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-.'   'TFl FTAYT        MAmnn          "H~V    '1<"; SI' Con CIF.- 885978435. con 'domicilio en CALLE PAYASO FOFO 2<t rie.
      MADRID. comlenza                 sus operaclones el d1a vetnt itres de junio de 005 nn : diez y se r,ge por los sl9uientes-
      Estatutos:
                                                                                                          adoptar.J.o por mayoría                 de vo t.os' váli,damente              emitidos.
                                                - TITU,LOI -
                                                                                                           siempre      que representen                   al menas un. ter~i;)              'de los
                            NATURALEZA,           DENOMINACION,          OBJETO,                        
                                                                                                        votos          ccirrespondientes                    a     las        part~cl.pacioncs
                                       DOHICILIO y DORAC:rON:
                                                                                                         ;sociales        en que se divida                  el capital         social.     ------
                 ARTICULO 1". - Se constituye.                       una     compañia        de          ,         La        sociedad                sólo         podrá            dénegar           el
        naturaleza          m •• rcantil        de    respon/labilidad           l·imitada,
                                                                                                          Iconsentimiento           si      comunic;a            al      tran.smitente·,          poi:
        que      se regirá          por     J-os present.es           Estatutos       y,     en
                                                                                                           .conducto'      notarial,           la        id,,;ntidad       de uno        o ",arlos
        cuanto        en     ellos       no      estuviere        previsto.         por      l~
                                                                                                           ¡socios     o terceros         que adqul:era.n la total~daq                        de las
        legislaci6n           que      le     fue'se      de    aplicación,          con     la            'participaciones.                 No.          será.        necesaria            ;ning]..>.na
        de nomí nac í.ón de "TELEl'~I MADRIDSERVICIOS, S. L .•.                                -
                                                                                                           lcomunicación        al transm4tcnte                  5l. concurrip         a la Junta
                 ARTI'CULO       2".- La S'oei'edad tiene               por objeto'       __ n
                                                                                                            General      donde, se adoptaron                  dichos      a,cuerdo!¡.       --.----
                 Agencia       de viajes J "Mediaci6n'                en la pres taciÓn                             Los     socios       concurrentes                a     la     Junta      General
        de servicios            de transport·.           discrecional         de viajeros'
                                                                                                            tendrán      prefer~ncia          para la adquisici~n.                     ----------
        en vehículos            df! turismg         (autg tªX"1 el    N     a.l amparo de                           si      son       varios               loa       s o'c os
                                                                                                                                                                      í              concurrentes
        10 cl.i.5puest.o en los              art!oulos        1,22 y 123 de la Ley                           interesados          en      adquirir,                se       distribuirán            las
        :rli1:tg'87,     d'e 29 de julio!                 155.1     del     Real    Decreto
                                                                                                            participaciones'           ~IJ..J;¡:'l: ... ~"!.do.,S
                                                                                                                                                               ~_el~os a 'prorrata              de BU,
        1211/19'90.         de 28 de septieml?re¡                 "Iodificacl.o"         todos               participaci6n         en el capl.taI               socl.al."'---·..l-    ••~---------
        ellos,       por la Ley 25/2009,                ~e 2'2, de' diciembre',          todas
        el.l,as normas de !únbito es'tatal,                       as!    como en virtud
                                                                                                                El. precio       de las    participaciones.,         la f6rma d'e
        de la Ley 1/1999,                d ••12 de' lparzo.        Ley B/2009,          de 21
                                                                                                         pago y las       demás condicione,g,        de la,. operaci6n,       serán
        de diciembre,              y Decreto          99/1996,.       de 27 de junio,
                                                                                                         las   convenidas        y comunicadas        a. la sociedad       por    el
        normas de ámbito autonómico                      madriléño.        -------------                 Bocio transmitente.           si el pago qe la tQtalidad              o de
                  Las aG:'tividades            integraptes         ,,'el objeto        sOcial
                                                                                                         parte     del   pr",c'io   estuvi"era     aplaza.do     ,en el proyecto
        podrán        ser     desarrolladas            uar     la    Sociedad       total       o        de     transmisión,          para      la     a dqu í.s Lc ón   dI>   í las
        pa~c~a mente               de     modo         indireéts,           mediante          la
                                                                                                         parcicipaci.onea          será     requisito         prev'io.  que      una:
         tikHlaridad           de    acciones        ode participaciones    en                            entidad      de   cr~dito      garantice       el    pago. del     precio
                                                        a aná n~n
          Sociedades.
            .'   ~i las
                          con ob"eto
                            disposiciones
                                             id~ntico
                                                  legales
                                                                    ---------
                                                               exigiesen       para    el                 aplaz~do.
                                                                                                                  ltn los
                                                                                                                              ----------&------------~----~------------
                                                                                                                             c a s o a en que l.a. traIl.s"tn.i.si.5n    proyectada
        (~J ercl.ci·o ~e alguna         de las      actividades        comprendidas'                       fuera    a titulo       oneroso dist..into de la. compra.ve:nt.a. o
        ,en     el    obJeto     social     algün       titulo      pr.dresional         o                 a t~tulo     gratuito,         el pracfo     de a.dquisic.l.6Ii  s er   .eL         á

          aut~ri%aci6n         adminiatraOt1va..,       o    la.   in'scrip.ci6n        en                 fijado    en la     formo. que esta.blece          el articulo     29.:Ld
          Regl.stroB       Públicos,        dichas        actividades'         deber~n                     de la Lay 2/1.995.            de J:3 de' ma):"%Q,de SOCi ••d,Ad••• de
          realizarse       por     ~ed~o     de     persona       que    ostente        ¡a                 Responsabilida.d          ,Li"Iit ••.
                                                                                                                                               da,   con!o=..     •. 'la, red e,cci6n
          requ7rida       titulad,lSn       y,      en     SU.   caso     no     podrán                    dada por       la   Disposic.L6n        J.dioion ••. 10.'1. .de loa. Ley
                                                                                                                                                              l
          inicl.arse      antes      de   'que      Be hayan          cwnplido        los
                                                                                                           4~/02, de 2J de ooviemhre.                    ------------------------
          requi,.itos     administrativos          e)C~g:j.dos.     -------------'::                                En 108 casos          de aportación            a Socie'dad' an6nima. o
                  Quedan      excluidas      ~Qdas        aquellas       actividades                        comanClitaria          por    acciones,         se entenderá             por     valor
          para      cuyo      ejercicio        la     Ley      ax j a     írequisitos                       real     de     las      participaciones              el      que     res~lte       d.el
          especiales         que     no    queden         cumplidos         por      esta                   in:forme       el¡¡.borado        por      el     eccpe t cr        independiente
         Sociedad.            ------------------------c----------------
                l'.RTICOLO 3'. - El domicilio             de la    Sociedad                se
                                                                                                            nombrado por. el Registrador                   Merc·antil .. -'- -'-- -- -- - --
                                                                                                                    El documente              público        de       transmisi6n           deberá
         establece     en 2B01B-Idedrid, co.lle                  Payaso       Fofo,    número
                                                                                                            otorgarae        en el plazo'          de url mes a contar                 de .••.
                                                                                                                                                                                             ds la
                                                                                                             comunitao:ión         por     la    sociedad         de la        identidad          del

           H,    ~~~--¿;;~;;-~:--~~~~;;;~~~;~-~~~:-~-
                                         -~~~;~~;-:~                                                         adquirente
                                                                                                                    El
                                                                                                                               o adquirentes.
                                                                                                                          s o c Lo podrá
                                                                                                                                                          .~----------------------~
                                                                                                                                                transniitir          las    ,participaciones
           cambl.o     de      domicilio  qua       consista       en     su  traslado                       en las     condiciones          co!,unic.adas a la Soc.j.ed·ad. cuanüo
           dentr~      rlel     mismo t~rmino        municipal,          asi como la                         hayan     transcu=ido             t r.e s   meses         d¡:sde      -que hubierf'
           creac:-ón,          supresi6n         o traslado        de      guc~sale9,                        puesto,     en: con.o·cimiento             de     ¡;'sta,. su       prop6sito          de
           agenCl.as. .       delegaciones,               re'presentaciones             y                     transmitir        sin que la Sociedad               le hubiera.         comunicado
           dependeocl.as.        tanto      en    territo~io          naciooai      como                      la. identida'd       del adquirente           o adquirente¡¡.            - -.7- ---
           fuera    de' él. -.-.------------------------------"-----.-------                                         Nb obstante            lo    dispuesto          ante riorm'en t e , será
                 -".R.TICULO    4". - La .duraci6n            -de la. Sociedad         es                     libre    la     transmisi'ón,        voluntaria            de parti€ipáCionés
           indefinida       y     dará      comienzo         a    SUB      operaciones                        por    actos       inter     vivos       enc:.;;;, so.cios,        .asI     como la
           sociales     el dia de la escritura.             de ~onstituci6n.                                  realizada          en     favor        del     c6nyuge,            ascendente           o
                                                                                                               descendiente             del         socio'          o       de        sociedades
                                               - TITULO        n -                                            erteneCientes            al mismo grupo que la t.ransmite_'                        -- .
                                             CAPITAL SOCIAL,                                                          Transmisión           ~lortiB      Causa:         La Adqui,sici6n              de
                   AATICULO5". - El capi cal                   s e f.i j S en TRES MIL                         alguna          Partic1pación               socl.al.           por         sucesión
           SEIS~IENTOS EUROS. Estará
          partl.cl.paciones·,
                                         -
                                       sociales,
                                                          representado
                                                         de     UN EURO, de
                                                                                 por      3.60 O
                                                                                         valor
                                                                                                               ~:~~~~~~~i~~          s~~~~~en~ _~: __        ~~:~~=:~
                                                                                                                                                                 __
                                                                                                                                                                  ~__                l_e_g_a_t_a~r:_o
                                                                                                                                                                                                __ ~~
          nominal           cada           una         de        e LLa's          numeradas                          Transmisi6n    Forzosa,   Los socios                          al amparo de       lo
           correlativamente           .del     1 al      3.600,      ambos Lnc Lus-í.ve ,                       ispuesto    en   el   art1culo    31,   3,                          de la   Ley       de
           totalmente       suscritas        y desembolsadas.              ----.---------                  ~
                   ARTICULO 6" " - En toda                 amplia.ci6n        .de ",apital,                    Sociedades      de   Responsabilidad         Limitada        tendrán
           lo        oc Los t,endrán         derecho       a asumir         un número         de               derecho    de adqu:isici6n    preferente      'en los' supues :0'5
          p- ticipaciones           proporciunal           al de las       que poseij,n. -                     de    transmisión     forzosa     de     las     participaciones
                   ..b.RTICOLO   7'.-    Transmisi6,n         Inter-Vivos.:          -------                   sociales    eri la forma: y e orid c í.on e e a a t ataLecd da.e en
                                                                                                                                                                 í


