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El documento presenta una lista de municipios españoles. Establece que el Gobierno debe fijar en un plazo de dos años desde su entrada en vigor unas condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y cualquier medio de comunicación social. También menciona que la Ley 34/2002, de 11 de julio, establece disposiciones similares sobre accesibilidad de las tecnologías de la información y comunicación.





