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LA COSEDE Y EL SEGURO DE DEPÓSITOS:
    UN SERVICIO PARA LA SOCIEDAD


    CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS



1
1. ANTECEDENTES

            Crisis de 1999.     Utilización de Fondos
           públicos para sanear el sistema financiero.
             - El Estado asumió la carga de la crisis.
             - Efectos sociales y en la Economía real
            Desconfianza del depositante en el
           Sistema Financiero.
           Dolarización. Generó una carencia de un
           prestamista de última instancia y otros
           esquemas de protección
            Crisis Bancaria Internacional 2008. Dejó
           en evidencia la necesidad de modificar el
           enfoque de la supervisión bancaria.
            No se puede volver a emplear recursos
               públicos a fin de salvar al sistema
2
                            financiero
1.1 LEY DE CREACIÓN DE LA RED DE
      SEGURIDAD FINANCIERA

                    Ley de Creación de la Red de
                        Seguridad Financiera.
                  31/12/2008
                  Nueva arquitectura financiera.
                  Sistema oportuno y efectivo
                  control    estatal  de     carácter
                  preventivo
                  Prevenir riesgos sistémicos y
                  enfrentar eventuales quiebras con
                  el menor costo social posible.
                  Costo de crisis asumidas por el
                  sistema
                  Precautelar intereses de los
 3                depositantes más pequeños.
2. RED DE
    SEGURIDAD FINANCIERA

                        RED DE SEGURIDAD
                            FINANCIERA
                    Se crea con la finalidad de
                    contribuir a mantener la
                    estabilidad del sistema
                    financiero, estimular la
                    confianza de los
                    depositantes, impulsar un
                    sistema de pagos eficiente y
                    fomentar el desarrollo del
                    país a través de un
                    crecimiento sostenido del
                    ahorro interno.
4
2.1 FINALIDAD DE UNA RED DE
       SEGURIDAD FINANCIERA

                           RED DE SEGURIDAD
                              FINANCIERA
                        Busca minimizar el impacto
                        negativo de posibles cierres de
                        instituciones financieras y por
                        ende mitigar el riesgo de
                        contagios sistémicos. Por lo
                        que para poder viabilizar su
                        aplicación en un mercado
                        financiero,       las      leyes
                        internacionales     recomiendan
                        fomentar la disciplina de
                        mercado a través “de bases
                        sólidas     en     materia    de
5
                        regulación,     supervisión    e
                        identificación temprana de
2.2 INTEGRANTES DE LA RED DE
        SEGURIDAD FINANCIERA




             I.
        Supervisión                                IV.
          bancaria        II.         III.      Sistema
        preventiva y   Fondo de   Esquema de       de
         oportuna      Liquidez   Resolución    Seguro
                                   Bancaria        de
                                               Depósitos




6
2.2 INTEGRANTES DE LA RED DE
          SEGURIDAD FINANCIERA


1. Supervisión preventiva y oportuna: ejercida por la Superintendencia
   de Bancos y Seguros;
2. Fondo de Liquidez: administrado por el Banco Central del
   Ecuador, que actúa como prestamista de última instancia;
3. Resolución Bancaria: es el conjunto de procedimientos y medidas
   para resolver la situación de una institución financiera
   inviable, preservando primordialmente el interés de los depositantes;
4. Seguro de Depósitos: administrado por la COSEDE e instrumentado
   a través del Fondo del Seguro de Depósitos; pilar de la Red de
   Seguridad Financiera encargado de responder directamente al
   depositante, devolviendo sus depósitos hasta por un monto
   límite, frente al eventual cierre de una institución financiera
   privada, bajo el control de la Superintendencia de Bancos y Seguros

 7
2.3 SISTEMA DE SEGURO DE
            DEPÓSITOS

                        El Seguro de Depósitos

                     Protege a los depositantes ante
                     el riesgo eventual de insolvencia
                     y liquidación de las instituciones
                     del sistema financiero privado
                     nacional, a través de aportes a
                     procesos       de      resolución
                     bancaria, mediante la Exclusión
                     y Transferencia de Activos y
                     Pasivos, o el pago del seguro
                     directamente         a          los
                     depositantes, por un valor
                     máximo de US $ 31,000 por
                     depositante      e      institución
8
                     financiera.
2.4 FACTORES DE ÉXITO PARA UN
SISTEMA DE SEGURO DE DEPÓSITOS
           EFICIENTE

