1. UNIVERSIDAD POLITÉCNICA
ESTATAL DEL CARCHI
ESCUELA DE COMERCIO EXTERIOR Y
NEGOCIACIÓN COMERCIAL INTERNACIONAL
TRANSPORTE Y OPERACIONES
PORTUARIAS
VERÓNICA CORAL
TULCÁN, DICIEMBRE DEL 2012
pág. 1
3. COMPETENCIA
COMPETENCIA
Capacidad para tomar decisiones
técnicas sobre los modos de transporte
que permitan la adecuada movilidad
de las cargas, con una correcta
aplicación de la normativa Nacional y
Andina para optimizar los procesos de
comercialización internacional.
pág. 3
6. Regula las condiciones para la realización
de los vuelos dentro y fuera de la
subregión, el otorgamiento de permisos y
autorizaciones y tarifas, tributación y
comercialización, entre otros.
pág. 6
7. DEFINICIONES
SUBREGIÓN • Ámbito geográfico de la CAN
PRIMERA • El derecho de volar a través del territorio de otro
LIBERTAD país sin aterrizar
SEGUNDA • El derecho de aterrizar en el territorio de otro país,
LIBERTAD para fines no comerciales
TERCERA • El derecho de desembarcar en el territorio de otro
LIBERTAD país, pasajeros, carga y correo tomados en el
territorio del país cuya nacional posee línea aérea
CUARTA • El derecho de tomar en ele territorio de otro país,
LIBERTAD pasajeros, carga y correos destinados al territorio
del país cuya nacional posee línea aérea
• el derecho de embarcar, en un país destino del de
QUINTA la nacionalidad de la línea aérea con destino a otro
LIBERTAD país de la subregión o d fuera de ella, también
distinto del de la nacionalidad del transportista
pág. 7
8. CAPITULO II
ÁMBITO DE APLICACIÓN
ART. 2 ART. 3 ART. 4
La presente decisión Los países miembros
Presentación de
no significa restricción podrán otorgar
servicios de transporte
a las facilidades que condiciones para
Aéreo Internacional
los Países Miembros. promover y
desarrollar vuelos
fronterizos conforme
a cada Zona de
Integración Fronteriza
ART. 5 ART. 6 ART. 7
Los países miembros se
conceden el libre ejercicio de Se concede el libre ejercicio de
Los países miembros se
derechos de tercera libertad, derechos de tercera libertad,
conceden derechos de primer
cuarta libertad y quita libertad, cuarta libertad y quinta libertad
libertad y de segunda libertad
en vuelos regulares de pasajeros, en vuelos no regulares de
carga y correo. pasajeros.
ART. 8 ART. 9 ART. 10
Se concede el libre ejercicio de Se concederán sujeto a
derechos de tercera libertad, negociación bilaterales o
cuarta libertad y quinta libertad multilaterales, derechos de
en los vuelos no regulares de Se concede el libre ejercicio de
trafico aéreo de quinta libertad
carga y correo. derechos de trafico de quinta
en vuelos regulares de
libertad para vuelos no
pasajeros, carga y correo y
regulares de carga que se
establecerán las condiciones
realicen entre países miembros
para la realización de vuelos no
y terceros países
regulares de pasajeros.
pág. 8
9. CAP. III
DE LA DESIGNACIÓN
La línea aérea constituida en el país miembro
Cada país podrá asignar una o mas líneas aéreas tendrá su domicilio principal, y su sede real y
con permiso, en la cual se regulara la carga, efectiva en cada país. Y verificara.-
pasajeros y correo. •Su administración
La línea aérea con vuelos regulares, no afectara •El control operacional
en los vuelos no regulares. •La legalización de sus tripulantes
La autoridad competente deberá comunicar por
La Autoridad Nacional Competente del País
escrito la designación de los derechos
Miembro debe conocer y resolver las peticiones
aerocomerciales, indicando la denominación
de las líneas aéreas, dentro de un plazo de 30
social, rutas, frecuencias y tipo de aeronaves
días
con las que operara
La Autoridad competente permitirá la
operación de los servicios por cada país, en Los países miembros otorgaran a la líneas
un plazo no mayor a 30 días. nacionales , un trato no menos favorable que el
concedido a las líneas aéreas de su propio país y
El cual coordinara con la línea aérea cualquier a los servicios similares que estas presten
modificación del itinerario
pág. 9
10. Se aplicará el régimen vigente en el país
de origen
CAPÍTULO V
Para evitar la doble tributación, se
aplicarán las disposiciones pertinentes de
la normativa andina (Decisión 40 de la
Comisión)
TARIFAS,
TRIBUTACIÓN Las regulaciones y operación del Sistema
de Reserva por Computadora se regirán
Y por el Código de Conducta para la
Reglamentación y Explotación de los
COMERCIALIZACIÓN Sistemas de Reserva por Computadora,
de la Organización de la Aviación Civil
Internacional.
