El Cuartel San Martín fue ubicado de forma idónea por encontrase lejos de las principales arterias y ejes urbanos. En esa época (1917) la ubicación no significaba un problema, por el contrario, era la mejor solución pues se encontraba en la periferia de la ciudad (zona desurbanizada) y cercano al mar.
Con el acelerado crecimiento de la cuidad, a partir de la década del 40, se fueron creando urbanizaciones, las cuales encerraron al Cuartel San Martín dentro de la trama urbana de Lima Metropolitana. Es por esto que actualmente el Cuartel San Martín es un espacio innecesario dentro de la zona urbanizada, debido a que su ubicación ya no resulta estratégica, por otro lado marca el límite entre los distritos de Miraflores y San Isidro, perceptualmente produce cerramientos, además este espacio es necesario para complementar los servicios e infraestructura que carece la zona.
A partir del análisis obtendremos los criterios mas adecuados para plantear la organización del territorio, orientado a mejorar la imagen urbana del sector, elaborando una propuesta que logre la integración entre ambos distritos.
El Cuartel San Martín fue ubicado de forma idónea por encontrase lejos de las principales arterias y ejes urbanos. En esa época (1917) la ubicación no significaba un problema, por el contrario, era la mejor solución pues se encontraba en la periferia de la ciudad (zona desurbanizada) y cercano al mar.
Con el acelerado crecimiento de la cuidad, a partir de la década del 40, se fueron creando urbanizaciones, las cuales encerraron al Cuartel San Martín dentro de la trama urbana de Lima Metropolitana. Es por esto que actualmente el Cuartel San Martín es un espacio innecesario dentro de la zona urbanizada, debido a que su ubicación ya no resulta estratégica, por otro lado marca el límite entre los distritos de Miraflores y San Isidro, perceptualmente produce cerramientos, además este espacio es necesario para complementar los servicios e infraestructura que carece la zona.
A partir del análisis obtendremos los criterios mas adecuados para plantear la organización del territorio, orientado a mejorar la imagen urbana del sector, elaborando una propuesta que logre la integración entre ambos distritos.
Acuerdo del Concejo Municipal de Concepción Antioquia. Por medio del cual se aprueba el presupuesto general del Municipio de Concepción para la vigencia fiscal de 2015.
ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL...Oscar Carmona Beltrán
ACUERDO DE COORDINACIÓN QUE SUSCRIBEN EL EJECUTIVO FEDERAL Y EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS
Modificación del Presupuesto General de la Administración Nacional para el añ...Eduardo Nelson German
Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional vigente para el Ejercicio 2020 de
acuerdo con el detalle de las planillas Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 anexas al presente
artículo.
Auditoría del TSC encuentra irregularidades por 30.5 millones en alcaldía de ...Alan Melnikov Lakes
El Tribunal Superior de Cuentas (TSC) notificó un informe de auditoría que refleja varias irregularidades encontradas en la municipalidad de Choloma, Cortés, que ameritan la deducción de responsabilidades penales, civiles y administrativas.
AVANCCE DEL PORTAFOLIO 2.pptx por los alumnos de la universidad utpluismiguelquispeccar
espero que te sirve esta documento ya que este archivo especialmente para desarrollar una buena investigación y la interacción entre el individuo y el medio ambiente es compleja y multifacética, involucrando una red de influencias mutuas que afectan el desarrollo y el bienestar de las personas y el estado del entorno en el que viven.
La relación entre el individuo y el medio ambiente es un tema amplio que abarca múltiples disciplinas como la psicología, la sociología, la biología y la ecología. Esta interacción se puede entender desde varias perspectivas:
El suelo es un conjunto natural que sirve de soporte a la totalidad de los ecosistemas de los ambientes continentales terrestres. Su principal función dentro de los ecosistemas es la de proveer la totalidad del agua y nutrientes que necesitan todos los seres vivos del ecosistema a lo largo de su vida. Precisamente, a la capacidad que tiene un suelo para desempeñar este papel es lo que se conoce por calidad del suelo.