                    El    socio        que      se     proponga          t..ransmJ.:tir       'iU              la  ci.tada    Ley.    ---------------------~--------------
             articipaci6n         ó participaciones,               deberá       comunicarlo                           ARTICULO8".-         En cuanto        a la indivisibilidad         de
             or escritci       a los       administradores            haciendo        constar                  las    participaciones          Y su        copropiedad,       usufructo,
           El número y caracteristicas                      de las      participaciones                        prenda      de   las    mis!,al' y       t.ran¡;misi6n,    f.orzosa,     se
           que pretende         transmitir,          La- i-dentidad       del adquirente                       estará    a lo di'ipuesto        en la, legislaci6n         aplic;able.
          [)' el precio       )' dem~" condiciones              de la transmisión.
                    La      transmi~i6n                quedará            sOlll'e'tida        al                                        - TITDLO III     -
           con~eDtim.iento          de      la   Sociedad,          que      se    ~resará                                 REGIMEN ADMniISTRACION
                                                                                                                                  Y                     DE LA SOCIEDAD:
           ~edl.ante       acuerdo          de     la     Juntoa      G,eneral,         previa                          ARTICULO 9" . - La   'voluntad,    de. los  socios
          I 4nclusl.~n       del      asu~to        en    el      orden       d~l     dia,      y




                                                                                                    A p f10~f) ex;                E"sTo.5 F~                              fUTO.5?

--------------------~~~
expresada     por vocación     mayorlbaria'regirá       1a vida de                               En  todo            caso,   la  convocatoria       expresará    el
    la    Sociedad,     debiendo      formarse   necesariamente       en                     ~or.1bre   de    la          sociedad.    la  fecha'y       hora    de  la
    Junba       G~ner~,        siendo      espec~almente       de     su                      reunión,     asi           como el    orden   del    dia,    en   el  que
    competencia      censurar-   la gestión    aoc.í.a L, apr.obar  las
    cuentas     y el balanc;:e    de cada e j ez-c Lc í.o , y resolver                         figurarán          los asuntos         a tratar.             ------------------_
    sobre    la   dis~ribuci6n       de   los  beneficios,      si  los                                La       Junta       General         se      celebrará          en     el      misma
    hubie~            ----------------------------~-------------                               término           munici     al      donde          la      sociedad          ten a         su
           ...
             Los acuerdos           e oc a Les se adop~a·:r'á..n por .mayoria
                                         í

                                                                                                  om e     l..O    o cual          er otro            dent.ro del           ter      .t.aria
          'los      votos       vál i.d amarrt.a      emitidos,          siempre       que    nacisnal,           que decida        el 6rgano            soc~al, entendi~ndose
    re     e s e n cen     aL      menos       un     tercio        ·d·e °1.05      votos      que     51      la    convoca ccr-i a no flgurasé                        el    lugar        de'
    co ·respondie,,'ces            a las      participaciones             s'ociales     en     celebración,            se entenderá            el del dom1cili'0             ao c í.a.L,
    q e se divida              el   capital       social.       No se computaran                       ARTICULO 12'. - La administración                             de la so"ciedad
    1 s votos           en blanco.         Todo ello          sin     perj uicio       del     se podrá          confiar       a un adnllnistradar                  único,       a, dos o
    a-tlculo        53 de la Ley.            ----------------------                      _     mas       adíñul..ls·tradores              que         act':'en'        solida.r·ia           o
            De      los      acuerdos        adoptados          Se     levan~ar!        la     conjuntamente,             o a un Consejo de Admini~~ración.
      portuna acta,               cuyAs     certificaciones              librad~s en                   La Junta            General        tiene        la     facultad        da' optar
    . egal     forma,      coIÚorme. al a-r t LcuLo lOS del Reglamento                         alternativamente               por      cualquiera             de las        fo;r:n.as de
      el     Registro         Me'rcantil,         servirá.n        para      aCl;editar        administraci.ón                señaladas,                 sin        necesidad              de
   rquH~;ic~;            -~-o-o-.•--;~       -~~~~~~~~-i~~-.;i;;~;;;;-
                                                          .; -~i                               modificación           estatutaria.
                                                                                                       ARTICOLO 13' . -
                                                                                                                                                 -------------~-----------
                                                                                                                                         Corresponde               al      órgari"o       de
~ttt1.CuJ.1;      . ariterior,-      'e-x--aumento      o l·a reducci6n        - de·l          idministracióñ                la      representac16n,                   ~irecci6n            y
      .apical       y     cuil-lquier       otra     modificación'        de     los           administración                 de:      la         Compañia,             judicial            y


      a
       statutos
      ualiticada
            mitad
                      sociales
                         requerirán
                       de 'los
                                    para

                                      votos
                                             la que no se exija
                                           el voto      tavo.;rab~e
                                                 correspond.ientes
                                                                          mayoría
                                                                       de más da
                                                                           ¡¡,   las
                                                                                              P~Bj
                                                                                               extra)ud1clalonente
                                                                                                      ciones
                                                                                               pl itos,
                                                                                                                   en juicio
                                                                                                                con todas
                                                                                                                                     ¡Incluso
                                                                                                                                    y el otorgamiento'
                                                                                                                                 las facultades
                                                                                                                                                          la'      a.bsoluc;ión

                                                                                                                                                              legal.es
                                                                                                                                                                       de poder
                                                                                                                                                                            y rec;ursos
                                                                                                                                                                                          de
                                                                                                                                                                                        para
                                                                                                                                                                                               .
      articipaciones           en que se divida           e L capital    soc í.at .            d      casación          y    revisión1         ¡    y la 'administraoión                    Y.
    ,        La    transformación,            fusión       o. e'scislt>n    de     la         .d sposición           a titulo       oneros:C1 de su.oatrim.onip                       s aLvo
    ~ociedad,        La- supresión        del derecho        de preferencia        en          l,lrncarnence l.as aSlgnaaas                  l.egal. o e!;.tat:;utárlamenta                de



   l
         os.aumentos      dI; capital,       la exc~usion        de Bocios y ~a.               ~odo expreso             a la      Junta       General         de Socios;            de. las
      utor-ización        del articulo          65, apartádo       ~ de la Ley,                ~e     será      ejecutor.        ----.---------------------------
       equerirán       el vo co favorable          de al menoe dos t:.e:rcids                           Podrá       en su consecuencia,                    y s Ln. ot~a s'alvedad
      e loa votos          correspondi~?te5 a las partic~pac1oneB                              que      la       indicada,         realizar             todos        los     actos         de
    en que se divida            el capital        social.                        _
                                                                                               cualquier            natu.r!,leza         que        sean,        incluso          íos      de
          Cada participaci6n      soci a l concede         a su titular                        dlSpOS1Cl.On y gravamen,                     entre       e     os el. hipotecario;
   el  derecho    a emitir   un votoo      --------                      _                       .nrno.c~J.~ar o,         y     os      e       L.Urar, enaQea.r              anm.l.X: r
          ARTICULO 11        La JUDta Ceneral
                              0