Las líneas aéreas podrán prestar servicios
de transporte aéreo regulados en la
presente decisión.
pág. 10
11. DEL PASAJERO
CAPÍTULO Los países miembros
VI
velarán porque los
intereses de los
pasajeros de los
servicios de transporte
aéreo sean protegidos
pág. 11
12. CAPÍTULO VII
El CAAA es un
órgano permanente
de carácter técnico El CAAA estará
encargado de emitir conformado por el
su opinión calificada representante de la
en materia de Autoridad Nacional
transporte aéreo y Competente de cada País
asesorar a la Miembro o su delegado
Comisión o la
Secretaría General
DEL COMITÉ
ANDINO DE
AUTORIDADES Velar por y evaluar la aplicación de las
AERONÁUTICAS normas de la Comunidad Andina en
materia aeronáutica.
Recomendar objetivos, políticas,
programas y acciones.
Poner en conocimiento las propuestas o
documentos.
Promover la armonización y
actualización.
FUNCIONES
Recomendar soluciones.
Solicitar apoyo a la Secretaría General.
Constituir grupos de trabajo técnicos
Proponer proposiciones conjuntas ante
terceros países.
Aprobar y modificar su propio
reglamento.
pág. 12
13. DISPOSICIONES GENERALES
Los
acuerdos
bilaterales
Revisaran
LOS PAÍSES
MIEMBROS
Propósito de
adecuarlos
Intercambio
derechos
aerocomerciales
A su vez cada país miembro comunicara a la
secretaria general y países miembros sobre cualquier
modificación en cuanto al transporte aéreo.
pág. 13
16. DEFINICIONES
Autorida Nacional
Agencias De Viaje Billete
Competente
Circuntancias Denegación De
Cancelación
Imprevistas Embarque
Exportador
Equipaje Facturado Aeropurtuario U
Destino Final
O Registrado Operador
Aeropurtuario
Sobreventa
Operador Turístico Reserva
(Overbooking
Usuario
Discapacitado O
Tercer País Valor Neto
Con Necesidades
Especiales
Vuelos En Conexión Vuelos En Tránsito
pág. 16
17. Derechos Del
Usuario
Derecho De
Validez De Derechos Derecho De
Derecho De Ante Una
Contrato Por Cancelacion
Informacion Denegacion
Perdida Del De Vuelos
Billete De Embarque Por Causas
Por Causa Imputables Al
Durante La Atribuible Al Transportista
Al Efectuar Antes De La Transportista
Ejecucion Del Ejecucion Del
Las Reservas
Transporte Transporte
Derechos Del
Usuario
Derechos A
Derecho A
Asistencia En Derecho A La
Compensacion
Vuelos Desviados Asistencia A Derecho Al
Usuarios Reembolso
Interrupcion Discapacitados Por Causas
Retraso Del O Con Imputables Al
Transporte Necesidades Transportista
Especiales
Cancelacion Sobreventa
Compensacion Transitos Y
Adicional Conexiones
pág. 17
18. Desistimiento
del usuario
Actos
Veracidad
indebidos o
de la
contra la
información
seguridad DEBERES
DE LOS
USUARIOS
Comporta
Presentación
miento del
del usuario
usuario
pág. 18
19. EQUIPAJE
TIPO DE EQUIPAJE: El pasajero puede transportar
la cantidad de equipaje y peso que indique el
transportista
TALÓN DE EQUIPAJE: El transportista deberá
entregar al pasajero la constancia de recibo de su
equipaje facturado o registrado para bodega o
equipaje de mano al momento de embarque
EQUIPAJE FACTURADO: El usuario no podrá
incluir en su equipaje facturado artículos frágiles
o perecederos
MERCANCIAS PELIGROSAS: El pasajero no podrá
embarcar mercancías peligrosas
pág. 19
20. Disponer de un
adecuado sistema
de comunicación
informativo
DEBERES DE LOS
EXPLOTADORES
AEROPORTUARIOS
Garantizar las
condiciones de Disponer de un
infraestructura de adecuado sistema
las instalaciones de señalización
aeroportuarias
Atención
al usuario
en el
Sistema aeropuert
de o
atención SISTEMA DE
al usuario ATENCION AL
USUARIO
pág. 20
22. ELABORAR Y
ART. 1 TRANSMITIR
OBJETIVO ESTADÍSTICAS
COMUNITARIAS
AUTORIDADES ART. 2
AERONÁUTICA RESPONSABL
ES
CIVIL
ART. 3 MARCO OACI- CUENTAS
CONCEPTUAL NACIONALES-
BALANZA DE PAGOS
pág. 22
23. Art. 4
Conjunto De
Conjunto
Datos
De Datos
Establecidos- Art. 5
Resoluciones Aplicación
Emitidas:Secretaria Y
General De La Transmisi
Comunidad Andina ón
Seta-
Art. 6 Proporcionara
