La resolución modifica el calendario académico de 2017 en Bogotá para recuperar 24 días de clases perdidos debido a un cese de actividades. Establece que la recuperación se hará entre julio y noviembre mediante clases los sábados y en días de desarrollo institucional. También indica que los rectores verificarán el cronograma de recuperación de cada docente y reportarán cualquier incumplimiento.
Esta resolución modifica parcialmente el calendario académico de 2017 para Bogotá y establece un cronograma para la recuperación de 24 días de servicio educativo no prestados debido a un cese de actividades. Se disponen 4 semanas adicionales de clases, del 27 de noviembre al 22 de diciembre, para recuperar los días perdidos y garantizar las 40 semanas lectivas anuales. Los rectores validarán la recuperación con los docentes y podrán aplicar deducciones salariales si no se cumple,
Resolucion rectoral n 10 modificatoria del calendario escolar 2017 colegio ...colegiommc
Este documento establece un cronograma para la recuperación de 24 días lectivos de servicio educativo no prestados debido a un cese de actividades. Se modifica el calendario académico para incluir días de recuperación en agosto, octubre, noviembre y diciembre. También se asignan fechas para actividades de desarrollo institucional. El rector distribuirá el horario de los docentes para cumplir con la recuperación académica.
Resolucion rectoral n° 12 modificatoria del calendario escolar 2017 colegio m...colegiommc
Este documento establece una resolución rectoral para modificar el calendario académico del Colegio María Mercedes Carranza en 2017. Debido a días no laborados durante un cese de actividades, se requiere recuperar 24 días lectivos. La resolución aprueba un cronograma para recuperar estos días utilizando los recesos de octubre y hasta 5 sábados o festivos, siguiendo las directivas del Ministerio de Educación Nacional.
Resolucion rectoral n 14 modificatoria del calendario escolar 2017 colegio m...colegiommc
Este documento es una resolución rectoral que modifica el calendario académico del año 2017 en el Colegio María Mercedes Carranza para recuperar 24 días lectivos que no se prestaron debido a un cese de actividades. Se establece un cronograma para recuperar estos días a través de clases los fines de semana y festivos de agosto, octubre, noviembre y diciembre. La resolución busca garantizar el derecho a la educación de los estudiantes y cumplir con los requisitos legales sobre días lectivos y
La resolución establece el calendario académico para el año 2017 para estudiantes y docentes del Colegio Distrital María Mercedes Carranza. El calendario incluye 40 semanas de trabajo académico distribuidas en dos períodos semestrales, 5 semanas de actividades de desarrollo institucional para docentes, y vacaciones de 7 semanas para docentes y 12 semanas de receso para estudiantes. Adopta este calendario académico para el colegio y establece que el cronograma institucional
Este documento modifica el calendario escolar 2017 para instituciones educativas oficiales en Santiago de Cali, Colombia debido a interrupciones en el servicio educativo en mayo y junio de 2017. Se establecen cinco semanas para actividades de desarrollo institucional, 40 semanas lectivas, y 7 semanas de vacaciones para docentes. La modificación busca garantizar el cumplimiento de horas de instrucción requeridas.
La resolución modifica el calendario académico de 2017 para establecimientos educativos oficiales en Bogotá y establece un cronograma para recuperar 24 días de servicio educativo no prestado debido a un cese de actividades. Se disponen 5 semanas para la recuperación entre julio y noviembre y se instruye a los rectores a asignar horarios a los docentes y verificar el cumplimiento del cronograma de cada uno, reportando novedades a la Secretaría de Educación.
Este documento modifica la resolución anterior que estableció el calendario escolar 2017 para las instituciones educativas oficiales de Santiago de Cali. La modificación pospone una semana el inicio de clases para los estudiantes, del 30 de enero al 6 de febrero, para garantizar la atención del programa de alimentación escolar y permitir la reubicación de aproximadamente 9,800 estudiantes debido a cambios en la contratación del servicio educativo. También confirma los demás aspectos del calendario escolar como las 5 semanas de desar
Esta resolución modifica parcialmente el calendario académico de 2017 para Bogotá y establece un cronograma para la recuperación de 24 días de servicio educativo no prestados debido a un cese de actividades. Se disponen 4 semanas adicionales de clases, del 27 de noviembre al 22 de diciembre, para recuperar los días perdidos y garantizar las 40 semanas lectivas anuales. Los rectores validarán la recuperación con los docentes y podrán aplicar deducciones salariales si no se cumple,
Resolucion rectoral n 10 modificatoria del calendario escolar 2017 colegio ...colegiommc
Este documento establece un cronograma para la recuperación de 24 días lectivos de servicio educativo no prestados debido a un cese de actividades. Se modifica el calendario académico para incluir días de recuperación en agosto, octubre, noviembre y diciembre. También se asignan fechas para actividades de desarrollo institucional. El rector distribuirá el horario de los docentes para cumplir con la recuperación académica.
Resolucion rectoral n° 12 modificatoria del calendario escolar 2017 colegio m...colegiommc
Este documento establece una resolución rectoral para modificar el calendario académico del Colegio María Mercedes Carranza en 2017. Debido a días no laborados durante un cese de actividades, se requiere recuperar 24 días lectivos. La resolución aprueba un cronograma para recuperar estos días utilizando los recesos de octubre y hasta 5 sábados o festivos, siguiendo las directivas del Ministerio de Educación Nacional.
Resolucion rectoral n 14 modificatoria del calendario escolar 2017 colegio m...colegiommc
Este documento es una resolución rectoral que modifica el calendario académico del año 2017 en el Colegio María Mercedes Carranza para recuperar 24 días lectivos que no se prestaron debido a un cese de actividades. Se establece un cronograma para recuperar estos días a través de clases los fines de semana y festivos de agosto, octubre, noviembre y diciembre. La resolución busca garantizar el derecho a la educación de los estudiantes y cumplir con los requisitos legales sobre días lectivos y
La resolución establece el calendario académico para el año 2017 para estudiantes y docentes del Colegio Distrital María Mercedes Carranza. El calendario incluye 40 semanas de trabajo académico distribuidas en dos períodos semestrales, 5 semanas de actividades de desarrollo institucional para docentes, y vacaciones de 7 semanas para docentes y 12 semanas de receso para estudiantes. Adopta este calendario académico para el colegio y establece que el cronograma institucional
Este documento modifica el calendario escolar 2017 para instituciones educativas oficiales en Santiago de Cali, Colombia debido a interrupciones en el servicio educativo en mayo y junio de 2017. Se establecen cinco semanas para actividades de desarrollo institucional, 40 semanas lectivas, y 7 semanas de vacaciones para docentes. La modificación busca garantizar el cumplimiento de horas de instrucción requeridas.
