las Faltas contra la Persona, en la modalidad de
LESIONES DOLOSAS, en agravio de CARLOS HUGO LUGO GARAY y habiéndose recibido las
declaraciones de las partes, ha llegado la oportunidad de emitir resolución final con los medios
probatorios que obran en el expediente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PARTE CONSIDERATIVA:
PRIMERO: DELIMITACIÓN DE LOS CARGOS:
Que, se acusa al procesadoCarlos Hugo Lugo Garayhaber ocasionado lesiones físicas alos
agraviadosElisa Rosario Alarcón de Paz y Pedro Marcelino Mejía Bravo; se acusa a los
procesadosElisa Rosario Alarcón de Paz, Flavio Arturo Alarcón de Paz y Pedro Marcelino
Mejía Bravo; haber ocasionado lesiones físicas alagraviado Carlos Hugo Lugo Garay día 3 de
octubredel 2013 , conforme alos Certificados Médicos Legales Nº 001540- L de fojas 23, Nº
032600- L de fojas 24 y Nº 032580- L de fojas 25.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

SEGUNDO: DELIMITACIÓN TÍPICA:
Que, el hecho denunciado se encuentra tipificado como Falta Contra La Persona, en la
modalidad de LESIONES DOLOSAS, previsto en el Artículo 441, primer párrafo, del Código
Penal, consistiendo la conducta del sujeto activo en dañar a otro en el cuerpo o en la salud que
requiera hasta diez días de asistencia o descanso médico, según prescripción facultativa, siendo
reprimido con prestación de servicio comunitario de cuarenta a sesenta jornadas.- - - - - - - - - - - TERCERO: BIEN JURÍDICO PROTEGIDO:
El Bien Jurídico protegido es la integridad física de la persona humana.- - - - - - - - - - - - CUARTO: EVALUACION DE LOS ACTUADOS:
4.1.-CON RESPECTO AL AGRAVIADO – PROCESADOCARLOS HUGO LUGO GARAY:
Que, de la revisión y evaluación de lamanifestación policial y declaración preventiva instructiva de la agraviada de fojas 11 a 12 y 38 a 40, refiere que el día 3 de octubre del 2012, el
procesado se encontraba en su domicilio, cuando tocaron la puerta y era el señor Flavio
Alarcón, quien le pregunto si era el señor Hugo, al responderle que sí, el procesado le comenzó
a tirar puñetes y patadas de forma sorpresiva, manifestándole que había sido malcriado con su
familia. Al tratar de escapar, salieron los familiares de Flavio Alarcón y trataron de separarlos y
llevarse al señor a su casa; sin embargo, el señor saco un arma amenazándolo de muerte.-----Asimismo, indica que le arañaron la cara, la espalda, tenía una hinchazón en su cabeza y su
pierna estaba adolorida; también señala la pelea duro aproximadamente media hora pues los
familiares de Flavio Alarcón se llevaron a su casa.- - - - - - - - - 4.2.CON RESPECTO DE LA AGRAVIADA – PROCESADA ELISA ROSARIO ALARCÓN DE PAZ:
Que, de la revisión y evaluación de lamanifestación policial y declaración preventiva instructiva de la agraviada de fojas 7 a 8 y 34 a 35, se puede determinar que dicha persona no
acepta haber agredido a agraviado Carlos Hugo Lugo Garay, señalando que el día 3 de Octubre
a las once de la noche cuando se encontraba en su casa el señor Hugo se apersono a su
domicilio en estado etílico con intenciones de agredir a su madre, es en esos momentos que su
hermano interviene y con la hebilla de su correa intento golpear a su madre y ella interviene
para que no le caiga, el señor Hugo al ver que su hermano Flavio Arturo las defendía, agarra un
ladrillo e intenta tirárselo forcejeando ella para que no logre agredir a su hermano y los dos
cayeron al suelo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Asimismo, indica que la pelea duro aproximadamente media hora.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

4.3.CON RESPECTO DEL AGRAVIADO – PROCESADO PEDRO MARCELINO MEJIA BRAVO:
Que, de la revisión y evaluación de lamanifestación policial y declaración preventiva instructiva del agraviado de fojas 9 a 10 y 36 a 37, se puede determinar que dicha persona no
acepta haber agredido a agraviado Carlos Hugo Lugo Garay, señalando que el día 3 de Octubre