Difusión Información
Estadística
Confiable Y
Coherente
pág. 23
25. Disposiciones Técnicas para la Transmisión de Datos
Estadísticos de Transporte Aéreo de la Comunidad Andina
Artículo 1.- Adoptar Disposiciones Técnicas
para la Transmisión de Datos Estadísticos de
Transporte Aéreo internacional regular y no regular
de pasajeros, carga y correo; a los aeropuertos que
realizan operaciones internacionales y aquellas
aeronaves que pertenecen a líneas aéreas
designadas por el país que cumplen servicios
comerciales regulares internacionales, incluyendo
aquellas aeronaves registradas en el país con
matrícula extranjera.
Artículo 2.- Las Autoridades de los Países
Miembros: Dirección General de Aeronáutica Civil de
Bolivia, Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica
Civil de Colombia, Dirección General de Aviación Civil
de Ecuador, y la Dirección General de Aeronáutica Civil
de Perú, serán las responsables de transmitir los
resultados estadísticos.
Artículo 3.- Los resultados previstos en la
presente Resolución deberán ser transmitidos en
forma mensual los datos del anexo I en forma
anual los datos de los anexos II y III, dentro de los
45 y 60 días.
pág. 25
26. Artículo 4.- Enviarán anualmente a la
Secretaría General las tablas de
aeropuertos que utilicen en la elaboración
de las estadísticas de transporte aéreo
sobre infraestructura aeroportuaria. Los
servicios nacionales deberán poner en
conocimiento de la Secretaría General, los
nuevos códigos y sus notas explicativas
antes de su puesta en vigencia en el
ámbito nacional.
Artículo 5.- Los servicios nacionales, a
convocatoria de la Secretaría General, se
reunirán cada 18 meses para evaluar el
cumplimiento de la Decisión 650 y la presente
Resolución.
Artículo 6.- La presente Resolución
entrará en vigencia en el plazo de 60
días calendario, a partir de su
publicación en la Gaceta Oficial del
Acuerdo de Cartagena.
pág. 26
27. Disposición Técnica para la transmisión de datos
estadísticos de transporte aéreo sobre el movimiento
internacional regular y no regular de aeronaves,
pasajeros, carga y correo
CONTENIDO
I. Introducción
II. Objetivo
III. Definiciones
IV. Datos que deberán transmitir los servicios nacionales
V. Responsables de la transmisión de los archivos de datos estadísticos
VI. Procedimientos del envío de información
VI.1 Procedimientos del envío de los datos
VI.1.1 Nombres de los archivos de datos
a) Archivo .zip
b) Archivo .txt
VI.1.2 Estructura del diseño de registro de los archivos de datos
a) Archivo para variables
b) Descripción de los campos del dato
VII. Plazos para la transmisión de los archivos de datos
VIII. Validación y consistencia de datos
IX. Tablas de apoyo para la aplicación de la Disposición Técnica
Tabla 1: Códigos ISO 2 Alpha
Tablas referenciales:
Aeropuertos Internacionales en la Comunidad Andina
Designadores de la Organización de Aviación Civil Internacional de empresas
explotadoras de aeronaves
Designadores Tipo de Aeronaves
pág. 27
28. ANEXO II
Disposición Técnica para la transmisión de datos
estadísticos de transporte aéreo sobre
infraestructura aeronáutica
CONTENIDO
I. Introducción
II. Objetivo
III. Definiciones
IV. Datos que deberán transmitir los servicios nacionales
V. Responsables de la transmisión de los archivos de datos estadísticos
VI. Procedimientos del envío de información
VI.1 Procedimientos del envío de los datos
VI.1.1 Nombres de los archivos de datos
a) Archivo .zip
b) Archivo .txt
VI.1.2 Estructura del diseño de registro de los archivos de datos
a) Archivo para variables de infraestructura aeronáutica
b) Descripción de los campos del dato
VII. Plazos para la transmisión de los archivos de datos
VIII. Validación y consistencia de datos
IX. Tablas de apoyo para la aplicación de la Disposición Técnica
Tablas referenciales:
Aeropuertos Internacionales en la CAN (Manual de indicadores de Lugar – Doc.
