Este documento establece cambios en la estructura orgánica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital de España. Se crea una nueva Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial para acelerar la digitalización del país. También se modifican decretos anteriores para incluir esta nueva dirección general y asignarle funciones relacionadas con la transformación digital, ciberseguridad y el impulso de la inteligencia artificial.
Expiden nuevo marco técnico normativo de información financiera para entidade...Luis Olaya
Este decreto modifica el marco técnico normativo de información financiera para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1 en Colombia. Se incorporan las enmiendas a las Normas Internacionales de Información Financiera emitidas por el IASB entre enero de 2013 y diciembre de 2013. El decreto entrará en vigencia el 1 de enero de 2016 y deroga los decretos anteriores sobre el marco técnico normativo de información financiera en Colombia.
Este documento contiene dos resoluciones del Ministerio de Desarrollo Productivo y el Ministerio de Transporte de Argentina. La Resolución 605/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo insta a las empresas de la cadena de producción, distribución y comercialización de materiales de construcción a incrementar su producción y asegurar el transporte y provisión de los productos. La Resolución 276/2020 del Ministerio de Transporte no se resume debido a que no se proporciona información sobre su contenido.
Por el cual se subroga el título 17 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, para reglamentarse parcialmente los artículos 53, 54, 60, 61 Y 64 de la Ley 1437 de 2011, los literales e, j y literal a del parágrafo 2 del artículo 45 de la Ley 1753 de 2015, el numeral 3 del artículo 147 de la Ley 1955 de 2019, y el artículo 9 del Decreto 2106 de 2019, estableciendo los lineamientos generales en el uso y operación de los servicios ciudadanos digitales
Este decreto modifica los plazos para declarar y pagar el impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2019, debido a la emergencia sanitaria causada por el COVID-19. Se extienden los plazos para pagar la segunda y tercera cuota para grandes contribuyentes y personas jurídicas, así como los plazos para declarar y pagar la primera y segunda cuota para personas jurídicas. El objetivo es mitigar los impactos económicos de la pandemia en los sectores productivos.
Este decreto modifica el Decreto 1078 de 2015 para establecer nuevos lineamientos de la Política de Gobierno Digital en Colombia. Señala que el Gobierno debe promover el acceso a las tecnologías de la información para todos los ciudadanos y utilizar medios electrónicos para mejorar la prestación de servicios públicos de manera eficiente. También establece que la Dirección de Gobierno Digital será responsable de aplicar lineamientos sobre infraestructura tecnológica, seguridad de la información, privacidad y interoperabilidad para av
Orden HAP/2725/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden
EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de
declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...Miguel A. C. Sánchez
Guia de orientacion para aplicar la Ley Transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tributarias en virtud de la emergencia nacional ocasionada por la pandemia COVID 19
Expiden nuevo marco técnico normativo de información financiera para entidade...Luis Olaya
Este decreto modifica el marco técnico normativo de información financiera para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 1 en Colombia. Se incorporan las enmiendas a las Normas Internacionales de Información Financiera emitidas por el IASB entre enero de 2013 y diciembre de 2013. El decreto entrará en vigencia el 1 de enero de 2016 y deroga los decretos anteriores sobre el marco técnico normativo de información financiera en Colombia.
Este documento contiene dos resoluciones del Ministerio de Desarrollo Productivo y el Ministerio de Transporte de Argentina. La Resolución 605/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo insta a las empresas de la cadena de producción, distribución y comercialización de materiales de construcción a incrementar su producción y asegurar el transporte y provisión de los productos. La Resolución 276/2020 del Ministerio de Transporte no se resume debido a que no se proporciona información sobre su contenido.
Por el cual se subroga el título 17 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, para reglamentarse parcialmente los artículos 53, 54, 60, 61 Y 64 de la Ley 1437 de 2011, los literales e, j y literal a del parágrafo 2 del artículo 45 de la Ley 1753 de 2015, el numeral 3 del artículo 147 de la Ley 1955 de 2019, y el artículo 9 del Decreto 2106 de 2019, estableciendo los lineamientos generales en el uso y operación de los servicios ciudadanos digitales
Este decreto modifica los plazos para declarar y pagar el impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2019, debido a la emergencia sanitaria causada por el COVID-19. Se extienden los plazos para pagar la segunda y tercera cuota para grandes contribuyentes y personas jurídicas, así como los plazos para declarar y pagar la primera y segunda cuota para personas jurídicas. El objetivo es mitigar los impactos económicos de la pandemia en los sectores productivos.
Este decreto modifica el Decreto 1078 de 2015 para establecer nuevos lineamientos de la Política de Gobierno Digital en Colombia. Señala que el Gobierno debe promover el acceso a las tecnologías de la información para todos los ciudadanos y utilizar medios electrónicos para mejorar la prestación de servicios públicos de manera eficiente. También establece que la Dirección de Gobierno Digital será responsable de aplicar lineamientos sobre infraestructura tecnológica, seguridad de la información, privacidad y interoperabilidad para av
Orden HAP/2725/2012, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Orden
EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de
declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...Miguel A. C. Sánchez
Guia de orientacion para aplicar la Ley Transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tributarias en virtud de la emergencia nacional ocasionada por la pandemia COVID 19
Este documento presenta las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Economía Social para el ejercicio fiscal 2019. El programa busca fortalecer las capacidades y medios de los Organismos del Sector Social de la Economía (OSSE) para mejorar el ingreso y contribuir al desarrollo social y económico del país. Se otorgarán apoyos a través del Instituto Nacional de la Economía Social y la Dirección General de Opciones Productivas a OSSE en municipios de alta marginación y con presencia indígena. Las reglas establecen
La SUNAT amplía las medidas de facilidad de cumplimiento tributario debido a la extensión del estado de emergencia por el COVID-19. Se prorrogan los plazos para declarar y pagar impuestos de febrero a abril para pequeños contribuyentes con ingresos menores a S/9,660,000 o S/21,000,000. También se amplían plazos para registrar ventas, compras y libros contables. Los aplazamientos y fraccionamientos de deuda tributaria no se pierden si se cumplen los pagos hasta el 29 de
El documento indica que los contadores deben actualizar sus datos en el sistema de dictamen fiscal electrónico antes del 30 de junio de 2019 o serán inactivados. Explica que deben presentar documentación ante la administración tributaria para actualizar su número de inscripción de contador o solicitar la reactivación de su cuenta si el sistema los marca como inactivos a pesar de haber actualizado correctamente. También provee instrucciones sobre cómo registrarse inicialmente en el sistema.