se dirigió a la casa de la señora Elisa porque le da pensión a sus hijas y al acercarse a
preguntarle al señor Hugo que problemas tenía, le tiro un puñete en la boca, al reaccionar y
defenderse el señor se corrió luego apareció con un ladrillo . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
4.4-CON RESPECTO DEL PROCESADO FLAVIO ARTURO ALARCON DE PAZ:
Que, de la revisión y evaluación de ladeclaracióninstructiva del procesado de fojas 41 a 42, se
puede determinar que dicha persona acepta haber agredido a agraviado Carlos Hugo Lugo
Garay, señalando que el día 3 de Octubre a las 10 de la noche cuando se encontraba alistando
sus cosas para salir de viaje, escucho unos gritos en la puerta de su casa, donde insultaban a su
madre. Al salir era el señor Hugo, quien amenazaba a su madre con golpearla, se encontraban
presentes su hermana junto al señor Hugo, el cuñado del señor Hugo y su hermana; al
increparlo ambos se agredieron con golpes de puño y al caerse el señor Hugo saco su correa y
su mamá intervino afín de que no lo golpeen pero igual el señor Hugo le dio un correazo
llegando a golpear a su madre y a su hermana; por lo que ambos volvieron a golpearse hasta
que el callo al suelo y cogió un ladrillo para tirárselo, por lo que su hermana forcejeo con él
para evitar que continuaran golpeándose y es allí que vuelve a agredir a su hermana . - - - - - - - - ----------Asimismo, indica que su mamá para evitar que lo golpearon intervino siendo que el señor Hugo
también llego a agredirla. Se separaron por que los vecinos intervinieron- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

4.3.-CON RESPECTO A LOS DOCUMENTOS:
A. Que, de acuerdo con el Certificado Médico Legal Nº 001540-L, que corre a fojas 23,
correspondiente ala agraviadaELISA ROSARIO ALARCON DE PAZ; en él se precisa que
presentaexcoriación de 1x2 cm con halo equimótico en dorso de mano izquierda,
equimosis rojo violácea con leve tumefacción de 3x6 cm en tercio medio posterior de
pierna izquierda; ocasionado por fricción y agente contundente; requiriendo 01 día de
atención facultativa y 03 de incapacidad médico legal .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - B. Que, de acuerdo con el Certificado Médico Legal Nº 032600-L, que corre a fojas 24,
correspondiente ala agraviadaPEDRO MARCELINO MEJIA BRAVO; en él se precisa que
presentaerosión pequeña en mucosa labial inferior ocasionado por agente
contundente duro; y no requiere incapacidad.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

C. Que, de acuerdo con el Certificado Médico Legal Nº 032580-L, que corre a fojas 25,
correspondiente a la agraviada CARLOS HUGO LUGO GARAY; en él se precisa que
presenta tumefacción leve con equimosis rojiza violácea en porción izquierda de labio
superior, excoriaciones ungueales de 0,5 cm de longitud en región geniana izquierda,
surco naso geniano izquierdo y en cuello lateral izquierdo; de 0,5 cm y 0,2 cm de
longitud en malar derecha, excoriación en región malar izquierda; ocasionado por
agente contundente; requiriendo 01 día de atención facultativa y 03 de incapacidad
médico legal .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - QUINTO: EVALUACION FINAL:
Que, analizadas y evaluadas en forma conjunta todos los medios probatorios que obran en el
expediente, el Juez considera que se encuentra acreditado la comisión de Lesiones Dolosas en
agravio de ELISA ROSARIO ALARCON DE PAZ y PEDRO MARCELINO MEJIA BRAVOy la
responsabilidad penal deCARLOS HUGO LUGO GARAY; yenagravio deCARLOS HUGO LUGO
GARAYy la responsabilidad penal del procesadoFLAVIO ARTURO ALARCON DE PAZ, quienes el
día 3 de octubre del 2012, siendo las diez y treinta horas de la noche, en circunstancias que el
día de los hechos el señor Pedro Marcelino Mejía Bravo se dirigía a la casa de la señora Elisa por
ella les da pensión a sus hijas y se percata de la discusión con el señor Hugo Lugo al preguntarle
que sucedía él señor le tira un puñete en el rostro, luego el señor Hugo comienza a insultar a la
