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UNIVERSIDAD POLITÉCNICA
ESTATAL DEL CARCHI



ESCUELA DE COMERCIO EXTERIOR Y
NEGOCIACIÓN COMERCIAL INTERNACIONAL

              TRANSPORTE Y OPERACIONES
                 PORTUARIAS



  VERÓNICA CORAL




  TULCÁN, DICIEMBRE DEL 2012



                                      pág. 1
ÍNDICE                                                 PÁG.

COMPETENCIA ..................................................... 3
   TRANSPORTE AÉREO ........................................ 4
   DECISIÓN 582................................................... 5
   DECISIÓN 619................................................. 14
   DECISIÓN 650................................................. 21
   RESOLUCIÓN 1271 ......................................... 24
   RESOLUCIÓN 1381 ......................................... 30




                                                              pág. 2
COMPETENCIA


COMPETENCIA




   Capacidad para tomar decisiones
técnicas sobre los modos de transporte
 que permitan la adecuada movilidad
    de las cargas, con una correcta
aplicación de la normativa Nacional y
Andina para optimizar los procesos de
    comercialización internacional.




                                   pág. 3
TRANSPORTE AÉREO




                   pág. 4
DECISIÓN 582




               pág. 5
Regula las condiciones para la realización
de   los   vuelos   dentro   y   fuera   de   la
subregión, el otorgamiento de permisos y
autorizaciones y tarifas, tributación y
comercialización, entre otros.




                                                   pág. 6
DEFINICIONES



 SUBREGIÓN   • Ámbito geográfico de la CAN




  PRIMERA      • El derecho de volar a través del territorio de otro
  LIBERTAD       país sin aterrizar




  SEGUNDA      • El derecho de aterrizar en el territorio de otro país,
  LIBERTAD       para fines no comerciales




  TERCERA      • El derecho de desembarcar en el territorio de otro
  LIBERTAD       país, pasajeros, carga y correo tomados en el
                 territorio del país cuya nacional posee línea aérea



   CUARTA      • El derecho de tomar en ele territorio de otro país,
  LIBERTAD       pasajeros, carga y correos destinados al territorio
                 del país cuya nacional posee línea aérea


               • el derecho de embarcar, en un país destino del de
   QUINTA        la nacionalidad de la línea aérea con destino a otro
  LIBERTAD       país de la subregión o d fuera de ella, también
                 distinto del de la nacionalidad del transportista




                                                                       pág. 7
CAPITULO II
ÁMBITO DE APLICACIÓN

    ART. 2                                ART. 3                                    ART. 4


                                        La presente decisión                      Los países miembros
     Presentación de
                                       no significa restricción                       podrán otorgar
  servicios de transporte
                                         a las facilidades que                       condiciones para
   Aéreo Internacional
                                        los Países Miembros.                            promover y
                                                                                    desarrollar vuelos
                                                                                  fronterizos conforme
                                                                                      a cada Zona de
                                                                                 Integración Fronteriza



    ART. 5                                ART. 6                                    ART. 7

                                            Los países miembros se
                                         conceden el libre ejercicio de          Se concede el libre ejercicio de
       Los países miembros se
                                         derechos de tercera libertad,            derechos de tercera libertad,
   conceden derechos de primer
                                        cuarta libertad y quita libertad,        cuarta libertad y quinta libertad
   libertad y de segunda libertad
                                       en vuelos regulares de pasajeros,            en vuelos no regulares de
                                                 carga y correo.                            pasajeros.




     ART. 8                                      ART. 9                         ART. 10

   Se concede el libre ejercicio de           Se concederán sujeto a
    derechos de tercera libertad,            negociación bilaterales o
   cuarta libertad y quinta libertad        multilaterales, derechos de
    en los vuelos no regulares de                                           Se concede el libre ejercicio de
                                         trafico aéreo de quinta libertad
            carga y correo.                                                  derechos de trafico de quinta
                                              en vuelos regulares de
                                                                                 libertad para vuelos no
                                            pasajeros, carga y correo y
                                                                               regulares de carga que se
                                           establecerán las condiciones
                                                                            realicen entre países miembros
                                         para la realización de vuelos no
                                                                                     y terceros países
                                              regulares de pasajeros.




                                                                                                      pág. 8
CAP. III
DE LA DESIGNACIÓN



                                                    La línea aérea constituida en el país miembro
 Cada país podrá asignar una o mas líneas aéreas    tendrá su domicilio principal, y su sede real y
   con permiso, en la cual se regulara la carga,    efectiva en cada país. Y verificara.-
               pasajeros y correo.                  •Su administración
 La línea aérea con vuelos regulares, no afectara   •El control operacional
            en los vuelos no regulares.             •La legalización de sus tripulantes




                                                    La autoridad competente deberá comunicar por
   La Autoridad Nacional Competente del País
                                                         escrito la designación de los derechos
 Miembro debe conocer y resolver las peticiones
                                                      aerocomerciales, indicando la denominación
  de las líneas aéreas, dentro de un plazo de 30
                                                     social, rutas, frecuencias y tipo de aeronaves
                        días
                                                                   con las que operara




    La Autoridad competente permitirá la
  operación de los servicios por cada país, en         Los países miembros otorgaran a la líneas
         un plazo no mayor a 30 días.               nacionales , un trato no menos favorable que el
                                                    concedido a las líneas aéreas de su propio país y
 El cual coordinara con la línea aérea cualquier       a los servicios similares que estas presten
           modificación del itinerario




                                                                                                pág. 9
Se aplicará el régimen vigente en el país
                   de origen

CAPÍTULO V
                   Para evitar la doble tributación, se
                   aplicarán las disposiciones pertinentes de
                   la normativa andina (Decisión 40 de la
                   Comisión)
TARIFAS,
TRIBUTACIÓN        Las regulaciones y operación del Sistema
                   de Reserva por Computadora se regirán
Y                  por el Código de Conducta para la
                   Reglamentación y Explotación de los
COMERCIALIZACIÓN   Sistemas de Reserva por Computadora,
                   de la Organización de la Aviación Civil
                   Internacional.


                   Las líneas aéreas podrán prestar servicios
                   de transporte aéreo regulados en la
                   presente decisión.




                                                      pág. 10
DEL PASAJERO
CAPÍTULO    Los países miembros
   VI
             velarán porque los
               intereses de los
              pasajeros de los
           servicios de transporte
           aéreo sean protegidos




                                     pág. 11
CAPÍTULO VII



                    El CAAA es un
                órgano permanente
                 de carácter técnico                El CAAA estará
                encargado de emitir               conformado por el
                su opinión calificada            representante de la
                    en materia de                Autoridad Nacional
                 transporte aéreo y            Competente de cada País
                     asesorar a la              Miembro o su delegado
                    Comisión o la
                 Secretaría General
  DEL COMITÉ
   ANDINO DE
 AUTORIDADES                            Velar por y evaluar la aplicación de las
 AERONÁUTICAS                           normas de la Comunidad Andina en
                                        materia aeronáutica.
                                        Recomendar       objetivos,        políticas,
                                        programas y acciones.
                                        Poner en conocimiento las propuestas o
                                        documentos.
                                        Promover       la     armonización         y
                                        actualización.
                 FUNCIONES
                                        Recomendar soluciones.
                                        Solicitar apoyo a la Secretaría General.
                                        Constituir grupos de trabajo técnicos
                                        Proponer proposiciones conjuntas ante
                                        terceros países.
                                        Aprobar y       modificar     su     propio
                                        reglamento.