En general un Seguro de Depósitos debe tener las
siguientes características:

  i) Ser limitado y oneroso
  ii) Ajustar las primas al riesgo
  iii) Poder aportar en procesos de Resolución Bancaria bajo la
       regla del menor costo
  iv) Contar con recursos suficientes de acuerdo con sus
       obligaciones
  v) Ofrecer una cobertura de amplio alcance
  vi) Tener acceso a financiamiento extraordinario



  9
2.5 TIPOS DE DEPÓSITOS
     CUBIERTOS Y EXCLUIDOS

                       Están protegidos por la
                       cobertura los siguientes
                             depósitos:
                        A la vista (cuentas
                      corrientes,       cuentas      de
                      ahorros,                ejecución
                      presupuestaria, depósitos de
                      otras      instituciones     para
                      encaje,                  cheques
                      certificados, otros depósitos y
                      fondos de tarjetahabientes)
                       A plazo
                       De garantía
10
                       Restringidos
2.5 TIPOS DE DEPÓSITOS CUBIERTOS Y
             EXCLUIDOS




11
2.5 TIPOS DE DEPÓSITOS CUBIERTOS
           Y EXCLUIDOS

                      No están protegidos por la
                       cobertura del seguro de
                             depósitos:

                      Los depósitos efectuados
                      por personas vinculadas,

                      Los depósitos en oficinas off-
                      shore; y,

                       El papel comercial y las
                      obligaciones emitidas por las
                      instituciones financieras.

12
2.6 FONDO DE SEGURO DE
            DEPÓSITOS

                       FONDO DE SEGURO DE
                           DEPÓSITOS

                      Es un patrimonio autónomo
                      compuesto principalmente por las
                      aportaciones    mensuales       que
                      realizan     las      instituciones
                      financieras privadas, controladas
                      por las Superintendencia de
                      Bancos y Seguros, y por los
                      rendimientos de las inversiones
                      que realiza la COSEDE. Está
                      destinado    exclusivamente       a
                      proteger los recursos del público
                      depositados en las entidades
                      financieras privadas, ante la
13
                      eventual quiebra de cualquiera de
CRECIMIENTO DEL FONDO DEL
       SEGURO DE DEPÓSITOS - FSD                                                CORPORACIÓN DEL SEGURO DE
                                                                               DEPÓSITOS
La COSEDE a través de su adecuada gestión administrativa y
financiera ha logrado              incrementar el valor              del   FSD en el
378%            con respecto al aporte inicial de la AGD.



                                                                           FSD 2012

                                                                           636 MILLONES*
                                                            FSD 2011
                                                 FSD 2010
                                                                453 Millones
                                 FSD 2019        314 MILLONES
                                 208 MILLONES

              AGD 2008
              133 MILLONES




Nota: (*) Valor acumulado del FSD al 31 de enero de 2013
3. RÉGIMEN DE DIFUSIÓN

                                   Régimen de Difusión
                              Resolución      Bancaría No.
                             JB.2009-1280
                             Sección IX.- Del régimen de
                             información al público.

ARTICULO 26.- A fin de que los depositantes conozcan los
beneficios y limitaciones del seguro de depósitos, las instituciones
financieras    aportantes      realizarán     las   siguientes acciones
comunicacionales:
Utilización de logotipos, que serán proporcionados por la
Corporación del Seguro de Depósitos, con la expresión “institución
financiera protegida por la Corporación del Seguro de Depósitos” para
permitir su identificación en la red de oficinas de la entidad

15
3. RÉGIMEN DE DIFUSIÓN

 Difusión de información referente al seguro de depósitos dentro de
las instalaciones de cada oficina
 Notificación a cada cliente, por los medios que consideren
convenientes, del monto asegurado y condiciones del seguro de
depósitos. En los casos de nuevos depositantes, dicha notificación se
realizará al momento de la constitución de un depósito o cuando el
titular del depósito lo requiera respecto del beneficio del seguro
 Incorporación de la definición de “asegurado” o “no asegurado”
dentro del texto de los contratos, por los que se constituye el
depósito, utilizando la expresión “la Corporación del Seguro de
Depósitos es aseguradora de los depósitos hasta la cobertura
vigente, por persona natural o jurídica, salvo las excepciones
establecidas en la Ley General de Instituciones del Sistema
Financiero, reformada por la Ley de Creación de la Red de Seguridad
Financiera y demás normativa aplicable”;
Otras de carácter general que dicte la Junta Bancaria y de carácter
específico que disponga la Superintendencia de Bancos y Seguros.
  16
4. MECANISMO DE COMUNICACIÓN Y
         COOPERACIÓN