La resolución modifica el calendario académico de 2017 para establecimientos educativos oficiales en Bogotá y establece un cronograma para recuperar 24 días de servicio educativo no prestado debido a un cese de actividades. Se disponen 5 semanas para la recuperación entre julio y noviembre y se instruye a los rectores a asignar horarios a los docentes y verificar el cumplimiento del cronograma de cada uno, reportando novedades a la Secretaría de Educación.
Este documento modifica la resolución anterior que estableció el calendario escolar 2017 para las instituciones educativas oficiales de Santiago de Cali. La modificación pospone una semana el inicio de clases para los estudiantes, del 30 de enero al 6 de febrero, para garantizar la atención del programa de alimentación escolar y permitir la reubicación de aproximadamente 9,800 estudiantes debido a cambios en la contratación del servicio educativo. También confirma los demás aspectos del calendario escolar como las 5 semanas de desar
Resolucion 4143.010.21.5673 del 21 de julio 2017 calendario escolarPaulo Delgado
Este documento modifica el calendario escolar 2017 para instituciones educativas oficiales en Santiago de Cali debido a la interrupción del servicio educativo por protestas entre mayo y junio de 2017. Se establecen nuevas fechas para actividades de desarrollo institucional, vacaciones docentes y semanas lectivas, con el fin de recuperar días no trabajados y cumplir con las 40 semanas y horas de intensidad académica requeridas.
Resolución 001 calendario académico 2018colegiommc
Este documento establece el calendario académico para el año 2018 en el Colegio María Mercedes Carranza IED en Bogotá. Divide el año en dos semestres de 20 semanas cada uno para las actividades académicas con los estudiantes. Asigna también 5 semanas para actividades de desarrollo institucional del personal, 7 semanas de vacaciones y 12 semanas de receso estudiantil.
Acuerdo cd cuarta semana de desarrollo institucional 2016deiberrector
El documento asigna el trabajo para los docentes del Colegio Técnico Benjamín Herrera durante la cuarta semana de desarrollo institucional en octubre de 2016. Los docentes actualizarán sus planes de estudio, evaluarán el proyecto "Danzón: Danza con el corazón por la convivencia y la paz", y actualizarán la documentación de los proyectos transversales y de inversión para 2017. El trabajo debe enviarse al rector y correos del colegio a más tardar el 14 de octubre.
Este documento presenta el calendario académico para el Colegio Técnico Benjamín Herrera para el año 2017, dividiendo el año en dos semestres de 20 semanas cada uno para las actividades académicas con los estudiantes. Además, establece 5 semanas para actividades de desarrollo institucional de los docentes, 7 semanas de vacaciones para los docentes, y 12 semanas de receso para los estudiantes. El rector del colegio adoptará el calendario institucional antes del 23 de enero
La circular informa a la comunidad educativa sobre el proceso de reposición de las semanas lectivas perdidas durante el paro nacional de maestros. Se llevará a cabo los sábados 5, 12 y 26 de agosto con horario de lunes. Los estudiantes deportistas y docentes que estudien los sábados deberán presentar certificaciones. No se evaluará a los deportistas los sábados con certificación. El incumplimiento está sujeto a acciones administrativas.
Decreto 1075 de_2015 dercreto unico reglamentario del sector educacionKatherin Molina
Este decreto compila y racionaliza las normas reglamentarias del sector educativo colombiano en un único decreto reglamentario. Define la estructura del Ministerio de Educación Nacional y otros organismos del sector como el Consejo Nacional de Educación Superior. También establece fondos especiales, órganos de asesoría y coordinación sectorial, y juntas, foros y comités del sector educativo. Finalmente, describe las entidades adscritas al Ministerio de Educación Nacional.
Cronograma de recuperación del servicio educativodeiberrector
El Colegio Técnico Benjamín Herrera IED adoptó el cronograma de la Secretaría de Educación Distrital para recuperar las 24 días lectivos perdidos debido al paro magisterial. Se recuperarán los días a través de semanas lectivas adicionales en agosto, octubre, noviembre y diciembre. Además, se llevarán a cabo cinco días de actividades de desarrollo institucional para los docentes.
Este documento proporciona información sobre los requisitos y fechas límite para los estudiantes de grado 11 en el Colegio María Mercedes Carranza en 2017, incluyendo servicio social, servicio militar, inscripción al examen ICFES Saber 11, y documentación necesaria para la proclamación. También incluye tarifas de inscripción al ICFES y pasos para el proceso de inscripción.
Este documento establece los horarios de la jornada escolar y laboral para el Colegio Técnico Benjamín Herrera IED. Asigna un horario de 6:20am a 12:20pm para la jornada mañana y de 12:30pm a 6:30pm para la jornada tarde a nivel preescolar, básica primaria, básica secundaria y media. También asigna una jornada de 6:00am a 2:00pm para coordinadores y orientadoras en la mañana y de 11:00am a 7:00pm en la tarde,
Este documento establece el calendario académico A para el año 2016 para los establecimientos educativos oficiales en los municipios no certificados del Valle del Cauca. El calendario incluye 40 semanas de trabajo académico distribuidas en 4 periodos, con fechas de inicio y finalización. También se especifican 5 semanas para actividades de desarrollo institucional de los docentes y directivos.
Esta resolución establece el proceso de gestión de la cobertura educativa en el municipio de Santiago de Cali para el año lectivo 2018. Designa a la Secretaría de Educación Municipal y a los rectores de las instituciones educativas oficiales como responsables de garantizar el acceso a la educación. Además, define los términos para el reporte de información de matrícula de las instituciones educativas no oficiales. El objetivo es coordinar los recursos humanos, de infraestructura y estrategias de permanencia para asegurar el derecho
Resolucion 8912 calendario modificado novlilitamici
La resolución establece el calendario escolar 2014 para instituciones educativas oficiales en Santiago de Cali. Define 5 semanas para actividades de desarrollo institucional, 40 semanas lectivas, 7 semanas de vacaciones para docentes, y 12 semanas de receso estudiantil. También regula la educación para adultos y el control sobre la aplicación del calendario.