Este decreto supremo modifica los artículos 1 y 2 de un decreto supremo anterior para incrementar la remuneración mensual de los profesores contratados. También autoriza una transferencia de fondos de 193 millones de soles del Ministerio de Educación a los gobiernos regionales para financiar el incremento salarial. El objetivo es mejorar las condiciones laborales de los profesores contratados temporalmente de acuerdo con la ley.
Este decreto tiene como objetivo simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios en la administración pública colombiana para hacerlos más sencillos, ágiles, coordinados y digitales. Establece lineamientos para la implementación de trámites digitales entre autoridades y la integración de servicios ciudadanos digitales que permitan la interoperabilidad de información. También busca eliminar trámites redundantes y cobros no autorizados asociados a trámites.
Este documento contiene información sobre la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la emergencia pública. En particular, se detallan los objetivos de la ley como promover la sostenibilidad de la deuda pública, mantener las tarifas de servicios públicos, establecer un régimen de regularización de deudas tributarias y de la seguridad social para MiPyMEs, y facultar al poder ejecutivo a llevar adelante diversas gestiones en pos de estos objetivos. También se especifican algunos de los
Este documento aprueba la Estrategia Nacional de Gobierno Electrónico en Perú. La estrategia busca transformar las relaciones del Estado con empresas, instituciones y ciudadanos mediante el uso de tecnologías de la información. Establece cinco objetivos estratégicos que incluyen desarrollar servicios de alta disponibilidad entre instituciones y accesibles a través de una ventanilla única para mejorar la eficiencia del Estado. La Oficina Nacional de Gobierno Electrónico supervisará la implementación de la estrategia y reportará
Este documento establece las directrices generales y específicas para la formulación y gestión de los presupuestos institucionales de las entidades del sector público en Bolivia. Se describen los lineamientos para la elaboración del Plan Operativo Anual y el Presupuesto, incluyendo la estimación de recursos, programación de gastos, y presentación del presupuesto institucional de acuerdo a la normativa vigente. El objetivo es alinear los presupuestos de las entidades con la Agenda Patriótica 2025 y planes de desarrollo, garantizando la trans
Este documento lista los principales cumplimientos legales que las personas naturales y jurídicas deben completar en El Salvador en 2020. Incluye fechas límite para presentar declaraciones de impuestos, estados financieros, balances generales, y otros informes a entidades como la alcaldía, dirección general de estadística y censo, dirección general de impuestos internos, superintendencia de obligaciones mercantiles, ministerio de trabajo, y registro de comercio.
Disposiciones Reglamentarias relacionadas a la emergencia sanitaria COVID-19Decreto Nro. 3.546/2020 HACE RELACION A: Trabajadores empleados del sector privado
Elaborado por Alianza Consultores y Peroni, Sosa, Telechea, Burt & Narvaja.
Fecha de la Norma: 21-04-2020
Este documento presenta las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Economía Social para el ejercicio fiscal 2020. El programa busca fortalecer la inclusión productiva y el encadenamiento de los Organismos del Sector Social de la Economía mediante el financiamiento de Proyectos Productivos Sociales y Cadenas Productivas para el Bienestar, así como mediante capacitación y asistencia técnica. El programa otorgará apoyos económicos para proyectos productivos e inclusión y un apoyo en especie a través de facilitadores comunitarios
Este documento contiene tres resoluciones ministeriales y una directiva. La primera resolución establece los precios de referencia CIF para productos agrícolas para fines de aplicación arancelaria. La segunda modifica los plazos para aprobar términos de referencia para estudios de preinversión. La tercera incorpora una disposición transitoria al reglamento de la ley de reforma magisterial. La directiva reduce de 15 a 10 días el plazo para aprobar términos de referencia de estudios de preinversión.
Este documento contiene dos resoluciones. La primera establece los precios de referencia CIF para la importación de maíz, azúcar, arroz y leche en polvo para el periodo del 1 al 15 de mayo de 2014. La segunda modifica un artículo de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, reduciendo de 15 a 10 días hábiles el plazo para aprobar términos de referencia de estudios de preinversión. También incluye un decreto supremo que incorpora una disposición transitoria al reglamento de
La resolución ministerial aprueba los lineamientos que establecen el contenido mínimo de los Planes Estratégicos de Gobierno Electrónico que deben presentar las entidades que conforman el Sistema Nacional de Informática. Las entidades tienen 120 días para remitir sus planes aprobados. La Oficina Nacional de Gobierno Electrónico brindará asesoramiento metodológico a las entidades.
Este decreto introduce seis nuevas medidas para paliar las consecuencias económicas del Covid-19 en Gipuzkoa. Estas medidas incluyen eximir del impuesto sobre la renta el ingreso mínimo vital y varias ayudas relacionadas con la crisis, considerar como renta de actividad económica las prestaciones por cese de actividad de autónomos, exonerar el pago fraccionado del impuesto sobre la renta, presumir el cumplimiento de los requisitos para la deducción por creación de empleo en 2020, y eximir del impuesto
DISCRECIONALIDAD PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONESTGS
La resolución aplica la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tributarias cometidas durante el Estado de Emergencia Nacional declarado por el COVID-19, entre el 16 de marzo y la fecha de emisión de la resolución. También posterga plazos para la presentación de información por parte de unidades ejecutoras y entidades del sector público.
Decreto supremo-n-191-2017-ef-1 aumento de suelto contratadoColegio
“Artículo 1.- Remuneración Mensual del
Profesorado Contratado
El profesorado contratado en el marco del Contrato
de Servicio Docente percibe una remuneración mensual
de acuerdo con la jornada laboral establecida para la
modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios,
regulada en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial,
según el siguiente detalle:
Modalidad / Forma Nivel / Ciclo Jornada
laboral
Remuneración
mensual S/
Educación Básica Regular
- EBR
Inicial 30 1 780,50
Primaria 30 1 780,50
Secundaria 30 1 780,50
Educación Básica Especial
- EBE
Inicial 30 1 780,50
Primaria 30 1 780,50
Educación Básica Alternativa
- EBA
Inicial / Intermedio 30 1 780,50
Avanzado 26 1 543,10
Educación Técnico Productiva
- ETP Básico y Medio 30 1 780,50
Para el profesorado contratado que labora menos de
la jornada laboral establecida para la modalidad, forma,
nivel o ciclo en que presta sus servicios, el pago de la
remuneración mensual se realiza en forma proporcional a
las horas contratadas
Este documento modifica decretos anteriores para aumentar los salarios de los profesores contratados en el sector público. Se autoriza una transferencia de fondos de 193 millones de soles del Ministerio de Educación a los gobiernos regionales para financiar los nuevos salarios, que varían de 1,543 a 1,780 soles mensuales dependiendo del nivel educativo. El registro de los nuevos salarios en el sistema de planillas es necesario para el pago del incremento.
