Este documento propone el presupuesto del municipio de Uramita para 2013. Establece los ingresos totales en $4.431.550.408, los cuales serán destinados a gastos de funcionamiento ($949.549.901), inversión ($3.469.056.811) y deuda pública ($247.796.479). También otorga facultades al alcalde para modificar el presupuesto y asegurar su ejecución durante el año.
Acuerdo del Concejo Municipal de Concepción Antioquia. Por medio del cual se aprueba el presupuesto general del Municipio de Concepción para la vigencia fiscal de 2015.
En sesión virtual el Consejo Municipal de Villa María del Triunfo, realizado el día miércoles 30 de junio por mayoría simple se consumó después de dos intentos, la privatización de una importante área del cementerio municipal de Virgen de Lourdes en Nueva Esperanza.
Acuerdo del Concejo Municipal de Concepción Antioquia. Por medio del cual se aprueba el presupuesto general del Municipio de Concepción para la vigencia fiscal de 2015.
En sesión virtual el Consejo Municipal de Villa María del Triunfo, realizado el día miércoles 30 de junio por mayoría simple se consumó después de dos intentos, la privatización de una importante área del cementerio municipal de Virgen de Lourdes en Nueva Esperanza.
Dispónese que, la creación de las siguientes unidades ejecutoras, durante el Año Fiscal 2014, se sujeta al presupuesto institucional de las entidades respectivas en las que se creen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y para tal efecto, los pliegos presupuestarios que propongan su creación quedan exceptuados sólo del requisito del monto del presupuesto anual por toda fuente de financiamiento establecido en el artículo 58 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Certificado de la Ley 617 de 2000, donde el Municipio obtiene un porcentaje de 46,7%. El límite es del 80%, mientras más lejos nos encontremos de este porcentaje, mayor será la eficiencia de la ejecución presupuestal del Municipio.
Dispónese que, la creación de las siguientes unidades ejecutoras, durante el Año Fiscal 2014, se sujeta al presupuesto institucional de las entidades respectivas en las que se creen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y para tal efecto, los pliegos presupuestarios que propongan su creación quedan exceptuados sólo del requisito del monto del presupuesto anual por toda fuente de financiamiento establecido en el artículo 58 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Certificado de la Ley 617 de 2000, donde el Municipio obtiene un porcentaje de 46,7%. El límite es del 80%, mientras más lejos nos encontremos de este porcentaje, mayor será la eficiencia de la ejecución presupuestal del Municipio.
Finanzas Públícas. Introducción , Historia y Estadoenefinanzas
Finanzas Públicas-Introducción-Historia- Estado
En este caso el Estado Colombiano.
Presentado por Eneida Herrera Beltrán. Profesora, Universidad Autónoma de las Américas
Situación financiera del municipio de urrao, 2012Javier Monsalve
Informe presentado por la secretaria de hacienda en las sesiones de febrero de 2012. Deuda pública, deuda a proveedores, deuda a servidores y ex servidores públicos, fallos judiciales, etc.
Por medio del cual se aprueba el presupuesto general del municipio de Urrao para la vigencia fiscal de 2017, propuesto por la Administración Municipal para estudio y aprobación por parte del Honorable Concejo de Urrao.
El Alcalde Saulo Armando Rivera Fernández, Por medio de la resolución 077 del día 04 de Marzo reglamenta los artículos 76 al 87 del Acuerdo 053 de diciembre 2013, Estatuto Tributario Municipal; en lo relacionado con el cobro, los procedimientos, topes, plazos y régimen del sistema de retención del Impuesto de Industria y Comercio – RETEICA - y se establece el formulario para presentar y pagar dicha retención en el Municipio de Santa Fe de Antioquia y su pago será bimestral.
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PROYECTO DE ACUERDO No. ______
“POR EL CUAL SE FIJA EL MONTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEL
PRESUPUESTO DEL MUNICIPIO DE URAMITA PARA LA VIGENCIA
FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 31 DE
DICIEMBRE DEL 2013”
El Honorable Concejo Municipal de Uramita en uso de las facultades
constitucionales y legales y especialmente las otorgadas por el numeral
5° del Artículo 313 de la Constitución Política de Colombia; la Ley 11 de
1986, el numeral 10° del artículo 32 de la Ley 136 de 1994, la Ley 152 de
1994, la Ley 617 de 2000, la ley 715 de 2001, la ley 819 de 2003, el
Decreto 360 de 1995, el Decreto 1333 de 1986, el Decreto 111 de 1996
compilatorio de las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995, el
Decreto 568 de 1996 reglamentario de las tres disposiciones anteriores, y
el Acuerdo Municipal 007 de 1997.
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: Para el período fiscal del uno (1) de enero al
treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil trece (2013), calcúlese en
la cantidad de CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UN
MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS OCHO
PESOS ($4.431.550.408) como monto total los ingresos del Municipio de
Uramita como se describe:
DESCRIPCION VALOR
INGRESOS TOTALES 4.431.550.408
INGRESOS CORRIENTES 4.418.606.712
INGRESOS TRIBUTARIOS 268.572.854
INGRESOS NO TRIBUTARIOS 969.226.531
TRANSFERENCIAS 3.075.561.620
FONDOS ESPECIALES 105.245.707
RESGUARDO INDIGENA 12.943.696
“POR UN URAMITA GRANDE.”