                                                                           pág. 12
DISPOSICIONES GENERALES




                                                Los
                                             acuerdos
                                            bilaterales
  Revisaran
                LOS PAÍSES
                MIEMBROS

                             Propósito de
                              adecuarlos
      Intercambio
        derechos
    aerocomerciales




  A su vez cada país miembro comunicara a la
  secretaria general y países miembros sobre cualquier
  modificación en cuanto al transporte aéreo.




                                                          pág. 13
DECISIÓN 619




               pág. 14
pág. 15
DEFINICIONES




      Autorida Nacional
                           Agencias De Viaje            Billete
        Competente



                             Circuntancias          Denegación De
         Cancelación
                              Imprevistas             Embarque


                                                      Exportador
                           Equipaje Facturado       Aeropurtuario U
         Destino Final
                              O Registrado             Operador
                                                     Aeropurtuario


                                                      Sobreventa
      Operador Turístico        Reserva
                                                     (Overbooking



                               Usuario
                           Discapacitado O
         Tercer País                                  Valor Neto
                           Con Necesidades
                              Especiales



      Vuelos En Conexión       Vuelos En Tránsito




                                                                      pág. 16
Derechos Del
                                        Usuario


                                    Derecho De
                                     Validez De       Derechos        Derecho De
               Derecho De                             Ante Una
                                    Contrato Por                      Cancelacion
               Informacion                           Denegacion
                                    Perdida Del                        De Vuelos
                                       Billete      De Embarque       Por Causas
                                                     Por Causa       Imputables Al
                                  Durante La         Atribuible Al   Transportista
 Al Efectuar   Antes De La                          Transportista
               Ejecucion Del     Ejecucion Del
Las Reservas
                Transporte        Transporte




                                    Derechos Del
                                      Usuario

                                  Derechos A
           Derecho A
                                 Asistencia En      Derecho A La
         Compensacion
                               Vuelos Desviados     Asistencia A      Derecho Al
                                                      Usuarios        Reembolso
                  Interrupcion                     Discapacitados     Por Causas
   Retraso             Del                             O Con         Imputables Al
                   Transporte                       Necesidades      Transportista
                                                     Especiales


 Cancelacion       Sobreventa



Compensacion      Transitos Y
  Adicional       Conexiones




                                                                      pág. 17
Desistimiento
                      del usuario



   Actos
                                             Veracidad
indebidos o
                                                de la
  contra la
                                            información
 seguridad           DEBERES
                      DE LOS
                     USUARIOS




        Comporta
                                     Presentación
        miento del
                                      del usuario
         usuario




                                               pág. 18
EQUIPAJE




   TIPO DE EQUIPAJE: El pasajero puede transportar
   la cantidad de equipaje y peso que indique el
   transportista



   TALÓN DE EQUIPAJE: El transportista deberá
   entregar al pasajero la constancia de recibo de su
   equipaje facturado o registrado para bodega o
   equipaje de mano al momento de embarque



   EQUIPAJE FACTURADO: El usuario no podrá
   incluir en su equipaje facturado artículos frágiles
   o perecederos



    MERCANCIAS PELIGROSAS: El pasajero no podrá
    embarcar mercancías peligrosas




                                                         pág. 19
Disponer de un
                              adecuado sistema
                              de comunicación
                                 informativo




                              DEBERES DE LOS
                              EXPLOTADORES
                             AEROPORTUARIOS
           Garantizar las
          condiciones de                          Disponer de un
        infraestructura de                       adecuado sistema
         las instalaciones                        de señalización
          aeroportuarias




                                                    Atención
                                                    al usuario
                                                       en el
 Sistema                                            aeropuert
    de                                                   o
atención            SISTEMA DE
al usuario         ATENCION AL
                     USUARIO




                                                                pág. 20
DECISIÓN 650




               pág. 21
ELABORAR Y
                             ART. 1    TRANSMITIR
                            OBJETIVO   ESTADÍSTICAS
                                       COMUNITARIAS




AUTORIDADES       ART. 2
AERONÁUTICA    RESPONSABL
                   ES
       CIVIL




                       ART. 3 MARCO    OACI- CUENTAS
                       CONCEPTUAL      NACIONALES-
                                       BALANZA DE PAGOS




                                              pág. 22
Art. 4
                                         Conjunto De
                             Conjunto
                                         Datos
                             De Datos

      Establecidos-     Art. 5
      Resoluciones    Aplicación
Emitidas:Secretaria        Y
     General De La    Transmisi
Comunidad Andina          ón
                                         Seta-
                               Art. 6    Proporcionara
                              Difusión   Información
                                         Estadística
                                         Confiable Y
                                         Coherente




                                                       pág. 23
RESOLUCIÓN 1271




                  pág. 24
Disposiciones Técnicas para la Transmisión de Datos
Estadísticos de Transporte Aéreo de la Comunidad Andina




 Artículo 1.-     Adoptar Disposiciones Técnicas
 para la Transmisión de Datos Estadísticos de
 Transporte Aéreo internacional regular y no regular
 de pasajeros, carga y correo; a los aeropuertos que
 realizan operaciones internacionales y aquellas
 aeronaves que pertenecen a líneas aéreas
 designadas por el país que cumplen servicios
 comerciales regulares internacionales, incluyendo
 aquellas aeronaves registradas en el país con
 matrícula extranjera.




       Artículo 2.-       Las Autoridades de los Países
       Miembros: Dirección General de Aeronáutica Civil de
       Bolivia, Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica
       Civil de Colombia, Dirección General de Aviación Civil
       de Ecuador, y la Dirección General de Aeronáutica Civil
       de Perú, serán las responsables de transmitir los
       resultados estadísticos.




              Artículo 3.- Los resultados previstos en la
              presente Resolución deberán ser transmitidos en
              forma mensual los datos del anexo I en forma
              anual los datos de los anexos II y III, dentro de los
              45 y 60 días.




                                                                      pág. 25
Artículo 4.-     Enviarán anualmente a la
Secretaría General las tablas de
aeropuertos que utilicen en la elaboración
de las estadísticas de transporte aéreo
sobre infraestructura aeroportuaria. Los
servicios nacionales deberán poner en
conocimiento de la Secretaría General, los
nuevos códigos y sus notas explicativas
antes de su puesta en vigencia en el
ámbito nacional.




      Artículo 5.-     Los servicios nacionales, a
      convocatoria de la Secretaría General, se
      reunirán cada 18 meses para evaluar el
      cumplimiento de la Decisión 650 y la presente
      Resolución.




            Artículo 6.- La presente Resolución
            entrará en vigencia en el plazo de 60
            días calendario, a partir de su
            publicación en la Gaceta Oficial del
            Acuerdo de Cartagena.