7910)
Decisión 534
Publicación de información aeronáutica (AIP)
pág. 28
29. ANEXO III
Disposición Técnica para la transmisión de datos
estadísticos de transporte aéreo sobre el parque
aeronáutico
CONTENIDO
I. Introducción
II. Objetivo
III. Definiciones
IV. Datos que deberán transmitir los servicios nacionales
V. Responsables de la transmisión de los archivos de datos estadísticos
VI. Procedimientos del envío de información
VI.1 Procedimientos del envío de los datos
VI.1.1 Nombres de los archivos de datos
a) Archivo .zip
b) Archivo .txt
VI.1.2 Estructura del diseño de registro de los archivos de datos
a) Archivo para variables
b) Descripción de los campos del dato
VII. Plazos para la transmisión de los archivos de datos
VIII. Validación y consistencia de datos
IX. Tablas para la aplicación de la Disposición Técnica
Tablas referenciales:
Código de clasificación acústica
Designadores Tipo de Aeronaves - Doc. 8643, OACI
Designadores de Empresas Explotadoras de Aeronaves de Entidades Oficiales
y de Servicios Aeronáuticos - Doc. 8585, OACI
pág. 29
31. Transmisión
De Datos
Estadísticos
Vigencia En Aeronáutica
60 Días Civil,
Publicación Responsable
Gaceta Resultados
RESUELVE
Conocimiento
Secretaria
Transmitir
General,
Resultados 60
Actualizar
Días
Tablas
Referenciadas
pág. 31
32. ANEXO
Disposición Técnica para la transmisión de datos
estadísticos de transporte aéreo sobre calidad y
cumplimiento del servicio, con base en los derechos
y deberes de los usuarios, transportistas y
operadores
AEROPUERTO INTERNACIONAL
Designado para servicios aéreos internacionales, donde se
lleva a cabo trámites
CANCELACIÓN DE VUELO
Vuelo no realizado de conformidad al itinerario aprobado
por la autoridad aeronáutica
EQUIPAJE FACTURADO O REGISTRADO
Equipaje cuya custodia se hace cargo el transportista, por
el cual se emite un talón de equipaje
pág. 32
33. MOTIVOS DE LA DEMORA Y
CANCELACIONES DE VUELO
OPERACION
ALES TÉCNICOS INCONTROLA AEROPUERTO Y
Todas las Deficiencia BLES TRÁNSITO
actividades que en el equipo AÉREO
requiere el vuelo Condiciones
de vuelo y/o meteorológicas, Problemas en los
y que están bajo procedimient
la obstrucción de sistemas y servicios
os de las pistas, aeronáuticos de
responsabilidad mantenimient
de la línea aérea comunicaciones,
incluyendo sus o. tránsito aéreo y
consecuencias. aeropuertos (AGA,
RAC y COM).
Datos que deberán Responsables de la
transmitir los servicios transmisión de los
nacionales datos estadísticos
Transmitir datos establecidos La Secretaría General de la CAN
en la Decisión 650 asignará un nombre de usuario y
“Estadísticas comunitarias contraseña, al responsable de cada
sobre el transporte aéreo” País Miembro.
Sobre la calidad y cumplimiento del El archivo de datos transmitido pasará
servicio, con base en los derechos y por un proceso de validación según
deberes de los usuarios, los lineamientos establecidos para el
transportistas y operadores, tema estadístico.
pág. 33
34. PROCEDIMIENTOS DEL ENVÍO DE
INFORMACIÓN
Procedimiento del envío de los datos
Nombres de los archivos de datos
• El nombre de este archivo (.zip), debe ser nombrado de la
manera siguiente:
• PPTTTQQAAAACCS.zip
Donde:
PP: Dos caracteres para representar la sigla del país que reporta
(BO, CO, EC y PE)
• TTT: Tres dígitos para indicar el tema que se reporta
(Transporte aéreo )
• QQ: Dos dígitos para el período que se reporta (01,02,
03,04……..12)
• AAAA: Cuatro dígitos para el año que reporta (2008, 2009,
etc.)