Segunda supervision-2012-reporte- portales de transparencia defensoria del p...Elvis Frank
Este documento presenta los resultados de la supervisión realizada por la Defensoría del Pueblo a los portales de transparencia estándar de los ministerios, gobiernos regionales y municipalidades durante el segundo semestre de 2012. Se evaluaron nueve aspectos de información como presupuesto, proyectos, personal y adquisiciones. Se encontró que los niveles de cumplimiento variaron entre entidades y se recomienda mejorar la difusión de información clara y actualizada para fortalecer la transparencia.
GUIA de PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y FORMULACIÓN ANUAL DEL PRESUPUESTO PARA PR...Jose Jara
Desde el año 2012 se viene impulsando el ejercicio de programación multianual del gasto público como un esfuerzo
colectivo de análisis técnico y de la toma de decisiones sobre las prioridades que la entidad pública prevé realizar para el logro de resultados esperados a favor de la población. Por lo tanto,
se da inicio a la estimación de los recursos necesarios para el logro de éstos dentro de un periodo de tres (3) años fiscales consecutivos.
La presente guía tiene como objetivo brindar orientaciones prácticas a los funcionarios de las oficinas de planificación y presupuesto de los gobiernos locales, para que realicen una adecuada programación multianual y formulación del presupuesto público en el marco de los programas presupuestales con articulación territorial, específicamente a nivel de los productos, actividades y Proyectos de Inversión Pública.
Bocyl d-28052014-9 orden eye 39-2014 convocatoria subvenciones 2014 proyectos...CEDER Merindades
ORDEN EYE/397/2014, de 15 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria, de subvenciones para el año 2014, dirigidas a proyectos en cooperación para la implantación de soluciones tecnológicas innovadoras basadas en las TIC, en Pymes de la Comunidad de Castilla y León. (Código REAY IND046).
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales y comenzará el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León». (28/05/2014)
Bocyl d-25062013-4 Convocatoria de subvenciones 2013, para la implantación ...CEDER Merindades
Bocyl d-25062013-4ORDEN EYE/499/2013, de 19 de junio, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para el año 2013, dirigidas a proyectos en cooperación para la implantación de soluciones tecnológicas innovadoras basadas en las Tics, en Pymes de la Comunidad de Castilla y León. (Código REAY IND046).
Este documento presenta las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Economía Social para el ejercicio fiscal 2019. El programa busca fortalecer las capacidades y medios de los Organismos del Sector Social de la Economía (OSSE) para mejorar el ingreso y contribuir al desarrollo social y económico del país. Se otorgarán apoyos a través del Instituto Nacional de la Economía Social y la Dirección General de Opciones Productivas a OSSE en municipios de alta marginación y con presencia indígena. Las reglas establecen
La SUNAT amplía las medidas de facilidad de cumplimiento tributario debido a la extensión del estado de emergencia por el COVID-19. Se prorrogan los plazos para declarar y pagar impuestos de febrero a abril para pequeños contribuyentes con ingresos menores a S/9,660,000 o S/21,000,000. También se amplían plazos para registrar ventas, compras y libros contables. Los aplazamientos y fraccionamientos de deuda tributaria no se pierden si se cumplen los pagos hasta el 29 de
El documento indica que los contadores deben actualizar sus datos en el sistema de dictamen fiscal electrónico antes del 30 de junio de 2019 o serán inactivados. Explica que deben presentar documentación ante la administración tributaria para actualizar su número de inscripción de contador o solicitar la reactivación de su cuenta si el sistema los marca como inactivos a pesar de haber actualizado correctamente. También provee instrucciones sobre cómo registrarse inicialmente en el sistema.
Este decreto supremo modifica los artículos 1 y 2 de un decreto supremo anterior para incrementar la remuneración mensual de los profesores contratados. También autoriza una transferencia de fondos de 193 millones de soles del Ministerio de Educación a los gobiernos regionales para financiar el incremento salarial. El objetivo es mejorar las condiciones laborales de los profesores contratados temporalmente de acuerdo con la ley.
Este decreto tiene como objetivo simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios en la administración pública colombiana para hacerlos más sencillos, ágiles, coordinados y digitales. Establece lineamientos para la implementación de trámites digitales entre autoridades y la integración de servicios ciudadanos digitales que permitan la interoperabilidad de información. También busca eliminar trámites redundantes y cobros no autorizados asociados a trámites.
Este documento contiene información sobre la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la emergencia pública. En particular, se detallan los objetivos de la ley como promover la sostenibilidad de la deuda pública, mantener las tarifas de servicios públicos, establecer un régimen de regularización de deudas tributarias y de la seguridad social para MiPyMEs, y facultar al poder ejecutivo a llevar adelante diversas gestiones en pos de estos objetivos. También se especifican algunos de los
Este documento aprueba la Estrategia Nacional de Gobierno Electrónico en Perú. La estrategia busca transformar las relaciones del Estado con empresas, instituciones y ciudadanos mediante el uso de tecnologías de la información. Establece cinco objetivos estratégicos que incluyen desarrollar servicios de alta disponibilidad entre instituciones y accesibles a través de una ventanilla única para mejorar la eficiencia del Estado. La Oficina Nacional de Gobierno Electrónico supervisará la implementación de la estrategia y reportará
Este documento establece las directrices generales y específicas para la formulación y gestión de los presupuestos institucionales de las entidades del sector público en Bolivia. Se describen los lineamientos para la elaboración del Plan Operativo Anual y el Presupuesto, incluyendo la estimación de recursos, programación de gastos, y presentación del presupuesto institucional de acuerdo a la normativa vigente. El objetivo es alinear los presupuestos de las entidades con la Agenda Patriótica 2025 y planes de desarrollo, garantizando la trans
Este documento lista los principales cumplimientos legales que las personas naturales y jurídicas deben completar en El Salvador en 2020. Incluye fechas límite para presentar declaraciones de impuestos, estados financieros, balances generales, y otros informes a entidades como la alcaldía, dirección general de estadística y censo, dirección general de impuestos internos, superintendencia de obligaciones mercantiles, ministerio de trabajo, y registro de comercio.
Disposiciones Reglamentarias relacionadas a la emergencia sanitaria COVID-19Decreto Nro. 3.546/2020 HACE RELACION A: Trabajadores empleados del sector privado
Elaborado por Alianza Consultores y Peroni, Sosa, Telechea, Burt & Narvaja.