                                                      pág. 26
Disposición Técnica para la transmisión de datos
        estadísticos de transporte aéreo sobre el movimiento
          internacional regular y no regular de aeronaves,
                          pasajeros, carga y correo

                                 CONTENIDO

I.     Introducción
II.    Objetivo
III.   Definiciones
IV.    Datos que deberán transmitir los servicios nacionales
V.     Responsables de la transmisión de los archivos de datos estadísticos
VI.    Procedimientos del envío de información

       VI.1 Procedimientos del envío de los datos
       VI.1.1 Nombres de los archivos de datos
              a) Archivo .zip
              b) Archivo .txt

       VI.1.2 Estructura del diseño de registro de los archivos de datos
              a) Archivo para variables
              b) Descripción de los campos del dato

VII. Plazos para la transmisión de los archivos de datos
VIII. Validación y consistencia de datos
IX. Tablas de apoyo para la aplicación de la Disposición Técnica

       Tabla 1: Códigos ISO 2 Alpha

       Tablas referenciales:
       Aeropuertos Internacionales en la Comunidad Andina
       Designadores de la Organización de Aviación Civil Internacional de empresas
       explotadoras de aeronaves
       Designadores Tipo de Aeronaves




                                                                           pág. 27
ANEXO II
       Disposición Técnica para la transmisión de datos
               estadísticos de transporte aéreo sobre
                      infraestructura aeronáutica
                                 CONTENIDO
I.     Introducción
II.    Objetivo
III.   Definiciones
IV.    Datos que deberán transmitir los servicios nacionales
V.     Responsables de la transmisión de los archivos de datos estadísticos
VI.    Procedimientos del envío de información

       VI.1 Procedimientos del envío de los datos
       VI.1.1 Nombres de los archivos de datos
              a) Archivo .zip
              b) Archivo .txt

       VI.1.2 Estructura del diseño de registro de los archivos de datos
              a) Archivo para variables de infraestructura aeronáutica
              b) Descripción de los campos del dato

VII. Plazos para la transmisión de los archivos de datos
VIII. Validación y consistencia de datos
IX. Tablas de apoyo para la aplicación de la Disposición Técnica

       Tablas referenciales:
       Aeropuertos Internacionales en la CAN (Manual de indicadores de Lugar – Doc.
       7910)
       Decisión 534
       Publicación de información aeronáutica (AIP)




                                                                           pág. 28
ANEXO III
       Disposición Técnica para la transmisión de datos
        estadísticos de transporte aéreo sobre el parque
                                    aeronáutico
                                   CONTENIDO

I.     Introducción
II.    Objetivo
III.   Definiciones
IV.    Datos que deberán transmitir los servicios nacionales
V.     Responsables de la transmisión de los archivos de datos estadísticos
VI.    Procedimientos del envío de información

       VI.1 Procedimientos del envío de los datos
       VI.1.1 Nombres de los archivos de datos
              a) Archivo .zip
              b) Archivo .txt

       VI.1.2 Estructura del diseño de registro de los archivos de datos
              a) Archivo para variables
              b) Descripción de los campos del dato

VII. Plazos para la transmisión de los archivos de datos
VIII. Validación y consistencia de datos
IX. Tablas para la aplicación de la Disposición Técnica

       Tablas referenciales:
       Código de clasificación acústica
       Designadores Tipo de Aeronaves - Doc. 8643, OACI
       Designadores de Empresas Explotadoras de Aeronaves de Entidades Oficiales
       y de Servicios Aeronáuticos - Doc. 8585, OACI




                                                                              pág. 29
RESOLUCIÓN 1381




                  pág. 30
Transmisión
                         De Datos
                        Estadísticos




Vigencia En                                      Aeronáutica
  60 Días                                            Civil,
Publicación                                      Responsable
  Gaceta                                          Resultados

                        RESUELVE




        Conocimiento
          Secretaria
                                        Transmitir
           General,
                                       Resultados 60
          Actualizar
                                           Días
            Tablas
        Referenciadas




                                                               pág. 31
ANEXO

    Disposición Técnica para la transmisión de datos
    estadísticos de transporte aéreo sobre calidad y
  cumplimiento del servicio, con base en los derechos
        y deberes de los usuarios, transportistas y
                          operadores



AEROPUERTO INTERNACIONAL

Designado para servicios aéreos internacionales, donde se
lleva a cabo trámites

CANCELACIÓN DE VUELO

Vuelo no realizado de conformidad al itinerario aprobado
por la autoridad aeronáutica


EQUIPAJE FACTURADO O REGISTRADO

Equipaje cuya custodia se hace cargo el transportista, por
el cual se emite un talón de equipaje




                                                             pág. 32
MOTIVOS DE LA DEMORA Y
                       CANCELACIONES DE VUELO




   OPERACION
     ALES               TÉCNICOS          INCONTROLA          AEROPUERTO Y
   Todas         las    Deficiencia          BLES               TRÁNSITO
   actividades que      en el equipo                             AÉREO
   requiere el vuelo                      Condiciones
                        de vuelo y/o      meteorológicas,    Problemas en los
   y que están bajo     procedimient
   la                                     obstrucción de     sistemas y servicios
                        os          de    las pistas,        aeronáuticos      de
   responsabilidad      mantenimient
   de la línea aérea                                         comunicaciones,
   incluyendo sus       o.                                   tránsito aéreo y
   consecuencias.                                            aeropuertos (AGA,
                                                             RAC y COM).




  Datos que deberán                             Responsables de la
transmitir los servicios                        transmisión de los
     nacionales                                 datos estadísticos

     Transmitir datos establecidos                  La Secretaría General de la CAN
     en     la     Decisión     650                 asignará un nombre de usuario y
     “Estadísticas     comunitarias                contraseña, al responsable de cada
     sobre el transporte aéreo”                              País Miembro.


     Sobre la calidad y cumplimiento del           El archivo de datos transmitido pasará
     servicio, con base en los derechos y          por un proceso de validación según
     deberes       de     los     usuarios,        los lineamientos establecidos para el
     transportistas y operadores,                  tema estadístico.




                                                                            pág. 33
PROCEDIMIENTOS DEL ENVÍO DE
                    INFORMACIÓN

             Procedimiento del envío de los datos

              Nombres de los archivos de datos



  • El nombre de este archivo (.zip), debe ser nombrado de la
                       manera siguiente:

                    • PPTTTQQAAAACCS.zip

                            Donde:

PP: Dos caracteres para representar la sigla del país que reporta
                      (BO, CO, EC y PE)

     • TTT: Tres dígitos para indicar el tema que se reporta
                        (Transporte aéreo )

    • QQ: Dos dígitos para el período que se reporta (01,02,
                         03,04……..12)

• AAAA:       Cuatro dígitos para el año que reporta (2008, 2009,
                                etc.)