madre de la señora Elisa y el señor Flavio amenazándola intenta golpearla. Al escuchar gritos el
señor Flavio, quien se encontraba alistando sus cosas para salir de viaje, se percata que
gritaban en la puerta de su casa y era el señor Hugo que intentaba golpear a su madre y al
increparle ello ambos se pelean hasta que el señor Hugo cae al suelo y saca su correa para
golpearlo pero su mamá y su hermana intervienen y ellas resultan golpeadas hasta que
nuevamente ambos se golpean y el señor Hugo coge un ladrillo para golpearlo pero su
hermana forcejea con el señor Hugo hasta que los vecinos intervienen y los llegan a separar;;
siendo corroboradas dichas lesiones con los Certificados Médicos Legales que corren a fojas 23
a 25, con la sindicación y la aceptación de los agraviados-procesados; por lo que, la conducta
típica, antijurídica y culpable delos procesados encuadra en el tipo penal previsto en el primer
párrafo del Artículo 441 del Código Penal, siendo pasible de una sanción penal.- - - - - - - - - - - - - - - SEXTO:SOBRE LA REPARACION CIVIL:
Que, de acuerdo con los Artículos 92 y 93 del Código Penal, toda falta y delito trae como
consecuencia la imposición de una pena y de una reparación civil, la misma que comprende la
restitución del bien o el pago de su valor y la indemnización por los daños y perjuicios
ocasionados a los agraviados, debiéndose tener en cuenta, también, las condiciones
económicas de los procesados.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En el presente caso, por un lado, los agraviados ha sufrido lesiones, lo cual la ha afectado
físicamente, así como ha requerido de una atención y tratamiento médico; y, por otro lado, el
procesado Carlos Hugo Lugo Garay ha declarado tener treinta años de edad, con grado de
instrucción técnico mecánico, soltero, de ocupación mecánico, y el procesadoFlavio Arturo
Alarcón de Paz ha declarado tener treinta y nueve años de edad, con grado de instrucción
superior, soltera, de ocupación militar en actividad, queda a criterio del Juez establecer una
reparación civil por los daños y perjuicios ocasionados a los agraviados, la cual cumple una
función diferente a la sanción penal.- - - - PARTE RESOLUTIVA:
Por estas consideraciones y de acuerdo con los artículos 28º, 45º, 46º, 62º, 63º, 64º, 65º, 92º, 93º y
441, primer párrafo, del Código Penal y artículo 284 del Código de Procedimientos Penales, EL
SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PUENTE PIEDRA, SANTA ROSA Y
ANCÓN, apreciando los hechos y las pruebas con el criterio de conciencia que la Ley autoriza y
Administrando Justicia a nombre de la Nación, RESUELVE:
1) ABSOLVER ala ciudadanaELIZA ROSARIO ALARCON DE PAZ identificada con DNI Nº
41132189cuyas generales de ley obran en el expediente, como autorade las Faltas
contra La Persona, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS, en agravio de Hugo Carlos
Lugo Garay.
2) ABSOLVER al ciudadanoPEDRO MARCELINO MEJIA BRAVOidentificada con DNI Nº
41132189cuyas generales de ley obran en el expediente, como autorade las Faltas
contra La Persona, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS, en agravio de Hugo Carlos
Lugo Garay.
3) DISPONER la RESERVA DEL FALLO CONDENATORIO al ciudadano CARLOS HUGO LUGO
GARAY, identificado con DNI Nº 46659805, cuyas generales de ley obran en el
expediente, como autor de las Faltas contra La Persona, en la modalidad de LESIONES
DOLOSAS, en agravio deLILY YANET PAJUELO JIMENEZ; por el plazo de SEIS MESES,
debiendo cumplir estrictamente las siguientes reglas de conducta: a) Presentarse al
local del Juzgado el primer día hábil de cada mes a fin de que registre su firma en el
libro respectivo e informar y justificar sus actividades, b) No variar de domicilio sin
previo aviso al Juzgado, todo ello bajo apercibimiento de revocarse la reserva del fallo
condenatorio y hacerla efectiva, conforme lo establece el Artículo 59 del Código Penal.