                               •   -                   .a e r-á convocada                     ,. tervenJ.r            a.e e tar        ea rar             e s con t.a r    v ne ociar
   por    los   adminia tradores     "'.l. en su       caso,     por   los                     lotras       de cambio y pagarés,                   cartas-órdenes,              cheques,
   liquidadores     de la sociedad.        ---------                      _
                                                                                               facturas          y ·otros       Documentos            ae 91ro. y comerCl.o,                  y
          Los administradores      corivocarán       la Junta     G'eneral                     au Ol:' zar           tOdOS           os          con ra. os            que         es l.men_
                                                                                              "onven       entes       a .í.os lntereses              ae r a Sociedad               (entre'
    para     su    celebraci6n       dentro    de   ~OB   seis    primeros                   ·•. .llos
                                                                                                e         avales       y fianzas        de cualquier              clase).      --,"----
    meses en 'cada        ·ej ez c Lcí.o con el    !irt  de oensurar      la                           En 10 00 previsto                 se aplicará              lo dJcspuesto           en
    gestión     'social,    aprobar,     en su caso,    las. cuerica,e del                    la     Ley .. -------------------------------------"--~--
    lljercicio      anterior      y resolver      sobre   la   aplicaci6n                              La ejecución'       de los acuerdos           del Consejo,    . s"lvo
    del    resul tado.       También     deberán    convocar     1'1- Junta                   e      resa   determinación          de los m~Bmos en otro ml.embro
    General      en las    fechas     o periodos    que determinen       los                      ei   Coosejo      o    en     el    Secretario,        corresponde       al
    Estatutos.         --                                                   _
                                                                                                re~idente.       -----~---------------------------------
           Si es toas Juntas       Generales             no fue'l<~n   convocadas                     ARTICULO 14'. - Los adJu.inis.tradores,                      ej ercerán
    dentro    ftel plazo    legal,    podrán             serlo     por el Juez de             su c~rgo por tiempo indefID$do.                    -------------------
    Primera     Ins tancia    del domicilio                social,    a sol.icitud                    Las a nun~st.ra        ores po         n ser separados               de s u
    de     cualquier       socio     previa                audiencia      de     los          cargo     en    cua~quier        momento,        por     acuerdo         de    los
    administradores.         ---       ~                                      .    _
                                                                                              socios     que representen          la mayoría        del     capital,        y en
           Los     administradores.            convocarán        asimismo       ia            loa casos      e ap e e LaLes que la Ley s aña Le,. ..,----------
    Junta    General       s.iempre que lo C'onsider.en            necesari-o     O                   ARTICOLO 15              o'Los admini B tra.dores
                                                                                                                                       •   -                        ej ercer!n
    conveniente        y  I en ·todo ca.so, cuando lo 501ici·t.en uno                         su carga     de forma gratuita.              ----------------.-------
    o varios      socios       que' representen,        al merios , el cd aco                         ARTICULO         16.     0
                                                                                                                                  En
                                                                                                                                   •       caso
                                                                                                                                           -          de      Consejo          de
    por    ciento       del     capital      90ci~l,      exp~esahdo'      en la              Administración,           la   Junta     Gene'ral      fijará       el     número
    solicitud      105 e.sruntios a tratar           en la .Junta.             _              minimo      y .máxi!llo de ·sus COTj1ponences,sin                         que    en
           En eate          caso,      la   Junta      General     deberá     Ser             ningún     caso pueda ser inLerior                a tres      ni SUPerior          a
    convoca.da       par...      su     ce~ebraci6n        dentr.o     del    mes             doce.      ---------------------------------------------
    siguiente        a    la      fecha'    en   que     hubier~      requerido                       La representación            de la      a oc Leda d en juicio              y
    not~rialmente a los admi~stradores para cQnvocarla,                                        fuera    de él,      corresponde        a los administ.radores.                 La
    de b endo incluirse
         í                           necesariamente        en el     orden    del              atribución        del      poder      de     representaclón.              a    los
    d La    Los
    solicitud.      asuntos'
                       ----         que.    hubiesen       sido     objeto     de_             administradores         se regir~       por las si!:fU'ientes           reglas:
                                                                                                      al Sn el. caso de Administrador                    Ónico,       el poder
            Si       los        a.dministradores              no       ati'enden              de     representaci6n          corresponder!            necesariaménte             a
    oportunamente         a la      solicitud,       podrá     realizarse'      la             ~ste.     ---------------------------------------------
    convoc;:atoria      por    el Juez       de Primera         Instancia     del                     b)    En     el     caso     de     varios       adminis t:radores
    dom~cilio       social,      si    lo   solicita      el   porcentaje'      de             solidarios,       el p.oder de representaci6n              corresponde       a
    cap í.t.a I social      a que se refiere                  ",1
                                                           pá..rafo    anterior                cada administrador,           sin P!Orjuic:io de los          acuerdos     de
    y previa      audiencia'de        los   administradores'.              .    _              la    Junta     sobre      distribución         de    facultades,         que
            Sin necesidad        de con~ocatoria,          la Junta      ~edará                tend.rán    un a.Lcarice mer amen.t e interno.           -------------
    válidamente        cdnstituida,         si    encontrándos.e       r:",~ido.s                     e)     Sn    el     caso     de     varios      'administradores
    tod,?s      los    soci-os       o    debidamente         representadbs,'                  conj untos,      el    poder     de representación           se    ej ercerá
    decldieran        por     unanimidad         la   celebracibn          de   la
    reuni6n      y el arden del día de la misma.                              ,                    mancomunadamente      al menos por dos de ell09.-------
   ¡el      La forma de convocatoria                   ser!         la   establecida    en               d) En el caso de Con~ejo de Administración,                     el
         articulo   46 de la L.S.R.L..                                                   _
                                                                                                   poder     de   representación        corresponde         al      propio
. ('       Entre  ~a convoca.tori·a y la   fecha  presunta   para                                  Consejo,    que actuar'á    colegiadam!OtJ.te.   -----.---------.
    la celebrac16n   de la reuni6n   deberá. existir    un plazo                                        Cuando     el   Consejo,.     mediante     el     ;o.cuerdp     de
  , de al menos quince    dias.                                   _
                                                                                                   delegaci6n,     nombre una Comisibn          Eiecutiv¡¡.      O .IDO' e




                                                                                                                                                                  op~z
                                                                                                         J ((Y:>05 ¡ {~ÍJ
                                                                                                                     ¿     'Dé t;:L            /o
                                                                                                        f0 E¿!4 FMF-RfJQiz~.._......._-~
I          varios      Consejeros        Dele·gados,       se ind,;..cará       el régimen
                                                                                                                         DON ~O
                                                                                                                                 l


                                                                                                                                 CONCURRiÓ AL OTORGAMIENTO

                                                                                                                                                         SlNCB:EZ LOPEZ,                      mayor            de         edad,
           de su actuación.              -----.----------.---------------.-
  DE                ARTICULO 17'.-          El Consejo        de Administración,             en
                                                                                                           casado,               Empresario,               vecino          de     Madrid,            con        domicilio
 )EN       sU caso,        se reunirá,       siempre      que lo exija          el interés
 :R¡P.     de      la    Sociedaó,         en    el     domicilio         s o'c a L Oí       en                                                                                                             número 2 ~ .
                                                                                                               a estos           efectos            en la       calle         Payaso           rofo,
           cualquier         otro    lugar,     correspopdiendo            convocarlo        al
           p r e s Lde o t.e ,   bien     par. iniciativa            propia,          bien.   a
           petición        de dos o más Consej~rog.               -----------------                            Con D.N.l.              Y N.l.r.            02851312-Q.               --------------------
                    La conv oc a toria        ee bar·á por ¡:orreo            .certificado
                                                                                                                                                                INTERVENCION
           y con cinco          dlaa    da antelación          al menos,        a la fecha
           de la. reunión;
           tratar.
           Consejo,
                                      indicando
                         Ha -s e r án necesarias
                           a.l completo,
                                                      el    lugar
                                                         tales
                                                                      y Lo a asuntos
                                                                  formalidades
                                               de ci.de par unanimidad
                                                                                         si el
                                                                                    celebrar
                                                                                              a
                                                                                                                          Lo verifica                   en representación                      de   _.:'~_._.:::n~c~~~
                                                                                                                                                      como Presidente                                                                de
                                                                                                               PROFESIONALDEL TAXI DE M:!DRnl ,
           reunión.         -------~----------~-----~-----------------
                   ARTICULO lB.', - El Consej o                    sólo   podrá    deliberar                   ----'.      __
                                                                                                                         ._---_.
                                                                                                                                                      _•• ' t-,.- .. ".

                                                                                                                                                  ejerce
                                                                                                                                                                    -   - •

                                                                                                                                                                Y desempe~a                                                          en
           v,'ilidamente   cua.ndo   concurran                      a   él,     presente       o.              la mis .. I._::argo
                                                                                                                       ~           que me asegura
           representados,     más de la    mitad                    de los    miembros      del
                                                                                                               la        actualidad.           -     Dicha        Entidad           tiene           su domicilio                     en




                                                                                                           *
           mismo.     ----------~---~-----~-------~---------------
                 La representación             se justifjcará,              sin .perjuicio
           de o t xo's móó·ó-,¡;:--  par-· <!'a:rt:'ll.' ·o··'autor,!.'2:a<:;kón pera ooal,                    .. adrid,"
                                                                                                                M                 ca11e·       Payaso           fofo,         nUmero           24     Y    se        rige         por
           expresa    para      cada    re.1i1i6n,       y deberá        ser   a tavor    de-
                                                                                                                los       estatutos            que       fueron         protocolizados                     en la           escri~
           otro   Consejero.       .--"------------------------------~-
                  La deliberación          sera. de viva vox , --._----------
                  Los acuerq.os.      se tomarán         por ~.ayor.!a     absoluta    d·e                       tura       de        fecha         diecisiete              de      Noviembre              de mil               nove-
           votos   que osten.ten        los p;resente.s         y representado!,.      El
           PI:esidente       tenprá.,        en.     caso        c'!e   empate,     voto                                                                                                             r    el     Notario               de
                                                                                                                 cientos          ochenta               y ocho:. au t or i za d a po
           dirimente.      ----------------------------------------
                . AATlCULO 19'. - El              Consejo        .de· Administraci6n,                                                                                                                     con     el        número
                                                                                                                 Madridl              Don Francisco                    Alonso        Cerezo,
           con    el  voto     de     las      dos     terce:r;q.9.     parEes      <;le !¡¡us
           componentes,      podrá:      déle:gar      con carácter          indefinido·,                        dos       mil        cuatrocientos                quince           de orden              de sU protoco-
           mientras    no acuer.de        'su revocaci6n            por. igual     mayor!a
           o e e.ae en     su    cargo        de    Consejero,          las.   facultades                        lo,        tomándose               raz6n         de    los       mismos            por     la       Direcci6n
           mencionadas      en el       articulo        13'     de estos       Esta.tutoS",
           en todo    o en parte,            y con Lo s condicionamientos                    y                      Provincial            de Madrid               del      Ministerio               de Trabajo                   Y     Se-
           limitaciones      que crea convenientes,                   en uno o más de
           sus miembros', 'en calidad               de ConsejerO-Delegada,                con                       guridad           Social,            Secci6n           de       Elecciones              Y     Estatutos,
           excepci6n    de a.qu e Ll a s facultades               que legalmente          son
           inde1egaples.              -------------------------------------                                         el     dia    dieciséis               de Agosto              de mil         novecientos                     ochen-

