PRODUCTOS Y SERVICIOS BANCARIOS
SESION 5
SISTEMAS DE PROTECCION AL AHORRISTA
2010 - II
SISTEMAS DE PROTECCION AL
AHORRISTA
Sistemas de Protección al Ahorrista
La Superintendencia de Banca y Seguros y AFP’s (SBS)
ha establecido diferentes mecanismos para proteger al
público que deposita su dinero en las entidades
financieras (Intermediación Financiera), con base en la
Ley 26702 y en su Ley Orgánica, a fin de preservar los
intereses de los clientes. Estos mecanismos son:
• Encaje
• Fondo de Seguro de Depósito (FSD)
• Provisiones
• Secreto Bancario
ENCAJE
Son reservas de dinero
de curso legal que las
empresas financieras
deben mantener por
disposición de las
autoridades pertinentes
(BCRP) como respaldo
de los depósitos
recibidos y para fines de
regulación monetaria.
Sistemas de Protección al Ahorrista
Bóveda BCRP
+
• Encaje Legal
+
• Encaje Marginal
o Adicional
=
• Encaje Exigible
Tipos de Encaje
Sistemas de Protección al Ahorrista
El encaje es un porcentaje
dado del volumen de
depósitos y obligaciones
sujetas a encaje (TOSE:
Total de Obligaciones
Sujetas a Encaje) y está
conformado por el dinero
en curso legal que las
empresas mantienen en
sus propias cajas (dinero
en efectivo) y sus
depósitos en el Banco
Central.
Sistemas de Protección al Ahorrista
Encaje marginal o
Adicional
El encaje tiene una función adicional: busca
controlar la expansión de la masa monetaria, es
decir la cantidad de liquidez que pueda existir
en determinado momento en la economía, al
contrarrestar el efecto de una mayor emisión
primaria o de una entrada de capitales extranjeros
al sistema financiero nacional. (Encaje Marginal o
Adicional)
Encaje
Dinero
Circulante Interés
Encaje
Dinero
Circulante
Interés
Sistemas de Protección al Ahorrista
Fondo de Seguro de Depósito (FSD)
Persona jurídica de derecho privado de
naturaleza especial, cuyo objetivo es proteger
el ahorro de las personas naturales y jurídicas
sin fines de lucro, del riesgo de la eventual
insolvencia de alguna de las empresas o
entidades del sistema financiero que sean
miembros del Fondo.
Sistemas de Protección al Ahorrista
FSD - Cobertura
Respalda los depósitos de las personas
naturales y jurídicas privadas sin fines de lucro,
así como los depósitos a la vista de las demás
personas jurídicas.
Monto de cobertura máxima: período
Setiembre - Noviembre 2010 el monto que
cubre el FSD es de: S/.84,710.00
www.fsd.org.pe
Sistemas de Protección al Ahorrista
FSD - Depósitos respaldados
Depósitos Nominativos (P.N. / P.J.)
Intereses Devengados
Depósitos a la vista (P.J.C.F.L.)
Cuentas Mancomunadas
Depósitos de P.N. y P.J.S.F.L. (a la vista y a
plazos)
Sistemas de Protección al Ahorrista
FSD - Miembros
Todas las empresas del sistema financiero
autorizadas a captar depósitos del público.
Las empresas que ingresen al fondo deben
efectuar aportes al mismo durante 24 meses para
que sus operaciones se encuentren respaldadas.
Sistemas de Protección al Ahorrista
FSD - Otros
Por los depósitos de menores de edad se
constituye a su nombre un depósito de ahorros en
una empresa del sistema financiero.
Pasados 10 años y no cobrada la cobertura, esta
pasa a formar parte de los recursos del fondo.
Sistemas de Protección al Ahorrista
Provisiones
Son reservas de liquidez que las entidades financieras
están obligadas a realizar por exigencia del organismo
regulador (SBS) con el fin de asumir el deterioro de la
cartera de créditos a medida que los clientes van
entrando progresivamente en situación de morosidad.
Sistemas de Protección al Ahorrista
Provisiones
Son un costo para las entidades financieras dado que
esta reserva de recursos que realizan inmoviliza un
capital que no puede prestarse ni invertirse.
Cuando una provisión alcanza el 100% del saldo de
capital del préstamo, posteriormente le genera una
pérdida al Banco, disminuyendo las utilidades que
pudieron haberse obtenido en un período determinado.