                                                           pág. 34
PP
                                                           TTT


                        PPTTTQQAAAACCSQUE.txt              QQ
                        PPTTTQQAAAACCSCUI.txt              AAA


ARCHIVO                                                    CCS



                                                           QUE



                                                           CUI




     PP           TTT             QQ           AAAA               CCS

 País             Tema        Período           Año              Subtema

 C        O   5    4     3    0        5   2   0   0   8     C     C       S




                                                                 pág. 35
ARCHIVO VARIABLES

          QUE                          CUI
           Transporte                    Regular
             regular                  Internacional


         Quejas servicio           Incumplimiento
          transporte                  itinerario



Campo   Contenido           Tipo           Longitud    Formato
  1     Línea aérea        Carácter             3      Código
                                                        OACI
  2      Pasajeros         Numérico             7      Número
                                                       entero
  3       Quejas           Numérico             4      Número
         demoras                                       entero

Campo   Contenido            Tipo           Longitud   Formato
  1     Línea aérea         Carácter           3        Código
                                                         OACI
  2     Aeropuerto          Carácter             4      Código
                                                         OACI
  3        Vuelos          Numérico              5     Número
        programados                                     entero
           salidas




                                                        pág. 36
DESCRIPCIÓN DE
                 LOS CAMPOS DE DATOS




   Campo 1.
                   Campo 2.         Campo 3.
 Línea aérea:
                 Pasajeros: el        Quejas
    Colombia
                   número de        demoras:
  reportando
                 pasajeros que       Avianca
las salidas de
                    movilizó      presentó en el
 vuelos de la
                 Avianca en el    mes de mayo
  línea aérea                                       DESCRIPCIÓN        LOS CAMPOS
                 mes de mayo       12 quejas de
     Avianca                                            DE              DE DATOS
                  2008 fue de     pasajeros, por
    (Aerovías
                      7200         salir el vuelo
Nacionales de
                  pasajeros, el       con 15
  Colombia -
                    correcto         minutos
  S.A.), y con
                 registro sería   después de lo
   código de
                  el siguiente:   programado.
  vuelo AVA:




                                                                  pág. 37
AVA72001210             AVA72001210
                                 138                     1382
                               Campo 7. Quejas            Campo 8. Quejas
                                  reserva:                    otras:
                               Ejemplo: Avianca            Ejemplo: Avianca
                             registrando 2 quejas          registra 4 quejas
                            que por problemas en          sobre información
                               la reserva no son           inadecuada para
                                 embarcados.            identificar la aeronave
                                                         del operador efectivo.



                           AVA7200121013

    AVA                   Campo 6. Quejas equipaje:
                          Ejemplo: Continuando con
                              el ejemplo anterior,
                          asimismo, Avianca registró,
                           8 quejas de pasajeros por
     AVA7200             problemas con su equipaje



  AVA720012                AVA72001210
    Campo 4. Quejas            Campo 5. Quejas
     cancelaciones:              sobreventa:
Colombia registrando,
   en el mes de mayo          Ejemplo: Colombia
 2008, 10 quejas por       registrando 13 quejas de
cancelación de vuelos,    pasajeros por sobreventa de
    producidos por la        pasajes en el vuelo de
 línea aérea Avianca.         Avianca, quienes ya
                            contaban con su reserva
                                  confirmada.




                     AVA7200121013824
   ii. Archivo de datos estadísticos del cumplimiento
                         de itinerario - CUI




                                                                        pág. 38
Campo 1. Línea aérea

 • Ejemplo: Colombia reportando las salidas de vuelos de la línea aérea Avianca
   (Aerovías Nacionales de Colombia – S. A.).

AVA
Campo 2. Aeropuerto
 • Ejemplo: El aeropuerto donde se registra las causas del incumplimiento del itinerario
   de la línea aérea Avianca es el aeropuerto El Dorado de Bogotá.

AVASKBO
Campo 3. Vuelos programados salidas
 • Ejemplo: Continuando con el ejemplo anterior, los vuelos programados de la línea
   aérea Avianca es de 50.

AVASKBO50
Campo 4. Vuelos cancelados salidas
 • Ejemplo: De los 50 vuelos programados por línea aérea Avianca, cinco de ellos se
   cancelaron.

AVASKBO505
Campo 5. Vuelos cancelados motivos operacionales
 • Ejemplo: De los 50 vuelos programados por línea aérea Avianca, uno de los vuelos
   se canceló por tripulación incompleta.

AVASKBO5051
Campo 6. Vuelos cancelados motivos técnicos
 • Ejemplo: De los 50 vuelos programados por línea aérea Avianca, dos de los vuelos se
   cancelaron por fallas de la aeronave.

                   AVA7200121013824

    ii. Archivo de datos estadísticos del cumplimiento
                              de itinerario - CUI




                                                                                   pág. 39
AVASKBO50512
  CAMPO 7. VUELOS CANCELADOS MOTIVOS
            INCONTROLABLES
•Ejemplo: Avianca canceló un vuelo por remoción de
 hielo en las pistas.


                 AVASKBO505121
          CAMPO 8. VUELOS CANCELADOS MOTIVOS
             AEROPUERTOS Y TRÁNSITO AÉREO
      •Ejemplo: De los 50 vuelos programados por línea aérea
       Avianca, uno de los vuelos se canceló por cierre de la
       pista.



                     AVASKBO5051211
                 CAMPO 9. VUELOS DEMORADOS SALIDAS
            •Ejemplo: Avianca registró un total de 7 vuelos de salida
             demorados.



                  AVASKBO50512117
                  CAMPO 10. VUELOS DEMORADOS MOTIVOS
                  OPERACIONALES
                  •Ejemplo: Dos de los vuelos se demoraron por
                   problemas en la clasificación del equipaje.




                AVA7200121013824

ii. Archivo de datos estadísticos del cumplimiento
                            de itinerario - CUI




                                                                        pág. 40
AVASKBO505121172
CAMPO 11. VUELOS DEMORADOS MOTIVOS TÉCNICOS
 •Ejemplo: Avianca reportó 3 vuelos demorados por cambio de avión (razones técnicas).



AVASKBO5051211723
CAMPO 12. VUELOS DEMORADOS MOTIVOS INCONTROLABLES
 •Ejemplo: Avianca informa que una demora por condiciones climáticas de remoción de hielo y
  nieve de las pistas.

AVASKBO50512117231
CAMPO 13. VUELOS DEMORADOS MOTIVOS AEROPUERTOS Y TRÁNSITO
AÉREO
 •Ejemplo: Continuando con el caso anterior, uno de los vuelos de Avianca, se demoró por
  congestión en rampa.


                                                           La información de estadísticas
                                                             de transporte aéreo sobre
               PLAZOS PARA LA
                                                             calidad y cumplimiento del
              TRANSMISIÓN DE
                                                           servicio, se transmite mensual
              LOS ARCHIVOS DE
                                                               después de los 60 días
                   DATOS
                                                             calendario posteriores a la
                                                                     información.




                                                             Si los datos sufren alguna
        El archivo de reemplazo
                                                        modificación los responsables de
          deberá incluir toda la
                                                        la transmisión, están obligados a
      información que comprende
                                                         enviar archivos de reemplazo a
            el archivo original
                                                           la SECRETARIA GENERAL.