Fecha de la Norma: 21-04-2020
Este documento presenta las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Economía Social para el ejercicio fiscal 2020. El programa busca fortalecer la inclusión productiva y el encadenamiento de los Organismos del Sector Social de la Economía mediante el financiamiento de Proyectos Productivos Sociales y Cadenas Productivas para el Bienestar, así como mediante capacitación y asistencia técnica. El programa otorgará apoyos económicos para proyectos productivos e inclusión y un apoyo en especie a través de facilitadores comunitarios
Este documento contiene tres resoluciones ministeriales y una directiva. La primera resolución establece los precios de referencia CIF para productos agrícolas para fines de aplicación arancelaria. La segunda modifica los plazos para aprobar términos de referencia para estudios de preinversión. La tercera incorpora una disposición transitoria al reglamento de la ley de reforma magisterial. La directiva reduce de 15 a 10 días el plazo para aprobar términos de referencia de estudios de preinversión.
Este documento contiene dos resoluciones. La primera establece los precios de referencia CIF para la importación de maíz, azúcar, arroz y leche en polvo para el periodo del 1 al 15 de mayo de 2014. La segunda modifica un artículo de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, reduciendo de 15 a 10 días hábiles el plazo para aprobar términos de referencia de estudios de preinversión. También incluye un decreto supremo que incorpora una disposición transitoria al reglamento de
La resolución ministerial aprueba los lineamientos que establecen el contenido mínimo de los Planes Estratégicos de Gobierno Electrónico que deben presentar las entidades que conforman el Sistema Nacional de Informática. Las entidades tienen 120 días para remitir sus planes aprobados. La Oficina Nacional de Gobierno Electrónico brindará asesoramiento metodológico a las entidades.
Este decreto introduce seis nuevas medidas para paliar las consecuencias económicas del Covid-19 en Gipuzkoa. Estas medidas incluyen eximir del impuesto sobre la renta el ingreso mínimo vital y varias ayudas relacionadas con la crisis, considerar como renta de actividad económica las prestaciones por cese de actividad de autónomos, exonerar el pago fraccionado del impuesto sobre la renta, presumir el cumplimiento de los requisitos para la deducción por creación de empleo en 2020, y eximir del impuesto
DISCRECIONALIDAD PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONESTGS
La resolución aplica la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tributarias cometidas durante el Estado de Emergencia Nacional declarado por el COVID-19, entre el 16 de marzo y la fecha de emisión de la resolución. También posterga plazos para la presentación de información por parte de unidades ejecutoras y entidades del sector público.
Decreto supremo-n-191-2017-ef-1 aumento de suelto contratadoColegio
“Artículo 1.- Remuneración Mensual del
Profesorado Contratado
El profesorado contratado en el marco del Contrato
de Servicio Docente percibe una remuneración mensual
de acuerdo con la jornada laboral establecida para la
modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios,
regulada en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial,
según el siguiente detalle:
Modalidad / Forma Nivel / Ciclo Jornada
laboral
Remuneración
mensual S/
Educación Básica Regular
- EBR
Inicial 30 1 780,50
Primaria 30 1 780,50
Secundaria 30 1 780,50
Educación Básica Especial
- EBE
Inicial 30 1 780,50
Primaria 30 1 780,50
Educación Básica Alternativa
- EBA
Inicial / Intermedio 30 1 780,50
Avanzado 26 1 543,10
Educación Técnico Productiva
- ETP Básico y Medio 30 1 780,50
Para el profesorado contratado que labora menos de
la jornada laboral establecida para la modalidad, forma,
nivel o ciclo en que presta sus servicios, el pago de la
remuneración mensual se realiza en forma proporcional a
las horas contratadas
Este documento modifica decretos anteriores para aumentar los salarios de los profesores contratados en el sector público. Se autoriza una transferencia de fondos de 193 millones de soles del Ministerio de Educación a los gobiernos regionales para financiar los nuevos salarios, que varían de 1,543 a 1,780 soles mensuales dependiendo del nivel educativo. El registro de los nuevos salarios en el sistema de planillas es necesario para el pago del incremento.
Segunda supervision-2012-reporte- portales de transparencia defensoria del p...Elvis Frank
Este documento presenta los resultados de la supervisión realizada por la Defensoría del Pueblo a los portales de transparencia estándar de los ministerios, gobiernos regionales y municipalidades durante el segundo semestre de 2012. Se evaluaron nueve aspectos de información como presupuesto, proyectos, personal y adquisiciones. Se encontró que los niveles de cumplimiento variaron entre entidades y se recomienda mejorar la difusión de información clara y actualizada para fortalecer la transparencia.
GUIA de PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y FORMULACIÓN ANUAL DEL PRESUPUESTO PARA PR...Jose Jara
Desde el año 2012 se viene impulsando el ejercicio de programación multianual del gasto público como un esfuerzo
colectivo de análisis técnico y de la toma de decisiones sobre las prioridades que la entidad pública prevé realizar para el logro de resultados esperados a favor de la población. Por lo tanto,
se da inicio a la estimación de los recursos necesarios para el logro de éstos dentro de un periodo de tres (3) años fiscales consecutivos.
La presente guía tiene como objetivo brindar orientaciones prácticas a los funcionarios de las oficinas de planificación y presupuesto de los gobiernos locales, para que realicen una adecuada programación multianual y formulación del presupuesto público en el marco de los programas presupuestales con articulación territorial, específicamente a nivel de los productos, actividades y Proyectos de Inversión Pública.
Bocyl d-28052014-9 orden eye 39-2014 convocatoria subvenciones 2014 proyectos...CEDER Merindades
ORDEN EYE/397/2014, de 15 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria, de subvenciones para el año 2014, dirigidas a proyectos en cooperación para la implantación de soluciones tecnológicas innovadoras basadas en las TIC, en Pymes de la Comunidad de Castilla y León. (Código REAY IND046).
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales y comenzará el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León». (28/05/2014)
Bocyl d-25062013-4 Convocatoria de subvenciones 2013, para la implantación ...CEDER Merindades
Bocyl d-25062013-4ORDEN EYE/499/2013, de 19 de junio, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para el año 2013, dirigidas a proyectos en cooperación para la implantación de soluciones tecnológicas innovadoras basadas en las Tics, en Pymes de la Comunidad de Castilla y León. (Código REAY IND046).
Este documento actualiza los indicadores y umbrales utilizados para determinar la clasificación socioeconómica de los hogares peruanos. Se aprueba una nueva metodología para la clasificación socioeconómica basada en los datos más recientes de la Encuesta Nacional de Hogares. Además, se dejan sin efecto dos disposiciones anteriores relacionadas con el Sistema de Focalización de Hogares.