Una forma sencilla de definir al suelo es la de “resultado de la adaptación de las rocas al ambiente geoquímico de la superficie de la Tierra, muy diferente por lo general de aquel bajo el que se generó la roca en su interior. Dado que el ambiente geoquímico de la superficie terrestre está condicionado por el clima, es por lo que los suelos son muy diferentes según el tipoi de clima y por lo que estos se distribuyen a lo largo de la superficie terrestre según amplias zonas que se corresponden con las distintas zonas climáticas.
De todos los componentes de los suelos, la materia orgánica es el que más incide sobre su fertilidad natural y su sostenibilidad. Los cambios que esta experimenta en el suelo por la acción de los microorganismos, constituyen la base de la sostenibilidad de la misma a lo largo del tiempo.
A lo largo de los diferentes capítulos de este seminario, veremos como la principal diferencia entre la sostenibilidad de la fertilidad natural del suelo de los diferentes ecosistemas terrestres deriva de alteraciones provocadas por el hombre en la dinámica de la materia orgánica, siendo el ejemplo más palpable de la degradación de los suelos la transformación de los ecosistemas naturales en ecosistemas agrícolas.
Inclusión y transparencia como clave del éxito para el mecanismo de transfere...CIFOR-ICRAF
Presented by Lauren Cooper and Rowenn Kalman (Michigan State University) at Workshop “Lecciones para el monitoreo transparente: Experiencias de la Amazonia peruana” on 7 Mei 2024 in Lima, Peru.
Avances de Perú con relación al marco de transparencia del Acuerdo de ParísCIFOR-ICRAF
Presented by Berioska Quispe Estrada (Directora General de Cambio Climático y Desertificación) at Workshop “Lecciones para el monitoreo transparente: Experiencias de la Amazonia peruana” on 7 Mei 2024 in Lima, Peru.
PPT NORMAS TECNICAS DE CREACION DE DISTRITOS EN EL PERU
1. PROCESO PARA LA CREACIÓN DE DISTRITOS POR INTERÉS NACIONAL
Secretaría de Demarcación y Organización Territorial
Viceministerio de Gobernanza Territorial
6. Expediente Único de Saneamiento y
Organización Territorial
Proceso, principios y requisitos para la creación de distritos por interés nacional
7. 1 Norma que declara de
interés nacional una
circunscripción para fines
de demarcación territorial.
2 La SDOT verifica que el
distrito de origen cuente
con límites territoriales.
3 La SDOT verifica el
cumplimiento de los demás
requisitos para la creación del
distrito.
El Ministerio de Economía
y Finanzas (MEF) elabora
el informe previo de
sostenibilidad fiscal a
solicitud de la SDOT
4
5 De ser negativo, se archiva
el expediente de creación.
De ser favorable, la PCM
aprueba el área de consulta
mediante Resolución
Ministerial y solicita al
Sistema Electoral la
implementación de la
consulta popular.
6
El Sistema Electoral
implementa la consulta
popular y remite los
resultados de ésta a la
SDOT.
7 De ser favorable, la SDOT
emite el informe de
procedencia y elabora y
tramita el anteproyecto de ley
de creación de distrito.
8
Las acciones de demarcación territorial en zonas declaradas de interés
nacional no se tramitan por petitorio ni requieren haber sido
identificadas previamente en un EDZ.
La creación de distrito en zonas declaradas de interés nacional solo es viable en tanto
el distrito de origen y el distrito propuesto cumplan con todos los requisitos que para
tal efecto se establecen en el reglamento de la Ley N° 27795.
La SDOT configura el ámbito
preliminar, previo informe
del Gobierno Regional.
MEF
ONPE
Reniec
JNE
PCM
PROCESO PARA CREACIÓN DE DISTRITOS EN ZONAS DECLARADAS DE INTERÉS NACIONAL
8. PRINCIPIOS QUE DEBE SEGUIR TODA ACCIÓN DE DEMARCACIÓN TERRITORIAL
El artículo 4 de la Ley N° 27795 y el artículo 5 de su reglamento aprobado con DS N°
191-2020-PCM, señala que toda iniciativa sobre acciones de demarcación territorial
deberá sustentarse en los siguientes principios
Unidad
Contigüidad
Continuidad
Integración
Las acciones de demarcación territorial deben de guiarse por los criterios técnicos y
requisitos establecidos para cada caso en el reglamento de la Ley N° 27795.