pág. 34
35. PP
TTT
PPTTTQQAAAACCSQUE.txt QQ
PPTTTQQAAAACCSCUI.txt AAA
ARCHIVO CCS
QUE
CUI
PP TTT QQ AAAA CCS
País Tema Período Año Subtema
C O 5 4 3 0 5 2 0 0 8 C C S
pág. 35
36. ARCHIVO VARIABLES
QUE CUI
Transporte Regular
regular Internacional
Quejas servicio Incumplimiento
transporte itinerario
Campo Contenido Tipo Longitud Formato
1 Línea aérea Carácter 3 Código
OACI
2 Pasajeros Numérico 7 Número
entero
3 Quejas Numérico 4 Número
demoras entero
Campo Contenido Tipo Longitud Formato
1 Línea aérea Carácter 3 Código
OACI
2 Aeropuerto Carácter 4 Código
OACI
3 Vuelos Numérico 5 Número
programados entero
salidas
pág. 36
37. DESCRIPCIÓN DE
LOS CAMPOS DE DATOS
Campo 1.
Campo 2. Campo 3.
Línea aérea:
Pasajeros: el Quejas
Colombia
número de demoras:
reportando
pasajeros que Avianca
las salidas de
movilizó presentó en el
vuelos de la
Avianca en el mes de mayo
línea aérea DESCRIPCIÓN LOS CAMPOS
mes de mayo 12 quejas de
Avianca DE DE DATOS
2008 fue de pasajeros, por
(Aerovías
7200 salir el vuelo
Nacionales de
pasajeros, el con 15
Colombia -
correcto minutos
S.A.), y con
registro sería después de lo
código de
el siguiente: programado.
vuelo AVA:
pág. 37
38. AVA72001210 AVA72001210
138 1382
Campo 7. Quejas Campo 8. Quejas
reserva: otras:
Ejemplo: Avianca Ejemplo: Avianca
registrando 2 quejas registra 4 quejas
que por problemas en sobre información
la reserva no son inadecuada para
embarcados. identificar la aeronave
del operador efectivo.
AVA7200121013
AVA Campo 6. Quejas equipaje:
Ejemplo: Continuando con
el ejemplo anterior,
asimismo, Avianca registró,
8 quejas de pasajeros por
AVA7200 problemas con su equipaje
AVA720012 AVA72001210
Campo 4. Quejas Campo 5. Quejas
cancelaciones: sobreventa:
Colombia registrando,
en el mes de mayo Ejemplo: Colombia
2008, 10 quejas por registrando 13 quejas de
cancelación de vuelos, pasajeros por sobreventa de
producidos por la pasajes en el vuelo de
línea aérea Avianca. Avianca, quienes ya
contaban con su reserva
confirmada.
AVA7200121013824
ii. Archivo de datos estadísticos del cumplimiento
de itinerario - CUI
pág. 38
39. Campo 1. Línea aérea
• Ejemplo: Colombia reportando las salidas de vuelos de la línea aérea Avianca
(Aerovías Nacionales de Colombia – S. A.).
AVA
Campo 2. Aeropuerto
• Ejemplo: El aeropuerto donde se registra las causas del incumplimiento del itinerario
de la línea aérea Avianca es el aeropuerto El Dorado de Bogotá.
AVASKBO
Campo 3. Vuelos programados salidas
• Ejemplo: Continuando con el ejemplo anterior, los vuelos programados de la línea
aérea Avianca es de 50.
AVASKBO50
Campo 4. Vuelos cancelados salidas
• Ejemplo: De los 50 vuelos programados por línea aérea Avianca, cinco de ellos se
cancelaron.
AVASKBO505
Campo 5. Vuelos cancelados motivos operacionales
• Ejemplo: De los 50 vuelos programados por línea aérea Avianca, uno de los vuelos
se canceló por tripulación incompleta.
AVASKBO5051
Campo 6. Vuelos cancelados motivos técnicos
• Ejemplo: De los 50 vuelos programados por línea aérea Avianca, dos de los vuelos se
cancelaron por fallas de la aeronave.
AVA7200121013824
ii. Archivo de datos estadísticos del cumplimiento
de itinerario - CUI
pág. 39
40. AVASKBO50512
CAMPO 7. VUELOS CANCELADOS MOTIVOS
INCONTROLABLES
•Ejemplo: Avianca canceló un vuelo por remoción de
hielo en las pistas.