Tipo de Crédito
C. Corporativo
C. Grandes Emp.
C. Mediana Emp.
C. Pequeña Emp.
C. Micro Emp.
C. Cons revolvente
C. Cons no revolvente
C. Hipotecario
Clasificación del
Deudor
Normal
Problema Potencial
Deficiente
Dudoso
Pérdida
Tipo de Garantía
G. Personales
G. Reales
G. Líquidas
Sin garantía
Factores para determinar las PROVISIONES
Sistemas de Protección al Ahorrista
Sistemas de Protección al Ahorrista
Provisiones - Clases
Provisiones genéricas
Aquellas que se constituyen, de manera preventiva,
con relación a créditos directos e indirectos y
operaciones de arrendamiento financiero de
deudores clasificados en categoría normal.
Provisiones específicas
Aquellas que se constituyen con relación a créditos
directos e indirectos y operaciones de arrendamiento
financiero respecto de los cuales se ha identificado
específicamente un riesgo superior al normal.
Sistemas de Protección al Ahorrista
Secreto Bancario
Es una obligación de los Bancos de conservar en forma
confidencial y abstenerse de comunicar a terceros, la
información privada recibida de sus Clientes, de sus
actividades, negocios, proyecciones, etc. Así como, la
operaciones realizadas entre éstos (créditos otorgados,
cuantías, etc.).
Es prohibido a los Bancos, así como, a sus directores y
trabajadores, suministrar información sobre las operaciones
pasivas con sus Clientes. Salvo Orden Judicial que exija el
levantamiento del secreto bancario.
Sistemas de Protección al Ahorrista
Levantamiento
del Secreto
Bancario
Jueces y
Tribunales
Pte. Comisión
Investigadora
Superintendente
de la SBS
Fiscal de la
Nación
Sistemas de Protección al Ahorrista
NO
Levantamiento
del Secreto
Bancario
BCRP
(Estadística /
Política
Monetaria)
Sociedades
Auditoras
Adquisición
mayor al 30%
Entidades
Financieras del
exterior
(corresponsalía)
INSTITUTO DE FORMACIÓN BANCARIA
Muchas Gracias

Sistemas de protección al ahorrista

  • 1.
  • 2.
    SESION 5 SISTEMAS DEPROTECCION AL AHORRISTA 2010 - II
  • 3.
  • 4.
    Sistemas de Protecciónal Ahorrista La Superintendencia de Banca y Seguros y AFP’s (SBS) ha establecido diferentes mecanismos para proteger al público que deposita su dinero en las entidades financieras (Intermediación Financiera), con base en la Ley 26702 y en su Ley Orgánica, a fin de preservar los intereses de los clientes. Estos mecanismos son: • Encaje • Fondo de Seguro de Depósito (FSD) • Provisiones • Secreto Bancario
  • 5.
    ENCAJE Son reservas dedinero de curso legal que las empresas financieras deben mantener por disposición de las autoridades pertinentes (BCRP) como respaldo de los depósitos recibidos y para fines de regulación monetaria. Sistemas de Protección al Ahorrista Bóveda BCRP
  • 6.
    + • Encaje Legal + •Encaje Marginal o Adicional = • Encaje Exigible Tipos de Encaje Sistemas de Protección al Ahorrista El encaje es un porcentaje dado del volumen de depósitos y obligaciones sujetas a encaje (TOSE: Total de Obligaciones Sujetas a Encaje) y está conformado por el dinero en curso legal que las empresas mantienen en sus propias cajas (dinero en efectivo) y sus depósitos en el Banco Central.
  • 7.
    Sistemas de Protecciónal Ahorrista Encaje marginal o Adicional El encaje tiene una función adicional: busca controlar la expansión de la masa monetaria, es decir la cantidad de liquidez que pueda existir en determinado momento en la economía, al contrarrestar el efecto de una mayor emisión primaria o de una entrada de capitales extranjeros al sistema financiero nacional. (Encaje Marginal o Adicional) Encaje Dinero Circulante Interés Encaje Dinero Circulante Interés
  • 8.