                                                                                       pág. 41
Los mensajes de datos
                             recibidos    por     la
                             SECRETARIA                           Reglas de
                             GENERAL          serán            validación de la
                             procesados                          información
  Validación y               automáticamente para
consistencia de              comprobar la validez
     datos                   de     su   contenido,
                             después remitirá un                  Reglas de
                             mensaje             de           consistencia de la
                             confirmación de la                  información
                             recepción del mensaje
                             de datos.




      Reglas de validación de la información


                            1.     Archivo de datos
                        estadísticos de las quejas - QUE



         Campo 1                    Campo 2                  Campo 3


                                    Tipo de dato
   Tipo de dato “carácter”        “numérico”, con           Tipo de dato
      con longitud de 3          longitud máxima          “numérico”, con
         caracteres                 de 7 dígitos.      longitud máxima de 4
   Debe ser descritos en                                       dígitos.
        el Manual de                                   Valor entero entre 0 y
      Designadores de                                  9999. Este campo no
         Empresas                                        puede estar vacío.
      Explotadoras de
         Aeronaves.




                                                                         pág. 42
Archivo de datos estadísticos del cumplimiento de
                                                    itinerario-CUI

• Tipo de dato
  “carácter" con
  longitud de 3
  caracteres
• Debe ser                                                             • Tipo de dato
  descritos en el                                                        “numérico”, con
  Manual de                                         Campo 2              longitud máxima
                                                                         de 5 dígitos.                     Campo 4
  Designadores de
  Empresas                                                             • Valor entero
  Explotadoras de                            • Tipo de dato              entre 0 y 99999.
  Aeronaves.                                   “carácter" con                                       • Tipo de dato
                                               longitud de 4                                          “numérico”, con
                                               caracteres.                                            longitud máxima
                                             • Debe ser                                               de 4 dígitos.
                                               descritos en el
       Campo 1                                 Manual de                      Campo 3
                                               Indicadores de
                                               Lugar .




      Reglas de consistencia de la información
           de cumplimiento de itinerario -
           Archivo de datos estadísticos




                                               La relación de vuelos cancelados
                                                   salidas (Campo 4), deberá
                                              corresponder a la sumatoria de los
                                                vuelos cancelados por motivos                Donde i = Campo 5, Campo 6,
                                              operacionales (Campo 5), técnicos                  Campo 7 y Campo 8
                                              (Campo 6), incontrolables (Campo
                                                7), aeropuertos y tránsito aéreo
                                                           (Campo 8).
                       CUI




                                               La relación de vuelos demorados
                                                   salidas (Campo 9), deberá
                                              corresponder a la sumatoria de los
                                                vuelos demorados por motivos
                                                                                            Donde i = Campo 10, Campo 11,
                                                  operacionales (Campo 10),
                                                                                                Campo 12 y Campo 13
                                                     técnicos (Campo 11),
                                                  incontrolables (Campo 12),
                                                 aeropuertos y tránsito aéreo
                                                          (Campo 13).