                  Podrá,      asimismo,       con    igual        mayor! a ,    si    lo
                                                                                                                    ta     y ocho.        -----------------------------------------
           estimara      convenient.e,       acordar       la    creación      de una
           Comi·sl.ón      Ejecutiva        y     fija.r        su       composición,                                           Tiene      C. de I.F.,                  número        G-2B-B19290.                   ---------
           funcionamiento        y faculta.des.        ----------------------
                                                                                                                                                                                         compareciente                 t          según
                                                                                                                                Asegurando                 el           senor
                                                   -TITULO rv-
                          AÑo SOCIAL, CUENTASANUALES, INFORME DE                                                     interviene,                   que      los         datos         identificadores                            de       la
              GESTION, y PROPUESTA DE APLlCACIOtl ·DEL RESOL                               TADO:
                    ARTICOl;O 20 •.. - El ej ercic;o                social       com~nzará.        el                                                                                           objeto               social                  y
                                                                                                                                         que            representa,                  el
           d.i.a uno de En.ero y concluirá                    el dl:a treinca           y uno de                      Entidad
           Diciembre         de      cada      año ,     ~or     exc epc.í.ón        el     primer
           ej ercicio      aoc í.a   í,   empezara.
                                          ,               el d.1a de 1<>. e s cz Lt.u ca. de                          domicilio,              no han variado                     respecto           de los documentos
           constitución          de la Sociedad            y terminará.          el treinta          y
           uno de. Diciembre            ,fe! mismo ano.             -------------------                               antes       e~presados. ----------------------------------
                    ARTJ:COLO 21'·: - En el                  plazo      de     tres      rne s es     a.
                                                                                                                                                                         sido                                              el        cargo
           partir      del    cierre       del     ejercicio        social       el 6rgano          de                           Dicho             senor        ha
           administración
           dispuesto
           de      gestión
           resultado,
                           eQ la: Ley,
                                  .:r la
                                        formalizará,


                              as..i como,
                                                las    cuentas
                                                propue.sta
                                                  en su caso,
                                                                 con

                                                                   de
                                                                           arreglo
                                                                    anuales,
                                                                           aplicación
                                                                        las cuentafl
                                                                                             a
                                                                                     el iriforme
                                                                                                    lo

                                                                                                  del
                                                                                                y el
                                                                                                                      expresado,

                                                                                                                         autorizada,
                                                                                                                                                   el
                                                                                                                                                       __ ...•.._
                                                                                                                                                   --~._. ._..~ ,.------.-.
                                                                                                                                                   mediante

                                                                                                                                                          dla      cuatro
                                                                                                                                                                           escritura

                                                                                                                                                                                    de
                                                                                                                                                                                         ..
                                                                                                                                                                                                     también

                                                                                                                                                                                              Mayo del           año
                                                                                                                                                                                                                           _.-
                                                                                                                                                                                                                                po~ ...._~

                                                                                                                                                                                                                                do s      mil
           informe       de qe a t.Lón con ao Lí.dados .              ------------------
                                                                                                                          ---.-                                                                                             orden            de
                    Transcu=ido            .el    plazQ      sellalado        en el       párrafo                        diez,   con          el     número          mil      doscientos                 doce        de
           anterior,        los     SOC1Q9      tendrán       derecho       ~ examinar,           por
           sl     o   en     unión       de     persona        perita.,       du:¡;a,nte       otros
                                                                                                                         protocolo.            -----------------------------------------
           quince       d1a9,        las      cuentas        anuales        con      todos        9US
           an ·ecedentes,             que      deberán         se     apzobados           por       la                            Copia            autorizada              de       dicha           escritura,
           m yorla,        según       prescribe          el    articulo          9'    de     es t.o s
            E tatutos.      ----------------------------------------                                                               le ha sido exhibida al noUlrio autonzante que juzga
                   ARTICOLO 22'. -             La      mayoria         de      los     socios
             ecidirá     la    aplicación          del.     resultapo.         obtenido      en
                                                                                                                                 suficiente para este acto
             ada ejercicio        econ.6mico.          ----------------.---------
                   Los   socios       tendrán        derecho         a    Lo s beneficios                                         y     especialmence                   -!.~e _!e~n~c~u~e~n~t~r~a~~f~a~c~u~l~t~a~d~o~~p-a-
                                                                                                                                                                            _
             epartibles,      en la pro~orción                correspondiente           a sus
                espectivas participaciones               aoc a Les . --------
                                                                   í

                                                                                                                         este     otorgamiento,                   por acuerda de. ~:_~: ... ..
                                                                                                                                                                                         ~:_~                              .::.~~.~~~iV~

           l
                                                                                                                                                                        ..---.-..                                                            i
                                               -TITULO V-                                                           r: de dicha            federaci6n,               en su reLlni6n celebrada                                        el     d a
                      FUSION,       ESCISION, DISOLOCION y LIQOI.DACION DE
                                           LA SOCIEDlUl,                                                                 die: de junio del                      año do~ ~l                    die~, según resulta                              df

                   ARTICOLO 23'. - Se estar!              a lo dispuesto                       en la                      certificación                  expedida             por     Don Ángel                  Pérez            Garcia.
             ey en lo re.ferente          a 105 requisitos          necesarios                   para
            ~cordar       la      f u s Lóra,     escisi6n,           disolución                     y                    en su calidad                  de Secretario                de la          Federación,                      con        e
           ¡!liquidación     de la      Sociedad,      as L como en todo                       lo no
           i~egulado     en éstos      Estatucos.       ----------------------




-=NdF'1Lst'DA-J) COoeu M~                                   vi» ¿ ~
    Le.S b$1lirU,O>                       ¡)l6EfJTE~
Visto        Bueno            del        Pre3idente                   de        dicha                Federación,                       Don
                                                                                                                                                                                 Estatutos            Sociales.             --------------------------------
                   Mariano               Sá n c h e z       Lóp e :   I        _.   __        •                         -------



                                                                                                                                                                                           La              Entidad                    nombrada                          anteriormente,
                   cuyas fumas legitima el notario autorizante ------                                                                                  __
                                                                                                                                                                                 Administrador                 Único,           a     través               de     su     representante

                           PRIHERA.- CONSTITUCION.- SOCIOS.---------------                                                                                                                                                                                                                 para
                                                                                                                                                                                 legal,              designa
                           Lo. nDERACION PROFESIONAL DEL WI                                                                              DE MADRID
                                                                                                                                                                                 representarla                 a     su      Presidente                    actual,          o9N     ze~"]?N?-.,
                                                                                                                                                                                 SANCHEZ             kOPEZ.            cuyas              circunstancias                       personales
                     dabidamenta                   representa.da                         en         este               acto,                 constituye


                     una         Sociedad                       Unipersonal                           de                     RespOQsabjlidad
                                                                                                                                                                                   figuran            en    la       intervención                    de      esta        escritura,            y        a
                     Limitada,                   cuya        única             socia                es             la             Entidad              apte,
                                                                                                                                                                                   105      que       en    un      futuro           puedan           ser         designados,              previo
                     'ct tada.       -     La Sociedad                    se        denominará                           "TEL:ETAXI MlDRID
                                                                                                                                                                                   case       da los anteriores.                       ---------------------------_
                     SERVICIOS.                  S .L..         SOCIEDAD UNIPERSONAI."
                                                                                     ,                                                    con         C6digo
                                                                                                                                                                                             Los       designados,                  por        si     y     en      representaci6n                  de
                     da      Idao.ti:ficaci6n·                    Fhcu                        IlúmerO(~.~Í!~~~~}r.-E><io                                            ,.. -:-~-_. '"'"1:11'0' 'Entidad             FEDZRAEION -PROFESIONAL                                   DEL        TAJO: DE
                     capital

                     su      domicilio
                                          será         de TRES MIL SEISCIENTOS EUROS, tendrá
                                                                ---~._--""
                                                        en 2B01B-Hadrid,
                                                                         .. - ,..... ..•. --:- .. .. ....
                                                                               calle             Payaso   Fofo,
                                                                                                                   _                ",   _    -                                    ~RID,              aceptan          los      nombramientos                       antes      expresados,