FIJO: En la suma de CIEN NUEVOS SOLES el monto que por concepto de reparación civil
deberá pagar el sentenciada a favor de la agraviado, mediante depósito judicial en el
Banco de la Nación.
4) DISPONER la RESERVA DEL FALLO CONDENATORIO a la ciudadana LILY YANET
PAJUELO JIMENEZ, identificada con DNI Nº 46659804, cuyas generales de ley obran en
el expediente, como autor de las Faltas contra La Persona, en la modalidad de
LESIONES DOLOSAS, en agravio de ROMNEL ZOSIMO PERRY BLAS; por el plazo de SEIS
MESES, debiendo cumplir estrictamente las siguientes reglas de conducta: a)
Presentarse al local del Juzgado el primer día hábil de cada mes a fin de que registre su
firma en el libro respectivo e informar y justificar sus actividades, b) No variar de
domicilio sin previo aviso al Juzgado, todo ello bajo apercibimiento de revocarse la
reserva del fallo condenatorio y hacerla efectiva, conforme lo establece el Artículo 59
del Código Penal. FIJO: En la suma de CINCUENTA NUEVOS SOLES el monto que por
concepto de reparación civil deberá pagar la sentenciada a favor del agraviado,
mediante depósito judicial en el Banco de la Nación.
DISPONGO: Que, esta sentencia sea leída en acto público, consentida o ejecutoriada que
sea la misma, y cumplida que sea la pena archívese definitivamente.-

Poder judicial

  • 1.
    PODER JUDICIAL CORTE SUPERIORDE JUSTICIA DE LIMA NORTE Primer Juzgado de Paz Letrado de Puente Piedra, Santa Rosa y Ancón EXPEDIENTE AGRAVIADO IMPUTADO FALTAS ESPECIALISTA : 5181-2013-0-0909-JP-PE-01 :CARLOS HUGO LUGO GARAY : ELISA ROSARIO ALARCON DE PAZ : PEDRO MARCELINO MEJIA BRAVO : ELLOS MISMOS : CONTRA LA PERSONA : DALILA CORDOVA SANTOS SENTENCIA RESOLUCION NUMERO CUATRO Puente Piedra, veintiuno de octubre deldos mil trece.PARTE EXPOSITIVA: Que, a mérito de las atestado policial emitido por la Comisaria de Puente Piedra, que corre de fojas 2 a 6, el Primer Juzgado de Paz Letrado de Puente Piedra, Santa Rosa y Ancón, mediante resolución número 1 de fojas 33 inició proceso penal contra CARLOS HUGO LUGO GARAY , por la presunta comisión de las Faltas contra la Persona, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS, en agravio de ELISA ROSARIO ALARCON DE PAZ y PEDRO MARCELINO MEJIA BRAVO; contra ELISA ROSARIO ALARCON DE PAZ , FLAVIO ARTURO ALARCON DE PAZ y PEDRO MARCELINO MEJIA BRAVO, por la presunta comisión de las Faltas contra la Persona, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS, en agravio de CARLOS HUGO LUGO GARAY y habiéndose recibido las declaraciones de las partes, ha llegado la oportunidad de emitir resolución final con los medios probatorios que obran en el expediente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PARTE CONSIDERATIVA: PRIMERO: DELIMITACIÓN DE LOS CARGOS: Que, se acusa al procesadoCarlos Hugo Lugo Garayhaber ocasionado lesiones físicas alos agraviadosElisa Rosario Alarcón de Paz y Pedro Marcelino Mejía Bravo; se acusa a los procesadosElisa Rosario Alarcón de Paz, Flavio Arturo Alarcón de Paz y Pedro Marcelino Mejía Bravo; haber ocasionado lesiones físicas alagraviado Carlos Hugo Lugo Garay día 3 de octubredel 2013 , conforme alos Certificados Médicos Legales Nº 001540- L de fojas 23, Nº 032600- L de fojas 24 y Nº 032580- L de fojas 25.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: DELIMITACIÓN TÍPICA: Que, el hecho denunciado se encuentra tipificado como Falta Contra La Persona, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS, previsto en el Artículo 441, primer párrafo, del Código
  • 2.
