Integrantes:
•Leomar Millán
•Karen González
•Rosy Cataldo
•Luz Rodríguez
•David Carrera
Implica una                                  Puede entenderse bien
  redistribución real del                           como proceso o como
 Poder Público, centrado                                   forma de
actualmente en el vértice                             funcionamiento de
del Ejecutivo Nacional, el                             una organización.
cual debe ser transferido
   hacia las bases de la
         sociedad.           Es un mecanismo que permite desconcentrar el
                             poder y transferir competencias desde un ámbito
                             de poder a otra, la misma puede ser
                             administrativa, funcional, presupuestaria, entre
                             otras. La característica principal del proceso de
                             descentralización consiste en la transferencia de
                             autonomía según lo que establezca la constitución
                             y las leyes de la república en el ámbito, sector o
                             competencia a descentralizar.
-Transfiere autonomía desde la central administrativa a entes
morales o jurídicos.
-El Estado se encarga de proveer entidad jurídica al órgano
descentralizado.
-Desde la administración central se le asigna un patrimonio propio
y una gestión independiente.
-La descentralización refuerza el carácter democrático de un Estado
-Transferencias de competencias desde la administración central a
nuevos entes morales o jurídicos.
-El estado dota de entidad jurídica al órgano descentralizado.
-Se le asigna un patrimonio propio y una gestión independiente de
la administración central.
-El estado solo ejerce tutela sobre estos.
-Se basa en un principio de autarquía (organización política y
económica de un Estado fundada en el autoabastecimiento).
   Elección de Gobernadores y Alcaldes 1989
   En Diciembre de 1989 es realizada por vez primera en Venezuela las elecciones para
    Alcaldes y Gobernadores de las regiones, correspondientes a los períodos 1990-
    1993, éstos cumplirían con sus funciones durante 3 años con posibilidad a reelección
    solo una vez. Los cambios sociales arrojados por el Caracazo el 27 de febrero de ése
    año dejaron cambios políticos significativos en diciembre, ya que se mantenía el
    bipartidismo y que cuyos líderes eran AD y Copei, sin embargo, se lograron triunfos en
    el Estado Aragua y Bolívar al resultar electos Carlos Tablante del Movimiento al
    Socialismo(MAS) y Andrés Velásquez de La Causa R(LCR). Al igual que recientes procesos
    electorales de entonces la abstención iba en aumento, para esa elección llegó al 54,9%.
   Ley Orgánica de descentralización, Delimitación y transferencia de Competencias del
    Poder Público
   El proceso de descentralización en Venezuela inició en el año de 1989, fue sustentado
    en los preceptos constitucionales sobre descentralización política y administrativa
    previstos en la Constitución Nacional de 1961, a través de la Ley Orgánica de
    Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Sector Público
    (LOD) sancionada en 1989, la cual a través del tiempo ha sido modificada en varias
    oportunidades en busca del bienestar social, económico y político de cada época.
    La última modificación realizada tuvo lugar el 27 de Marzo de 2009, la cual limitó el
    proceso de descentralización y al desarrollo local venezolano, en el sentido de que el
    poder central revirtió competencias exclusivas, previamente cedidas con carácter
    constitucional en 1999 a los estados, enfatizando en el régimen de
    conservación, administración y aprovechamiento de carreteras y autopistas
    nacionales, así como de puertos y aeropuertos de uso comercial, lo cual fortalece la
    desconcentración administrativa de funciones en desmedro de la verdadera
    descentralización administrativa, ya que cercena la autonomía de los estados a disponer
    libremente de estas fuentes de ingresos fiscales en aras del fortalecimiento del
    desarrollo local, a través del diseño y aplicación de soluciones propias de cada localidad
    a la solución de sus necesidades más apremiantes.
COPRE