                                                                                                                                                                                    prometen            deseropeflarlo                     fielmente                y    manifiestan                no
                     número          24,         y se regirá               por            los        Estatutos                           Sociales,              y
                                                                                                                                                                                    estar         afectados            por          ninguna            incompatibilidad                      legal
                     en lo       no previsto                    en ellos,                     por        la         Ley de                   Sociedades
                                                                                                                                                                                    ni,      en      e sp e c La L,       por       las        de     la        Ley     5/2.006,        de    diez
                     de Responsabilidad                          Limitada,                         y por            las            disposiciones
                                                                                                                                                                                    de      abril.         y     Ley      de        14/95,           de         veintiuno          de      abril,
                     del      C6digo              de        Comercio                que            sean             aplicables                        a     las
                                                                                                                                                                                    esta        última         de    la 'Comunidad                  Aut6noma             da Madrid.           ----
                     sociedades                  de Responsabilidad                                 Limitada.                       -------                     _
                                                                                                                                                                                                Se       prohibe               expresamente                        la       ocupaci6n                   o
                                SEGUNDA.- APOR~CIONES. -----------------------
    I~                                                                                                                                                                              ejercicio               de       cargos               de        administraci6n                    en      6sta
          ~                     El        socio          constituyente                              reaiiza                       la         aportación
                                                                                                                                                                                    Sociedad,              a las       personas            declaradas                   incompatibles.                  -
l'            ~.     total           . del             capital             social,                       o               sea,                =5             MIL
                                                                                                                                                                                                De    cOD~ormid&d con                      ~o dispueato                   en 'el articu10
                     SEISCIENTOS EUROS. en                                 efectivo                   metálico.                              recibiendo
                                                                                                                                                                                    65,      da       ~A. vigliillDte          Ley        da        Soc.i.ed.a.desLi..m.itadaB,                    ~.

                     a       cambio               la        totalidad                         de      las                    participaciones
                                                                                                                                                                                    autori:ta              expresamenta                    a.        :La        Entidad            nnlUCrON

                   sociales,                es     decir,          las               números                   uno                a.L        t.:re.s mil                            PROFESIONAl. DEL ~                              DE ~RID.                     Admini;trador               ÚnioO-

                   seiscientos,                  ambos          inclusive.                        ----------------------                                                            da      la.      Soci.cdac:f.pa.ra dadica.rae                               por     cuanta. Pl:'OpiA                o

                                                                                                                                                                                     ajena,          Al miamo,            aná1ogo              o complamentAr~O                     género           da

                                                                                                                                                                                     actividad             que constituye                      81 objeto              da esta       SooiadAd.

                           La        socio             constituyente                          adopta                la            decisi6n                de                                    CUARTA.- El               Administrador                     Único        aún      no inscrita

                                                                                                                                                                                     la     Soci •.dad,             podrá       ejercer              sus         facultades           desde          la


                                                                    _.
                   confiar           la          administración                               de      la            Sociedad                      a       UN

,                  ADMINISTRADOR                   UNICO (            y         desi.gue.                pa.ra                    ocupar              as te                          fecha        estatutaria                de inicio               de acti~idades                  dentro          de

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                   facultades                que         atribuyen                       al        mismo                  la           Ley        y    los




           No figura registrada 1a denomi nación soci al, de esta compañí a según certifi cación .de RegÚtro
                                                                                                         l
           Mercantil Central número 75181/2010. que se inserta. La realidad de las aportaCiones se acredita mediQnte
           el ingreso de las correspondientes cantidades en la cuenta abierta a nombre de la sociedad, en "CAJA DE
           AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID". según resulta de certificación expedida el d~a 17 de junio de de
           2010. q~e se inserta. Los actos o contratos celebrados por la administracion con terceros antes de la
           inscripclon de la sociedad y dentro del ambito de sus facultades se consideran automaticamente asumidos
           por la sociedad por el mero hecho de su inscripcion en este Registro. EN SU VIRTUD INSCRIBO LA
           CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD UNIPERSONAL'TELETAXI MADRID SERVICIOS SL'. ASI COMO LA TOTAL SUSCRIPCION y
           DESEMBOLSO DEL CAPITAL SOCIAL. ADJUDICACION DE PARTICIPACIONES. DECLARACION DE UNIPERSONALIDAD.


         ~ ¿R~O'P(ACib4J í NJ)~lb'ltR ~
          ¿ J,t RWEVi5AC '{d¡v ) E Vo ~OD~).
~ NOMBRAMIENTO DEL ORGANO DE ADMINISTRACION y SU ACEPTACION.- Haciendo constar la NO inclusión de la/s
- persona/s nombrada/s inscritas -por este asiento. en el Registro deResoluc íones Concursales. con.forme a lo
 ~ dispuesto en el artículo 61 bis del Reglamento del Registro Mercantil. HABIENDOSE CUMPLIDO LO PREVISTO EN
   EL ARTICULO 185.6 DE~     LAMENT DEL REGISTRO MERCANTILJ ASI RESULTA de copia de la escritura autorizada
   por el Notario de MA RI. SA RODERO LUIS. el día 23 de junio de 2010. con el número 1803/2010 de su
_ protocolo. Presentada c p a en ste Registro con el numero 1/2010/82078 el.día dos de julio de dos mil
   diez en soporte papel. s     A i       e Presentación 592. del Diario 2117. Madrid a nueve de julio de dos