El artículo 102 del Reglamento de la Ley N° 27795 aprobado con DS 191-2020-PCM,
establece los requisitos para la creación de distritos en zonas de interés nacional
considerando DOS CASOS: i) cuando el distrito de origen cuente con límites territoriales;
y, ii) cuando el distrito de origen no cuente con límites territoriales.
9. DISTRITO «H»
DISTRITO «L»
DISTRITO «J»
DISTRITO «K»
DISTRITO «M»
DISTRITO «N»
Límite saneado
Tramo saneado
Punto extremo de límite
Punto extremo de tramo
Tramo determinado (acta
de acuerdo de límites)
Tramo determinado
(informe dirimente)
Cuando el distrito de origen CUENTE
con límites territoriales
Cuando el distrito de origen NO CUENTE
con límites territoriales
DISTRITO «H»
DISTRITO «L»
DISTRITO «J»
DISTRITO «K»
DISTRITO «M»
DISTRITO «N»
10. a. El distrito de origen debe tener límites territoriales y cumplir con todos los requisitos para la creación de distritos.
b. El distrito o distritos de los cuales se escinde la nueva circunscripción cuenta con una antigüedad mayor a diez años, contados a partir
desde su fecha de creación o reconocimiento o desde la fecha de la última creación que se escindió de dicho distrito.
c. La denominación del distrito a crearse cumple con lo establecido en los artículos 81 y 82 del reglamento.
d. No afectar más del cincuenta por ciento (50%) de la superficie del o los distritos de los que se escinde.
e. Ser colindante con dos (2) o más distritos.
f. Configurarse a partir de criterios técnicos geográficos así como de funcionalidad, cohesión y articulación.
g. El volumen poblacional del distrito a crearse por interés nacional se encuentra establecida en la Tabla N° 2 que como anexo forma parte del
reglamento y dependerá del tipo distrito del cual se desprende. (Distrito Ventanilla Tipo A0*: Población mínima del nuevo distrito: 100,000)
h. Si el distrito o distritos de origen son Tipo* A0, A1 o A2 (siempre que este último sea distrito cercado), el volumen poblacional del distrito a
crearse debe ser entre el 25% y el 50% de la población del distrito de origen y en ningún caso menor a la población mínima exigida.
i. El distrito a crearse debe tener viabilidad fiscal, sustentada con el informe previo favorable de evaluación de la sostenibilidad fiscal
elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas.
j. La población mínima de la capital o densidad del núcleo urbano para ser capital del distrito, se sujetan a la Tabla N° 2 (Población mínima de
la capital propuesta: análisis de densidad)
k. Respecto a la capital propuesta, la diferencia del volumen poblacional entre el último y el antepenúltimo censo de población realizado por
el ente rector del Sistema Estadístico Nacional debe ser positiva.
REQUISITOS PARA LA CREACIÓN DE DISTRITOS POR INTERÉS NACIONAL
PRIMER CASO: EN TANTO EL DISTRITO DE ORIGEN CUENTE CON LÍMITES TERRITORIALES
Cumplir con todos los requisitos y seguir el proceso que corresponde, según los artículos 60 y 61 del reglamento.
* Tipología de Distritos aprobada por Resolución Viceministerial N° 005-2019-PCM/DVGT
11. a. El distrito o distritos de los cuales se escinde la propuesta debe cumplir con todos los requisitos para la
creación de distritos
b. El distrito o distritos de los cuales se escinde la nueva circunscripción cuenta con una antigüedad mayor
a diez años contados a partir de su fecha de creación o reconocimiento o desde la fecha de la última
creación que se escindió de dicho distrito.
c. La denominación del distrito a crearse cumple con lo establecido en los artículos 81 y 82 del reglamento.
d. Ser colindante con dos (2) o más distritos.
e. Configurarse a partir de criterios técnicos geográficos así como de funcionalidad, cohesión y articulación.