                                                                                                        pág. 43
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  • 1. UNIVERSIDAD POLITÉCNICA ESTATAL DEL CARCHI ESCUELA DE COMERCIO EXTERIOR Y NEGOCIACIÓN COMERCIAL INTERNACIONAL TRANSPORTE Y OPERACIONES PORTUARIAS VERÓNICA CORAL TULCÁN, DICIEMBRE DEL 2012 pág. 1
  • 2. ÍNDICE PÁG. COMPETENCIA ..................................................... 3 TRANSPORTE AÉREO ........................................ 4 DECISIÓN 582................................................... 5 DECISIÓN 619................................................. 14 DECISIÓN 650................................................. 21 RESOLUCIÓN 1271 ......................................... 24 RESOLUCIÓN 1381 ......................................... 30 pág. 2
  • 3. COMPETENCIA COMPETENCIA Capacidad para tomar decisiones técnicas sobre los modos de transporte que permitan la adecuada movilidad de las cargas, con una correcta aplicación de la normativa Nacional y Andina para optimizar los procesos de comercialización internacional. pág. 3
  • 5. DECISIÓN 582 pág. 5
  • 6. Regula las condiciones para la realización de los vuelos dentro y fuera de la subregión, el otorgamiento de permisos y autorizaciones y tarifas, tributación y comercialización, entre otros. pág. 6
  • 7. DEFINICIONES SUBREGIÓN • Ámbito geográfico de la CAN PRIMERA • El derecho de volar a través del territorio de otro LIBERTAD país sin aterrizar SEGUNDA • El derecho de aterrizar en el territorio de otro país, LIBERTAD para fines no comerciales TERCERA • El derecho de desembarcar en el territorio de otro LIBERTAD país, pasajeros, carga y correo tomados en el territorio del país cuya nacional posee línea aérea CUARTA • El derecho de tomar en ele territorio de otro país, LIBERTAD pasajeros, carga y correos destinados al territorio del país cuya nacional posee línea aérea • el derecho de embarcar, en un país destino del de QUINTA la nacionalidad de la línea aérea con destino a otro LIBERTAD país de la subregión o d fuera de ella, también distinto del de la nacionalidad del transportista pág. 7
  • 8. CAPITULO II ÁMBITO DE APLICACIÓN ART. 2 ART. 3 ART. 4 La presente decisión Los países miembros Presentación de no significa restricción podrán otorgar servicios de transporte a las facilidades que condiciones para Aéreo Internacional los Países Miembros. promover y desarrollar vuelos fronterizos conforme a cada Zona de Integración Fronteriza ART. 5 ART. 6 ART. 7 Los países miembros se conceden el libre ejercicio de Se concede el libre ejercicio de Los países miembros se derechos de tercera libertad, derechos de tercera libertad, conceden derechos de primer cuarta libertad y quita libertad, cuarta libertad y quinta libertad libertad y de segunda libertad en vuelos regulares de pasajeros, en vuelos no regulares de carga y correo. pasajeros. ART. 8 ART. 9 ART. 10 Se concede el libre ejercicio de Se concederán sujeto a derechos de tercera libertad, negociación bilaterales o cuarta libertad y quinta libertad multilaterales, derechos de en los vuelos no regulares de Se concede el libre ejercicio de trafico aéreo de quinta libertad carga y correo. derechos de trafico de quinta en vuelos regulares de libertad para vuelos no pasajeros, carga y correo y regulares de carga que se establecerán las condiciones realicen entre países miembros para la realización de vuelos no y terceros países regulares de pasajeros. pág. 8
  • 9. CAP. III DE LA DESIGNACIÓN La línea aérea constituida en el país miembro Cada país podrá asignar una o mas líneas aéreas tendrá su domicilio principal, y su sede real y con permiso, en la cual se regulara la carga, efectiva en cada país. Y verificara.- pasajeros y correo. •Su administración La línea aérea con vuelos regulares, no afectara •El control operacional en los vuelos no regulares. •La legalización de sus tripulantes La autoridad competente deberá comunicar por La Autoridad Nacional Competente del País escrito la designación de los derechos Miembro debe conocer y resolver las peticiones aerocomerciales, indicando la denominación de las líneas aéreas, dentro de un plazo de 30 social, rutas, frecuencias y tipo de aeronaves días con las que operara La Autoridad competente permitirá la operación de los servicios por cada país, en Los países miembros otorgaran a la líneas un plazo no mayor a 30 días. nacionales , un trato no menos favorable que el concedido a las líneas aéreas de su propio país y El cual coordinara con la línea aérea cualquier a los servicios similares que estas presten modificación del itinerario pág. 9
  • 10. Se aplicará el régimen vigente en el país de origen CAPÍTULO V Para evitar la doble tributación, se aplicarán las disposiciones pertinentes de la normativa andina (Decisión 40 de la Comisión) TARIFAS, TRIBUTACIÓN Las regulaciones y operación del Sistema de Reserva por Computadora se regirán Y por el Código de Conducta para la Reglamentación y Explotación de los COMERCIALIZACIÓN Sistemas de Reserva por Computadora, de la Organización de la Aviación Civil Internacional. Las líneas aéreas podrán prestar servicios de transporte aéreo regulados en la presente decisión. pág. 10
  • 11. DEL PASAJERO CAPÍTULO Los países miembros VI velarán porque los intereses de los pasajeros de los servicios de transporte aéreo sean protegidos pág. 11
  • 12. CAPÍTULO VII El CAAA es un órgano permanente de carácter técnico El CAAA estará encargado de emitir conformado por el su opinión calificada representante de la en materia de Autoridad Nacional transporte aéreo y Competente de cada País asesorar a la Miembro o su delegado Comisión o la Secretaría General DEL COMITÉ ANDINO DE AUTORIDADES Velar por y evaluar la aplicación de las AERONÁUTICAS normas de la Comunidad Andina en materia aeronáutica. Recomendar objetivos, políticas, programas y acciones. Poner en conocimiento las propuestas o documentos. Promover la armonización y actualización. FUNCIONES Recomendar soluciones. Solicitar apoyo a la Secretaría General. Constituir grupos de trabajo técnicos Proponer proposiciones conjuntas ante terceros países. Aprobar y modificar su propio reglamento. pág. 12
  • 13. DISPOSICIONES GENERALES Los acuerdos bilaterales Revisaran LOS PAÍSES MIEMBROS Propósito de adecuarlos Intercambio derechos aerocomerciales A su vez cada país miembro comunicara a la secretaria general y países miembros sobre cualquier modificación en cuanto al transporte aéreo. pág. 13
  • 14. DECISIÓN 619 pág. 14
  • 16. DEFINICIONES Autorida Nacional Agencias De Viaje Billete Competente Circuntancias Denegación De Cancelación Imprevistas Embarque Exportador Equipaje Facturado Aeropurtuario U Destino Final O Registrado Operador Aeropurtuario Sobreventa Operador Turístico Reserva (Overbooking Usuario Discapacitado O Tercer País Valor Neto Con Necesidades Especiales Vuelos En Conexión Vuelos En Tránsito pág. 16
  • 17. Derechos Del Usuario Derecho De Validez De Derechos Derecho De Derecho De Ante Una Contrato Por Cancelacion Informacion Denegacion Perdida Del De Vuelos Billete De Embarque Por Causas Por Causa Imputables Al Durante La Atribuible Al Transportista Al Efectuar Antes De La Transportista Ejecucion Del Ejecucion Del Las Reservas Transporte Transporte Derechos Del Usuario Derechos A Derecho A Asistencia En Derecho A La Compensacion Vuelos Desviados Asistencia A Derecho Al Usuarios Reembolso Interrupcion Discapacitados Por Causas Retraso Del O Con Imputables Al Transporte Necesidades Transportista Especiales Cancelacion Sobreventa Compensacion Transitos Y Adicional Conexiones pág. 17
  • 18. Desistimiento del usuario Actos Veracidad indebidos o de la contra la información seguridad DEBERES DE LOS USUARIOS Comporta Presentación miento del del usuario usuario pág. 18