   m/¡/JH~Sn;:Y_J(}u_f1~d: á Jó~                                                    J;(~LJ~ ,~~
                                      LJ'e qI,f¿} VJ           dé'       U/J   «. JbChGlét 4k: ()     J   J~ ,
 -3c3-~ ()iCl~¿ el1) - {;fIJ (
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 O¿U¿TAC:: ¡ofJ (Y:N&ftiJo                                                   A- LtJ5 ~¿}S
     ~SU L         v                  U   lc9           CA                    wuk - &: ~~f3LG _ ,
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  • 1. -.' 'TFl FTAYT MAmnn "H~V '1<"; SI' Con CIF.- 885978435. con 'domicilio en CALLE PAYASO FOFO 2<t rie. MADRID. comlenza sus operaclones el d1a vetnt itres de junio de 005 nn : diez y se r,ge por los sl9uientes- Estatutos: adoptar.J.o por mayoría de vo t.os' váli,damente emitidos. - TITU,LOI - siempre que representen al menas un. ter~i;) 'de los NATURALEZA, DENOMINACION, OBJETO, votos ccirrespondientes a las part~cl.pacioncs DOHICILIO y DORAC:rON: ;sociales en que se divida el capital social. ------ ARTICULO 1". - Se constituye. una compañia de , La sociedad sólo podrá dénegar el naturaleza m •• rcantil de respon/labilidad l·imitada, Iconsentimiento si comunic;a al tran.smitente·, poi: que se regirá por J-os present.es Estatutos y, en .conducto' notarial, la id,,;ntidad de uno o ",arlos cuanto en ellos no estuviere previsto. por l~ ¡socios o terceros que adqul:era.n la total~daq de las legislaci6n que le fue'se de aplicación, con la 'participaciones. No. será. necesaria ;ning]..>.na de nomí nac í.ón de "TELEl'~I MADRIDSERVICIOS, S. L .•. - lcomunicación al transm4tcnte 5l. concurrip a la Junta ARTI'CULO 2".- La S'oei'edad tiene por objeto' __ n General donde, se adoptaron dichos a,cuerdo!¡. --.---- Agencia de viajes J "Mediaci6n' en la pres taciÓn Los socios concurrentes a la Junta General de servicios de transport·. discrecional de viajeros' tendrán prefer~ncia para la adquisici~n. ---------- en vehículos df! turismg (autg tªX"1 el N a.l amparo de si son varios loa s o'c os í concurrentes 10 cl.i.5puest.o en los art!oulos 1,22 y 123 de la Ley interesados en adquirir, se distribuirán las :rli1:tg'87, d'e 29 de julio! 155.1 del Real Decreto participaciones' ~IJ..J;¡:'l: ... ~"!.do.,S ~_el~os a 'prorrata de BU, 1211/19'90. de 28 de septieml?re¡ "Iodificacl.o" todos participaci6n en el capl.taI socl.al."'---·..l- ••~--------- ellos, por la Ley 25/2009, ~e 2'2, de' diciembre', todas el.l,as normas de !únbito es'tatal, as! como en virtud El. precio de las participaciones., la f6rma d'e de la Ley 1/1999, d ••12 de' lparzo. Ley B/2009, de 21 pago y las demás condicione,g, de la,. operaci6n, serán de diciembre, y Decreto 99/1996,. de 27 de junio, las convenidas y comunicadas a. la sociedad por el normas de ámbito autonómico madriléño. ------------- Bocio transmitente. si el pago qe la tQtalidad o de Las aG:'tividades integraptes ,,'el objeto sOcial parte del pr",c'io estuvi"era aplaza.do ,en el proyecto podrán ser desarrolladas uar la Sociedad total o de transmisión, para la a dqu í.s Lc ón dI> í las pa~c~a mente de modo indireéts, mediante la parcicipaci.onea será requisito prev'io. que una: tikHlaridad de acciones ode participaciones en entidad de cr~dito garantice el pago. del precio a aná n~n Sociedades. .' ~i las con ob"eto disposiciones id~ntico legales --------- exigiesen para el aplaz~do. ltn los ----------&------------~----~------------ c a s o a en que l.a. traIl.s"tn.i.si.5n proyectada (~J ercl.ci·o ~e alguna de las actividades comprendidas' fuera a titulo oneroso dist..into de la. compra.ve:nt.a. o ,en el obJeto social algün titulo pr.dresional o a t~tulo gratuito, el pracfo de a.dquisic.l.6Ii s er .eL á aut~ri%aci6n adminiatraOt1va.., o la. in'scrip.ci6n en fijado en la formo. que esta.blece el articulo 29.:Ld Regl.stroB Públicos, dichas actividades' deber~n de la Lay 2/1.995. de J:3 de' ma):"%Q,de SOCi ••d,Ad••• de realizarse por ~ed~o de persona que ostente ¡a Responsabilida.d ,Li"Iit ••. da, con!o=.. •. 'la, red e,cci6n requ7rida titulad,lSn y, en SU. caso no podrán dada por la Disposic.L6n J.dioion ••. 10.'1. .de loa. Ley l inicl.arse antes de 'que Be hayan cwnplido los 4~/02, de 2J de ooviemhre. ------------------------ requi,.itos administrativos e)C~g:j.dos. -------------':: En 108 casos de aportación a Socie'dad' an6nima. o Quedan excluidas ~Qdas aquellas actividades comanClitaria por acciones, se entenderá por valor para cuyo ejercicio la Ley ax j a írequisitos real de las participaciones el que res~lte d.el especiales que no queden cumplidos por esta in:forme el¡¡.borado por el eccpe t cr independiente Sociedad. ------------------------c---------------- l'.RTICOLO 3'. - El domicilio de la Sociedad se nombrado por. el Registrador Merc·antil .. -'- -'-- -- -- - -- El documente público de transmisi6n deberá establece en 2B01B-Idedrid, co.lle Payaso Fofo, número otorgarae en el plazo' de url mes a contar de .••. ds la comunitao:ión por la sociedad de la identidad del H, ~~~--¿;;~;;-~:--~~~~;;;~~~;~-~~~:-~- -~~~;~~;-:~ adquirente El o adquirentes. s o c Lo podrá .~----------------------~ transniitir las ,participaciones cambl.o de domicilio qua consista en su traslado en las condiciones co!,unic.adas a la Soc.j.ed·ad. cuanüo dentr~ rlel mismo t~rmino municipal, asi como la hayan transcu=ido t r.e s meses d¡:sde -que hubierf' creac:-ón, supresi6n o traslado de guc~sale9, puesto, en: con.o·cimiento de ¡;'sta,. su prop6sito de agenCl.as. . delegaciones, re'presentaciones y transmitir sin que la Sociedad le hubiera. comunicado dependeocl.as. tanto en territo~io naciooai como la. identida'd del adquirente o adquirente¡¡. - -.7- --- fuera de' él. -.-.------------------------------"-----.------- Nb obstante lo dispuesto ante riorm'en t e , será -".R.TICULO 4". - La .duraci6n -de la. Sociedad es libre la transmisi'ón, voluntaria de parti€ipáCionés indefinida y dará comienzo a SUB operaciones por actos inter vivos enc:.;;;, so.cios, .asI como la sociales el dia de la escritura. de ~onstituci6n. realizada en favor del c6nyuge, ascendente o descendiente del socio' o de sociedades - TITULO n - erteneCientes al mismo grupo que la t.ransmite_' -- . CAPITAL SOCIAL, Transmisión ~lortiB Causa: La Adqui,sici6n de AATICULO5". - El capi cal s e f.i j S en TRES MIL alguna Partic1pación socl.al. por sucesión SEIS~IENTOS EUROS. Estará partl.cl.paciones·, - sociales, representado de UN EURO, de por 3.60 O valor ~:~~~~~~~i~~ s~~~~~en~ _~: __ ~~:~~=:~ __ ~__ l_e_g_a_t_a~r:_o __ ~~ nominal cada una de e LLa's numeradas Transmisi6n Forzosa, Los socios al amparo de lo correlativamente .del 1 al 3.600, ambos Lnc Lus-í.ve , ispuesto en el art1culo 31, 3, de la Ley de totalmente suscritas y desembolsadas. ----.--------- ~ ARTICULO 6" " - En toda amplia.ci6n .de ",apital, Sociedades de Responsabilidad Limitada tendrán lo oc Los t,endrán derecho a asumir un número de derecho de adqu:isici6n preferente 'en los' supues :0'5 p- ticipaciones proporciunal al de las que poseij,n. - de transmisión forzosa de las participaciones ..b.RTICOLO 7'.- Transmisi6,n Inter-Vivos.: ------- sociales eri la forma: y e orid c í.on e e a a t ataLecd da.e en í El socio que se proponga t..ransmJ.:tir 'iU la ci.tada Ley. ---------------------~-------------- articipaci6n ó participaciones, deberá comunicarlo ARTICULO8".- En cuanto a la indivisibilidad de or escritci a los administradores haciendo constar las participaciones Y su copropiedad, usufructo, El número y caracteristicas de las participaciones prenda de las mis!,al' y t.ran¡;misi6n, f.orzosa, se que pretende transmitir, La- i-dentidad del adquirente estará a lo di'ipuesto en la, legislaci6n aplic;able. [)' el precio )' dem~" condiciones de la transmisión. La transmi~i6n quedará sOlll'e'tida al - TITDLO III - con~eDtim.iento de la Sociedad, que se ~resará REGIMEN ADMniISTRACION Y DE LA SOCIEDAD: ~edl.ante acuerdo de la Juntoa G,eneral, previa ARTICULO 9" . - La 'voluntad, de. los socios I 4nclusl.~n del asu~to en el orden d~l dia, y A p f10~f) ex; E"sTo.5 F~ fUTO.5? --------------------~~~