Este documento presenta el calendario académico para el Colegio Técnico Benjamín Herrera IED para el año 2017. El calendario incluye 40 semanas de trabajo académico con los estudiantes distribuidas en dos semestres, 5 semanas para actividades de desarrollo institucional de los docentes, y 7 semanas de vacaciones para los docentes. También establece fechas para recesos estudiantiles y días festivos. El calendario sigue las directrices del Ministerio de Educación y la Secretaría de E
Este documento convoca a la comunidad educativa del Colegio María Mercedes Carranza a participar en las elecciones de los diferentes órganos de gobierno escolar para el año 2018. Establece el comité electoral institucional y el calendario electoral para la elección de cargos como el consejo directivo, consejo académico, consejo estudiantil, comité de convivencia, comité ambiental, entre otros. La resolución busca promover la participación de docentes, estudiantes y padres de familia en las decisiones que afectan a la institución
Este documento aprueba las "Orientaciones para la Finalización del Año Escolar 2017 en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de Educación Básica". Estas orientaciones establecen pautas para la clausura del año escolar, entrega de informes de progreso a los padres, emisión de actas oficiales y certificados, presentación de informes de gestión, y responsabilidades de los directores. Adicionalmente, designa a una persona como Jefa de la Unidad de Abastecimiento del Programa Nacional de Infraestr
Rm nº 585 2017-minedu. aprueban las “orientaciones para la finalización del a...RUBENTH
Este documento aprueba las "Orientaciones para la Finalización del Año Escolar 2017 en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de Educación Básica". Estas orientaciones establecen pautas para la clausura del año escolar, entrega de informes de progreso a los padres, emisión de actas oficiales y certificados, presentación de informes de gestión, y responsabilidades de los directores. Adicionalmente, designa a una persona como Jefa de la Unidad de Abastecimiento del Programa Nacional de Infraestr
La resolución designa a los miembros del Comité de Gestión de Condiciones Operativas y ratifica a la Comisión de Cuadro de Horas Pedagógicas del CEBA Santa Isabel para el año 2022. El director del centro educativo reconoce a 8 docentes y personal administrativo como integrantes del Comité de Gestión. Además, ratifica a 3 docentes como miembros de la Comisión de Cuadro de Horas, de acuerdo con la normativa vigente sobre la gestión escolar.
Resolucion parametros y procedimientos de la evaluacion de desempeño docente ...I. E. Eustaquio Palacios
Este documento establece los parámetros y procedimientos para la evaluación anual del desempeño de directivos y docentes en instituciones educativas oficiales en Santiago de Cali para el año escolar 2017. Define el alcance, objetivos, metodología e instrumentos de la evaluación como carpetas de evidencias y percepciones de la comunidad educativa. También delega la función evaluadora a los rectores y designa a los evaluadores según el calendario escolar.
Este documento modifica el calendario escolar 2017 para instituciones educativas oficiales en Santiago de Cali debido a la interrupción del servicio educativo por protestas entre mayo y junio de 2017. Se establecen nuevas fechas para actividades de desarrollo institucional, vacaciones docentes y semanas lectivas, con el fin de recuperar días no trabajados y cumplir con las 40 semanas y horas de intensidad académica requeridas.
Este documento modifica el calendario académico para el año 2020 en los establecimientos educativos oficiales del municipio de Pasto debido a la pandemia de COVID-19. Se adelantan las vacaciones de mitad de año por tres semanas y se suspenden las clases presenciales hasta el 20 de abril. El calendario ahora consta de 40 semanas de trabajo académico entre abril y diciembre, con cinco semanas adicionales destinadas a actividades institucionales.
Este documento establece el calendario académico para el año lectivo 2021 en Barranquilla, Colombia. El calendario incluye 40 semanas de trabajo académico con estudiantes distribuidas en 4 períodos, 5 semanas para actividades de desarrollo institucional, y 12 semanas de receso estudiantil. Además, se especifican las fechas para la entrega de informes académicos y el receso escolar de la semana anterior al Día de la Raza.
Este documento es una resolución que ajusta el calendario escolar 2020 para las instituciones educativas oficiales de educación formal regular y de adultos del municipio de Santiago de Cali debido a la emergencia sanitaria nacional causada por el COVID-19. El ajuste redistribuye las semanas de trabajo académico, desarrollo institucional y vacaciones para garantizar la continuidad del servicio educativo de manera no presencial desde el 30 de marzo hasta que finalice la emergencia sanitaria.
Resolucion 4143.010.21.5673 del 21 de julio 2017 calendario escolarPaulo Delgado
Este documento modifica el calendario escolar 2017 para instituciones educativas oficiales en Santiago de Cali debido a la interrupción del servicio educativo por protestas entre mayo y junio de 2017. Se establecen nuevas fechas para actividades de desarrollo institucional, vacaciones docentes y semanas lectivas, con el fin de recuperar días no trabajados y cumplir con las 40 semanas y horas de intensidad académica requeridas.
Resolución 001 calendario académico 2018colegiommc
Este documento establece el calendario académico para el año 2018 en el Colegio María Mercedes Carranza IED en Bogotá. Divide el año en dos semestres de 20 semanas cada uno para las actividades académicas con los estudiantes. Asigna también 5 semanas para actividades de desarrollo institucional del personal, 7 semanas de vacaciones y 12 semanas de receso estudiantil.
Acuerdo cd cuarta semana de desarrollo institucional 2016deiberrector
El documento asigna el trabajo para los docentes del Colegio Técnico Benjamín Herrera durante la cuarta semana de desarrollo institucional en octubre de 2016. Los docentes actualizarán sus planes de estudio, evaluarán el proyecto "Danzón: Danza con el corazón por la convivencia y la paz", y actualizarán la documentación de los proyectos transversales y de inversión para 2017. El trabajo debe enviarse al rector y correos del colegio a más tardar el 14 de octubre.
Este documento presenta el calendario académico para el Colegio Técnico Benjamín Herrera para el año 2017, dividiendo el año en dos semestres de 20 semanas cada uno para las actividades académicas con los estudiantes. Además, establece 5 semanas para actividades de desarrollo institucional de los docentes, 7 semanas de vacaciones para los docentes, y 12 semanas de receso para los estudiantes. El rector del colegio adoptará el calendario institucional antes del 23 de enero
La circular informa a la comunidad educativa sobre el proceso de reposición de las semanas lectivas perdidas durante el paro nacional de maestros. Se llevará a cabo los sábados 5, 12 y 26 de agosto con horario de lunes. Los estudiantes deportistas y docentes que estudien los sábados deberán presentar certificaciones. No se evaluará a los deportistas los sábados con certificación. El incumplimiento está sujeto a acciones administrativas.