Bases para la Concesión de Apoyo Financiero a proyectos de I+D+i en el ámbito...José Manuel Arroyo Quero
Orden IET/895/2016, de 2 de junio, por la que se establecen las bases para la concesión de apoyo financiero a proyectos de I+D+i en el ámbito de la industria conectada 4.0.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 138 Miércoles 8 de junio de 2016.
La denominada cuarta revolución industrial, que se basa en un nuevo nivel de organización y control de toda la cadena de valor a través del ciclo de vida de los productos y producción de sistemas mediante la utilización de la tecnología y en la que el consumidor toma parte en el diseño del producto, requiere un cambio de modelo de negocio y en el funcionamiento de los procesos de las empresas industriales, que se ven enfrentadas a la necesidad de satisfacer la demanda de una sociedad más digitalizada, con los retos que eso conlleva.
La construcción de soluciones utilizando tecnologías tales como Internet de las Cosas (IoT), computación en la nube, big data, ciberseguridad, impresión 3D o robótica colaborativa son algunos de los elementos fundamentales para conseguir una industria más competitiva e innovadora, capaz de satisfacer las demandas de una sociedad altamente tecnológica.
Industria Conectada 4.0 es una actuación que se circunscribe en la Agenda para el Fortalecimiento del Sector Industrial en España aprobada por el Consejo de Ministros en su reunión del 11 de julio de 2014 y está alineada con la Agenda Digital para España aprobada por el Consejo de Ministros en su reunión del 15 de febrero de 2013.
El objeto es la concesión, en concurrencia competitiva, de préstamos para proyectos de investigación industrial y proyectos de desarrollo experimental, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos de pequeñas y medianas empresas, enmarcados en las Áreas Estratégicas de la Industria Conectada 4.0.
Este documento autoriza la transferencia de S/412,178,450 de fondos del presupuesto público para el año fiscal 2018 a favor de gobiernos locales como parte del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal. Los fondos serán distribuidos a las municipalidades que cumplieron las metas establecidas al 31 de julio de 2018 y como bono adicional a aquellas que cumplieron todas las metas del año. El anexo detalla los montos asignados a cada gobierno local.
La Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI) pone en marcha el programa denominado “Industria Digitala 15” con el objetivo de impulsar la utilización de las TEICs entre las pequeñas y medianas empresas de carácter industrial manufacturero (artículo 1).
Este decreto modifica parcialmente los artículos 2.2.2.5.1, 2.2.2.5.6 y 2.2.2.5.7 del Decreto 1170 de 2015 relacionados con la habilitación de entidades territoriales y esquemas asociativos como gestores catastrales. Se ajustan los requisitos técnicos, económicos y financieros para la habilitación y se precisa que la selección del contratista para la prestación del servicio catastral puede realizarse a través de contrato o convenio interadministr
Ranking de cumplimiento de metas del Plan de Incentivos Municipales 2015Pepe Jara Cueva
Artículo 1.- Resultados complementarios
Modificar el anexo de la Resolución Directoral Nº 019-2015-EF/50.01, incorporando resultados
complementarios a la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la
Gestión y Modernización Municipal correspondientes al 31 de julio de 2015, conforme a los Anexos N° 1,
N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7 y N° 8 que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral, y
ratif car todo lo demás que contenga el anexo de la Resolución Directoral Nº 019-2015-EF/50.01, materia de
modif cación.
Artículo 2.- Ranking de cumplimiento de metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y
Modernización Municipal
Aprobar el Ranking de cumplimiento de metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y
Modernización Municipal para el año 2015, conforme a los Anexos N° 9, N° 10, N° 11 y N° 12 que forman parte
integrante de la presente Resolución Directoral.
Artículo 3.- Asignación de recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización
Municipal
La asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del
año 2015, se encuentra supeditada a las condiciones de otorgamiento de recursos vinculados a instrumentos
de incentivos, a que se ref ere la Nonagésima Octava Disposición Complementaria
Este decreto supremo autoriza la transferencia de S/ 783,868,360 de fondos del presupuesto público para el año fiscal 2015 a favor de gobiernos locales que cumplieron metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal. El anexo especifica los montos a transferir a cada gobierno local elegible. Los fondos deben usarse de acuerdo a las leyes que crean e implementan el plan de incentivos.
La orden modifica los modelos 222 y 202 de pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades para adaptarlos a lo establecido en el Real Decreto-ley 2/2016 sobre la declaración e ingreso de un importe mínimo de pago fraccionado para contribuyentes con cifra de negocios igual o superior a 10 millones de euros. Se da nueva redacción a la casilla 33 de ambos modelos para incluir la referencia al nuevo mínimo a ingresar. La orden entra en vigor el mismo día de su publicación para aplicarse al pago fraccionado de octubre de
Este documento establece la normativa para la concesión de créditos bonificados a fondos o entidades de capital riesgo para fomentar inversiones en empresas de base tecnológica del sector TIC en España. Se aprueba un crédito presupuestario de 30 millones de euros para este programa y se detallan los requisitos para solicitar los créditos, las características de los mismos y el procedimiento de concesión.
Este decreto reglamenta el uso obligatorio de los Acuerdos Marco de Precios por parte de las entidades públicas colombianas de acuerdo con la Ley 1955 de 2019. Modifica artículos del Decreto 1082 de 2015 para establecer las condiciones bajo las cuales los Acuerdos Marco serán de uso obligatorio y para precisar cuando las entidades pueden utilizar bolsas de productos. Además, dispone que la implementación de nuevos Acuerdos Marco debe precederse de un estudio de agregación de demanda que promueva las MYPIMES.
El documento describe el mecanismo de Obra por Impuesto en Perú. Establecido en 2008, permite a empresas privadas financiar o ejecutar proyectos de infraestructura pública y descontarlos de sus impuestos a la renta, recibiendo un Certificado de Inversión Pública que puede usarse para pagar impuestos. El mecanismo ha sido modificado por leyes posteriores para facilitar la inversión privada en proyectos de gobiernos regionales, locales y universidades públicas.
Este documento presenta tres resúmenes en 3 oraciones o menos:
1. El artículo describe una modificación reciente al Código Fiscal de la Federación que permitirá a los contribuyentes aplicar saldos a favor para corregir su situación fiscal cuando estén sujetos a facultades de comprobación por parte de las autoridades.