AVASKBO505121
CAMPO 8. VUELOS CANCELADOS MOTIVOS
AEROPUERTOS Y TRÁNSITO AÉREO
•Ejemplo: De los 50 vuelos programados por línea aérea
Avianca, uno de los vuelos se canceló por cierre de la
pista.
AVASKBO5051211
CAMPO 9. VUELOS DEMORADOS SALIDAS
•Ejemplo: Avianca registró un total de 7 vuelos de salida
demorados.
AVASKBO50512117
CAMPO 10. VUELOS DEMORADOS MOTIVOS
OPERACIONALES
•Ejemplo: Dos de los vuelos se demoraron por
problemas en la clasificación del equipaje.
AVA7200121013824
ii. Archivo de datos estadísticos del cumplimiento
de itinerario - CUI
pág. 40
41. AVASKBO505121172
CAMPO 11. VUELOS DEMORADOS MOTIVOS TÉCNICOS
•Ejemplo: Avianca reportó 3 vuelos demorados por cambio de avión (razones técnicas).
AVASKBO5051211723
CAMPO 12. VUELOS DEMORADOS MOTIVOS INCONTROLABLES
•Ejemplo: Avianca informa que una demora por condiciones climáticas de remoción de hielo y
nieve de las pistas.
AVASKBO50512117231
CAMPO 13. VUELOS DEMORADOS MOTIVOS AEROPUERTOS Y TRÁNSITO
AÉREO
•Ejemplo: Continuando con el caso anterior, uno de los vuelos de Avianca, se demoró por
congestión en rampa.
La información de estadísticas
de transporte aéreo sobre
PLAZOS PARA LA
calidad y cumplimiento del
TRANSMISIÓN DE
servicio, se transmite mensual
LOS ARCHIVOS DE
después de los 60 días
DATOS
calendario posteriores a la
información.
Si los datos sufren alguna
El archivo de reemplazo
modificación los responsables de
deberá incluir toda la
la transmisión, están obligados a
información que comprende
enviar archivos de reemplazo a
el archivo original
la SECRETARIA GENERAL.
pág. 41
42. Los mensajes de datos
recibidos por la
SECRETARIA Reglas de
GENERAL serán validación de la
procesados información
Validación y automáticamente para
consistencia de comprobar la validez
datos de su contenido,
después remitirá un Reglas de
mensaje de consistencia de la
confirmación de la información
recepción del mensaje
de datos.
Reglas de validación de la información
1. Archivo de datos
estadísticos de las quejas - QUE
Campo 1 Campo 2 Campo 3
Tipo de dato
Tipo de dato “carácter” “numérico”, con Tipo de dato
con longitud de 3 longitud máxima “numérico”, con
caracteres de 7 dígitos. longitud máxima de 4
Debe ser descritos en dígitos.
el Manual de Valor entero entre 0 y
Designadores de 9999. Este campo no
Empresas puede estar vacío.
Explotadoras de
Aeronaves.
pág. 42
43. Archivo de datos estadísticos del cumplimiento de
itinerario-CUI
• Tipo de dato
“carácter" con
longitud de 3
caracteres
• Debe ser • Tipo de dato
descritos en el “numérico”, con
Manual de Campo 2 longitud máxima
de 5 dígitos. Campo 4
Designadores de
Empresas • Valor entero
Explotadoras de • Tipo de dato entre 0 y 99999.
Aeronaves. “carácter" con • Tipo de dato
longitud de 4 “numérico”, con
caracteres. longitud máxima
• Debe ser de 4 dígitos.
descritos en el
Campo 1 Manual de Campo 3
Indicadores de
Lugar .
Reglas de consistencia de la información
de cumplimiento de itinerario -
Archivo de datos estadísticos
La relación de vuelos cancelados
salidas (Campo 4), deberá
corresponder a la sumatoria de los
vuelos cancelados por motivos Donde i = Campo 5, Campo 6,
operacionales (Campo 5), técnicos Campo 7 y Campo 8
(Campo 6), incontrolables (Campo
7), aeropuertos y tránsito aéreo
(Campo 8).
CUI
La relación de vuelos demorados
salidas (Campo 9), deberá
corresponder a la sumatoria de los
vuelos demorados por motivos
Donde i = Campo 10, Campo 11,
operacionales (Campo 10),
Campo 12 y Campo 13
técnicos (Campo 11),
incontrolables (Campo 12),
aeropuertos y tránsito aéreo
(Campo 13).
pág. 43