    Sistemas de Protecciónal Ahorrista Fondo de Seguro de Depósito (FSD) Persona jurídica de derecho privado de naturaleza especial, cuyo objetivo es proteger el ahorro de las personas naturales y jurídicas sin fines de lucro, del riesgo de la eventual insolvencia de alguna de las empresas o entidades del sistema financiero que sean miembros del Fondo.
  • 9.
    Sistemas de Protecciónal Ahorrista FSD - Cobertura Respalda los depósitos de las personas naturales y jurídicas privadas sin fines de lucro, así como los depósitos a la vista de las demás personas jurídicas. Monto de cobertura máxima: período Setiembre - Noviembre 2010 el monto que cubre el FSD es de: S/.84,710.00 www.fsd.org.pe
  • 10.
    Sistemas de Protecciónal Ahorrista FSD - Depósitos respaldados Depósitos Nominativos (P.N. / P.J.) Intereses Devengados Depósitos a la vista (P.J.C.F.L.) Cuentas Mancomunadas Depósitos de P.N. y P.J.S.F.L. (a la vista y a plazos)
  • 11.
    Sistemas de Protecciónal Ahorrista FSD - Miembros Todas las empresas del sistema financiero autorizadas a captar depósitos del público. Las empresas que ingresen al fondo deben efectuar aportes al mismo durante 24 meses para que sus operaciones se encuentren respaldadas.
  • 12.
    Sistemas de Protecciónal Ahorrista FSD - Otros Por los depósitos de menores de edad se constituye a su nombre un depósito de ahorros en una empresa del sistema financiero. Pasados 10 años y no cobrada la cobertura, esta pasa a formar parte de los recursos del fondo.
  • 13.
    Sistemas de Protecciónal Ahorrista Provisiones Son reservas de liquidez que las entidades financieras están obligadas a realizar por exigencia del organismo regulador (SBS) con el fin de asumir el deterioro de la cartera de créditos a medida que los clientes van entrando progresivamente en situación de morosidad.
  • 14.
    Sistemas de Protecciónal Ahorrista Provisiones Son un costo para las entidades financieras dado que esta reserva de recursos que realizan inmoviliza un capital que no puede prestarse ni invertirse. Cuando una provisión alcanza el 100% del saldo de capital del préstamo, posteriormente le genera una pérdida al Banco, disminuyendo las utilidades que pudieron haberse obtenido en un período determinado.
  • 15.
    Tipo de Crédito C.Corporativo C. Grandes Emp. C. Mediana Emp. C. Pequeña Emp. C. Micro Emp. C. Cons revolvente C. Cons no revolvente C. Hipotecario Clasificación del Deudor Normal Problema Potencial Deficiente Dudoso Pérdida Tipo de Garantía G. Personales G. Reales G. Líquidas Sin garantía Factores para determinar las PROVISIONES Sistemas de Protección al Ahorrista
  • 16.
    Sistemas de Protecciónal Ahorrista Provisiones - Clases Provisiones genéricas Aquellas que se constituyen, de manera preventiva, con relación a créditos directos e indirectos y operaciones de arrendamiento financiero de deudores clasificados en categoría normal. Provisiones específicas Aquellas que se constituyen con relación a créditos directos e indirectos y operaciones de arrendamiento financiero respecto de los cuales se ha identificado específicamente un riesgo superior al normal.
  • 17.
    Sistemas de Protecciónal Ahorrista Secreto Bancario Es una obligación de los Bancos de conservar en forma confidencial y abstenerse de comunicar a terceros, la información privada recibida de sus Clientes, de sus actividades, negocios, proyecciones, etc. Así como, la operaciones realizadas entre éstos (créditos otorgados, cuantías, etc.). Es prohibido a los Bancos, así como, a sus directores y trabajadores, suministrar información sobre las operaciones pasivas con sus Clientes. Salvo Orden Judicial que exija el levantamiento del secreto bancario.
  • 18.
    Sistemas de Protecciónal Ahorrista Levantamiento del Secreto Bancario Jueces y Tribunales Pte. Comisión Investigadora Superintendente de la SBS Fiscal de la Nación
  • 19.
    Sistemas de Protecciónal Ahorrista NO Levantamiento del Secreto Bancario BCRP (Estadística / Política Monetaria) Sociedades Auditoras Adquisición mayor al 30% Entidades Financieras del exterior (corresponsalía)
  • 20.
    INSTITUTO DE FORMACIÓNBANCARIA Muchas Gracias