2. Esta opción podrá ser utilizada por los contribuyentes que carezcan de liquidez pero tengan saldos a favor y entrará en vigor en enero de 2023, beneficiando a contribuyentes y autoridades fiscales incl
El documento presenta un informe de avance sobre la elaboración del proyecto de presupuesto general de la administración nacional para 2021. Describe el contexto económico de 2019, la situación actual en 2020, los lineamientos de la política presupuestaria y fiscal para 2021, y los próximos pasos en el proceso de formulación presupuestaria.
gestión publica , servicios públicos, cumplimiento de actividades del sector de transportes, actores gestión regional, indicadores de desempeño, telecomunicaciones, transporte pluvial, telefonía y radio, administración publica,
Aprueban la Norma Técnica denominada
“Norma que regula el concurso público
de ingreso a la Carrera Pública Magisterial
2019 y que determina los cuadros de mérito
para la contratación docente 2020-2021
en instituciones educativas públicas de
educación básica”
Orden IET/2166/2015, de 15 de octubre, por la que se establecen las bases reg...José Manuel Arroyo Quero
Mediante esta orden se establecen las bases de los Premios a la Innovación en el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (Innova Minetur) que, en lo particular, serán desarrolladas en las correspondientes convocatorias anuales. Al amparo de lo previsto en el artículo 23.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con carácter excepcional para 2015 se incluye en la presente orden, como Disposición adicional única, la convocatoria de los premios para este ejercicio.
Fernández oficializó $7.100 millones extras a Quintela, $170 millones a Brizu...Eduardo Nelson German
El presidente Alberto Fernández promulgó la ley Ley 27.561 referidas a la actualización del presupuesto nacional para lo que resta del año, a raíz que regía una norma reconducida del 2019.
Similar a Real Decreto 147/2021, de 9 de marzo. (20)
Listado de viviendas turísticas con licencia Madrid 2024
Real Decreto 147/2021, de 9 de marzo.
1. I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
3701 Real Decreto 147/2021, de 9 de marzo, por el que se modifican el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto
403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
El Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
abordó la necesidad de detallar la estructura del Departamento, de acuerdo con la
nueva estructura organizativa dispuesta por el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero,
por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. El citado real decreto
creó el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital como
departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia económica y de reformas para la mejora de la competitividad, las
telecomunicaciones, la sociedad de la información, la transformación digital y el
desarrollo y fomento de la inteligencia artificial, además del resto de competencias y
atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.
Por su parte, el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, fijó la estructura
orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
determinando sus órganos superiores y directivos hasta el nivel de dirección general,
al amparo de lo previsto en el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
No obstante, la pandemia ha acelerado el proceso de digitalización de la
economía y la sociedad española, exigiendo un aumento de la acción del Estado en
este ámbito y una aceleración de las políticas públicas para acompañar los profundos
cambios que se están produciendo en los distintos sectores productivos. Además, la
respuesta a la pandemia en el ámbito europeo tiene entre sus elementos principales
la creación de nuevos instrumentos de inversión pública, materializados a través del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que canalizarán en los próximos
años hacia España un volumen importante de recursos financieros, tanto
transferencias como créditos, orientados a la inversión pública con dos grandes
prioridades: la transición ecológica y la transformación digital. Finalmente, el impacto
económico de la crisis sanitaria hace urgente la puesta en marcha de un proceso
intenso de inversión pública que tenga un impacto anticíclico y logre impulsar la
actividad económica y el empleo ya desde 2021, además de sentar las bases de una
modernización del modelo productivo para un crecimiento más sostenible a medio
plazo.
Todo ello hace urgente modificar el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y
el Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital con el
objeto de crear una nueva dirección general. Ello resulta también esencial para asumir
los nuevos retos derivados de la correcta ejecución de la Estrategia España
Digital 2025.
En concreto, este real decreto realiza los siguientes cambios:
Por un lado, se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. En concreto,
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2. se modifica el párrafo B) del artículo 15.1 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero,
para crear la nueva Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial, bajo la
dependencia directa de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
También se modifica la disposición adicional séptima del Real Decreto 139/2020,
de 28 de enero, para exceptuar a la persona titular de la Dirección General de
Digitalización e Inteligencia Artificial de la condición de funcionario público dado la
especificidad de los cometidos de este órgano directivo, siendo necesaria esta
excepción en virtud de lo establecido en el artículo 66.2 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
Así, las características especiales de la dirección general hacen necesario que al
frente de la misma deba situarse una persona responsable de la correcta ejecución y
desarrollo de las competencias asignadas. Las responsabilidades de la persona titular
de la dirección general tienen un carácter transversal a toda la sociedad en su
conjunto e implica la necesidad de experiencia y conocimiento de unos ámbitos
especialmente complejos de los últimos avances tecnológicos, entre otras, en
ciberseguridad, Big Data e inteligencia artificial. Asimismo, se debe enfatizar que la
dirección general pueda ser dirigida por una persona con experiencia profesional en el
sector privado puesto que el liderazgo en la transformación digital, no solo de la
sociedad sino del tejido productivo y empresarial, requiere contar con un profundo
conocimiento de las industrias de los diferentes sectores, sus necesidades y los
requerimientos a los que se ven sometidas.
Por otro lado, se modifica el Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital, para regular la Dirección General de Digitalización e
Inteligencia Artificial, bajo la dependencia de la Secretaría de Estado de Digitalización
e Inteligencia Artificial y asignarle sus funciones. Algunas de las funciones que
actualmente se atribuyen a la Secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia
Artificial pasan a ser ejercidas por la dirección general e igualmente las
subdirecciones generales que dependen de dicha Secretaría de Estado pasan a
depender de la nueva dirección general.
Este real decreto es coherente con los principios de buena regulación previstos en el
artículo 129 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
dado que atiende principalmente, a la necesidad de adaptar la estructura orgánica del
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a las necesidades
económicas actuales, y es eficaz y proporcionada en el cumplimiento de este propósito,
sin afectar a los derechos y deberes de los ciudadanos. También contribuye a dotar de
mayor seguridad jurídica a la organización y funcionamiento de la Administración
General del Estado, al adecuar y adaptar aquélla a las necesidades organizativas de la
coyuntura económica. Cumple también con el principio de transparencia, ya que
identifica claramente su propósito, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y la
memoria que le acompaña estará accesible en el portal de transparencia. Dado que se
trata de una norma puramente organizativa, su tramitación se encuentra exenta de la
consulta pública previa y de los trámites de audiencia e información públicas.
Finalmente, es también adecuada al principio de eficiencia, ya que no impone cargas
administrativas y trata de asignar los recursos públicos de la mejor manera para alcanzar
los objetivos programados.
En su virtud, a iniciativa de la Ministra de Asuntos Económicos y Transformación
Digital, a propuesta del Ministro de Política Territorial y Función Pública, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de marzo de 2021,
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3. DISPONGO:
Artículo primero. Modificación del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
El Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura
orgánica básica de los departamentos ministeriales queda modificado como sigue:
Uno. El párrafo B) del artículo 15.1 queda redactado como sigue:
«B) La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, de la
que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General de Administración Digital, con rango de
Subsecretaría.