Decreto 1075 de_2015 dercreto unico reglamentario del sector educacionKatherin Molina
Este decreto compila y racionaliza las normas reglamentarias del sector educativo colombiano en un único decreto reglamentario. Define la estructura del Ministerio de Educación Nacional y otros organismos del sector como el Consejo Nacional de Educación Superior. También establece fondos especiales, órganos de asesoría y coordinación sectorial, y juntas, foros y comités del sector educativo. Finalmente, describe las entidades adscritas al Ministerio de Educación Nacional.
Cronograma de recuperación del servicio educativodeiberrector
El Colegio Técnico Benjamín Herrera IED adoptó el cronograma de la Secretaría de Educación Distrital para recuperar las 24 días lectivos perdidos debido al paro magisterial. Se recuperarán los días a través de semanas lectivas adicionales en agosto, octubre, noviembre y diciembre. Además, se llevarán a cabo cinco días de actividades de desarrollo institucional para los docentes.
Este documento proporciona información sobre los requisitos y fechas límite para los estudiantes de grado 11 en el Colegio María Mercedes Carranza en 2017, incluyendo servicio social, servicio militar, inscripción al examen ICFES Saber 11, y documentación necesaria para la proclamación. También incluye tarifas de inscripción al ICFES y pasos para el proceso de inscripción.
Este documento establece los horarios de la jornada escolar y laboral para el Colegio Técnico Benjamín Herrera IED. Asigna un horario de 6:20am a 12:20pm para la jornada mañana y de 12:30pm a 6:30pm para la jornada tarde a nivel preescolar, básica primaria, básica secundaria y media. También asigna una jornada de 6:00am a 2:00pm para coordinadores y orientadoras en la mañana y de 11:00am a 7:00pm en la tarde,
Este documento establece el calendario académico A para el año 2016 para los establecimientos educativos oficiales en los municipios no certificados del Valle del Cauca. El calendario incluye 40 semanas de trabajo académico distribuidas en 4 periodos, con fechas de inicio y finalización. También se especifican 5 semanas para actividades de desarrollo institucional de los docentes y directivos.
Esta resolución establece el proceso de gestión de la cobertura educativa en el municipio de Santiago de Cali para el año lectivo 2018. Designa a la Secretaría de Educación Municipal y a los rectores de las instituciones educativas oficiales como responsables de garantizar el acceso a la educación. Además, define los términos para el reporte de información de matrícula de las instituciones educativas no oficiales. El objetivo es coordinar los recursos humanos, de infraestructura y estrategias de permanencia para asegurar el derecho
Resolucion 8912 calendario modificado novlilitamici
La resolución establece el calendario escolar 2014 para instituciones educativas oficiales en Santiago de Cali. Define 5 semanas para actividades de desarrollo institucional, 40 semanas lectivas, 7 semanas de vacaciones para docentes, y 12 semanas de receso estudiantil. También regula la educación para adultos y el control sobre la aplicación del calendario.
Este documento presenta el calendario académico para el Colegio Técnico Benjamín Herrera IED para el año 2017. El calendario incluye 40 semanas de trabajo académico con los estudiantes distribuidas en dos semestres, 5 semanas para actividades de desarrollo institucional de los docentes, y 7 semanas de vacaciones para los docentes. También establece fechas para recesos estudiantiles y días festivos. El calendario sigue las directrices del Ministerio de Educación y la Secretaría de E
Este documento convoca a la comunidad educativa del Colegio María Mercedes Carranza a participar en las elecciones de los diferentes órganos de gobierno escolar para el año 2018. Establece el comité electoral institucional y el calendario electoral para la elección de cargos como el consejo directivo, consejo académico, consejo estudiantil, comité de convivencia, comité ambiental, entre otros. La resolución busca promover la participación de docentes, estudiantes y padres de familia en las decisiones que afectan a la institución
Este documento aprueba las "Orientaciones para la Finalización del Año Escolar 2017 en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de Educación Básica". Estas orientaciones establecen pautas para la clausura del año escolar, entrega de informes de progreso a los padres, emisión de actas oficiales y certificados, presentación de informes de gestión, y responsabilidades de los directores. Adicionalmente, designa a una persona como Jefa de la Unidad de Abastecimiento del Programa Nacional de Infraestr
Rm nº 585 2017-minedu. aprueban las “orientaciones para la finalización del a...RUBENTH
Este documento aprueba las "Orientaciones para la Finalización del Año Escolar 2017 en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de Educación Básica". Estas orientaciones establecen pautas para la clausura del año escolar, entrega de informes de progreso a los padres, emisión de actas oficiales y certificados, presentación de informes de gestión, y responsabilidades de los directores. Adicionalmente, designa a una persona como Jefa de la Unidad de Abastecimiento del Programa Nacional de Infraestr
La resolución designa a los miembros del Comité de Gestión de Condiciones Operativas y ratifica a la Comisión de Cuadro de Horas Pedagógicas del CEBA Santa Isabel para el año 2022. El director del centro educativo reconoce a 8 docentes y personal administrativo como integrantes del Comité de Gestión. Además, ratifica a 3 docentes como miembros de la Comisión de Cuadro de Horas, de acuerdo con la normativa vigente sobre la gestión escolar.
Resolucion parametros y procedimientos de la evaluacion de desempeño docente ...I. E. Eustaquio Palacios
Este documento establece los parámetros y procedimientos para la evaluación anual del desempeño de directivos y docentes en instituciones educativas oficiales en Santiago de Cali para el año escolar 2017. Define el alcance, objetivos, metodología e instrumentos de la evaluación como carpetas de evidencias y percepciones de la comunidad educativa. También delega la función evaluadora a los rectores y designa a los evaluadores según el calendario escolar.
Este documento modifica el calendario escolar 2017 para instituciones educativas oficiales en Santiago de Cali debido a la interrupción del servicio educativo por protestas entre mayo y junio de 2017. Se establecen nuevas fechas para actividades de desarrollo institucional, vacaciones docentes y semanas lectivas, con el fin de recuperar días no trabajados y cumplir con las 40 semanas y horas de intensidad académica requeridas.