    Penal, consistiendo laconducta del sujeto activo en dañar a otro en el cuerpo o en la salud que requiera hasta diez días de asistencia o descanso médico, según prescripción facultativa, siendo reprimido con prestación de servicio comunitario de cuarenta a sesenta jornadas.- - - - - - - - - - - TERCERO: BIEN JURÍDICO PROTEGIDO: El Bien Jurídico protegido es la integridad física de la persona humana.- - - - - - - - - - - - CUARTO: EVALUACION DE LOS ACTUADOS: 4.1.-CON RESPECTO AL AGRAVIADO – PROCESADOCARLOS HUGO LUGO GARAY: Que, de la revisión y evaluación de lamanifestación policial y declaración preventiva instructiva de la agraviada de fojas 11 a 12 y 38 a 40, refiere que el día 3 de octubre del 2012, el procesado se encontraba en su domicilio, cuando tocaron la puerta y era el señor Flavio Alarcón, quien le pregunto si era el señor Hugo, al responderle que sí, el procesado le comenzó a tirar puñetes y patadas de forma sorpresiva, manifestándole que había sido malcriado con su familia. Al tratar de escapar, salieron los familiares de Flavio Alarcón y trataron de separarlos y llevarse al señor a su casa; sin embargo, el señor saco un arma amenazándolo de muerte.-----Asimismo, indica que le arañaron la cara, la espalda, tenía una hinchazón en su cabeza y su pierna estaba adolorida; también señala la pelea duro aproximadamente media hora pues los familiares de Flavio Alarcón se llevaron a su casa.- - - - - - - - - 4.2.CON RESPECTO DE LA AGRAVIADA – PROCESADA ELISA ROSARIO ALARCÓN DE PAZ: Que, de la revisión y evaluación de lamanifestación policial y declaración preventiva instructiva de la agraviada de fojas 7 a 8 y 34 a 35, se puede determinar que dicha persona no acepta haber agredido a agraviado Carlos Hugo Lugo Garay, señalando que el día 3 de Octubre a las once de la noche cuando se encontraba en su casa el señor Hugo se apersono a su domicilio en estado etílico con intenciones de agredir a su madre, es en esos momentos que su hermano interviene y con la hebilla de su correa intento golpear a su madre y ella interviene para que no le caiga, el señor Hugo al ver que su hermano Flavio Arturo las defendía, agarra un ladrillo e intenta tirárselo forcejeando ella para que no logre agredir a su hermano y los dos cayeron al suelo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Asimismo, indica que la pelea duro aproximadamente media hora.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 4.3.CON RESPECTO DEL AGRAVIADO – PROCESADO PEDRO MARCELINO MEJIA BRAVO: Que, de la revisión y evaluación de lamanifestación policial y declaración preventiva instructiva del agraviado de fojas 9 a 10 y 36 a 37, se puede determinar que dicha persona no acepta haber agredido a agraviado Carlos Hugo Lugo Garay, señalando que el día 3 de Octubre se dirigió a la casa de la señora Elisa porque le da pensión a sus hijas y al acercarse a preguntarle al señor Hugo que problemas tenía, le tiro un puñete en la boca, al reaccionar y defenderse el señor se corrió luego apareció con un ladrillo . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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    4.4-CON RESPECTO DELPROCESADO FLAVIO ARTURO ALARCON DE PAZ: Que, de la revisión y evaluación de ladeclaracióninstructiva del procesado de fojas 41 a 42, se puede determinar que dicha persona acepta haber agredido a agraviado Carlos Hugo Lugo Garay, señalando que el día 3 de Octubre a las 10 de la noche cuando se encontraba alistando sus cosas para salir de viaje, escucho unos gritos en la puerta de su casa, donde insultaban a su madre. Al salir era el señor Hugo, quien amenazaba a su madre con golpearla, se encontraban presentes su hermana junto al señor Hugo, el cuñado del señor Hugo y su hermana; al increparlo ambos se agredieron con golpes de puño y al caerse el señor Hugo saco su correa y su mamá intervino afín de que no lo golpeen pero igual el señor Hugo le dio un correazo llegando a golpear a su madre y a su hermana; por lo que ambos volvieron a golpearse hasta que el callo al suelo y cogió un ladrillo para tirárselo, por lo que su hermana forcejeo con él para evitar que continuaran golpeándose y es allí que vuelve a agredir a su hermana . - - - - - - - - ----------Asimismo, indica que su mamá para evitar que lo golpearon intervino siendo que el señor Hugo también llego a agredirla. Se separaron por que los vecinos intervinieron- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 4.3.