                  Página Web: http://www.cosede.gob.ec
                  -Informativos didácticos
                  -Logo COSEDE y formatos
                  -Preguntas frecuentes
                  -Marco legal y normativo
                  -Redes Sociales
                  -Registro de usuarios
                  -Videos informativos
                  -Estadísticas e indicadores
                  -E-
                  Mail:Servicioalcliente@cosede.gob.ec
                  -Atención a interrogantes tanto de las IFIS
                  como de los depositantes.
                  -Sugerencias de las IFIS
                  -Consultas personalizadas
 17
                  -Petición de charlas informativas y
                  capacitaciones
Tus
       depósitos
       seguros…

       ¡SEGURO!
     Escríbenos:
     servicioalcliente@cosede.gob.ec

     Búscanos en:




18

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Presentación IFIS 2013

  • 1. LA COSEDE Y EL SEGURO DE DEPÓSITOS: UN SERVICIO PARA LA SOCIEDAD CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS 1
  • 2. 1. ANTECEDENTES  Crisis de 1999. Utilización de Fondos públicos para sanear el sistema financiero. - El Estado asumió la carga de la crisis. - Efectos sociales y en la Economía real  Desconfianza del depositante en el Sistema Financiero. Dolarización. Generó una carencia de un prestamista de última instancia y otros esquemas de protección  Crisis Bancaria Internacional 2008. Dejó en evidencia la necesidad de modificar el enfoque de la supervisión bancaria. No se puede volver a emplear recursos públicos a fin de salvar al sistema 2 financiero
  • 3. 1.1 LEY DE CREACIÓN DE LA RED DE SEGURIDAD FINANCIERA Ley de Creación de la Red de Seguridad Financiera. 31/12/2008 Nueva arquitectura financiera. Sistema oportuno y efectivo control estatal de carácter preventivo Prevenir riesgos sistémicos y enfrentar eventuales quiebras con el menor costo social posible. Costo de crisis asumidas por el sistema Precautelar intereses de los 3 depositantes más pequeños.
  • 4. 2. RED DE SEGURIDAD FINANCIERA RED DE SEGURIDAD FINANCIERA Se crea con la finalidad de contribuir a mantener la estabilidad del sistema financiero, estimular la confianza de los depositantes, impulsar un sistema de pagos eficiente y fomentar el desarrollo del país a través de un crecimiento sostenido del ahorro interno. 4
  • 5. 2.1 FINALIDAD DE UNA RED DE SEGURIDAD FINANCIERA RED DE SEGURIDAD FINANCIERA Busca minimizar el impacto negativo de posibles cierres de instituciones financieras y por ende mitigar el riesgo de contagios sistémicos. Por lo que para poder viabilizar su aplicación en un mercado financiero, las leyes internacionales recomiendan fomentar la disciplina de mercado a través “de bases sólidas en materia de 5 regulación, supervisión e identificación temprana de
  • 6. 2.2 INTEGRANTES DE LA RED DE SEGURIDAD FINANCIERA I. Supervisión IV. bancaria II. III. Sistema preventiva y Fondo de Esquema de de oportuna Liquidez Resolución Seguro Bancaria de Depósitos 6
  • 7. 2.2 INTEGRANTES DE LA RED DE SEGURIDAD FINANCIERA 1. Supervisión preventiva y oportuna: ejercida por la Superintendencia de Bancos y Seguros; 2. Fondo de Liquidez: administrado por el Banco Central del Ecuador, que actúa como prestamista de última instancia; 3. Resolución Bancaria: es el conjunto de procedimientos y medidas para resolver la situación de una institución financiera inviable, preservando primordialmente el interés de los depositantes; 4. Seguro de Depósitos: administrado por la COSEDE e instrumentado a través del Fondo del Seguro de Depósitos; pilar de la Red de Seguridad Financiera encargado de responder directamente al depositante, devolviendo sus depósitos hasta por un monto límite, frente al eventual cierre de una institución financiera privada, bajo el control de la Superintendencia de Bancos y Seguros 7
  • 8. 2.3 SISTEMA DE SEGURO DE DEPÓSITOS El Seguro de Depósitos Protege a los depositantes ante el riesgo eventual de insolvencia y liquidación de las instituciones del sistema financiero privado nacional, a través de aportes a procesos de resolución bancaria, mediante la Exclusión y Transferencia de Activos y Pasivos, o el pago del seguro directamente a los depositantes, por un valor máximo de US $ 31,000 por depositante e institución 8 financiera.