  • 2. expresada por vocación mayorlbaria'regirá 1a vida de En todo caso, la convocatoria expresará el la Sociedad, debiendo formarse necesariamente en ~or.1bre de la sociedad. la fecha'y hora de la Junba G~ner~, siendo espec~almente de su reunión, asi como el orden del dia, en el que competencia censurar- la gestión aoc.í.a L, apr.obar las cuentas y el balanc;:e de cada e j ez-c Lc í.o , y resolver figurarán los asuntos a tratar. ------------------_ sobre la dis~ribuci6n de los beneficios, si los La Junta General se celebrará en el misma hubie~ ----------------------------~------------- término munici al donde la sociedad ten a su ... Los acuerdos e oc a Les se adop~a·:r'á..n por .mayoria í om e l..O o cual er otro dent.ro del ter .t.aria 'los votos vál i.d amarrt.a emitidos, siempre que nacisnal, que decida el 6rgano soc~al, entendi~ndose re e s e n cen aL menos un tercio ·d·e °1.05 votos que 51 la convoca ccr-i a no flgurasé el lugar de' co ·respondie,,'ces a las participaciones s'ociales en celebración, se entenderá el del dom1cili'0 ao c í.a.L, q e se divida el capital social. No se computaran ARTICULO 12'. - La administración de la so"ciedad 1 s votos en blanco. Todo ello sin perj uicio del se podrá confiar a un adnllnistradar único, a, dos o a-tlculo 53 de la Ley. ---------------------- _ mas adíñul..ls·tradores que act':'en' solida.r·ia o De los acuerdos adoptados Se levan~ar! la conjuntamente, o a un Consejo de Admini~~ración. portuna acta, cuyAs certificaciones librad~s en La Junta General tiene la facultad da' optar . egal forma, coIÚorme. al a-r t LcuLo lOS del Reglamento alternativamente por cualquiera de las fo;r:n.as de el Registro Me'rcantil, servirá.n para aCl;editar administraci.ón señaladas, sin necesidad de rquH~;ic~; -~-o-o-.•--;~ -~~~~~~~~-i~~-.;i;;~;;;;- .; -~i modificación estatutaria. ARTICOLO 13' . - -------------~----------- Corresponde al órgari"o de ~ttt1.CuJ.1; . ariterior,- 'e-x--aumento o l·a reducci6n - de·l idministracióñ la representac16n, ~irecci6n y .apical y cuil-lquier otra modificación' de los administración de: la Compañia, judicial y a statutos ualiticada mitad sociales requerirán de 'los para votos la que no se exija el voto tavo.;rab~e correspond.ientes mayoría de más da ¡¡, las P~Bj extra)ud1clalonente ciones pl itos, en juicio con todas ¡Incluso y el otorgamiento' las facultades la' a.bsoluc;ión legal.es de poder y rec;ursos de para . articipaciones en que se divida e L capital soc í.at . d casación y revisión1 ¡ y la 'administraoión Y. , La transformación, fusión o. e'scislt>n de la .d sposición a titulo oneros:C1 de su.oatrim.onip s aLvo ~ociedad, La- supresión del derecho de preferencia en l,lrncarnence l.as aSlgnaaas l.egal. o e!;.tat:;utárlamenta de l os.aumentos dI; capital, la exc~usion de Bocios y ~a. ~odo expreso a la Junta General de Socios; de. las utor-ización del articulo 65, apartádo ~ de la Ley, ~e será ejecutor. ----.--------------------------- equerirán el vo co favorable de al menoe dos t:.e:rcids Podrá en su consecuencia, y s Ln. ot~a s'alvedad e loa votos correspondi~?te5 a las partic~pac1oneB que la indicada, realizar todos los actos de en que se divida el capital social. _ cualquier natu.r!,leza que sean, incluso íos de Cada participaci6n soci a l concede a su titular dlSpOS1Cl.On y gravamen, entre e os el. hipotecario; el derecho a emitir un votoo -------- _ .nrno.c~J.~ar o, y os e L.Urar, enaQea.r anm.l.X: r ARTICULO 11 La JUDta Ceneral 0 • - .a e r-á convocada ,. tervenJ.r a.e e tar ea rar e s con t.a r v ne ociar por los adminia tradores "'.l. en su caso, por los lotras de cambio y pagarés, cartas-órdenes, cheques, liquidadores de la sociedad. --------- _ facturas y ·otros Documentos ae 91ro. y comerCl.o, y Los administradores corivocarán la Junta G'eneral au Ol:' zar tOdOS os con ra. os que es l.men_ "onven entes a .í.os lntereses ae r a Sociedad (entre' para su celebraci6n dentro de ~OB seis primeros ·•. .llos e avales y fianzas de cualquier clase). --,"---- meses en 'cada ·ej ez c Lcí.o con el !irt de oensurar la En 10 00 previsto se aplicará lo dJcspuesto en gestión 'social, aprobar, en su caso, las. cuerica,e del la Ley .. -------------------------------------"--~-- lljercicio anterior y resolver sobre la aplicaci6n La ejecución' de los acuerdos del Consejo, . s"lvo del resul tado. También deberán convocar 1'1- Junta e resa determinación de los m~Bmos en otro ml.embro General en las fechas o periodos que determinen los ei Coosejo o en el Secretario, corresponde al Estatutos. -- _ re~idente. -----~--------------------------------- Si es toas Juntas Generales no fue'l<~n convocadas ARTICULO 14'. - Los adJu.inis.tradores, ej ercerán dentro ftel plazo legal, podrán serlo por el Juez de su c~rgo por tiempo indefID$do. ------------------- Primera Ins tancia del domicilio social, a sol.icitud Las a nun~st.ra ores po n ser separados de s u de cualquier socio previa audiencia de los cargo en cua~quier momento, por acuerdo de los administradores. --- ~ . _ socios que representen la mayoría del capital, y en Los administradores. convocarán asimismo ia loa casos e ap e e LaLes que la Ley s aña Le,. ..,---------- Junta General s.iempre que lo C'onsider.en necesari-o O ARTICOLO 15 o'Los admini B tra.dores • - ej ercer!n conveniente y I en ·todo ca.so, cuando lo 501ici·t.en uno su carga de forma gratuita. ----------------.------- o varios socios que' representen, al merios , el cd aco ARTICULO 16. 0 En • caso - de Consejo de por ciento del capital 90ci~l, exp~esahdo' en la Administración, la Junta Gene'ral fijará el número solicitud 105 e.sruntios a tratar en la .Junta. _ minimo y .máxi!llo de ·sus COTj1ponences,sin que en En eate caso, la Junta General deberá Ser ningún caso pueda ser inLerior a tres ni SUPerior a convoca.da par... su ce~ebraci6n dentr.o del mes doce. --------------------------------------------- siguiente a la fecha' en que hubier~ requerido La representación de la a oc Leda d en juicio y not~rialmente a los admi~stradores para cQnvocarla, fuera de él, corresponde a los administ.radores. La de b endo incluirse í necesariamente en el orden del atribución del poder de representaclón. a los d La Los solicitud. asuntos' ---- que. hubiesen sido objeto de_ administradores se regir~ por las si!:fU'ientes reglas: al Sn el. caso de Administrador Ónico, el poder Si los a.dministradores no ati'enden de representaci6n corresponder! necesariaménte a oportunamente a la solicitud, podrá realizarse' la ~ste. --------------------------------------------- convoc;:atoria por el Juez de Primera Instancia del b) En el caso de varios adminis t:radores dom~cilio social, si lo solicita el porcentaje' de solidarios, el p.oder de representaci6n corresponde a cap í.t.a I social a que se refiere ",1 pá..rafo anterior cada administrador, sin P!Orjuic:io de los acuerdos de y previa audiencia'de los administradores'. . _ la Junta sobre distribución de facultades, que Sin necesidad de con~ocatoria, la Junta ~edará tend.rán un a.Lcarice mer amen.t e interno. ------------- válidamente cdnstituida, si encontrándos.e r:",~ido.s e) Sn el caso de varios 'administradores tod,?s los soci-os o debidamente representadbs,' conj untos, el poder de representación se ej ercerá decldieran por unanimidad la celebracibn de la reuni6n y el arden del día de la misma. , mancomunadamente al menos por dos de ell09.------- ¡el La forma de convocatoria ser! la establecida en d) En el caso de Con~ejo de Administración, el articulo 46 de la L.S.R.L.. _ poder de representación corresponde al propio . (' Entre ~a convoca.tori·a y la fecha presunta para Consejo, que actuar'á colegiadam!OtJ.te. -----.---------. la celebrac16n de la reuni6n deberá. existir un plazo Cuando el Consejo,. mediante el ;o.cuerdp de , de al menos quince dias. _ delegaci6n, nombre una Comisibn Eiecutiv¡¡. O .IDO' e op~z J ((Y:>05 ¡ {~ÍJ ¿ 'Dé t;:L /o f0 E¿!4 FMF-RfJQiz~.._......._-~
  • 3. I varios Consejeros Dele·gados, se ind,;..cará el régimen DON ~O l CONCURRiÓ AL OTORGAMIENTO SlNCB:EZ LOPEZ, mayor de edad, de su actuación. -----.----------.---------------.- DE ARTICULO 17'.- El Consejo de Administración, en casado, Empresario, vecino de Madrid, con domicilio )EN sU caso, se reunirá, siempre que lo exija el interés :R¡P. de la Sociedaó, en el domicilio s o'c a L Oí en número 2 ~ . a estos efectos en la calle Payaso rofo, cualquier otro lugar, correspopdiendo convocarlo al p r e s Lde o t.e , bien par. iniciativa propia, bien. a petición de dos o más Consej~rog. ----------------- Con D.N.l. Y N.l.r. 02851312-Q. -------------------- La conv oc a toria ee bar·á por ¡:orreo .certificado INTERVENCION y con cinco dlaa da antelación al menos, a la fecha de la. reunión; tratar. Consejo, indicando Ha -s e r án necesarias a.l completo, el lugar tales y Lo a asuntos formalidades de ci.de par unanimidad si el celebrar a Lo verifica en representación de _.:'~_._.:::n~c~~~ como Presidente de PROFESIONALDEL TAXI DE M:!DRnl , reunión. -------~----------~-----~----------------- ARTICULO lB.', - El Consej o sólo podrá deliberar ----'. __ ._---_. _•• ' t-,.- .. ". ejerce - - • Y desempe~a en v,'ilidamente cua.ndo concurran a él, presente o. la mis .. I._::argo ~ que me asegura representados, más de la mitad de los miembros del la actualidad. - Dicha Entidad tiene su domicilio en * mismo. ----------~---~-----~-------~--------------- La representación se justifjcará, sin .perjuicio de o t xo's móó·ó-,¡;:-- par-· <!'a:rt:'ll.' ·o··'autor,!.'2:a<:;kón pera ooal, .. adrid," M ca11e· Payaso fofo, nUmero 24 Y se rige por expresa para cada re.1i1i6n, y deberá ser a tavor de- los estatutos que fueron protocolizados en la escri~ otro Consejero. .--"------------------------------~- La deliberación sera. de viva vox , --._---------- Los acuerq.os. se tomarán por ~.ayor.!a absoluta d·e tura de fecha diecisiete de Noviembre de mil nove- votos que osten.ten los p;resente.s y representado!,. El PI:esidente tenprá., en. caso c'!e empate, voto r el Notario de cientos ochenta y ocho:. au t or i za d a po dirimente. ---------------------------------------- . AATlCULO 19'. - El Consejo .de· Administraci6n, con el número Madridl Don Francisco Alonso Cerezo, con el voto de las dos terce:r;q.9. parEes <;le !