-CON RESPECTO A LOS DOCUMENTOS: A. Que, de acuerdo con el Certificado Médico Legal Nº 001540-L, que corre a fojas 23, correspondiente ala agraviadaELISA ROSARIO ALARCON DE PAZ; en él se precisa que presentaexcoriación de 1x2 cm con halo equimótico en dorso de mano izquierda, equimosis rojo violácea con leve tumefacción de 3x6 cm en tercio medio posterior de pierna izquierda; ocasionado por fricción y agente contundente; requiriendo 01 día de atención facultativa y 03 de incapacidad médico legal .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - B. Que, de acuerdo con el Certificado Médico Legal Nº 032600-L, que corre a fojas 24, correspondiente ala agraviadaPEDRO MARCELINO MEJIA BRAVO; en él se precisa que presentaerosión pequeña en mucosa labial inferior ocasionado por agente contundente duro; y no requiere incapacidad.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - C. Que, de acuerdo con el Certificado Médico Legal Nº 032580-L, que corre a fojas 25, correspondiente a la agraviada CARLOS HUGO LUGO GARAY; en él se precisa que presenta tumefacción leve con equimosis rojiza violácea en porción izquierda de labio superior, excoriaciones ungueales de 0,5 cm de longitud en región geniana izquierda, surco naso geniano izquierdo y en cuello lateral izquierdo; de 0,5 cm y 0,2 cm de longitud en malar derecha, excoriación en región malar izquierda; ocasionado por agente contundente; requiriendo 01 día de atención facultativa y 03 de incapacidad médico legal .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - QUINTO: EVALUACION FINAL:
  • 4.
    Que, analizadas yevaluadas en forma conjunta todos los medios probatorios que obran en el expediente, el Juez considera que se encuentra acreditado la comisión de Lesiones Dolosas en agravio de ELISA ROSARIO ALARCON DE PAZ y PEDRO MARCELINO MEJIA BRAVOy la responsabilidad penal deCARLOS HUGO LUGO GARAY; yenagravio deCARLOS HUGO LUGO GARAYy la responsabilidad penal del procesadoFLAVIO ARTURO ALARCON DE PAZ, quienes el día 3 de octubre del 2012, siendo las diez y treinta horas de la noche, en circunstancias que el día de los hechos el señor Pedro Marcelino Mejía Bravo se dirigía a la casa de la señora Elisa por ella les da pensión a sus hijas y se percata de la discusión con el señor Hugo Lugo al preguntarle que sucedía él señor le tira un puñete en el rostro, luego el señor Hugo comienza a insultar a la madre de la señora Elisa y el señor Flavio amenazándola intenta golpearla. Al escuchar gritos el señor Flavio, quien se encontraba alistando sus cosas para salir de viaje, se percata que gritaban en la puerta de su casa y era el señor Hugo que intentaba golpear a su madre y al increparle ello ambos se pelean hasta que el señor Hugo cae al suelo y saca su correa para golpearlo pero su mamá y su hermana intervienen y ellas resultan golpeadas hasta que nuevamente ambos se golpean y el señor Hugo coge un ladrillo para golpearlo pero su hermana forcejea con el señor Hugo hasta que los vecinos intervienen y los llegan a separar;; siendo corroboradas dichas lesiones con los Certificados Médicos Legales que corren a fojas 23 a 25, con la sindicación y la aceptación de los agraviados-procesados; por lo que, la conducta típica, antijurídica y culpable delos procesados encuadra en el tipo penal previsto en el primer párrafo del Artículo 441 del Código Penal, siendo pasible de una sanción penal.