El documento define y explica varios tipos de contratos de colaboración como los contratos de colaboración, plurilaterales, de organización y asociativos. Luego, define un joint venture como un acuerdo entre dos o más empresas que mantienen su autonomía jurídica para lograr un objetivo común mediante la contribución y administración compartida de recursos. Explica que los joint ventures pueden ser corporativos u contractuales e internacionales. Finalmente, analiza la naturaleza contractual de los joint ventures.