Resumen del libro V de la Ética a Nicómaco
por Maria de la luz-Nuñez | buenastareas.com
Justicia particular Justicia como virtud completa
Justicia distributiva justicia correctiva
Voluntaria Involuntaria
Comenzamos hablando de un tercer tipo de justicia particular: Reciprocidad/Justicia
comercial /Retribución proporcional.
Justicias particulares anteriores se trataba de cierta igualdad (se repartían cosas iguales o
se quería que todos tuvieran igual)
“Si un hombre sufriera el daño que hizo habría verdaderamente justicia” (ojo por ojo diente
por diente)
a) No toma en cuenta a quién se le hace el daño (no es lo mismo golpear a un amigo que a
una autoridad)
b) Daño puede haber sido voluntario o involuntario
Se debe devolver proporcionalmente lo que se recibe. En cruce de relaciones de
reciprocidad se da cohesión del estado.
Arquitecto Zapatero Casa Sandalia
a) Necesidad es la verdadera unidad en esta relación. Esto se nota porque cuando no hay
necesidad, no hay asociación, trato.
b) Como necesitamos algo que los iguale sustituimos la necesidad por la moneda
(representación comercial de la necesidad por convención(se puede contar, medir, hace
conmensurable la necesidad))
Habrá reciprocidad cuando los bienes de estén equiparados cuando haya igualdad, por lo
tantocuando el resultado de la transacción sea sin pérdidas ni ganancias por ninguno de los
dos lados. Para este fin se le pone precio a todo. (diferencia entre valor de uso y valor de
cambio) Así todo se mide.
Así la conducta justa es el término medio entre cometerla y padecerla. El hombre justo es el
tiene una conducta justa y por eso distribuye entre él y otro proporcionalmente lo mismo, e
igualmente si distribuye entre otros dos.
¿Que clase de acciones tiene que cometer un hombre para ser injusto?
Cuando actúo por pasión y no por elección cometo una acción injusta pero no soy injusto.
Para que algo se injusto como justo tiene que haberse elegido (elección razonada no por
pasión).

Resumen del libro_v_de_la_ética_a_nicómaco-03_06_2014

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    Resumen del libroV de la Ética a Nicómaco por Maria de la luz-Nuñez | buenastareas.com Justicia particular Justicia como virtud completa Justicia distributiva justicia correctiva Voluntaria Involuntaria Comenzamos hablando de un tercer tipo de justicia particular: Reciprocidad/Justicia comercial /Retribución proporcional. Justicias particulares anteriores se trataba de cierta igualdad (se repartían cosas iguales o se quería que todos tuvieran igual) “Si un hombre sufriera el daño que hizo habría verdaderamente justicia” (ojo por ojo diente por diente) a) No toma en cuenta a quién se le hace el daño (no es lo mismo golpear a un amigo que a una autoridad) b) Daño puede haber sido voluntario o involuntario Se debe devolver proporcionalmente lo que se recibe. En cruce de relaciones de reciprocidad se da cohesión del estado. Arquitecto Zapatero Casa Sandalia a) Necesidad es la verdadera unidad en esta relación. Esto se nota porque cuando no hay necesidad, no hay asociación, trato. b) Como necesitamos algo que los iguale sustituimos la necesidad por la moneda (representación comercial de la necesidad por convención(se puede contar, medir, hace conmensurable la necesidad)) Habrá reciprocidad cuando los bienes de estén equiparados cuando haya igualdad, por lo tantocuando el resultado de la transacción sea sin pérdidas ni ganancias por ninguno de los dos lados. Para este fin se le pone precio a todo. (diferencia entre valor de uso y valor de cambio) Así todo se mide. Así la conducta justa es el término medio entre cometerla y padecerla. El hombre justo es el tiene una conducta justa y por eso distribuye entre él y otro proporcionalmente lo mismo, e igualmente si distribuye entre otros dos. ¿Que clase de acciones tiene que cometer un hombre para ser injusto? Cuando actúo por pasión y no por elección cometo una acción injusta pero no soy injusto. Para que algo se injusto como justo tiene que haberse elegido (elección razonada no por pasión).