  • 19. EQUIPAJE TIPO DE EQUIPAJE: El pasajero puede transportar la cantidad de equipaje y peso que indique el transportista TALÓN DE EQUIPAJE: El transportista deberá entregar al pasajero la constancia de recibo de su equipaje facturado o registrado para bodega o equipaje de mano al momento de embarque EQUIPAJE FACTURADO: El usuario no podrá incluir en su equipaje facturado artículos frágiles o perecederos MERCANCIAS PELIGROSAS: El pasajero no podrá embarcar mercancías peligrosas pág. 19
  • 20. Disponer de un adecuado sistema de comunicación informativo DEBERES DE LOS EXPLOTADORES AEROPORTUARIOS Garantizar las condiciones de Disponer de un infraestructura de adecuado sistema las instalaciones de señalización aeroportuarias Atención al usuario en el Sistema aeropuert de o atención SISTEMA DE al usuario ATENCION AL USUARIO pág. 20
  • 21. DECISIÓN 650 pág. 21
  • 22. ELABORAR Y ART. 1 TRANSMITIR OBJETIVO ESTADÍSTICAS COMUNITARIAS AUTORIDADES ART. 2 AERONÁUTICA RESPONSABL ES CIVIL ART. 3 MARCO OACI- CUENTAS CONCEPTUAL NACIONALES- BALANZA DE PAGOS pág. 22
  • 23. Art. 4 Conjunto De Conjunto Datos De Datos Establecidos- Art. 5 Resoluciones Aplicación Emitidas:Secretaria Y General De La Transmisi Comunidad Andina ón Seta- Art. 6 Proporcionara Difusión Información Estadística Confiable Y Coherente pág. 23
  • 24. RESOLUCIÓN 1271 pág. 24
  • 25. Disposiciones Técnicas para la Transmisión de Datos Estadísticos de Transporte Aéreo de la Comunidad Andina Artículo 1.- Adoptar Disposiciones Técnicas para la Transmisión de Datos Estadísticos de Transporte Aéreo internacional regular y no regular de pasajeros, carga y correo; a los aeropuertos que realizan operaciones internacionales y aquellas aeronaves que pertenecen a líneas aéreas designadas por el país que cumplen servicios comerciales regulares internacionales, incluyendo aquellas aeronaves registradas en el país con matrícula extranjera. Artículo 2.- Las Autoridades de los Países Miembros: Dirección General de Aeronáutica Civil de Bolivia, Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil de Colombia, Dirección General de Aviación Civil de Ecuador, y la Dirección General de Aeronáutica Civil de Perú, serán las responsables de transmitir los resultados estadísticos. Artículo 3.- Los resultados previstos en la presente Resolución deberán ser transmitidos en forma mensual los datos del anexo I en forma anual los datos de los anexos II y III, dentro de los 45 y 60 días. pág. 25
  • 26. Artículo 4.- Enviarán anualmente a la Secretaría General las tablas de aeropuertos que utilicen en la elaboración de las estadísticas de transporte aéreo sobre infraestructura aeroportuaria. Los servicios nacionales deberán poner en conocimiento de la Secretaría General, los nuevos códigos y sus notas explicativas antes de su puesta en vigencia en el ámbito nacional. Artículo 5.- Los servicios nacionales, a convocatoria de la Secretaría General, se reunirán cada 18 meses para evaluar el cumplimiento de la Decisión 650 y la presente Resolución. Artículo 6.- La presente Resolución entrará en vigencia en el plazo de 60 días calendario, a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. pág. 26
  • 27. Disposición Técnica para la transmisión de datos estadísticos de transporte aéreo sobre el movimiento internacional regular y no regular de aeronaves, pasajeros, carga y correo CONTENIDO I. Introducción II. Objetivo III. Definiciones IV. Datos que deberán transmitir los servicios nacionales V. Responsables de la transmisión de los archivos de datos estadísticos VI. Procedimientos del envío de información VI.1 Procedimientos del envío de los datos VI.1.1 Nombres de los archivos de datos a) Archivo .zip b) Archivo .txt VI.1.2 Estructura del diseño de registro de los archivos de datos a) Archivo para variables b) Descripción de los campos del dato VII. Plazos para la transmisión de los archivos de datos VIII. Validación y consistencia de datos IX. Tablas de apoyo para la aplicación de la Disposición Técnica Tabla 1: Códigos ISO 2 Alpha Tablas referenciales: Aeropuertos Internacionales en la Comunidad Andina Designadores de la Organización de Aviación Civil Internacional de empresas explotadoras de aeronaves Designadores Tipo de Aeronaves pág. 27
  • 28. ANEXO II Disposición Técnica para la transmisión de datos estadísticos de transporte aéreo sobre infraestructura aeronáutica CONTENIDO I. Introducción II. Objetivo III. Definiciones IV. Datos que deberán transmitir los servicios nacionales V. Responsables de la transmisión de los archivos de datos estadísticos VI. Procedimientos del envío de información VI.1 Procedimientos del envío de los datos VI.1.1 Nombres de los archivos de datos a) Archivo .zip b) Archivo .txt VI.1.2 Estructura del diseño de registro de los archivos de datos a) Archivo para variables de infraestructura aeronáutica b) Descripción de los campos del dato VII. Plazos para la transmisión de los archivos de datos VIII. Validación y consistencia de datos IX. Tablas de apoyo para la aplicación de la Disposición Técnica Tablas referenciales: Aeropuertos Internacionales en la CAN (Manual de indicadores de Lugar – Doc. 7910) Decisión 534 Publicación de información aeronáutica (AIP) pág. 28
  • 29. ANEXO III Disposición Técnica para la transmisión de datos estadísticos de transporte aéreo sobre el parque aeronáutico CONTENIDO I. Introducción II. Objetivo III. Definiciones IV. Datos que deberán transmitir los servicios nacionales V. Responsables de la transmisión de los archivos de datos estadísticos VI. Procedimientos del envío de información VI.1 Procedimientos del envío de los datos VI.1.1 Nombres de los archivos de datos a) Archivo .zip b) Archivo .txt VI.1.2 Estructura del diseño de registro de los archivos de datos a) Archivo para variables b) Descripción de los campos del dato VII. Plazos para la transmisión de los archivos de datos VIII. Validación y consistencia de datos IX. Tablas para la aplicación de la Disposición Técnica Tablas referenciales: Código de clasificación acústica Designadores Tipo de Aeronaves - Doc. 8643, OACI Designadores de Empresas Explotadoras de Aeronaves de Entidades Oficiales y de Servicios Aeronáuticos - Doc. 8585, OACI pág. 29
  • 30. RESOLUCIÓN 1381 pág. 30
  • 31. Transmisión De Datos Estadísticos Vigencia En Aeronáutica 60 Días Civil, Publicación Responsable Gaceta Resultados RESUELVE Conocimiento Secretaria Transmitir General, Resultados 60 Actualizar Días Tablas Referenciadas pág. 31
  • 32. ANEXO Disposición Técnica para la transmisión de datos estadísticos de transporte aéreo sobre calidad y cumplimiento del servicio, con base en los derechos y deberes de los usuarios, transportistas y operadores AEROPUERTO INTERNACIONAL Designado para servicios aéreos internacionales, donde se lleva a cabo trámites CANCELACIÓN DE VUELO Vuelo no realizado de conformidad al itinerario aprobado por la autoridad aeronáutica EQUIPAJE FACTURADO O REGISTRADO Equipaje cuya custodia se hace cargo el transportista, por el cual se emite un talón de equipaje pág. 32
  • 33. MOTIVOS DE LA DEMORA Y CANCELACIONES DE VUELO OPERACION ALES TÉCNICOS INCONTROLA AEROPUERTO Y Todas las Deficiencia BLES TRÁNSITO actividades que en el equipo AÉREO requiere el vuelo Condiciones de vuelo y/o meteorológicas, Problemas en los y que están bajo procedimient la obstrucción de sistemas y servicios os de las pistas, aeronáuticos de responsabilidad mantenimient de la línea aérea comunicaciones, incluyendo sus o. tránsito aéreo y consecuencias. aeropuertos (AGA, RAC y COM). Datos que deberán Responsables de la transmitir los servicios transmisión de los nacionales datos estadísticos Transmitir datos establecidos La Secretaría General de la CAN en la Decisión 650 asignará un nombre de usuario y “Estadísticas comunitarias contraseña, al responsable de cada sobre el transporte aéreo” País Miembro. Sobre la calidad y cumplimiento del El archivo de datos transmitido pasará servicio, con base en los derechos y por un proceso de validación según deberes de los usuarios, los lineamientos establecidos para el transportistas y operadores, tema estadístico. pág. 33