  • 9. 2.4 FACTORES DE ÉXITO PARA UN SISTEMA DE SEGURO DE DEPÓSITOS EFICIENTE En general un Seguro de Depósitos debe tener las siguientes características: i) Ser limitado y oneroso ii) Ajustar las primas al riesgo iii) Poder aportar en procesos de Resolución Bancaria bajo la regla del menor costo iv) Contar con recursos suficientes de acuerdo con sus obligaciones v) Ofrecer una cobertura de amplio alcance vi) Tener acceso a financiamiento extraordinario 9
  • 10. 2.5 TIPOS DE DEPÓSITOS CUBIERTOS Y EXCLUIDOS Están protegidos por la cobertura los siguientes depósitos:  A la vista (cuentas corrientes, cuentas de ahorros, ejecución presupuestaria, depósitos de otras instituciones para encaje, cheques certificados, otros depósitos y fondos de tarjetahabientes)  A plazo  De garantía 10  Restringidos
  • 11. 2.5 TIPOS DE DEPÓSITOS CUBIERTOS Y EXCLUIDOS 11
  • 12. 2.5 TIPOS DE DEPÓSITOS CUBIERTOS Y EXCLUIDOS No están protegidos por la cobertura del seguro de depósitos: Los depósitos efectuados por personas vinculadas, Los depósitos en oficinas off- shore; y,  El papel comercial y las obligaciones emitidas por las instituciones financieras. 12
  • 13. 2.6 FONDO DE SEGURO DE DEPÓSITOS FONDO DE SEGURO DE DEPÓSITOS Es un patrimonio autónomo compuesto principalmente por las aportaciones mensuales que realizan las instituciones financieras privadas, controladas por las Superintendencia de Bancos y Seguros, y por los rendimientos de las inversiones que realiza la COSEDE. Está destinado exclusivamente a proteger los recursos del público depositados en las entidades financieras privadas, ante la 13 eventual quiebra de cualquiera de
  • 14. CRECIMIENTO DEL FONDO DEL SEGURO DE DEPÓSITOS - FSD CORPORACIÓN DEL SEGURO DE DEPÓSITOS La COSEDE a través de su adecuada gestión administrativa y financiera ha logrado incrementar el valor del FSD en el 378% con respecto al aporte inicial de la AGD. FSD 2012 636 MILLONES* FSD 2011 FSD 2010 453 Millones FSD 2019 314 MILLONES 208 MILLONES AGD 2008 133 MILLONES Nota: (*) Valor acumulado del FSD al 31 de enero de 2013
  • 15. 3. RÉGIMEN DE DIFUSIÓN Régimen de Difusión  Resolución Bancaría No. JB.2009-1280 Sección IX.- Del régimen de información al público. ARTICULO 26.- A fin de que los depositantes conozcan los beneficios y limitaciones del seguro de depósitos, las instituciones financieras aportantes realizarán las siguientes acciones comunicacionales: Utilización de logotipos, que serán proporcionados por la Corporación del Seguro de Depósitos, con la expresión “institución financiera protegida por la Corporación del Seguro de Depósitos” para permitir su identificación en la red de oficinas de la entidad 15
  • 16. 3. RÉGIMEN DE DIFUSIÓN  Difusión de información referente al seguro de depósitos dentro de las instalaciones de cada oficina  Notificación a cada cliente, por los medios que consideren convenientes, del monto asegurado y condiciones del seguro de depósitos. En los casos de nuevos depositantes, dicha notificación se realizará al momento de la constitución de un depósito o cuando el titular del depósito lo requiera respecto del beneficio del seguro  Incorporación de la definición de “asegurado” o “no asegurado” dentro del texto de los contratos, por los que se constituye el depósito, utilizando la expresión “la Corporación del Seguro de Depósitos es aseguradora de los depósitos hasta la cobertura vigente, por persona natural o jurídica, salvo las excepciones establecidas en la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, reformada por la Ley de Creación de la Red de Seguridad Financiera y demás normativa aplicable”; Otras de carácter general que dicte la Junta Bancaria y de carácter específico que disponga la Superintendencia de Bancos y Seguros. 16
  • 17. 4. MECANISMO DE COMUNICACIÓN Y COOPERACIÓN Página Web: http://www.cosede.gob.ec -Informativos didácticos -Logo COSEDE y formatos -Preguntas frecuentes -Marco legal y normativo -Redes Sociales -Registro de usuarios -Videos informativos -Estadísticas e indicadores -E- Mail:Servicioalcliente@cosede.gob.ec -Atención a interrogantes tanto de las IFIS como de los depositantes. -Sugerencias de las IFIS -Consultas personalizadas 17 -Petición de charlas informativas y capacitaciones
  • 18. Tus depósitos seguros… ¡SEGURO! Escríbenos: servicioalcliente@cosede.gob.ec Búscanos en: 18