En 1984 el gobierno de Jaime Lusinchi decreta la creación de la Comisión Presidencial
para la Reforma del Estado (COPRE) donde el énfasis se centraba en hacer efectivo el
ordenamiento jurídico de aquella constitución que para aquel entonces no se tomaba en
cuenta. La COPRE la dirigió Ramón J Velásquez desde 1985 hasta 1987, la cual arrojó
como resultado el impulso de una política de descentralización

Autonomía                de             los              Municipios              1989
La ley Orgánica de régimen municipal (LORM) define a los municipios “como la unidad
política primaria y autónoma dentro de la organización nacional”. No obstante en la
actualidad en Venezuela los municipios no gozan totalmente de la autonomía
establecida tanto en la constitución nacional de 1999 como en la LORM, en el área
referente a la gestión de sus competencias y recursos, ya que éstos han sido asumidos
por los Estados y por el poder central, limitando su ámbito de acción, tampoco han
contado con los recursos humanos y financieros suficientes o apropiados para llevar a
cabo cada una de sus responsabilidades y ejercer su autonomía, ya que son ellos los
que están mas cerca de los ciudadanos para solucionarles sus problemas.
Actualmente existe una propuesta de reforma parcial a la LORM y de la ley orgánica de
descentralización que se encuentra en discusión, ya que las vigentes son del año 1989
las cuales no se encuentran actualizadas, además de no estar acorde a las
potencialidades que les brinda la nueva constitución a los municipios.
   TRANSFERENCIA DE PODER
                                               
    Desde la plenaria del Consejo federal de gobierno, sus integrantes discutirán y
    desarrollaran propuestas al Presidente de la República para la materialización de la
    transferencia de competencias y servicios a los Poderes Públicos Territoriales y a las
    organizaciones de base del Poder Popular, así como las modificaciones para obtener la
    eficiencia necesaria en la organización político-territorial de los estados, y la creación de
    los Distritos Motores de Desarrollo, sin perjuicio de la organización política territorial de
    la República, con la finalidad de impulsar en el área comprendida en cada uno de ellos
    los proyectos económicos, sociales, científicos y tecnológicos, destinados a lograr el
    desarrollo integral de las regiones y el fortalecimiento del Poder Popular, en aras de
    facilitar la transición hacia el socialismo. Se reivindica, de esta manera, la transferencia
    de competencias como la vía para lograr el fortalecimiento de las organizaciones de
    base del Poder Popular y el desarrollo armónico de los Distritos Motores de Desarrollo y
    regiones del país, en el marco del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.

   CONSEJOS COMUNALES
                                               
    Es la nueva estructura social, conformado por organizaciones populares a las cuales se
    les ha transferido la responsabilidad de formular, planificar y puesta en marcha de
    proyectos de producción social como agro productivos, granjas , vialidad , plantas
    procesadoras , viveros, dirigidos a satisfacer necesidades importantes dentro de la
    comunidad, bajo un ámbito geográfico delimitado. Sera la autoridad permanente en la
    comunidad ante la cual se deba plantear los problemas de índole colectivo y es el
    interlocutor entre la comunidad las instancias gubernamentales. Se conforma a partir de
    20 familias y 9 voceros. Para conformar el consejo comunal deben convocar una
    asamblea de ciudadanos y ciudadana , los recursos económicos proviene de :
    Administración de Servicios públicos ¡, bienes y servicios asumidos por la comunidad , el
    manejo de sus propios recursos, los transferidos por las alcaldías y el Situado comunal
   COMUNAS

    Es una estructura superior a los consejos comunales pues el trabajo se
    desarrolla en conjunto entre los integrantes de diferentes organizaciones
    comunitarias, a fin de mejorar la calidad de vida del entorno para desarrollar
    proyectos            productivos           en            materia           de
    salud, vivienda, alimentación, educación, cultura, deporte, entre otros”, Las
    comunas se han conformado con lentitud debido a los altibajos de la
    participación ciudadana, causado por la disminución de la autonomía de los
    consejos comunales por no contar aun con una ley que las regule y el haber
    sido rechazadas por el referéndum constitucional del 02 de diciembre del
    2007.