CALLE 20 N° 17 – 34 TEL: 8574131 – 8574066 FAX EXT. 107
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ARTÍCULO SEGUNDO: Apruébese para atender los gastos de
funcionamiento, de inversión y deuda pública del Municipio de Uramita
durante la vigencia fiscal del uno (1) de enero al treinta y uno (31) de
diciembre del año dos mil trece (2013), la suma de CUATRO MIL
CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS
CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS OCHO PESOS ($4.431.550.408)
así:
DESCRIPCION VALOR
TOTAL GASTOS 4.431.550.408
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 949.549.901
GASTO DE PERSONAL 491.679.721
GASTOS GENERALES 282.491.513
CONCEJO 88.430.349
PERSONERIA 88.405.200
INVERSION 3.469.056.811
RECURSOS PROPIOS 332.673.911
SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 3.002.837.192
APORTES CON DESTINACION ESPECIAL 105.245.708
TRANSFERENCIAS CON DESTINACION 28.300.000
ESPECIAL
SERVICIO DE LA DEUDA 247.796.479
AMORTIZACIONES A CAPITAL 181.043.844
INTERESES DE LA DEUDA 66.752.635
RESGUARDO INDIGENA 12.943.696
RESGUARDO INDIGENA 12.943.696
ARTÍCULO TERCERO: DISPOSICIONES GENERALES
1. La ejecución presupuestal del Municipio de Uramita, del Concejo
Municipal, de la Personería Municipal se ceñirá a las normas del Estatuto
Orgánico del Presupuesto del Municipio de Uramita y a las normas que lo
complementen a nivel Nacional.
2. Toda transferencia que se adopte por Acuerdo sólo tendrá vigencia
una vez incluidas en el presupuesto las partidas adicionales para atender
las erogaciones respectivas.
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3. Podrá el Alcalde efectuar las operaciones presupuéstales que se
requieran, respetando las partidas con destinación especial, provenientes
de recursos del crédito y rentas con destinación específica.
4. Los préstamos de tesorería, para la Tesorería General del
Municipio, podrán ser contratados durante el año fiscal sin exceder la
doceava de los ingresos corrientes de libre destinación, cumpliendo para
todos los efectos lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 819 de 2003.
5. Se autoriza al Alcalde para efectuar en el Presupuesto de la
Administración Municipal, las adiciones e incorporaciones que se
requieran por concepto de recursos propios, aportes, cofinanciaciones y
del Sistema General de Participaciones
6. Todo gasto que se cree por Acuerdo sólo tendrá vigencia una vez
incluidas en el presupuesto las partidas adicionales para atender las
erogaciones respectivas.
7. Se faculta al Alcalde para efectuar dentro del Presupuesto de la
Administración Municipal las modificaciones a las partidas individuales y
globales necesarias para asegurar la correcta ejecución del presupuesto
en el cumplimiento de los planes, programas y proyectos a cargo de la
Entidad Territorial.
8. Con el objeto de facilitar la ejecución del presupuesto, se conceden
las siguientes facultades al Ejecutivo Municipal, las cuales podrá hacer
uso de ellas durante la vigencia fiscal del 2013.
a. Para realizar las operaciones de préstamo de tesorería, o bien de
un fondo a otro, con las restricciones señaladas en la ley.
b. Para crear dentro del presupuesto los artículos que sean
necesarios para cumplir con exactitud los programas a que hubiese
lugar.
c. Para incorporar al presupuesto las existencias de caja y él debido
cobrar a treinta y uno (31) de diciembre de dos mil doce (2012),
respetando la destinación de las partidas.
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d. Para incorporar al presupuesto las reservas presupuéstales que se
constituyan al treinta y uno (31) de diciembre de dos mil doce (2012).
e. Para adicionar al presupuesto el superávit que se registra en los
diferentes rubros durante la vigencia fiscal, respetando las partidas con
destinación especial, las provenientes de recursos del crédito y rentas
con destinación específica.
f. Para adicionar al presupuesto los recursos extraordinarios que se
presenten durante la vigencia fiscal de conformidad con los recursos
obtenidos por concepto de recursos propios, aportes, cofinanciaciones y
del Sistema General de Participaciones.
g. Para efectuar los traslados presupuéstales que se requieran
durante la vigencia fiscal, modificando las partidas individuales y globales
contenidas en el presupuesto.
h. Para efectuar las modificaciones presupuéstales que se requieran
durante la vigencia fiscal, respetando las partidas con destinación
especial, provenientes de recursos del crédito y rentas con destinación
específica.
i. Para comprometer vigencias futuras en la celebración de contratos
de ampliación y continuidad del Régimen Subsidiado de Salud y en los
de actividades de Promoción y Prevención
j. Para hacer los ajustes necesarios en el Presupuesto General del
Municipio acorde con las exigencias que demanden los ajustes al Plan de
Desarrollo aprobado, adicionando, rebajando o modificando las partidas
individuales y globales que se requieran.
k. Para hacer los ajustes necesarios en el Presupuesto General del
Municipio, adicionando, rebajando o modificando las partidas individuales
y globales que se requieran, de conformidad con los recursos obtenidos
por concepto de recursos propios, aportes, cofinanciaciones y del
Sistema General de Participaciones.
ARTÍCULO CUARTO: El presente Acuerdo rige a partir del 1º de enero
y hasta el 31 de diciembre de 2013.
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Presentado a consideración del Honorable Concejo Municipal de Uramita
a los nueve (09) días de Noviembre de dos mil doce (2012).
JESUS MARIA RUA ARIAS
Alcalde Municipal
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