Este documento modifica el calendario académico para el año 2020 en los establecimientos educativos oficiales del municipio de Pasto debido a la pandemia de COVID-19. Se adelantan las vacaciones de mitad de año por tres semanas y se suspenden las clases presenciales hasta el 20 de abril. El calendario ahora consta de 40 semanas de trabajo académico entre abril y diciembre, con cinco semanas adicionales destinadas a actividades institucionales.
Este documento establece el calendario académico para el año lectivo 2021 en Barranquilla, Colombia. El calendario incluye 40 semanas de trabajo académico con estudiantes distribuidas en 4 períodos, 5 semanas para actividades de desarrollo institucional, y 12 semanas de receso estudiantil. Además, se especifican las fechas para la entrega de informes académicos y el receso escolar de la semana anterior al Día de la Raza.
Este documento es una resolución que ajusta el calendario escolar 2020 para las instituciones educativas oficiales de educación formal regular y de adultos del municipio de Santiago de Cali debido a la emergencia sanitaria nacional causada por el COVID-19. El ajuste redistribuye las semanas de trabajo académico, desarrollo institucional y vacaciones para garantizar la continuidad del servicio educativo de manera no presencial desde el 30 de marzo hasta que finalice la emergencia sanitaria.
El documento discute las normas legales relacionadas con los periodos de vacaciones y receso estudiantil durante la Semana Santa para docentes y directivos. Explica que la Semana Santa es considerada como un receso estudiantil, no como vacaciones, por lo que las instituciones educativas pueden establecer actividades de desarrollo institucional para docentes durante esa semana, las cuales pueden ser compensadas en otros días. También resume las disposiciones de la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1850 de 2002 sobre el calendario académico y las siete semanas
La resolución certifica la participación de los docentes en las Jornadas Institucionales y Ateneos del Programa Nacional de Formación Docente "Nuestra Escuela" durante el período 2017-2019 en Entre Ríos. Reconoce puntaje docente a quienes asistieron al 80% de las Jornadas Institucionales y aprobaron los Ateneos de matemática, ciencias sociales, lengua y educación física.
Oficio multiple n 079-2017-minedu-incremento de horasYhon G
Este documento establece el incremento de dos horas en la jornada laboral de los profesores nombrados en la Educación Básica Alternativa avanzada y en la Educación Básica Regular secundaria de instituciones que implementan la Jornada Escolar Completa. Para los profesores de EBR secundaria, las 32 horas se distribuirán en 24-2-3-3 horas. Para los profesores de EBA avanzada, las dos horas adicionales se dedicarán a acompañamiento pedagógico y talleres.
Colegas directivos es vuestra labor garantizar que se efectivice previa coordinación con Jefaturas de Personal de cada UGELs la siguiente disposición...para ello reajusten horario pedagógico de permanencia de maestros en el Servicio Educativo JEC para que se efectivice el presupuesto que ya ha sido transferido a los gobiernos regionales...
Este documento establece un incremento de dos horas semanales a la jornada laboral de los profesores de educación básica alternativa y secundaria en instituciones que implementan la jornada escolar completa. También autoriza una transferencia financiera al fondo de invalidez y protección de los bomberos voluntarios.
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: Mediante Resolución de Secretaría General N°.005-2017-MINEDU, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de enero de 2017, se amplía el plazo hasta el 23 de enero de 2017 para la aprobación del Cuadro de horas en Educación Básica Regular (EBR) y ciclo Avanzado de Educación Básica Alternativa; modificándose el numeral 5.8.1 de la Norma Técnica denominada “Normas para la elaboración y aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de la Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa para el periodo lectivo 2017”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 539-2016-MINEDU
RSN Nº 005 2017-MINEDU Modificación de RSG Nº 539-2016-MINEDUlancelott
Este documento describe los cambios en la composición de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía en Perú, incluyendo la designación de un nuevo presidente. También modifica una norma técnica relacionada con la distribución de horas de docencia en escuelas secundarias públicas, extendiendo el plazo límite para su aprobación.
RM nº 070 2017-MINEDU. Cumplimiento de calendarización año escolar 2017lancelott
La resolución ministerial modifica una norma técnica relacionada al calendario escolar de 2017 para instituciones educativas públicas. Específicamente, se amplía la jornada laboral de profesores de educación secundaria a 30 horas semanales y se establece que los directores organizarán sus actividades considerando las demandas de los estudiantes. También aprueba otra norma técnica sobre el programa de mantenimiento de infraestructura escolar para 2017, estableciendo normas y responsabilidades para su ejecución en instituciones públicas a n
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: Mediante la Resolución Ministerial N° 070-2017-MINEDU, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día de hoy domingo 22 de enero de 2017, se modifica la Norma de Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2017, en el sub literal b.1 del literal b del numeral 6.1.4 del compromiso 3, referido al cumplimiento de la calendarización planificada en la institución educativa, quedando modificada así:
“6.1.4 Compromiso 3: Cumplimiento de la Calendarización planificada en la Institución Educativa (...) b. Asistencia y permanencia del personal de las instituciones educativas públicas (...) b.1 Profesores de educación secundaria de instituciones educativas públicas
La ampliación de la jornada laboral de los y las profesores/as del nivel de educación secundaria a 30 horas semanales implica la permanencia en la IE, por lo que debe programarse en el horario semanal del docente para su cumplimiento y control, e incorporarse en el PAT, para su debido seguimiento y monitoreo.
Para el cumplimiento de las actividades que realizarán los y las profesores/as del nivel de educación secundaria, corresponderá al director/a de la IE organizar las actividades que desempeñarán los y las docentes, atendiendo las demandas educativas de los y las estudiantes, sus necesidades de orientación y las características sociales, económico-productivas del entorno de la IE. La distribución de horas de la jornada laboral de las y los profesores nombrados de educación secundaria se realizará conforme a las disposiciones normativas que emita el Minedu.”