f. Si el distrito de origen es Tipo* A0, A1 o A2 (siempre que este último sea distrito cercado), el núcleo
urbano propuesto como capital de distrito debe tener la densidad mínima requerida para ser capital del
distrito en el que se ubica, según la Tabla N° 1 que como anexo forma parte del reglamento. (Distrito
Ventanilla Tipo A0*: Población mínima del nuevo distrito: 100,000 (Debe ser >25% y <50% de la
población del distrito de origen) y población mínima de la capital propuesta: análisis de densidad)
g. El distrito a crearse debe tener viabilidad fiscal, sustentada con el informe previo favorable de
evaluación de la sostenibilidad fiscal elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas.
REQUISITOS PARA LA CREACIÓN DE DISTRITOS POR INTERÉS NACIONAL
SEGUNDO CASO: EN TANTO EL DISTRITO DE ORIGEN NO CUENTE CON LÍMITES TERRITORIALES
* Tipología de Distritos aprobada por Resolución Viceministerial N° 005-2019-PCM/DVGT
Cumplir con todos los requisitos y seguir el proceso que corresponde, según los artículos 60 y 61 del reglamento.
12. DECRETO LEGISLATIVO N° 1275 Y SU REGLAMENTO APROBADO MEDIANTE
D.S. N° 162-2017-EF (MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS)
El Decreto Legislativo N° 1275 “Que aprueba el Marco de la Responsabilidad y
Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales” de fecha
23/12/2016, así como su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N°
162-2017-EF de fecha 07/06/2017, establecen que para el redimensionamiento o
la creación de nuevos distritos y/o provincias, es requisito contar con un informe
previo favorable del Ministerio de Economía y Finanzas respecto a la
sostenibilidad fiscal de las jurisdicciones involucradas en la propuesta.
Dicho requisito también está considerado en el artículo 60 y 102 del Reglamento
de la Ley N° 27795.
Para los casos de interés nacional o zona de frontera la solicitud de dicha
evaluación será realizada por la SDOT conforme a la Única Disposición
Complementaria Modificatoria del DS N° 191-2020-PCM.
13. MECANISMOS PARA ACREDITAR LA OPINIÓN MAYORITARIA DE LA
POBLACIÓN
Artículo 104.- Mecanismos para acreditar la opinión mayoritaria de la población
Los mecanismos para acreditar la opinión mayoritaria de la población involucrada en las
acciones de demarcación territorial son:
1. Consulta popular.- Mecanismo conducido e implementado por el Sistema Electoral
mediante el cual la población involucrada expresa su opinión respecto a una determinada
acción de demarcación territorial. Se sujeta a la ley de la materia.
2. Consulta poblacional.- Mecanismo conducido e implementado por el gobierno regional
mediante el cual la población involucrada expresa su opinión respecto a una determinada
acción de demarcación territorial. Se regula mediante directiva aprobada por la SDOT.
La participación ciudadana en los mecanismos de consulta antes señalados se aplica, de ser
el caso, con un enfoque intercultural atendiendo a la identidad de la población involucrada al
momento de expresar su opinión sobre una determinada acción de demarcación territorial.
14. Expediente Único de Saneamiento y
Organización Territorial
Acciones realizadas por la SDOT en el marco de la Ley N° 31175
Ley que declara de interés nacional y necesidad pública la
creación del distrito de Pachacútec en la Provincia
Constitucional del Callao
15. ACCIONES REALIZADAS POR LA SDOT
En seguimiento a lo establecido por
al artículo 102 del Reglamento de la
Ley N° 27795, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 191-2020-PCM,
la SDOT ha solicitado al Gobierno
Regional del Callao mediante Oficio
N° D00259-2021-PCM-SDOT, que
informe sobre la situación de los
límites del distrito de Ventanilla.
16. ACCIONES REALIZADAS POR LA SDOT
La SDOT ha convocado a
una reunión a los los
actores involucrados con
la creación distrital de
Pachacútec para el día 20
de mayo de 2021 con la
finalidad de informar
sobre el proceso de
creación de distritos en
zonas declaradas de
interés nacional.