   COMUNIDADES ORGANIZADAS
                                        
    Son organizaciones que existen o pueden existir en el seno de la comunidad y
    agrupan un conjuntode personas con bases a objetivos e               intereses
    comunes, para desarrollar actividades propias en el área que les ocupa, Esta
    comunidades organizadas pasan a ser el elemento determinante para fomentar
    el diálogo entre los venezolanos, sobre todo, en estos momentos de transición
    política,     económica       y      social     que      vive     el      país.
   CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO

    Viene a constituir un órgano encargado de la planificación y coordinación de políticas y
    acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de
    competencias       del     Poder    Nacional      a     los     Estados y    Municipios.
    Lo preside el Vicepresidente, están allí los ministros, los gobernadores, un alcalde por
    Estado, un representante de la sociedad civil por cada Estado y serán miembros natos
    los              alcaldes              del               distrito         metropolitano
    encargado de evaluar los diversos proyectos comunales, locales, estadales y provinciales
    para articularlos al Plan de Desarrollo Integral de la Nación

   COORDINACION DE POLÍTICAS PÚBLICAS

    Funcionarán, en cada estado, como órganos rectores de la planificación de las políticas
    públicas; a los fines de promover el desarrollo armónico, equilibrado y sustentable. Los
    Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas se regirán por la
    Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y actuarán de acuerdo con los
    principios    de     justicia  social,   democracia,     eficiencia,    protección     del
    ambiente,                         corresponsabilidad,                          integridad
    territorial, productividad, solidaridad, cooperación y desarrollo sustentable.

                                             
    LOS CONSEJOS ESTADALES DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS
    Entidades federales que conforman la República Bolivariana de Venezuela y, cuyo objeto
    fundamental es la planificación del desarrollo de la entidad a la que pertenece
    Funcionarán, en cada estado, como órganos rectores de la planificación de las políticas
    públicas; a los fines de promover el desarrollo armónico, equilibrado y sustentable. Su
    función es Discutir, aprobar y modificar el Plan de Desarrollo Estadal
   Órgano encargado de la planificación integral del gobierno
    local, con el propósito de lograr :
   La integración de las comunidades y grupos vecinales mediante
    la participación y el protagonismo dentro de una política general
    de Estado.
   Promover la organización comunitaria y la corresponsabilidad a
    través de las redes sociales para garantizar la participación
    protagónica de la sociedad.
Presentación descentralizacion