2.º La Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial.»
Dos. Se añade un nuevo párrafo v) al apartado 1 de la disposición adicional
séptima con la siguiente redacción:
«v) La Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial.»
Artículo segundo. Modificación del Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital.
El Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, queda
modificado como sigue:
Uno. Se modifica el artículo 8 que pasa a tener la siguiente redacción:
«Artículo 8. Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
1. La Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, bajo la
superior dirección de la persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital, ejercerá las funciones previstas en el artículo 62 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, en el ámbito de sus competencias, relativas a la
política de impulso a la digitalización de la sociedad y economía de forma
respetuosa con los derechos individuales y colectivos, así como con los valores
del ordenamiento jurídico español. A tal fin, le corresponden las funciones de
fomento y regulación de los servicios digitales y de la economía y sociedad
digitales, la interlocución con los sectores profesionales, industriales y
académicos, el impulso de la digitalización del sector público y la coordinación y
cooperación interministerial y con otras administraciones públicas respecto a
dichas materias, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros
departamentos ministeriales.
Le corresponde específicamente el ejercicio de las siguientes funciones:
a) El impulso, la programación y la supervisión de las actuaciones en
ejecución de la política de Gobierno en materia de administración digital y del
fomento de la administración electrónica, en especial lo referente al proceso de
transformación digital e innovación de la Administración a través de las
tecnologías de la información y de las comunicaciones, y la adopción de
soluciones digitales que permitan la prestación eficiente de los servicios públicos
incluyendo los servicios públicos esenciales.
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4. b) Avanzar en la creación de servicios públicos electrónicos universales y de
calidad, y en su caso transfronterizos.
c) Promover, en un marco de corresponsabilidad, la cooperación con las
administraciones públicas en materia de administración digital, potenciando el
uso de los servicios de información titularidad de la Secretaría de Estado para
eliminar la brecha digital, así como el fomento de programas de atención al
ciudadano y, en particular promoviendo el uso de plataformas comunes para la
integración de los servicios de las diferentes sedes electrónicas de las
administraciones públicas.
d) La propuesta, coordinación y seguimiento de las relaciones
internacionales en materia de la sociedad digital, y la representación internacional
del departamento en estas materias en colaboración con el Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
e) Aquellas otras funciones que atribuya la legislación vigente al
departamento en el ámbito de la administración electrónica y servicios públicos
digitales, y la incorporación de las tecnologías de la información y las
comunicaciones en el conjunto de la Administración General del Estado y del
sector público institucional estatal, así como el ejercicio de las facultades relativas
a los nombres de dominio de Internet bajo el código de país correspondiente a
España (.es) que tenga atribuidas el Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital.
2. De la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial
dependerán directamente los siguientes órganos directivos:
a) La Secretaría General de Administración Digital, con rango de
Subsecretaría.
b) La Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial.
3. La persona titular de la Secretaría de Estado de Digitalización e
Inteligencia Artificial presidirá, por delegación de la persona titular del Ministerio
de Asuntos Económicos y Transformación Digital, la Comisión de Estrategia
TIC. También presidirá las correspondientes Comisiones Sectoriales en las
materias de su competencia e impulsará los órganos colegiados en su ámbito
de actuación.
4. De la persona titular de la Secretaría de Estado de Digitalización e
Inteligencia Artificial depende directamente un Gabinete, como órgano de
asistencia inmediata a la persona titular de la Secretaría de Estado, con nivel
orgánico de subdirección general, y con la estructura que se establece en el
artículo 23 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero.
5. Para el asesoramiento jurídico de la Secretaría de Estado de Digitalización
e Inteligencia Artificial existirá una Abogacía del Estado, integrada orgánicamente
en la del departamento.
6. La Inspección General del Ministerio de Hacienda dependerá
funcionalmente de la persona titular de la Secretaría de Estado de Digitalización e
Inteligencia Artificial para el ejercicio de sus competencias respecto de órganos y
materias del ámbito de atribuciones de dicha Secretaría de Estado.
7. Se adscribe al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, la
Entidad pública empresarial Red.es., M.P., cuya presidencia corresponderá a la
persona titular de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
8. El Ministerio ejerce la tutela de la sociedad mercantil estatal Instituto
Nacional de Ciberseguridad de España, M.P., S.A., a través de la Secretaría de
Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.»
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5. Dos. Se incluye un nuevo artículo 9 bis con la siguiente redacción:
«Artículo 9 bis. Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial.
1. La Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial ejercerá las
funciones previstas en el artículo 66 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en el
ámbito de sus competencias, y sin perjuicio de las atribuidas por la legislación
nacional y europea al Instituto Nacional de Estadística, correspondiéndole en
particular las siguientes:
a) El estudio, propuesta y ejecución de la política general y la planificación
estratégica y de acción sobre la transformación digital de la economía y la
sociedad, así como la elaboración y propuesta de normativa para la ordenación y
regulación en estas materias, en consonancia con las disposiciones nacionales,
europeas e internacionales vigentes.
b) La elaboración, formulación, coordinación y evaluación de la Estrategia
española de Inteligencia Artificial en colaboración con otros departamentos,
órganos y organismos con competencias en esta materia.
c) El desarrollo normativo, aspectos éticos y regulación en materia de
inteligencia artificial y demás tecnologías habilitadoras digitales (computación en la
nube, tecnologías del lenguaje e imágenes, Internet de las cosas, tecnologías de
registro distribuido, ciberseguridad, gestión de datos, entre otras) para la
transformación de la economía y la sociedad.
d) La participación en comisiones, grupos de trabajo y otros foros de
carácter internacional o nacional, tanto públicos como privados, en el ámbito de
la inteligencia artificial y resto de tecnologías habilitadoras digitales, así como el
seguimiento y participación en iniciativas y foros relacionados con estas
materias.
e) La definición y gestión coordinada de los programas y actuaciones,
impulso y fomento de la I+D+i en el ámbito de la inteligencia artificial, incluyendo la
política de datos abiertos aplicados a la inteligencia artificial y resto de las
tecnologías habilitadoras digitales en los sectores productivos de la economía y de
la sociedad.
f) El impulso, coordinación y ejecución de los planes y líneas de actuación de
las administraciones públicas en inteligencia artificial y otras tecnologías
habilitadoras digitales en colaboración con el conjunto de agentes del sector con
los correspondientes programas e iniciativas de la Unión Europea y con otros
programas internacionales.
g) El desarrollo e impulso de planes, programas, proyectos y actuaciones
para la incorporación de las tecnologías y servicios digitales y el empleo masivo de
los datos en la transformación digital de todos los sectores productivos de la
economía, potenciando la compartición segura de datos entre los ciudadanos, las
empresas y las administraciones públicas, en coordinación de las agendas
sectoriales de digitalización de otros departamentos ministeriales, así como la
gestión coordinada con los correspondientes programas europeos e
internacionales en estas materias.
h) El desarrollo e impulso de planes, programas, proyectos, actuaciones e
instrumentos que fomenten el desarrollo y despliegue de servicios digitales,
capacidades e infraestructuras que contribuyan a acelerar los procesos de
transformación digital, y, en particular, la digitalización y el empleo masivo de los
datos, así como la gestión coordinada con los correspondientes programas
europeos e internacionales en estas materias.