¡¡us componentes, podrá: déle:gar con carácter indefinido·, dos mil cuatrocientos quince de orden de sU protoco- mientras no acuer.de 'su revocaci6n por. igual mayor!a o e e.ae en su cargo de Consejero, las. facultades lo, tomándose raz6n de los mismos por la Direcci6n mencionadas en el articulo 13' de estos Esta.tutoS", en todo o en parte, y con Lo s condicionamientos y Provincial de Madrid del Ministerio de Trabajo Y Se- limitaciones que crea convenientes, en uno o más de sus miembros', 'en calidad de ConsejerO-Delegada, con guridad Social, Secci6n de Elecciones Y Estatutos, excepci6n de a.qu e Ll a s facultades que legalmente son inde1egaples. ------------------------------------- el dia dieciséis de Agosto de mil novecientos ochen- Podrá, asimismo, con igual mayor! a , si lo ta y ocho. ----------------------------------------- estimara convenient.e, acordar la creación de una Comi·sl.ón Ejecutiva y fija.r su composición, Tiene C. de I.F., número G-2B-B19290. --------- funcionamiento y faculta.des. ---------------------- compareciente t según Asegurando el senor -TITULO rv- AÑo SOCIAL, CUENTASANUALES, INFORME DE interviene, que los datos identificadores de la GESTION, y PROPUESTA DE APLlCACIOtl ·DEL RESOL TADO: ARTICOl;O 20 •.. - El ej ercic;o social com~nzará. el objeto social y que representa, el d.i.a uno de En.ero y concluirá el dl:a treinca y uno de Entidad Diciembre de cada año , ~or exc epc.í.ón el primer ej ercicio aoc í.a í, empezara. , el d.1a de 1<>. e s cz Lt.u ca. de domicilio, no han variado respecto de los documentos constitución de la Sociedad y terminará. el treinta y uno de. Diciembre ,fe! mismo ano. ------------------- antes e~presados. ---------------------------------- ARTJ:COLO 21'·: - En el plazo de tres rne s es a. sido el cargo partir del cierre del ejercicio social el 6rgano de Dicho senor ha administración dispuesto de gestión resultado, eQ la: Ley, .:r la formalizará, as..i como, las cuentas propue.sta en su caso, con de arreglo anuales, aplicación las cuentafl a el iriforme lo del y el expresado, autorizada, el __ ...•.._ --~._. ._..~ ,.------.-. mediante dla cuatro escritura de .. también Mayo del año _.- po~ ...._~ do s mil informe de qe a t.Lón con ao Lí.dados . ------------------ ---.- orden de Transcu=ido .el plazQ sellalado en el párrafo diez, con el número mil doscientos doce de anterior, los SOC1Q9 tendrán derecho ~ examinar, por sl o en unión de persona perita., du:¡;a,nte otros protocolo. ----------------------------------------- quince d1a9, las cuentas anuales con todos 9US an ·ecedentes, que deberán se apzobados por la Copia autorizada de dicha escritura, m yorla, según prescribe el articulo 9' de es t.o s E tatutos. ---------------------------------------- le ha sido exhibida al noUlrio autonzante que juzga ARTICOLO 22'. - La mayoria de los socios ecidirá la aplicación del. resultapo. obtenido en suficiente para este acto ada ejercicio econ.6mico. ----------------.--------- Los socios tendrán derecho a Lo s beneficios y especialmence -!.~e _!e~n~c~u~e~n~t~r~a~~f~a~c~u~l~t~a~d~o~~p-a- _ epartibles, en la pro~orción correspondiente a sus espectivas participaciones aoc a Les . -------- í este otorgamiento, por acuerda de. ~:_~: ... .. ~:_~ .::.~~.~~~iV~ l ..---.-.. i -TITULO V- r: de dicha federaci6n, en su reLlni6n celebrada el d a FUSION, ESCISION, DISOLOCION y LIQOI.DACION DE LA SOCIEDlUl, die: de junio del año do~ ~l die~, según resulta df ARTICOLO 23'. - Se estar! a lo dispuesto en la certificación expedida por Don Ángel Pérez Garcia. ey en lo re.ferente a 105 requisitos necesarios para ~cordar la f u s Lóra, escisi6n, disolución y en su calidad de Secretario de la Federación, con e ¡!liquidación de la Sociedad, as L como en todo lo no i~egulado en éstos Estatucos. ---------------------- -=NdF'1Lst'DA-J) COoeu M~ vi» ¿ ~ Le.S b$1lirU,O> ¡)l6EfJTE~
  • 4. Visto Bueno del Pre3idente de dicha Federación, Don Estatutos Sociales. -------------------------------- Mariano Sá n c h e z Lóp e : I _. __ • ------- La Entidad nombrada anteriormente, cuyas fumas legitima el notario autorizante ------ __ Administrador Único, a través de su representante PRIHERA.- CONSTITUCION.- SOCIOS.--------------- para legal, designa Lo. nDERACION PROFESIONAL DEL WI DE MADRID representarla a su Presidente actual, o9N ze~"]?N?-., SANCHEZ kOPEZ. cuyas circunstancias personales dabidamenta representa.da en este acto, constituye una Sociedad Unipersonal de RespOQsabjlidad figuran en la intervención de esta escritura, y a Limitada, cuya única socia es la Entidad apte, 105 que en un futuro puedan ser designados, previo 'ct tada. - La Sociedad se denominará "TEL:ETAXI MlDRID case da los anteriores. ---------------------------_ SERVICIOS. S .L.. SOCIEDAD UNIPERSONAI." , con C6digo Los designados, por si y en representaci6n de da Idao.ti:ficaci6n· Fhcu IlúmerO(~.~Í!~~~~}r.-E><io ,.. -:-~-_. '"'"1:11'0' 'Entidad FEDZRAEION -PROFESIONAL DEL TAJO: DE capital su domicilio será de TRES MIL SEISCIENTOS EUROS, tendrá ---~._--"" en 2B01B-Hadrid, .. - ,..... ..•. --:- .. .. .... calle Payaso Fofo, _ ", _ - ~RID, aceptan los nombramientos antes expresados, prometen deseropeflarlo fielmente y manifiestan no número 24, y se regirá por los Estatutos Sociales, y estar afectados por ninguna incompatibilidad legal en lo no previsto en ellos, por la Ley de Sociedades ni, en e sp e c La L, por las de la Ley 5/2.006, de diez de Responsabilidad Limitada, y por las disposiciones de abril. y Ley de 14/95, de veintiuno de abril, del C6digo de Comercio que sean aplicables a las esta última de la 'Comunidad Aut6noma da Madrid. ---- sociedades de Responsabilidad Limitada. ------- _ Se prohibe expresamente la ocupaci6n o SEGUNDA.- APOR~CIONES. ----------------------- I~ ejercicio de cargos de administraci6n en 6sta ~ El socio constituyente reaiiza la aportación Sociedad, a las personas declaradas incompatibles. - l' ~. total . del capital social, o sea, =5 MIL De cOD~ormid&d con ~o dispueato en 'el articu10 SEISCIENTOS EUROS. en efectivo metálico. recibiendo 65, da ~A. vigliillDte Ley da Soc.i.ed.a.desLi..m.itadaB, ~. a cambio la totalidad de las participaciones autori:ta expresamenta a. :La Entidad nnlUCrON sociales, es decir, las números uno a.L t.:re.s mil PROFESIONAl. DEL ~ DE ~RID. Admini;trador ÚnioO- seiscientos, ambos inclusive. ---------------------- da la. Soci.cdac:f.pa.ra dadica.rae por cuanta. Pl:'OpiA o ajena, Al miamo, aná1ogo o complamentAr~O género da actividad que constituye 81 objeto da esta SooiadAd. La socio constituyente adopta la decisi6n de CUARTA.- El Administrador Único aún no inscrita la Soci •.dad, podrá ejercer sus facultades desde la _. confiar la administración de la Sociedad a UN , ADMINISTRADOR UNICO ( y desi.gue. pa.ra ocupar as te fecha estatutaria de inicio de acti~idades dentro de oargo, por ~i:mpo (fida:..~~:W a la FED~ErO~ su esfera de actuación p r ev í.e t a en los E.tatutos y EROFESIONAL DEL ~ O.&,.MADRID f con todas las en las disposiciones legales. ---------------------- facultades que atribuyen al mismo la Ley y los No figura registrada 1a denomi nación soci al, de esta compañí a según certifi cación .de RegÚtro l Mercantil Central número 75181/2010. que se inserta. La realidad de las aportaCiones se acredita mediQnte el ingreso de las correspondientes cantidades en la cuenta abierta a nombre de la sociedad, en "CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID". según resulta de certificación expedida el d~a 17 de junio de de 2010. q~e se inserta. Los actos o contratos celebrados por la administracion con terceros antes de la inscripclon de la sociedad y dentro del ambito de sus facultades se consideran automaticamente asumidos por la sociedad por el mero hecho de su inscripcion en este Registro. EN SU VIRTUD INSCRIBO LA CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD UNIPERSONAL'TELETAXI MADRID SERVICIOS SL'. ASI COMO LA TOTAL SUSCRIPCION y DESEMBOLSO DEL CAPITAL SOCIAL. ADJUDICACION DE PARTICIPACIONES. DECLARACION DE UNIPERSONALIDAD. ~ ¿R~O'P(ACib4J í NJ)~lb'ltR ~ ¿ J,t RWEVi5AC '{d¡v ) E Vo ~OD~).
  • 5. ~ NOMBRAMIENTO DEL ORGANO DE ADMINISTRACION y SU ACEPTACION.- Haciendo constar la NO inclusión de la/s - persona/s nombrada/s inscritas -por este asiento. en el Registro deResoluc íones Concursales. con.forme a lo ~ dispuesto en el artículo 61 bis del Reglamento del Registro Mercantil. HABIENDOSE CUMPLIDO LO PREVISTO EN EL ARTICULO 185.6 DE~ LAMENT DEL REGISTRO MERCANTILJ ASI RESULTA de copia de la escritura autorizada por el Notario de MA RI. SA RODERO LUIS. el día 23 de junio de 2010. con el número 1803/2010 de su _ protocolo. Presentada c p a en ste Registro con el numero 1/2010/82078 el.día dos de julio de dos mil diez en soporte papel. s A i e Presentación 592. del Diario 2117. Madrid a nueve de julio de dos m/¡/JH~Sn;:Y_J(}u_f1~d: á Jó~ J;(~LJ~ ,~~ LJ'e qI,f¿} VJ dé' U/J «. JbChGlét 4k: () J J~ , -3c3-~ ()iCl~¿ el1) - {;fIJ ( el -Jc~~f?,;ytz¿:¡;¡~-t'" , ¡, $&:('fao~ (}yJ k CA1 ,5 J) I-kds'to +:" . -- - SOClU UN Ico -') .: 'FElJ'f:f.¡ 4G)ON, Sm ~D ~ ¡ Vi DaR J U IC(/ y If {j (2¡ / ~ 1J!)~f}JJ:JfJt2-- ~ 'tJ' , L() f'Ei?, ~o v I c-. l+- a./ ~ le') J p¿fe,ncic¡¡ (16 hace ~I dks~9:e Q.su 0 ( <r: n Co IUtVi¡e-fU:>' . , u::.,.) Oe ~,ne(ó ~~. TeCXeJCtL/O '-7 F SII)J1_ h ifiY)l.~ I~ ~e. (6, SOCIOS.; úXr;l{¿~ ~Q ~uU;C(Q ItA~ ~)T~ i~jJ~ el ~) ~'tlvn~n lo JJ .!i Q>~~ /0 S te le loS, O¿U¿TAC:: ¡ofJ (Y:N&ftiJo A- LtJ5 ~¿}S ~SU L v U lc9 CA wuk - &: ~~f3LG _ , ¿~ n~s ftCON Es ~bt:: Los .0aOS tJ D .üJ; ti-f!gr @N'O