Presentación descentralizacion

  • 1.
    Integrantes: •Leomar Millán •Karen González •RosyCataldo •Luz Rodríguez •David Carrera
  • 2.
    Implica una Puede entenderse bien redistribución real del como proceso o como Poder Público, centrado forma de actualmente en el vértice funcionamiento de del Ejecutivo Nacional, el una organización. cual debe ser transferido hacia las bases de la sociedad. Es un mecanismo que permite desconcentrar el poder y transferir competencias desde un ámbito de poder a otra, la misma puede ser administrativa, funcional, presupuestaria, entre otras. La característica principal del proceso de descentralización consiste en la transferencia de autonomía según lo que establezca la constitución y las leyes de la república en el ámbito, sector o competencia a descentralizar.
  • 3.
    -Transfiere autonomía desdela central administrativa a entes morales o jurídicos. -El Estado se encarga de proveer entidad jurídica al órgano descentralizado. -Desde la administración central se le asigna un patrimonio propio y una gestión independiente. -La descentralización refuerza el carácter democrático de un Estado -Transferencias de competencias desde la administración central a nuevos entes morales o jurídicos. -El estado dota de entidad jurídica al órgano descentralizado. -Se le asigna un patrimonio propio y una gestión independiente de la administración central. -El estado solo ejerce tutela sobre estos. -Se basa en un principio de autarquía (organización política y económica de un Estado fundada en el autoabastecimiento).
  • 4.
    Elección de Gobernadores y Alcaldes 1989  En Diciembre de 1989 es realizada por vez primera en Venezuela las elecciones para Alcaldes y Gobernadores de las regiones, correspondientes a los períodos 1990- 1993, éstos cumplirían con sus funciones durante 3 años con posibilidad a reelección solo una vez. Los cambios sociales arrojados por el Caracazo el 27 de febrero de ése año dejaron cambios políticos significativos en diciembre, ya que se mantenía el bipartidismo y que cuyos líderes eran AD y Copei, sin embargo, se lograron triunfos en el Estado Aragua y Bolívar al resultar electos Carlos Tablante del Movimiento al Socialismo(MAS) y Andrés Velásquez de La Causa R(LCR). Al igual que recientes procesos electorales de entonces la abstención iba en aumento, para esa elección llegó al 54,9%.  Ley Orgánica de descentralización, Delimitación y transferencia de Competencias del Poder Público  El proceso de descentralización en Venezuela inició en el año de 1989, fue sustentado en los preceptos constitucionales sobre descentralización política y administrativa previstos en la Constitución Nacional de 1961, a través de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Sector Público (LOD) sancionada en 1989, la cual a través del tiempo ha sido modificada en varias oportunidades en busca del bienestar social, económico y político de cada época. La última modificación realizada tuvo lugar el 27 de Marzo de 2009, la cual limitó el proceso de descentralización y al desarrollo local venezolano, en el sentido de que el poder central revirtió competencias exclusivas, previamente cedidas con carácter constitucional en 1999 a los estados, enfatizando en el régimen de conservación, administración y aprovechamiento de carreteras y autopistas nacionales, así como de puertos y aeropuertos de uso comercial, lo cual fortalece la desconcentración administrativa de funciones en desmedro de la verdadera descentralización administrativa, ya que cercena la autonomía de los estados a disponer libremente de estas fuentes de ingresos fiscales en aras del fortalecimiento del desarrollo local, a través del diseño y aplicación de soluciones propias de cada localidad a la solución de sus necesidades más apremiantes.
  • 5.
    COPRE En 1984 elgobierno de Jaime Lusinchi decreta la creación de la Comisión Presidencial para la Reforma del Estado (COPRE) donde el énfasis se centraba en hacer efectivo el ordenamiento jurídico de aquella constitución que para aquel entonces no se tomaba en cuenta. La COPRE la dirigió Ramón J Velásquez desde 1985 hasta 1987, la cual arrojó como resultado el impulso de una política de descentralización Autonomía de los Municipios 1989 La ley Orgánica de régimen municipal (LORM) define a los municipios “como la unidad política primaria y autónoma dentro de la organización nacional”. No obstante en la actualidad en Venezuela los municipios no gozan totalmente de la autonomía establecida tanto en la constitución nacional de 1999 como en la LORM, en el área referente a la gestión de sus competencias y recursos, ya que éstos han sido asumidos por los Estados y por el poder central, limitando su ámbito de acción, tampoco han contado con los recursos humanos y financieros suficientes o apropiados para llevar a cabo cada una de sus responsabilidades y ejercer su autonomía, ya que son ellos los que están mas cerca de los ciudadanos para solucionarles sus problemas. Actualmente existe una propuesta de reforma parcial a la LORM y de la ley orgánica de descentralización que se encuentra en discusión, ya que las vigentes son del año 1989 las cuales no se encuentran actualizadas, además de no estar acorde a las potencialidades que les brinda la nueva constitución a los municipios.