  • 34. PROCEDIMIENTOS DEL ENVÍO DE INFORMACIÓN Procedimiento del envío de los datos Nombres de los archivos de datos • El nombre de este archivo (.zip), debe ser nombrado de la manera siguiente: • PPTTTQQAAAACCS.zip Donde: PP: Dos caracteres para representar la sigla del país que reporta (BO, CO, EC y PE) • TTT: Tres dígitos para indicar el tema que se reporta (Transporte aéreo ) • QQ: Dos dígitos para el período que se reporta (01,02, 03,04……..12) • AAAA: Cuatro dígitos para el año que reporta (2008, 2009, etc.) pág. 34
  • 35. PP TTT PPTTTQQAAAACCSQUE.txt QQ PPTTTQQAAAACCSCUI.txt AAA ARCHIVO CCS QUE CUI PP TTT QQ AAAA CCS País Tema Período Año Subtema C O 5 4 3 0 5 2 0 0 8 C C S pág. 35
  • 36. ARCHIVO VARIABLES QUE CUI Transporte Regular regular Internacional Quejas servicio Incumplimiento transporte itinerario Campo Contenido Tipo Longitud Formato 1 Línea aérea Carácter 3 Código OACI 2 Pasajeros Numérico 7 Número entero 3 Quejas Numérico 4 Número demoras entero Campo Contenido Tipo Longitud Formato 1 Línea aérea Carácter 3 Código OACI 2 Aeropuerto Carácter 4 Código OACI 3 Vuelos Numérico 5 Número programados entero salidas pág. 36
  • 37. DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS DE DATOS Campo 1. Campo 2. Campo 3. Línea aérea: Pasajeros: el Quejas Colombia número de demoras: reportando pasajeros que Avianca las salidas de movilizó presentó en el vuelos de la Avianca en el mes de mayo línea aérea DESCRIPCIÓN LOS CAMPOS mes de mayo 12 quejas de Avianca DE DE DATOS 2008 fue de pasajeros, por (Aerovías 7200 salir el vuelo Nacionales de pasajeros, el con 15 Colombia - correcto minutos S.A.), y con registro sería después de lo código de el siguiente: programado. vuelo AVA: pág. 37
  • 38. AVA72001210 AVA72001210 138 1382 Campo 7. Quejas Campo 8. Quejas reserva: otras: Ejemplo: Avianca Ejemplo: Avianca registrando 2 quejas registra 4 quejas que por problemas en sobre información la reserva no son inadecuada para embarcados. identificar la aeronave del operador efectivo. AVA7200121013 AVA Campo 6. Quejas equipaje: Ejemplo: Continuando con el ejemplo anterior, asimismo, Avianca registró, 8 quejas de pasajeros por AVA7200 problemas con su equipaje AVA720012 AVA72001210 Campo 4. Quejas Campo 5. Quejas cancelaciones: sobreventa: Colombia registrando, en el mes de mayo Ejemplo: Colombia 2008, 10 quejas por registrando 13 quejas de cancelación de vuelos, pasajeros por sobreventa de producidos por la pasajes en el vuelo de línea aérea Avianca. Avianca, quienes ya contaban con su reserva confirmada. AVA7200121013824 ii. Archivo de datos estadísticos del cumplimiento de itinerario - CUI pág. 38
  • 39. Campo 1. Línea aérea • Ejemplo: Colombia reportando las salidas de vuelos de la línea aérea Avianca (Aerovías Nacionales de Colombia – S. A.). AVA Campo 2. Aeropuerto • Ejemplo: El aeropuerto donde se registra las causas del incumplimiento del itinerario de la línea aérea Avianca es el aeropuerto El Dorado de Bogotá. AVASKBO Campo 3. Vuelos programados salidas • Ejemplo: Continuando con el ejemplo anterior, los vuelos programados de la línea aérea Avianca es de 50. AVASKBO50 Campo 4. Vuelos cancelados salidas • Ejemplo: De los 50 vuelos programados por línea aérea Avianca, cinco de ellos se cancelaron. AVASKBO505 Campo 5. Vuelos cancelados motivos operacionales • Ejemplo: De los 50 vuelos programados por línea aérea Avianca, uno de los vuelos se canceló por tripulación incompleta. AVASKBO5051 Campo 6. Vuelos cancelados motivos técnicos • Ejemplo: De los 50 vuelos programados por línea aérea Avianca, dos de los vuelos se cancelaron por fallas de la aeronave. AVA7200121013824 ii. Archivo de datos estadísticos del cumplimiento de itinerario - CUI pág. 39
  • 40. AVASKBO50512 CAMPO 7. VUELOS CANCELADOS MOTIVOS INCONTROLABLES •Ejemplo: Avianca canceló un vuelo por remoción de hielo en las pistas. AVASKBO505121 CAMPO 8. VUELOS CANCELADOS MOTIVOS AEROPUERTOS Y TRÁNSITO AÉREO •Ejemplo: De los 50 vuelos programados por línea aérea Avianca, uno de los vuelos se canceló por cierre de la pista. AVASKBO5051211 CAMPO 9. VUELOS DEMORADOS SALIDAS •Ejemplo: Avianca registró un total de 7 vuelos de salida demorados. AVASKBO50512117 CAMPO 10. VUELOS DEMORADOS MOTIVOS OPERACIONALES •Ejemplo: Dos de los vuelos se demoraron por problemas en la clasificación del equipaje. AVA7200121013824 ii. Archivo de datos estadísticos del cumplimiento de itinerario - CUI pág. 40
  • 41. AVASKBO505121172 CAMPO 11. VUELOS DEMORADOS MOTIVOS TÉCNICOS •Ejemplo: Avianca reportó 3 vuelos demorados por cambio de avión (razones técnicas). AVASKBO5051211723 CAMPO 12. VUELOS DEMORADOS MOTIVOS INCONTROLABLES •Ejemplo: Avianca informa que una demora por condiciones climáticas de remoción de hielo y nieve de las pistas. AVASKBO50512117231 CAMPO 13. VUELOS DEMORADOS MOTIVOS AEROPUERTOS Y TRÁNSITO AÉREO •Ejemplo: Continuando con el caso anterior, uno de los vuelos de Avianca, se demoró por congestión en rampa. La información de estadísticas de transporte aéreo sobre PLAZOS PARA LA calidad y cumplimiento del TRANSMISIÓN DE servicio, se transmite mensual LOS ARCHIVOS DE después de los 60 días DATOS calendario posteriores a la información. Si los datos sufren alguna El archivo de reemplazo modificación los responsables de deberá incluir toda la la transmisión, están obligados a información que comprende enviar archivos de reemplazo a el archivo original la SECRETARIA GENERAL. pág. 41
  • 42. Los mensajes de datos recibidos por la SECRETARIA Reglas de GENERAL serán validación de la procesados información Validación y automáticamente para consistencia de comprobar la validez datos de su contenido, después remitirá un Reglas de mensaje de consistencia de la confirmación de la información recepción del mensaje de datos. Reglas de validación de la información 1. Archivo de datos estadísticos de las quejas - QUE Campo 1 Campo 2 Campo 3 Tipo de dato Tipo de dato “carácter” “numérico”, con Tipo de dato con longitud de 3 longitud máxima “numérico”, con caracteres de 7 dígitos. longitud máxima de 4 Debe ser descritos en dígitos. el Manual de Valor entero entre 0 y Designadores de 9999. Este campo no Empresas puede estar vacío. Explotadoras de Aeronaves. pág. 42
  • 43. Archivo de datos estadísticos del cumplimiento de itinerario-CUI • Tipo de dato “carácter" con longitud de 3 caracteres • Debe ser • Tipo de dato descritos en el “numérico”, con Manual de Campo 2 longitud máxima de 5 dígitos. Campo 4 Designadores de Empresas • Valor entero Explotadoras de • Tipo de dato entre 0 y 99999. Aeronaves. “carácter" con • Tipo de dato longitud de 4 “numérico”, con caracteres. longitud máxima • Debe ser de 4 dígitos. descritos en el Campo 1 Manual de Campo 3 Indicadores de Lugar . Reglas de consistencia de la información de cumplimiento de itinerario - Archivo de datos estadísticos La relación de vuelos cancelados salidas (Campo 4), deberá corresponder a la sumatoria de los vuelos cancelados por motivos Donde i = Campo 5, Campo 6, operacionales (Campo 5), técnicos Campo 7 y Campo 8 (Campo 6), incontrolables (Campo 7), aeropuertos y tránsito aéreo (Campo 8). CUI La relación de vuelos demorados salidas (Campo 9), deberá corresponder a la sumatoria de los vuelos demorados por motivos Donde i = Campo 10, Campo 11, operacionales (Campo 10), Campo 12 y Campo 13 técnicos (Campo 11), incontrolables (Campo 12), aeropuertos y tránsito aéreo (Campo 13). pág. 43