Este documento modifica parcialmente el calendario académico 2020 de las instituciones educativas oficiales en Barranquilla debido a la pandemia de COVID-19. Se reducen las semanas de trabajo académico de 40 a 39, con 17 semanas en el primer semestre y 22 en el segundo. También se aumentan las semanas de desarrollo institucional de 5 a 6 semanas y el receso estudiantil de 12 a 13 semanas, garantizando 7 semanas de vacaciones para los educadores. Estos cambios buscan for
RD N°1910 2017 DREJ plan de recuperación de horas lectivas y efectivasRode Huillca Mosquera
Este documento presenta el Plan de Recuperación de Horas Lectivas y Efectivas en las Instituciones Educativas de Educación Básica de la Dirección Regional de Educación de Junín. El plan establece directrices para garantizar la recuperación de horas lectivas perdidas debido a la paralización de labores docentes, asigna responsabilidades a las instituciones educativas, UGEL y DRE Junín, e indica que la recuperación se realizará los sábados y días feriados mediante actividades pedagógicas.
CALENDARIOS 200 DÍAS Y 185 DÍAS folleto-explicativo_2016-2017Oscar Pérez Ramírez
Este documento presenta los calendarios escolares para el ciclo 2016-2017 en México, incluyendo uno de 185 días y otro de 200 días. Explica las fechas importantes como inicio y fin de cursos, días de suspensión de labores, recesos y consejos técnicos escolares. También incluye disposiciones generales para el cumplimiento de los calendarios y consideraciones para ajustes.
Este documento establece un calendario académico especial para el año 2011 en algunos establecimientos educativos del departamento de Sucre, Colombia, debido a interrupciones frecuentes en el último trimestre del año causadas por las lluvias. El calendario divide el año en dos períodos semestrales con vacaciones y recesos estudiantiles planeados para evitar dichas interrupciones y garantizar 40 semanas de enseñanza.
La resolución convoca al proceso ordinario de traslados para docentes y directivos docentes en el municipio de San Juan Giron para el año 2015. Establece el cronograma de actividades que incluye la publicación de vacantes, inscripción de docentes interesados, evaluación de solicitudes y publicación de lista de seleccionados. También describe los requisitos para postularse y los criterios que se aplicarán en caso de haber más de un docente interesado en una misma vacante.
Rdr nª 500 2017 ampliar la suspensiòn de las labores educativasLuis Coca Lazo
El documento amplía la suspensión de clases en instituciones educativas públicas y privadas de la región Lima debido a las intensas lluvias y estado de emergencia declarado en varias provincias. Se amplía la suspensión del 27 al 31 de marzo en la mayoría de instituciones, excepto en Huaura y Barranca donde es solo del 27 al 28 de marzo. Se encarga a los directores recalendarizar el año escolar y a los COE brindar apoyo socioemocional.
Ofrecemos herramientas y metodologías para que las personas con ideas de negocio desarrollen un prototipo que pueda ser probado en un entorno real.
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ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARIS”. Esta actividad de aprendizaje propone el reto de descubrir el la secuencia números para abrir un candado, el cual destaca la percepción geométrica y conceptual. La intención de esta actividad de aprendizaje lúdico es, promover los pensamientos lógico (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia y viso-espacialidad. Didácticamente, ésta actividad de aprendizaje es transversal, y que integra áreas del conocimiento: matemático, Lenguaje, artístico y las neurociencias. Acertijo dedicado a los Juegos Olímpicos de París 2024.
El curso de Texto Integrado de 8vo grado es un programa académico interdisciplinario que combina los contenidos y habilidades de varias asignaturas clave. A través de este enfoque integrado, los estudiantes tendrán la oportunidad de desarrollar una comprensión más holística y conexa de los temas abordados.
En el área de Estudios Sociales, los estudiantes profundizarán en el estudio de la historia, geografía, organización política y social, y economía de América Latina. Analizarán los procesos de descubrimiento, colonización e independencia, las características regionales, los sistemas de gobierno, los movimientos sociales y los modelos de desarrollo económico.
En Lengua y Literatura, se enfatizará el desarrollo de habilidades comunicativas, tanto en la expresión oral como escrita. Los estudiantes trabajarán en la comprensión y producción de diversos tipos de textos, incluyendo narrativos, expositivos y argumentativos. Además, se estudiarán obras literarias representativas de la región latinoamericana.
El componente de Ciencias Naturales abordará temas relacionados con la biología, la física y la química, con un enfoque en la comprensión de los fenómenos naturales y los desafíos ambientales de América Latina. Se explorarán conceptos como la biodiversidad, los recursos naturales, la contaminación y el desarrollo sostenible.
En el área de Matemática, los estudiantes desarrollarán habilidades en áreas como la aritmética, el álgebra, la geometría y la estadística. Estos conocimientos matemáticos se aplicarán a la resolución de problemas y al análisis de datos, en el contexto de las temáticas abordadas en las otras asignaturas.
A lo largo del curso, se fomentará la integración de los contenidos, de manera que los estudiantes puedan establecer conexiones significativas entre los diferentes campos del conocimiento. Además, se promoverá el desarrollo de habilidades transversales, como el pensamiento crítico, la resolución de problemas, la investigación y la colaboración.
Mediante este enfoque de Texto Integrado, los estudiantes de 8vo grado tendrán una experiencia de aprendizaje enriquecedora y relevante, que les permitirá adquirir una visión más amplia y comprensiva de los temas estudiados.
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
1. RESOLUCIÓN N° 13 0 4
2
DE
7
17
JUL 2011
20
"Por medio de la cual se modifica el Calendario Académico para el año 2017 y se establece el cronograma para la recuperación
del servicio educativo no prestado en los establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, básica y media y
jardines infantiles en convenio SDIS-SED de Bogotá D.C"
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO (E)
En uso de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere la Ley 115 de 1994, Ley 715 de 2001, el Decreto
Nacional 1075 de 2015, los Decretos 330 de 2008 y 323 de 2017 y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 151 de la Ley 115 de 1994 establece que corresponde a las Secretarías de Educación departamentales
y distritales, entre otras funciones, la de organizar el servicio educativo estatal de acuerdo con las prescripciones
legales y reglamentadas.
Que el artículo 10 de la Ley 715 de 2001 establece las funciones de los rectores y directores de establecimiento
educativo, y en su numeral 10.6 determina el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al
personal docente y administrativo y su deber de reportar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaría
de Educación.
Que el Decreto Nacional 1647 de 1967 señala en su artículo 3°:
"Artículo 3°.- Los funcionarios que certifiquen como rendidos servicios que no lo fueron; además de las sanciones
penales por falsedad en que puedan incurrir, estarán obligados al reintegro de los sueldos o remuneraciones
indebidamente pagados."