- - - - - - - - - - - - - - - SEXTO:SOBRE LA REPARACION CIVIL: Que, de acuerdo con los Artículos 92 y 93 del Código Penal, toda falta y delito trae como consecuencia la imposición de una pena y de una reparación civil, la misma que comprende la restitución del bien o el pago de su valor y la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a los agraviados, debiéndose tener en cuenta, también, las condiciones económicas de los procesados.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En el presente caso, por un lado, los agraviados ha sufrido lesiones, lo cual la ha afectado físicamente, así como ha requerido de una atención y tratamiento médico; y, por otro lado, el procesado Carlos Hugo Lugo Garay ha declarado tener treinta años de edad, con grado de instrucción técnico mecánico, soltero, de ocupación mecánico, y el procesadoFlavio Arturo Alarcón de Paz ha declarado tener treinta y nueve años de edad, con grado de instrucción superior, soltera, de ocupación militar en actividad, queda a criterio del Juez establecer una reparación civil por los daños y perjuicios ocasionados a los agraviados, la cual cumple una función diferente a la sanción penal.- - - - PARTE RESOLUTIVA: Por estas consideraciones y de acuerdo con los artículos 28º, 45º, 46º, 62º, 63º, 64º, 65º, 92º, 93º y 441, primer párrafo, del Código Penal y artículo 284 del Código de Procedimientos Penales, EL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE PUENTE PIEDRA, SANTA ROSA Y ANCÓN, apreciando los hechos y las pruebas con el criterio de conciencia que la Ley autoriza y Administrando Justicia a nombre de la Nación, RESUELVE: 1) ABSOLVER ala ciudadanaELIZA ROSARIO ALARCON DE PAZ identificada con DNI Nº 41132189cuyas generales de ley obran en el expediente, como autorade las Faltas
  • 5.
    contra La Persona,en la modalidad de LESIONES DOLOSAS, en agravio de Hugo Carlos Lugo Garay. 2) ABSOLVER al ciudadanoPEDRO MARCELINO MEJIA BRAVOidentificada con DNI Nº 41132189cuyas generales de ley obran en el expediente, como autorade las Faltas contra La Persona, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS, en agravio de Hugo Carlos Lugo Garay. 3) DISPONER la RESERVA DEL FALLO CONDENATORIO al ciudadano CARLOS HUGO LUGO GARAY, identificado con DNI Nº 46659805, cuyas generales de ley obran en el expediente, como autor de las Faltas contra La Persona, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS, en agravio deLILY YANET PAJUELO JIMENEZ; por el plazo de SEIS MESES, debiendo cumplir estrictamente las siguientes reglas de conducta: a) Presentarse al local del Juzgado el primer día hábil de cada mes a fin de que registre su firma en el libro respectivo e informar y justificar sus actividades, b) No variar de domicilio sin previo aviso al Juzgado, todo ello bajo apercibimiento de revocarse la reserva del fallo condenatorio y hacerla efectiva, conforme lo establece el Artículo 59 del Código Penal. FIJO: En la suma de CIEN NUEVOS SOLES el monto que por concepto de reparación civil deberá pagar el sentenciada a favor de la agraviado, mediante depósito judicial en el Banco de la Nación. 4) DISPONER la RESERVA DEL FALLO CONDENATORIO a la ciudadana LILY YANET PAJUELO JIMENEZ, identificada con DNI Nº 46659804, cuyas generales de ley obran en el expediente, como autor de las Faltas contra La Persona, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS, en agravio de ROMNEL ZOSIMO PERRY BLAS; por el plazo de SEIS MESES, debiendo cumplir estrictamente las siguientes reglas de conducta: a) Presentarse al local del Juzgado el primer día hábil de cada mes a fin de que registre su firma en el libro respectivo e informar y justificar sus actividades, b) No variar de domicilio sin previo aviso al Juzgado, todo ello bajo apercibimiento de revocarse la reserva del fallo condenatorio y hacerla efectiva, conforme lo establece el Artículo 59 del Código Penal. FIJO: En la suma de CINCUENTA NUEVOS SOLES el monto que por concepto de reparación civil deberá pagar la sentenciada a favor del agraviado, mediante depósito judicial en el Banco de la Nación. DISPONGO: Que, esta sentencia sea leída en acto público, consentida o ejecutoriada que sea la misma, y cumplida que sea la pena archívese definitivamente.-