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6. i) El desarrollo e impulso de programas, actuaciones y esquemas de
gobernanza que contribuyan a reforzar la cooperación en los procesos de
transformación digital de cualquier sector, y, en particular, en materia de
digitalización, empleo masivo de los datos, desarrollo de las tecnologías digitales y
normalización técnica.
j) El desarrollo e impulso de planes, programas, proyectos y actuaciones para el
fomento de la actividad de normalización, estandarización y certificación en el ámbito
de las tecnologías digitales en coordinación con otras unidades competentes.
k) El diseño y seguimiento de programas de desarrollo de industrias y
economías digitales.
l) El ejercicio de las facultades de control e impulso del libre flujo de datos no
personales, su portabilidad y la elaboración de códigos de conducta en
coordinación con la Unión Europea.
m) La elaboración y propuesta de normativa en materia de servicios
digitales y sus prestadores, en particular sobre identificación electrónica y
servicios electrónicos de confianza, comercio electrónico y nombres de dominio
de Internet.
n) La elaboración de normativa, en colaboración con otros departamentos,
referente a la regulación de las plataformas e intermediarios digitales, entre otras, la
relativa a su responsabilidad y obligaciones, la privacidad y protección de la
información, así como a la garantía de equidad y respeto a los derechos digitales de
usuarios y empresas.
ñ) El ejercicio de las facultades de supervisión, control, inspección y
sanción en materia de la sociedad digital, de conformidad con la legislación
aplicable, incluyendo la gestión de la lista de prestadores de servicios de
confianza cualificados.
o) La participación en comisiones, grupos de trabajo y otros foros de carácter
internacional o nacional, tanto públicos como privados, en materia de sociedad
digital, así como el seguimiento y participación en iniciativas y foros relacionados
con la Gobernanza de Internet.
p) El impulso, coordinación y apoyo a las iniciativas para la capacitación
profesional en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones
(TIC), y de programas de atracción, desarrollo y retención del talento digital.
q) La elaboración, gestión y seguimiento de planes, proyectos y programas
de actuaciones orientados al desarrollo de habilidades digitales en coordinación
con otros departamentos ministeriales, así como la definición y gestión coordinada
de esta política con los correspondientes programas europeos e internacionales
en estas materias.
r) La elaboración y propuesta normativa, impulso, coordinación y apoyo a las
iniciativas para promover la iniciativa emprendedora y el desarrollo de las
empresas digitales en colaboración con otras unidades y departamentos.
s) El impulso, coordinación y apoyo a las iniciativas destinadas a la creación
de contenidos digitales, y demás iniciativas que promuevan el desarrollo de
empresas tecnológicas en sectores estratégicos para la transformación e inclusión
digital en colaboración con otros departamentos, órganos u organismos.
t) La promoción y asistencia a la internacionalización de las empresas de
tecnologías digitales, de la sociedad digital y de contenidos digitales, sin perjuicio
de las competencias de la Secretaría de Estado de Comercio.
u) El diseño y desarrollo de planes y programas destinados a fomentar el
acceso y uso de los servicios digitales por los ciudadanos y facilitar la
disponibilidad y accesibilidad de las tecnologías digitales, contribuyendo a la
corrección de las brechas digitales en coordinación con otros departamentos
ministeriales con competencias en otras políticas con las que esas materias
estén relacionadas.
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7. v) La planificación, coordinación, desarrollo e impulso de políticas, planes,
programas, proyectos y actuaciones para la incorporación de la ciberseguridad en
la transformación digital del sector privado y la ciudadanía, en coordinación con las
agendas sectoriales de ciberseguridad de otros departamentos ministeriales, así
como la gestión coordinada de los correspondientes programas europeos e
internacionales en esta materia.
w) El ejercicio de las facultades de supervisión, control, e inspección en
materia de ciberseguridad de los servicios digitales, así como el impulso y
coordinación de iniciativas para la garantía del derecho a la confianza y seguridad
digital, en especial a la protección de los menores y colectivos vulnerables.
x) La elaboración y propuesta de normativa en materia de ciberseguridad
de los servicios digitales, en colaboración con otros órganos u organismos con
competencias en la materia y los sectores económicos y sociales públicos y
privados afectados, para la transformación segura de la economía y la
sociedad.
y) La participación en comisiones, grupos de trabajo y otros foros de carácter
nacional, europeo e internacional, tanto públicos como privados, en el ámbito de la
ciberseguridad, así como el seguimiento y participación en iniciativas y foros
relacionados con estas materias.
2. De la Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial dependen
directamente las siguientes subdirecciones generales:
a) La Subdirección General de Inteligencia Artificial y Tecnologías
Habilitadoras Digitales, a la que corresponden las funciones a las que se refieren
los párrafos b), c), d), e) y f) del apartado 1.
b) La Subdirección General de Economía del Dato y Digitalización, a la que
corresponden las funciones recogidas en los párrafos g), h), i), j), k) y l) del
apartado 1.
c) La Subdirección General para la Sociedad Digital, a la que corresponden
las funciones a las que se refieren los párrafos m), n), ñ), y o) del apartado 1.
d) La Subdirección General de Talento y Emprendimiento Digital, a la que
corresponden las funciones recogidas en los párrafos p), q), r), s), t) y u) del
apartado 1.»
Disposición adicional única. Modificaciones presupuestarias.
El Ministerio de Hacienda llevará a cabo las modificaciones presupuestarias que, en
su caso, resulten precisas para el cumplimiento de lo previsto en este real decreto.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a
lo dispuesto en este real decreto.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo y ejecución.
Se autoriza a la persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital para que adopte las disposiciones necesarias para el desarrollo y
ejecución de este real decreto.
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8. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado»
Dado en Madrid, el 9 de marzo de 2021.
FELIPE R.
El Ministro de Política Territorial y Función Pública,
MIQUEL OCTAVI ICETA I LLORENS
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