Que el Decreto Nacional 1844 de 2007, por el cual se ordena el no pago de días no laborados por los servidores
públicos del sector educativo, establece:
"Artículo Primero: La no prestación oportuna del servicio para el cual están vinculados por el Estado, o el cese
de actividades laborales, realizado por servidores públicos, no amparados en justa causa previamente definida
en la ley, se entiende ilegal y generará para quienes participan en él, la no causación de la remuneración
correspondiente en los términos previstos en el decreto 1647 de 1967.
Artículo Segundo: La remuneración no causada deberá ser deducida en la siguiente nómina, en el evento de
que por efecto de la liquidación de la misma se haya producido el pago".
Que el Decreto Nacional 1075 del 26 de mayo de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector
Educación, compila la respectiva normativa vigente e incluye en esta, lo dispuesto en los Decretos 1850 de 2002 y
1373 de 2007 con respecto a la organización de la jornada escolar y la jornada laboral de directivos docentes y
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ALGALIA MAYOR
DE BOGOTÁ D.C.
2. 2 7 JUL 2017
Continuación de la Resolución No.
1 3 04 DE 2017 Página 2 de 5
Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica el Calendario Académico para el año 2017 y se establece el
cronograma para la recuperación del servicio educativo no prestado en los establecimientos educativos oficiales de educación
preescolar, básica y media y jardines infantiles en convenio SDIS-SED de Bogotá D.0
docentes y el calendario académico de los establecimientos estatales de educación formal, administrados por los
departamentos, distritos y municipios certificados.
Que el artículo 2.4.3.4.1 del Decreto 1075 de 2015 faculta a las entidades territoriales certificadas para expedir el
calendario académico para todos los establecimientos educativos estatales de su jurisdicción, el cual debe determinar
las fechas precisas de iniciación y finalización de las actividades académicas con los estudiantes, de desarrollo
institucional, receso estudiantil y vacaciones de directivos docentes y docentes.
Que en cumplimiento de las disposiciones legales, la Secretaría de Educación del Distrito expidió la Resolución No.
1974 del 31 de octubre de 2016 "Por medio de la cual se establece el calendario académico para el año 2017, en los
establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, básica y media y jardines infantiles en convenio SDIS-
SED de Bogotá D.C."
Que el artículo 2.4.3.4.2 del Decreto 1075 de 2015 regula la modificación del calendario académico o de la jornada
escolar, definiendo la competencia en el Gobierno Nacional, previa solicitud de la autoridad competente en la entidad
territorial y debidamente motivada.
Que los rectores o directores rurales conforme a su competencia validarán con los docentes la recuperación de los
días no trabajados, tanto de actividad académica lectiva, como de actividad de desarrollo institucional, garantizando
que los estudiantes recibirán las intensidades académicas correspondientes a cada área; su incumplimiento, dará lugar
a aplicar lo previsto en los precitados Decretos 1647 de 1978 y 1844 de 2007.
Que de acuerdo con el tiempo de duración del cese de actividades y los tiempos definidos en la Resolución No 1974
de 2016, se concluye que es necesario recuperar los días de actividad académica lectiva con estudiantes.
Que con el fin de garantizar el derecho a la educación de los niños, niñas y jóvenes del Distrito Capital se debe modificar
el calendario escolar, de tal manera que se garantice el cumplimiento de las 40 semanas lectivas y las horas de
intensidades académicas de cada nivel o ciclo de educación fijadas en el Decreto 1075 de 2015, de acuerdo con los
planes de estudio adoptado por el Consejo Directivo de cada establecimiento.
Que en atención a lo dispuesto en los precitados Decretos 1647 de 1978 y 1844 de 2007 y en los criterios que el
Ministerio de Educación Nacional expidió Lineamientos sobre la Directiva 37 del 07 de junio de 2017"que para ejecutar
el no reconocimiento de los días no laborados que, de acuerdo con las fechas de corte de novedades de la nómina,
se lleve a cabo cuando se haya comprobado que efectivamente el educador no ha recuperado los días de servicios
dejados de prestar durante el cese de actividades, de acuerdo con la modificación del calendario académico aprobada
por el Ministerio. De esta forma, el no reconocimiento del pago podrá estar sujeto a los cronogramas de nómina y su
efectividad solo se reflejará en los próximos pagos, incluso con posterioridad al fin del cese de actividades. Así, el no
reconocimiento del salario se hará si el educador no da cumplimiento a su compromiso de recuperación efectiva de
los días o semanas no laborados en cada uno de los meses a que corresponda según la modificación del calendario
escolar, lo que conlleva que en la siguiente nómina no se le reconozcan los días que no recuperó durante el mes
respectivo y conforme a la certificación de los rectores o directivos rurales".
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3. 130 4 2 7 JUL 2017
Continuación de la Resolución No. DE 2017 Página 3 de 5
Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica el Calendario Académico para el año 2017 y se establece el
cronograma para la recuperación del servicio educativo no prestado en los establecimientos educativos oficiales de educación
preescolar, básica y media y jardines infantiles en convenio SDIS-SED de Bogotá D.C"
Que en el marco del Decreto 1075 de 2015, los rectores y los Consejos Directivos, de acuerdo con las particularidades
de su respectivo establecimiento educativo, tomarán decisiones de conformidad con lo señalado en la presente
Resolución.
Que la prestación del servicio educativo en el Distrito Capital se vio interrumpido total o parcialmente en los
establecimientos educativos oficiales a partir del 15 de mayo de 2017 y hasta el 16 de junio de 2017, fecha en que
finalizó el cese de actividades académicas y se inició el periodo de receso estudiantil y vacaciones de los docentes.
Que en atención a lo dispuesto en el Acuerdo 273 del 16 de febrero de 2007 "Por medio del cual se establecen
estímulos para promover la calidad de la educación en los colegios oficiales del Distrito Capital y se dictan otras
disposiciones" expedido por el Concejo de Bogotá, la Secretaría de Educación del Distrito dispuso el 12 de mayo de
2017 para la celebración del día del maestro en la ciudad de Bogotá.
Que teniendo en cuenta los días interrumpidos por el cese de actividades y el día dispuesto por la Secretaría de
Educación del Distrito para la celebración del día del maestro el pasado 12 de mayo, los establecimientos educativos
deben reponer 24 días lectivos de servicio educativo no prestados; no obstante, en la ciudad de Bogotá D.C., algunos
establecimientos educativos presentaron normalidad académica total o parcial durante el cese de actividades.