  • 6.
    TRANSFERENCIA DE PODER  Desde la plenaria del Consejo federal de gobierno, sus integrantes discutirán y desarrollaran propuestas al Presidente de la República para la materialización de la transferencia de competencias y servicios a los Poderes Públicos Territoriales y a las organizaciones de base del Poder Popular, así como las modificaciones para obtener la eficiencia necesaria en la organización político-territorial de los estados, y la creación de los Distritos Motores de Desarrollo, sin perjuicio de la organización política territorial de la República, con la finalidad de impulsar en el área comprendida en cada uno de ellos los proyectos económicos, sociales, científicos y tecnológicos, destinados a lograr el desarrollo integral de las regiones y el fortalecimiento del Poder Popular, en aras de facilitar la transición hacia el socialismo. Se reivindica, de esta manera, la transferencia de competencias como la vía para lograr el fortalecimiento de las organizaciones de base del Poder Popular y el desarrollo armónico de los Distritos Motores de Desarrollo y regiones del país, en el marco del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.  CONSEJOS COMUNALES  Es la nueva estructura social, conformado por organizaciones populares a las cuales se les ha transferido la responsabilidad de formular, planificar y puesta en marcha de proyectos de producción social como agro productivos, granjas , vialidad , plantas procesadoras , viveros, dirigidos a satisfacer necesidades importantes dentro de la comunidad, bajo un ámbito geográfico delimitado. Sera la autoridad permanente en la comunidad ante la cual se deba plantear los problemas de índole colectivo y es el interlocutor entre la comunidad las instancias gubernamentales. Se conforma a partir de 20 familias y 9 voceros. Para conformar el consejo comunal deben convocar una asamblea de ciudadanos y ciudadana , los recursos económicos proviene de : Administración de Servicios públicos ¡, bienes y servicios asumidos por la comunidad , el manejo de sus propios recursos, los transferidos por las alcaldías y el Situado comunal
  • 7.
    COMUNAS Es una estructura superior a los consejos comunales pues el trabajo se desarrolla en conjunto entre los integrantes de diferentes organizaciones comunitarias, a fin de mejorar la calidad de vida del entorno para desarrollar proyectos productivos en materia de salud, vivienda, alimentación, educación, cultura, deporte, entre otros”, Las comunas se han conformado con lentitud debido a los altibajos de la participación ciudadana, causado por la disminución de la autonomía de los consejos comunales por no contar aun con una ley que las regule y el haber sido rechazadas por el referéndum constitucional del 02 de diciembre del 2007.  COMUNIDADES ORGANIZADAS  Son organizaciones que existen o pueden existir en el seno de la comunidad y agrupan un conjuntode personas con bases a objetivos e intereses comunes, para desarrollar actividades propias en el área que les ocupa, Esta comunidades organizadas pasan a ser el elemento determinante para fomentar el diálogo entre los venezolanos, sobre todo, en estos momentos de transición política, económica y social que vive el país.
  • 8.
    CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO Viene a constituir un órgano encargado de la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios. Lo preside el Vicepresidente, están allí los ministros, los gobernadores, un alcalde por Estado, un representante de la sociedad civil por cada Estado y serán miembros natos los alcaldes del distrito metropolitano encargado de evaluar los diversos proyectos comunales, locales, estadales y provinciales para articularlos al Plan de Desarrollo Integral de la Nación  COORDINACION DE POLÍTICAS PÚBLICAS Funcionarán, en cada estado, como órganos rectores de la planificación de las políticas públicas; a los fines de promover el desarrollo armónico, equilibrado y sustentable. Los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas se regirán por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y actuarán de acuerdo con los principios de justicia social, democracia, eficiencia, protección del ambiente, corresponsabilidad, integridad territorial, productividad, solidaridad, cooperación y desarrollo sustentable.  LOS CONSEJOS ESTADALES DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS Entidades federales que conforman la República Bolivariana de Venezuela y, cuyo objeto fundamental es la planificación del desarrollo de la entidad a la que pertenece Funcionarán, en cada estado, como órganos rectores de la planificación de las políticas públicas; a los fines de promover el desarrollo armónico, equilibrado y sustentable. Su función es Discutir, aprobar y modificar el Plan de Desarrollo Estadal
  • 9.
    Órgano encargado de la planificación integral del gobierno local, con el propósito de lograr :  La integración de las comunidades y grupos vecinales mediante la participación y el protagonismo dentro de una política general de Estado.  Promover la organización comunitaria y la corresponsabilidad a través de las redes sociales para garantizar la participación protagónica de la sociedad.