Que el Ministerio de Educación Nacional mediante comunicación del 30 de junio de 2017 aprobó la modificación parcial
del calendario académico sometida por la Secretaría de Educación del Distrito, dando lugar a la expedición de la
Resolución 1148 del 30 de junio de 2017.
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1177 del 11 de julio de 2017 en el cual se adicionó un parágrafo transitorio
al artículo 2.3.3.1.11.2 del Decreto 1075 de 2015, de tal forma que, por este año, únicamente como medida transitoria,
los 5 días de receso estudiantil en el mes de octubre puedan ser usados para la reposición de clases.
Que el 18 de julio de 2017 el Ministerio de Educación Nacional expide la Directiva No. 40 por medio de la cual establece
las orientaciones para la aplicación del Decreto 1177 de 2017 y para modificar los calendarios escolares producto del
cese de actividades del Magisterio en el año 2017.
Que en la citada directiva el Ministerio expresa: "...con el fin de evitar que los calendarios académicos finalicen durante
las festividades de diciembre, se autoriza a todas las entidades territoriales a solicitar una nueva modificación de su
calendario que incluya hasta cinco (5) sábados o festivos, como máximo, para el trabajo académico con estudiantes.
De aceptarse esta propuesta las entidades territoriales certificadas deberán siempre respetar semanas de cinco (5)
días lectivos, lo que significa que en ningún caso el uso de los sábados o festivos para el trabajo académico puede
generar una semana lectiva de seis (6) días. Además, tratándose de recuperación de días dejados de laborar durante
el cese de actividades no podrá implicar el reconocimiento de horas extras."
En mérito de lo expuesto,
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4. 11 de diciembre al 15 de diciembre
2 1 11 2T11104Continuación de la Resolución No.
3 DE 2017 Página 4 de 5
Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica el Calendario Académico para el año 2017 y se establece el
cronograma para la recuperación del servicio educativo no prestado en los establecimientos educativos oficiales de educación
preescolar, básica y media y jardines infantiles en convenio SDIS-SED de Bogotá D.C"
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Objeto. Establecer el cronograma para recuperación del servicio educativo no prestado, con
el fin de garantizar el cumplimiento de las 40 semanas lectivas y las horas de intensidades académicas de cada nivel
de educación, acorde a las Directivas del Ministerio de Educación Nacional Nos. 37 y 40 de 2017, y el Decreto 1177
de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. Semanas lectivas de trabajo con los estudiantes. La recuperación efectiva de los 24 días
lectivos de servicio educativo no prestados, el cual deberá ser observado por los directivos docentes y docentes, así:
ARTÍCULO TERCERO. Actividades de desarrollo institucional. Las dos semanas de desarrollo institucional por
realizar previstas en la Resolución 1974 de 2016, se llevarán a cabo los días: 20 de julio, 12 de agosto, 26 de agosto,
21 de octubre y 11 noviembre. En un mismo día se realizarán dos jornadas de desarrollo institucional.
ARTÍCULO CUARTO. Asignación días de trabajo para directivos docentes y docentes. El rector o director rural
de acuerdo con sus facultades, teniendo en cuenta las especificidades, el Proyecto Educativo Institucional del
respectivo establecimiento educativo, y el calendario que fija la presente resolución, asignará el horario a los docentes,
distribuido para cada día de la semana, señalando el tiempo dedicado al cumplimiento de la asignación académica, a
las actividades curriculares complementarias y a la orientación de estudiantes. Este horario debe publicarse en un
lugar visible del establecimiento educativo.
ARTÍCULO QUINTO. Cronograma de recuperación por docente. Cada docente y directivo docente, de acuerdo con
los días no recuperados de laborar, cumplirá su cronograma de recuperación de acuerdo con las fechas establecidas
en la presente Resolución y el rector verificará su cumplimiento. Las novedades -que se presenten en el cronograma
de recuperación serán remitidas a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría de Educación del Distrito.
ARTÍCULO SEXTO. Novedades. El rector de cada establecimiento educativo, de conformidad con el numeral 10.13
de la Ley 715 de 2001 deberá remitir, dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, a la Oficina de Personal de
la Secretaría de Educación del Distrito la novedad correspondiente donde conste los días no recuperados por cada
uno de los docentes, de acuerdo con el cronograma de recuperación y la documentación pertinente.
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5. Aprobó: Iván Darío Gómez, Subsecretario de Calidad y Pertinencia 5 '
Karina Ricaurte Faltan, Subsecretaria de Gestión Ititucional itit. •
Elaboró: eyby Poveda Ferro, Jefe Oficina Asesora Juridicayl
élix Andrés Carreño, Contratista - Asesor Despacho
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2,
GINRIQ CELIS Gln^LDO
Secretario de Educación del Distrito (E)
Continuación de la Resolución No. 1 3 O4 DE 2017 Página 5 de 5
Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se modifica el Calendario Académico para el año 2017 y se establece el
cronograma para la recuperación del servicio educativo no prestado en los establecimientos educativos oficiales de educación
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ARTÍCULO SÉPTIMO. Deducción por días no recuperados. El incumplimiento, parcial o total, del cronograma de
recuperación certificado por el rector, dará lugar a la deducción de los días no recuperados por el directivo docente o
docente.
ARTÍCULO OCTAVO. Disposición Especial. La presente resolución está dirigida a los directivos docentes y docentes
que en los términos de las Directivas 37 del 7 de junio de 2017 y 40 del 18 de julio de 2017 del Ministerio de Educación
Nacional participaron total o parcialmente en el cese de actividades. Para aquellos educadores que no participaron en
el cese de actividades, el calendario académico corresponde al establecido en la Resolución 1974 del 31 de octubre
de 2016.
PARÁGRAFO. Si durante el cese de actividades los estudiantes no asistieron al establecimiento educativo, y el
docente asistió, éste dejará algunas actividades de formación que serán desarrolladas por el estudiante.
ARTÍCULO NOVENO. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación y en los aspectos no
contemplados en la presente modificación parcial se entiende como vigente la Resolución 1974 del 31 de octubre de
2016.
ARTÍCULO DECIMO. Derogatorias. Derogase la Resolución 1148 del 30 de junio de 2017.
2 7 JUL 2017PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los
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